el escribano

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LEGALES

Revista de los Escribanos, abogados y procuradores de Mendoza

Reglamento de concursos para acceder a la titularidad de un registro Cheque cancelatorio y sus utilidades financieras

El ciclo de vida de las empresas familiares



AUTORIDADES Presidente Not. F. JAVIER GUARDIOLA Vicepresidente Not. ERNESTO C. A. AYUB

Secretarios Not. N. ALICIA MOTTA Not. GUILLERMO CHAMORRO Tesorero Not. PABLO A. MARINO

Protesorera Not. MARÍA TERESA ARAGONA

Consejeros titulares Not. SANTIAGO AZZARELLO Not. RICARDO ORQUÍN Not. MIGUEL ÁNGEL SANTOLÍN Consejeros suplentes Not. SERGIO SUÁREZ Not. MAGDALENA ANALLA DE LÓPEZ CECCO Not. FERNANDO CALDERÓN Not. MARÍA MARTA DÍAZ Not. GUSTAVO D. ROSSO

STAFF

Producción periodística y comercial Andrés Reynaud Diseño gráfico Gonzalo Escudero Corrección Claudia Pagliarulo Fotografía Marcelo Carubín Impresión Corsino Impresores Contacto revista-elescribano@cnmza.org.ar Tel. 155917161

EDITORIAL Francisco Javier Guardiola*

LA REGULACION DEFINITIVA YA ES UN HECHO. AHORA UN VIEJO DESAFÍO: LAS REPARTICIONES PUBLICAS

Cuando unos pocos escribanos se juntaban en la Escribanía de Salvador Reta en 1914 para fundar el Colegio de Escribanos de Mendoza, o cuando Mario González, Villalba, Larriqueta y tantos otros daban inicio institucional bajo las Leyes 3058 y 3364 en 1964 y 1965 a la regulación de las Actividades Notariales y al régimen previsional de la Caja de Escribanos, o cuando en 1992 aparecía la devastadora Ley 5908 que vino a desregular por dieciocho años nuestra profesión, en ninguno de estos momentos, nadie imaginaba que llegaría el día en que se accedería a la función notarial a través de un Concurso de Antecedentes y oposición escrita y oral, con un tribunal calificador, bajo el imperio de una ley (la 7346), destituyendo para siempre el oprobioso mecanismo de antaño en la sucesión de registros notariales, ya sea por vía hereditaria e incluso, mediante un acto inescrupuloso de compraventa espuria, y destituyendo sobre todo –y espero que también para siempre- la estúpida idea de que para ser notario solo se precisaba tener un título habilitante. Los concursos para acceder a la titularidad de un registro notarial en Mendoza, son un hecho inédito y fundacional en nuestra profesión.

Pero antes de hablar de lo que viene, y a modo de reflexión, conviene que revisemos nuestro pasado, no para quedarnos en él, no para condenarlo bajo un revisionismo inconducente, sino tan solo para entenderlo y para pararnos sobre sus escombros para divisar mejor el horizonte. Conviene repasar de manera introspectiva. Eso sí, en pocas palabras, para no aburrir con largas misas.

Si miramos nuestra historia, por decir una fecha, hace un siglo, veremos que la cantidad de notarios estaba directamente relacionada con la proporcionalidad de habitantes, y así, teníamos una docena de escribanos en provincia de casi medio millón de habitantes. Los registros los otorgaba la Suprema Corte de Justicia luego de un discrecional acto de creación de registro, teniendo en consideración aquella proporcionalidad que no debía superar la de un notario por cada ocho mil habitantes. Los notarios no eran ni debían serlo, profesionales de derecho egresados de una universidad. Quiero rescatar el sentido primigenio de la profesión: para decir la verdad de las cosas y los dichos de las personas, no se necesita otro conocimiento que el de saber decir la verdad. Luego vendría en los años treinta, la obligatoriedad de poseer título universitario de abogado o escribano como requisito previo a la concesión de un Registro Notarial, el que seguiría siendo otorgado por la S.C.J. merced a la proporcionalidad estipulada de notarios por habitantes. Ya con la Ley 3058 inspirada en los proyectos de Alberto Villalba Wels, se cristalizaría la regulación profesional de las actividades notariales y el acceso a la función mediante el sistema de adscripción y de un concurso por orden de matriculación que resultó a la larga un sistema de injusto procedimiento. Una olla a presión sin válvula. Esto hasta el año 1992, cuando explotó la liberación absurda de nuestra profesión. Pero algo nos pasó, a nosotros y a los que nos precedieron. Nadie pudo prever que una buena parte de la sociedad mendocina, entre ellos, los integrantes de la legislatura, y en general las fuerzas vivas del derecho, iban a desconocer los principios elementales que sostenían nuestro sistema notarial. Es costumbre humana poner la culpa en las manos de los otros. Nosotros, los notarios, no fuimos la excepción. Creímos que no nos entendían simplemente porque eran ignorantes, y la pregunta es ¿Por qué no nos ocupamos entonces de enseñarles las bondades del sistema de número programado de registros a quienes tenían la obligación de decidir en los ámbitos legislativos? Creían aquellos legisladores y las sociedades universitarias que esto era un coto cerrado e injusto al que solo accedía el que tenía un pariente escribano o el que tenía plata. Y algo de razón tenían, más allá de la impúdica oferta educativa que hicieron por entonces las universidades privadas de Mendoza, exhibiendo a la profesión como la panacea de las oportunidades a cientos de chicos que luego se vieron defraudados por la misma realidad. No lo vimos, no supimos imaginar algo mejor y a tiempo, por eso pasó lo que pasó: la liberación de registros hoy nos lleva a tener prácticamente un notario por cada dos mil habitantes. Los males del notariado, suelen tener origen en el notariado mismo.

Hoy tenemos una nueva etapa, ya con la regulación del acceso a la función debidamente ordenado, ya con suficientes inspectores notariales que controlan el accionar de los notarios, ya que con regulación de honorarios que enaltecen nuestra tarea diaria, ya con un sistema de capacitación permanente que obliga a los notarios a aprender todos los días un poco más, ya con la acción institucional de un Tribunal de Etica que está siempre presente, vamos ahora por un nuevo y viejo desafío, el más común de todos, el más abandonado de todos, una verdadera cuenta pendiente: ir contra el abuso de las reparticiones públicas que impiden la recta función del ejercicio de la profesión. Me olvidaba, Feliz Navidad y un buen año para todos. 1


SUMARIO Reglamento de concurso para acceder

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El cheque cancelatorio y su uso

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a la titularidad de un registro notarial

en el mercado financiero

Entrevista al diputado provincial RaĂşl Vicchi

El ciclo de vida de las empresas

familiares: ĂŠxitos y crisis

Inauguraron remodelaciones en

la DelegaciĂłn de General Alvear

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Reglamento de concursos para acceder a la titularidad de un registro notarial

El Consejo Superior del Colegio Notarial de Mendoza elaboró el reglamento

para los concursos de oposición y antecedentes a los efectos de cubrir las vacantes de registros notariales producidas hasta el 20 de septiembre.

CONSIDERANDO que de acuerdo a lo prescripto en los artículos 77, incisos 5 y 80 de la Ley 3.058, modificados por la Ley 7.346, corresponde que este Colegio Notarial elabore un Reglamento para los concursos de antecedentes y oposición que deberán rendir quienes posean interés en acceder a la titularidad de un registro notarial en la provincia de Mendoza.

Que es facultad del Colegio Notarial de Mendoza preparar dicho reglamento, el que de acuerdo a las normas citadas quedará sujeto a la aprobación de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

Que aún cuando el artículo 1 de la Ley 7.346 modificatorio del artículo 73 de la Ley 3.058, en concordancia con los artículos: 2º de la Ley 7.346 modificatorio del artículo 76 de la Ley 3.058, 3º de la Ley 7.346 modificatorio del artículo 77, inciso 5º, de la Ley 3.058 y 6º de la Ley 7.346 modificatorio del artículo 80 de la Ley 3.058, artículos 12, 13 y 14 del Decreto Reglamentario de las leyes 3.058 y 7.346, establecen el régimen de concurso para el acceso a la función notarial cuando se produce la proporcionalidad de un notario por cada cinco mil habitantes en la provincia, corresponde que dicho llamado a concurso -en la forma establecida en el régimen señalado- así mismo se realice para llenar los cargos de titularidad en aquellos registros notariales que hayan quedado vacantes de manera definitiva, ya sea por renuncia, muerte o inhabilitación permanente de 4

sus titulares. El Consejo Superior del Notariado RESUELVE:

Elevar para su aprobación a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia el siguiente REGLAMENTO para los concursos de oposición y antecedentes a los fines de cubrir las vacantes de registros notariales que se produzcan hasta el 30 setiembre de 2010 inclusive. Reglamento de los concursos de oposición y antecedentes para el acceso a la titularidad de un registro notarial: CAPITULO I. De los registros a concursar.

Artículo 1º: Los registros a concursar serán aquellos que hayan quedado vacantes al día 30 de setiembre de cada año, considerando la vacancia definitiva de los registros que se produjera a partir del 1º de octubre del año anterior. El domicilio del registro que se cubra deberá estar dentro de la misma circunscripción notarial en donde se encontraba dicha vacancia. Artículo 2º: Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1º del presente reglamento, se llamará a concurso para acceder a la titularidad de un registro notarial cuando se creen nuevos registros a los fines de cumplir con la proporcionalidad de un notario por cada cinco mil habitantes.

Artículo 3º: El llamado a concurso se hará una vez al año en tanto y en cuanto se den las circunstancias establecidas en los artículos 1º y 2º del presente reglamento en concordancia con lo prescripto por el artículo 1º de la Ley 7.346 modificatorio del artículo 73 de la Ley 3.058. CAPITULO II. De los aspirantes.

Artículo 4º: Los aspirantes a la titularidad de un registro notarial en la provincia de Mendoza deberán cumplir con todos los requisitos exigidos a tales efectos por la Ley 7.346 modificatoria de la Ley 3.058 y artículos 1º y 2º del Decreto Reglamentario 339/07.

Artículo 5º: A las doce horas del día 15 de diciembre o su inmediato hábil administrativo posterior si aquel fuera feriado, expirará el plazo para que los aspirantes a la titularidad de un registro presenten la documentación exigida a los fines de su participación en el concurso próximo inmediato, la que constará de una solicitud de inscripción acompañada de los comprobantes que acrediten su matriculación en el Colegio Notarial, colegiación y antecedentes de orden personal, profesional y académico a que se refiere el artículo 6º de la Ley 7346 modificatorio del artículo 80 de la Ley 3.058. De cada aspirante se confeccionará un legajo, al cual se le agregará el resultado de las oposiciones que realice. Las presentaciones deberán hacerse en forma personal por el aspirante o con apoderado especial con


facultades suficientes para hacer las mismas. La Secretaría del Colegio Notarial de Mendoza, será el órgano receptor de las presentaciones. El Colegio Notarial publicará antes del 25 de noviembre de cada año dos (2) veces seguidas el llamado a concurso en el Boletín Oficial, y publicará dicho llamado por una vez en un diario de circulación en la provincia con la misma anticipación, para cubrir los registros vacantes al 30 de setiembre del año en curso según lo establecido en el artículo 1º del presente reglamento, y los que se crearen según lo establecido en el artículo 2º del presente reglamento. Artículo 6º: El concurso constará de antecedentes y oposición. Los antecedentes se presentarán en la fecha indicada en el artículo anterior con las exigencias y puntajes establecidos en al artículo siguiente. La oposición constará de un examen escrito y otro oral, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes. CAPITULO III. Del concurso y del Tribunal.

Artículo 7º: El puntaje por concurso de antecedentes se asignará a cada aspirante

de la siguiente forma:

a) Antigüedad en el título de notario, medio (½) punto por cada año con un tope de cinco (5) puntos.

“Sin perjucio de lo establecido en el artículo 1º del presente reglamento, se llamará a concurso para acceder a la titularidad de un registro notarial cuando se creen nuevos registros a los fines de cumplir con la proporcionalidad de un notario por cada cinco mil habitantes”

b) Antigüedad en la matrícula del Colegio Notarial, medio (½) punto por cada año con un tope de cinco (5) puntos. c) Antigüedad en el ejercicio de la profesión ya sea como titular o adscripto de un

Registro notarial: dos (2) puntos por cada año de ejercicio con un tope de diez (10) puntos.

d) Antigüedad en el ejercicio de la profesión de abogado o procurador, medio (½) punto por cada año de ejercicio con un tope de cinco (5) puntos.

e) A los antecedentes de orden profesional y académico jurídico notarial, se les asignará el siguiente puntaje: e-1) Cursos universitarios de post-grado de hasta un año de duración, máximo de un punto y medio (1 ½); de más de un año de duración, hasta un punto y medio (1 ½) más por cada excedente.

e-2) El título de Doctorado en las Ciencias del Derecho: cinco (5) puntos.

e-3) Seminarios universitarios, un cuarto (1/4) de punto, con un tope de cinco (5) puntos.

e-4) Monografías, ponencias fundadas y trabajos presentados en congresos, jornadas, seminarios o cursos o trabajos publicados por revistas o medios de


difusión universitarios jurídicos o notariales, por cualquier editorial, de medio (1/2) punto a un punto y medio (1 ½) cada uno con un tope de quince (15) puntos.

e-5) Inscripción y asistencia a congresos o jornadas, un quinto (1/5) de punto cada uno con un tope de cinco (5) puntos. e-6) La obtención en anteriores concursos de alguno de los cinco primeros puestos en el orden de lista para la adjudicación de registros, dos (2) puntos por cada puesto obtenido en dichas condiciones.

e-7) La participación en anteriores concursos en que hubiere sido eliminado, medio (1/2) punto por cada participación. e-8) Antigüedad en cualquier cargo para el que se requiera el título de notario o escribano o de abogado con especialización notarial, medio (1/2) punto por cada año en el cargo con un tope de cinco (5) puntos.

Los antecedentes jurídicos notariales mencionados deberán acreditarse fehacientemente mediante certificaciones expedidas por universidades nacionales o privadas debidamente autorizadas, o colegios o entidades profesionales u otras entidades de jerarquía a juicio del Tribunal.

Para los cómputos previstos en los incisos precedentes se considerarán como año entero las fracciones mayores de seis (6) meses y serán desechadas las fracciones menores de ese lapso.

El puntaje que podrán obtener los aspirantes por sus antecedentes, será de hasta cincuenta (50) puntos.

Los antecedentes desfavorables en el ejercicio del notariado, de la abogacía o de la procuración serán evaluados en cada caso en sesión secreta por el Tribunal con quórum para su funcionamiento, quien establecerá por mayoría de cuatro quintos el puntaje a deducir del total asignado por antecedentes hasta un máximo de veinte (20) puntos. Artículo 8º: Luego de haber sido asigna-

dos los puntajes que correspondan a los aspirantes por sus antecedentes, se procederá a tomar las pruebas de oposición, las que consistirán en un examen escrito y en un examen oral, conforme al programa que a tales fines confeccionará cada año el Consejo Superior del Colegio Notarial. El puntaje que podrán obtener los aspirantes por las pruebas de oposición será de hasta cincuenta (50) puntos, de los cuales corresponderán veinticinco (25) puntos a la prueba escrita y veinticinco (25) puntos a la prueba oral. Las pruebas de oposición serán eliminatorias, por lo que el aspirante que obtuviere menos de dieciocho (18) puntos en la prueba escrita no tendrá acceso a la prueba oral, y el que obtuviere menos de dieciocho (18) puntos en la prueba oral quedará eliminado del concurso, quedando sin efecto el puntaje asignado por antecedentes. Artículo 9º: El programa para los exámenes escritos y orales será determinado en el mes de febrero de cada año publicado por el Colegio Notarial de Mendoza en el Boletín Oficial y su contenido versará sobre temas jurídicos notariales. Las oposiciones escritas y orales se tomarán a


los aspirantes en el mes de marzo de cada año y en las fechas en que determine el Tribunal con un intervalo de un (1) día como mínimo y de veinte días como máximo entre una prueba y otra. En primer término se tomará la oposición escrita en una sola sesión cuya duración no podrá exceder de tres horas y versará sobre dos (2) temas del programa publicado. Una vez asignados los temas del examen escrito, los aspirantes deberán permanecer en la sala del concurso a donde no tendrá acceso ninguna persona ajena al acto. La oposición oral será pública y versará sobre uno o dos temas según estime el Tribunal, habiendo sido los mismos desinsaculados por sorteo para cada aspirante con anticipación al examen, el que no podrá durar más de treinta minutos. Sin perjuicio de lo antes explicitado, los miembros del Tribunal podrán hacer preguntas al aspirante sobre cualquier tema del programa publicado, o sobre el contenido de los trabajos por él presentados como antecedentes. El puntaje asignado por el Tribunal tanto en la prueba escrita como en la oral, será irrecurrible.

Artículo 10º: El Tribunal expresará el resultado del concurso dentro de los diez días hábiles de concluida la última oposición oral y dentro de los tres días hábiles de expresada dicha decisión publicará en el Boletín Oficial a cargo del Colegio Notarial de Mendoza, por el término de tres días corridos, la lista de los aspirantes con su correspondiente puntaje en orden decreciente. La decisión se anotará en un libro de actas llevado a tales efectos por el secretario del Tribunal. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la última publicación, el Tribunal elevará a la Suprema Corte de Justicia el orden de lista para que proceda a efectuar las designaciones pertinentes si correspondiere. La decisión del jurado en cuanto a la aprobación de los exámenes

de cada aspirante, deberá ser unánime en lo que respecta al mínimo exigible para no quedar eliminado, es decir, dieciocho (18) puntos entre veinticinco (25) para el examen escrito y de dieciocho (18) puntos entre veinticinco (25) para el examen oral, es decir, que bastará que el voto de un solo miembro del Tribunal considere que el aspirante no ha alcanzado el mínimo establecido en el presente artículo, para que el aspirante quede eliminado para el concurso en el que haya participado.

“Luego de haber sido asignados los puntajes que correspondan a los aspirantes por sus antecedentes, se procederá a tomar las pruebas de oposición, las que consistirán en un examen escrito y en un examen oral”

Artículo 11º: El Tribunal estará compuesto y actuará según lo determina el Art. 6º de la Ley 7.346 modificatorio del Art. 80 de la Ley 3.058, y Art. 12 del Decreto Reglamentario 339/07. Quedará integrado por un representante por cada una de las facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas privadas que otorguen el título de Abogado cuyo contenido de la carrera incluya las asignaturas de Derecho Notarial y Derecho Registral, o título de Notario o Escribano y cuyos rectorados tengan su sede en la provincia de Mendoza; un representante de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Cuyo; un miembro representante de la Universi-

dad Notarial Argentina o Academia Nacional del Notariado; un notario en ejercicio de Mendoza designado por el Consejo Superior del Colegio Notarial de Mendoza; un miembro integrante del Tribunal de Ética del Colegio Notarial de Mendoza. Las instituciones nombradas designarán igual número de suplentes. El Colegio Notarial, con la anticipación suficiente, convocará por nota simple a las instituciones mencionadas, a formar parte del referido Tribunal, debiendo éstas contestar antes de los plazos establecidos para la conformación del Tribunal, su voluntad de participación, designando a tales efectos un miembro titular y un suplente para integrarlo. El Tribunal deberá integrarse el 15 de diciembre o con fecha anterior cada año.

Artículo 12º: El Tribunal sesionará con un quórum como mínimo de tres (3) miembros en la sede del Colegio Notarial y estará presidido por uno de los miembros titulares elegido entre sus titulares por simple mayoría de votos. El Tribunal nombrará un secretario elegido entre sus titulares por simple mayoría de votos. El presidente organizará el concurso de acuerdo a las pautas establecidas en este reglamento y velará por el fiel cumplimiento del mismo. El secretario llevará el libro de actas y anotará todas las circunstancias que a entender de cualquiera de los miembros del Tribunal sean consideradas relevantes. Los miembros del Tribunal no percibirán por sus funciones remuneración alguna, pero el Colegio Notarial, por decisión del Consejo Superior podrá establecer un reconocimiento en concepto de viáticos. Artículo 13º: El concurso será declarado desierto por el Tribunal cuando ninguno de los aspirantes obtengan la calificación señalada en el artículo 8º del presente reglamento.


El cheque cancelatorio y su uso en el mercado financiero

Por Emiliano Zarco*

En este artículo se describen las principales características de este

nuevo medio de pago debido a que los notarios serán quienes utilizarán, en más de una ocasión, esta nueva herramienta financiera

Desde el pasado 23 de noviembre y con el objetivo de disminuir las transacciones en efectivo y en consecuencia evitar las denominadas “salideras bancarias” el Banco Central de la República Argentina (BCRA) instrumentó la utilización del cheque cancelatorio (CHC).

Este cheque constituye un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo brindando “seguridad y eficacia tanto a quienes lo otorgan como a quienes lo reciben”. Al asimilarlo al efectivo, produce efectos de pago desde el momento en que se hace tradición del mismo al acreedor, a quien se le transmite mediante endoso nominativo. A diferencia de los cheques comunes (corrientes o de pago diferido) los cheques cancelatorios no modifican su aspecto (color y logo) de acuerdo a la entidad financiera que los libre, dado que son impresos directamente por el BCRA con medidas de seguridad similares a

las que se utilizan en los billetes de curso legal.

Quien se encuentre interesado en obtener un cheque cancelatorio deberá concurrir a la entidad financiera en la cual posee una cuenta (y por consiguiente su firma registrada) a fin de solicitarle que libre el cheque cancelatorio en la moneda y por el importe que necesite. El cheque cancelatorio podrá ser emitido en

pesos o en dólares estadounidenses, pero es importante destacar que existen algunas particularidades según la moneda en que sea emitido. En primer lugar, el cheque cancelatorio en pesos podrá ser librado por un importe superior o igual a $ 5.000 e inferior o igual a $ 400.000; en tanto que el cheque cancelatorio en dólares estadounidenses será por un monto superior o igual a U$D 2.500 e inferior o igual a U$D 100.000. Además, los cheques



cancelatorios en dólares sólo podrán utilizarse para realizar operaciones de compraventa de inmuebles. En el caso que se deseen pagar sumas superiores a las indicadas, se podrá solicitar a la entidad financiera que libre más de un cheque hasta cubrir el importe total. La emisión de los cheques cancelatorios es totalmente gratuita.

Los fondos que utilice una persona física para

adquirir un cheque cancelatorio en pesos provendrán de un débito en su cuenta, en tanto que si el cheque cancelatorio es en dólares los fondos podrán provenir de un débito en su cuenta o de dólares billetes. Sin embargo, si quien adquiere un cheque cancelatorio es una persona jurídica sólo podrá ser en dólares y los fondos deben provenir de un débito en su cuenta en dicha moneda. Por consiguiente, las personas jurídicas sólo podrán solicitar che-

ques cancelatorios en dólares estadounidenses. Este nuevo instrumento financiero admite hasta dos (2) endosos. Los mismos deberán realizarse al dorso del documento frente a escribano, funcionario de la entidad financiera o autoridad judicial, quienes certificarán la firma. El segundo endoso sólo podrá ser realizado por una persona física, es decir que las personas jurídicas estarán obligadas a depositar los cheques cancelatorios recibidos no pudiendo endosarlos. Los endosos de los cheques cancelatorios en dólares estadounidenses deberán ser certificados por escribano público. Quien reciba un cheque cancelatorio (tenedor), a efectos de hacerlo efectivo, deberá presentarlo ante la entidad financiera en la cual tenga abierta una cuenta bancaria dentro de los 90 días corridos contados a partir de la fecha en que fue librado. Las personas físicas podrán elegir entre cobrarlo en efectivo o depositarlo en cuenta, en tanto que las personas jurídicas no tienen tal opción, debiéndolo depositar en su cuenta bancaria. Cumplidos los 90 días, el tenedor sólo podrá presentarlo para su cobro en el Banco Central de la República Argentina quien procederá a realizar las verificaciones pertinentes, previo a su pago.

Con el objeto de brindarle aun más seguridad a esta nueva herramienta, el Banco Central de la República Argentina habilitará en su sitio de Internet (www.bcra.gov.ar) una central de consultas a efecto de que las entidades financieras intervinientes, los tendedores legitimados y los certificantes puedan verificar la validez de los datos de un cheque cancelatorio y que éste no tenga impedimento de pago. *El autor es contador público.

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“La profesión notarial coadyuva a la seguridad jurídica”

En esta entrevista el diputado Raúl Vicchi (UCR) nos brinda su visión de la

política, cuenta sus experiencias en función de su paso por distintos cargos

públicos y destaca la tarea profesional de los notarios

– Usted ha pasado por varios cargos públicos: ha sido legislador nacional y provincial e intendente de la Ciudad; en función de esa experiencia, ¿cuáles cree que son los problemas de fondo que afectan a la provincia y que no son priorizados por la clase política?

– En primer lugar en el todo de la política hay dos cosas que son las más preocupantes bajo mi pensamiento: la primera, es la gran marginalidad social y pobreza que existe en importantes sectores de la población y que no tienen perspectiva de ser rescatados de ese estado en lo inmediato, porque no existen políticas públicas de equidad social y una mejor distribución de la riqueza. Y en segundo lugar, el grado de abandono que existe por parte de la Nación respecto de nuestra provincia y la incapacidad de la conducción política local de generar políticas de crecimiento y desarrollo porque, sin ningún lugar a dudas, Mendoza tiene condiciones excepcionales para salir al mundo con su producción y su recurso humano para convertirnos en una especie de California argentina. Estas dos cuestiones no han tenido una respuesta política fuerte por parte del actual gobierno y se dejaron caer estrategias de gobiernos anterio-

Raúl Vicchi, diputado provincial por la UCR.



res que debían ser profundizadas, motivo por el cual Mendoza hoy se encuentra fuertemente retrasada e incluso aparece como que perdió el liderazgo regional en el país. Argentina ha crecido en los últimos años sin equidad y la provincia no creció y agravó su situación de empobrecimiento. – ¿Se anima a esbozar posibles soluciones a esas problemáticas?

– Las soluciones de estas problemáticas arrancan por planificar el rescate de los sectores más pobres y desbarrancados a corto, mediano y largo plazo. Hay que reinsertar la cultura del trabajo y el sacrificio como la que trajeron nuestros abuelos en base a educación sólida, integral y de calidad, para lo cual la escuela pública representa un eslabón fundamental, mucho más si pensamos que el 80 por ciento de la escolaridad actual en la escuela pública deviene de estos sectores. En esto tiene que existir el seguimiento del Estado y la responsabilidad de los padres, detenten la condición que detenten, para que se termine el abandono escolar, la negligencia y cargar con las responsabilidades necesarias a toda la comunidad. Romper con el trabajo precario y generar fuentes de trabajo dignas contribuyendo desde el Estado al desarrollo de las pymes. En Mendoza se perdieron los oficios tradicionales y los nuevos que surgen del manejo de la tecnología. Deben incrementarse fuertemente los colegios técnicos buscando mano de obra especializada y dirigir y fomentar la direccionalidad universitaria hacia las ingenierías, físicas, químicas, metalmecánica, aeronáutica, hidráulicas, electrointensivas, minería y custodia ambiental y todas las carreras directamente relacionadas con el desarrollo. Entre otras medidas las enunciadas son ineludibles.

– Está instalada la idea de que en Mendoza existen un fuerte respeto por las instituciones, ¿usted coincide con ese planteo?

– Sí, coincido. Mendoza ha tenido una clase política superior a la media nacional que le ha permitido generar un diálogo entre los distintos sectores políticos que no solamente consolida a las instituciones sino que también lo hace con la democracia. Esta última es: respeto, disenso, entendimiento, asegurar lo estructural, confrontar ideológicamente sobre la base de que todos nos aceptamos. 14

– En el marco de la seguridad jurídica de la provincia, ¿cómo cree que es considerada la profesión notarial en el ámbito público? ¿No advierte un avance estatal sobre distintas competencias de esa profesión?

– Esta profesión está estrictamente regulada. El escribano da fe pública en todos sus actos y sus expresiones son incontrastables. Para que esto sea así no solamente se requiere una condición ética y moral personal, sino que también hay que agregarle una gran formación jurídica que el Estado debe resguardar y controlar por el bien de la misma sociedad. La profesión notarial coadyuva a la seguridad jurídica en una socie-

“El escribano da fe pública de todos sus actos y sus expresiones son incontrastables. Para que esto fuese así no solamente se requiere una condición ética y moral personal, sino que también hay que agregarle una gran formación jurídica que el Estado debe resguardar y controlar por el bien de la misma sociedad”

dad avanzada y organizada. La colegiación importa y también la matrícula hace a la custodia de la misma actividad, y en definitiva es una delegación del Estado en la estructura de los iguales para controlarse a sí mismos.

– ¿Qué proyecto de ley provincial es el que más le gustó hacer y cuál es el que tiene pendiente y le preocupa no haberlo presentado?

– Uno de los que más me ha gustado es el de la Reforma Política: es ley electoral, ley de los partidos políticos y elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas para todos los partidos políticos, y la ley de procedimientos electorales. Esta tiene que ver con modernizar y transparentar la actividad

política, desarrollando mecanismos que permitan una mayor participación de la sociedad en su conjunto. Es la que más siento que hasta el momento todavía no haya obtenido sanción definitiva. Tengo sancionadas numerosas leyes en la provincia que están relacionadas con la economía, el desarrollo humano y social, la industria, además de los más de 400 proyectos de ley presentados, que se encuentran en estudio en las distintas comisiones.

– ¿Qué recuerdos tiene de su paso por el Congreso nacional?

– Tuve el honor de ser elegido en dos oportunidades como diputado nacional, y en ese rol ocupé la presidencia de la Comisión Binacional Bicameral Argentino-Chilena; fui presidente de la Comisión de Economías Regionales, presidente de la Comisión de Energía y Hidrocarburos y secretario de Hacienda y Presupuesto y de Legislación General. Todo ello en distintos períodos de los ocho años de mandato. Mis leyes más importantes fueron: Denominación de Origen de Vinos, y la autorización al Ejecutivo nacional para el convenio con Chile para la construcción del ferrocarril Trasandino en doble trocha y la autopista desde Mendoza a Valparaíso, que entraba como emprendimiento binacional. En el bloque de la Unión Cívica Radical fui tesorero y llegué a desempeñar el cargo de secretario general del mismo en la mayor parte de mis dos períodos. – ¿Cómo considera que es vista la actividad política por la sociedad?

– Desgraciadamente la sociedad argentina y mendocina no tiene sobre la actividad política el mejor de los conceptos. Sin ninguna duda, los que desempeñamos la actividad habremos contribuido a que esto así se analice. Nuestro deber como hombres públicos es obrar con integridad, probidad, sentimiento social y patriotismo. Argentina es un gran país que tiene que madurar y crecer y quienes representamos a la sociedad en esta democracia tenemos la obligación de actuar con tal responsabilidad, de manera que el pueblo se sienta orgulloso de nosotros. La distancia entre una y otra posición es lo que nos debe obligar permanentemente a exigirnos a nosotros mismos. Asumo y soy consciente de mi responsabilidad.


El ciclo de vida de la empresa familiar: éxitos y crisis Por Santiago Dodero*

El autor realiza un análisis exhaustivo de las ventajas y desventajas que poseen las empresas familiares, de las crisis que deben enfrentar por sus características propias y, a la vez, propone soluciones

En general, se suele asociar a las empresas familiares con las empresas pequeñas y poco profesionalizadas; pero en realidad lo que las define no es su tamaño ni calidad de su gestión directiva, sino el hecho de que la propiedad y la dirección estén en manos de uno o más miembros de un mismo grupo familiar y que existe intención de que la empresa siga en propiedad de la familia (Gallo, 1989; Lansberg, 1983). En el caso de las empresas familiares, enfrentan el desafío adicional de equilibrar estrategias y asuntos familiares. En este escenario, el gobierno corporativo tiene un rol crucial para asegurar una estrategia de alineamiento entre

los intereses del negocio y los intereses de las familias propietarias. El objetivo de este artículo es, precisamente, comprender el riesgo estructural de la empresas familiares.

Para comprender mejor lo que estamos diciendo es necesario entender las crisis a las que se ven afectadas las empresas familiares por el hecho de ser empresas familiares (Dodero, 2008). Este modelo procura mostrar que las empresas familiares fracasan si no ven que la clave de su futuro éxito está en cómo la familia se involucra en la empresa, es decir, en cómo se preparan para superar las crisis propias que les tocará superar por el sólo hecho de ser una empresa familiar. Luego evaluaremos

este riesgo relacionado con las actividades propias de la empresa que será evaluado como de las empresas en general. Primera etapa: El fundador emprende el negocio

Es la etapa inicial de la vida de la empresa, en la que el que inicia el emprendimiento -hombre o mujer- pone el acento en aprovechar una oportunidad de negocio que percibe y se entusiasma por llevarla adelante. Se podría decir que el fundador “ve la oportunidad donde los demás viendo no ven”. Su plan de negocio podría estar escrito en una servilleta de papel en la que escribe para contarle a un amigo o fami-


liar. La personalidad del fundador se caracteriza por ser emprendedor, asertivo y con una gran capacidad para superar las dificultades. Suele tener una gran pasión por lo que hace, delega muy poco porque suele justificarse diciendo: “todo lo tengo que hacer yo porque sino nunca las cosas salen como tienen que salir”. Aquí el fundador juega un rol fundamental ya que es él quien cumple varias funciones y no suele tener con quién compartir las decisiones porque hay mucho de intuitivo detrás de cada una. Primera crisis: Por falta de delegación

Los aciertos del fundador han permitido que los negocios crezcan hasta un punto en que ya no puede hacer todo como antes porque está teniendo problemas de productividad, comerciales e incluso financieros.

El fundador debe tomar una decisión crítica para superar esta etapa, que es la de incorporar gente en quien pueda delegar algunas de las funciones que antes cumplía él. Se resiste porque no les tiene suficiente confianza en que vayan a hacer bien sus trabajos, y porque no tiene tiempo para controlarlos. En caso de logarlo podrá superar esta primera crisis que es la propia del crecimiento por el éxito inicial. Segunda etapa: Crecimiento de la empresa por el nuevo estilo de liderazgo del fundador

Para esta nueva etapa el fundador tiene que desarrollar nuevas competencias como son las de liderar un equipo con las personas que ha incorporado a la organización o que ha desarrollado internamente. Esto supone una cierta estructura funcional en la que se asignan tareas a personas que deberán tomar decisiones y dar cuenta de ellas. La comunicación sigue siendo bastante informal pero más compleja por la nueva estructura organizativa que da origen a esta etapa.

El sentido de misión lo comunica a su gente con tal pasión que desarrolla en ellos un fuerte sentido de pertenencia que se manifiesta por el gran compromiso que asumen por los objetivos estratégicos de la empresa. De este modo, consigue el fundador una formidable ventaja competitiva que es sólo pensable para la empresa familiar, aunque no todas la consiguen porque el fundador no ha sabido superar la crisis propia de esta etapa (Miller-Le Breton Miller, 2005). 16

Segunda crisis: Por el ingreso de los hijos

El fundador ya se encuentra transcurriendo la década de los 50 y sus hijos han comenzado a trabajar con él. Si bien esta etapa causa a la familia mucho entusiasmo no deja de presentarle ciertas dificultades. Algunas de ellas son:

-La superposición de roles de ser la misma persona en la familia y en la empresa, es decir el padre es padre en su casa pero jefe en la empresa, mientras que los hijos verán a los padres siempre como tales aún cuando sean sus propios jefes. La confusión de estos roles entran en conflicto con facilidad o, al menos, provocan discusiones que no favorecen la calidad de trabajo ni el clima familiar. -El fundador prioriza la confianza y el compromiso de los hijos por encima de lo preparado que puedan estar para cumplir sus responsabilidades en la empresa que, por cierto, no suelen estar claros.

-La visión y los estilos de dirección del padre y de los hijos no suelen coincidir. Los hijos, especialmente cuando ingresan a la empresa, especialmente luego de graduarse en la universidad, lo hacen con la ilusión de poner en práctica mucho de lo aprendido, y que por este motivo los padres puedan sentirse orgullosos de ellos. Esto supone querer realizar cambios que no serán percibidos con agrado por el fundador porque éste se siente molesto con las críticas que sus hijos le hacen para justificar los cambios que consideran que la empresa necesita. Además, el fundador les dice: “¿quiénes son ustedes para criticarme cuando todo lo que hay en la empresa lo hice yo?”. Aquí es común escuchar al fundador decirles: “Miren, mientras yo esté en la empresa se va a hacer lo que yo diga, cuando yo ya no esté ustedes hagan lo que quieran; ¿entendieron?”.

-Padres e hijos no suelen trabajar en equipo, por ello el fundador deberá saber comunicar su visión, su modelo de negocio e inculcarles pasión por la empresa y alimentarle sus sueños. Pero, sobre todo, el fundador tendrá que consensuar con sus hijos tareas y responsabilidades, lograr que cada uno se sienta comprometido en sacar la empresa adelante, cueste lo que cueste, y lograr que sus hijos se entiendan trabajando juntos sin tener el fundador que actuar de árbitro en sus peleas. Así nos comentaba uno de los hijos del fundador de una empresa muy exitosa: “Mis hermanos y yo discutimos muy seguido, casi siempre por cosas no muy importantes, que no podemos resolver

nosotros, por eso tenemos que acudir a nuestro padre. Mi pregunta es: ¿cómo solucionaremos nuestros desacuerdos cuando no esté el fundador?”.

Tercera etapa: Crecimiento por el aporte emprendedor de los hijos Si el fundador consigue superar la crisis anterior entonces la empresa podrá seguir creciendo en virtud de la sinergia que los hijos habrán logrado con sus padres para emprender nuevos negocios, dirigir mejor la empresa y por el compromiso que los empleados siguen manteniendo por la empresa. “Fundador, hijos y empleados poniendo lo mejor de sí por sacar la empresa adelante”. Tercera crisis: Fallecimiento del fundadorCrisis de poder entre los hermanos

A nivel emocional, el fallecimiento del fundador y padre -o madre- es un momento difícil que hay que superar, especialmente cuando la muerte acaece de modo imprevisto.

La sucesión suele ser un tema incómodo y difícil de tratar para los hijos, no sólo por lo que ésta supone para el fundador sino también por la incertidumbre que genera sobre cómo será la dirección de la empresa con la ausencia de éste y de cómo los hermanos se entenderán para gobernarla y manejar los conflictos de modo constructivo y para preservar la unidad y armonía familiar.

Por ello, es un tema que suele retrasarse, y en vez de tratarla como un proceso bien estructurado y planificado, con frecuencia se encara en forma precipitada e intuitiva bajo una fuerte presión emocional. La decisión sobre la sucesión debe ser tomada en vida del fundador porque será más sencillo lograr el consenso de los hijos. Además, podría ser demasiado complicado dejarlo librado a la generación siguiente estando el fundador ya ausente.

La familia tiene que ser proactiva anticipándose a los potenciales conflictos de intereses, visiones, expectativas, que suelen estar involucrados en un proceso de sucesión, generando la dinámica para lograr una buena comunicación entre ellos. Los obstáculos comunes a la comunicación suelen ser los temas tabú, aquellos de los que no se suele hablar por temor a que el otro se lo tome a mal. Algunos ejemplos los encontramos en los problemas relacionados con: -El mal desempeño de un hermano o, peor aún, del hijo de un hermano, en el caso que de-


bieran tomarse medidas al respecto. Este tipo de situaciones generan, en forma inmediata, problemas de relación entre ellos, porque no saben cómo conversar sobre estos temas sin que esto ocasione problemas con el hermano o hermana y, por ende, con su cuñado o cuñada.

-La administración del poder, especialmente sobre cómo se toman las decisiones en la empresa. -Los temas económicos, cuando unos creen que por ser los que más aportan debieran tener una compensación económica por ello, pero al no saber cómo tratar este tema sin que sus hermanos se sientan ofendidos lo triangulan a través de otros familiares. Cuarta etapa: El gobierno corporativo profesional

De la etapa del fundador a sus hijos supone pasar de un poder concentrado en una sola persona a otra donde los hijos deben aprender a consensuar el poder para tomar decisiones que beneficien a la empresa por encima de sus intereses personales. Esto supone incorporar buenas prácticas para el gobierno corporativo de la empresa familiar para que les permita superar la crisis de la etapa anterior.

Además, si la empresa ha crecido lo suficiente, probablemente se encontrará en la necesidad de contar con nuevas competencias directivas para hacer frente a los desafíos propios de la globalización, de la internacionalización y de administrar una organización más compleja. Por esta razón la familia debe concentrarse en mejorar la calidad del gobierno corporativo salvo que decidan vender la empresa (entre ellos o a terceros). En ambos casos -vender o continuarel contar con estructuras y dinámicas de gobierno profesional, agregará valor a la empresa familiar.

Cuarta crisis: Cuando accionistas familia-

res, el directorio y la gerencia general en- gobierno, y en cómo van a ser sus relaciones tran en conflicto de poder para evitar que un nivel de gobierno se entrometa en el otro, anulando o distorsionando el A esta crisis se llega por falta de comunicación, buen funcionamiento de los mismos. control e información; debido a que los controles son débiles, prevalece la gente de confianza Debido a cierta resistencia por parte de las fapor encima de los controles y el flujo de infor- milias empresarias por la formalización del gomación. bierno de sus empresas es que ellas debieran considerar los riesgos que asumirían al no conEl directorio no conoce las expectativas e inte- tar con un gobierno efectivo. Los familiares que reses de los accionistas familiares y algunos de detentan el poder suelen estar menos inclinaéstos a su vez no cuentan con información clara dos por este camino porque le supondrá un y comprensible para evaluar el desempeño de la mayor trabajo al tener que rendir cuentas y resempresa y, en definitiva, del directorio y del ge- petar normas de gobierno. Además, hay que rerente general. conocerlo, la informalidad en el gobierno es más cómodo para quien ejerce el poder pero En esta etapa, el gobierno corporativo deberá termina siendo más peligroso por los conflictos poner énfasis en respetar los principios de trans- que aumentarán los riesgos para la continuidad parencia, responsabilidad y equidad. de la empresa familiar. En esta instancia se hace indispensable contar con un protocolo familiar La falta de transparencia de información sobre en el que la familia acuerde sobre cómo ésta va la gestión de la empresa y las decisiones más re- a influir sobre el gobierno de la empresa, para levantes promueve que los accionistas familia- que ésta pueda contar con un buen gobierno y res que no trabajan en la empresa pierdan que la familia mantenga el sentido de pertenenconfianza en quienes la dirigen. cia por la empresa.

La responsabilidad es la que se exige a los di- Referencias bibliográficas rectores y ejecutivos por cumplir las expectati- -Dodero, S. “El Secreto de las Empresas Familiares Exitosas” (2° edición actualizada y ampliada). El Atevas de los accionistas.

La falta de equidad se da cuando algunos accionistas sienten un tratamiento desigual frente a otros accionistas familiares que suelen ser los que ejercen mayor poder, es decir, los que toman las decisiones. De no respetarse estos principios será muy probable que surjan conflictos que serán difíciles de resolver y que pueden poner en peligro la continuidad de la empresa familiar y, muy probablemente, de la armonía familiar.

Por ello, la implantación de un protocolo de gobierno corporativo de la empresa será muy recomendable para acordar sobre cómo van a funcionar los órganos de dirección, dejando definidos los límites entre los diferentes niveles de

neo, Buenos Aires, 2008. -Gallo, M.A. “Las empresas familiares”. IESE, Barcelona, 1989. -Lansberg, I. “Managing human resources in family firms: The problem of institutional overlap”, Organizational Dynamics, Vol. 12,Nº 1, 1983. -“Succeeding generations: realizing the dream of families in business”, Harvard Business School Press, Boston, 1999. -Miller-Le Breton Miller. “Managing for The Long Run, Lessons in Competitive Advantage from Great Family Businesses”, Massachussetts, Boston, Harvard Business School Press, 2005. -Nadler, Behan y Nadler, “Building better boards”, Jossey-Bass Publisher, San Francisco, 2007. *El autor es director del Instituto de la Empresa Familiar de ADEN Business School y consultor internacional.


QUÉ ESTÁ HACIENDO EL COLEGIO

“Tenemos un alto nivel de participación de los colegas” El notario Miguel Angel Santolín es el titular de la Delegación de General Alvear. En

esta entrevista cuenta las tareas que realizan desde esa institución, las gestiones institucionales y los inconvenientes que padecen los notarios en ese departamento

– ¿Qué tareas realiza la Delegación de General Alvear?

– En la Delegación General Alvear se realiza la venta de insumos notariales, legalizaciones, apostillas, informes del registro de testamentos, y se atienden consultas al público que solicita algún tipo de información sobre notarios o trabajos relacionados con nuestro quehacer notarial. – ¿Cuáles son las actividades que más demandan los notarios?

– La compra de insumos y las legalizaciones; en los últimos tiempos se ha visto incrementada la solicitud de apostillas en trámites particulares de quienes viajan o están viviendo en el exterior. –Dentro de las capacitaciones, ¿cuáles son de mayor interés?

– Tienen mayor preponderancia aquellas que hacen al quehacer diario del notario, las inquietudes de nuestro notariado se perfilan en esta dirección, no tanto en cursos de temas doctrinarios o de investigación sobre casos que no son tan aplicables en lo cotidiano de nuestras escribanías. En este sentido, días atrás se realizó una capacitación en conjunto con el Concejo Profesional de Ciencias Económicas y la Dirección de Rentas donde se evacuaron consultas sobre Impuesto de Sellos y facturación.

–A nivel institucional, con las autoridades regionales o municipales, ¿qué tareas está realizando la delegación? – La delegación trabaja en conjunto con el Consejo de la Segunda Circunscripción, en 18

temas como Catastro Delegación San Rafael, Registro de la Propiedad, Dirección de Personas Jurídicas, etc., y en lo local con autoridades de la comuna alvearense cuando la situación lo amerita.

– ¿Existen complicaciones institucionales o burocráticas que impidan ejercer la profesión notarial plenamente?

– Sí, sin dudas. Muchas veces nos encontramos con lentitud en los trámites de las oficinas públicas o pedidos de información sobreabundantes, tal es el caso de la AFIP y la Dirección de Rentas, donde al no haber sistemas informáticos unificados en la misma institución o entre ambas instituciones (tal el caso en AFIP con Sicore y Citi, o la diferencia de información que maneja Catastro con la Dirección de Rentas) redunda en pérdidas de tiempo muy importantes, que implican que el personal dependiente del notario se ocupe gran parte del tiempo que le paga el escribano, a informar a un Estado ineficiente.

– ¿Qué medidas considera que serían necesarias para solucionar esos inconvenientes?

– La primera medida es la participación de todos los notarios; la queja por sí misma no ayuda, involucrarse en nuestros problemas, aportar ideas, gestionar soluciones en conjunto, informarse por los distintos medios de comunicación que ofrece el colegio, etc.; luego, a través del colegio, peticionar ante quien corresponda. En General Alvear tenemos un alto nivel de participación de los colegas, tanto en lo institucional como en la capacitación.

– ¿Qué objetivos se han planteado para este año?

– Uno de los objetivos ya ha sido cumplido y fue la realización de la Asamblea del Notariado Mendocino organizada por nuestra delegación. En su oportunidad, le solicitamos a nuestro presidente una mayor apertura o federalización de nuestra institución y la respuesta no se hizo esperar: contamos con las principales autoridades a nivel provincial y nacional (concurrió a la Asamblea el actual presidente del Consejo Federal). En lo que hace a nuestra delegación propiamente dicha, tenemos algunos proyectos en los que se está trabajando: se finalizó la refacción de la primera etapa de nuestra sede propia y ahora encaramos una reforma integral en el resto de la propiedad, a fin de dotar a la delegación de mayor comodidad y seguridad para el personal y los colegas. También es nuestro deseo continuar con algunas charlas de capacitación que faciliten a los colegas la posibilidad de cubrir esta necesidad sin tener que desplazarse hasta la capital de la provincia con los costos y pérdida de tiempo que ello implica. – ¿Qué beneficios les ha aportado a los notarios la creación de la Delegación de General Alvear?

– La celeridad y economía de tiempo y dinero en legalizaciones, apostillas y compra de insumos notariales que hasta 1997, año en que se creó la delegación, debíamos hacer en la ciudad de San Rafael en forma personal o a través de nuestros gestores, con todo el riesgo que implicaba el desplazamiento a través de encomiendas de nuestros documentos notariales, insumos y dinero.


Inauguraron remodelaciones en la Delegación de General Alvear

En el marco de los actos del Día del Notario, el viernes 22 de octubre se inauguraron las obras de remodelación de la Delegación de General Alvear del Colegio Notarial de Mendoza.

Estas tareas, que forman parte del plan de mejoras y remodelaciones de los edificios de la Segunda Circunscripción, son realizadas con el esfuerzo de los colegas del consejo, que dedican y destinan tiempo de sus trabajos, para que estas obras puedan ser aprovechadas por todos los escribanos y permanezcan a lo largo de los años. Además revalorizan el patrimonio edilicio de nuestro Colegio Notarial. Los trabajos se realizaron en dos etapas. La primera abarcó la restauración de la fachada de la institución con la colocación de cartel, luminarias y alero o reparo para lluvias que evita el ingreso de agua al interior del edificio. La segunda etapa consistió en la remodelación del baño en su totalidad (sanitarios, accesorios cerámicos, cañerías de agua fría y caliente, cloacas); mejoras en oficina de la secretaria, en el depósito y en la cocina. Estas obras, en algunos casos, significaron remodelación a nuevo, con porcelanato en piso, cielorraso de material suspendido ignífugo y removible, iluminación y cableados nuevos, cañerías de agua fría y caliente, nuevo termotanque, mesada de cocina, bajo mesada, ventanas, puertas, rejas, pintura, etcétera. En el acto de inauguración estuvieron pre-

La renovada fachada de la delegación de General Alvear del Colegio Notarial.

sentes representantes del Colegio de Abogados, y de los colegios de Agrimensores, Ingenieros, Contadores y Corredores Inmobiliarios y el arquitecto que tuvo a cargo la ejecución de las obras. También concurrieron, por supuesto, colegas y notarios de General Alvear, el presidente de la Segunda Circunscripción, escribano Mariano Egea, y autoridades de la Segunda Circunscripción.

Entre los momentos más recordados se

destacaron el corte de cinta de inauguración a cargo de la notaria Alicia Zamarbide de Santolín –hoy jubilada, pero exponente de la trayectoria notarial en esa ciudad– junto al escribano Egea, titular de la Segunda Circunscripción y, posteriormente, un almuerzo compartido entre todos los colegas, aprovechando para celebrar y brindar por el Día del Notario del pasado 2 de octubre.


La Primera Circunscripción organizó una muestra de pintura La Primera Circunscripción del Colegio Notarial de Mendoza organizó una vez más actividades relacionadas con el arte y la cultura. Esta vez se expusieron pinturas de Isabel Civit, quien es una de las artistas más reconocidas de Mendoza. La iniciativa tuvo buena aceptación como se pudo constatar en la inauguración, a la que asistió gran cantidad de público.




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