Recurso de Amparo contra la vacunacion

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Amparo por pedido de informes sobre la vacuna contra COVID-19 Elaborado por Epidemiólogos Argentinos Metadisciplinarios, EAM, con la colaboración de los abogados Alfredo Kinbaum y Claudio Guemberena , y presentado por el Dr. Eduardo Yahbes ante la jurisdicción Contencioso Administrativa Federal. Dicho recurso de amparo se presento en el marco de la ley Ley Nac. 27275 ¨Derecho de Acceso a la Información Pública¨ contra la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) con el objeto se la obligue judicialmente a entregar la información oportunamente solicitada al organismo sobre la Vacuna contra Covid-19. Ante el incumplimiento del ANMAT luego de haberse presentado un pedido de acceso a la información y por el cual debía de entregarla sobre la vacuna contra Covid-19, al considerarse insuficiente la respuesta provista por el organismo estatal, y simultáneamente rechazando las eximentes legales por las cuales pretende negar otra parte de la información demandada, se presentó un Recurso de Amparo fundamentado en la ley de Acceso a la Información Pública, la Constitución Nacional, Los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, Etc. y con fundamento no solo en que se garantice el acceso a la información pública, base de todo sistema Republicano de Gobierno, sino también como indispensable para garantizar la libre elección de los ciudadanos potenciales destinatarios de las vacunas sobre la base del consentimiento informado y el respeto a la integridad física de los mismos. También solicitaron una medida cautelar por la cual se prohíba el uso en etapa experimental de la vacuna hasta tanto no se haga pública la información técnica científica solicitada. En dicho escrito jurídico afirman entre otras cosas ¨Que la inoculación de genes nuevos, o de intermediarios sintéticos de genes en el cuerpo humano no es vacunación, es un experimento de transgénesis nunca realizado en la historia de la humanidad para evitar la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas de transmisión humana. No existen antecedentes de este tipo de terapias, ni en Argentina ni en el mundo¨. El objetivo del acceso a la información es que sea evaluada por un conjunto de científicos especialistas en el tema, independientes de intereses políticos o ligados a laboratorios internacionales, como medio de asegurar la transparencia y seguridad ante un tema tan sensible estando por medio la salud de la población. ‘ Se adjunta Síntesis del recurso presentado.

Señor Juez: Eduardo Ángel Yahbes, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. Alfredo Marcelo Kinbaum, abogado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, me presento ante Usted y digo: I.- OBJETO. Que vengo a interponer ACCION DE AMPARO en virtud de los Arts. 42 y 43 de la CONSTITUCIÓN


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