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Formas de la conciliación
Aspectos Conciliables y No Conciliables

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Según lo que establece Saad (2009) dentro del marco de las relaciones individuales del trabajo, pueden ser aspectos reconciliables aquellos que puedan vulnerar el orden público dentro del campo laboral, ya que este es su piso y su techo, por ende serán los derechos que se encuentren a disposición. Un ejemplo de esto en el caso salarial podrá un trabajador conciliar distintos montos menores de su salario pactado siempre y cuando el resultado obtenido de esa conciliación, sea el cobrar salarios iguales o mayores que los regidos por el convenio colectivo de la actividad previamente realizada.

Formas de la Conciliación
La conciliación laboral se puede presentar de dos formas:
1. Ante diferentes conflictos de orden individual originados de la realización individuo-empleador-trabajador por diferencias en la relación de trabajo. 2. Ante conflictos de orden colectivo, en donde el sindicato que es el encargado de agrupar la actividad llegue a discutir con un empleador o un grupo de estos empleadores.
La conciliación se encuentre conformada por numerosas características, las cuales son: 1. La voluntariedad, que es una de las mas primordiales, porque significa que si bien las partes no poseen una obligación de poder conciliarse, no existe normas que en forma coactivas que pueden obligar a someterse a este procedimiento. 2. La comunicación, la comunicación entre las partes se puede denominar como el inicio de la búsqueda de solución al conflicto presentado, ya que es la participación activa de los involucrados en un conflicto en especifico, por lo que puede llegar a resultar crucial el poder lograr una buena comunicación entre los diversos afectados, con la finalidad de establecer el grado de importancia del problema. 3. La flexibilidad, se le considera a la conciliación como un proceso naturalmente flexible, en el cual se puede adaptar a ciertos requisitos de las partes , por ende es libre en cuanto a las argumentaciones y pruebas que se pueden llegar a presentar en el transcurso del mismo 4. Intervención de un tercero, la conciliación se caracteriza por poseer una estructura triádica, ya que cuando empieza el proceso del objeto en la misma , es el tratar de poder lograr la solución del conflicto con la intervención del tercero, teniendo como principal objetivo el poder facilitar la comunicación y que se mantenga entre las partes sirviendo como un puente para encontrar la búsqueda de la solución consensual.
