Revista Audacia: Número 61

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AUDACIA

CORPORATIVA FISCAL

NEARSHORING: OPORTUNIDADES Y BENEFICIOS PARA EL COMERCIO EXTERIOR

GENERALIDADES DEL CAPITAL CONSTITUTIVO

LA MATERIALIDAD EN EL ÁMBITO DE UNA AUDITORÍA OCTUBRE 2023 NÚMERO 61 VOLUMEN 1


CONTENIDO 03 EDITORIAL 07 NEARSHORING EN MÉXICO:

OPORTUNIDADES Y BENEFICIOS PARA EL COMERCIO EXTERIOR

08 LA MATERIALIDAD EN EL ÁMBITO DE UNA AUDITORÍA

11 GENERALIDADES DEL CAPITAL CONSTITUTIVO

04

HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS

16 LA IMPORTANCIA DE LA

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y SU RELACIÓN CON EL ALCANCE DE OBJETIVOS

19 CORRECCIÓN PATRONAL, ¿LA CONOCES?

Derechos Reservados a favor de AUDACIA CORPORATIVA FISCAL, Educación Empresarial Estratégica, revista digital, Año I, No. 51, diciembre de 2022, es una publicación mensual de http://www.audaciacorporativafiscal.com. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura de la edición de la publicación, ni del Consejo Editorial. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización por escrito del Autor y del Consejo Editorial de la revista digital AUDACIA CORPORATIVA FISCAL.

14 PLANEACIÓN FINANCIERA EN EL CIERRE DEL PERÍODO CONTABLE

17 CIBERSEGURIDAD EN LAS EMPRESAS

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Editorial

Dignificación de la profesión del contador público

Hola a todos, con el privilegio y gusto de saludarlos por este medio, deseando se encuentren bien y reciban un afectuoso abrazo. Estamos en el último trimestre del año, enfrentando el sinsabor en general de nuestros clientes, tanto empresas como individuos, por las condiciones financieras presentes y los diferentes requerimientos de las autoridades fiscales, que provocan total incertidumbre en la credibilidad nuestros servicios profesionales como contadores públicos, ya que lamentablemente somos juzgados como los responsables principalmente de los actos de molestia de las autoridades fiscales, que en algunos casos, al cancelar los sellos digitales de los contribuyentes, impiden que lleven a cabo su actividad operativa. A su vez la inestabilidad financiera de nuestro país por diferentes variables que impactan el ciclo económico de nuestros clientes provoca que haya limitación en la actividad financiera en general. Es por ello que nuestros servicios profesionales no son bien evaluados y nos permite poder aprovechar áreas de oportunidad que nos permitan brindar servicios profesionales de mayor calidad y que a su vez nos compromete a coadyuvar con nuestros clientes, colegas y colaboradores a fortalecer sus finanzas mediante la implementación y desarrollo de estrategias operativas que impacten en la mejora de sus flujos de efectivo, considerando que la operación de cualquier entidad económica implica el cumplir con todas las obligaciones legales a las cuales estén sujetas. Lo anterior nos presenta un gran reto que podemos subsanar mediante el trabajo en sinergia con los especialistas en las diferentes áreas de acción para lo cual estamos capacitados y que debemos en caso necesario hacer los planes de acción para dignificar nuestra profesión y provocar absoluta credibilidad en nuestra profesión. En caso de cualquier asesoría u orientación de los temas aquí presentados, estamos atentos a su solicitud, nos dará mucho gusto poder apoyarlos aportando nuestra capacidad técnica y experiencia en las áreas financieras, contables, de derecho fiscal, laboral y corporativo, entre otros.

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DIRECTORIO 36 José Luis Arroyo Amador Director Editorial Sergio Ramos Gómez Consejo Editorial Efraín Salvador Miramón Consejo Editorial Samantha Arroyo Covarrubias Diseño editorial

Contacto: revista@audaciacorporativafiscal.com

Deseándoles éxito y salud C. P. Y M. D. F. JOSÉ LUIS ARROYO AMADOR

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FISCAL

Honorarios asimilados a salarios “En este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos “Benjamín Franklin. En el contexto fiscal mexicano, los honorarios asimilados a salarios representan un tema de gran relevancia y complejidad. Estos ingresos se consideran asimilables a salarios por la autoridad fiscal y están sujetos a un tratamiento específico que los diferencia de otras formas de percepción de ingresos por servicios profesionales. Se considera una opción fiscal para asimilar el INGRESO de las personas físicas que ofrecen sus servicios a empresas de forma esporádica o bien de forma temporal, que están obligados al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de conformidad con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se debe de cuidar tres aspectos fundamentales para no confundirlo con el ingreso de sueldos y salarios, por lo que debemos cuidar estos puntos: 1. Preponderancia de los ingresos 2. Que el servicio se preste en las instalaciones de la persona que contrate 3. Subordinación Estas consideraciones se deben cumplir para considerar si se trata de un trabajador que tendrá ese carácter y por ende una relación laboral o considerar que si no se cumplen con estos puntos el ingreso se puede ASIMILAR A SALARIO para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de estar forma hacer la retención correspondiente. Cabe hacer mención que no es un RÉGIMEN FISCAL y en muchas ocasiones se da como un abuso de parte de los contratantes, ya que se omiten el pago correcto de las aportaciones de seguridad social, cuando se tienen los tres aspectos fundamentales para que sean los ingresos a través de sueldos y salarios, teniendo la característica de calidad de trabajador de conformidad con la Ley Federal del Trabajo.

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Es muy importante mencionar que esta asimilación es muy común en el sector gubernamental en los tres niveles (federal, estatal y municipal) y que por ello cabe hacer mención que si cumple con las características sin que sea una simulación y que por lo tanto ellos pueden recibir el Subsidio para el empleo de conformidad con el artículo DÉCIMO del Subsidio para el empleo que establece lo siguiente: “Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes: Los contribuyentes que perciban ingresos de los previstos en el primer párrafo o la fracción I del artículo 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los términos del artículo 96 de la misma Ley. El subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta que correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente: ... (énfasis añadido) Esto con relación al artículo 94 de la Ley del ISR que establece: “Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes: I. Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun cuando sean por concepto de gastos

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no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas. II. …” Por lo que el subsidio para el empleo en cuestión de honorarios asimilados a salarios se entrega a los que estén contratados por funcionarios y trabajadores de la Federación, así como de las entidades federativas y de los municipios. Una de las principales características de los honorarios asimilados a salarios es su tratamiento en términos de retención de impuestos, caso específico el Impuestos Sobre la Renta (ISR). La ley establece que el que contrate debe retener el ISR de estos ingresos, conforme a las disposiciones vigentes en la Ley del Impuesto sobre la Renta específicamente la tarifa del artículo 96. Esta retención debe realizarse de manera puntual y transparente, evitando cualquier tipo de evasión fiscal que pueda derivar en sanciones severas por parte de la autoridad competente. Además, es fundamental comprender la distinción entre los ingresos por honorarios asimilados a salarios y los salarios puros propiamente dichos. Aunque comparten similitudes en su tratamiento, existen diferencias sustanciales que los diferencian en términos fiscales y laborales. Por ello, es indispensable que tanto los contribuyentes como las empresas que contratan estos servicios se mantengan al tanto de las disposiciones legales y fiscales pertinentes para evitar conflictos o malentendidos que puedan derivar en situaciones adversas para ambas partes. Otro aspecto importante es que de conformidad con el artículo 94 fracción II de la Ley del ISR estos ingresos pueden asimilarse a salarios los cuales son: “… II. Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles. III. …” Sin embargo, para efectos del Régimen Simplificado de Confianza para la Sociedades Civiles estos anticipos NO son deducciones autorizadas cuando se paguen por parte

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de las personas morales a los integrantes de estas sociedades civiles, esto está en la Ley del ISR en su artículo 208, en el cual no se encuentran estos conceptos. Lo cual causa controversia de conformidad con la Ley del ISR, como dato mencionó y manifiesto un comunicado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que cito textualmente: “Comunicados de Prensa No. 348/2023 Ciudad de México, a 04 de octubre de 2023 VÁLIDO QUE SOCIEDADES CIVILES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA NO PUEDAN DEDUCIR LOS ANTICIPOS A REMANENTE QUE OTORGAN A SUS SOCIOS La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la imposibilidad de que las sociedades civiles que están en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales deduzcan los anticipos a remanente que otorgan a sus socios como sí lo hacen los contribuyentes del régimen general para personas morales. Se explicó que esta imposibilidad no transgrede el principio de equidad tributaria, en el sentido de que las disposiciones deben tratar igual a quienes se encuentren en una situación idéntica y de manera desigual a los sujetos que se ubiquen en una situación diversa. En el caso, no existe compatibilidad entre las obligaciones y beneficios de los diferentes regímenes, pues los beneficios que las normas generales otorgaron al régimen simplificado de confianza no están previstos para el régimen general. Finalmente, la medida se justifica pues su finalidad es promover la reactivación económica a través de un esquema de simplificación que fomente la inversión, a través de un régimen de tributación que beneficia a las personas morales residentes en México, entre ellas, las sociedades civiles cuyos ingresos totales no excedan 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal.

Respuestas que, aunque no son con validez legal es una interpretación de las autoridades fiscales respecto a este tema. En este sentido, es indispensable tener claridad sobre esta situación. Una mala interpretación o una falta de documentación adecuada podrían resultar en revisiones exhaustivas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), generando inconvenientes y complicaciones innecesarias para los contribuyentes. Es muy importante mencionar que no hay contrato de asimilados a salarios, ya que es una figura que ÚNICAMENTE se asimila a los INGRESOS para la retención de ISR respectiva, que ya se comentó previamente. También es importante que estos ingresos en cada ejercicio está topado a los $75,000.000.00. En conclusión, el adecuado entendimiento y aplicación de las disposiciones fiscales relacionadas con los honorarios asimilados a salarios en México son fundamentales para mantener un cumplimiento cabal con las obligaciones tributarias y evitar posibles contingencias legales. Es esencial que tanto los contribuyentes como los patrones se mantengan informados y asesorados por expertos en la materia, a fin de garantizar una correcta gestión de sus obligaciones fiscales y laborales. “Muchas personas se pierden las pequeñas alegrías mientras aguardan la gran felicidad” Pearl S. Buck. Sobre el autor: SERGIO RAMOS GÓMEZ Contador Público Certificado por el IMCP Maestro en Derecho por la UNITEC Abogado postulante en materia fiscal con registro en el TFJA Director General de Estrategia Legal Normativa, S.C. Asociado del Colegio de Contadores Públicos de Hidalgo A al IMCP

Amparo en revisión 462/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 4 de octubre de 2023 por unanimidad de cuatro votos. Ausente el Ministro Alberto Pérez Dayán. Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial. “ Lo anterior solo con fines ilustrativos y que tomes en consideración lo que la autoridad puede aplicar con base en la ley, además está en un contenido de Preguntas y

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ECONOMÍA

Nearshoring en México: oportunidades y beneficios para el comercio exterior El nearshoring ha ganado popularidad en los últimos años, especialmente en México debido a su enfoque en establecer operaciones comerciales en países o fronteras que ofrecen beneficios en términos de proximidad geográfica y cultural, así como reducción de costos y optimización de las cadenas de suministro. Esto ha llevado a que el nearshoring sea considerado un área de oportunidad en crecimiento para el comercio exterior mexicano. Su importancia recae en la ubicación geográfica y los tratados comerciales. ¿En qué consiste el nearshoring? En breves palabras, es un tipo de estrategia de externalización donde una empresa transfiere parte de su producción o servicios a terceros ubicados en países estratégicos o geográficamente cercanos, reduciendo los tiempos de entrega y creando mayor flexibilidad en las demandas de mercado. Su contraparte es el offshoring, el cual consiste en trasladar la producción o servicios a países lejanos. La proximidad geográfica de México con Estados Unidos y Canadá ha creado una ubicación estratégica única, especialmente respaldada por tratados como el T-MEC, que han ampliado aún más las mejoras comerciales. A diferencia de países como China, donde el nearshoring y el offshoring han generado impulsos económicos importantes, México destaca por su geolocalización, calidad y puntualidad en la entrega de la cadena de suministro, protección de la propiedad intelectual y acceso a diversos mercados. La Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) han implementado acuerdos para promover la economía mexicana a través del nearshoring, ofreciendo estímulos fiscales y atrayendo inversiones extranjeras en industrias clave como la de semiconductores, automotriz, aeronáutica, electrónica, farmacéutica, agroindustrial, alimentos y cinematográfica, por mencionar algunas. El objetivo es no solo atraer inversiones, sino también fomentar la creación de empleos a nivel nacional y aumentar la competitividad en el mercado global, posicionando a México como un destino atractivo para el nearshoring. Las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) mexicanas también se benefician del nearshoring, ya que les permite reducir los costos de producción al establecer operaciones cerca de los mercados objetivo. Esto les brinda flexibilidad para adaptarse rápidamente a la demanda del mercado, además de que, al formar parte de la cadena de suministro, tienen un mayor control sobre los procesos de producción y acceso a una fuerza laboral calificada que impulsa la innovación. Sin lugar a duda, el nearshoring está siendo aprovechado en el país y se espera un crecimiento exponencial en los próximos meses, gracias a los beneficios fiscales y comerciales otorgados por las autoridades locales. Por parte de inversionistas y empresarios solo queda liderar como industrias la oportunidad de crecimiento que se presenta económicamente. Sobre la Autora: PAOLA ARROYO

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AUDITORÍA

La materialidad en el ámbito de una auditoría

La materialidad en auditoría es un concepto que considera el margen de error de las cuentas que se presentan y su impacto en las decisiones de los usuarios de los estados financieros. El auditor debe aplicar la materialidad para determinar si los estados financieros contienen o no incorrecciones importantes, y para establecer y responder a los riesgos de auditoría. La materialidad depende de aspectos cuantitativos y cualitativos, y es una cuestión de juicio profesional. La definición de Materialidad en el ámbito de la auditoría de cuentas está recogida en la NIA-ES 320 Importancia relativa o materialidad en la planificación y ejecución de la auditoría, que establece lo siguiente: “La importancia relativa o materialidad para la ejecución del trabajo se refiere a la cifra o cifras determinadas por el auditor, por debajo del nivel de la importancia relativa establecida para los estados financieros en su conjunto, al objeto de reducir a un nivel adecuadamente bajo la probabilidad de que la suma de las incorrecciones no corregidas y no detectadas supere la importancia relativa determinada para los estados financieros en su conjunto. La Materialidad o Cifra de Importancia Relativa es un concepto clave para la realización de una auditoría de cuentas. La materialidad es un rango o una cifra establecida por el Auditor, que le ayuda a determinar, si una incorrección o error en cuentas anuales no es significativo y no afecta a la imagen fiel de las cuentas anuales. ¿Qué es una Auditoría de Cuentas?, el objetivo de la auditoría es obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales están libres de incorrecciones materiales. Para ello el Auditor trabajará con un margen suficiente como para delimitar qué error es significativo o insignificante, y a esto se le llama “materialidad”, la cifra de materialidad establecida es la que ayudará al auditor a diferenciar qué errores son importantes y cuáles no.

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En el caso de que el Auditor, detecte una incorrección que supere dicha cifra de materialidad, informará en el informe de auditoría de las Cuenta Anuales sobre la naturaleza de dicha incorrección, concretamente en el apartado “Fundamento de la Opinión”, si necesitas ampliar información puedes visitar el post sobre la Estructura del Informe de Auditoría de Cuentas Anuales. Tipos de Materialidades Como se puede leer en la propia definición de la materialidad o cifra de importancia relativa, existen diferentes tipos de materialidades utilizadas en el trabajo de auditoría: Importancia relativa o materialidad para los Estados Financieros en su conjunto o materialidad global (MG): Es el umbral que determina cuál es la cantidad lo suficientemente importante como para cambiar o influir en la decisión de una persona informada. Por debajo de este umbral, la incorrección (o suma de incorrecciones), va a ser considerada generalmente como inmaterial o no significativa. Importancia relativa o materialidad para la ejecución del trabajo (MET): Es una cifra o cifras determinadas por el auditor, por debajo de la importancia relativa establecida para los Estados Financieros en su conjunto, o Materialidad Global, para reducir adecuadamente la probabilidad de que la suma de las incorrecciones no corregidas o

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detectadas la supere. La materialidad para la ejecución del trabajo de auditoría será inferior a la materialidad global establecida para el conjunto de los estados financieros. Importancia relativa o materialidad para determinados tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar: Pueden existir determinadas transacciones, saldos contables o información a relevar, que contengan incorrecciones por importes inferiores a la importancia relativa, pero que pueden influir en las decisiones económicas de los usuarios. ¿Qué ocurre con determinadas incorrecciones que son inmateriales? El auditor puede considerar materiales algunas incorrecciones, aunque sean inferiores a la importancia relativa o materialidad determinada, atendiendo a las circunstancias o naturaleza de dichas incorrecciones. Por ejemplo, no revelar determinados gastos de naturaleza medioambiental en una empresa con fuertes impactos medioambientales, que pueden ser inmateriales pero que son exigidas por el marco normativo. Sugerencia para calcular la materialidad. La cifra de materialidad se basa principalmente en el propio juicio profesional y experiencia del auditor. A menudo se aplica un porcentaje a una referencia elegida, como punto de partida. Entre los factores que pueden afectar a la identificación de una referencia adecuada están: A) Los elementos básicos de los estados financieros (activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos, gastos) B) Si hay partidas en las que tiende a centrarse la atención de los usuarios de los estados financieros de una determinada entidad (para evaluar los resultados los usuarios pueden tender a centrarse en el beneficio, en los ingresos o en los activos netos) C) La naturaleza de la entidad, el punto de su ciclo vital en el que se encuentra, así como el entorno sectorial y económico en el que opera; D) La estructura de propiedad de la entidad y la forma en la que se financia (si una entidad se financia sólo

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mediante deuda en lugar de patrimonio, los usuarios pueden prestar mayor atención a los activos, y a los derechos sobre estos, que a los beneficios de la entidad); E) La relativa volatilidad de la referencia (la determinación del porcentaje a aplicar también implica el juicio profesional) Se entenderá por auditoría de cuentas la actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables, elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, siempre que dicha actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros.” Por lo tanto, una auditoría, es un trabajo de revisión y verificación, realizado por un Auditor de Cuentas, cuyo resultado final es un informe sobre la fiabilidad de los documentos y que tiene validez frente a terceros. El informe de Auditoría es el documento que emite el auditor y que plasma el resultado de todo el trabajo realizado por el equipo de auditoría, resultado de muchas horas de trabajo e indagaciones y, que en definitiva expresa la opinión de un profesional experto en la materia. Auditoría de Cuentas, nos habla de dos modalidades de auditoría de cuentas:

✓ La auditoría de las cuentas anuales, cuyo informe final será el que trataremos nosotros ✓ y, la auditoría de otros estados financieros o documentos contables.

Principio de Importancia Relativa El concepto de materialidad está directamente relacionado con el Principio de importancia relativa establecido dentro del marco conceptual del Plan General Contable, que lo define como sigue: “Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia

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relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.” Esta regla contable permite omitir las partidas obtenidas tras una actividad económica si no poseen una importancia significativa, y no alteran la imagen fiel de la entidad. Este principio, considera que cualquier método, criterio o principio que no altere significativamente el resultado de la operación, puede considerarse válido. El objetivo de este principio es que las cuentas contengan información relevante, fiel y veraz, sin llegar a un nivel de detalle máximo. Si quieres indagar más en qué consiste este principio contable junto con ejemplos ilustrativos, puedes visitar el post Principio de Importancia Relativa donde se explica con más detalle. La materialidad o importancia relativa es la magnitud que tendrán las consecuencias a la hora de tomar ciertas decisiones erróneas para quien recibe la información financiera. A la hora de realizar una auditoría, es un punto especialmente importante para cualquier auditor puesto que de ella dependerá el valor de distorsión que se permita en los datos. Los auditores deben tener en cuenta los principales usuarios de los estados financieros y el tipo de información que les será útil para tomar decisiones económicas a la hora de decidir el nivel de importancia relativa. También es importante tener en cuenta los riesgos a los que está expuesta la empresa a la hora de evaluarlos. Diferencia entre materialidad y riesgo de auditoría En el curso de sus actividades, cada especialista que realice la auditoría debe recordar la diferencia fundamental entre conceptos como materialidad y riesgo

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de auditoría. Recordemos: la materialidad se entiende como la presencia de circunstancias que pueden influir de una u otra manera en el resultado de la auditoría y, en consecuencia, en la conclusión emitida a la entidad económica. El riesgo de auditoría es la probabilidad que existe de que el auditor exprese una opinión equivocada en el informe de auditoría debido a que los datos estén distorsionados. Antes de empezar a trabajar con un cliente concreto, el especialista establece en la fase de planificación el nivel de materialidad, es decir, el límite permitido del valor de distorsión. También se dice que el método de evaluación es intuitivo y se basa en la experiencia personal del auditor, que, tras examinar los estados en general o las partidas individuales de los estados financieros, formula una conclusión sobre el grado de riesgo. El criterio de evaluación es la división en riesgo improbable, probable y alto. Este método es utilizado activamente por las empresas de auditoría. Importancia relativa cuantitativa Se trata de una materialidad cuantitativa cuando para tenerse en consideración en el informe solo se atiende a su importe. Una vez que se detecte, será necesario hacer una evaluación de su importancia para establecer si es significativa o no. Importancia relativa cualitativa Está ligada con las circunstancias del entorno en el que se produce. Es relevante precisamente porque es totalmente independiente de los aspectos cuantitativos. Es importante señalar que ninguna de las formas de reducir el nivel de riesgo presentadas anteriormente puede llevarlo a cero. La proporción de la probabilidad de una situación desfavorable y la asunción de errores están siempre presentes. Y se considera que la tarea del auditor es la reducción máxima del nivel de riesgo estimado. Sobre el Autor: CARLOS ALFREDO FERNÁNDEZ MENCHACA Contador Público Certificado por el IMCP. Socio director DFM Contadores Públicos y Asociados. Integrante de la comisión de Auditoría Región Zona centro IMCP. Integrante de la Comisión de Honor y Justicia del Colegio de Contadores Públicos del Valle de Toluca, A.C.

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SEGURIDAD SOCIAL

Generalidades del capital constitutivo La seguridad social para los mexicanos es un sistema de protección social que proporciona una serie de beneficios y servicios destinados a garantizar el bienestar y la calidad de vida de la población en México. Y cuya finalidad es garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. El acceso a la seguridad social está vinculado con la relación laborar de manera formal, por consiguiente, todos los sujetos obligados llámese patrones tienen la obligación de inscribir a sus trabajadores en el régimen obligatorio, para que los trabajadores gocen a través del Instituto Mexicano del Seguro Social los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, Invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales. Lamentablemente a pesar de los esfuerzos que ha realizado de parte del IMSS, muchos patrones o sujetos obligados incurren en los supuestos siguientes: 1. El patrón estando obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos de trabajo no lo hiciera; 2. Lo inscriba con salario base de cotización inferior y que le reste los beneficios a que tiene derecho; 3. Los avisos de alta de los trabajadores asegurados y las de modificaciones de su salario, entregados al Instituto después de ocurrido el siniestro. Por lo que, si los trabajadores sufren algún riesgo o enfermedad de trabajo, el Instituto previa investigación al patrón o sujeto obligado se les fincaran los capitales constitutivos correspondiente por haber omitido tal situación; Tal como lo indica el 48 de la Ley del Seguro Social: “Si el Instituto comprueba que el riesgo de trabajo fue producido intencionalmente por el patrón, por sí o por medio de tercera persona, el Instituto otorgará al asegurado las prestaciones en dinero y en especie que la presente Ley establece y el patrón quedará obligado a restituir íntegramente al Instituto las erogaciones que éste haga por tales conceptos”. Capitales constitutivos: Crédito fiscal que las Áreas de Cobranza determinan en cantidad líquida para resarcir al IMSS, el monto de las prestaciones en dinero y/o en especie, que fueron otorgadas a favor de un trabajador asegurado o no asegurado, o en su caso a sus beneficiarios, ante el incumplimiento de su inscripción al IMSS o por la inscripción con un salario inferior al real, o por la declaración incorrecta de los datos relativos a dicho trabajador ante el Instituto, por parte del patrón o sujeto obligado. Pareciera que el capital constitutivo es una forma de hacer cumplir al empleador con sus responsabilidades, pero de fondo es el resarcimiento que tiene que cubrir el patrón a la Institución por los beneficios prestados que marca las leyes a los trabajadores. De hecho, esta obligación se fundamenta desde la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123 fracciones XIV. “Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades

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profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario.” XXIX. “Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares. Cabe mencionar que en estas fracciones dan origen a los capitales constitutivos, indica que el patrón debe de indemnizar a sus trabajadores por riesgo de trabajo o enfermedades profesionales y la obligación del Estado de establecer un régimen de seguridad social. Dentro de la propia ley del Seguro Social en su artículo 79 señala las prestaciones integrantes del capital constitutivo. 1. Asistencia médica; 2. Hospitalización; 3. Medicamentos y material de curación; 4. Servicios auxiliares de diagnóstico y de tratamiento; 5. Intervenciones quirúrgicas; 6. Aparatos de prótesis y ortopedia; 7. Gastos de traslado del trabajador accidentado y pago de viáticos en su caso; 8. Subsidios; 9. En su caso, gastos de funeral; 10. Indemnizaciones globales en sustitución de la pensión, en los términos del último párrafo de la fracción III del artículo 58 de esta Ley; 11. Valor actual de la pensión, que es la cantidad calculada a la fecha del siniestro y que, invertida a una tasa anual de interés compuesto del cinco por ciento, sea suficiente, la cantidad pagada y sus intereses, para que el beneficiario disfrute la pensión durante el tiempo a que tenga derecho a ella, en la cuantía y condiciones aplicables que determina esta Ley, tomando en cuenta las probabilidades de reactividad, de muerte y de reingreso al trabajo, así como la edad y sexo del pensionado, y 12. El cinco por ciento del importe de los conceptos que lo integren, por gastos de administración Ahora bien la manera de calcular los capitales constitutivos previstos en la Ley se determinarán considerando el monto de las prestaciones económicas y el importe de las prestaciones médicas que se calculará con base en los costos unitarios por nivel de atención médica, vigentes en la fecha de determinación del crédito fiscal, tal como lo indica el artículo 112, penúltimo párrafo Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Por lo que, en otras palabras, que los cálculos son con base en la atención médica que el trabajador haya requerido o requerirá, además de establecer un diagnóstico y tratamiento especificando su duración, tipo y número de prestaciones a otorgar, ya sea en dinero o en especie. Una vez que el IMSS haya fincado un capital constitutivo el patrón o sujeto obligado cuenta con un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente de su notificación, para pagar su monto, de conformidad con el artículo 39 C de la ley del seguro social, en caso de que no lo hiciere dentro del plazo señalado, se causarán actualización y recargos de acuerdo con el código fiscal de la federación.

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Si bien el pago del capital constitutivo, libera al sujeto obligado del cumplimiento de la responsabilidad del riesgo de trabajo que establece la Ley Federal de Trabajo, así como de la de enterar las cuotas que prescribe la presente Ley, por el lapso anterior al siniestro, el patrón sigue siendo sujeto de recibir las sanciones administrativas por el incumplimiento de sus obligaciones en cuanto a seguridad social. Y en caso de que el patrón no esté de acuerdo con cédulas de liquidación y/o crédito fiscal la misma autoridad da un plazo de cinco días hábiles siguientes a que surta efecto la notificación para presentar formular aclaraciones ante la oficina que corresponda a su registro patronal, las que deberán estar debidamente sustentadas y sólo podrán versar sobre errores aritméticos, mecanográficos, avisos afiliatorios presentados previamente por el patrón al Instituto, certificados de incapacidad expedidos por éste o situaciones de hecho que no impliquen una controversia jurídica Como en todo crédito fiscal, el afectado, en este caso el patrón, tiene legalmente la posibilidad de defenderse si cuenta con elementos suficientes para ello, e instar por el recurso de inconformidad, o por el juicio de contencioso administrativo federal. A manera de conclusión, definitivamente, la forma idónea en que el patrón evite que le sea fincado un capital constitutivo es cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de seguridad social: presentar los avisos de incidencia de los trabajadores conforme a lo establecido en el artículo 15 de la LSS, fracción primera, que señala como obligación de los patrones el registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario. Sobre el Autor: PEDRO FLORES BECERRO Contador Público Certificado por el IMCP Presidente de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de Cuautla Ex Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Cuautla Ex Integrante de la Comisión de Revista Contaduría Pública del IMCP Ex secretario regional de la Zona Centro del IMCP Ex Integrante de la Comisión Orientadora de Elecciones del IMCP

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FINANZAS

Planeación financiera en el cierre del período contable Ante la inminente incertidumbre de la situación financiera mundial que impacta de manera directa a las finanzas de nuestro país, y la condición presente de las finanzas de nuestro país, es imprescindible llevar a cabo el análisis de la contabilidad administrativa de nuestros clientes, sus proveedores, inversionistas y demás participantes en las operaciones de las mismas, para evaluar las condiciones presentes y proyectar las situaciones que se puedan presentar en el futuro para tomar decisiones que permitan el logro del objetivo principal de toda empresa o persona, referente a lograr el crecimiento o mantenerse en el mercado y generar flujos de efectivo para garantizar las operaciones respectivas y el indispensable retorno de la inversión. Para lo anterior se deberá analizar la información contable contenida en los estados financieros (con información de calidad) elaborados con base en la contabilidad financiera y que son la piedra angular para la toma de decisiones financieras de los diferentes usuarios de esta información, considerando las variables controlables y no controlables de las entidades económicas que generan el ciclo económico de su actividad y que permitan evaluar, mediante las diferentes herramientas financieras que tenemos al alcance para generar los informes que se deberán presentar a los usuarios tanto internos como externos, para lo cual, en el caso de los primeros se deberá presentar y analizar la Contabilidad Administrativa incluyendo la Contabilidad de Costos, que permite la planeación de utilidades. Para tener elementos de juicio fundamentales en los procesos antes mencionados se deben conocer y evaluar el impacto de los mercados internacionales y domésticos, mediante los reportes financieros que publican diferentes instituciones internacionales, dándonos a conocer los informes que emiten la OCDE, el FMI, el Banco Mundial, entre otros, así como las disposiciones referentes a las Normas Internaciones de Contabilidad, entre lo cual encontraremos:

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A.- Impactos en las cadenas de producción de los proveedores a nivel internacional, considerando: El ciclo de producción es largo, impactando a los proveedores al asumir ➣ riesgos, ➣ costos y ➣ tiempos. Mercado altamente competitivo. Capacidad financiera para absorber costos. Cumplir con regulaciones de calidad, seguridad y ambientales. Se tiene que considerar (entre otras variables) lo siguiente, para optimizar la cadena de suministro automotriz Algunas recomendaciones estratégicas que seguir son: ➣ Reducir al máximo los desperdicios o pérdidas de tiempo y enfocar esfuerzos en la calidad. ➣ Integrar procesos de mejora a través de sistemas de alerta de calidad, así como programas de certificación del personal operativo. ➣ Definir el mercado en el que tu empresa operará y analizar la diversificación geográfica. ➣ Utilizar herramientas para medir la satisfacción de los clientes. ➣ Estrategias de inventarios que permitan asegurar la entrega de módulos necesarios en tiempo y cantidad, además de la entrega en la secuencia solicitada por el cliente. ➣ Hablar de estrategias de cadena de suministro se refiere a un conjunto de técnicas y metodologías cuyo objetivo es optimizar la producción de un producto o servicio para un consumidor final. Estrategias de cadena de suministro en procesos de fabricación: Fijar presupuestos Gestionar lotes y precios con visión a largo plazo Incorporar tecnología de última generación

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Estrategias de cadena de suministro en procesos de almacén y venta Rastrear el inventario Incrementar la transparencia y comunicación Monitorear el flujo de caja Estrategias de cadena de suministro en procesos de distribución y logística Diseñar una red de distribución flexible Adoptar un sistema de planificación integral Monitorear las rutas de transporte en tiempo real Lo anterior es lo que se da a conocer (situación presente) respecto a las empresas automotrices que permitirá analizar el impacto de todas las empresas relacionadas con su operación, entre las cuales se puede evaluar la planta laboral que pueda ser afectada, así como clientes y proveedores. Este tipo de información es la que se debe considerar para cada tipo de empresa, ya sean comerciales, industriales o de servicios. Para lograr el éxito financiero de las empresas se deben establecer procesos de planes estratégicos y tácticos (operacionales), para enfrentar los siguientes retos: resultados deseados a alcanzar proyecciones de: ➣ ventas ➣ Ingresos ➣ Inversiones ➣ Financiamiento Los Directivos de las entidades económicas son la piedra angular para implementar y llevar a cabo lo antes comentado, teniendo en cuenta lo siguiente: A.- Establecer objetivos y metas de la organización

B.- Desarrollar premisas acerca del entorno en que opera la organización C.- Tomar decisiones respecto a los cursos de acción D.- Emprender acciones que tiendan a activar los planes E.- Evaluación de los reportes de actuación, para en su caso realizar una replanificación Conclusión: Al tener presente que estamos en el último trimestre de este año, es prudente implementar procesos de planeación financiera utilizando la información presente utilizando los estados financieros que reflejan los hechos pasados de la operación de las empresas y con base en ello hacer presupuestos de operación y de flujo de efectivo, para poder hacer la planeación de utilidades mediante el uso de evaluación de proyectos de inversión y/o administración de proyectos, entre otras herramientas financieras. Al hacer lo aquí comentado podemos enfrentar el principal reto que se tiene al no tener como base fundamental la Planeación Financiera, mediante la cual se puede contar con elementos de juicio valiosos para el logro de los objetivos de las empresas y personas que dan vida a la actividad económica de nuestro país. En caso de requerir asesoría referente a este tema o de cualquier comentario al respecto, estamos en contacto. Cuiden su salud y sus finanzas. Deseándote éxito y salud. Sobre el autor: C. P. Y M. D. F. JOSÉ LUIS ARROYO AMADOR Consultor financiero, fiscal y contable jlarroyoa@audaciacorporativafiscal.com

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LABORAL

La importancia de la descripción del puesto y su relación con el alcance de objetivos A veces, la urgencia por cubrir un puesto nos puede llevar a omitir una parte del proceso que es fundamental como se trata del diseño de la descripción de puestos. Es importante que todas las personas sin importar el nivel de puesto, cuenten con ella, pues es partir de ésta es que se alinearán las funciones a desarrollar con los objetivos del cargo. Dependiendo del tipo de posición, es importante que la descripción de esta pueda contemplar los siguientes aspectos: a) Nombre del puesto b) Área a la que pertenece c) Puesto a quien le reporta directamente d) Puestos que están a su cargo e) Objetivo del puesto f) Funciones estratégicas g) Funciones operativas h) Perfil para cubrir el puesto i) Fecha de elaboración y fecha de actualización De igual manera, es importante que la persona conozca la descripción del puesto que va a ocupar antes de su ingreso a la organización. Un buen momento para entregárselo es al enviarle el contrato a firmar; esto, para poder contar con tiempo de forma anticipada para aclarar las dudas que pudiera tener. Por otro lado, este primer paso ayudará a su proceso de inducción y curva de aprendizaje lo cual es crucial para que haya una apropiación adecuada de sus funciones y, por ende, se pueda esperar un buen desempeño. Si una organización no cuenta con este elemento clave para la gestión del capital humano, es un signo de necesidad de fortalecer sus procesos pues hay que recordar que, no podemos esperar que la persona alcance los objetivos de su cargo si no conoce a detalle en qué consiste y qué se espera en el desarrollo del mismo y peor aún, que posteriormente se tomen decisiones basadas en el desempeño sin haber asegurado que la persona tenía absoluta claridad de lo que se esperaba y cómo se evaluarían los resultados. Sobre la Autora: L. A. E. MARISELA GARCÍA MARTÍNEZ Consultora en temas de Administración de ONG’s Gestión de talento Diseño de proyectos sociales

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DIGITAL

Ciberseguridad en las empresas En un mundo global y digitalizado como en el que nos tocó vivir, la ciberseguridad es un reto en constante evolución. En México se requiere de un esfuerzo conjunto entre gobierno, empresas y sociedad en general para abordar este problema de manera efectiva. A través de la implementación de legislación en ciberseguridad, la inversión en infraestructuras seguras y la capacitación en ciberseguridad, México puede fortalecer su capacidad para prevenir y responder a ciberataques, garantizando así un futuro digital más seguro para todos. “Entender la importancia de la seguridad informática, permite tener una perspectiva más amplia sobre las estrategias, planes y buenas prácticas que debemos implementar en las empresas” Ciberseguridad Hablando de ciberseguridad, también conocida como seguridad informática o seguridad cibernética, es la práctica de proteger equipos, redes sociales, aplicaciones de software, sistemas críticos y datos de posibles amenazas digitales. Las organizaciones tienen la responsabilidad de proteger los datos para mantener la confianza del cliente y cumplir la normativa. Las nuevas tecnologías tienen consecuencias positivas y negativas y una de ellas es que están ampliando el alcance e impacto de la ciberdelincuencia. La agenda digital de América Latina y el Caribe (ALC), junto a los cambios acelerados asociados a la cuarta revolución industrial ocupan un lugar de gran importancia para la Comisión Económica para la América Latina y el Caribe (CEPAL), cabe mencionar que México forma parte de esta región. Como parte de sus trabajos de la comisión, a partir del año 2020 realiza un seguimiento del estado de la ciberseguridad en la región con un estudio en base con los incidentes reportados y que afectan la seguridad cibernética de la región.

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Está región la integran 33 países de América Latina y el Caribe de los cuales 24 cuentan con marcos normativos de protección de datos y de seguridad cibernética, según el Rastreador Global de Legislación Cibernética de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, por sus siglas en inglés). En cuanto a la seguridad de datos, existe poca legislación sobre privacidad y protección de datos personales, según el Índice de Ciberseguridad Global (ICG). ¿Porque es importante blindar a tu empresa? Desafortunadamente ninguna empresa es inmune a un ataque cibernético, sin lugar a duda es un problema para empresas de todos los tamaños y de todos los sectores y no solo para su área de tecnología, sino también para sus consejos de administración, sus comités de auditoría, así como a sus directivos, en general para la empresa a todos sus niveles. México es uno de los países con mayores ataques cibernéticos en el mundo, las estadísticas arrojaron que durante el 2022 sufrió 187,000 millones de ciberataques, con un crecimiento de 20% frente al 2021, es por esta razón que la ciberseguridad en México se ha convertido en una necesidad imperiosa.2 Para quienes ya contemplan medidas para protegerse deben asignar cada vez mayor presupuesto. Para ello deben conocer los niveles de riesgos a los que se está expuesto y con base a ellos determinar si las medidas son suficientes o deben elevarse. Cuando las empresas ya han sido blanco de estos ciberataques deben implementar un proceso conocido como “respuesta a incidentes”, en donde la empresa debe saber que procedimiento debe seguir, a quien debe avisar y como hacerlo., con el fin de monitorear y gestionar la incidencia a la que fue expuesta, de esta manera preservar la protección y mejorar su sistema de información.

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Cómo proteger los datos de tu empresa Existen herramientas de gestión de incidentes que son indispensables para las empresas que desean contar con procesos definidos y de esta manera mantener la estabilidad en sus sistemas informáticos. Entre las herramientas que existen las siguientes: ➣ PagerDuty. – Plataforma es una plataforma líder en gestión de incidentes que permite a los equipos detectar, priorizar y responder rápidamente los incidentes. ➣ VictorOps. – Es otra de las plataformas destacadas en el ámbito de gestión de incidentes en el entorno, con una interfaz intuitiva y sólida, permite a los equipos identificar, notificar y resolver rápidamente los incidentes, con esta plataforma los equipos pueden agilizar los procesos y reducir el tiempo de inactividad. ➣ Jira Service Management. – Es una solución de servicios orientada a la integración de solicitudes, cambios e incidentes, además ofrece una visión integral que incluye flujos de trabajo personalizables, paneles de control visuales. ¿Por qué utilizar herramientas de protección de ciberseguridad? La utilización de herramientas de protección se seguridad es fundamental para el desarrollo seguro en las actividades de estas. Los aspectos por los que se deben considerar son: ➣ Confidencialidad, considerando que solo aquellos que estén autorizados deberían tener acceso a la

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información y a los archivos digitales relevantes. ➣ Integridad, aspecto importante por la protección de la información que se posee, evitando la modificación de los datos de documentos que pudieran generar daños, con un sistema fortalecido en seguridad informática eso no debería ocurrir. ➣ Garantizar el acceso, para quienes son dueños de la información debe tener la certeza de utilizar su información cuando lo considere necesario y tener la certeza de que no ha sufrido ninguna alteración o daño. Conclusiones La ciberseguridad en México es un desafío con temas pendientes, la primera de ellas a nivel legislativo, ya que no existe una ley específica, mientras que en lo corporativo falta mayor prevención y en lo personal concientización de lo importante del tema. Proteger la infraestructura de red contra accesos no autorizados, ataques maliciosos y filtraciones de datos las empresas deben considerar implementar soluciones de firewall sólidas, sistemas de detección de intrusos y protocolos de cifrado para fortalecer sus defensas, además resulta indispensable contar con un análisis de riesgo de estas actividades, desarrollar estrategias y aplicar medidas necesarias para contar con información que permita cumplir con los estándares que se están implementando a nivel internacional. Sobre la Autora: REBECA FERNÁNDEZ ROLDÁN Licenciada en Contaduría Egresada de la Universidad Alfonso Cravioto Maestría en Auditoría Certificada en Auditoría y Contabilidad Gubernamental por el IMCP Asociada del Colegio de Contadores Públicos de Hidalgo

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SEGURIDAD SOCIAL

Corrección patronal... ¿La conoces? En el ámbito de la seguridad social y, sobre todo, en la industria de la construcción, es común que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) inste a los patrones a la corrección patronal; y ante ello me permito compartirte algunas reflexiones en torno al procedimiento que se sigue y las alternativas que se tienen; siguiendo un esquema de preguntas frecuentes: ¿Qué es la corrección patronal? La fracción IX del artículo 2 de la Ley del Seguro Social, identifica como corrección: el documento que elabora el patrón o sujeto obligado para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones frente al Instituto. En términos generales, podemos señalar que la corrección patronal, consiste en el acercamiento voluntario por parte del patrón al IMSS, con el objetivo de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, sin que exista un acto administrativo o un ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad. ¿Dónde se encuentra regulada la corrección patronal? En el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), a partir del artículo 178 al 182. ¿Es obligatorio regularizar todos mis registros patronales? No es obligatorio, puedes elegir el registro por el que deseas la corrección, presentando la solicitud en la Subdelegación que le corresponda. Sin embargo, si te interesa regularizar todos tus registros patronales, entonces deberás presentar la solicitud en la Subdelegación que corresponda al domicilio fiscal. ¿En qué tiempo me responde el IMSS si aceptó mi solicitud de corrección? En un plazo no mayor a 15 días, y si no no tienes respuesta, en ese plazo, se entenderá que tu solicitud fue autorizada. ¿Cuáles son los periodos por los que me puedo regularizar? En este caso, habrá que revisar lo que motiva la corrección: a)Si es espontánea (sin mediar invitación): Se deberá regularizar el ejercicio inmediato anterior y el periodo transcurrido a la fecha de la solicitud. Por ejemplo, si se presenta la solicitud en el mes de octubre de 2023; se procederá a la regularización del ejercicio 2022 y el periodo de enero a octubre de 2023. b)Por un oficio de invitación: En este caso, la solicitud deberá presentarse dentro de los seis días siguientes a la notificación, y el periodo a regularizar será por los dos últimos ejercicios y el periodo transcurrido a la fecha de notificación. Al respecto, si el oficio de invitación se notificó en octubre de 2023; el periodo a regularizar será el ejercicio 2021, 2022 y el periodo de enero a octubre de 2023. Es importante señalar que, la invitación no es un acto administrativo o un oficio que obligatoriamente deba ser atendido; sin embargo, si se elige como mecanismo de corrección, se deben regularizar los periodos indicados.

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¿Cómo es el proceso de corrección? En términos generales, una vez aceptada la solicitud, ya sea de forma expresa o tácita, el patrón cuenta con 40 (cuarenta) días para presentar su corrección, es decir, proporcionar al Instituto, a través de los formatos correspondientes, lo siguiente: ·La documentación que sustente la corrección; entre ella, contratos, balanzas de comprobación, nóminas, papeles de trabajo, etc. ·Copia de los movimientos afiliatorios como resultado de la corrección ·Comprobantes de pago de cuotas obrero patronales. Posterior a la presentación de la corrección, el Instituto, en un plazo de 20 (veinte) días, procederá a validarla, y si así lo considera, a solicitar información y documentación complementaria; la cual deberá ser presentada, por parte del patrón, en un plazo de 10 (diez) días hábiles posteriores a su notificación. Al encontrarse totalmente integrado el expediente, ya sea con la documentación inicial o la complementaria, el Instituto revisará la corrección y la validará en un plazo de 120 (ciento veinte) días hábiles. ¿El Instituto puede estar en desacuerdo con la información y los pagos que se realizaron con motivo de la corrección? Si. En este sentido, el Instituto validará la corrección presentada y si resultan diferencias, las notificará por escrito para que sean aclaradas por el patrón o bien se proceda a su pago. ¿Cuáles son los beneficios al concluir la corrección? Se tendrán los beneficios establecidos en el artículo 173 del RACERF, esto es, no serán sujetos de visitas domiciliarias, por los ejercicios y periodos corregidos, ni tampoco se emitirán cedulas de diferencias, relativos a estos. ¿Es posible desistirse de la corrección patronal? La norma no establece nada al respecto, sin embargo, esto es posible, ya que no se trata de un ejercicio de facultades de comprobación, por lo que bastaría con interrumpir el proceso, o bien, presentar un escrito de desistimiento. Conclusiones Como podemos observar, la corrección patronal es un acto voluntario por parte del patrón, partiendo de la premisa de que conoce sobre el incumplimiento que ha tenido en sus obligaciones en materia de seguridad social y ante ello, promueve su regularización; por lo cual, la corrección patronal no implica un ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad fiscal; siendo relevante en cada situación evaluar la viabilidad o conveniencia de solicitarla. Esperando que los comentarios vertidos te sean de utilidad, me despido de ti agradeciendo tu valioso tiempo a la lectura del presente artículo. Sobre el Autor: EFRAÍN SALVADOR MIRAMON Contador Público y Licenciado en Derecho Formador de Talento Empresarial.

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Revista Audacia

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