Neurotecnología y derecho. Neuroderechos en el ordenamiento jurídico argentino por GASTÓN FACUNDO SALORT, CRISTIAN JAVIER MEDINA 20 de Julio de 2020 www.saij.gob.ar Id SAIJ: DACF200156 "...científicos, compañías y gobiernos aprenden a acceder ilegalmente al cerebro humano..." (Yuval Noah Harari). "Hay alguien en mi cabeza pero no soy yo" (Pink Floyd - Brain Damage). 1. Introducción. Neurociencia, inteligencia artificial y neurotecnología. Se ha definido a la neurociencia como aquella que "estudia la organización y el funcionamiento del sistema nervioso y cómo los diferentes elementos interactúan y dan origen a la conducta de los seres humanos"(3). Por otro lado, la R.A.E. define a la "Inteligencia Artificial", como la disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje y el razonamiento lógico. En otras palabras, inteligencia artificial es el desarrollo de algoritmos de computación que están basados en los que pensamos que ocurre dentro del cerebro. Neurociencia y tecnología (aplicación de inteligencia artificial a través de algoritmos), conforman lo que se conoce como "neurotecnología", definida como "conjunto de herramientas que sirven para analizar e influir sobre el sistema nervioso del ser humano, especialmente sobre el cerebro." Se ha entendido también a la neurotecnología como cualquier tecnología que hace posible manipular el cerebro. Estas tecnologías incluyen simulaciones de modelos neurales, computadores biológicos, aparatos para interconectar el cerebro con sistemas electrónicos y aparatos para medir y analizar la actividad cerebral. La neurotecnología, pues, ha abierto las puertas a la posibilidad de "manipular el cerebro". Tal es así que, la posibilidad de conectar nuestro cerebro a una máquina puede interferir en las decisiones cotidianas del individuo. Los avances que ha logrado la "neurotecnología" han generado ciertas alertas en cuanto a que un algoritmo podrá ayudar a la toma de decisiones de las personas, lo que arrojaría como resultado que la capacidad para discernir entre distintas opciones o posibilidades pueden encontrarse interferidas por un agente tecnológico externo. Así también, será muy eficiente y exhaustiva (y hasta infinita) la capacidad de recopilar datos personales y cualquier tipo de información desde el ámbito más privado del ser humano, logrando así interpretar los pensamientos. Esta posibilidad de leer el cerebro y, en definitiva, poder mejorar ciertas capacidades humanas, puede generar desigualdades si no existe un acceso equitativo a esta tecnología, como así también un riesgo en generar mayor discriminación en cuanto su uso, ya que se podrían crear cerebros más sofisticados que otros. Ante todo esto, es necesario contar con un régimen normativo que regule el avance y la aplicación de la neurotecnología. 2. Neuroderechos y neurodatos. Es en este sentido que se habla de los "neuroderechos", una serie de nuevos derechos que deben ser regulados. Rafael Yuste, director del Centro de Neurotecnología de la Universidad de Columbia (EE.UU) y quien lidera el Proyecto BRAIN ("Brain Research Through Advancing Innovative Neurotechnologies"), iniciativa