DERECHO Y TECNOLOGÍA - Lic. Argenis Deliz F. Periodista.

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DELITOS INFORMÁTICOS

La Ciencia del Derecho

SIMBIOSIS

TECNOLÓGICA: OSCURIDAD Y LUCES BLANCAS EN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

SIMBIOSIS TECNOLÓGICA:

OSCURIDAD Y LUCES BLANCAS EN NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Enlaactualidad,vivimosenunaeradigitaldondelas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) son fundamentales para nuestras vidas personales y profesionales. Sin embargo, esta misma tecnología también ha abierto la puerta a nuevos tipos de delitos, conocidos como cibercrímenes. Estos hechos punibles, cada vez más sofisticados y organizados, representan una amenaza global que requiere una respuesta coordinada y efectiva, en especial, cuando existen niños, niñas y adolescentesdepormedio.

Índice

Introducción…………………………………………………. (Pag’ 12).

Pero… ¿qué se considera delitos contra niños, niñas o adolescentes? ………………………………………………. (Pag’ 34).

Conclusiones ………………………………………………. (Pag’ 5).

Referencias bibliográficas …………………………………. (Pag’ 6).

Directorio

Revista: La Ciencia del Derecho.

País de publicación: Venezuela.

Año de publicación: 2024.

Gerente y redactor: Lic. Argenis Deliz F. Periodista.

Contacto: argenisdeliz144@gmail.com.

Introducción

Las nuevas tecnologías han emergido para brindar facilidades y comodidades a la población mundial. Es indiscutible las mejoras que han suscitado en las diversas áreas de estudio y trabajo gracias al progreso digital. No obstante, esos múltiples beneficios como: la conexión masiva, sin importar el país, la distancia, hora o situación específica, los acercamientos familiares pese la inmigración forzada, o la expedita búsqueda de información varia, tienen un doble impacto en los diversos individuos que habitan en el mundo, y, Venezuela, no es la excepción.

El universo tecnológico se ha vuelto parte fundamental del desenvolvimiento social, estudiantes, empresarios, profesores, periodistas o abogados (solo por nombrar algunos) están en constante búsqueda informativa por el internet, además de las revolucionarias redes sociales. Todo parece estar bien, hasta que se hace una mirada panorámica a un sector especialmente vulnerable: los niños, niñas y adolescentes.

Aunque el internet tiene mucho que ofrecer, también oculta su lado más salvaje y peligroso. Cada usuario está a merced de estafas digitales, violación a la privacidad, delitos contra la propiedad, falsificación documentaria, entre otros. Son banderas rojas que no pueden obviarse fácilmente. En el caso de los menores de edad, surge una constante por antonomasia,

la latente exposición sexual en medios tecnológicos. Existen ciudadanos nacionales y extranjeros encargados de distribuir material pornográfico o contenido sensible que podría llegar a visualizarse por niños, niñas y adolescentes, además de incitarlos a participar en actos considerados aberrantes y punibles.

Involucrar las tecnologías de la información para exponer a niños, niñas y adolescentes a contacto sexual, acarrea sanciones penales y económicas importantes, incluso en el marco jurídico venezolano, es ahí donde tiene participación la Ley Especial Contra Los Delitos Informáticos. Es imprescindible que los padres, madres y representantes, en compañía de los profesionales del derecho, mantengan su atención en pro al cuidado mental, psicológico, espiritual y físico de los menores de edad.

Pero… ¿qué se considera delitos contra niños, niñas o adolescentes?

La Ley Especial Contra Los Delitos Informáticos venezolana indica, en su artículo 23, lo siguiente:

Difusión o exhibición de material pornográfico. Todo aquel que, por cualquier medio que involucre el uso de tecnologías de información, exhiba, difunda, transmita o venda material pornográfico o reservado a personas adultas, sin realizar previamente las debidas advertencias para que el usuario restrinja el acceso a niños, niñas y adolescentes, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de doscientas a seiscientas unidades tributarias.

Por lo tanto, el derecho en Venezuela es muy claro en que todo material sexualizado, que pudiera ser visto por niños, niñas y adolescentes, debe estar restringido para los menores, o advertir al espectador para que atienda a la sugerencia, de lo contrario, podría interpretarse que el emisor del contenido actúa con alevosía.

Por su parte, el artículo 24 de la Ley Especial Contra Los Delitos Informáticos venezolana señala lo siguiente:

Exhibición pornográfica de niños o adolescentes. Toda persona que por cualquier medio que involucre el uso de tecnologías de información, utilice a la persona o imagen de un niño, niña o adolescente con fines exhibicionistas o pornográficos, será penada con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.

Es mandatorio cuidar a los menores de edad del escarnio público, velar por la integridad de su sexualidad y tranquilidad psicológica. Las nuevas tecnologías proponen un mundo simplista y práctico, pero también posee un grado de oscuridad inherente. Todo aquel que se haya sentido víctima durante el manejo tecnológico de la información, debe saber que cuenta con canales judiciales especializados en el tema, como es el caso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) en su división de delitos informáticos.

Asimismo, en el caso de los menores de edad, tienen la asistencia de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña yAdolescente (LOPNNA).

Conclusiones

La irrupción de la tecnología en todos los aspectos de la vida ha desencadenado una revolución sin precedentes. Desde la forma en que se comunica hasta la manera en que se trabaja y relaciona, la tecnología ha redefinido los paradigmas sociales y económicos. Ante este escenario, el derecho, como sistema normativo que regula las relaciones humanas, se ha visto obligado a adaptarse y evolucionar para dar respuesta a los nuevos desafíos planteados por el mundo digital.

En este orden de ideas, la importancia del derecho en la tecnología radica en su capacidad para establecer un marco legal que garantice la seguridad, la justicia y la protección de los derechos fundamentales en el entorno virtual. El derecho es el faro que guía a la tecnología en un mar de posibilidades. Su función es garantizar que la innovación tecnológica se desarrolle de manera responsable y beneficiosa para toda la sociedad.

Hay que evidenciar que el derecho juega un papel crucial en la protección de los niños, niñas y adolescentes en el entorno digital. Al establecer normas claras, proteger los derechos fundamentales y promover la colaboración, el derecho contribuye a crear un entorno online más seguro y saludable para las futuras generaciones.

Referencias bibliográficas

LEY ESPECIAL CONTRALOS DELITOS INFORMÁTICOS. (2001). Gaceta Oficial Nº 37.313. 30 de octubre de 2001.

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