ESCENARIOS CASO BANDAGRO - ANGEL INFANTE

Page 1

UNO DE MIS ASIDUOS LECTORES, CONOCEDOR Y SEGUIDOR DEL CASO "BANDAGRO", ME HIZO LLEGAR LOS SIGUIENTES ESCENARIOS: ESCENARIO “1”

ESCENARIO “2”

A) Se condenaría a la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en el TRIBUNAL de OHIO en EEUU, a pagar a SKYE VENTURES, una cantidad equivalente de "10 a 1", que ascendería aproximadamente a 1.000MM de DOLARES AMERICANOS, 100MM solo por concepto de capital y lo demás por intereses, indexación, daños y perjuicios, costas procesales, honorarios de abogados, etc., la decisión vendría acompañada de medida de embargo (CYTGO), para garantizar el pago de la misma, la cual se hará en EFECTIVO. B) Perderíamos también en este caso específico, nuestra INMUNIDAD SOBERANA, LA JURISDICCION y no seriamos FORO CONVENIENTE, para ventilar los asuntos del caso BANDAGRO. C) Caeríamos en DEFAULT (incumplimiento), y en consecuencia nos convertiríamos en país FORAJIDO (el que no honra los compromisos de su DEUDA EXTERNA). D) El RIESGO PAIS, aumentaría (actualmente está por los 800 puntos, que ya es alto). E) Perderíamos nuestra credibilidad en los MERCADOS FINANCIEROS INTERNACIONALES y nos sería muy difícil conseguir financiamiento, y si lo logramos seria a una tasa de interés en DOLARES de dos (2) dígitos, muy alta para cualquier economía mundial. F) Se podría interrumpir el JUICIO PENAL, en la causa (T28J-541-11), seguido, entre otros al Lic. ANGEL INFANTE presidente de INVERSIONES INALCA, C.A., propietaria legitima de BONOS originales y auténticos de los emitidos por BANDAGRO en 1981, de idénticas características a los de SKYE VENTURES cuyo DOCUMENTO PÚBLICO AUTENTICO que los respalda fue admitido como prueba fundamental en el juicio de SKYE VENTURES, en OHIO EEUU, y la decisión de presentar esta prueba en el referido TRIBUNAL, se correspondió con el EXHORTO que al efecto hizo, nuestra propia ASAMBLEA NACIONAL en SALA PLENA, en su INFORME del 05-06-05, que concluyo en que los RECLAMANTES que sintieran menoscabados sus derechos en el caso de los BONOS emitidos legalmente por BANDAGRO en 1981, acudieran a las INSTANCIAS INTERNACIONALES a que a bien tuvieran lugar. G) En consecuencia de todo lo anterior y si no se actúa con rapidez, se desatarían una serie de DEMANDAS en cascada, de todos los TENEDORES legítimos del resto de los BONOS, emitidos legalmente por BANDAGRO en 1981 debidamente reconocidos en el informe del Ministerio de Finanzas de fecha 08-08-03, considerado PROCEDENTE por la Procuraduría General de la Republica el 03-10-03 y que lo convirtió en DICTAMEN firme, vinculante, irrevocable y de obligatorio cumplimiento por parte del Ministerio de Finanzas, que de una vez causo derechos objetivos y subjetivos a favor de todos los reclamantes y aunque posteriormente se trató de revocar irresponsablemente, sigue VIGENTE y aun más fortalecido por la cantidad de errores jurídicos cometidos en el desafortunado intento revocatorio.

A) Se sobreseería la CAUSA (T28J-541-11), al Lic. ANGEL INFANTE presidente de INVERSIONES INALCA, C.A., en el JUICIO PENAL llevado por el TRIBUNAL 28 DE JUICIO, de Caracas, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, con simultanea decisión SOBERANA del mismo TRIBUNAL, que ordenaría al Ministerio de Finanzas, que ACATE el DICTAMEN, VINCULANTE, IRREVOCABLE Y VIGENTE de la Procuraduría General de la Republica de fecha 03-10-03, referente a su propio informe que determino que: "Los RECLAMANTES tienen el legitimo derecho a que les sean procesadas sus notas (Bonos), para hacerlas efectivas o cualquier otra formalidad", llegando a un acuerdo justo y razonable con el ya sobreseído de “2 a 1”, equivalente a 250MM de DOLARES AMERICANOS, 125MM solo por concepto de capital y una cantidad igual por intereses, indexación, daños morales, daños y perjuicios, costas procesales, honorarios profesionales, etc., el cual sería cancelado con BONOS de la DEUDA PUBLICA EXTERNA, a 30 años de plazo, a valor de MERCADO y que generen interés. B) Conservaríamos nuestra INMUNIDAD SOBERANA, la JURISDICCION y seguiríamos siendo FORO CONVENIENTE, para continuar ventilando el CASO BANDAGRO, hasta su definitiva y total solución. C) Sentaríamos PRECEDENTE y en consecuencia todo caso que tenga que ver con BANDAGRO tendría que ser tramitado en nuestra JURISDICCION, y así demostraríamos una vez mas, a la COMUNIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL, que seguimos siendo un país responsable y que SOBERANAMENTE cumple con su DEUDA EXTERNA. D) El RIESGO PAIS, bajaría o se mantendría estable. E) Nuestra credibilidad en los MERCADOS FINANCIEROS INTERNACIONALES, mejoraría notablemente y la consecución de nuevos financiamientos y/o refinanciamientos se lograría con mayor fluidez y mejores condiciones. F) Se podría interrumpir el JUICIO MERCANTIL de la empresa SKYE VENTURES en el TRIBUNAL de OHIO EEUU y sobrevendría un acuerdo justo y razonable para las partes y en mejores condiciones para nuestro país. G) Entendemos que lo que se busca con el juicio (T28J-541-11), es contrarrestar los efectos devastadores para nuestro país, que conllevaría la inminente decisión condenatoria a favor de SKYE VENTURES, pero la solución acá no radicaría en condenar a las personas INOCENTES indiciadas en el referido juicio (T28J-541-11), sino por el contrario SOBRESEERLOS, para lograr el efecto deseado, ya que opuestamente a lo señalado son VICTIMAS al ser propietarios legítimos y de BUENA FE, de Bonos Bandagro respaldados con una tradición legal jurídicamente incuestionable, que solo defienden sus derechos y los de su representada en el sonado CASO, que ya cumplió '32' años.

Solo uno de estos ESCENARIOS se concretaría, el primero que ocurra neutralizaría los efectos del otro, concluyan ustedes por cuál de ellos, deberían pronunciarse SOBERANAMENTE las autoridades competentes de nuestro país, para poner punto final y de una vez por todas, al tan complicado asunto de los bonos emitidos legalmente por BANDAGRO en 1981. Más información en INTERNET bajo el link: CRONOLOGIA CASO BANDAGRO.

NOTA: Transcripción del articulo de prensa de la columna “OVERNIGHT” del semanario LAS VERDADES DE MIGUEL de fecha 22-03-13 al 28-03-13



Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.