CRONOLOGÍA CASO BANDAGRO, POR ANGEL INFANTE

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Página 52 de 74 Irigoyen al periodista Pedro Pablo Peñaloza del diario ”Tal Cual” de fecha 01-07-04, cuando supuestamente había revocado su dictamen el ¿08-12-03?, cita textual: “Defiendo la actuación de mi Despacho en el caso de las Notas Promisorias que emitió el Banco de Desarrollo Agropecuario, S. A. (Bandagro) en 1981, que conforme al expediente que recibí del Ministerio de Finanzas la procedencia de la obligación (Promissory Notes), está dentro del marco de la Ley” (Ver anexo 52) b) Los reiterados “Remitidos a la Opinión Pública” emitidos posteriormente por el MF en la prensa nacional en fechas: 03-11-04; 11-11-04; 19-11-04; 09-01-05; 23-04-06; 28-03-07 y 12-04-07, donde en absoluto se menciona que el dictamen de la PGR de fecha 03-10-03 había sido revocado en fecha ¿08-12-03?. (Ver anexo 43) c) Los Oficios emanados del MF a los apoderados de los interesados en el cobro de las PN emitidas por BANDAGRO, como por ejemplo el Oficio 001036 de fecha 11-05-05, en el cual el MF Dr. Nelson Merentes, se dirige al abogado Miguel Jacir contestándole su comunicación de fecha 02-03-05, ignorando igualmente que el dictamen de la PGR de fecha 03-10-03 había sido revocado el ¿08-12-03?, siendo algo tan importante para el tema tratado, como lo es el caso de las PN emitidas por BANDAGRO en 1981. (Ver anexo 42) d) El hecho de que el Oficio del Dictamen Revocatorio no estuviera numerado como lo indica el procedimiento habitual, hace caer en inmediata sospecha que no fue ejecutado el ¿08-12-03?, ya que la numeración es correlativa durante el año y cuando lo redactaron les resultaba imposible numerarlo e insertarlo en el “Libro de Control de Oficios”, llevado por todos los organismos públicos, casualmente para evitar este tipo de irregularidades. (Ver anexo 49) e) El hecho de que el dictamen revocatorio fue presentado por la defensa de la República Bolivariana de Venezuela el 15-04-05, en el juicio que llevan los interesados, en este caso, la empresa SKYE VENTURES LLC en el Tribunal de OHIO de los EEUU, ocho (8) meses después que se había incoado el juicio en su contra en la Corte del Distrito Sureste de Ohio que fue el 13-08-04, demuestra también que la fecha ¿08-12-03?, del señalado dictamen es incierta, pues no se justifica que el contenido de un documento tan importante no haya sido presentado por la defensa inmediatamente que comenzó el juicio y además no se le haya informado a los otros interesados durante los dieciséis (16) meses transcurridos después de haber sido emitido, pues los otros interesados también pudieron enterarse del dictamen revocatorio gracias al juicio que la empresa SKYE VENTURES LLC, lleva en la Corte del Distrito Sureste del estado de OHIO de los EEUU. f) El Recurso de Interpretación solicitado posteriormente el 17-01-07, por la ex PGR Dra. Marisol Plaza Irigoyen a la Sala Constitucional del TSJ de la parte final del primer aparte del artículo 247 de la CRBV con la normativa establecida en los artículos 56 y 57 de la LOPGR, -de cuya redacción ella fue partícipe- lo que evidencia una vez más que la Dra. Marisol Plaza Irigoyen tiene dudas acerca de la veracidad de su dictamen revocatorio pues si su dictamen de fecha 03-10-03 fue revocado el ¿08-12-03?, no entendemos ¿Por qué? solicita el señalado Recurso de Interpretación el 17-01-07, ¡Ya que lo que fue revocado no requiere interpretación alguna, pues sencillamente no existe! (Ver anexo 69) A continuación señalamos la cronología y tradición legal, referente a la propiedad legitima de las PN ICC-322, Código Caroní, Nos. 1/8 a la 5/8, por US $ 25.000.000,00 c/u, hasta llegar a la actual propietaria, la empresa INVERSIONES INALCA, C.A. FECHA:

CONCEPTO

17-02-82: El Grupo Nacional de Inversionistas, representado por el ciudadano Alfredo Guillermo Aagaard Salazar, (personaje de confianza de los Interventores de BANDAGRO), adquiere PN ICC-290 e ICC-322, de las emitidas por BANDAGRO el 07-12-81, por un valor nominal de US $ 1.605.000.000,00, pagando por las mismas el 12,461059%, equivalente a US $ 200.000.000,00, según “RECIBO” emitido por la presidencia del Banco de Desarrollo Agropecuario, S.A., (BANDAGRO), firmado y sellado por el Gerente General, Elbano Fontana Nieves y


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