RESUMEN REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA UNA INST. ELECTR. RESIDENCIAL
CETIS 109 CD. MADERO, TAMS.
NOM-001-SEDE-2012
ANGEL HERNANDEZ SANTIAGO
200-4. Conductores neutros. No debe usarse un conductor neutro para más de un circuito derivado, a menos que se permita en alguna parte de esta NOM.
200-6. Medios de identificación de conductores puestos a tierra a) Tamaño 13.3 mm2 (6 AWG) o menor. Un conductor con aislamiento puesto a tierra de tamaño 13.3 mm2 (6 AWG) o menor, debe identificarse por UN color blanco en toda su longitud. .250-119. Identificación de conductores de puesta a tierra de equipos . Se permitirá que los conductores de puesta a tierra de equipos estén desnudos o aislados. Los conductores de puesta a tierra de equipos, aislados individualmente deben tener un acabado exterior continuo de color verde o verde con una o más franjas amarillas
210-20. Protección contra sobrecorriente. Los conductores de los circuitos derivados y los equipos deben estar protegidos mediante dispositivos de protección contra sobrecorriente…
210-23. Cargas permisibles. En ningún caso la carga debe exceder la capacidad nominal del circuito del circuito derivado. Esta permitido que un circuito derivado individual alimente cualquier carga dentro de su valor nominal. a) Circuitos derivados de 15 y 20 amperes. Se permite que los circuitos derivados de 15 o 20 amperes alimenten a unidades de alumbrado, otros equipos de utilización o una combinación de ambos y debe cumplir con lo que se establece en (1) 1) Equipo conectado con cordón y clavija que no está fijo en un lugar. La carga nominal de cualquier equipo individual de utilización conectado mediante cordón y clavija que no esté fijo en un lugar no debe superar el 80% nominal de la capacidad en amperes del circuito derivado.
210-8. Protección de las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra. Se debe brindar protección a las personas mediante interruptores de circuito por falla a tierra tal y como se exige en a)
b)
Unidades de vivienda. Todos los contactos en instalaciones monofásicas de 120 volts de 15 y 20 amperes, instalados en los lugares siguientes , deben ofrecer protección a las personas mediante interruptor de circuito por falla a tierra: (1) Cuartos de baño.
(2) Cocheras (3) En exteriores. Excepción a (1), (2) y (3). Se permite usar contactos normales si se instala protección por falla a tierra al principio del circuito derivado en unidades de vivienda popular hasta de 60 m2. (5) Sotanos sin acabados. Para los fines de esta sección se definen los sotanos sin acabados como las partes o zonas del sotano que no están pensadas como habitaciones, limitadas a zonas de almacen, de trabajo o similar. (6) Cocinas. Cuando los contactos estén instalados en la cubierta del mueble de cocina Excepción a (6). En unidades de vivienda popular hasta de 60 m 2 se permite usar contactos normales siempre y cuando se instale protección por falla a tierra en el origen del circuito derivado.
210-11. Circuitos derivados requeridos. Se deben instalar circuitos derivados para iluminación y para aparatos y para cargas de unidades de vivienda, como se especifica en 210-11(c). a) Número de circuitos derivados. El número mínimo de circuitos derivados se debe determinar a partir de la carga total calculada y del tamaño o la capacidad nominal de los circuitos utilizados.