Sociedad limitada de formación sucesiva

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Elección de la forma jurídica: La mejor forma jurídica que se adapta para la puesta marcha de nuestra empresa es la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, hemos elegido entre una serie de criterios, limitada e ilimitada, número de promotores y capital social. Una sociedad limitada ya que no queremos responder con el capital personal, sino solo con el capital aportado por cada uno de los promotores. El número de promotores es 2, somos dos componentes en éste nuevo proyecto empresarial, María Andreea Burtoiu y Rocío Jiménez Cristóbal. Y respecto al capital social, sin mínimo legal, porque no disponemos de los recursos suficientes para aportar los 3000 €

DEFINICIÓN Descripción Sociedad de carácter mercantil, sin capital mínimo, de régimen idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros (por ejemplo, límites a la retribución de socios y administradores o responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación).

Número de socios

Mínimo 1

Responsabilidad

Limitada

Capital

No existe mínimo legal

Fiscalidad

Impuesto sobre sociedades

Número de socios Mínimo 1.

Socios La sociedad sólo reputará socio a quien se halle inscrito en el Libro registro de socios. Derechos de los socios:

Participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación de la sociedad.

Participar en las decisiones sociales y ser elegidos como administradores

Real Decreto Legislativo 1/2010 , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de

Normativa

Capital.


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