Cofradia santisimo cristo de la salud

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A propósito de los 460 años de la fundación de la Valencia

COFRADÍA DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA SALUD (O DE LA MISERICORDIA) Y DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES EN LA NUEVA VALENCIA DEL REY EN EL SIGLO XIX

Pbro. Luis Manuel Díaz Valencia, 2015


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A propósito de los 460 años de la fundación de la Valencia

COFRADÍA DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA SALUD (O DE LA MISERICORDIA) Y DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES EN LA NUEVA VALENCIA DEL REY EN EL SIGLO XIX Pbro. Luis Manuel Díaz1

“El mensaje de la cruz… para los que están en vías de salvación, para nosotros, es poder de Dios” (1Cor 18-19) “Ayudar a llevar la Cruz de Cristo es fuente de una alegría inmensa y de paz” Santa Teresa Benedicta de la Cruz (Edith Stein, Breslavia, 1891-Auschwitz, 1942) “Solo con la oración y las lágrimas se puede penetrar en el gran misterio de la Cruz” El Papa Francisco. “Crece más mi amor por ti, cada vez que veo la cruz…”.

RESUMEN En el marco de la crisis generalizada que vivió Venezuela en el siglo XIX, la Iglesia parroquial de la Nueva Valencia del Rey, jurisdicción de la Arquidiócesis de Caracas, tiene su origen la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud cuyas constituciones fueron aprobadas el 18 de septiembre de 1815 por el arzobispo Narciso Coll y Prat. La vida pastoral de esta cofradía estaba centrada en la devoción al Jesús crucificado, el misterio de la cruz, en la celebración del tiempo litúrgico de Cuaresma, poniendo énfasis en los días Jueves y Viernes Santo con las procesiones de las imágenes de la santa cruz y de la Santísima Virgen de los Dolores en la temporada de la Semana Mayor. Sus miembros pertenecían a las familias principales más pudientes de la sociedad valenciana. Mantuvieron una participación activa en las obras pías en las visitas a los enfermos, en los entierros y en las celebraciones de las misas por los difuntos. Manejaron grandes sumas de dinero y propiedades a través de los censos que les permitieron a tener una economía sólida ofreciendo en su entorno trabajos, en los diversos índoles de oficios. Esta cofradía va ser testigo de todos los combates de este siglo, como la Independencia y de la llamada Guerra Federal.

Palabras clave: Cruz, Iglesia, Cofradía (Hermandad), Cuaresma, Crucificado, Obispo (Arzobispo), Mayordomo, Cabildo, Procesiones, Semana Santa, Obras pías, Censo.

Arquidiócesis,

Nueva

Valencia,

Director del Archivo Histórico Arquidiocesano de Valencia “Mons. Gregorio Adam”. Director de Estudios del Seminario Nuestra Señora del Socorro de Valencia. Individuo de Número de la Academia de Historia del Estado Carabobo. 1


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INTRODUCCIÓN La Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Anunciación de la Nueva Valencia del Rey del siglo XIX venía de una larga tradición pasionaria con la creación de la Cofradía de la Santa Vera Cruz, cuyas constituciones fueron aprobadas en 1586 por el obispo de Venezuela, con sede en Coro, fray Juan Manuel Martínez de Manzanillo (1580-1592). Estas constituciones fueron reformadas en 1615, siendo cura párroco el Pbro. Lic. Diego Guerrero de Torres2 con la anuencia del Obispo fray Juan de Bohorques (1611-1618). Los cofrades penitentes tenían la obligación de organizar las procesiones del Jueves y Viernes Santo, como también la fiesta de la Santa Cruz. Cuando el obispo Mariano Martí (1770- 1792) hizo visita canónica de esta hermandad, el 22 de marzo de 1782, ya estaba en decadencia, puesto “que en la actualidad parece que no existe ningún hermano” (Martí, 1929: 104). A mitad del siglo mencionado, los libros y otros documentos pasaron a la administración de una cofradía floreciente llamada Santísimo Cristo de la Salud. En la organización del Archivo Histórico Arquidiocesano “Mons. Gregorio Adam”, con sede en el Seminario Mayor Nuestra Señora del Socorro de Valencia, en el municipio de San Diego3, nos hemos encontrado con las constituciones originales de dicha Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud (Véase anexos N° 1), a través de las cuales podemos fijar el organigrama funcional y las obligaciones que contraían los cofrades, como lo veremos más adelante. Dichas constituciones fueron aprobadas definitivamente por el arzobispo de Caracas, Narciso Coll y Prat (1807-1823)4, el 18 de septiembre de 1815. Este año, en el marco del 460° aniversario de la fundación de la ciudad de Valencia, estaremos celebrando 200 años de aquel acontecimiento eclesial para la vida y desarrollo pastoral de la Iglesia carabobeña. Al transcribir el texto de las constituciones, iniciamos un trabajo de selección y verificación de los documentos referidos a dicha cofradía. Tuvimos la sorpresa de constatar la existencia de una cantidad de materiales inéditos en buen estado de conservación, especialmente el libro de actas que comenzó el 23 de diciembre de 1815, que posteriormente analizaremos. El interés del estudio de la referida cofradía viene 2

Fue cura y vicario y juez eclesiástico, y tutor de las constituciones de la Cofradía del Espíritu Santo en 1616, donde se cultivó la devoción a la Virgen del Socorro. Sabemos que entró a Venezuela en la armada de Domingo Vera, como capitán de infantería, y luego fue nombrado por el rey comisario proveedor general. Estuvo en El Dorado y en la isla de Margarita, y a consecuencia de muchas aventuras quedó tullido. Llegó a la ciudad de Valencia en 1598. 3 El 12 de octubre de 2010, en el marco de los 88 años de la creación del obispado de Valencia, se inauguró la nueva sede del Archivo Histórico Arquidiocesano “Mons. Gregorio Adam”, que por iniciativa del señor arzobispo Mons. Reinaldo Del Prette se trasladó de la Curia Arquidiocesana al Seminario de Valencia. Igualmente se fundó la Biblioteca Virtual “Mons. Francisco Granadillo”. 4 El arzobispo Coll y Prat llega a La Guaira el 15 de julio de 1810, y se encuentra con la Junta Patriótica, “que se decía conservadora de los derechos del Rey Fernando VII”. Falleció en Madrid-España, el 30 de diciembre de 1822. Desde el 8 de diciembre de 1816, que se embarcó para España, quedó encargado del gobierno diocesano el Dr. don. Manuel Vicente de Maya. Por bula del 17 de marzo de 1817 fue nombrado obispo de Canaten in partibus infidelium y obispo coadjutor de Caracas, el religioso Benedictino Fray Domingo de Silos Moreno. Este obispo no se presentó jamás.


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dado por la importancia de la vida eclesial de la Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Anunciación de la Nueva Valencia del siglo XIX, específicamente en las manifestaciones religiosas y espirituales del tiempo de Cuaresma y Semana Santa. Sin embargo, no podemos obviar, que este siglo significó para Venezuela, según el historiador jesuita Hernann González Oropeza, “una profunda crisis que abarcó todos los aspectos de la vida: económicos, políticos, culturales, ideológicos, territoriales, sociales y vida eclesial. (…) No existe ningún país que pase incólume por en medio de la guerra y la violencia sin detrimento de su fe religiosa y moral y sin efectos fatales en su nivel cultural” (1991: 110). Antes de entrar en el desarrollo histórico de esta investigación, vamos a presentar a modo de introducción y de una manera breve, dos eventos dolorosos de aquella crisis que están registrados en los documentos del Archivo Histórico Eclesiástico que marcaron esta centuria. Una por causa de la misma ley inexplicable de la naturaleza, las enfermedades tropicales típicas de aquella época, el paludismo, la peste, la cólera y la fiebre amarilla; y también los sinsabores que sufrieron, como consecuencia del terremoto de 1812, que originaron muchos estragos en la población, el pánico, el miedo y el temor ante la muerte inminente. Y la otra es producto del libre albedrío de los hombres, ley insondable impreso en el corazón humano, que generaron luchas sanguinarias, muertes violentas, saqueos, persecuciones y decadencia de la ciudad. Este último acontecimiento, tenemos un testigo excepcional, como lo fue el segundo Arzobispo de Caracas, el ya mencionado Mons. Narciso Coll y Prat 5. A principio del siglo XIX, Valencia era azotada por una “epidemia pestilencial”, como consecuencia de la fiebre amarilla. En toda la ciudad reinaba “la corrupción del aire debido a los cadáveres que se entierran en la Iglesia parroquial”. Por tal motivo, el primer arzobispo de Caracas, nativo de la población de Guacara, Mons. Francisco Ibarra (1798-1806)6 ordenó “que se empedrase y cubriese de cal el antiguo cementerio de aquella ciudad y se cercase el nuevo campo santo establecido en ella”. El mayordomo de la Iglesia parroquial, Pbro. Clemente de Andraca y Ugarte, solicita certificación de los médicos de la ciudad en la cual manifieste, “si es cierto y verdadero que la epidemia pestilencial que acometió a esta ciudad el año pasado, se halla extinguida enteramente”. Este arzobispo mandó, el 11 de diciembre de 18007: De que luego se avisó la enfermedad epidémica fallecían muchos en esa ciudad se dio la providencia de que sentarse los cadáveres de los que fallecieron de ella en 5

Véase Coll y Prat, N., (1960), Memoriales sobre la Independencia de Venezuela, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia (23), Caracas. 6 En los Anales Eclesiásticos Venezolanos (1951) de Mons. Nicolás Navarro se recoge los siguientes datos: Nació en Guacara en 1726, y ya el 20 de junio de 1752 era catedrático de cánones, siendo clérigo subdiácono. Fue elevado a la dignidad episcopal en 1791, como primer Obispo de la Diócesis de Guayana. El 16 de febrero de 1799 acepta el obispado de Caracas, y cuando esta diócesis fue elevada al rango de Arquidiócesis en 1804, el 3 de diciembre de 1805 le llega el palio arzobispal. Fallece en la ciudad de Caracas, el 19 de septiembre de 1806, a los 80 años de edad. (Cf. 177-186). 7 Los textos citados provienen de dos folios en mal estado, y en su encabezado está firmado por el Notario Público Pablo Joseph de Figueroa.


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el cementerio contigua a esa Yglesia parroquial; como por la multitud de muertes según se ha informado al Sr. Presidente Gobernador y Capitán General de esta Provincia, no sea ya bastante este remedio para ocurrir (roto) se experimenta especialmente por la corrupción del aire: habiendo en prevenir a U., como lo hago por esta, que con intervención y acuerdo del Theniente Justicia mayor de esta ciudad se elija y demarque sin pérdida de tiempo algún terreno fuera de la ciudad el qual bendigo por U. con arreglo al Ritual Romano en virtud de la facultad que efecto le concedo, y cercado de manera que no puedan entrar a él animales; sea sepultados sin distinción de personas cualquiera cadáveres; prohibiendo como proveo el que en adelante a ninguno se dé sepultura, ni en la Yglesia, ni en su contiguo cementerio. El día 15 del mismo mes y año, en comunicado firmado por el señor vicario, juez eclesiástico interino, el Pbro. Dr. Carlos José Hernández de Monagas8, y por el notario público, Pablo José de Figueroa, notificaban que “vista la orden superior del Obispo mi Señor, désele pronto entero y debido cumplimiento como lo manda Su Señoría Ilustrísima antes póngase noticia de los Venerables Curas Guardianes, Capellanes, del hospital de Caridad de la Yglesia filial de Nuestra Señora de Candelaria para su obedecimiento y conformidad”. Asienta el notario: En el mismo día y año pasó Su Merced el Señor Vicario conmigo el Notario a la casa de su señoría el Señor Coronel Teniente Justicia Mayor de esta ciudad [Francisco Ramón Páez] y tratando de la orden superior que el mismo señor Coronel había remitido a su merced determinaren reconocer el día siguiente el terreno que convenga elegir, y mando supiese por diligencia... En dicho día, mes y año su merced en persona notificó al R. P. Cura, al R. P. Guardián, al Capellán del Hospital y al de Ntra. Sra. de Candelaria la orden superior y todos muy conformes, quedaron convidados para ir a la elección del sitio, y a su bendición aquella en el día de mañana por la tarde; y esta para el día diez y ocho en que se supone estaría todo limpio y compuesto... En diez y seis días del mes de Diciembre de este año su merced el Sr. Vicario y el S. Teniente Justicia Mayor de esta ciudad con los médicos Dn José Luis Cabrera y Dn Mateo Saubens y otros ciudadanos pasaron reconocer terreno oportuno para cumplimiento de la orden superior y eligieron y desmarcaron el que detrás del cerrito que se nombrará del Calvario a la parte sur cuyo limpio y simado según la cerca que inmediatamente se seguirá... En diez y ocho días del propio mes y año su merced el Vicario El Pbro. Carlos Hernández había sido vilmente asesinado en 1809, “cuando éste salía de la Casa parroquial de la Candelaria después de haber inspeccionado los trabajos del Templo contiguo… El sacerdote había dejado su cabalgadura atada a las rejas de una ventana de esa parroquia. Se sabe por tradición que el vestuario que llevaba era de finísima tela, las espuelas de legítima plata y de oro las habillas del calzado” (Galíndez, 1984: 15). De este acontecimiento, escribe el arzobispo de Caracas, Mons. Narciso Coll Prat: “la inquisición se acordó por último de proveer una sola de las antiguas Comisarías del interior en el Doctor Don Carlos Monagas, tan tarde, que la odiosidad con que se miraba un empleo no ocupado por tantos años, causó la muerte de este Eclesiástico virtuoso, asesinado una noche en su propia patria la Ciudad de Valencia…” (1960: 126-127). 8


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Foráneo interino de esta ciudad por ausencia del Sr. Vicario pasó con el clero al sitio demarcado; en cuyo medio se había antes fijado la Santa Cruz… le bendijo con arreglo al Ritual Romano despuntándolo por cementerio público y general... Además de estas terribles situaciones de muertes, según la historiadora Luisa Galíndez “en 1804 Valencia fue infestada con el flagelo del ‘vomito negro’, las víctimas fueron sepultadas en el cementerio ‘fuera del poblado’” (1984: 15). En 1805, el Pbro. Juan Ignacio Diez Velasco, cura rector de la Iglesia Matriz de Valencia9, se dirige al arzobispo Ibarra, manifestando el gravísimo prejuicio de los derechos parroquiales debido a la realización de entierros clandestinos en el cementerio en despoblado. También le manifiesta las recomendaciones hechas por el médico de la ciudad con respecto a la ventilación de la Iglesia parroquial para evitar el contagio de la epidemia. Cuando ya la población estaba tranquila por el paso fugaz y mortífero de las enfermedades contagiosas, llegaron por sorpresas los desencuentros humanos, como las luchas intestinales entre grupos o bandos afianzados en sus ideologías. Para nadie es un secreto – y así lo escribe la mencionada historiadora- que “cuando se comenzó a sentir el movimiento revolucionario, Valencia era el centro principal de la influencia clerical, fuertemente realista. En ninguna forma el clero respaldaba la causa revolucionaria. La reacción fue dirigida por un grupo de frailes y sacerdotes” (1984: 17). Y junto a ellos, muchos feligreses congregados en cofradías, y de un modo especial la cofradía en estudio, quienes formaron una barrera impenetrable ante cualquier cambio de la inmovilidad social de la mal llamada época colonial. En las Memoriales sobre la Independencia en Venezuela del arzobispo Coll y Prat recogía los hechos sobre formación de la Junta de Valencia: La ciudad de Valencia que a la larga, y según se opinaba, podía caer en una guerra civil por la erección en Provincia que habían pretendido sus representantes… (…) Fray Pedro Hernández natural de Caracas, que desde el mes de Marzo había mostrado buen celo contra la gaceta de Burke, uniéndose a tres Religioso de su orden, a otros tantos clérigos, y a media decena de Vizcaínos avecindados en la ciudad, apoyaron, como la voz pública firmó, y el resultado comprobó, un tumulto en que los pardos se apoderaron de su cuartel y armas, y pidieron al Ayuntamiento congregado de intento con la novedad que formase una Junta, y habiéndolo obtenido, se incorporaron al mismo cuerpo, el Padre Hernández y otro religioso como representantes de los Regulares, que no eran más que los del convento de San Francisco, cuya comunidad no pasaba de siete individuos y dos legos, don Luis Ramírez y Don Juan Antonio Monagas10, por el clero, que todo junto tenía once individuo; dos seculares por parte del comercio, 9

En 1797 fallece en la ciudad de Valencia el Pbro. Francisco Hidalgo. En ese mismo año, después de hacer oposición, se le otorgó el beneficio al Pbro. Juan Ignacio Diez Velasco. 10 Por la intervención del arzobispo Coll y Prat ante el congreso, Monteverde y la sala de Justicia de Valencia, logra salvar la vida de este sacerdote, ya que en 1812 la sala de Justicia lo condena a muerte, junto con los sacerdotes que participaron en la Junta. Fue sepultado en Valencia, el 23 de mayo de 1858, por el cura rector y decano, el Pbro. José Casildo Silva (Cf. Libro de Entierros N° 22, folio 64 vto.).


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que nunca tuvo allí casas abiertas, y se reducía sin contar los cosecheros de algodón que tenían que salir a venderle fuera, a unas pocas mercaderías en que se vendían ropas y comestibles por menor; y finalmente otros dos por el gremio de pardos, que ni jamás había existido, y cuyo número con el de las demás castas, era con respecto a Valencia mucho mayor que el de las cuatro partes del quinto bajo que puede considerarse la población (1960: 176-177). Podemos recordar la petición que hicieron los sacerdotes, el párroco de Tocuyo, el Pbro. Pedro Gamboa, y el franciscano del convento de Valencia, el mencionado fray Hernández, ante las Cortes Generales del Reino en Cádiz, con fecha del 6 de febrero de 1813, acerca de los derechos de capitalidad de la ciudad por la fidelidad al Antiguo Régimen en comparación a la ciudad de Caracas11 (Cf. Contreras, J., 2011: 291). O el caso del párroco de la Parroquia de San José de Canoabo, el Pbro. Juan José Reyna, que se arrogó la autoridad civil del pueblo convencido de su lealtad a la monarquía (Cf. Quintero, I., 2008: 149-174). En ese mismo año, en el convento de San Francisco se encontraban arrestados cinco sacerdotes y el motivo de dicho arresto “fue por la causa de Venezuela”. Por esta actuación de los frailes franciscanos, el convento le valió el título de Real12. Pero la 11

Véase también el trabajo presentando por el Dr. Guillermo Mujica Sevilla, quien fue Cronista Oficial de Valencia y de la Universidad de Carabobo, en el III Seminario de Historia Regional en 1996, con el título “El Ayuntamiento Valenciano durante la ocupación por Monteverde (1812)”. 12 En 1817 el Convento Franciscano recibe el Titulo de Real por parte de la Corona: Cedula concediendole el Título de Real. En 18 de Mayo de 1818. de oficio / El Rey = En Representacion documentada de veinte de Agosto de mil ochocientos diez y seis, solicitó la Comunidad de Religiosos Franciscanos de la Ciudad de Nueva Valencia en la Provincia de Caracas, me dignase conceder a aquel Convento el Titulo de Real, asignandole en cajas reales alguna cantidad por oblata para la celebracion de misas, en atencion a los servicios hechos por sus individuos en el tiempo de las revoluciones de dicha Provincia, oponiendose eficazmente a la declaracion de la independencia hecha por el pretendido Congreso de Caracas influyendo para que aquella Capital se declararse por la justa causa. En su comprovacion hizo particular exposicion de los trabajos de algunos Religiosos y principalmente de los nombrados Fr. Pedro Hernandez y Fr. Jose Maderos, de los quales el primero fué el que reunió gran número de vecinos para instruirlos de la resolucion acordada por los insurgentes y exortarlos a levantar y seguir el Estandarte de la fidelidad; y el segundo fue condenado a muerte, aunque//Folio 1 vto/ no llegó a ejecutarse, por haber recorrido las ciudades y villa de lo anterior repartiendo cartas y proclamas, a los parrocos en que se les animava a mantener los pueblos de la devida obediencia y resistir a los facciosos; cuyos hechos se hallan calificados por aquel ayuntamiento, añadiendo que proxima a caer la ciudad de Valencia en manos de los revolucionarios emigro la Comunidad a la Ysla de Puerto Rico con tal precipitacion que apenas pudieron salvar las vidas con alguna parte de los intereses del Convento. Ygualmente aseguró mi Real Audiencia de Caracas en el informe conque acompañó la referida representacion no solo la certeza de los buenos servicios de dichos religiosos, sino que eran acreedores a las gracias que solicitavan. Y por cuanto conformandome con lo que en su vista y despues de oir a la Contaduria general y a mi Fiscal, me hizo presente mi Consejo de Camara de Yndias en consulta de 24 de Septiembre del año próximo pasado, he venido en conceder el Titulo de Real al mencionado Convento de Religiosos Franciscanos de la Ciudad de Nueva Valencia. Por tanto quiero y es mi voluntad que en lo subcesivo puede llamarse y nombrarse y se le intitule y nombre Convento Real//Folio 2/ en cuya consecuencia ordeno y mando al Governador y Capitan General de las Provincias de Venezuela, a mi Real Audiencia de Caracas, y demas autoridades residentes en todos mis Reynos y señoríos de cualquiera clase o dignidad que sean, guarden y hagan guardar esta mi merced al expresado Convento, sin contravenir ni permitir se contravenga a ella de modo alguno. Y de este despacho se tomara razon en la Contaduria general de mi Consejo de las Yndias dentro de dos meses de su data. Fecho en Madrid a 8 de mayo de 1818 (sic) = Yo el Rey = Por mandato de Rey nuestro Señor = Silvestre Collar = Ay 3


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crisis se agudiza en el año siguiente, según la citada historiadora, el más sangriento que vivió la ciudad de Valencia por la ocupación de Boves: Año de sangre y muerte fue el año 1814 para los moradores de Valencia. Se sucedieron terribles enfrentamientos entre españoles y patriotas. El 21 de febrero se realiza el combate llamado ‘de la Laguna de Valencia’ donde los patriotas tratan de enfrentarse al asturiano José Tomás Boves, en el punto fortificado de La Cabrera. El 15 hubo lucha en el Hervor, el 16 en Los Naranjos. El 1° de abril se combate en Yuma, el 2 en esta ciudad con triunfo para los patriotas (…) El 25 de junio Boves y su gente se internaron en la casa del Conde de Tovar, convertida en hospital de los heridos patriotas, a quienes mataron (1984: 21-22). En ese mismo año, el Pbro. Dr. Francisco Xavier Narvarte le participa al arzobispo Coll y Prat del logro de la reconciliación de la Iglesia de San Francisco, manifestándole que el convento está sirviendo de hospital. En este ambiente de revueltas, de contrastes y contradicciones, el Pbro. Ramón José Windevoxhel13 le comunica al arzobispo de los atropellos cometidos por el tirano Boves a su familia y el despojo de sus bienes. Así mismo, el Pbro. Juan Antonio Hernández de Monagas narra al arzobispo los trabajos que pasó junto con las niñas de su colegio por haber tenido que huir a los campos por los atropellos de las tropas enemigas, y escribe que “el señor Boves ha hecho mucha estimación de mis colegialas y monjas y las ha protegido”. El Pbro. Narvarte vuelve a escribir al arzobispo y le manifiesta que todos los clérigos y las colegialas de la ciudad “han sido tratados con el mejor modo a la entrada del señor Boves a dicha ciudad”. Este colegio se convertiría en el Beaterio de Carmelitas Descalzas14.

rubricas = Tomose razon en la Contaduria General de America Meridional = Madrid 17 de junio de 1818 = Jose de Texada. (Archivo General de Indias. Sevilla. Audiencia de Caracas. Legajo 4). 13 En 1814, el Pbro. Ramón José Windevoxhel presenta terna para el beneficio de Sacristán Mayor de la Iglesia Matriz de Valencia al arzobispo Coll y Prat. Según la historiadora Luisa Galíndez había sido párroco de Nuestra Señora de Candelaria de Valencia en 1848, y era hermano del Pbro. Martín Windevoxhel. El 12 de mayo de 1852, aparece como cura de la Iglesia parroquial de San Pablo en Caracas. Fue sepultado en Valencia, el 20 de septiembre de 1893. 14 Este Beaterio tiene su origen en el pontificado de Mons. Diego Antonio Madroñero, quien tenía como proyecto establecer en la ciudad de Valencia una casa destinada al recogimiento de mujeres “viciosas y desamparadas”. Pero por su repentina muerte no se llevó a cabo. Luego los Pbros. Juan Josef Rodríguez y Carlos Hernández Monagas compraron una casa destinada a dicho fin, con el proyecto de construir un Colegio de educación de niñas. En 1805 solicitaron al Ayuntamiento la aprobación y al obtenerla, presentaron el proyecto a los curas párrocos de la Iglesia parroquial de Valencia, y finalmente obtuvieron la licencia del obispado el 20 de agosto 1806. Se inicia el Colegio con ocho alumnas, cinco maestras, una portera y cinco sirvientas. En visita pastoral, el 26 de enero de 1807, había aumentado la matricula a diez. En dicha casa se edificó una capilla pública, y el 12 de septiembre de 1810, tiene facultad para celebrar los oficios religiosos, a instancia del Pbro. Dr. Juan Hernández Monagas, sucesor de su hermano sacerdote Carlos Monagas en la fundación. Resulta que estas alumnas, un número de once, piden por escrito para profesar la vida religiosa, vistiendo el hábito Carmelita. En 1814, el arzobispo Coll y Prat firmaba las “Constituciones del Beaterio de Carmelitas Descalzas y del Colegio de Niñas educandas de la Ciudad de la Nueva Valencia del Rey”, y fueron aprobadas por Fernando VII, en la Real Cédula con fecha 18 de enero de 1817.


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En esta investigación encontramos el libro de Gobierno de la Iglesia parroquial de Valencia número 3, comienza el año 1814 con la visita pastoral del arzobispo Coll y Prat. Se inicia este libro con el asiento siguiente, en su primera página: Libro II de Gobierno de la Igª parroquial de la Anunciación de Nuestra Señora de la Ciudad de Valencia Año 1814 Inicia con la Visita del Illmo Señor Dor D Narciso Coll y Prat Digníssimo Arzobispo y Metropolitano de este Arzobispado de Caracas y Venezuela siendo Curas Rectores de esta Ciudad el Ber D Juan Ignacio Diez Velasco, y Dor D Francisco Xavier de Narvarte. A partir de la segunda página comienza su foliatura con el número 1, en la cual se estampa la aludida visita pastoral. El arzobispo había llegado desde el día anterior, 5 de enero; hubo salido de la ciudad de Caracas el 20 de diciembre del año recién fenecido, transitando por los pueblos de Antímano, San Pedro, El Concejo, La Victoria, San Mateo, Cagua, Villa de Cura, Santa Cruz de Aragua, Maracay, San Joaquín de Mariara, Guacara y Los Guayos. En esta visita no quedó constancia sobre la condición en que se encontraba el archivo parroquial; sólo se mandó realizar un nuevo inventario. Efectuó: la visita del Smo Sacramento así en el Sagrario del Altar mayor, como en el del Comulgatorio: la ... Capilla del Bautisterio, fuente baptismal, y Santos Oleos, y los Altares siguientes: El Mayor dedicado á la Anunciacion de Nuestra Señora Titular de esta Yglesia; El de la Capilla Cabecera del Evangelio dedicado al Señor Crucificado; El que sigue dedicado á Nuestra Señora del Carmen; La Capilla contigua de Nuestra Señora del Socorro, y en la qual está formado sobre el pavimento el sepulcro en q está sepultado el Yllmo Sr Dn Diego Antonio Diez Madroñero,... cuyo busto de escultura se manifiesta en lo superior del mismo sepulcro. Y siguiendo la misma Nave hasta cerca de su Extremo el Altar de las benditas Animas. En la otra Nave del lado de la Epistola en su Cabecera el Altar de Nuestra Señora del Rosario. La Capilla contigua de Jesus en la Columna = La otra contigua de igual tamaño dedicada [á] la Santisima Trinidad, y en la qual esta el Sagrario del Comulgatorio. El Altar del Señor San Josef. Y el de Santa Barbara… Despues... procedió a la prosecion de difuntos hasta el cementerio que se halla contiguo a la Nave del lado del Evangelio (Libro de Gobierno Nº 3. Años 1814-1824, folio 1 vto. y 2). En esta visita canónica, el arzobispo Coll y Prat encuentra tres cofradías activas: Espíritu Santo y Nuestra Señora del Socorro, Nuestra Señora del Rosario, y Santa Vera Cruz. En las actividades de Semana Santa, llamada “fiestas movibles”, se tenía prevista la siguiente programación con sus responsables, citamos textualmente: El Viernes de Consilio, Misa Solemne y Sermon, dotada por el mismo P. [Br. Dn. Pedro Villamediana, difunto] su Ynquilina, y heredera su lexitima hermana Da. María Antᵅ Villamediana… Lunes Sto. Misa solemne, por la dha Jpha. de Monagas: ynquilino el mencionado sor Coronel Dn. Francisco Ramón Páez… Martes Sto. Misa solemne de Ntro. Sor. Jesuchristo en el paso de humildad y


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paciencia: lo tiene el Capitan Dn. Miguel Garate a su cargo, con los mismos bienes del Difunto P. Dn. Blas Rodríguez de Lamas… Miércoles Sto. Misa feriada, y sermon por la tarde la Cofradía del Socorro. Jueves St. Sermon en el paso de Jesuchristo crucificado15: lo hace la Cofradía de la Santa Vera Cruz. Viernes Sto. Sermon por la tarde del Sto. Sepulcro: lo hace la Cofradía de la Sta Vera Cruz. Viernes de Pascua, y Espíritu Sto. Misa solemne con Maitines, Vísperas, procesión, y sermon: lo hace la Cofradía Espíritu Sto. En su octava, una Misa cantada, dotada por el P. Dn. Lorenzo Blanco: su principal, cien pesos; Yquilino D. Fernando Peñalver… (Libro de Gobierno Nº 3, folios 6-7). También en esta visita, el arzobispo es informado de la vacante del beneficio de sacristán mayor de esta Iglesia parroquial, por fallecimiento de su último poseedor Pbro. don Antonio Remigio Landaeta16, siendo electo el mencionado Pbro. Juan Antonio Hernández de Monagas17. Visitó el lugar donde se estaba construyendo la Iglesia dedicada a “Nuestra Señora del Socorro”. El arzobispo mandó al mayordomo de fábrica que con intervención del vicario foráneo reconstruyera la parte de la Iglesia arruinada por el asolador terremoto del 26 de marzo de 1812. Este arzobispo va ser testigo, durante los seis años y medio frente a la Arquidiócesis de Caracas y Venezuela, de los acontecimientos de la proclamación de la Independencia (1811), de aquel telúrico acontecimiento, asistirá a la agonía de la Primera República y la penosa política del soberbio Monteverde, y al renacimiento de la República, con la entrada de Simón Bolívar a Caracas como Libertador. Ante la proclama de la Guerra a Muerte, intentará suavizar los ánimos de uno y otro bando. Todo esto le valió para ser acusado de traidor. Llamado por el rey Fernando VII a España el 8 de diciembre de 1816, para dar cuenta de su actuación al frente de la Arquidiócesis acusado por los autoridades realistas de 15

También la Cofradía del Espíritu Santo y Nuestra Señora del Socorro de Valencia entraba en la tradición pasionaria de Iglesia valenciana con la aprobación de la segunda constituciones del 1723, y fueron aprobadas por el Obispo Juan José de Escalona y Calatayud (1717-1729). En los numerales 15 y 16 se mandaba como “obligación del Mayordomo que el Domingo de Ramos, por la tarde, se pongan los pasos a insignias que han de sacar en la procesión del Miércoles Santo… que se predique antes de dicha procesión un sermón a Jesús Nazareno con la cruz a cuesta…”. En el numeral 20 mandaba “que ha de ser obligación de esta cofradía el poner el Santo sudario y alumbrarle todos los días de fiesta de cuaresma por la tarde…”. 16 El 8 de enero de 1768 había recibido el inventario de manos del cura rector mayor de la Iglesia Matriz de Valencia, el Pbro. Lázaro Ignacio de Paiva, al ser nombrado sacristán mayor de la misma Iglesia, cargo que desempeña hasta 1814. 17 “Se habian expedido, y fixados edictos convotarios (sic) con termino competente dentro del qual hisieron oposision entre otros los Presviteros Dn Juan Antonio Hernandes, Dn. Jose Ramon Guereta (sic), y Br. D. José Ramon Windevoxhel... se sirve su Señoria Yllustrisima proponerlos por el mismo orden que vienen nominados... A tales efectos, Don Josef Sevilla Brigadier de los Reales Exercitos Theniente de Rey, Cabo Subalterno de esta Plaza, Gobernador, y Capitan gral interino de estas Provincias, subdelegado de la Real Renta de Correo y Vise Patrono Regio pr aucencia del propietario el Exmo Sor Teniente General Dn Pablo Morillo etcetera... pa lo que informadome con dha propuesta tube á bien pr decreto de veinte del mismo julio presentar para el beneficio de dha Sacristía mayor al primer nominado, Presvitero D. Juan Antonio Hernandes... Dado en Caracas...á nueve de Agosto de mil ochocientos quince años = José Cevallos = Por mandado de Su Señoria =José Mª Leon Urbina = Essno ppco y de Gobernación” (Libro de Gobierno Nº 3, folios 7 y su vto.)


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imparcialidad. Al participar la Orden Real a sus canónigos en una pastoral de despedida explicaba las razones de las oscilaciones que hayan podido haber en su vida: “Mantener la pureza de la fe, la integridad de la moral y las vidas de tantos vasallos del rey, a quien no dejaban de pertenecer, a pesar de hallarse envueltos en revoluciones”. El mejor elogio de la conducta de este arzobispo está en el hecho mismo de que los patriotas lo acusaron de realista y los realistas de patriota; que no agradara a nadie, cuando imperan las pasiones y las cegueras ideológicas, y esto es signo innegable de su espiritualidad evangélica y entrega a la causa de la Iglesia, como sacerdote y obispo. Fue un hombre de caridad, siempre se le vio en aquellos días de sangre, al lado de los que sufren. Intercede ante el Libertador Simón Bolívar en favor de los españoles y canarios. Fue un hombre inteligente y austero. Estando en España, fuera de su querida Arquidiócesis, expresaba con toda sencillez: “he vuelto de América con las mismas camisas y lienzos que saqué de Cádiz”18. Con este breve desarrollo de estos acontecimientos tristes de la historia local, las enfermedades contagiosas y las luchas entre hermanos, nos situamos al contexto histórico del nacimiento de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud, y al mismo tiempo nos introducimos al estudio de la misma con el deseo de dar a conocer, más allá de las circunstancias sociopolítica de la época, una fe sencilla, una esperanza recia y una caridad sincera de un grupo de seglares sobre la devoción y piedad del misterio de la cruz, por la cual impulsaron un estilo de vida penitente de la Iglesia que peregrina en esta tierra valenciana o carabobeña. Son muchos hombres y mujeres, con nombres y apellidos, que encontraremos en este trabajo y que nos antecedieron en las virtudes teologales ante aquellas situaciones dolorosas. La respuesta ante el sufrimiento, el dolor y la muerte llevaron a estos cristianos del siglo XIX aferrarse a la contemplación de la cruz como instrumento de salvación; y además, con esa misma actitud de fe y de esperanza invocaron la misericordia de Dios. La vida cotidiana del creyente se hacía menos pesada y traumática al seguir el ejemplo de Jesús, quien “se humilló a sí mismo haciéndose obediente hasta la muerte de cruz” (Flp 2, 8). Y asimismo confiaron en la presencia y compañía de la Madre protectora Nuestra Señora de los Dolores. De ahí que encontramos en algunos documentos con el título de cofradía del “Santísimo Cristo de la Misericordia”; y a finales de ese siglo, le agregaron el nombre de aquella advocación de la Santísima Madre de Dios. Este trabajo histórico está divido en tres partes y unos anexos documentales, donde se recoge principalmente las constituciones de la cofradía. La primera parte es un análisis de dichas constituciones en donde vamos a conocer el origen, organización y evolución de la cofradía; la segunda parte es un estudio del único libro de actas que existe en el Archivo Histórico, en el que podemos conocer los embrollos sucesos de las Sigo el trabajo inédito sin publicar del historiador Nazario Valpuesta, titulado “Narciso Coll y Prat. Arzobispo de Caracas (1807 al 1822)”. Véase la obra del jesuita Virtuoso, F., (2001), La crisis de la catolicidad en los inicios republicanos de Venezuela (1810-1813), UCAB., Caracas. 18


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elecciones de las directivas, especialmente los nombramientos de los mayordomos y los inventarios de la cofradĂ­a. Y finalmente, en la tercera parte, hemos revisado algunos expedientes de rediciĂłn de cuentas de los mayordomos, en las cuales conoceremos las obras pĂ­as, rentas, censos y servicios que prestaba la hermandad.


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I.-ORIGEN, ORGANIZACIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA COFRADÍA


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I.-ORIGEN, ORGANIZACIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA COFRADÍA El origen de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud la conocemos por el testimonio del capitán Juan José López, su primer mayordomo. En carta enviada al señor arzobispo de Caracas, Mons. Narciso Coll y Prat, con fecha 8 de marzo de 1814, con el fin de pedir la aprobación de las nuevas constituciones, presentaba junto a un grupo de devotos las razones por las cuales anhelaban crear dicha hermandad en la Iglesia parroquial de Valencia: que movido altamente de la cordial devoción que profeso a Cristo Crucificado bajo el espacioso título del Santísimo Cristo de la Salud, reunidos otros devotos poseídos de la misma devoción nos presentamos a V.S.Y. y suplicando, se dignase conceder su licencia de fundar cofradía a este Divino Señor en que pudiéramos con más utilidad y provecho de nuestras almas y demás fieles tributar a Dios Nuestro Señor especial culto y veneración efectivamente reunidos el suplicante y demás congregados del decreto de veinte y seis de febrero de mil ochocientos trece, me presenté por último implorando la misma licencia y habiéndose conseguido de la piedad de V.S.Y. Con este texto conocemos que los inicios de la cofradía Santísimo Cristo de la Salud se remonta para el año 1813, cuando los primeros devotos y fundadores, entre ellos, el citado Juan José López, José Vicente Mercader, Fernando Mujica, Tomas Mujica, Alexander Acevedo, José Martínez, Antonio Alonso Cortes, Víctor Rodríguez, Juan Bautista Moreno, Andrés Cano, José Moronta, Gabriel Malpica, Juan Hinojosa, José de Elizondo y Miguel Franco, se congregaron con el vicario foráneo y juez eclesiástico, el Pbro. Dr. Francisco Xavier Narvarte, para preparar las nuevas constituciones que regirían la mencionada hermandad19. Al definir las normas de vida y la organización de la misma son presentadas al arzobispo de Caracas, el 3 de marzo de 1814, para sus respectivas aprobación eclesiástica. Ellos aspiraban religiosamente que al “poner en ejecución tan santa obra que es sin duda la escala de Jacob por donde por el ministerio de los Ángeles nos envía Dios sus favores y por la que debemos después de nuestros días subir al Cielo para gozarle eternamente que es la única felicidad a que debemos aspirar como redimidos con la Sangre preciosa de Nuestro Señor Jesucristo”. Para la aprobación de dichas constituciones tenemos dos decretos oficiales: la primera con fecha del 14 de junio de 1814, donde el arzobispo Mons. Coll Prat presenta una serie de correcciones en cuanto a la organización de la hermandad; y la segunda está rubricada el 18 de septiembre de 1815 que sería la confirmación de dichas constituciones y su fundación. En ese despacho conocemos las razones de dicho decreto definitorio:

Existe un documento borrador de las futuras constituciones de cuatro folios, con “sello quarto, un quartillo, años de mil ochocientos doce y ochocientos trece”, con varias tachaduras, correcciones y añadidos. 19


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Respecto de que los devotos fundadores de la Cofradía de Nuestro Señor Jesucristo Crucificado, bajo el título del Santo Cristo de la Salud, de la Iglesia Parroquial de la ciudad de Valencia que allí asisten fieles vasallos de nuestro Católico Monarca el Señor D. Fernando Séptimo, nos han hecho presente por medio del Vicario Foráneo de aquel Partido y Cura Rector de la misma Iglesia el fervoroso deseo en que se hallan de continuar sus devotos ejercicios espirituales, y que se hallan sin las constituciones aprobadas por haberse perdido en el trastorno causado por las convulsiones políticas, el Despacho que las contenía: concedemos accediendo a sus piadosos ruegos en que se sobrecarte y se les remita al anunciado efecto de la indicada constitución de sus devotos ejercicios… A partir del primer decreto, la hermandad ya habían elegido a su primer mayordomo, el mencionado Juan José López, quien inesperadamente había fallecido. Sin embargo, todavía la cofradía no tenía la licencia oficial de las constituciones por habérsele perdido por las circunstancias políticas del país. Pero con el segundo decreto recibían el permiso canónico. De ahí que el 23 de diciembre de 1815 se iniciaba el primer libro de actas con la relación administrativa del mayordomo interino José Silva, cuyas actas posteriormente vamos analizar. A las referidas constituciones comporta 26 numerales, con una introducción y una brevísima conclusión, con la posibilidad de ser corregido el texto en cuanto que puede “ofrecer dudas acerca de las mismas constituciones o motivo de formar y añadir otras, o de reformar o aclarar” (26). Todo esto con la aprobación de la curia arzobispal de Caracas, como lo indica el señor arzobispo en el primer decreto. Las palabras introductorias nos sitúan que es un texto netamente religioso: “En el nombre de Dios Trino, y Uno. Amen”. Habiendo alcanzado el apoyo y licencia de fundación del mencionado cura párroco y vicario foráneo de la Iglesia parroquial, y del Gobernador Político, representado por el caballero corregidor, licenciado Vicente Mercader, pretendían cumplir con todos los requisitos para la aprobación eclesiástica: Que habiendo conseguido ya la licencia que anhelamos para la expresada fundación, sin embargo de no haber todavía el fondo suficiente prevenido por las Sinodales de este Arzobispado; pero que Deseosa S. S. Y. por su misma piedad religiosa de ver fundada la Cofradía bajo el precioso título del Santísimo Cristo de la Salud, venció el inconveniente de la Ley dispositiva, derramando sus confianzas en los corazones y devoción de los fieles, que habrá, a poca sucesión de época. Cumplidas los requisitos exigidos por las Constituciones Sinodales de 1687 en cuanto a la fundación de la hermandad, el objetivo principal de la piedad cristiana que movía a dicha sociedad era “el culto especial que se le debe dar a Dios Nuestro Señor en su soberana imagen del Santísimo Cristo de la Salud, el alto sacrificio de la Misa, sea la primera constitución…” (1). En el momento de la elaboración de las constituciones y teniendo el decreto del 26 de febrero de 1813 que se había extraviado, la cofradía aún no había adquirido la imagen del Cristo crucificado. Se mandaba celebrar la Misa cantada, con el órgano de la Iglesia parroquial (Cf.19), todos los martes en el tiempo de


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Cuaresma con Diácono y Subdiácono, en la capilla del Santísimo Cristo. Después de la misa, en la noche se sacaba dicha imagen en procesión por el centro de la ciudad, donde se rezaba el rosario y las preces dolorosas, y así mismo el canto Stabat Mater dolorosa, sin música instrumental, hasta entrar en el templo parroquial. Los cofrades tenían que estar “revestidos de opa, que deberá ser de género morado y al cuello pendiente de una cinta también morada” (2 y ver también 20). En esta procesión se mandaba sacar una imagen de la Virgen de los Dolores, después de la cruz, pues “a este Rosario, en que se recuerda la memoria de la pasión del Señor el que le acompañen su Santa Madre, como le acompañó en toda la serie de su pasión” (3). Así mismo “los hermanos cofrades revestidos de opa para poder disfrutar de los sufragios de las misas que serán aplicables para vivos y muertos deberán asistir a toda ella y también al Rosario para las noches; y al que debe salir en la del viernes del Concilio” (16). La participación de las misas de los martes en el tiempo de Cuaresma, como también a las misas de sufragios, tenía un gran valor espiritual eucarístico, y con estos términos exhortaban a los cofrades: que asistieron a las expresadas funciones con la decencia prevenida, respeto y veneración que corresponde a tan alto sacrificio en que la oblata es el mismo Cristo que se ofrece a su Eterno Padre por los pecadores viadores, y las almas del purgatorio y en que se da a Dios Nuestro Señor la mayor honra y gloria, ganaran los infinitos sufragios del sacrificio de la misa cuya aplicación deberá ser por vivos y muertos para que en esta vida nos proteja Dios, y nos dé su gracia y después nos aplique en el purgatorio el sufragio para expiación y alivio de las penas, y abreviar su dilación para gozarle lo más antes en su eterno descanso (17). Por eso, todos los cofrades estaban obligados a cumplir con la asistencia de las misas, como “primera constitución”, de lo contrario “los cofrades que no asistieron a dichas funciones no estando impedidos, además de no ganar los sufragios de las misas que dejaron de oír, darán en calidad de multa cuatro pesos de plata por cada vez que faltaren, a beneficio de la Santa Cofradía” (16). A este numeral el señor arzobispo manda “que se omita la multa que en ella se impone… pero exhortamos en el Señor a todos los hermanos que se esfuercen a su devota práctica, y concedemos ochenta días de indulgencia a los que así lo hicieran por cada uno de aquellos devotos actos, y a los demás que se expresan en las constituciones vigésima, vigésima primera y vigésima quinta” (Primer decreto). En el rezo del santo rosario se aceptaban limosnas de los fieles como fondo de “los costos de luces, y música del mismo Rosario” (4). Así mismo en la Misa de los martes se nombraba un hermano revestido de opa y “con una mesa por delante con carpeta, y un platillo para recibir las limosnas que se dieren ese día” (5). También en el Jueves Santo, tras la reserva del Santísimo Sacramento en el Monumento, en las puertas de la Iglesia se pedía limosnas de la misma forma (Cf. 6). Todas estas limosnas se


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depositaban en una sola cuenta, separado del cajón principal (Cf. 8). En ese día, a las siete de la noche, todos los cofrades revestidos de opa salían en procesión con la imagen de la Santísima Cruz con los faroles encendidos por las calles de la ciudad (Cf. 7). En el numeral 20 lo resume de este modo: “Además de las obligaciones impuestas a los hermanos, de asistencia a la misa de los martes y estaciones del Jueves Santo, asistirá con la misma decencia revestido de opa a toda la función de dicho día Jueves Santo por mañana y tarde cuya asistencia es muy propia de esta Santa Cofradía como consagrada toda a la memoria de la pasión de Nuestro Señor Jesucristo y los otros misterios que en si encierran”. Todos los gastos que generaban las actividades de los martes de Cuaresma y del Jueves Santo tenía que pagarse de las limosnas, “y no habiendo en él lo suficiente, se ocurra al de réditos, pero no con respecto a las misas de los martes, porque para estas limosnas se comprometen los hermanos de suplir de su peculio lo que faltase para la limosnas de la misa (10). La cofradía iniciaba sus actividades religiosas con una caja de fondo, llamada caja principal, con un monto de 215 pesos, y con este “fondo de presente se impongan a censo y tributo redimible, en persona que los aseguren con escritura pública, buena finca, y fiador a satisfacción de la comunidad…” (8). Anualmente se mandaba hacer una revisión de la caja principal con la presencia del Padre Vicario y dos cofrades nombrados por la comunidad (Cf. 9). En el primer decreto, el señor arzobispo hace una acotación “a las constituciones octava y nona que la imposición a censo prevenida en ambos sea con licencia del Vicario con consentimiento del mayordomo y del hermano Síndico Procurador; y no de toda la comunidad”. Se mandaba tener tres libros en blanco que guardará el mayordomo, una de cuenta de dicha caja principal, una de limosnas, y otra donde se registraban los miembros de la cofradía (Cf. 11). El mayordomo sin consultar a la comunidad podría disponer de “los fondos hasta veinte pesos, y no más, dando a su tiempo la correspondiente cuenta en los términos que queda prevenido, pero en el caso de mayor urgencia deberá formarse la junta” (22). La hermandad en sus comienzos se reconocía como pobre monetariamente y “si muy conforme a la piedad religiosa y actos de virtud en que altamente se ejercita la caridad, el que se le auxilie con la limosna costearía podrán los hermanos nombrándose uno para cada mes pedirla de puerta en puerta en los días martes de la semana, y lo que se recogiere se pondrá en el fondo de depósitos de esta especie” (23). A este numeral el señor arzobispo aclara que la “colectación de limosnas se participará expresamente a los Curas las que se hubieren recogido y en el asiento de esta partidas en la cuenta del mayordomo pondrá su visto bueno el semanero y lo mismo en los gastos que se hicieren, sin cuya circunstancia no se pasaran las partidas”. En cuanto a la organización de la hermandad, se elegía todos los años, con pluralidad de votos, un mayordomo y demás autoridades, “reuniéndose al efecto los cofrades en la Iglesia Mayor el día dos de enero, presidiendo este acto el Venerable Padre Vicario y uno de los Jueces ordinarios que se nombrará por el Señor Gobernador Político o Justicia Mayor participándole antes por medio del Síndico Procurador el que


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igualmente será elegido en los mismos términos, cuyas elecciones se hagan en el expresado día dos de enero” (12). En la revisión de las actas de elección de los mayordomos no se cumplió el día estipulado, sin embargo se verificó las elecciones en cada período. El mayordomo saliente tenía que rendir cuentas y presentar inventario, y el mayordomo entrante tenía ocho días para recibir dicha administración, con dos testigos (Cf. 13). El señor arzobispo precisa en el primer decreto “que las cuentas que debe rendir el mayordomo sea recibida conforme a lo dispuesto en las Constituciones Sinodales, y el inventario lo presenciará el Cura semanero”. Los aspirantes para entrar a la hermandad tenían que registrarse con sus limosnas respectivas que consistían en 5 pesos de plata y una libra de cera; tenían que contribuir mensualmente con una cierta cantidad en calidad de tributo, y podría redimirse con la existencia de 25 pesos de plata (Cf. 14). Todos los hermanos tenían que asistir a la Escuela de Cristo20: “todos los jueves del año por la noche se forme la escuela de Cristo en la Iglesia Parroquial en los términos que dirigiere el Venerable Padre Vicario, y como se acostumbra en la capital de Caracas comenzando a la oración, costeándose las luces que se necesiten para esta Santa obra del fondo de limosnas” (21). El señor arzobispo concede “licencia para la práctica del ejercicio de la Escuela de Cristo”, y 80 días de indulgencia “a los que asistieren bien entendido que los Domingos de Minerva se práctica por la tarde con hombres y mujeres; pues estas no han de concurrir al de los Jueves por la noche”. Con referencia de los numerales anteriores, el señor arzobispo dispone que debe existir en la organización de la hermandad tres clases de miembros: los primeros son los llamados hermanos mayores o fundadores, o numerarios, que sólo eran de hombres, “que llegará hasta de treinta y tres los cuales vistan la túnica y tengan voz activa y pasiva para las elecciones y gobierno de la Cofradía, que la limosna para los que fueren entrando, después de los actuales fundadores, sean de ocho reales y una libra de cera, y paguen cada mes un real de que quedarán redimidos exhibiendo veinte pesos”. Los segundos son llamados supernumerarios “sean hombres o mujeres, hagan igual contribución menos la libra de cera; pero esta la contribuirán cuando alguno pase a numerario: a todos los cuales deberá costear la Cofradía entierro cantado con Misa cantada de cuerpo presente, y habiéndose de sepultar de cuenta de los bienes del difunto, porque así lo haya dispuesto, se le canten tres Misas, y estos supernumerarios pondrán los hombres que pudieran vestir la túnica como los numerarios, pero no tendrán voz activa ni pasiva”.

El encabezado de esta constitución dice que “siendo muy propio de la confraternidad que profesamos en esta Santa Cofradía el ejercitarnos en todo el año o en ciertos días señalados con alguna particular devoción del nuestro agrado de Dios y de nuestras almas” (21). De aquí se desprende que estas reuniones eran momentos de enseñanzas piadosas referente a los misterios cristianos, como lectura espiritual, visita al Santísimo Sacramento y obras de caridad. A diferencia de las hermandades que se iniciaron en España, a finales del siglo XVII, con el título de “Santa Escuela de Cristo”. (Cf. MORENO, M., 1989: 507-528). 20


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Y finalmente, los llamados hermanos menores que “contribuyendo veinte y ocho pesos por una vez, y a los cuales sea obligada la Cofradía a mandarles celebrar una Misa rezada en su fallecimiento y asistirle a su entierro”. También en dicho decreto se mandaba el modo de asentarse tanto los hermanos mayores como los menores: se haga la admisión por el Cura como Capellán protector y por el mayordomo unidamente, ejecutándose de este modo el mayordomo en cada mes tomará los nombres de lo que quieran entrar a la Cofradía, advirtiéndole que para su admisión concurra el domingo mensal antes de la fiesta a las siete u ocho de la mañana; y en este día y hora estando presente el Cura y los diputados dará cuenta el mayordomo de los que quieran entrar de hermanos; y admitidos sin óbice, exhibirán allí mismo la correspondiente limosna, se vestirá por el Cura la túnica a los mayores y en el libro de Cabildos se extenderá la diligencia expresándose los nombres de los admitidos, la distinción de mayores y menores, y la limosna que exhibieron; y firmaran todos la diligencia. El mayordomo tendrá en su poder la limosna y escribir los mismos nombres en la letra que corresponda del alfabeto del libro de asientos de hermanos y calidad en que son admitidos, si irán que ocurriendo el caso de asentarse alguno hermano mayor o menor en articulo mortis, se hará el asiento por el mayordomo, y dará cuenta con manifestación de la limosna en el Domingo mensal siguiente. Cuando enfermaba un cofrade se tenía la obligación de asistirlo, especialmente lo que estaban en peligro de muerte. Se mandaba que lo asistieran dos hermanos y que procuraran que recibiera el Viático y la Extremaunción (Cf. 25). “Y además a los hermanos que murieren se les dirá una misa rezada el día de su entierro, y a este deberán asistir los hermanos cofrades vestidos de opa en comunidad con el guion del Santísimo Cristo, y le rezarán o cantarán el De profundis por su alma en la casa mutuaria, y presencia del cadáver; y el entierro será cantado por menor con cuatro acompañados además del Cura y Sacristán Mayor, cuyo costo debe salir de la Cofradía” (17). De este beneficio podrían “cualquier otro extraño sea hombre o mujer pueda redimirse en el artículo de la muerte con la misma cantidad de veinte y cinco pesos de plata y gozará entonces del beneficio de la Misa que se le dice a los hermanos el día de su muerte y entierro en los mismos términos que se hace a aquellos” (15). Sin embargo, “aunque en la constitución vigésima quinta se dice que pueda cualquiera otro extraño hombre o mujer en el artículo de la muerte redimirse con veinte y cinco pesos con mejor acuerdo en consideración de no haber personado en toda su vida, deberá ser la redención con veinte y ocho pesos de plata, quedando en esta parte reformada aquella constitución, y vigente en toda lo demás” (24). Todas estas correcciones fueron hechas por el señor arzobispo, según las Constituciones Sinodales, y así definía la categoría de los miembros dentro de la hermandad.


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II.- LOS MAYORDOMOS Y LOS INVENTARIOS DE LA COFRADÍA


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II.- LOS MAYORDOMOS Y LOS INVENTARIOS DE LA COFRADÍA En el Archivo Eclesiástico de Valencia reposa el primer libro de actas de la Cofradía Santísimo Cristo de la Salud en buen estado de conservación, con 136 folios. En su encabezado se lee la siguiente inscripción: Libro 1° en donde se acientan y subscriven las Actas de Cav° qe celebran para la Eleccion de Mayordomo y demás oficiales del servicio de la subsodha Cofradia como igualmente los imbentarios de entregados de todos los bienes Alhajas y henceres de la misma concerniente a dha administración, Cuyo libro da principio en la fecha de 23 de Diczͤ del año de 1815. Presidente el Señor D.D. Francisco Xavier de Narvarte Cura Rector y Vicario Foráneo Juez Eclesiástico de esta ciudad de Valencia y su dilecto Notario originario de esta Cofradía, como que la dirigió, y formó en orden, el Sr. Juan Esteban de Figueroa.. Tras la aprobación oficial de las constituciones, emanado por la Curia Arzobispal de Caracas, el 18 de septiembre de 1815, la naciente cofradía iniciaba sus actividades administrativas con un celo religioso incomparable, en donde cada acta asentada es el testimonio fiel y vivo de un grupo de creyentes que dejaban sus huellas de fe, en el sentido de pertenencia, como institución seglar dentro de la Iglesia de Cristo que peregrina en esta región valenciana. Como ya hemos dicho anteriormente, la cofradía tiene sus comienzos en los buenos deseos de un grupo de cristianos reunidos en 1813 para conformar una hermandad. Ya extraoficialmente venían trabajando desde aquel año, de allí que iniciaban el libro con una breve relación presentada por el hermano José Silva que interinamente hacía las veces de mayordomo de la cofradía. En esta primera relación presentaba “cuatrocientos pesos divididos en partidas, los que entraron en su poder por muerte del propietario”, y fue entregado al hermano mayordomo Víctor Rodríguez en presencia del Señor Vicario y demás hermanos de la hermandad. El 27 de enero de 1815, todos los cofrades se reúnen en la sacristía de la Iglesia parroquial de Valencia para presenciar la entrega oficial de dicha relación del mayordomo interino José Silva, a raíz de la muerte del propietario Juan José López, y daba cuenta con más detalles de lo siguiente: “doscientos tres pesos quatro reales en una escritura otorgada por Felipa Bermudes, sesenta y uno pesos una obligación que debe entregar D. Juan Ramirez, ochenta y nueve pesos quatro reales que deben los hermanos que no han acavado de satisfacer sus entradas, veinte pesos quatro reales gastados en las andas y el retoque de la afigie del S.S. Christo, y cinquenta y dos pesos quatro reales que entregó en plata”. Esta relación fue entregada como hemos dicho al mayordomo Víctor Rodríguez. De esta rendición de cuenta se destaca que ya la cofradía poseía como propiedad la imagen del Cristo de la Salud, desde el año 1814. Puesto que en la visita pastoral del arzobispo Coll y Prat, emitía el decreto de los ochentas días indulgencia de los fieles, el 8 de enero de 1814, y asentaba lo siguiente: “ochenta días por cada vez que se rezara un credo ante la Ymagen de escultura de Ntro. Sor. Jesuchristo crucificado” (Véase anexos N° 2).


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La primera elección asentada en este libro de actas tiene fecha 22 de enero de 1816 (Véase anexos N° 3), donde asistieron el cura párroco, vicario y juez eclesiástico, el Pbro. Dr. Francisco Javier Narvarte; el notario público y eclesiástico, don Juan Esteban Figueroa; el alcalde ordinario, don Miguel Ignacio Malpica; y demás miembros de la hermandad, entre ellos: Francisco Cazares, Víctor Rodríguez, Miguel Acevedo, Antonio Cortez, José Jesús Torres, Gabriel Ríos, Santos Loaiza, Ramón de la Yunta, Juan Pedro Olivo, Agustín Moyetones, Ambrosio Salinas y Andrés Caro. La ceremonia era sencilla, después de la convocatoria fijando el día y la hora, los asistentes hacían un recorrido a la capilla donde se encontraba la imagen del Cristo crucificado, luego el señor párroco hacía una breve exhortación o predica pastoral. Posteriormente se invitaba al silencio y a mantener el orden en el momento de la votación, y cada cofrade hacía su voto en secreto. En esta elección fue elegido por 16 votos para mayordomo el hermano mayor Pedro Juan Montesinos, 7 votos para el primer aguacil Alejandro Acevedo, 9 votos para el segundo aguacil Gabriel Malpica, y 8 votos para mayordomo del Rosario José Silva. En el inventario de 1816 nos presenta con destalles el tamaño de la imagen del Jesús crucificado: “de escultura puesta en su Cruz, que tiene de alto una vara, con su toalla de lino revestida de encaje, y sus tres potencias de plata, plantada sobre una mesa de madera, que su alto es de vara y tercia y de ancho vara y media, con doce perillas de la misma madera”. También se destaca como bienes “doscientos tres pesos quatro reales que se allan a tributo afinados sobre una casa de la viuda de Juan José López según consta de la Escritura” (Folio 3). En la celebración del cabildo del 2 de enero 1817, asistieron el párroco Narvarte, el notario Figueroa, el alcalde ordinario Rafael Perdomo, y entre los hermanos: Miguel Acevedo, José Martínez, Ramón de la Yunta, José Moronta, José Tocuyo, Ambrosio Salinas, José de Jesús Torres, Agustín Moyetones, Alejandro Acevedo y Gabriel Malpica, y cumpliendo con la acostumbrada ceremonia religiosa, se eligieron la nueva directiva: siete votos para el nuevo mayordomo el hermano mayor Antonio Cortez de la Puerta, nueve voto como primer aguacil el hermano Gabriel Ríos, cuatro votos como segundo aguacil el hermano José Peraza, y como mayordomo del Rosario acordaron que los sirvieran los mismos aguaciles. En el inventario de este año se destaca “una obligación otorgada para don Juan Ramires en mancomún con su lexitima muger Mᵅ Victoria Acosta cuya obligación está presentado en el Tribunal de esta Vicaría y decretado el gobierno se abone para dho Ramires la cantidad de sesenta y un peso de que es deudor de la citada obra pía” (Folio 6). También la hermandad poseía una imagen de Nuestra Señora de los Dolores que salía en la procesión de los martes de Cuaresma y para el rezo del santo rosario, y en ese año se adquiere “una Diadema pintada de ojo de lata para la Virgen de Dolores de los rosarios”. El 29 de marzo de 1818, en un ambiente de cordialidad, se congregan para la elección de una nueva directiva, el señor provisor, vicario foráneo y juez eclesiástico interino de la Iglesia parroquial de Valencia, el Pbro. Antonio José Negrete; el alcalde ordinario,


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Dr. Gerónimo Windevoxhel21; el notario Figueroa; y los hermanos Miguel Acevedo, José Martínez, José Moronta, José Tocuyo. Ambrosio Salinas, José de Jesús Torres, Agustín Moyetones, Juan Páez, Trinidad Morales, Gabriel Malpica, José Antonio Pedroso y José Peraza. Fue electo con diez votos como mayordomo el hermano Gabriel Ríos, seis votos para el primer aguacil mayor el hermano Francisco Casares, ocho votos para el segundo aguacil el hermano Ramón de la Yunta, y para mayordomo del Rosario los mismos aguaciles. En cuanto al inventario se destaca el aumento de los bienes de la cofradía, como “el del principal censo y sus réditos que tenía sobre si y en una fabrica cargado Don Juan Ramires y su lexitima mujer Mᵅ Victoria Acosta, los que ambos los han redimido con la misma fabrica, y la han entregado a dha Cofradia según consta de los expedientes, que reposan el Archivo del Notario Don Juan Estevan de Figueroa, por ante quienes se siguió y concluyó; dicha demanda y entrega de la fabrica” (Folios 11 y vto). En el mencionado inventario encontramos otros bienes adquiridos por la hermandad: “se puso por inventario el aumento de la imagen en del Crucificado que sale por los Rosarios de noche en los martes de Cuaresma, el que estaba en litigio con el Mayordomo de la Cofradía del Espíritu Santo y Nuestra Señora del Socorro, el que por haberle satisfecho en tiempo del presente Mayordomo el importe de dha imagen según consta de su recibo otorgado por Eusebio Espinosa quien actual lo es; hecho en veinte y siete de diciembre de mil ochocientos diez y siete” (Folio 11 vto.). El 18 de abril 1819 se convoca un cabildo para celebrar una nueva elección de mayordomo y aguaciles. Estuvo presente el Pbro. Dr. Narvarte, el ya mencionado notario Figueroa, el Teniente de Justicia Mayor Dr. José Antonio Felipe Borges, y el cuerpo de hermandad: Fermín Lamas, Juan Antonio Silva, Lucas Espinosa, Agustín Según la historiadora Galíndez, “para 1815 Jerónimo Windevoxhel, abogado, ejercía el cargo de Alcalde Ordinario de Primera Nominación y el mismo año firma, con otros españoles un documento dirigido al Rey de España pidiendo para Valencia la capital de Venezuela. Vivía entonces en la esquina nor-oriente de la Plaza Mayor… El 24 de septiembre de 1820 interviene y gana las elecciones parroquiales de la Provincia, resultando electo de 1820 por segunda vez, Alcalde Primero Ordinario del cabildo Colonial” (1984:14). El 24 de junio de 1821, día de la Batalla de Carabobo que selló la Independencia de Venezuela, el Cabildo de Valencia estaba dividido entre sus miembros, unos eran partidarios de los “patriotas” y otros de los “realistas”, concluida la batalla y conocido el triunfo del Ejercito Libertador al mando del propio Libertador Simón Bolívar, los partidarios de los realistas huyeron, dejando las vacantes respectivas en el Cabildo valenciano. El Alcalde Primero Ordinario era entonces el Dr. Jerónimo Windevoxhel, patriota confeso, (como también el Alcalde Segundo Miguel Salazar, y los regidores Francisco Antonio Landaeta y Francisco Antonio Malpica, Diego Escorihuela, Bartolomé Rolan y Francisco Páez, y Síndico Procurador Calos Calvo, y Alcaldes de Campo Luis Lovera y Francisco Sandoval, y Secretario Miguel Vera), quien fue autorizado de inmediato, junto a los Regidores presentes, por el Libertador, para proveer candidatos de entre las personas influyentes de Valencia para cubrir las vacantes ocurridas. El 28 de junio fueron aprobados los nombres de los sustitutos y nuevos Regidores (Alcaldes de la primera manzana al sureste de la ciudad, Domingo Lugo y Francisco Andrade; a la segunda al noroeste, Miguel Idalgo y Antonio Calzadilla; a la tercera al sudeste, Ramón Calles y Domingo Sánchez; a la cuarta del nor-nordeste Manuel Vera y Enrique Bote; y como administrador a Carlos Páez) para integrar el Primer Concejo Municipal de Valencia, que fue también el primero de la naciente República de Colombia. Ese día se firmó el Acta respectiva de la designación de los nuevos ediles, el 30 de junio se instaló la Cámara Municipal, con todos sus miembros y funcionarios designados y aprobados expresamente por el General en Jefe, Libertador Simón Bolívar. En 1829 figura como Procurador General de Valencia. 21


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Moyetones, Francisco Casares, José García, Luis Pérez, Víctor Rodríguez, José de Jesús Torres, José Valentín Martínez, Gabriel Ríos, Ignacio Morales, Trinidad Morales, Miguel Acevedo, José Tocuyo, Juan Páez, y Gabriel Malpica. Por unanimidad eligieron como mayordomo el hermano mayor Francisco Casares, y como primer aguacil con siete votos recayó en el hermano Antonio Silva, y el segundo aguacil con los mismos votos el hermano Luis Espinosa, y para el oficio de mayordomo del Rosario los mismos aguaciles elegidos. Cumplida su misión durante un año, se convoca nuevamente cabildo el 16 de abril de 1820, donde participó el Cura Párroco, el notario, el Regidor Ramón de Ybarrolaburu, y los hermanos asistentes Francisco Casares, Francisco Antonio Silva, Lucas Espinosa, Fermín Lamas, Gabriel Ríos, Agustín Moyetones, Víctor Rodríguez, José de los Santos García, Juan Pedro Olivar, y Gabriel Malpica. Como la elección pasada, por unanimidad fueron electo como mayordomo el hermano Mayor Gabriel Ríos, y como primer aguacil Juan Páez y segundo aguacil José de los Santos García, el cual ambos realizaran el oficio de mayordomo del Rosario. En la administración del hermano mayor Francisco Casares asienta en el inventario “la casa que se le tomó a Juana Yunta Moronta, la que era de su hijo José Moronta, y por su juramento se le adjudicó a la Cofradía, por tener cargado sobre ella doscientos tres pesos cuatro reales tributo de dicha Cofradía, y se le tomó con algunos réditos devengados” (Folio 18). El hermano mayor Gabriel Ríos vuelve ser reelegido por unanimidad como mayordomo de la hermandad, el 29 de abril de 1821. Como primer aguacil fue elegido el hermano Lucas Espinosa y como segundo el hermano Juan Antonio Silva, ambos con la función de mayordomo del Rosario. En este cabildo de elección estuvo presente el mencionado cura y vicario Narvarte, el notario Figueroa, el alcalde Dr. Gerónimo Windevoxhel, y la asamblea de hermanos Apolinar Gomes, Lucas Espinosa, Gabriel Ríos, Agustín Moyetones, Gabriel Malpica, Juan Antonio Silva, José Rafael Peraza y José García. El siguiente año, el 14 de abril 1822, fue elegido por mayoría de votos como mayordomo el hermano mayor Trinidad Morales, y como primer y segundo aguacil y síndico los hermanos Juan Antonio Silva y Agustín Moyetones, respectivamente. Se acordó que ambos ejercerían el oficio de mayordomo del Rosario. En esta cabildo participó el mencionado cura y vicario, el “Juez Político del Estado de la República” don Salvador, el notario público José Miguel Rodríguez, y los hermanos Gabriel Ríos, Trinidad Morales, José Cornelio Guevara, Juan Antonio Silva y Rafael Peraza. En el inventario de este año se menciona “Una Cruz grande redonda y pintada al óleo… que la dio el presbítero Dr. Monagas para beneficio de la efigie del crucificado que sale en las procesiones del Jueves Santo” (Folio 24). Por encontrarse en ruina el templo de la Iglesia Matriz de Valencia en 1822, se proyecta el traslado de la sede parroquial al convento de San Francisco. El 3 de abril de 1823 se realiza un nuevo cabildo con la participación del ya mencionado Cura Párroco Narvarte, el “Señor Gobernador Político de esta plaza del Gobierno de la República”, el notario Rodríguez, y la comunidad de hermanos, entre ellos: Gabriel Ríos, Trinidad Morales, Juan Antonio Silva, José Cornelio Guevara, Rafael Peraza,


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Fermín Lamas, José de los Santos García, Agustín Moyetones, Eugenio Gonzales y Tomás Álvarez. Fue electo el hermano Mayor Juan Antonio Silva, y como primer aguacil y síndico Fermín Lamas, y como segundo y mayordomo del Rosario Calixto Chaves. En este año se puso en inventario: “una casa situada en la calle de Caracas [Hoy 24 de Junio]… en donde se halla el principal censo… que pasaron de la viuda de Juan Josef Lopes por reconocimiento formal que hiso de aquel capital el hermano Josef Moronta en que por su fallecimiento dejó a veneficio de la referida obra pía la sitada casa devolviendose de su intrínseco valor en que fue justipreciada por su tercera parte de los demás capitales menos de su valor” (Folio 16). En esta fecha ya se había trasladado la sede parroquial a la Iglesia de San Francisco: “Manifiesto por aumento la traslación del Retablo y Altar de la parroquia a la de San Francisco que hace actual Santa Parroquia para fijarse en mucho las sagradas imágenes de Jesucristo y Santísima y muger de Dolores y la del Santo Evangelista Juan” (Folio 28 vto.). El año siguiente, 25 de abril de 1824, es elegido como mayordomo el hermano mayor Agustín Moyetones, y así mismo como procurador a Gabriel Malpica, y para aguacil Apolinar Gomes. Para esta elección asistieron los hermanos Gabriel Malpica, Trinidad Morales, José de los Santos García, Juan Antonio Silva, Ignacio Morales, Eugenio Gonzales, Fermín Lamas y Tomas Álvarez, “y no concurriendo los demás hermanos mayores de esta Cofradía, por informar el cuerpo de la hermandad en este acto, estar enfermos” (Folio 29). Un año después, 10 de abril de 1825, fueron elegidos como mayordomo el hermano Gabriel Malpica con ocho votos, como primer procurador a Cornelio Guevara y a Toribio Márquez como aguacil. En esta elección la presenciaron el juez político del Estado de la República, Miguel Salazar, y entre los hermanos Fermín Lamas, Ambrosio Salinas, José Peraza, Tomás Álvarez, Cornelio Guevara, Toribio Márquez, Juan Antonio Silva, Gabriel Malpica y Agustín Moyetones, el mayordomo saliente. Se había cumplido la acostumbrada sección, sin embargo “el Señor Vicario mandó por el presente notario revisar el número de hermanos que asistieron a esta acta y se encontraron doce. Y habiendo visto el que el hermano Gabriel Malpica que hacía de Procurador este año, había sido electo mayordomo, mandó suspende el Señor Vicario el acta hasta otra determinación y se concluyó” (Folio 30). Nuevamente se reunieron el 19 de abril del mismo año, “y sentados con el silencio, y orden debido, les mandó dicho Señor Vicario dieren sus votos a pluralidad, como lo previene en el capítulo 12 de la Constitución” (Folio 31). Lo que asistieron “expusieron los hermanos mayores fuere para mayordomo el que se había elegido…”. El cual respondió el señor vicario, “que sin embargo de que no recayó en Malpica todos los votos completos para ser canónica la elección solo la de ocho votos; sin embargo venían en conformidad que para retener la mayordomía el nominado Malpica…”. Esta crisis de “la decadencia de esta cofradía” era por motivo de una mala administración del mencionado Malpica, a quien “en el término de tres días presente las cuentas, que en el tiempo de su administración tenía como Procurador, y la fianza de quinientos pesos que quedan expresados”. Por esta razón, se eligieron como mayordomo interino


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al hermano Apolinar Gomes, como procurador a José Cornelio Guevara y como aguacil a Ignacio Morales. El 16 de abril 1826, se realiza nuevas elecciones con presencia del juez político José Jacinto Malpica, “y haviendo desabierto el belo de la imagen con sus seis belas encendidas, hechole la reberencia y acatamiento de vida, se sentaron dhos Sres y hermandad y estando con todo en silencio y beneracion, se le leyeron las constituciones ultimas… los que quedando buen impuesto de ellos, el S. Vicario les intimó con el Sr Juez Político que en adelante cumpliesen debidamente todos los estamentos que contenían la referida constituciones, y mandó parasen a dar sus botos sinceros… ” (Folio 32). Luego de la votación se eligieron los nuevos funcionarios, siendo mayordomo el hermano Ambrosio Salinas, procurador Fermín Lamas y aguacil Avelino Rojas. Superada la crisis pasada de la hermandad, el 13 de mayo de 1827 es relecto por unanimidad como mayordomo el hermano Salinas, y como procurador José de los Dolores Linares y aguacil Simón Alvarado. Estuvieron presentes el vicario y cura rector decano de la Iglesia parroquial, el Pbro. Bachiller José Casildo Silva; el señor juez político Francisco Antonio Malpica, y el mencionado notario Figueroa. Cumplido el período estipulado, el 4 marzo de 1828, se convoca una nueva elección con la participación del vicario foráneo, juez eclesiástico interino y Cura Rector de la Iglesia parroquial, el Pbro. Bachiller José Joaquín Altuna; el “Señor Gobernador de esta Provincia de Carabobo” coronel José Hilario Cirtiago, el notario Figueroa y demás hermanos de la cofradía. El vicario “mandó pasaren a dar sus botos secretos y efectivamente lo hicieron con el silencio y respeto que es debido”. Resultaron electos el hermano como mayordomo José de los Santos García, como procurador el hermano José Dolores Linares y aguacil el hermano Toribio Márquez, y para diputados Simón Alvarado, José Tiburcio Aural, Gabriel Malpica, Fermín Lamas, Ignacio Morales, Alejandro Acevedo, Juan Francisco Santana, Ambrosio Salinas, Julián Castellano, Tomás Álvarez, Lino Rojas y Juan Antonio Silva. A pesar que un hubo una mayor asistencia de hermanos mayores en comparación en años anteriores y en un ambiente cordialidad, el señor vicario recordó a los asistentes “de las cuentas pendientes por el hermano Gabriel Malpica del tiempo que fue administrador de esta cofradía, le intiman dos S.S. presente las cuentas como se le ha mandado por actas anteriores. En este acto expuso el nominado Malpica que las tenía presentadas al Sor Vicario que anterior fue Dr. Francisco Xabiel de Narvarte con siento treinta pesos en plata efectiva en que quedó alcanzado, que solo muestra un recibo de ellos firmado de aquel Sor. En esta virtud el S. Vicario unánime con el S. Gobernador, le mandaron que entregarse las cuentas con el dinero que confiesa haberle alcanzado la Cofradía, y que cobrase del quien anuncia su recibo” (Folios 35 y vto.). Por lo visto, la situación administrativa del hermano Malpica todavía no se había resuelto. Llega el 3 de mayo de 1829 y reunidos para una nueve elección, el señor vicario José Casildo Silva, el señor gobernador Cirtiago, el notario Figueroa y los hermanos asistentes. Fueron electos como mayordomo el hermano Juan Páez, quien estaba ausente


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y pertenecía también a la Cofradía del Espíritu Santo y Nuestra Señora del Socorro; como procurador Juan Blas Villalba y como aguacil Mateo Pérez. En ese momento: Un hermano mayor puso en manos de los dos señores presidentes un memorial a nombre del referido Juan Páez, mayordomo electo, en el que hacía presente los inconvenientes que le asistían para no poder ejercer las funciones del encargo para que lo habían nombrado; lo primero el de ser hermano mayor de la Cofradía del Espíritu Santo y Ntra. Sra. del Socorro, lo segundo y de mayor consideración tenía a su cargo interés de varios asuntos (sic) del comercio para sostener su familia; que por lo tanto suplicaba al responsable gobierno de dicha cofradía se le diere por inhibido del nombramiento de mayordomo de la mencionada cofradía, nombrando otro en su lugar que lo pudiese desempeñar (…) (Folio 36 vto.). En este estado el Señor Vicario de acuerdo con el Señor Gobernador dieron por eximido y apartado del mayordoma al referido Juan Páez por las causas que presenta le impiden para no poderla obtener por los que mandaron dichos señores al cuerpo de hermandad hicieren nueva junta secreta para que eligieran nuevo mayordomo… (Folio 37). Antes esta inesperada renuncia del citado mayordomo y en medio de una crisis de la hermandad, el 14 de mayo nuevamente se realiza cabildo para la elección. Después de la acostumbrada ceremonia, el señor gobernador: usando de la buena armonía, exponiéndole que debía haber en aquella Santa Sociedad la más viva paz, y que se desentendiese de todo sentimiento que en unos y otros pudiera haber por alguna u otra cosa lo es; y que solo se disidieren al aumento y fervor de su cofradía procurando el mayor acierto en sus votaciones para que recayese en persona económica y exacta que adelantase la cofradía y no decayese, porque si no lo verificaban como lo previene sus estatutos, podría con el tiempo desaparecer perdiendo este vínculo de caridad y veneración a Dios objeto de todo cristiano (Folio 37 vto.). Inmediatamente se procedió a la votación en secreto siendo reelecto como mayordomo el hermano mayor José de los Santos García, como procurador el hermano Juan Blas Villalba y como aguacil Mateo Pérez, y como diputados los hermanos Ambrosio Salinas, Julián García, Fermín Lamas, Alejandro Acevedo, Juan Villalba, Tiburcio Morales, Juan Francisco Santanas e Ignacio Morales. El 3 de mayo de 1830 se realiza nuevas elecciones con la participación del ya mencionado señor vicario Casildo Silva, el señor gobernador coronel Manuel Cala, el notario Figueroa y los demás hermanos asistentes. Cumpliendo la formalidad del acto, fueron elegidos como mayordomo el hermano mayor Fermín Lamas, y como síndico procurador Juan Antonio Silva. Asistieron los hermanos José de los Santos García, Alejandro Acevedo, Gabriel Malpica, Julián Castellano, Mateo Pérez, Tiburcio Morales, José Dolores Linares y Francisco Casares. El 1 de mayo de 1831, se asienta que hubo convocatoria para una nueva votación. Fue convocada por el mayordomo Lamas, y


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estuvo presente el señor vicario Antonio José Negrete, el gobernador político interino Miguel Martínez y el conocido notario Figueroa. Tras el acostumbrado ritual, es relecto el mencionado mayordomo Lamas con cuatro votos, y como síndico procurador con cuatro votos, el hermano Miguel Vergara. Al verificar los votos, “el hermano mayor Ambrosio Salinas se opuso expresando no podía ser relecto según el artículo 12 porque faltan el número de hermandad, según se evidencia en unos de los artículos de la Constitución” (Folio 38). Por esta razón y por unanimidad “se suspende esta acta hasta el Domingo venidero, en cuya virtud se suspendió…”. Cumplido el tiempo estipulado, el 8 de mayo se reúne el cuerpo de hermandad para las elecciones, “estando en la capilla desabierto a la sagrada imagen se hizo una breve oración…” (Folio 42 vto.). Realizada las votaciones fue relecto el ya citado hermano mayor Lamas con nueve votos, como síndico procurador los hermanos Miguel Vergara y José Dolores Linares, con los mismos números de votos. El 3 de octubre, el gobernador del arzobispado de Caracas, Dr. Pablo Antonio Romero, a través de su secretario, el Pbro. Juan Félix Manco, exhortaba a los cofrades a cumplir con los compromisos adquiridos en la hermandad (Véase anexos N° 4). El 6 de mayo 1832, se encontraban reunidos el Pbro. Bachiller José Casildo Silva, cura y vicario de la Iglesia Parroquial; el jefe político, Luis Cazorla; el ya mencionado notario Figueroa, y el cuerpo de hermandad: Gabriel Malpica, Antonio Salinas, Juan Villalba, José Dolores Linares, Tomás Alvares, Avelino Rojas Miguel Vergara, Alejandro Acevedo, Juan Vicente Tovar, entre otros. Salen electos como mayordomo, con 11 votos, el hermano Simón Alvarado; y como procurador el hermano Buenaventura Hurtado, con 6 votos. En el inventario de este año había amentado “Una casa de tapias, y rafas con su portón a la calle, dos ventanas de madera que salen a la calle, una reja de lo mismo, que sale del aposento al corredor, contante de seis piesas, a saver: sala, alcova, un cuarto, cocina, y dos corredoras con su patio principal, toda cerradas en paredes. La casa de la Cofradía adquirida en el año de la administración del Sr. Pedro Juan Montesinos: se le abrió portones nuevos, y se le fabricó moginete” (Folio 50 vto.). Transcurrido el año, el 5 de mayo de 1833, nuevamente se convoca elecciones, siendo jefe político Manuel de Agreda. Son elegidos como mayordomo el hermano mayor Juan Blas Villalba y como síndico procurador Miguel Vergara. En el inventario de ese año, se destaca entre los bienes de la cofradía lo siguiente: Cuatro casas, tres cercadas de tapias cubiertas de teja, y una de vajareque levantada en tapia de picón, también de tejas (Folio 47 vto.). Dos escrituras de propiedad esta Cofradía la una otorgada por Juan Tomás Ríos y la otra escritura otorgada a veneficio de la Señora Rita Romero, de la que hace gracia de la Ymagen de Dolores que está en el altar del Crucificado (Folio 55). Se agrega por aumento una pieza de media agua en lo interior de la que era del difunto Moronta, que su largo tiene treinta varas, su ancho cuatro, y su corredor dos varas contigua a las piezas de la galería, y armada a tres tapias de alto; y para efecto, se le aumento a dichas tapias media tapia con sus postas para elevar la


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altura de la media agua a nivel con la pieza de la galería que para formar la cocina se separa de lo largo de la dicha pieza más de la mitas de ella, y se formó la tapia de vajareque con su fogón alto formado con materiales, y aderezado con sus ladrillos; quedando la otra parte del referido cuarto en piernas. También se agrega por aumento, todo el techo del cuarto que está elegido en el convento de San Francisco para el veneficio de guardar los aderentes de la santa Cofradía (Folios 49 vto. y 50). El libro de actas en estudio, no aparecen asentadas las reelecciones del mayordomo Juan Blas Villalba desde el año 1834 hasta 1836. Tampoco indica las razones o motivos para dichas reelecciones. El 9 de abril de 1837, la hermandad convoca cabildo para las nuevas elecciones en donde participaron el cura, rector, decano y vicario Casildo Silva; el jefe político de este Cantón coronel Manuel Cala, el notario y demás miembros, entre ellos: Antonio Alonso, Juan Antonio Silva, Francisco Casares, Santos García, Juan Blas Villalba, Miguel Vergara, Buenaventura Hurtado, José Antonio Díaz, José Tomás Álvarez y Calixto Landaeta. Son reelectos como mayordomo Juan Blas Villalba y como síndico procurador Miguel Vergara. En este acto se acordó por el cuerpo de hermandad que para el servicio y desempeño de esta Cofradía no era suficiente un solo Procurador sino aun dos para atender a varias atenciones que eran indispensables, como por consiguiente, la falta del primero cuando estuviera enfermo o por fallecimiento (que es lo más posible) resolvieron elegir como eligieron por votación para segundo alguacil al hermano Miguel Acevedo (Folios 51 y vto.). [En cuanto a las constituciones] en cuyo estado el Sr. Vicario a tenido en sus manos las constituciones que rigen a esta Cofradía, observó que debía estar archivado un tanto de ella en el archivo de la Curia de esta Ciudad para mayor seguridad de ella como para conocimiento del tribunal a exemplo de la Cofradía de N. Sᵅ. del Socorro; por tanto mandó se le haga saber al expresado mayordomo haga sacar un testimonio de ella por ante el presente notario, se archive y se le devuelva el original el presitado mayordomo (Folio 53). Según el testimonio del notario dicho mandato fue cumplido en 1838. En ese año, el 19 de abril, siendo jefe político Bartolomé Valder, nuevamente es relecto el mencionado mayordomo Blas Villalba. También fueron elegidos como primer procurador Calixto Landaeta y como segundo Escolástico Machado, y como fiscales los hermanos Santos García y Juan Antonio Silva. Entre los hermanos que participaron se encontraban Ambrosio Salinas, Alejandro Acevedo, Francisco Casares, Miguel Vergara, Julián Becerra, Julián Montero, Tomas Alvares, Juan Francisco Santanas, Buenaventura Hurtado, Miguel Acevedo y Mateo Pérez. Entre los bienes que poseía la cofradía en aquel año encontramos: “Una imagen de bulto de Nuestra Señora de la Soledad que su tamaño será como de bara y media con dos bestidos uno útil y el de mudar inútil su diadema exaltadas las puntas de las estrellas en piedras ordinarias útil. Dos escrituras


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de la propiedad de la dicha cofradía otorgada por Tomas Ríos y la otra por la Señora Rita Romero, en la que cede una imagen de Dolores que está en el altar del Crucificado” (folio 62). Como aumento de sus bienes se había adquirido “una Ymagen de Santa María Magdalena, con su vestido, i adornos correspondientes” (Folio 63 vto.). Nuevamente se reúnen la hermandad el 14 de abril de 1839, siendo jefe político Carlos Calva. Participaron además del cura vicario y el notario, los hermanos Juan Antonio Silva, Alejandro Acevedo, Santos García, Juan Villalba, Calixto Landaeta, Eugenio González, Juan Francisco Santana, José Tomás Álvarez, Ramón Loaiza, Escolástico Machado, Miguel Vergara, Manuel Segura, Julián Montero y Julián Barrera. Fueron electos como mayordomo Ambrosio Salinas, primer procurador Miguel Acevedo y como segundo Ramón Loaiza. El 17 de abril realizan inventario donde encontramos la siguiente nota: “Siguen los aumentos al pie de este imbentario que ha manifestado el señor Mayordomo Salientes Juan Blas Villalba del tiempo de cinco años que tiene desempeñando este encargo, el que dio principio el cinco de mayo del año de mil ochocientos treinta y tres en el que fue electo Mayordomo por el cuerpo de hermandad…” (Folios 68 y vto.). Transcurrido este año sin novedad, el 10 de abril de 1840, estando como alcalde Pablo Caballero, se realizan nuevas elecciones. Estuvieron presentes los hermanos Ambrosio Salinas, Alejandro Acevedo, Santos García, Tomás Álvarez, Juan Blas Villalba, Julián Becerra, Buenaventura Hurtado, Escolástico Machado, José Antonio Díaz, Narciso Falcón, Manuel Segura y Ramón Loaiza. Fueron electos como mayordomo Miguel Acevedo, como primer procurador Juan Antonio Silva, y como segundo Eugenio González. Tenemos que acotar que todas las actas hasta el año 1839, el notario Figueroa había cometido el error de inscripción sobre la fecha del primer decreto emitido por el señor arzobispo Coll y Prat, en vez de colocar 1814, insistía con el año 1815. Con la referida acta del año 1840 comienza a corregir esta falla. En el acta con fecha 2 de mayo de 1841, se asienta la nueva directiva. Participaron el vicario, el jefe político Eligio Cazorla, el notario y los hermanos Alejandro Acevedo, Ambrosio Salinas, Francisco Casares, José de los Santos García, Tomás Álvarez, Julián Barrera, Juan Blas Villalba, Mateo Pérez, Juan Antonio Silva, Buenaventura Hurtado, Escolástico Machado, Ramón Loaiza, Miguel Acevedo y Manuel Segura. Son elegidos como mayordomo Calixto Landaeta, como primer procurador Ramón Arvelo, y como segundo Miguel Vergara. En el inventario de este año de destaca “unas escrituras que se componen de siete casas y solares como una de N. S. de Dolores” (folio 77). El mencionado mayordomo Landaeta antepuso ante el Tribunal Eclesiástico, el acta del 27 de septiembre de aquel año: El no poder continuar en dicho ejercicio por infinitas razones que le impedían, a cuya instancia, el Tribunal Eclesiástico se lo concedió: mandando, por su auto de veinticinco del corriente, le hiciere saber por el presente Notario, al Síndico Procurador de la Cofradía, para que citarse a junta el Domingo próximo veintiséis; y no pudiéndose verificar por no haberse podido juntar los hermanos, se hizo nueva invitación lunes del mismo mes del siguiente día. En cuya virtud, el Sr. Vicario, estando en su silla, conmigo el Notario procuró por la reunión de


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hermanos, para proceder a la elección; y constataron no había el numero completo de hermanos; a lo que contestó el Sr. Vicario que aquel acción no era acto de engreimiento, sino de respeto y de grande consideración: que era indispensable el elegir un interinario, que le sirviese, haciéndose cargo de los bienes de aquella cofradía, como del cumplimiento y responsabilidad, de ella según expresan las constituciones… (Folios 79 y vto.). Las elecciones fueron postergadas para el 3 de octubre. Llegado el día “se reunieron en la sacristía de la Iglesia Parroquial, el Sr. Vicario, conmigo el Notario, los hermanos mayores, con el fin de nombrar mayordomo por renuncia del propietario; y acordó la mayoría que desempeñe las funciones, el hermano Santos García, por el tiempo que falta del presente año…” (Folio 80). Habiendo superado la crisis de aquel año, el 1 de mayo de 1842 se convoca nuevas elecciones. Con la presencia del señor vicario Casildo Silva, el jefe político Carlos Calvo, el notario Figueroa y los hermanos Ambrosio Salinas, José de los Santos García, Juan Antonio Silva, Escolástico Machado, Eugenio González, José Dolores Linares, Miguel Vergara, Miguel Acevedo y Mateo Pérez. En estas elecciones volvieron a votar por el conocido mayordomo Juan Blas Villalba, y como síndico procurador Tomás Alvares, y como Aguacil Narciso Falcón. Cumplido el lapso correspondiente, 30 de abril de 1843, se convoca nuevamente elecciones, siendo jefe político Juan José Maya, con la presencia del vicario, el notario y los hermanos Alejandro Acevedo, Ambrosio Salinas, Santos García, Dolores Linares, Mateo Pérez, Miguel Vergara, Calixto Landaeta, Buenaventura Hurtado, Escolástico Machado, Eugenio González, José Ramón Arvelo, Ramón Loaiza, Pablo Peraza, Felipe Rojas y José Antonio Callejones. Por mayoría de votos fue reelecto el mayordomo Villalba, y como Procurador fue elegido Tomás Alvares. El 4 de junio de 1843, los hermanos José Ramón Arvelo y Calixto Sandoval fueron comisionados por la cofradía para dirigirse al arzobispado de Caracas, con la siguiente petición: Lo que suscribimos por el cuerpo de hermandad de la Cofradía del santísimo Cristo de la Salud que se venera en esta Santa Iglesia Parroquial de la Anunciación de Nuestra Señora a V.S.Y. respetuosamente decimos: que conviniendo al progreso la reforma de la constitución vigente para la que está autorizada el cuerpo según el artículo 26 de ella, recurrimos al Sr. Vicario Foráneo de esta Santa Iglesia el día doce de Diciembre último, pues esta disposición la acordó el Sr. Jefe Político en la elección que se hizo el año de cuarentaiuno donde se encontraron algunas dudas, i en reunión plena se hizo la proposición, i aunque apoyada se suspendió el acta por haber manifestado el mismo Señor Vicario que en virtud de hallarse V.S. desempeñando el ministerio de Prelado Eclesiástico en la república sería conveniente i aun así lo encarecía a aquella de tomarse su permiso para llevar al cabo la expresada reformas, en esta virtud…


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La respuesta fue positiva de una reforma de la constitución por parte de arzobispo de Caracas, Mons. Ignacio Fernández Peña (1841-1849), y certificada por su secretario José Manuel Alegría, el cual se llevó a cabo el día 16 del mismo mes y año: “cuya reforma se pretende la ventaja que de ello resulte a favor del culto…”. El 5 de mayo de 1844, la cofradía convoca nuevas elecciones con la participación del cura y vicario de la Iglesia parroquial, Pbro. Casildo Silva; el jefe político interino, Francisco Goicochea; el notario suplente José González; y los hermanos mayores Alejandro Acevedo, Miguel Vergara, Tomás Álvarez, José Dolores Linares, Felipe Rojas, José Antonio Díaz, Andrés Matute, Escolástico Machado, Francisco Casares, Simón Alvarado, Félix Figueredo, Calixto Landaeta, Blas Villalba, Pablo Peraza y José Antonio Callejones. Fueron electos como mayordomo a Pablo Peraza, como síndico procurador a José Antonio Díaz, como aguacil a Félix Figueredo, y como fiscales a Calixto Landaeta y a José Dolores Linares. El día siguiente, se llevó acabo el inventario de entrega a la nueva autoridad. En dicho inventario muy bien detallado, se destaca “tres imágenes de Cristo Crucificado la primera que sirve para las administraciones de los hermanos, la segunda que sale los martes de Cuaresma y la tercera que consta en la capilla que se saca el Jueves Santo… Dos imágenes de Ntra. Sra. de los Dolores, la primera que salen en los rosarios los martes de Cuaresma y la segunda que sale en las procesiones de la Semana Santa” (Folio 84 vto.). Vale la pena copiar las ubicaciones de las ocho casas que poseía en propiedad la hermandad, y conocer así el diseño de algunos nombres de las calles de la ciudad de aquel tiempo: Estando la primera situada en esta ciudad en la calle, nominada de Caracas [Hoy 24 de Junio] marcada con el número 16, sin tener su escritura demarcados sus colindates, se pasa a la segunda, la que constan también en la calle de Caracas que fue del hermano Simón Alvarado y consta de tres varas de frente su lindero por el Naciente con casa de la misma cofradía por el poniente con la de Juana Paiba por el Norte calle de Caracas y por el Sur con solar del Padre Ríos, pasamos a la tercera. Venta de casa que se compró al Sr. Pedro G. Cabrices en la calle de Cúcuta [Hoy Vargas]en esta ciudad lindando por el Naciente con otra de Josefa González por el Poniente con casa de Socorro Aular por el Norte con otra de Antonio Espinosa y por el Sur con casa de Pedro Arigoller. Casa que fue del hermano Moronta. Esta casa no tiene escritura por no haberla entregado el Mayordomo saliente porque se ha perdido. Casa que fabricó el hermano Salinas calle de Marte [Hoy Urdaneta] no tiene escritura la compra del solar, pues el hermano Salinas nunca la ha presentado. Casa que fabricó el Mayordomo que fue Fermín Lamas, no tiene escritura. Casa que se ha comprado al hermano Ambrosio Salinas en pago que este hizo a la Cofradía en el año 42 por haber quedado debiendo ochocientos pesos a la ventas y le devolvió la cofradía quinientos en que quedó contratado su integro valor y satisfecho estos no ha podido conseguirse la escritura. Cónstanos que está entregada al Mayordomo Pablo Peraza la escritura del solar que vendió la Sra. Petronila Landaeta de Sandoval al Sr. Juan Blas Villalba como Mayordomo que fue en el año de mil


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ochocientos treinta siete; dicho solar consta en la calle de Marte haciendo ángulo con la de la Independencia y linda por el Norte y Sur con las calles ya nombradas por el Poniente con casa de las Sras. Hidalgos y por el Norte con casa del Sr. José Mᵅ Pirela, este se halla en el día simentado y cercado de tapias así lo entregó el Mayordomo saliente Villalba. Escritura de donación de una imagen de Ntra. Sra. de los Dolores la que hemos recibido en inventario y la entregamos al Mayordomo Pablo Peraza sellada con el sello de la Republica cuya imagen la donó la finada Rita Romero. La escritura del solar que se le compró al Sr. Gregorio Simanca no la ha presentado el Mayordomo saliente por haberse perdido o traspapelado. Escritura de donación que hizo el Sr. Juan Blas Villalba en mancomún con su esposa Sra. Lorenza Morales a la imagen de Sta. Mᵅ Magdalena de una casa situada en esta ciudad en el Monte de la sequia de tapia y rafa y cubierta de teja y haciendo ángulos con las calles de Cúcuta y Beneficencia con cincuenta varas de frente y fondo y lindando por el Sur con la Sra. Rita Sánchez por el Norte con la calle situada por el Poniente con la otra de Beneficencia por el Naciente con casa del Reverendo Padre Frai Francisco Arocha. Lo que declaramos nosotros los hermanos fiscales haber recibido del hermano Mayordomo saliente Juan Blas Villalba y entregada al entrante Pablo Peraza (Folios 86 vto. y 87). Transcurrido el mandato del mayordomo Peraza, se convoca nuevas elecciones el 4 de mayo de 1845. Con la presencia de la autoridad eclesiástica, el señor alcalde Fernando Páez Lovera y los hermanos Alejandro Acevedo, Ambrosio salinas, Francisco Casares, José Dolores Linares, Mateo Pérez, Juan Blas Villalba, Calixto Landaeta, Juan Buenaventura Hurtado, Félix Figueredo, Andrés Matute, Rudecindo Villarueda, Juan José Lamas, Francisco Parra y Manuel Manrique, se hizo la votación saliendo reelecto el mencionado mayordomo Peraza, y como procurador Escolástico Machado, y como primer fiscal José de los Santos García y segundo fiscal José Antonio callejones. El año siguiente, el 3 de mayo, es elegido por mayoría de votos, el hermano José de los Santos García como mayordomo; y como procurador José Dolores Linares, y como aguacil Francisco Parra, y los fiscales Simón Alvarado y Román Loaiza. En estas elecciones participaron además del vicario, el notario y el jefe político Carlos Salom, los hermanos Ambrosio Salinas, José Buenaventura Hurtado, Juan Villalba, Escolástico Machado, Felipe Ovalle, Juan José Lamas, Manuel Manrique, Calixto Landaeta, Andrés Matute, Rudecindo Villarueda, Miguel Vergara y José Antonio Callejones. En la entrega de inventario estuvo como testigo el señor cura segundo (o interino) de la Iglesia parroquial, el Pbro. Manuel Clemente Arbide, por el impedimento del primer cura de propiedad, el Pbro. Casildo Silva. En dicho inventario existe una nota, y dice lo siguiente: “que en este tiempo, el Sr. Vicario, mandó, que hago que se le hiciese saber el auto de la acta anterior; igualmente se haga capas de lo decretado de las actas anteriores que presenten las cuentas… Y que para que quede archivado un testimonio de las constituciones que rige… en el Archivo Eclesiástico de la curia para su gobierno, a ejemplo de las demás cofradías…” (Folios 92 vto. y 93).


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En carta con fecha 3 de junio de 1846, el cofrade Calixto Landaeta presentaba a la hermandad cuatro recomendaciones para la admisión de un hermano mayor: 1° Todo el que pretenda pertenecer como hermano mayor a dha cofradía, será propuesto por uno de los mismos de ella. 2° Propuesto, que sea, el cuerpo de cofradía procederá a calificarlo el individuo: si sabe leer y escribir, si treinta años por lo menos, si está avecindado dentro del canton capital, si tiene una industria útil y si no posee alguno de esos vicios que hacen al hombre indignó de la sociedad. 3°En los actos electorales de dho cuerpo, cada uno de sus miembros dará su voto firmado y cerrado, por mayor seguridad y en obsequio del buen orden. 4° Para el acto de admitir a una persona propuesta se necesita por lo menos de una tercera parte y uno de los miembros de dho cofrade, quedando recibido el propuesto se obtiene la mayoría de los votos… Estas propuestas no aparecen explícitamente en las constituciones estudiadas anteriormente, pero estos requisitos denotan el pensamiento cerrado de un grupo social frente a otros actores de la sociedad. Estos privilegios de saber leer y escribir y ser dueño de un capital eran para unos pocos, y más aún en estos años de crisis económica que vivía el país. Estos privilegios en el ambiente político fueron combatidos tenazmente, como lo sucedido el 15 de septiembre de 1846, en la parroquia de Guigue, del Cantón de Valencia, cuando 15 hombres armados, comandado por el caudillo Francisco José Rangel, apodado “El indio”, se alzaron con la propaganda liberal en contra de los godos o conservadores de la región valenciana y carabobeña (Cf. Marcano L., 1990: 374-384) El 2 de marzo de 1847, “estando reunidos la corporación de hermanos Mayores en la Yglesia parroquial”, el mencionado Pbro. Arbide, el jefe político José Anselmo Camejo, el notario Figueroa y los hermanos Francisco Parra, Simón Alvarado, José Antonio Díaz, Felipe Rojas, Miguel Vergara, Juan José Lamas, José Jesús Guillen y Manuel Manrique, celebraron nuevas elecciones. Fue reelecto por mayoría de votos el hermano mayor Santos García, como Procurador Ramón Loaiza, como aguaciles Calixto Landaeta y Juan José Lamas, y como fiscales Pablo Peraza y Juan Antonio Callejón. El año siguiente, 14 de mayo, sin ningún contratiempo, se vuelven a reunir los hermanos mayores para las nuevas elecciones, con la participación del Pbro. Casildo Silva, con “el Sr. Alcalde de la primera parroquia” José Abdón Pérez, el ya mencionado notario, y los cofrades José de los Santos García, Simón Alvarado, Juan Blas Villalba, Calixto Landaeta, José Antonio Díaz, Pablo Peraza, José Antonio Callejones, Juan José Lamas, Francisco Parra, Pedro García, José de Jesús Guillen, Escolástico Machado, Andrés Matute y Félix Figueredo. Resultó electo como mayordomo Gumersindo Villarruel, como síndico procurador José Dolores Linares y como aguacil Felipe Rojas. El mayordomo Villarruel fue reelecto el 6 de mayo de 1849, siendo jefe político Miguel Osío. En este segundo período estuvo acompañado por el mismo síndico procurador Linares y como aguacil a Manuel Manrique. Se nombraron como fiscales a los hermanos Santos García y Machado. En estas nuevas elecciones


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estuvieron presente además de los mencionados arriba, Juan Buenaventura Linares y Félix Castro. El 9 de mayo de 1850, se celebraron elecciones con la participación del jefe político León Malpica, y los cofrades José de los Santos García, Simón Alvarado, Plácido Gallardo, Juan Buenaventura Linares, Antolín Linares, Raimundo Rojas, Pedro Rojas, Gumersindo Villarroel, José Félix Castro, Buenaventura Hernández, Juan Aponte, Calixto Landaeta, José Antonio Díaz, Pablo Peraza, José Antonio Callejones, Juan José Lamas, Francisco Parra, Pedro García, José de Jesús Guillen, Escolástico Machado, Manuel Manrique, Ramón Loaiza, Francisco Páez y Félix Figueredo. Los resultaron arrojaron 12 votos para el mayordomo José Antonio Díaz, 13 votos para el síndico procurador Francisco Parra y 14 votos para el aguacil Pablo Peraza. Un años después, el 2 de junio, el Pbro. Arbide, el jefe político Alejandro Landaeta, el notario Figueroa y demás miembros de la cofradía, y cumpliendo con el rito acostumbrado antes de las votaciones: … el Sr. Vicario antes de proceder, les intimó que mirasen con el mejor acuerdo, el mayordomo, que habían de elegir; pues para ello se hacía preciso, fuese persona de notoria virtud y de responsabilidad, y sin embargo la fianza correspondiente para la a seguridad de los caudales y demás intereses de la cofradía, según lo encarga el Sinodal de esta Arzobispado. A cuya insinuación el Sr. Juez Político acató y dijo: que para el aseguramiento de todo interés de administración debía asegurarse, vajo de escritura de fianza. En este acto tomó la palabra uno de los hermanos mayores que ofrecían por fiador al actual mayordomo José Antonio Dias, quien expresó estaba pronto a la fianza que se indica, a cuya razón el Sr. Vicario conforme con la precisa condición, que antes de entregarle al nuevo Mayordomo, había de verificar la escritura competente, como era de justicia. En cuyo precepto, uno de los hermanos se opuso, en medio de los debates; y el referido Señor Vicario mando a suspender la elección hasta la determinación de S.S. el Sr. Provisor y Vicario General de este Arzobispado… ” (Folio 109 vto.). Ante esta nueva inconveniencia, el 27 de junio, se convoca nuevas elecciones en la Iglesia de San Francisco, con la presencia del vicario capitular y gobernador del arzobispado, el Pbro. Dr. Juan Antonio Hernández Monagas; el secretario de cámara, Pbro. José Antonio Uzcátegui; el mencionado jefe político del cantón Landaeta, y los cofrades José Antonio Díaz, José de Jesús Guillen, José Antonio Callejones, Santos García, Juan Aponte, Antolín Linares, Calixto Landaeta, Ambrosio Salinas, Ramón Loaiza, Buenaventura Linares, Pedro Rojas, Felipe Figueredo, José Félix Castro, Raimundo Rojas, Plácido Gallango, Buenaventura Hernández, Gregorio López, José Dolores Linares, Domingo Lovera y José Vicente González. Resultó electo con 13 votos como mayordomo José Dolores Linares. Habiendo sido aprobada las elecciones, “el hermano Santos García manifestó que está pronto a pagar la fianza de quinientos pesos, como está mandado para responder por el hermano José Dolores Linares, como


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mayordomo elegido…” (Folio 111). En la elección del síndico procurador salió electo con 12 votos José Félix Castro, como Aguacil Raimundo Rojas, y como fiscales Santos García y José Antonio Callejones. El electo aguacil “inmediatamente expuso el nombrado, que era Comisario de Policía y que esta ocupación le impedía cumplir con los deberes de Aguacil para que había sido elegido, por lo que suplicaba se le admitiese la renuncia de este destino…” (Folio 112). Aceptada la renuncia, nuevamente hicieron elecciones donde resultó como aguacil Pedro Rojas. El mayordomo saliente al presentar inventario de aquel año, señalaba como aumento lo siguiente: Una imagen de Jesús en el Sto. Sepulcro con una urna maltratada y un vidrio roto… Una imagen de San Miguel… Una escritura de la casa que fue del hermano Tomás Rivas, Una escritura de la cada que fue del hermano Ambrosio Salinas, Una escritura de la casa que fue del hermano Simón Alvarado, Una escritura de la casa que fue del hermano Pedro Ignacio Cabrices, Una escritura de un solar que fue de la Sra. Petronila Landaeta, Una escritura de donación de Ntra. Señora de los Dolores hecha por la Sra. Rita Romero, Un contrato de esta cofradía con la Ntra. Señora del Socorro sobre la Ymagen de San Juan Evangelista… Un inventario de la Cofradía antigua de la Vera Cruz y Santo Sepulcro firmada por el Sr. Vicario Foráneo Pbro. José Casildo Silva y el Mayordomo Santos García, Otro inventario de lo que entregó el expresado mayordomo de la Santa Veracruz, Un legajo que contiene la cuenta de lo de lo gastado en la procesión de la Vera Cruz y Santo Sepulcro de 1843… Un informe de la comisión de la cofradía sobre el censo de la Vera Cruz con el Sr. Ramón Melo… (Folios 113 vto. y 117 y vto., 118). La hermandad sigue presentando algunos inconvenientes en su gobernabilidad, ahora por la inesperada renuncia el mayordomo Linares22, y “fue admitida por Su Señoría el Señor Provisor y Vicario General de este Arzobispado Dr. Juan Antonio Hernández Monagas por su decreto de veinte y uno de octubre último…” (Folio 118 vto.). Este decreto y otros tres más fueron leídos ante de proceder a nuevas elecciones (Véase Anexos N° 4). Y reunidos 26 hermanos mayores, el 6 de noviembre, en la Iglesia parroquial, para elegir un mayordomo interino: y habiéndose procedido a la elección nominalmente resultaron distribuidos los veinte y seis votos presentes, doce en el hermano José Félix Castro, doce en el hermano Juan Blas Villalba y uno en Gumersindo Villarruel y otro en el hermano 22

Encontramos una carta del mayordomo José Dolores Linares dirigido al señor Vicario Juez Eclesiástico de esta ciudad, donde expresa su última petición, con estos términos: “José Dolores Linares de este vecindario à Ud. con la consideración devida expongo que fui mayordomo el año de cincuenta uno de la cofradía del Santísimo Cristo de la Salud, que se venera en esta ciudad, elegido por la corporación de la expresada y habiéndome pedido fiador según el Decreto del Sr. Provisor resultó hacerlo el Sr. Santos García, y este pasó al registro del Sr. Ebaristo Buros y ipoteco su casa en quinientos pesos como lo expresa el Decreto, expongo à Ud. he rendido mi cuenta y los hermanos de dicha corporación la han espencionado y sus reparos que tuvo los han arreglado, por tanto quiero que el fiador saque la ipoteca y con este objeto ocurra respetuosamente a Ud. Suplicando concederme la providencia competente y que sea de justicia”.


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Calixto Landaeta, empatada la elección se concretó a los dos que obtuvieron la mayoría José Félix Castro y Juan Blas Villalba, y resultando de esta operación un nuevo empate se procedió a la suerte que favoreció al hermano Juan Blas Villalba a quien se declaró mayordomo interino por los meses que faltan para la elección ordinaria (Folios 118 vto. y 119). En ese mismo año, los curas rectores de la Iglesia Matriz de Valencia se dirigen al provisor gobernador del arzobispado en la sede vacante, Pbro. Dr. Juan José Osío, solicitando aclaratoria del modo práctico en que deben hacerse los entierros de las Cofradías del Santísimo Cristo de la Salud y de Nuestra Señora del Socorro, sobre los derechos parroquiales de los hermanos de las cofradías que mueren en la nueva parroquia de Nuestra Señora de Candelaria, creada en 1847. El vicario general certifica que los cofrades de dicha parroquia deberán enterrarse en ella y satisfacer al respectivo cura los derechos parroquiales que le corresponden con arreglo de las Constituciones Sinodales, a menos que pidan ser enterrados en la Iglesia Matriz. El 12 de abril de 1851 se trasladaba la sede de la Parroquial, desde la Iglesia de San Francisco, a su propia sede en la Iglesia Matriz (Cf. Libro de Gobierno de la Iglesia parroquial de Valencia Nº 4, Años 1826-1890, folio 28). En visita pastoral efectuada el 27 de septiembre de 1857, el señor arzobispo Dr. Silvestre Guevara y Lira 23, observó la fábrica material del templo: …que es nuevo, de mamposteria y de elegante forma: tiene tres naves, y cinco altares..., el mayor dedicado á la Anunciacion: por el lado del Evangelio el del Smo Cristo, y el de Nuestra Señora del Socorro, cuya imagen es muy perfecta... por el de la Epistola el del Rosario, y el de la Humildad y Paciencia. No hay altar de Animas, y en lugar de pulpito se ha colocado provisionalmente una pequeña catedra”. (Libro de Gobierno Nº 4, folio 32). Superada aquellas situaciones y transcurrido el año, el 2 de mayo de 1852, se realizaron las acostumbradas elecciones, con la presencia de la autoridad eclesiástica, el juez político Santiago Sandoval y los hermanos Ambrosio Salinas, José de los Santos García, José Antonio Callejones, Plácido Gallardo, Buenaventura Linares, José Félix Castro, José de Jesús Guillen, Buenaventura Hernández, Juan Aponte, Feliz Figueredo, Manuel Manrique y Ramón Loaiza. Resultaron electos con 13 votos como mayordomo, el experimentado hermano Juan Blas Villalba; como síndico procurador con 11 votos el hermano José Lamas, y como aguacil con 10 votos el hermano Francisco Páez, y como fiscales los hermanos Raimundo Rojas y Antolín Linares. En el inventario presentado por el mayordomo saliente, encontramos un documento de venta de la Sra. Eustaquia Alvares con fecha 19 de mayo del mismo año: Una casa de tapia y bajareque cubierta de tapias con su solar anexa fue en el sitio del Socorro de esta ciudad poseo teniendo por el frente de fábrica y solar veinte y cinco varas y uno y otro cincuenta de fondo. Dicho solar y casa linda por 23

Falleció el 20 de febrero de 1882, en la ciudad de Caracas, a los setenta años de edad.


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el naciente con el de las señoras hermanas Espinoza, por el poniente con el de los Sres. N. Yere (sic), Marta Maldonado y el comprador, por el Sur con el de la Sra. Ysabel Corona, y por el Norte, que su frente, calle en medio de Cúcuta; y me pertenece por haber sido comprado, el todo del solar, a los herederos de Juan Antonio Páez, y edificado en él la casa en vida de mi esposo Lino García con dinero que me pertenecía... (…). Un año después, el 1 de mayo, se convoca nuevas elecciones con la asistencia de los hermanos Juan Blas Villalba, Santos García, Gerónimo Quiñones, José de Jesús Guillen, Gerónimo Solórzano, Cecilio Martínez, José Callejones, Pablo Peraza, Plácido Gallango, Francisco Páez, Raimundo Rojas, Andrés Matute, Juan José Lamas, Martín Fuentes y Francisco Parra. Por ausencia del mencionado vicario Casildo Silva, estuvo presente el R. P. Fray Simeón de Villafranca24, y el juez político Ramón Durandequí (sic). Salieron electos como mayordomo Francisco Páez25, como procurador Juan José Lamas, como aguacil Raimundo Rojas y como fiscales Plácido Gallango y Francisco Parra. El 12 de junio de 1853, el mencionado mayordomo Páez convoca el cuerpo de cofrades con el objeto de proponer “que mediante a que el hermano Gumersindo Villarruel no ha querido satisfacer la cantidad de ciento quince pesos seis y medio reales en que resultó alcanzado en sus cuentas del último año de su administración, pide que el cuerpo lo autorice para cobrarle en juicio civil, sin limitación alguna, con el fin de poder hacer los gastos de cobranza…” (Folio 128). Fue sometido en consideración y siendo aprobado por votación: Enseguida el hermano Raimundo Rojas con apoyo, propuso que en la ley de treinta de Mayo de 1850 que deroga la de 8 de Junio de 46, estableciendo los derechos de los jueces de parroquia de la Curia o Tribunales eclesiástico, de los fiscales de la misma, de los vicarios foráneos o de Partido de los Notarios Eclesiásticos; y entre los demás que siguen los derechos de los depositarios fija a estos por el depósito de dinero y alhajas (…) Los mayordomos de esta cofradía no son particularmente otra cosa que unos depositarios responsables de los intereses del cuerpo y como tales deben gozar de los derechos que la citada ley les concede; además ellos desde el momento que entran a funcionar tienen por posición que desatender una parte de sus tareas ordinarias, sufriendo 24

Sacerdote de la Orden de Frailes Menores Franciscanos Capuchinos, nacido en Villafranca, de Guipúzcoa, España, el 2 de abril de 1810. Su nombre de pila era José Francisco de Paula Latiegui y Berástegui. Tomó hábito religioso en dicha congregación el 18 de febrero de 1831, y Ordenado Sacerdote en 1834. Llegó como misionero en el Estado Miranda en 1842, y el 7 de marzo de 1854 es nombrado capellán de la Iglesia de San Francisco. Después de una larga enfermedad, fallece en la ciudad de Caracas, el 23 de marzo de 1867. (Cf. Herrera Vial, F., 1992: 153-154) 25 Muchos años después, el 20 de abril de 1867, escribe una carta al vicario foráneo de Carabobo exigiendo su incorporación a la cofradía, por ser excluido injustamente: “Yo Francisco Páez, mayor de edad, y vecino de esta Ciudad ante Usted respetuosamente me presento, que fui miembro de la Cofradía del Santísimo Cristo, de la cual fui excluido ilegalmente no existen los motivos que lo hubieran ocasionado. También fueron excluidos los hermanos Antolín Linares Y Placido Gañango (…) y por lo tanto reclamo en debida forma ante U. que es el juez, reclamando mi derecho como hermano que lo fui y soy, es justicia que pido…”.


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consiguientemente sus intereses materiales y adquiriendo una responsabilidad física y moral; y ello no han tenido otra recompensa que la censura, siendo justo y razonable que al que sirve se le recompense… (Folio 128 y vto.). Tras la argumentación del hermano Rojas, los asistentes acordaron por votación “que desde el primero de Mayo de mil ochocientos cincuenta y dos en adelante se les concede a los mayordomos el que del derecho de depósitos fijado por la ley citada, contraído al seis por ciento solamente sobre el producto de su recaudación en recompensa de su trabajo o en compensación de prejuicios…” (Folio 128 y vto.). El 7 de mayo de 1854 se celebra cabildo para las elecciones de los nuevos funcionarios de la cofradía, “y habiéndose hecho seña al toque de campana como es uso y costumbre, y reunido el cuerpo de cofradía”, asistieron el Pbro. Casildo Silva, el juez político José Dolores Landaeta, el notario y los hermanos Francisco Páez, Juan Blas Villalba, Santos García, Gerónimo Quiñones, José de Jesús Guillen, Gerónimo Solórzano, Cecilio Martínez, José Antonio Callejones, Pablo Peraza, Plácido Gallango, Raimundo Rojas, Andrés Matute, Juan José Lamas, Martín Fuentes y Francisco Parra. Resultaron en las elecciones el reelecto mayordomo Francisco Páez, como síndico procurador Raimundo Rojas, como aguacil Francisco Parra y como fiscales Martín Fuentes y Rafael Hidalgo. Un año después, el 6 de mayo, se vuelve a celebrar cabildo con la presencia del jefe político Juan Liendo. Se eligieron como mayordomo a Juan José Lamas, el reelecto síndico procurador Rojas, como aguacil Ignacio Mendiri (sic), y como fiscales José de Jesús Guillen y José Antonio Díaz. “En el mismo acto se le previno al mayordomo electo, preste la fianza de 500 pesos, mandada dar posteriormente por S.Sᵅ Yllma. El actual Sr. Arzobispo, que deberá otorgar dentro de los primeros ocho días de su administración” (Folio 130 vto.). El año siguiente, el 3 de mayo, con la presencia de jefe político León Malpica, se eligieron como mayordomo interino a Laureano Moyetones, como procurador Plácido Gallango y como aguacil Francisco Parra. Este modo de proceder le valió a la cofradía un decreto de anulación de la reelección26, emanado del arzobispado de Caracas, el 19 de mayo, y además prohibía reunirse en la sacristía: hemos visto informados con profundo dolor y amargura de nuestro corazón, por el mismo Cura que precedió la elección de Mayordomo, del hecho escandaloso y abominable que cometió uno de los miembros de la cofradía, por el cual se profanó y fue violada la Iglesia Matriz sin ningún temor de Dios ni respeto a su santa Templo, prohibimos absolutamente para lo sucesivo que las cofradías de Valencia se reúna para hacer elecciones en dicha Iglesia, ni en su sacristía, ni en ningún otro lugar sagrado (Véase anexos N° 5).

No era la primera vez que la hermandad eligiera a un “mayordomo interino”, figura que no estaba contemplada en las constituciones, tal como sucedió en las elecciones de los años 1825 y 1850. La medida tomada en el decreto fueron provocadas por las diferencias y enfrentamientos “violentos” entre los hermanos y por la decisión unilateral del sacerdote. 26


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Ese mismo año, el 1 de junio, “en la casa del venerable cura Manuel Clemente Arbide, con la presencia de la autoridad civil, y el venerable Vicario Br. José Casildo Silva, y el Notario, se procedió a la elección…” (Folio 131 vto.). Resultando electo con mayoría de los votos, como mayordomo Raimundo Rojas, quien se encontraba en la ciudad de Caracas; como procurador Gallango y así mismo como aguacil Parra. Esta sería la última acta del libro en estudio, el 1 de junio de 1856. Desconocemos un segundo libro de actas de las elecciones posteriores. Llama la atención dos personajes importantes quienes permanecieron por muchos años al servicio de la cofradía, como el Pbro. José Casildo Silva quien dejó huella imborrable en la Iglesia parroquial de Valencia. En 1872, el jefe municipal del departamento de Valencia, solicitaba al provisor y vicario general la autorización que dicho sacerdote celebrarse la misa dominical en su casa “por encontrarse de gravedad enfermo e impedido de ir al templo”. Falleció 48 años después de haber recibido este beneficio 27. Pasó a la eternidad el 13 de marzo de 1872. El acta de sepultura indica: En catorce de Marzo de mil ochocientos setenta i dos, yó el Cura Ynterino de esta Yglesia Parroquial Matriz de Valencia, dí sepultura Eclesiástica con oficio cantado por mayor al cadáver del adulto Presbítero Bachiller José Cacildo Silva, cura y Vicario de esta ciudad; ... de que certifico. Pedro L. Lovera (Libro de Entierros de Catedral Nº 25-C, folio 73). In Memoriam de este ilustre prelado, transcribo el epígrafe contentivo en una lápida: “pro José Casildo Silva cura y vicario de Valencia falleció el 13 de marzo de 1872 á los noventa y un años de edad y á los sesenta y seis de santa consagración al servicio de la iglesia de Venezuela”. El otro fue el notario Juan Esteban de Figueroa, quien nació en Valencia el 2 de septiembre de 1773, siendo sus padres Pablo José de Figueroa Ayala y Rojas, y Francisca Astancia Pérez Labrador y Chávez de la Rionda. Fue preceptor público de Primeras Letras, cuya labor lo ejerció desde los 16 años hasta la edad de más 50 años, y 27

El año 1824 ubicamos el testimonio del Título de Cura de la Parroquia de Valencia del Pbro. José Casildo Silva, su antecesor era el Pbro. Juan Ignacio Diez Velasco. Hicieron oposición del curato los Pbros. Félix Yepez y Juan Pablo Salazar. “Nos el Dr José Suares Aguado Presbitero graduado en ambos dros y Sagrada Teología, dean de esta Sta Yglesia Metropolitana Vic Capr de este Arzobispado sede vacante = A vos el amado en cristo José Cacildo Silva clerigo Pro. domiciliario de esta diocesis... Por cuanto hallandose vacante uno de los dos beneficios curados de la Yglesia parroquial de la Ciudad de valencia, pr fallecimiento del Presbitero Bachiller Juan Ygnacio dies Velasco, expedidos edictos convocatorios, á concurso y opocicion, ... a virtud del decreto expedido por el Supremo poder executibo de dies de septiembre del año proximo pasado, hicisteis entre otros opocicion á el, y examinado Sinodalmt obtuvisteis aprovacion ... os elegimos y nombramos para su servicio en propiedad, en auto de dies y seis de Agosto último... ; y por la impocicion de este bonete hecha por nos á vuestra cabesa, os conferimos, colamos, y adjudicamos uno de los dos expresados beneficios Curados de la Yglesia... invistiendoos e incorporandoos canonicamte en el ... Dadas en el Palacio Arzobispal de Caracas... a dies de Septiembre de mil ochociento veinticuatro. Doctor José Suares Aguado. Por mandado de su Señoría doctor José Francisco diepa... Valencia á veintinuebe de Septiembre de mil ochocientos veinticuatro: yo el Presbitero doctor Francisco Javier de Narvarte... le di pocecion de uno de los beneficios curados de esta misma Yglesia Parroquial...” (Libro de Gobierno de la Iglesia parroquial de Valencia, Nº 3, folios 9 vto. y 10).


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fue fabricante de libros. El 31 de octubre de 1807, es nombrado como notario del tribunal de la santa cruzada en dicha ciudad y su jurisdicción, por el tesorero dignidad de la santa Iglesia metropolitana, juez provisor y vicario general capitular, comisario juez subdelegado apostólico y real del tribunal de la santa cruzada y sus gracias, subcolector juez exacto de medias annatas y mesadas eclesiásticas, Dr. Santiago de Zuloaga. Pertenecía a una familia con tradición del oficio de notario: su padre ejerció ese oficio, nacido en la misma ciudad el 24 de enero de 1736; y su abuelo Juan Francisco Ignacio de Figueroa Sarmiento, nacido entre los años 1695 a 169628. En la última acta asentada en el libro de actas que hemos analizado de la cofradía, Juan Esteban de Figueroa tenía 49 años de servicio como notario y 83 años de edad29. No conocemos hasta hora la fecha de su fallecimiento. Pero en el año 1857 seguía vivo, según el testimonio de la visita pastoral del arzobispo de Caracas, Mons. Silvestre Guevara y Lira (1852-1876), realizada el 26 de septiembre, se revisaron los libros parroquiales, “mas no el de la Vicaria por haber informado el Sr Vicario, que se encuentra en poder del Antiguo Notario Sr ‘N. Figueroa’, y que por estar ya este en una edad avanzada y demente se ha resistido á entregarlo” (Libro de Gobierno N° 4, folio 32).

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Estos datos son tomados de un interesante ensayo inédito del paleógrafo Freddy Yván Hernández Peralta, titulado “El Notario de notoriedad Don Juan Estavan de Figueroa. Notario por designación. Notario por descendencia”. 29 Este fue el último recibo de pago: “Como notario Público del Juzgado Eclesiástico de esta ciudad, tengo recibido del actual mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud Raimundo Rojas, la suma de 33 pesos derechos del traspaso al libro destinado para efectos según lo prebiene la constitución de esta cofradía y para que conste en sus cuentas que a de rendir en el presente año le doy este que firmo en Valencia mayo 4 de 1856”.


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III.- OBRAS PÍAS: RENTAS, CENSOS Y SERVICIOS


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III.- OBRAS PÍAS: RENTAS, CENSOS Y SERVICIOS Las obras pías consistían en los bienes económicos que poseía la hermandad con el fin de cumplir con responsabilidad a las obligaciones religiosas, como el estipendio de las misas de vivos y difuntos, el sufragar los gastos de las procesiones en el tiempo de Cuaresma, que se realizaba todos los martes, Jueves y Viernes Santo; el cuidado de los ornamentos del altar de Cristo de la Salud y de Nuestras Señora de Dolores, y de otras imágenes en propiedad; la compra de aceite, vino, harina y cera para el culto, el gasto de los entierros de los cofrades y la celebración del día todos los fieles difuntos; y otras operaciones, como la inversión que se realizaba para el mantenimiento de las casas y terrenos adquiridos. La historiadora y experta en estos temas, Ermila Troconis de Veracoechea, llega a comentar que “el gasto ocasionado por procesiones y demás fiestas religiosas era sufragado por los feligreses, quienes hacían verdaderas competencias con el fin de descollar entre sus amistades por el lucimiento y esplendidez de las festividades que les habían sido encomendadas” (1971:11). Ya hemos visto, que cada mayordomo procuraba presentar su aumento en la administración (Inventario) con toda la documentación de pagos, compras o ventas de los bienes (Escritura) y servicios para el mejor funcionamiento y cumplimiento de los deberes de la cofradía. Para asegurar estos beneficios de la hermandad se recurría como era usual en aquel tiempo al préstamo de dinero con intereses, tal como una institución bancaria; así como también una empresa, en cuanto al servicio funerario que prestaba. Si había algún interesado en el préstamo se colocaba a censo, cobrando un interés de cinco por ciento anual30. Eran censos redimibles o no redimibles. El primero, el censuatario lograba reunir la suma que había solicitado en préstamo y luego cancelaba, como también podría renovar la deuda; y el segundo el deudor ofrecía pagar una cantidad fija anual, por un tiempo indefinido con el mismo interés; y en ambos casos, para asegurar el capital de la cofradía, se hipotecaba sus propiedades, haciendas, o lotes de terrenos o casas. El primer inventario formal, con fecha de entrega 29 de enero de 1816, es presentado por el mayordomo Víctor Rodríguez, y asentaba como “inventario doscientos tres pesos quatro reales que se allan a tributo afinados sobre una casa de la viuda de Juan José López según consta de la Escritura. Una Escritura extrajudicial, otorgada por Dn. Juan Ramírez, a nombre de su legítima mujer Mᵅ Victoria Acosta. (…) treinta y un pesos en plata correspondiente a dha cofradía…” (Libro de actas del cabildo, folio 3). Esta era el capital que se buscaba multiplicar y era una tarea que requería dedicación y trabajo del mayordomo. Ya el 27 de septiembre de 1816, se presentaron ante el tribunal público, José Moronta, como principal deudor, y su hermano de sangre José Francisco Moronta con su legítima esposa Laureana Méndez, para formalizar escritura de reconocimiento del censo otorgado por la cantidad de 203 pesos y 4 reales en plata El académico Antonio García Ponce en su estudio define el censo “como un contrato mediante el cual una persona o un ente, llamado censualista , adquiere el derecho de percibir de otro, llamado censuario, o censuatario, una pensión anual, o rédito, en virtud de haberse entregado a ese censuario una cosa, o dinero, que genera aquella pensión anual…” (2010:274). 30


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“pertenecientes a la Cofradía, y Hermandad del Santísimo Cristo de la Misericordia de la Yglesia Parroquial de esta ciudad”, cuyo tributo redimió la Sra. Felipa Bermúdez, viuda de Juan José López. Los interesaron ofrecieron como seguro hipotecario, lo siguiente: Una casa de tapia, y rafas cubierta de texa, situada en esta ciudad, que linda por el Naciente con casa y solar del difunto Comandante Pedro José Páez, perteneciente en el día a la Cofradía del Espíritu Santo y Nuestra Señora del Socorro; por el Poniente con el solar de Antonio Navarro; por el Norte calle por medio con solar baxo del difunto Don Miguel Ochotorena (sic); y por el Sur con solar del difunto Don José Antonio Guevara (…) Una de bajareque doble, cubierta de texa nueva, con sus piezas correspondientes, que linda por el Naciente con casa y solar del reconociente José Moronta; por el Poniente calle por medio, con solar y casa de Gabriel Ríos; por el Norte con solar de Antonio Navarro; y por el Sur con casa y solar del Capitán Don Isidro Araujo… Este censo mancomunado ya había sido aprobado por los responsables de la cofradía, y al cumplir con los requisitos legales, el notario público notificaba al mayordomo con estos términos: “En este día hice saber el auto asignado al expresado mayordomo, él que expresó estar conforme a que el citado hermano José Moronta se le diesen los doscientos tres pesos, cuatro reales principal perteneciente a la obra pía de su cargo”. En el inventario presentado por el mayordomo saliente, el 2 de enero de 1817, asentaba “el capital censo doscientos tres pesos quatro reales que pasaron de la viuda de Juan José López al hermano José Moronta para reconocimiento que hizo de dicho principal con escritura sensualista otorgada según derecho a favor de dicha cofradía” (Libro de Actas, folio 6). Dicho censo fue renovado el 11 de noviembre, por los responsables ya citados, con el testimonio del escribano real y notario público interino, José Otalona, y los testigos don Diego José Melián, don Bartolomé Roland y don Luis María Gadea. El 7 de mayo de 1819, el Pbro. José Antonio Negrete, teniente cura de la Iglesia parroquial, firma un auto del testimonio de la Sra. Juana Junta Moronta, madre de José Moronta, donde certifica “que por muerte del nombrado mi hijo, entre otros muebles de pocos valor quedó por bienes la casa propia de mi habitación; pero hallándose esta otorgada con el capital de doscientos tres pesos y quatro reales que reconoció a favor de la Cofradía del Santísimo Christo de la Salud que se venera en esta Santa Iglesia parroquial…”. En otra carta, expresaba, como única heredera de su hijo: Que tratando de redimir este capital, por no poderlo renovar a causa de la miseria en que me allo, presenté la misma finca, que es la propia casa de mi habitación para que se le adjudíquese al señorío en pago del principal, réditos y costos; y se me devolviese el líquido resultante a mi favor. Se le hiso capas al Mayordomo del contenido de esta mi representación, y expreso por diligencia su conformidad en que se le adjudicase la casa in solutum por principal, réditos bendecidos y costos; más no por el precio intrínseco que son quinientos ocho


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pesos según el avalúo que se practicó quando mi hijo tomo el tributo, sino por los dos tercios de su valor por las condiciones y motivos que ha expuesto… El teniente cura Negrete, el 22 de mayo, resuelve en auto: Visto el dictamen precedente, en su conformidad, se le adjudica al Señorío y Cofradía de Santísimo Christo de la Salud, que se venera en esta Santa Iglesia parroquial por quien representa su Mayordomo Francisco Casares la casa que ha cedido Juana Junta Moronta única heredera de su hijo José Moronta por los dos tercios de su valor, en pago y redención del capital de doscientos tres pesos quatro reales perteneciente a dicha cofradía, que tenía cargado sobre sus bienes el mencionado Moronta, y de que en especial finca la misma casa cedida (…) Y en consecuencia se declara cancelada la indicada escritura, que se otorgó por José Moronta y su fiador José Francisco Moronta en once días del mes de noviembre de mil ochocientos diez y seis; y libre de este gravamen la heredera Juan Junta Moronta y el fiador... Todas estas diligencias fueron certificadas por el conocido notario Figueroa. Del inventario mencionado de 1817 también encontramos “una obligación otorgada por Don Juan Ramírez en mancomún con su legitima mujer Mᵅ Victoria Acosta cuya obligación está presentada en el Tribunal de esta Vicaría y decretado el que se abone por derecho Ramírez la cantidad de sesenta y un pesos de que es deudor a la citada obra pía” (Libro de actas, folio 6). En el inventario del 1 de abril de 1818, el mayordomo asienta como aumento: El cobro del principal censo y sus réditos que tenía sobre si y en una fábrica cargado Don Juan Ramírez y su legítima mujer Mᵅ Victoria Acosta, los que ambos los han redimidos con la misma fábrica, y que han entregado a dicha cofradía según consta de los expedientes, que reposan en el Archivo del Notario Don Juan Esteban de Figueroa, por ante quien se siguió y concluyó; dicha demanda y entrega de la fábrica… y se pone en aumento, diez pesos que pagó el hermano Moronta, réditos del tributo de doscientos tres pesos quatro reales que tiene recocidos… veinte y dos pesos, que con los treinta y uno recibidos, de su antecesor, montan a cincuenta y tres pesos... (Libro de Actas, folios 11 y vto.). El año siguiente, el 19 de abril, la cofradía poseía en efectivo “por aumento ciento veinte pesos en plata… veinte y dos reales en plata que quedaron de limosna” (Libro de actas, folio 14 vto.). El 24 de abril de 1820, se asienta como aumento, del caso ya mencionado, “la casa que se le tomo a Juana Justa Moronta, la que era de su hijo José Moronta, y por su fallecimiento se le adjudicó a la cofradía, por tener cargada sobre de ella doscientos tres pesos cuatro reales, tributo de dicha cofradía, y se le tomó con algunos réditos devengados” (Libro de actas, folio 18). En la redición de cuentas del mayordomo Gabriel Ríos, del 16 de abril de 1820 hasta el 29 de abril de 1821, la cofradía cancela a los señores Juan José Barrios 8 reales por “tener hecho en el altar


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que se hizo en el hospital”, y Luis Palacios 20 reales por pintar las paredes del hospital. El pintor Pedro Castillo31, el 2 de octubre de 1820, recibe 8 reales por el “valor del yeso que se le dio al nicho por fuera”. El señor Marcos Sandoval recibe 2 reales “por el valor de dos perlantes que le hice para el velo del Cristo que se puso en la iglesia del hospital”. Encontramos algunos cofrades difuntos para este período: Antonia Rodríguez (14 pesos y 4 reales), Juan Gutiérrez (14 pesos y 4 reales), Víctor Rodríguez (18 pesos) y Juan Pedro Olivo (18 pesos). Encontramos otro expediente de rendición de cuentas del mencionado mayordomo Ríos, cuya administración abarca del 30 de abril de 1821 al 14 de abril de 1822. En ella se destaca los “veinte y dos pesos producidos de los alquileres de la casa que tiene dicha cofradía que antes era del hermano José Moronta… que dicha casa está alquilada a precio de tres pesos lo que falta para el completo de nueve meses que está alquilada lo debe el hermano José Peraza…”. Para el gasto de un entierro cantado por menor, vigilia y misa, era la siguiente: Por la leña, 1 peso; cruz, capa y dobles, 2 pesos y 4 reales; acompañamiento del cura y sacristán mayor, 2 pesos; vigilia y misa, 5 pesos; cuatro acompañantes del entierro, 4 pesos; sepultura, 2 pesos y 4 reales; y cera, 5 pesos y 6 reales. Un total de 22 pesos y seis reales; y esto dependía de cada miembro redimido o no en el cumplimiento de aquellos elementos previstos en las obligaciones adquiridas en vida o in articulo mortis. En este período fueron sepultados Vicente Páez (15 pesos y 2 reales), José María Rodríguez (22 pesos y 6 reales), Antonia Casimira Loaiza (19 pesos), María del Socorro Quiñones (21 pesos), Antonia Hidalgo (18 pesos y 4 reales), Juana Francisca Acosta (19 pesos), Enrique Bote (19 pesos y 4 reales). El estudio de las boletas de cancelación de los entierros es donde conocemos algunos nombres de las integrantes femeninas de la cofradía, que eran la supernumerarias o hermanas menores. Como todos los años, la cofradía celebraba el aniversario de todos los fieles difuntos, y esto generaba gasto: por la vigilia y misa solemne, 7 pesos; cuatro acompañantes, 4 pesos; incensario, 1 peso; cera, 7 pesos y 2 reales; y la procesión, 2 pesos y 6 reales. El 8 de marzo de 1822, el Pbro. Dr. Narvarte hace constar que había recibido del mayordomo 24 pesos por las misas solemnes, 6 pesos por los diáconos y 4 reales para el organista. En el estudio de los recibos podemos conocer los nombres de varios oficios. Como el artista o escultor Bernardo Monsalve, del 5 de abril: “He recibido del Maestro Gabriel Ríos doce reales, un porte del retoque de la perna del Santísimo Christo de la Misericordia…”. Los comerciantes José Antonio Espinoza que recibe 15 y medio de reales por la cera, el 6 de abril; y Manuel Morales que recibe 20 reales por el valor 2 libras de incienso, el 25 de abril. El fabricante de libros, Eusebio Espinoza, recibe dos pesos por un libro en blanco, y 4 pesos “por mi trabajo de aberle hecho y arreglado las Según el Diccionario de Historia de Venezuela, de la Fundación Polar, tomo I, Pedro Castillo “contrae nupcias con Rosa Silva y hacia 1823 se radicó en Valencia…” p. 732. El recibo de cancelación del 2 de octubre de 1820 testimonia que antes de aquella fecha ya se encontraba en dicha ciudad. Nació en 1790, siendo sus padres Silvestre Castillo, natural de Málaga (España), y de Francisca Ynojosa. Su niñez transcurrió en Villa de Cura (Edo. Aragua) y Caracas, a donde se trasladó con su madre y su hermana. Tras la derrota de los patriotas en La Puerta (Edos. Aragua y Guárico), en 1814, Castillo fue perseguido por haber sido propagandista fervoroso de la causa independentista y emigra a Valencia. Falleció en la ciudad el 24 de noviembre de 1858. 31


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quentas de un año”, el 21 de abril. El Pbro. Lic. José Rivero recibe 10 pesos por el sermón del Jueves Santo. El músico Antonio Colón recibe 5 pesos correspondientes al toque en la procesión; y asimismo el 2 de marzo había recibido 3 pesos correspondientes al toque en el rosario del primer martes de Cuaresma. El expediente correspondiente del 14 de abril de 1822 al 13 de abril de 1823, encontramos los estipendios de algunos entierros cantados y con misas: Polonia Rodríguez (17 pesos y 6 reales), Isabel La Yaguara (17 pesos y 6 reales), Isabel Torres (17 pesos y 6 reales), Valentín Álvarez (20 pesos y 6 reales), Nasaver (20 pesos y 4 reales), Petrona Landaeta (21 pesos 4 reales), Rita Salinas (22 pesos y 2 reales), Ramona Torres (21 pesos y 4 reales), Francisca Rojas (16 pesos y 6 reales), Antolina Galea (18 pesos), Carlos Goycochea ( 21 pesos y 2 reales), y Ana Gutiérrez (21 pesos y 2 reales). En la misa funeral de Josefa Vera se invirtieron los siguiente: leña, 1 peso; Vigilia y misa, 5 pesos; acompañamientos, 2 pesos; y cera, 5 pesos y 4 reales; un total de 13 pesos y 4 reales. La misa del día de todos los fieles difuntos, 19 pesos y 5 reales. Las andas para llevar los difuntos fueron hechas por el carpintero Pablo Medina, y recibe 9 pesos. El 6 de octubre de 1822, Luis Acevedo recibe 16 pesos por el traslado del altar del Cristo de la Salud a la Iglesia de San Francisco. El Jueves Santo del año 1823, el Pbro. Narvarte recibe 10 pesos por el sermón y 2 pesos por la procesión. El músico Antonio Colón 5 pesos por tocar en la procesión. Fermín Lamas recibe 13 pesos y 7 reales “por mi trabajo de aber labrado B cera para dicha cofradía”. El 12 de noviembre, Diego Melian recibe 8 pesos “por haberle encuadernado dos libros en blanco, incluso el pergamino, dichos libros uno de ellos es más grande que el otro…”. El expediente de rendición de cuentas del mayordomo Juan Antonio Silva encontramos otros nombres de cofrades difuntos: Lucas Espinoza (21 pesos y 2 reales), José Antonio Pedrosa (21 pesos), Juan Nepomuceno (18 pesos), José Peña, Narcisa Díaz (18 pesos), Águeda Romero (18 pesos), María Candelaria Solano (18 pesos), Gerónimo Veloz (18 pesos), Diego Requena (18 pesos), Úrsula Peraza ((18 pesos), Josefa Tovar (18 pesos), María de Jesús Díaz (18 pesos), María Josefa Ibarra (18 pesos), Nicolás Rojas y José Baldivez. El expediente presentado por el mayordomo Agustín Moyetones, desde el mes de mayo de 1824 hasta 1825, encontramos varios miembros de la cofradía que deban su aporte de 2 pesos y 4 reales: Josefa Ortoña, María de la Visitación Parraga, María Josefa Camacho, Juan Francisco Urza, María del Carmen Villegas, María Gregoria Marín, María de Jesús Ríos, Juan Francisco Padilla, Juan Blas Villalba, Rafael Cedeño, Luisa Rivas, María Trinidad Báez, María Hernand (sic) de Feo, Juan del Rosario Malpica, María Basilia Lamas, María Guía Malpica, María Ventura Flores, Antonia Brizuela, Josefa Rangel, Victoria Espinoza, Rosalía Palencia, Rita Josefa Peraza, Ana Josefa Sempintegui, María de los Reyes Fernández, Concepción Camposano, Petronila Díaz, Josefa Villamediana y Torivia Ibarra. Además de estos aportes, se presenta los tributos recogidos de los hermanos, los réditos de las casas, las limosnas recogidas los días martes de Cuaresma y el Jueves santo, los alquileres de las casas y del féretro con su mesa.


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En cuanto al pago de los entierros de los hermanos: Petronila González (21 pesos y 2 reales), Diego Guevara (20 pesos y 4 reales), Bonifacia Rojas (18 pesos), José María Sapiain (21 pesos y 8 reales), Josefa Márquez (21 pesos y 8 reales), Lucía Páez (18 pesos), Lorenza García (18 pesos), Felipa López (16 pesos y 4 reales). Otros pagos: El notario Figueroa recibía por la asistencia del acta, 5 pesos; el comerciante Manuel Mesa, de Puerto Cabello, recibe 3 pesos y 4 reales por una resma de papel; el 13 de abril de 1825, Juan Páez recibe 47 pesos y 4 reales “los que se an gastado en la compoción de Sn Juan y para su resguardo”; el Pbro. José Manuel Rivera recibe 10 pesos por el sermón del Jueves Santo; Manuel Mateo Moreno recibe 3 pesos y 4 reales por la recomposición de la caja para recaudar limosnas; por componer los faroles, José Vicente Rodríguez recibe 13 pesos y 4 reales; José Mariano Alvarenga recibe por la composición del altar de Santísimo Cristo de la Salud, 1 peso y 4 reales; y Antonio Colón por tocar en la procesión 5 pesos y 4 reales. En la rendición de cuentas presentado por el mayordomo Ambrosio Salinas, que dio principio el 8 de mayo de 1826 hasta 1827, encontramos otros nombres de cofrades difuntos: Rita Ramírez (18 pesos), Concepción Malpica (21 pesos), Gregoria Reyes (18 pesos), Vicente Sandoval, teniente de cabellaría (21 pesos), José Noguera (18 pesos), Alejandro Mercado (18 pesos), Apolonia Tortoledo, viuda de Antonio Ruiz (21 pesos), Teresa Pajes (21 pesos y 4 reales), José del Socorro Landaeta (21 pesos), Cándida Loaiza (21 pesos), Marcos Villanueva (18 pesos), María Casimira Rojas (18 pesos), Francisco Javier (18 pesos), José Peraza (21 pesos), María de la Concepción Loaiza (18 pesos), María del Carmen Herrera (21 pesos), José Antonio Borges (21 pesos), Brígida Casas (21 pesos), Joaquín Rodríguez (18 pesos), Rita Hernández (21 pesos), Felipe Malpica (21 pesos), María Josefa Gelder (21 pesos), María Antonia Páez (21 pesos), y María Lamas (18 pesos). En este expediente encontramos un recibo del Maestro de obras, Eusebio Ovalle: Digo yo, Eusebio Óballe Alarife de esta ciudad que conste por este presente documento que doy al Mayordomo de la Cofradía del S. S. Christo de la Misericordia, Ambrosio Salina, el que actual se haya fabricado un solar, perteneciente a dha cofradía, situada en 2ᵅ Manzana de la Plaza Principal, hacia el Norte, calle de Martes, 219 ne, según las facultades que me confiere el Gobierno, ha sido preciso tirar diez v. catorce pulgs. de tierra bajo, que estaban a su frente, por no guardar el orden o simetría de la línea reta que debía guardar en su presente. De dho solar recibí diez y ocho pesos y dos reales que me corresponde por este trabajo, y para que conste a quien pertenezca le doy el presente. Firmado de mi mano en Valencia a 7 de Febrero de 1827. Conservamos el expediente de rendición de cuentas del mayordomo Ambrosio Salinas que corresponde desde mayo de 1827 hasta mayo de 1828. Encontramos otros miembros difuntos de la hermandad: María del Socorro Caballero, esposa legítima de Pablo Caballero (18 pesos); Buenaventura Macías (21 pesos), Josefa Landaeta, esposa legítima de Julián Castellanos (21 pesos); Manuela Espinoza (18 pesos), María Ignacia


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Landaeta (21 pesos), Catalina Fuentes (21 pesos), Dominga Flores (21 pesos), José Salazar (21 pesos), Josefa Guevara (18 pesos), Francisco Coronel (21 pesos), Paula Lovera (21 pesos), Francisca Diepa (21 pesos), Vicenta Pérez (18 pesos), María del Carmen Landaeta (18 pesos), Gertrudis Guevara (21 pesos), Rita Lugo (21 pesos), Gregoria Alvarado (21 pesos), Luis Maya (21 pesos), Liberina Lao, mujer legítima de Manuel Zabaleta (21 pesos); Juana Antonia Calles, legítima mujer de Felipe Otalora (21 pesos); Francisca Díaz, legitima mujer de Tomás Álvarez (18 pesos); Jancito Mujica (21 peso), Benedicto Ortega (21 pesos) y Vicenta Medrano (21 pesos). El 13 de abril de 1828, el Pbro. Felysi Páez recibe 10 pesos por el sermón que predicó el Jueves Santo. La Madre Priora del Beaterio de Carmelitas recibía 5 pesos por hechura de cuatro mantas, y 6 pesos y 3 reales por el alambre y tinta de mantos, y 6 pesos por doce ramos de flores. Los maestros alarifes de carpintería y albañilería, Juan José Barrios (6 pesos y 4 reales) y Eusebio Ovalle (10 pesos), recibían 16 pesos y 4 reales por el evaluó de la casa “situada en la calle de Marte, con su frente al Naciente, y distante de la esquina de la Yglesia Parroquial para arriba asia al Norte tres quadras”. Se invirtió 1.520 pesos 3 cuatrillón reales en la construcción de un “imvertidor en la casa que he hecho en el solar que tiene la Cofradía del Santísimo Cristo de la Misericordia de esta ciudad donde se hallaba solamente una cortar tapias lebantador, y que fue preciso derribarlas…”. El 18 del mismo mes y año se cancelaban la patente de una casa: Patente de Industria para el año de 1828. Dr. Cristoval Mendoza, intendente del Departamento de Venezuela. Por cuanto el Sr. Ambrosio Salinas vecino domiciliado en la parroquia de Valencia canton de Valencia en la provincia de Carabobo ha declarado que tiene una casa perteneciente al Cristo de la Misericordia que gana 20 real al mes con arreglo al decreto de S.E. el Libertador Presidente de 8 de Marzo último, por el cual debe contribuir con diez real por año en medianías avanzadas según la tarifa inserta en aquel decreto: por tanto expido esta patente, en cuya virtud nadie podrá impedirle su ejercicio durante el presente año de 1828 y queda por la misma obligado a contribuir la cantidad dicha bajo las penas que prescribe el decreto de la materia. Dada en Caracas a 18 de Abril de 1828, 18 de la independencia. En dicho expediente aparece una lista de los hermanos o hermanas que habían cancelado 2 pesos y 4 reales por asientos o como nuevos miembros de la cofradía: Ignacio Angulo, María Zambrano, Francisco Martínez, Petronila Nieves, Juliana Franco, María Ruina Páez, Casilda Villalba, Marta Pérez, Merced Requena, Bárbara Álvarez, María Gañango, Juana Morales, Vicente Villalba, Josefa Alcarra, Ventura Villalba, María Carrasco, Carmen Ramírez, Petronila Ojeda, María Josefa Puerta, Felipe Parra, Trinidad Villegas, Petronila Landaeta, Juan Antonio Landaeta, María Jacinta Pérez, Candelaria Bacalao, Encarnación Guevara, Juana Tovar, Ruperta Berrando, María Bravo, José Payares, Ramón Anguero, Vicente Ochoa, Josefa Bravo, María Inés Ríos, Merced Orenir, Gregoria Espinoza, Joaquín Olivo, Cecilia Barela, Isidoro


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Gutiérrez, Petronila García, Ana Santiaga Basques, María del Pilar Ystaran, Francisco Parra, Francisco Caraballo, Lorenza López. Leonarana Páez, Socorro Hidalgo, Juana Zapata, Clara Tellechea, Jesús Espinoza, Rita Josefa Cardozo, María Josefa Romero, Josefa María Pacheco, José Domingo Ocario, José Manuel Meléndez, Rita Santana, Ignacia Espinoza, Tomasa Escorihuela, Bernardo Páez, María Candelaria Guevara, Manuela Núñez y Rosalía Álvarez. En la Semana Santa de 1829, el 10 de abril, el arzobispo de Caracas, Ramón Ignacio Méndez (1827-1839), escribía al jefe general de Alta Policía que para “precaver grandes y efectivos desórdenes que la experiencia ha enseñado, es de absoluta necesidad que las procesiones se concluyan con luz del día. Para esto es preciso que el sermón que precede se comience a las cuatro, y a la media estén saliendo los Pasos…” (Maldonado F., 1973: 147). A pesar de esta petición del arzobispo, no se logró un consenso con la policía para mantener el orden en las procesiones de la Semana Mayor. Esto llevó al arzobispo, el 3 de abril de 1830, a emitir un auto de suspensión de las procesiones: “Ordenamos que el presente año no salgan las procesiones de Semana Santa, sino que en las respectivas iglesias se pongan los pasos a la veneración pública: se cante por la mañana, de las 8 en adelante misa solemne: que por la tarde de 4 a 5 se llame con la campana que se acostumbra, rece un sacerdote un tercio del rosario, se predique después el sermón, últimamente se cante el miserere, estando todo concluido para la oración, a que se cerrera las puertas de las iglesias…” (Id., 144). Todo esto ocurría en la ciudad de Caracas, en cambio en Valencia se mantuvo el orden con la colaboración de la autoridad civil. El 10 agosto de aquel año, el albañil Juan Antonio Silva recibe una orden de pago de 9 pesos y 5 reales. Se le canceló al sastre Francisco Cáceres la hechura de dos opa a 2 pesos cada uno. El 30 de diciembre de 1831, los fiscales Juan Blas Villalba y Agustín Moyetones son testigos de la rendición de cuentas del saliente mayordomo Fermín Lamas. En ese año sabemos que la cofradía tenía tres casas alquiladas (Una situada en la calle de Marte, y las otras dos que pertenecieron a los hermanos José Moronta y Gabriel Ríos), y por los alquileres habían recogido un monto de 113 pesos. Los inquilinos pagaban 5 pesos mensuales. De esta rendición de cuentas encontramos los pagos de sepultura de varios hermanos: Francisca Díaz (18 pesos), Ana Josefa Jaramillo (18 pesos), Josefa Salazar (21 pesos), Dionisio Loaiza (18 pesos), Oseas Gonzales (21 pesos), Capitán Juan García (21 pesos), Tomasa Ortega (21 pesos), Antonia P., vecina de Puerto Cabello (21 pesos); José Victorio Páez (18 pesos), Yquer (sic) Ríos (18 pesos), Salvador Jiménez (18 pesos), María Felipa Páez (18 pesos), Francisco Ruiz (18 pesos), José de los Reyes Aguado (18 pesos), Rafael Goycochea (21 pesos), Juan Ángel Moreno (18 pesos), Marcos Goycochea (21 pesos), Narciso Cazorla (21 pesos) y Miguel Álvarez (21 pesos). El 20 de junio de 1833, al mencionado albañil Silva se le cancelaba 7 pesos “por la composición de dos casas, la primera que fue echa por el hermano Salina, y otra la que fue echa por el hermano Fermín Lamas…”. En este año fueron cancelado las sepulturas de los hermanos o hermanas: Simón Jiménez (198 pesos), Fermín Lamas (21 pesos),


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Lorenza Gonzales (21 pesos), casada con Ramón Chompret; José Lauterio Rodríguez (18 pesos), María Josefa Fuentes (21 pesos), Manuel Brito (21 pesos), Concepción Reyes (21 pesos), María Corona (21 pesos), Josefa Hidalgo (21 pesos), Luisa Sandoval (18 pesos), María del Carmen Hidalgo (18 pesos), Tomás Jiménez (18 pesos), Juana Francisca López (18 pesos), Rafael Cedeño (18 pesos), Juan Yllas (21 pesos), Concepción Acevedo (18 pesos), María Silva (18 pesos), María del Carmen M. (18 pesos, Benita Peña (18 pesos), José Miguel Espinoza (18 pesos), Ruperta Morales (21 pesos), Antonia Sánchez (18 pesos), Josefa Pacheco (15 pesos y 4 reales), Juan Agustín Llanos (18 pesos), José Ignacio Parraga (21 pesos), Toribio González (21 pesos), Pbro. Francisco Santiago de Lamas (21 pesos), Eusebia Mercado (18 pesos) y Felipa Lamas (18 pesos). El 16 de abril de 1834, Juan Torres recibe del mayordomo Juan Blas Villalba la cantidad de 10 pesos “por aver hido a Caracas a una diligencia por cuenta del Cristo de la Misericordia…”. En mayo de ese año, se presenta una relación de los alquileres de las casas, a saber: Que ocho y medio meses fue havitada por el capitán Reyes al respecto de treinta y seis pesos. Una, dos pesos el Sr. Mansaneque a seis pesos por una y una y medio estuvo sola… Treinta y seis pesos que resultan de los alquileres de doce meses de la casa que pertenecía al Sr. José Moronta al respecto de tres pesos una. Sinquenta y cuatro pesos que resultan de los alquileres de diez meses de la casa situada así al barrio arriba de la Yglesia a saber que pertenecía el Sr. José Mᵅ Mesa fue habitada tres y por el Sr. Guerrero que actualmente la havita siete; aquellos al respecto de cuatro pesos y estos a seis, y dos meses estubo cerrada… de nueve pesos y cuatro reales resultan de los alquileres de seis meses de la casa que antes pertenecía al Sr, Gabriel Ríos a saber que una fue habitada por una mujer que aun no conozco al respecto dos pesos y cinco pesos por Sra. N. Angulo a razón de doce pesos. Entre los años 1833 y 1834 redimieron por la cantidad de 38 pesos los siguientes miembros de la cofradía: Lorenza Gonzales, Manuel María Brito, María Corona, Juan Yllas, Ruperta Morales, José Ignacio Parraga, Toribio González y el Pbro. Francisco Santiago de Lamas. También se asientan en vida por un peso lo siguientes hermanos o hermanas: Manuel Ortega, Ana Josefa Rivero, Cecilia Flores, Josefa Parraga, María Luisa Cazorla, María Josefa Polanco, Cecilia Quintanilla, Manuel Sánchez, África Lecuna, Trinidad Álvarez, Rosalía Cazorla, Carmen Peñalver, José María Euscategui, Eusebia Mercado, Josefa María Torres, Pablo Amasa, Ramona Borras, María Ana Yamas, Josefa María Olivares, Juana Antonia Rodríguez, Eustaquio Rodríguez, Pedro León Rodríguez, Rafael Cabrera, Andrés García, Gregoria Antonia Rodríguez, Antonio Sánchez, María de Jesús del Valle, María Catalina Hidalgo, María de la Concepción Gutiérrez, Margarita Hernández, Teresa del Valle, José Romero, Vicente Rojas, Ana María Rivera, Francisca González, María Ramona Acosta, María Josefa Paredes, María


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Eularia Reina, Rita Bedia, Pedro Justo Bausto, Santiago Acosta y Felipa Antonia Ramírez . En el expediente de rendición de cuentas del mayordomo Juan Blas Villalba, desde mayo de 1834 hasta 1835, encontramos otra lista de “asentados en vida”, quienes ingresaron como hermanos de la cofradía, por el costo de un peso: Dionisio Ospino, Félix Villalba, Francisco Maya, José Maya, Justo Maya, José de Jesús Páez, León Villalba, Adelaida Ascanegui (sic), Amalia Ortega, Camila Parra, Domingo Acevedo, Leonardo Páez, Manuela Gómez, María de la Luz Acosta, José Casaña, Carlota Páez, Feliciana Hidalgo, Juana Mesa, María Reyes Delgado, José Anastasio García, Carmen Núñez, Inés Álvarez, Luisa Álvarez, Petronila Lamas, Rosalía Ximenes, Simona Urraca, Juan Loaiza, José Quesada, Cayetano Soblino, Carmen Rodríguez, Juana Villegas, Petronila Díaz, Gabriel Machado, Carmen Machado, Candelaria Morales, Josefa Machado, Matea de León, Francisca Terán, Lino Alvarado, Vicente Texera, Ana Marques, Ángela Arocha Ana Arocha, Ana Villamediana, Inés Páez, Juana Franco, Josefa Rodríguez, Luisa Hidalgo, María Clemencia Terán, Rosalía Godoy, Trinidad Melian, Fermín Martínez, Narciso Falcón, Gabriela Acosta, Isabel Rodríguez, Josefa Herrera, Juana Josefa López, María Matilde Herrera, Merced Borbón, Paula Faragosa, Blas Baldivez, José Tomas Maya, Josefa Juárez, María Benita Carrillo, María del Socorro Álvarez, María F. Mendoza, Juan Bautista Travieso, Ana Fernández, Catalina Angulo, Carmen Figueredo, Juana Mirbada, Juana Díaz, Manuela Becerra, Ángela Cabrices, Benancia Villamediana, Francisca Antonia Alvarado, Gregoria Becerra, Juana Inés Páez, Josefa Lozano, Josefa Antonia Flores, Rubecinda Oreyana, Reyes Galindes, Socorro Games, Antonio Fernández, Esteban Coronel, Juan Mercado, Juan de Dios Tayna, Manuel Legura, Pedro Melián, Victorio Coronel, Valentín Rivas, Ana Terán Malves, Andrea González, Antonia Peraza, Felipa Coronel, Francisca Ventura Páez, Juana Santana, Ramón Rodríguez y Socorro Duarte. Y los hermanos que fueron redimidos por la cantidad de 38 pesos: José Antonio Cortes, Ana Guinán, José Antonio Zárraga, Trinidad Feo, Juan Estopiñan, Josefa María Requena, Juana Antonio Izaguirre y Carlos Álvarez. Así mismo encontramos los recibos de cancelación de los entierros: María de las Mercedes (18 pesos), Catalina Álvarez (21 pesos), José Flores (21 pesos), José Antonio Cortes (21 pesos), Gregoria Coronel (18 pesos), José Ximenas (18 pesos), Domingo Espinoza (18 pesos), Circo Casabaña (18 pesos), José Antonio Zárraga, María Josefa Paiva (18 pesos), Trinidad Feo, Rita Cardoso (18 pesos), Josefa María Marves (18 pesos), Antonia Mendes (18 pesos), Juan Estopiñan (21 pesos), Úrsula Fajardo ( 18 pesos), Luisa Marabe (18 pesos), Josefa María Requena (21 pesos), María del Carmen Terán (18 pesos), María de los Ángeles Arocha (18 pesos), Juana Antonio Izaguirre (21 pesos), Carlos Álvarez (21 pesos) y Bárbara Páez (18 pesos). Es interesante el recibo de pago músico Fulgencio de Jesús Colon, con fecha 16 de abril de 1835, donde se muestra la solemnidad del canto del Jueves Santo: “veinte y dos pesos perteneciente del Jueves Santo: por dos violines, dos flautas, dos trompas, un


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bajo y 3 voces…”. El 8 de noviembre de 1838, el mayordomo Villalba compra una casa al Sr. Pedro Ignacio Cabrices: Sepase como yo Pedro Ygnacio Cabrises vecino de esta, doy en venta legal y perpetua al Señor Juan Blas Villalba del mismo vecindario, y mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de esta ciudad, una casa de mi propiedad, que compra a favor de las rentas de la dha Cofradía, cuya casa está situada en la calle de Cúcuta en esta capital, lindando por el Naciente con otra de Josefa Gonzales, por el Poniente, con casa de Socorro Aular, por el Sur, con casa de Pedro Arigollen. Contiene un espacio entre la casa y solar de treinta y siete varas de frente y treinta y ocho de fondo, y la estube por haberla construido en un terreno que compré al Señor Esteban Sandoval, que es público y notorio. Es libre de todo gravamen, y como tal la aseguro y vendo por la cantidad de trescientos pesos que con renuncia de la entrega de presente y la termino, confieso haber recibido a mi satisfacción. Hago donación a la Cofradía del Cristo, del mayor valor que tenga la casa… le cedo y traspaso cuantos derechos y acciones me corresponde sobre ella a fin de que disponga de ella como cosa suya (…). Este título de propiedad nos muestra el simbólico valor monetario de la compradonación de una casa a favor de la administración de la cofradía. Encontramos el expediente del mayordomo José de los Santos García, que comprende del 3 de mayo de 1846 hasta el 2 de mayo de 1847. En ella aparece la lista los hermanos quienes han redimido con la cantidad de 38 pesos: Francisca Lacrus, José Esteves, Laura Lozano, Rafael Fuentes, Natividad Flores, Juan Vicente Bolaño, Remigio Álvarez, Francisco León, Ramona Blanco, María del Carmen Coronel, Domingo Hernández, Juan Tirado, María Ana Romero, Alejandra Villalba, María Ana Silva y Miguel Latouche. Y 25 pesos “en sana salud de la Señora” Ana Josefa Bustamante, y de María del Socorro Hernández “en vida”. Por el depósito de los cadáveres de Natividad Flores, Rafael Romero, Juan José Tirado y Alejandro Acevedo, en una bóveda propiedad de la cofradía se cancelaron cada uno 17 pesos y 4 reales. En los alquileres de ocho casas de propiedad de la cofradía, la recaudación fue la siguiente: la situada en la calle de Marte 96 pesos, la que era del hermano Moronta 6 pesos, la que está situada al lado de aquella 72 pesos, la casa de Santa María Magdalena 72 pesos, la casa que era del hermano Gabriel Ríos 30 pesos, la casa que es almacén 18 pesos, la casa que era del hermano Simón Alvarado 27 pesos, y la casa que era del hermano Salinas 90 pesos. El 16 de octubre de 1846, el señor Francisco Hernández recibe 3 pesos y 4 reales “por aber compuesto la entrada de la casa de Santa María, con cargada de arena y piedra del sitio del Socorro”. También se le canceló al señor Calixto Landaeta 8 reales “por cuatro concretadas de arena conducida a la casa que habita el Señor Comandante Pedro Rojas calle del Juncal”. Al señor Julián Alvares 4 pesos y 4 reales por el valor de seis anegas de cal “para la casa que abita el comandante Rojas 4 anegas… para la casa calle de Marte 2 anegas”. Los señores Francisco y Seferino García reciben “cuatro reales por limpiar la calle de la casa de


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Santa María… cuatro reales por limpiar la calle de la casa del almacén”. El señor Pedro Parra, el 17 de octubre de 1847, 2 pesos y 6 reales “a saber seis reales por desllervar la calle de la casa de Marte, seis por desllervar y rosar la calle del armasen seis por la labada y raspada del cajón de los muertos y cuatro reales por desllervar la calle de la casa de Santa María”. En esa misma fecha, el señor Justo Martínez recibe “treinta y seis reales por tres arcones puestos en Valencia, arrazon de a diez reales, y dos viguetas a seis reales las dos que sirben para solera para la casa donde abita el comandante Rojas para una caballería”. En carta firmada el 8 de agosto de 1846, en el pueblo de Guacara, el señor José Lorenzo Anzo, “deudor al señor Pablo Peraza, Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud [por] la cantidad de treinta y seis pesos de la reducción de mi abuela María del Carmen Anzo, de cuya deuda me reconozco legitímate pagador apreciado para dicho pago mi persona tiene presentes y futuros…”. En este período se realizaron los siguientes entierros de los hermanos: José Esteves (21 pesos), Rafael Acevedo (36 pesos), Concepción Romero, Pastora Acosta (21 pesos), Laura Lozano (21 pesos), Rosa Ramírez (18 pesos), María de la Concepción Herrera (18 pesos), Juan José Guevara (18 pesos), Rafael Fuentes (21 pesos), Manuel Arbide, Tomasa Camacho (36 pesos), Juana Otaza, Francisco Parra (18 pesos), María de la Natividad Flores (21 pesos), Juana Antonia Rojas ( 18 pesos), Juan Vicente Bolaño, Remigio Álvarez, Josefa Samuel, Josefa López, Francisco León (Hermano redimido), Felipe Ovalle (Hermano mayor), Manuel Antonio, Damián Saavedra, Ramona Rojas, Bernardo Mercado, Reyes Fernández, Marcelino Sandoval, Ramona Blanco, Julián Marino, Joaquina Granado, Juana Francisca Aular, Manuela Villamediana, Felipa Hidalgo, Bonifacia Yauca, Joaquín Malpica, Eusebio Monagas, Manuel Páez, Domingo Hernández (Redimido), Elena Guevara, Juana Alquiles, María Josefa Franquis (Hermana Tributaria), Alejandra Villalba (Redimida), Isabel Cazorla, Rosa Padilla, Rosalía Godoy, Narciso Cazorla, José Patricio García, Julián Becerra, Juana Antonia Páez, María del Socorro Hernández (Redimida), Ignacio Rodríguez, Julio Escalona, José Ignacio Landaeta, Alejandro Acevedo, Miguel Latouche, Mariana Silva, Manuela Fernández, Juan Ventura Villamediana y Juan Villegas (21 pesos). A través del recibo de pago del Sr. Antonio Colón, con fecha 3 de abril de 1847, conocemos la ruta de la procesión del Jueves Santo: “… Diez y ocho pesos por la procesión del Juebes Santos por la mañana, yevando la imagen de Ntra. Sra. desde el Colegio, asta la esquina de la Torre, y de dicha Torre, asta el Colegio. Y veinte Sinco pesos mas, por la procesión de dicho Juebes Santos por la tarde…”. El sermón de ese día santo estuvo a cargo del Pbro. Francisco Antonio Pacheco, y recibió 10 pesos. El conocido músico Antonio Colón recibe 60 pesos “por la Música que se tocó en las misas de los sinco Martes de Cuaresma, con las Misereres por la noche, de dichos martes”. El sacristán Manuel Rodríguez recibe 19 pesos y 3 reales, a saber “doce pesos por haber resado la novena de Ntra. Sra. de Dolores los viernes del año y martes de cuaresma, y siete pesos y tres reales por haber cantado los responsos a los hermanos difuntos en dicho año…”. El notario Figueroa recibe 50 reales por derecho del


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inventario y verificación de los bienes de la cofradía que se encontraban en el convento de San Francisco. El pintor Pedro Castillo recibe 15 pesos, “por valor a la pintura del pabellón del retablo de la capilla”. También, el 3 de junio, recibe 8 pesos, “por valor del retoque de la Sta. imagen de Ntra. Sra. de la Soledad”. El mes siguiente, recibe 3 pesos, “por valor de la composición y reparación del dorado del copete del guion de la misma cofradía”. Así mismo, el 27 de octubre, recibe 6 pesos, “por valor de la pintura de un cajón de muertos perteneciente a la cofradía…”. El comerciante Felipe González recibe, el 11 de noviembre, 4 pesos por un garrafón de vino. Encontramos el expediente de redición de cuentas del año 1848, sus primeros folios están mal estado, del mayordomo Santos García. Conocemos algunos entierros de los miembros de la cofradía: Merced magdalena, redimida, vecina de Güigüe; Ana Antonia Páez, Lorenza Seijas, Isabel Colina, María del Carmen Armas, José Emilio Suarez, Vicenta Silva, Gabriel Escobar (redimido), Lino García, Tomás Reyes, Socorro Reyes, Rafael Vilvado, Agustín Guada, Eligio Guevara, Joaquín Romero, Trinidad Escalona, Selia Mercado, Josefa Antonia Urquia, Ana Josefa, Senpertegui, Ana Villamediana, María del Socorro Guevara, José García, Victoria Ochoa, Francisco Pineda, Josefa Mendoza, José Antiverio, Vicente Hernández, Socorro Balaustre, Josefa Lujambio, María Josefa Figueredo, María de los Santos Blanco, Juan José Moreno, Viviana Acosta, Francisco Arteaga, Benigna Urialte, Antonio Sedeño y Tomasa Morillo. El gasto de un entierro para ese año tenía el siguiente valor: Por la cruz, capa y dobles (20 reales), por el acompañamiento del Cura y Sacristán (16 reales), por las velas para las manos (4 reales), por misa cantada de cuerpo presente (24 reales), por la leña (8 reales), por derechos de fábrica (20 reales) y por las dos velas de los cirios (4 reales). En este expediente por primera vez encontramos el título de la cofradía como “Santísimo Cristo de la Santa Vera Cruz”, en un recibo con fecha 25 de abril de 1848, firmado por el músico Antonio Colón. Este título se debe a las actividades religiosas que cumplía la cofradía en Semana Santa, propia de aquella antigua Cofradía Santa Vera Cruz en su época de esplendor; y además cuando desaparece ésta, todos los documentos pasaron a la custodia y administración de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud. Así mismo en un recibo firmado por el Pbro. Ramón José Windevoxhel, el 14 de mayo, con el nombre “Santísimo Cristo de la Misericordia”. El costo de la celebración del Jueves Santo presentaba el siguiente valor: El señor Pedro García recibe 15 pesos y 2 reales por haber cargado los seis pasos de ese día santo; la Sra. Juana Antonia Páez recibe 6 pesos y 3 reales por la comida; el mencionado pintor Pedro Castillo recibe 3 pesos por el remiendo del esmalte de la Cruz y el dorado de las potencias; La Sra. Merced Cardoza 6 pesos por la labor de guardabrisa; el comerciante Marcos López recibe 12 pesos y 2 y medio de reales por 18 libras de esperma, 3 libras de clavos y tachuelas, y carretas de hilo; y la Sra. María del Carmen García recibe 12 pesos “por lavada apuntada y planchada las golas y paños”. El 15 de marzo de 1848, el joyero Alejo Mendoza recibe “cuatro peos de tres medallas a diez reales cada una y dos reales por la composición de una campana”. El carpintero


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Antonio Báez recibe, el 4 de mayo, la cantidad de 13 pesos y 6 reales, “a saber, sinco pesos por la composición del cajón de conducir los cadáveres al camposanto, diez reales por ponerle las chapas a dicho cajón, tres pesos por la composición del alero de la casa que era del hermano Ríos, veinte reales, por la composición del nicho, seis reales por la composición de una mesa y cuatro reales por cien cuñas y una barilla”. El 3 de junio, el cartero Adolfo Chomferí recibe “veinte reales por pago de traslado de varios oficios y comunicaciones de dha cofradía”. En carta del 22 de septiembre de 1849, el cofrade Estanislao Landaeta, quien estaba en deuda con la cofradía, reclama al mayordomo “la remuneración que debe hacerme por las diferentes veces que he servido al referido cuerpo con el carácter de escribiente, pues en ninguno de ellos se nos ha abonado nada…”. En el expediente de rendición de cuentas del mayordomo Francisco Páez, que comprende del 19 de mayo de 1853 hasta abril de 1854, encontramos una lista de cofrades que habían tributado con 8 reales cada uno: Anacleta Croquer, Bautista Sánchez, Banno López, Estefano Guevara, Francisco Coplen, Felipe Castro, Francisco Brielmo, José de Jesús Ramos, José de Jesús Mendoza, José Reyes, José Encarnación López, Juan José Leonardo López, Juan Gala Castro, José Oropeza, José León Mendoza, José de Run Galíndez, José Joaquín Rodríguez, José del Carmen Pérez, José Ramón Hernández, José María Cabrera, José Antonio Padilla, José María Quiñones, José de Jesús Quiñones, José Quiñones, José Aparicio Herrera, José Lorenzo Gutiérrez, José de la Luz Ochoa, José Tomas Barrios, José María Labayo, José del Carmen Silva, José Néstor Sánchez, Marcelo Sopada, Miguel Delgado, Manuel Moreno, Manuel Antonio Hidalgo, Rufo López, Zoilo Rodríguez, Vicente Pino, Baltazar Hernández, Ana Rita Vásquez, Ana Ramona Silva, Agreda Rojas, Ana Pérez de Sandoval, Águeda Sequera de Castillo, Valentina Román, Beatriz López, Belén Bello, Candelaria Melean, Candelaria Figueredo, Carmen Ravelo, Catalina González, Carmen Cortes de Rodríguez, Clara de Jesús Flores, Carmen Suarez, Carmen Gadea, Obdulia Montañés, Eloísa Hernández, Eduviges Pérez, Eustaquia Malpica, Francisca Sánchez, Feliciana Gallango, Francisca Antonia Pérez, Gregoria Mercado, Isidora Travieso Isabel Dolores de Pérez, Isabel Bello, Juana de Mata de Silva, Juana González y Silva, Josefa Torres, Juana Eugenia Guillen, Josefa Manuela Real, Juana Bautista Espinoza, Juana Inés Pedrosa, Joaquina Morena, Josefa Pérez, Laureana Matute de Toledo, María Marcelina Muños, María del Carmen Rivas, María Antonia Sánchez, María Juliana Sánchez, María de la Merced Páez, María Antonia Sequera, Modesta Estrada, María Florencia Guevara, María del Pilar Rodríguez, María del Carmen González, Matías Díaz, Micaela Sandoval, María Alejandra Hernández, María Moreno de Pérez, María Gregoria Moreno, María Eustaquia Moreno, María Feliciana Pérez, María Petronila Muños, María Eusebia Herrera, María Antonia Lozada, Micaela Rojas, María de la Merced Guevara, María Feliciana Vereugnet, María Rita Clamora, María de la Merced Moreno, Nieves Tovar, Nicolasa Herrera de Caballo, Petronila Ravelo, Ramona Bello, Ramona Borueola, Rosalía Quiñones, Secundina Espinoza, Silvestra Salazar, Trinidad Mendoza, Tomasa Bello, Victoria Salazar y Úrsula Natera Utriago.


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Otra lista de hermanos que redimen en vida por 25 pesos: Elías Borges, Gerónima Páez, Simona Páez de Llaurit y Juan de la Cruz Moray. Otra lista de redimidos en artículo de muerte por 38 pesos: Antonio Ramón Agrinzones, José María Escorihuela, Pbro. Felipe Páez, Juan Henrique Moriste Ablun, José Benigno Salere, Ricardo Bello, María del Carmen Caballero, Manuel Lovera, Esteban Coronel, Hermenegildo Granadillo, Juan Ríos, Luisa Lazo, María Dolores Manrique, Fernando García, Juana Amada Lixi de Reverón, Juan Quiñones, Manuela Delgado de Hernández, María del Rosario Ahaque, Juana Acosta, María Rita Parraga, Baciha Hidalgo y Juan Dolores Guillen. En cuanto a los alquileres de las casas: en la calle Marte habitada por Rita Escalona, 77 pesos de once meses de alquiler; en la calle de Cuenta, los inquilinos Juan López, 18 pesos, Josefa Montañés 120 pesos y Asunción Arvelo 60 pesos; en la calle del Juncal habitadas por los inquilinos el comandante Pedro Rojas 72 pesos, Pablo Silva 72 pesos María Dolores Sequera 60 pesos y Luis Marmies 60 pesos; y de la calle de Martín Tovar la habitaba don Pedro J. Estoquera. En estos alquileres, el mayordomo debía notificarlo a las autoridades. Ya que, el 21 de mayo de 1853, el gobernador de la Provincia de Carabobo, general Miguel Martínez, acordaba como norma para mantener el orden público, que “todo que admita en su casa alguna persona en clase de huésped o le diese posada está obligado a participarlo inmediatamente a la autoridad de policía de la parroquia o el Jefe Político del Cantón. El funcionario de policía respectivo, impondrán la multa de diez a veinte i cinco pesos al que contraviniere a esta disposición” (Colombet, M., 1992: 54). Del mismo mayordomo Páez, del expediente del 1 de mayo de 1854 hasta abril de 1855, asienta la cantidad de 125 pesos por derecho de filiación de los siguientes hermanos: Agustín Pedrosa, Antolino Salas, Bartolo Tovar, Cirilo M., Clodoveo Antonio Rojas, Carlos Romero, Antonio Baquero, Francisco Rojas, Felipe Vera, Francisco Guevara, Gabriel Moreno, Juan Agustín Silva, Juan Bautista Mujica, José Tinques, Juan José Rodríguez, José Ramón Herrera, José Mateo Márquez, Juan Antonio Guevara, Juan José Flores, José Barrios, Miguel González y Moreno, Manuel González, Martin Osorio, Nicolás Bello, Nicanor Cortes, Pablo Losa, Pablo Rangel, Pedro Paredes, Pedro Salcedo, Pedro Jiménez, Rafael Román, Santana Pavón, Tobías Páez, Víctor Villanueva, Ana Aquilina Herrera, Antonia Muños, Alejandra Muños, Anita Rojas, Ana Joaquina Rojas, Agreda Cabrices, Antonia Herrera, Agustina Vera, Ángela Díaz, Ana Páez de Pulido, Ana Lorena Pulido, Ana Juana Hernández, Benedicta Castillo, Carmen Caballero, Clemencia Salazar, Carmelita Duran, Concepción Martínez, Concepción Izaguirre, Concepción Gallango, Eoloya Díaz, Encarnación Herrera, Eulogia Caballero, Eduviges Olivo de Cortes, Eloísa Hernández, Eduviges Laexus, Eusebia Francia, Feliciana Moría de Guevara, Francisca Croques, Felipa Gutiérrez, Genoveva Herrera, Genoveva Suarez, Isabel Guevara, Isabel Páez, Iginia Gómez, Juana Paula Martínez, Juana Antonia Pérez, Juana Josefa Reina, Juana Josefa Torres, Josefa Sánchez, Josefa Antonia Cabelo, Juana de Díaz Martínez, Juana González, Juana Barrios, Juana Castillo, Juana Bautista Gómez, Juana Ibarra, Juana María Loran; Juana María Bello, Joaquina Ochoa, Luisa Aguilera, Librado Parra, María Domínguez, Martina Borbones, Manuela


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Sequera, Marcos Guerra, María de Jesús Berancola, María del Socorro Silva, María de Jesús López, Maximana Lazo, Mariquita Salas, María del Rosario Caballeo, María de Jesús Zuloaga, María de los Dolores Noguera, María de las Santas Zuloaga, María del Carmen Guevara, María Andrea San Clemente, María de la Luz Solórzano, Martinia Artayago, María Viviana Rojas, María de la Merced Hidalgo, Narcisa Artube, Petronila Páez, Petronila Limas, Petronila Araujo, Petronila Páez Díaz Velásquez, Petronila Montiel, Remigia Flores, Socorro Duran de Tellechea, Socorro Ortega, Saturnina Leal, Socorro Cabrices, Silvestra Rivas, Socorro Martínez de Román, Socorro Sánchez, Lechas Ríos, Trinidad Páez Diez Velásquez y Victoria Román. En el mismo expediente aparece la hermana Juana Manrique de Villalba, redimida por 25 pesos en vida; y otros hermanos en artículo de muerte por 38 pesos: Maralina Díaz, María del Carmen Vásquez, Ramón Díaz, Toribio Manrique, Juana Antonia Hidalgo, Luis Antonio Espinoza, Banard Toro, Delfín Loren, Juan José Páez, Tomaza Salazar, Isidora Moreno, Adelaida Barganciano, Ramón Zoraya y Armando Malpica. Además del cobro de alquileres de las casas en propiedad, también la cofradía alquilaba las bóvedas, ceras, mesa mortuoria, enlutados, entre otros, para el servicio de entierros de los hermanos cofrades. Por el alquiler de la bóveda se cobraba 20 pesos, por la cera 10 pesos, por los enlutados 10 pesos y mesa mortuoria 7 pesos. Encontramos un contrato del maestro de albañilería Juan Hilario Rojas, con fecha 9 de septiembre de 1856, con estos términos: “Yo Juan Hilario Rojas, maestro de albañilería, me comprometo con el Sr. Raimundo Rojas, actual mayordomo de la cofradía del Santísimo Cristo, a hacer en la casa que habita el Sr. Dn. Pedro José Estoquera, perteneciente a dicha cofradía, las obras…”. En 1857, el Pbro. Dr. José Andrés Riera recibía por derecho de misa de entierro cantado 17 pesos. En ese año, todavía sigue tocando en las celebraciones litúrgicas y en las procesiones el músico Antonio Colón. La Sra. Zoila Lamas recibe 11 pesos “por planchar roquetes y rodapié”. El Sr. Gregorio Rojas vende por 10 pesos una cortina “de dos anchos y tres bara de largo”. Encontramos el expediente de rendición de cuentas del mayordomo Juan Villalba, desde el 1 de mayo de 1859 hasta el 30 de abril de 1860. Aparece una lista hermanos redimidos en artículo de muerte, por 38 pesos cada uno: Eusebio Michelena, José Antonio Cayejones, María de la Soledad Becerra, José Elías Arana, Víctor Cuba, José Manzo, Alejandro Landaeta, Manuela Landaeta, María de los Ángeles Espinoza, Josefa Páez, Crispina Alvarado, Zoila Acosta, Vicente Gil, Mariana Solano y Josefa María Fortiques. La recaudación de las casas alquiladas en este período: la habitada por el Sr. Pedro Verneguir, 72 pesos; la que sirve de almacén habitada por el Sr. Alejandro Muños, 13 pesos y 4 reales; la habitada por Antonio Monzón, 60 pesos; la habitada por María Páez, por 8 pesos al mes; “la ocupada por la viuda del comandante Rojas nada ha producido porque debe los alquileres desde octubre de 1958”; la habitada por la familia de Pablo


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Silva, 36 pesos; y “nada se ha recaudado por la casa ocupada por el Dn. Pedro J. Estoquera por estar sus alquileres destinados a amortizar la deuda anterior”. El 24 de mayo de 1861, las cuentas del mayordomo Gerónimo Solórzano fueron objetadas porque “dejó de cargarse en el ramo de urna de muerto por olvido tres pesos; mas tres pesos de una casa que habita Ana Barrios en la calle del Otoño; también un mes de la casa de Santa María que son ocho pesos; y dos pesos y cuatro reales de la casa que habitaba Antonio Monzón…”. El artista Juan Antonio Michelena32 recibe 6 pesos y 4 reales por concepto de adorado y pintura de la mesa mortuoria. El músico Antonio Colón recibe 60 pesos por tocar los cinco martes de cuaresma, y en los años 1874 y 1875 aparece tocando un pariente llamado Felipe Colón. En el expediente presentando por el mismo mayordomo Solórzano, en el lapso de 1864 a 1865, lo firma el notario público Francisco E. Caballero. Es en este expediente que, por primera vez, encontramos la titulación de la cofradía con el título “Santísimo Cristo de la Salud y Nuestra Señora de los Dolores”. El 23 de enero de 1865, el Pbro. Manuel Antonio Michelena recibe 21 pesos por el entierro del cadáver Francia Romero. El expediente de rendición de cuentas del mayordomo Juan José Lamas con fecha de revisión del 20 de noviembre de 1877, cuyo año nos aproximamos al ocaso de la cofradía en estudio: “Valencia Julio tres de 1877. Existiendo en esta Vicaria las cuentas presentadas por el finado Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud, Juan José Lamas, pertenecientes a los años de 1872 a 1873, de 1874 a 1875 y de 1875 a 1876 sin haber sido examinadas, se nombra de fiscales para su examen a los hermanos Raymundo Rojas y Fernando paredes…”. Ya para esta fecha había fallecido el mencionado mayordomo, y las cuentas son presentadas por su hijo Diego María Lamas. Siguiendo la recaudación de los alquileres de las casas en propiedad, en 1877 se recibió 490 pesos, de la siguiente manera: La casa que habita el Dn. Estoquera gana en el año la suma de ciento cuarenta y cuatro pesos. La que habita Federico Feo gana en el año noventa y seis pesos. Donde vive Andrade gana en el año setenta y dos pesos. La que habita Felipe Colon gana en el año noventa y seis pesos. Donde vive Merced Vargas gana en el año cuarenta y dos pesos. La que habita la familia francés gana al año noventa y seis pesos. Hasta aquí es el estudio de los documentos sobre la redición de cuentas de los mayordomos existentes en nuestro Archivo Arquidiocesano de Valencia.

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Era hijo del general Juan Antonio Michelena y Trinidad Olivo, nacido en Puerto Cabello, el 13 de febrero de 1832. Entre 1837 y 1850 vivió en Caracas. Entre 1850 y 1854 trabaja en Valencia e ingresa al taller del pintor Pedro Castillo. Posteriormente contraje matrimonio con Socorro Castillo, hija de dicho pintor. Hacia 1854 es nombrado preceptor en el Colegio Nacional establecido por la Diputación Provincial de Carabobo. De su matrimonio en 1863 nace el quien será el afamado pintor Arturo Michelena. Fallece en la ciudad el 14 de febrero de 1918.


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A MODO DE CONCLUSIÓN La investigación realizada a las fuentes documentales de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud ha sido un estudio de aproximación para una exposición de la valiosa información que posee el Archivo Histórico “Mons. Gregorio Adam”, como fuente útil e ineludible para la investigación histórica eclesiástica de la región valenciana o carabobeña del siglo XIX. Todas las informaciones que arrojan este trabajo histórico tienen que ser sometida a un análisis minucioso, no sólo desde el punto de vista religioso, sino también en lo socio-económico, en lo político, en lo artístico y en lo cultural de la época. En cuanto al mundo de la religiosidad popular, toda la documentación estudiada representa, como reiteradamente hemos dicho, un testimonio fidedigno del creyente de aquella época, que, a través de una fe inquebrantable en Jesucristo crucificado presente en la liturgia de la Iglesia y en la cotidianidad de la existencia, busca con sinceridad la santificación de su vida y la salvación de su alma aquí y ahora. La Valencia del siglo XIX es una sociedad religiosa. Su religiosidad nace de una espiritualidad penitencial arraigada en la misma fuente del Evangelio, como dice el Apóstol San Pablo: “Nosotros predicamos a un Cristo crucificado” (1 Cor 1,23). Contemplar al crucificado fue la gran incógnita de la Iglesia primitiva, porque la experiencia de la resurrección (de una Iglesia Pascual) no obvió que en los primeros creyentes se viviera de manera dolorosa el escándalo y la frustración de la cruz. No hay resurrección sin la cruz. Ese mensaje se vive en, con y para la comunidad. La importancia de pertenecer a esta cofradía nacía de un deseo profundo de vivir la experiencia pascual de Cristo en la liberación del pecado, que no es otra cosa que vivir la experiencia de fe de la misericordia de Dios. Esto se manifestaba en la participación activa y perseverante en las misas dominicales, especialmente en las misas por los difuntos, el rezo del santo rosario en los días martes de Cuaresma y en las procesiones del Jueves y Viernes Santo con las imágenes del Cristo crucificado y de Nuestra Señora del de los Dolores. La cruz era el camino de la salvación. En lo socio-económico se puede observar la configuración de la sociedad valenciana en cuanto a los funcionarios de la administración eclesiástica y civil. Así como también los apellidos de las principales familias, quienes administraron ambos poderes. No sólo quienes ostentaban un puesto o jerarquía en el servicio público, sino aquellos que parecieran que fueran menos importantes como el músico o el pintor, el comerciante, el sastre, el albañil o el carpintero, entre otros. Hemos visto informaciones interesantes sobre los antiguos poseedores de casas, solares y otros bienes de muebles e inmuebles, y así como su valor monetario y ubicación geográfica de la ciudad. Todo esto nos lleva a entender el poder adquisitivo que poseía la cofradía, tal como hoy percibimos el manejo de un banco público o privado; y así como el movimiento económico que tenían sus miembros, como una élite social donde se salvaguardó el principio de exclusividad y exclusión de aquella decadente sociedad colonial.


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En lo político hemos visto la actuación de la autoridad civil en la vida interna de la cofradía muy ligada a la ley del patronato eclesiástico. Esto significó para la Iglesia en Venezuela la presencia descarada del brazo secular, en su intervención e intromisión en los asuntos religiosos. Esto perduró en la colonia y en la era republicana. Fue un lastre que cargó la Iglesia hasta 1964 con el Convenio Modus Vivendi. En la Iglesia Matriz de Valencia del siglo XIX, aquella relación fue de un modo muy singular en cuanto que algunos miembros de la cofradía participaron activamente en los asuntos políticos. Ellos representaban lo político y lo religioso en una sociedad controlada y dominada por las principales familias. La prueba de ellos es la lista de nombres de quienes ejercieron la autoridad civil (Véase anexos N° 6). En lo artístico encontramos en estos fondos documentales nombres de las personas que hacían o restauraban, o pintaban imágenes o retablos para la cofradía, como los artistas Pedro Castillo y Juan Antonio Michelena. Así como quienes hacían o confeccionaban los vestidos, paños y trajes de las imágenes, y hasta la vestimenta (La opa) de los mismos cofrades. Estos datos aparecen en cada expediente de rendición de cuentas, que minuciosamente realizaban anualmente los mayordomos. Sería interesante un mayor estudio de estos documentos para la historia del arte regional y local. En el ámbito cultural podemos entender que la cofradía del Santísimo Cristo de la Salud, como una institución social, estaba profundamente arraigada en la sociedad de los valencianos o carabobeños. Más allá de su carácter formalmente religioso, significó un poder político, económico y social. Por ejemplo en el aspecto económico hubo muchas veces conflictos entre los mismos miembros de la cofradía, o entre las hermandades, o con la jerarquía de la Iglesia o con las autoridades civiles. Podemos notar que a pesar del grito de libertad que vivió nuestra nación del yugo español, todavía la población y las instituciones civiles y eclesiásticas arrastraban una fisonomía colonial de 300 años, que por ende quedaba de manifiesto en una conciencia monárquica. La Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud no escapó de aquella realidad; sus miembros, pertenecientes a un sector pudiente de la sociedad valenciana, lucharon por mantener su statu quo con el complimiento fiel a las normas del catolicismo.


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IV.- ANEXOS DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA ECLESIÁSTICA CARABOBEÑA 1.- CONSTITUCIONES DE LA COFRADÍA SANTÍSIMO CRISTO DE LA SALUD Nos el Dr. D. Narciso Coll y Prat por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de Caracas y Venezuela del Consejo de su majestad Hacemos saber a Nuestro Vicario Foráneo Juez Eclesiástico de la Ciudad de Valencia, que en vista de las constituciones formadas para el gobierno de la devota Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud de aquella Iglesia Parroquial, hemos dado dos providencias; cuyo tenor con el de las mismas constituciones es el siguiente: En el nombre de Dios Trino, y Uno. Amén. Los nominados comprendidos en la lista inserta en el expediente formado sobre alcanzar de la piedad pastoral de Nuestro Prelado Eclesiástico, el Ilmo. Señor Dr. Don Narciso Coll y Prat, por la gracia de Dios Dignísimo Arzobispo de la Iglesia Metropolitana de esta Provincia de Venezuela la competente licencia de fundar en esta Parroquial la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud, reunidos en cuerpo de Comunidad y bajo el auspicio del Divino Señor Crucificado, y animados del mismo espíritu con que antes de ahora voluntariamente nos congregamos para tratar de poner en ejecución tan santa obra que es sin duda la escala de Jacob por donde por el ministerio de los Ángeles nos envía Dios sus favores y por la que debemos después de nuestros días subir al Cielo para gozarle eternamente que es la única felicidad a que debemos aspirar como redimidos con la Sangre preciosa de Nuestro Señor Jesucristo, decimos: que habiendo conseguido ya la licencia que anhelamos para la expresada fundación, sin embargo de no haber todavía el fondo suficiente prevenido por las Sinodales de este Arzobispado; pero que Deseosa S. S. Y. por su misma piedad religiosa de ver fundada la Cofradía bajo el precioso título del Santísimo Cristo de la Salud, venció el inconveniente de la Ley dispositiva, derramando sus confianzas en los corazones y devoción de los fieles, que habrá, a poca sucesión de época. Dios mediante un capital más que suficiente sobre el presupuesto de doscientos y quince pesos que hay de presente, y contribuimos al principio, aun sin haber conseguido la expresada licencia debiéndose ya por tanto proceder a la formación de las constituciones a virtud del Superior decreto: Hallándose presente el venerable Párroco Cura y Vicario de esta Santa Iglesia Dr. D. Francisco Xavier Narvarte, especialmente autorizado por S. S. Y. para el efecto, y el Caballero Corregidor primero Licenciado D. Vicente Mercader, nombrado por parte del Señor Gobernador Político, y en este día, que es el asignado, implorando como desde luego imploramos los Divinos Auxilios, procedemos a formar las constituciones que siguen. Primero: Siendo el primer motivo, y objeto terminativo de esta Santa Cofradía, el culto especial que se le debe dar a Dios Nuestro Señor en su soberana imagen del Santísimo


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Cristo de la Salud, el alto sacrificio de la Misa, sea la primera constitución, el deberse celebrar Misa cantada con Diácono y Subdiácono en todos los martes de Cuaresma a la sagrada imagen en su propio altar cuando lo tenga, o en (su propio) donde se halle colocado, o se coloque para tales días; y en todo caso se podrá celebrar esta función en el altar y capilla del Cristo de esta santa Iglesia Parroquial. Y por ahora se dirá Misa solamente con órgano hasta que se aumente el fondo, y se pueda hacer la función con mayor solemnidad. Segundo: Constituimos, ordenamos y mandamos que por las noches de estos martes, cuadragesimales, reunidos los hermanos cofrades, revestidos de opa, que deberá ser de género morado y al cuello pendiente de una cinta también morada, la imagen de Cristo Crucificado, la saquen en forma de Rosario por las calles del centro de la ciudad, diciendo las preces dolorosas que se acostumbran decir en esta procesión; pero sin la música instrumental, la que reunirá en aquellos actos, intermedios de distancia a distancia, en que se canta el Stabat Mater dolorosa siguiendo después hasta entrar a la Iglesia con las mismas preces antecedentes, y puesta ya la imagen en su lugar, se concluirá con el Stabat Mater dolorosa. Tercero: Siendo del caso, que a este Rosario, en que se recuerda la memoria de la pasión del Señor el que le acompañen su Santa Madre Dolorosa, como le acompañó en toda la serie de su pasión. Mandamos que salgan en su guion por detrás, una imagen de Dolores. Cuarto: Mandamos que si en este Rosario se dieren algunas limosnas, se reciban, y reserven en cajón separado del de fondo, y de otras limosnas, se saquen los costos de luces, y música del mismo Rosario; y si concluida la Cuaresma quedan alguna cantidad, se pongan en el mismo depósito. Quinta: Mandamos que por el tiempo que se esté diciendo la Misa de los martes y hasta hayan salido de la Iglesia los que la oyeren, o después de algún tiempo como de media hora se pongan un hermano de opa (que nombramos previamente uno para cada martes) con una meza por delante con carpeta, y un platillo para recibir las limosnas que se dieren en ese día, y guarden en el mismo depósito. Sexta: Mandamos, que por la tarde y noche, o después que se reserva la Majestad en el monumento, del Jueves Santo en que se acostumbren pedir limosna en las puertas de las iglesias y hasta que se toque la campana de la queda, se constituya un hermano en la misma situación para pedir la limosna y lo que recogiera se guarde en el mismo depósito. Séptima: Los hermanos y cofrades revestidos de opa, y con el guion de la Cofradía andarán las estaciones que se acostumbran en el Jueves Santo, llevando dos hachas encendidas, o faroles para alumbrarse por las calles caminando a las siete de la noche. Octava: Mandamos que los doscientos quince pesos que hay de fondo de presente se impongan a censo y tributo redimible, en persona que los asegure con escritura pública,


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buena finca, y fiador a satisfacción de la comunidad, cuyos réditos se guarden en el cajón principal separado del de limosnas. Nona: Mandamos que al fin del año se revisen los cajones con asistencia del Venerable Padre Vicario, y de dos hermanos cofrades que nombrará la Comunidad y reunidas las cantidades recogidas; así de réditos, como de limosnas; alcanzando a más de cien pesos se impongan a censo en los mismos términos deducidos los gastos que se hallan ofrecido en todo el año, como de entierros. Decima: Mandamos, que las funciones los martes, y gastos ocurrentes de la Cofradía, se saquen del fondo de limosna y no habiendo en él lo suficiente, se ocurra al de réditos, pero no con respecto a las misas de los martes, porque para estas limosnas se comprometen los hermanos de suplir de su peculio lo que faltare para la limosna de la misa. Undécima: Deberán haber tres libros en blanco que reservará el mayordomo: en el uno se asienten los capitales que impusiesen expresándose el día, mes y año del otorgamiento escriturario, y los nombres de los inquilinos y fiadores, con expresión de los bienes especialmente hipotecados y tendrá igualmente el mayordomo un testimonio autorizado de Escribano público de la Escritura otorgada que le deberá dar el inquilino a su costa; en el segundo se asentarán las limosnas que hayan ocurrido en todo el año; y en el tercero, se apunten los hermanos cofrades que quieran entrar en nuestra Cofradía; los cuales libros deberán estar foliados y rubricados al margen según por los mismos hermanos fundadores. Duodécima: Mandamos se elija todos los años un mayordomo a pluralidad de votos, reuniéndose al efecto los cofrades en la Iglesia Mayor el día dos de enero, presidiendo este acto el Venerable Padre Vicario y uno de los Jueces ordinarios que se nombrará por el Señor Gobernador Político o Justicia Mayor participándole antes por medio del Síndico Procurador el que igualmente será elegido en los mismos términos, cuyas elecciones se hagan en el expresado día dos de enero. Y así el mayordomo como el Síndico Procurador podrá ser relatado con todos los votos de los hermanos concurrentes a este acto. Decima tercia: Mandamos que el mayordomo saliente ponga formal inventario que el mayordomo que se hará con asistencia de dos hermanos que para el efecto serán nombrados por la comunidad en el mismo día de las elecciones, encargará al nuevo mayordomo los libros, cajones, alhajas y todo lo perteneciente a la Cofradía; y el entrante en los primeros ocho días tomará cuenta al saliente, el que deberá darle con sus respectivos comprobantes. Decima cuarta: Mandamos que los que hayan de entrar en nuestra Cofradía de hermanos deberán asentarse con la limosna de cinco pesos de plata, y una libra de cera, y contribuir en cada mes en un real (sic) (roto) en calidad de tributo, de enejar pensiones podrán redimirse con la existencia de veinte y cinco pesos de plata.


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Decima quinta: Constituimos que cualquier otro extraño sea hombre o mujer pueda redimirse en el artículo de la muerte con la misma cantidad de veinte y cinco pesos de plata y gozará entonces del beneficio de la Misa que se le dice a los hermanos el día de su muerte y entierro en los mismos términos que se hace a aquellos. Decima sexta: Mandamos que los hermanos cofrades revestidos de opa para poder disfrutar de los sufragios de las misas que serán aplicables para vivos y muertos deberán asistir a toda ella y también al Rosario para las noches; y al que debe salir en la del viernes del Concilio. Y los cofrades que no asistieron a dichas funciones no estando impedidos, además de no ganar los sufragios de las misas que dejaron de oír, darán en calidad de multa cuatro pesos de plata por cada vez que faltaren, a beneficio de la Santa Cofradía. Decima séptima: Los cofrades que asistieron a las expresadas funciones con la decencia prevenida, respeto y veneración que corresponde a tan alto sacrificio en que la oblata es el mismo Cristo que se ofrece a su Eterno Padre por los pecadores viadores, y las almas del purgatorio y en que se da a Dios Nuestro Señor la mayor honra y gloria, ganaran los infinitos sufragios del sacrificio de la misa cuya aplicación deberá ser por vivos y muertos para que en esta vida nos proteja Dios, y nos dé su gracia y después nos aplique en el purgatorio el sufragio para expiación y alivio de las penas, y abreviar su dilación para gozarle lo más antes en su eterno descanso. Y además a los hermanos que murieren se les dirá una misa rezada el día de su entierro, y a este deberán asistir los hermanos cofrades vestidos de opa en comunidad con el guion del Santísimo Cristo, y le rezarán o cantarán el De profundis por su alma en la casa mutuaria, y presencia del cadáver; y el entierro será cantado por menor con cuatro acompañados además del Cura y Sacristán Mayor, cuyo costo debe salir de la Cofradía. Decima octava: Los cofrades contribuirán voluntariamente lo que quieran dar de limosna para aplicarse en misas por el alma del hermano difunto, las cuales limosnas percibirá el mayordomo para que las mande decir. Decima nona: Mandamos que si el organista a cuyo cargo está el órgano de la Iglesia Parroquial lo tocare graciosamente en las misas de los martes goce de los mismos sufragios ya dichos como si fuese hermano recibido y será lo mismo, que no pudiendo, o no queriendo tocarlo por si, ponga a su costa otro en su lugar que lo toque. Vigésima: Además de las obligaciones impuestas a los hermanos, de asistencia a la misa de los martes y estaciones del Jueves Santo, asistirá con la misma decencia revestido de opa a toda la función de dicho día Jueves Santo por mañana y tarde cuya asistencia es muy propia de esta Santa Cofradía como consagrada toda a la memoria de la pasión de Nuestro Señor Jesucristo y los otros misterios que en si encierran. Vigésima primera: Siendo muy propio de la confraternidad que profesamos en esta Santa Cofradía el ejercitarnos en todo el año o en ciertos días señalados con alguna particular devoción del nuestro agrado de Dios y bien de nuestras almas, ordenamos y mandamos que en todos los jueves del año por la noche se forme la escuela de Cristo en


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la Iglesia Parroquial en los términos que dirigiere el Venerable Padre Vicario, y como se acostumbra en la capital de Caracas comenzando a la oración, costeándose las luces que se necesiten para esta Santa obra del fondo de limosnas, y en los términos que se proviene antecedentemente con respeto a gastos ocurrentes del año. Vigésima segunda: Atendiendo a que en el discurso del año pueden ofrecerse varios gastos para cuya exacción debe juntarse la comunidad, mandamos, o permitimos que pueda el mayordomo sin necesidad de que intervenga el voto de la comunidad, extraer de los fondos hasta de veinte pesos, y no más, dando a su tiempo la correspondiente cuenta en los términos que queda prevenido, pero en el caso de mayor urgencia deberá formarse la junta. Vigésima tercia: Siendo esta Cofradía tan pobre que ni tiene de presente más fondo que el de doscientos quince pesos, no será extraño; antes si muy conforme a la piedad religiosa y actos de virtud en que altamente se ejercita la caridad, el que se le auxilie con la limosna costearía podrán los hermanos nombrándose uno para cada mes pedirla de puerta en puerta en los días martes de la semana, y lo que se recogiere se pondrá en el fondo de depósitos de esta especie. Vigésima cuarta: Aunque en la constitución vigésima quinta se dice que pueda cualquiera otro extraño hombre o mujer en el artículo de la muerte redimirse con veinte y cinco pesos con mejor acuerdo en consideración de no haber personado en toda su vida, deberá ser la redención con veinte y ocho pesos de plata, quedando en esta parte reformada aquella constitución, y vigente en toda lo demás. Vigésima quinta: Enfermando algún hermano cofrade, y conociéndose que está en peligro de muerte, mandamos que le asistan dos hermanos a efecto de conocerle, auxiliarle, espiritualmente hacer que se confiese, reciba el Viatico, y extremaunción haga un testamento, y se disponga para morir; y habiéndose de llevar la Majestad Sacramentada al enfermo deberán acompañarle todos los hermanos si es posible y si no los que pueden juntarse para esta administración. Y los cofrades asistentes para el enfermo serán nombrados por el mayordomo y estos le darán parte a dicho mayordomo del día y hora en que murió a efecto de disponer de su entierro. Y el mayordomo asentará en el libro tercero que es el de entrada el día en que murió el hermano, anotándolo al margen primero a su frente. Vaguísima sexta: Porque en lo sucesivo se pueden ofrecer dudas acerca de las mismas constituciones o motivo de formar y añadir otras, o de reformar o aclarar; mandamos quedan abiertas estas constituciones y reservado el derecho para mando la necesidad o el caso lo exija; procediendo la comunidad con el mejor acuerdo, y asistencia del Venerable Padre Vicario de esta Santa Iglesia Parroquial, y del Señor Gobernador Político, o del en que su lugar fuese nombrado por el mismo. Con la cual hemos concluido estas Constituciones que nos ha dictado la prudencia y devoción cristiana y religiosa y en fe de que la aceptamos y ratificamos en todas sus partes, firmamos los hermanos cofrades fundadores que fuimos congregados para esta


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obra constitucional, junto con el Venerable Padre Vicario y el expresado Corregidor nombrado por el Señor Gobernador Político en esta ciudad de la Anunciación de Nuestra Señora de la Nueva Valencia en tres días del mes de marzo de mil ochocientos catorce. Laudetur Christus in Aeternum. Dr. Francisco Xavier de Narvarte. José Vicente Mercader. Fernando Mujica. Juan José López. Tomas Mujica. Alexander Acevedo. José Martínez. Antonio Alonso Cortes. Víctor Rodríguez. Juan Bautista Moreno. Andrés Cano. José Moronta. Gabriel Malpica. Juan Hinojosa. José de Elizondo. Miguel Franco. Ante mí, José Miguel Rodríguez, Notario Público. Pedimento Ilmo. Señor. El Capitán Juan José López vecino de esta ciudad con el debido respeto a V.S.Y. hago presente: que movido altamente de la cordial devoción que profeso a Cristo Crucificado bajo el espacioso título del Santísimo Cristo de la Salud, reunidos otros devotos poseídos de la misma devoción nos presentamos a V.S.Y. y suplicando, se dignase conceder su licencia de fundar cofradía a este Divino Señor en que pudiéramos con más utilidad y provecho de nuestras almas y demás fieles tributar a Dios Nuestro Señor especial culto y veneración efectivamente reunidos el suplicante y demás congregados del decreto de veinte y seis de febrero de mil ochocientos trece, me presenté por último implorando la misma licencia y habiéndose conseguido de la piedad de V.S.Y. hemos firmado las correspondientes constituciones con las formalidades prevenidas por el nuestro superior Decreto de veinte y ocho de enero último, las mismas que con las presupuestas diligencias practicadas el efecto, acompaño firmada de los hermanos, y autorizadas del Venerable Padre Vicario y Juez Secular nombrado por el Señor Gobernador Político. En esta atención por mí y ante (roto) de los demás hermanos cofrades suplico a la piedad de V.S.Y. se digne aprobar estas constituciones interponiendo su autoridad y judicial Decreto con lo más que se sirva acordar como el conceder a legitimas indulgencias a la misma Cofradía e individuos que la componen. Es piedad que esperamos recibir de la Pastoral de V.S.Y. Valencia y marzo ocho de mil ochocientos catorce. Juan José López. Decreto Caracas catorce de junio de mil ochocientos catorce. Vista las constituciones formadas por los devotos congregantes que pretenden la fundación una devota Cofradía dedicada a Nuestro Señor Jesucristo Crucificado, bajo el título del Santo Cristo de la Salud en la Iglesia Parroquial de la ciudad de Valencia de esta Arquidiócesis. Aprovechadas cuanto ha lugar de derecho, añadiendo lo siguiente: A las constituciones octava y nona que la imposición a censo prevenida en ambos sea con licencia del Vicario con consentimiento del mayordomo y del hermano Síndico Procurador; y no de toda la comunidad. A la décima tercia: que las cuentas que debe rendir el mayordomo sea recibida conforme a lo dispuesto en las Constituciones Sinodales, y el inventario lo presenciará el Cura semanero. A las constituciones catorce, quince, diez y siete, y veinte y cuatro que


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disponen el asiento de hermanos de entierros del modo siguiente: habrá tres clases, una de mayores, numerarios, que llegará hasta de treinta y tres los cuales vistan la túnica y tengan voz activa y pasiva para las elecciones y gobierno de la Cofradía, que la limosna para los que fueren entrando, después de los actuales fundadores, sean de ocho reales y una libra de cera, y paguen cada mes un real de que quedarán redimidos exhibiendo veinte pesos. Que los supernumerarios, sean hombres o mujeres, hagan igual contribución menos la libra de cera; pero esta la contribuirán cuando alguno pase a numerario: a todos los cuales deberá costear la Cofradía entierro cantado con Misa cantada de cuerpo presente, y habiéndose de sepultar de cuenta de los bienes del difunto, porque así lo haya dispuesto, se le canten tres Misas, y estos supernumerarios pondrán los hombres que pudieran vestir la túnica como los numerarios, pero no tendrán voz activa ni pasiva. Así mismo se podrán admitir hermanos en calidad de menores, contribuyendo veinte y ocho pesos por una vez, y a los cuales sea obligada la Cofradía a mandarles celebrar una Misa rezada en su fallecimiento y asistirle a su entierro, pues esta práctica de otras cofradías de este Arzobispado es la que nos parece más conforme y justa. Y en cuanto al modo de asentarse tanto los hermanos mayores como los menores, se haga la admisión por el Cura como Capellán protector y por el mayordomo unidamente, ejecutándose de este modo el mayordomo en cada mes tomará los nombres de lo que quieran entrar a la Cofradía, advirtiéndole que para su admisión concurra el domingo mensal antes de la fiesta a las siete u ocho de la mañana; y en este día y hora estando presente el Cura y los diputados dará cuenta el mayordomo de los que quieran entrar de hermanos; y admitidos sin óbice, exhibirán allí mismo la correspondiente limosna, se vestirá por el Cura la túnica a los mayores y en el libro de Cabildos se extenderá la diligencia expresándose los nombres de los admitidos, la distinción de mayores y menores, y la limosna que exhibieron; y firmaran todos la diligencia. El mayordomo tendrá en su poder la limosna y escribir los mismos nombres en la letra que corresponda del alfabeto del libro de asientos de hermanos y calidad en que son admitidos, si irán que ocurriendo el caso de asentarse alguno hermano mayor o menor en articulo mortis, se hará el asiento por el mayordomo, y dará cuenta con manifestación de la limosna en el Domingo mensal siguiente. Mas en calidad de mayor numerario no se admitirá en articulo mortis a ninguna persona, y cuando vaya algún lugar entre los hermanos numerarios lo llevará el más antiguo de los supernumerarios, sino fuere públicamente vicioso; en cuyo caso pasará al que le siga en asiento y se escribirá la diligencia en el libro de Cabildos, sin hacerse antes exhibición de limosna. A la constitución décima sexta que se omita la multa que en ella se impone a los que faltaren a los actos que en ella se expresan pero exhortamos en el Señor a todos los hermanos que se esfuercen a su devota práctica, y concedemos ochenta días de indulgencia a los que así lo hicieran por cada uno de aquellos devotos actos, y a los demás que se expresan en las constituciones vigésima, vigésima primera y vigésima quinta. A la décima octava que las limosnas de misas de que haya esta constitución se entreguen a los curas. A la vigésima primera: concedemos licencia para la práctica del ejercicio de la Escuela de Cristo que allí se expresa, y ochenta días de indulgencia a los que asistieren bien entendido que los Domingos de Minerva se práctica por la tarde con hombres y mujeres; pues estas no han de concurrir al de los Jueves por la noche. A la


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vigésima tercera y demás hablan de colectación de limosnas se participará expresamente a los Curas las que se hubieren recogido y en el asiento de esta partidas en la cuenta del mayordomo pondrá su visto bueno el semanero y lo mismo en los gastos que se hicieren, sin cuya circunstancia no se pasaran las partidas. A la vigésima sexta: que todo lo que se hubiere de añadir o quitar en estas constituciones sea con nuestra aprobación. Narciso, Arzobispo de Caracas. Así lo Decreto el Ilmo. Señor Dr. Don Narciso Coll y Prat, mi Señor dignísimo Arzobispo de esta Metrópoli, y lo firmó de que certifico. Juan José Guzmán, Secretario. Nota En diez y seis de los mismos se sacó el despacho y se remitió al Vicario de Valencia de que certifico, está rubricada. Decreto Caracas diez y ocho de septiembre de mil ochocientos quince. Respecto de que los devotos fundadores de la Cofradía de Nuestro Señor Jesucristo Crucificado, bajo el título del Santo Cristo de la Salud, de la Iglesia Parroquial de la ciudad de Valencia que allí asisten fieles vasallos de nuestro Católico Monarca el Señor D. Fernando Séptimo, nos han hecho presente por medio del Vicario Foráneo de aquel Partido y Cura Rector de la misma Iglesia el fervoroso deseo en que se hallan de continuar sus devotos ejercicios espirituales, y que se hallan sin las constituciones aprobadas por haberse perdido en el trastorno causado por las convulsiones políticas, el Despacho que las contenía: concedemos accediendo a sus piadosos ruegos en que se sobrecarte y se les remita al anunciado efecto de la indicada constitución de sus devotos ejercicios: con calidad de que de que dentro del espacio de dos años contados desde este día alcancen la Real confirmación de las mismas constituciones conforme a lo dispuesto en las Recopilaciones Leyes de Indias a percibidos de que no haciéndolo cumplido aquel termino deberán cesar los mismos ejercicios quedando para esto a la mira el dicho Vicario. Narciso, Arzobispo de Caracas. Así lo Decreto el Ilmo. Señor Dr. Don Narciso Coll y Prat, mi Señor dignísimo Arzobispo de esta Metrópoli del Consejo de la S.M., y lo firmó de que certifico. Juan José Guzmán, Secretario. En cuya virtud ordenamos y mandamos al expresado nuestro Vicario Foráneo de la Partida de Valencia que luego que reciba este nuestro Despacho le dé su puntual y debido cumplimiento. Dado en Nuestro Palacio Arzobispal de Caracas, firmadas, selladas y refrendadas en forma a veinte de septiembre de mil ochocientos y quince. Narciso, Arzobispo de Caracas.


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Por mandato de Su Ilma., el Arzobispo mi Señor. Juan José Guzmán, Secretario.

2.- DECRETO DE OCHENTA DIAS DE INDULGENCIA EN LA IGLESIA PARROQUIAL DE VALENCIA, 1814. Nos el Dr. Dn. Narciso Coll y Prat, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo Metropolitano de Caracas y Venezuela. Por las presentes concedemos ochenta días de Yndulgencia a los fieles, por cada vez que devotamente rezaren una Salve ante la Ymagen que representa el Misterio de la Anunciación de Ntra. Sra. titular de esta Yglesia parroquial, en cuya Altar mayor se venera. Otros ochenta días, por cada vez que se rezare una Salve ante la Ymagen de escultura de Ntra. Sra. del Socorro. Otros ochenta días, por cada que vez que se rezare una salve ante la Ymagen de escultura de Ntra. Sra. del Rosario. Otros ochenta día, por cada vez que se rezare una Salve ante la Ymagen de escultura de Ntra. Sra. del Carmen. Otro ochenta días, por cada vez que se rezare un credo, o el trisagio ante la Ymagen de escultura que representan el Misterio de la Santísima Trinidad. Otros Ochenta días, por cada vez que se rezare un credo ante la Ymagen de escultura de Ntro. Sor. Jesuchristo crucificado. Otros ochenta días, por cada vez que se rezare un credo ante la Ymagen de escultura de Jesús en la Columna. Otros ochenta días, por cada vez que se rezare un Padre Nuestro y Ave María ante la Ymagen de escultura del Patriarca Señor San José. Ochenta días, por cada vez que se rezare un Padre Nuestro y una Ave María a las Benditas Ánimas del Purgatorio, ante el cuadro que las representa. Y otro ochenta días, por cada vez que se rezare un Padre Nuestro y una Ave María ante la Ymagen de la gloriosa Virgen y Mártir Sta. Bárbara. La qual y todas las antedichas se veneran en sus respectivos Altares de la sobredicha Yglesia parroquial. Y damos licencia para que las enunciadas gracias puedan denunciarse en la forma acostumbrada. Dada en Nuestro Palacio Arzobispal de Valencia, a ocho de Enero de mil ochocientos catorce. Narciso, Arzobispo de Caracas. Por mandato de su Ilma. El Arzobispo mi Señor, Juan José Guzmán, Secretario. (Libro de Gobierno Nº 3. Años 1814-1824, folio 2 vto. ).

3.- ACTA DE ELECCIÒN DEL MAYORDOMO PEDRO JUAN MONTESINOS 1816 En la ciudad de Nueva Valencia del Rey en veinte y dos días del mes de enero de mil ochocientos diez y seis el Señor Dr. Don Francisco Xavier de Narvarte Vicario, Juez Eclesiástico y Cura de la Parroquial de esta ciudad, habiendo sido convidado por la hermandad de la Cofradía de Jesús Crucificado, bajo el título de Jesús de la Misericordia para que se sirviese asistir a presenciar el Cabildo que hoy se ha de celebrar para la elección de Mayordomo, y Aguaciles que le sirvan concurrió dicho Señor Vicario conmigo el Notario y con asistencia del Señor Alcalde de segunda elección Don Miguel Ignacio Malpica, y pasando juntos a la capilla de dicha imagen, con los Hermanos que la componen les hizo dicho Señor Vicario una breve pastoral


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exhortación: mando a los hermanos, pasasen a dar votos secretos y efectivamente habiéndolo verificado con aquel orden y silencio debido; se hallaron por Mayordomo de la citada Cofradía para este presente año. Diez y seis votos en el Hermano Mayor Pedro Montesinos, para primer Aguacil siete votos en el Hermano Alejandro Acevedo, para segundo Aguacil nueve votos en el Hermano Gabriel Malpica y para Mayordomo del Rosario ocho votos en el Hermano José Silva. Habiendo ocurrido para esta elección, los hermanos Francisco Cazares, Víctor Rodríguez, Miguel Acevedo, Antonio Cortez, José Jesús Torres, Gabriel Ríos, Santos Loaiza, Ramón de la Yunta, Juan Pedro Olivo, Agustín Moyetones, Ambrosio Salinas, Andrés Caro. Y hallando dicho Señor Vicario ser Canónica la Elección así de Mayordomo en el hermano Pedro Montesinos, como la de los demás oficios que vienen nominados para el cuidado de esta Santa Cofradía que en virtud de la facultad que en dicho Señor Vicario reside para las constituciones últimamente establecidas y reparadas por el Ilmo. Señor Arzobispo de esta Diócesis, sean su Decreto de catorce de junio de mil ochocientos quince (sic), y último decreto de diez y ocho de septiembre de mil ochocientos quince que se halla al pie de dichas constituciones, confirmo dichas Elecciones en el hermano Pedro Montesinos para Mayordomo en este presente año y a los demás en sus oficios respectivamente en cuanto ha lugar de derecho interponiendo como interpuso la autoridad de su oficio, dado la necesaria condición de que dicho Mayordomo entrante haya de ocurrir al Mayordomo saliente con los dos integrantes y el Secretario, a revisar las alhajas y demás intereses, y los tres libros concernientes a dicha Cofradía, que en el término de ocho días el Mayordomo saliente entregará sus cuentas con sus comprobantes en esta Vicaria para su aprobación, las mismas que se pasaran con el inventario, a sus correspondientes libros, por el presente Secretario. Y no ofreciéndose otra cosa que tratar en este Cabildo; dicho Señor Vicario lo dio por concluido y firmó con dicho Señor Alcalde Ordinario, Mayordomo electo, y hermandad, e yo el Notario de que doy fe. [Firmas]. Ante mí, Juan Esteban de Figueroa, Notario (Libro de Actas, folio 1).

4.- CARTA DEL ENCARGADO-GOBERNADOR ARQUIDIÓCESIS DE CARACAS (1831)

DE

LA

Juan Félix Manco Presbítero Secretario de este Arzobispado de Caracas etc. Certifico en debida forma: que el Sr. Gobernador del Arzobispado en la instancia documentada, dirigida por el Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud de la parroquial de la ciudad de Valencia ha decretado lo siguiente: Caracas tres de Octubre de mil ochocientos treinta y uno. Visto: penetrado del mayor sentimiento por la inasistencia de los hermanos, de que precisamente debe resultar la decadencia, y aun extinción de la cofradía exigida en la ciudad de Valencia con el título del Santísimo Cristo de la Salud, encargamos y cometemos a los Venerables Curas de la misma ciudad, que empleen todo su esmero y celo pastoral en persuadir y exhortar a los hermanos el cumplimiento de las obligaciones a que se comprometieron en su recepción, de las cuales es una de las más esenciales la asistencia de los actos de la


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cofradía, tanto por el buen ejemplo e inagotables beneficios espirituales que deben esperarse, como porque de ella pende la conservación, auge y resplandor de la misma cofradía. Con el propio interés y de acuerdo con los respectivos mayordomos estimularan los Señores Curas el exacto cumplimiento de la Constitución y adiciones estampadas en el auto de aprobación sin permitir alteración alguna, y procurando que solo sean admitidos por hermanos aquellos sujetos honrados que animados de un espíritu de religión y piedad, no desmayen, sino que aumenten de día en día su cristiano fervor, su amor y celo por la conservación, aumento y estabilidad de la santa hermandad. Y para que así se verifique, líbrese por Secretaria una copia certificada de este decreto a los Venerables Curas de la ciudad de valencia, y otra al actual Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Cristo de la Salud. Dr. Pablo Antonio Romero. Así lo decretó el Sr. Dr. Pablo Antonio Romero, Gobernador del Arzobispado por el Ilmo. Sr. Dr. Ramón Ignacio Méndez, dignísimo Arzobispo de esta Diócesis, y lo firmó que certifico. Juan Félix Manco, Secretario. Así literalmente consta del decreto original de su contenido a que me remito, y para entregar a los Venerables Curas de la parroquial de Valencia, expido la presente que firmo en Caracas fha ut supra. Juan F. Manco Secretario

5.- CUATRO DECRETOS DESPACHADOS POR EL SEÑOR PROVISOR Y VICARIO GENERAL DR. JUAN ANTONIO HERNÁNDEZ MONAGAS. Primer decreto Señor Vicario Foráneo del Partido. Valencia Octubre veinte, y uno de mil ochocientos cincuenta, y uno. A solicitud del Señor Dolores Linares Mayordomo de la Cofradía del Santo Cristo ha recaído un auto del tenor siguiente: Valencia Octubre veinte y uno de mil ochocientos cincuenta y uno. Admitiese la renuncia que de la mayordomía del Santísimo Cristo hace José Dolores Linares encargándosele continúe la Administración hasta el seis del entrante mes de Noviembre en que rendirá sus cuentas después de practicado el aniversario, presentándoselas al Sr. Vicario Foráneo de la Matriz, quien con arreglo de los estatutos nombrará el sustituto, cuidando que ese nombramiento recaiga en persona piadosa y de honradez y probidad notorias, ínterin llegue la época de las elecciones ordinarias, haciéndosele el encargo de dicho Sr. Vicario para que haga revisar las cuentas con la escrupulosidad que corresponde hasta que recaiga auto de aprobación y ofíciesele comunicándole esta determinación Dr. Juan Antonio Hernández Monagas. Así lo decretó y firmó Su Señoría el Señor Provisor y Vicario Capitular de que certifico, Dr. José María Bobadilla, Secretario. Lo trascribo a V. para su inteligencia y fines consiguientes. Dios guarde a V. Dr. José María Bobadilla, Secretario (Libro de Actas, folio 119 vto.).


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Segundo decreto Valencia Octubre veinte, y cinco de mil ochocientos cincuenta, y uno. Señor Vicario Foráneo de este Partido. En una solicitud suscrito por trece hermanos mayores numerarios de la Cofradía del Santísimo Cristo de esta ciudad, pidiendo la revocatoria del auto del veinte y uno de los corrientes en que se admite la renuncia al Mayordomo de dicha Cofradía, Su Señoría el Sr. Provisor ha decretado lo siguiente: Valencia Octubre veinte y cinco de mil ochocientos cincuenta y uno. Por lo que respeta a la admisión de la renuncia que hizo en nuestras manos el Mayordomo de la Cofradía del Cristo José Dolores Linares, este se lo ha dispuesto en veinte y uno de los corrientes, mas por lo que hace a la obligación, ínterin llegar la época de las elecciones ordinarias, se accede a que el nombramiento de Mayordomo se haga, como es de costumbre por los hermanos mayores numerarios con voz y votos, en lo demás confirmase el auto de veintiuno de los corrientes. Ofíciesele al Vicario para lo que le concierne y notifíquese al actual mayordomo para la convocatoria en su oportunidad. Dr. Juan Antonio Hernández Monagas. Así lo decretó y firmó Su Señoría el Señor Provisor Gobernador del Arzobispado de que certifico, Dr. José María Bobadilla, Secretario. Soy de V. atento Servidor, Dr. José María Bobadilla, Secretario. (Libro de Actas, folios 119 vto. y 120).

Tercer decreto Señor Vicario Foráneo del Partido. Valencia Noviembre cinco de mil ochocientos cincuenta y uno. A solicitud de los Señores Francisco Parra, Pablo Peraza, Andrés Matute, Manuel Manrique, y Francisco Páez, pidiendo su reincorporación a la Cofradía del Cristo de que fueron excluidos, ha recaído el auto siguiente: Valencia Noviembre cinco de mil ochocientos cincuenta y uno. En Atención a que se consideran suficiente penados los hermanos que han dirigido esta solicitud con el tiempo que han estado separados de la cofradía, considerando el buen deseo que los anima, y esperando el buen comportamiento que han de observar en lo suscribo, se les da por con purgados de cualquiera falta y se ordena su reincorporación a la cofradía, notificándose que quien corresponde. Dr. Juan Antonio Hernández Monagas. Así lo decretó y firmó Su Señoría el Señor Provisor, de que certifico Dr. José María Bobadilla, Secretario. Lo aviso a Usted para su cumplimiento. Soy de usted atento Servidor. Dr. José María Bobadilla, Secretario. (Libro de Actas, folio 120).

Cuarto decreto Señor Provisor y Vicario General. Habiendo procedido a la elección de mayordomo interino de la Cofradía del Santísimo Cristo según lo dispuso V. Sria. en su auto de veinticinco de Octubre último, resultó el hermano José Félix Castro con trece votos, y el hermano Juan Blas Villalba con doce, mas como el hermano Castro que ha obtenido la mayoría es actualmente Síndico del cuerpo alegase que no puede ser mayordomo sin que antes hubiese renunciado la sindicatura. En este estado y por quitar toda ocasión de parcialidad, ocurrió a V. Sria. para que en su sabiduría se digne resolver este caso antes


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de separarnos de este lugar. Dios guarde a V. Señoría muchos anos. José Casildo Silva. Señor Vicario. El Señor Provisor me ha ordenado decir a V. que la ley de la mayoría debe respetarse y que en el presente caso ya está suficientemente pronunciada que haga Usted se nombre un síndico que complace en el ejercicio de esos funciones al que se ha elegido para mayordomo. Soy de Usted atento Servidor. Dr. José María Bobadilla, Secretario. Es conforme a sus originales a los que me remito: los que en virtud de lo mandado por el Señor Vicario Juez Eclesiástico, los hice sacar y saquen escritas en dos fojas con estas que firmo. Valencia ocho de Noviembre de mil ocho cientos cincuenta y uno. (Libro de Actas, folios 120 y vto.).

6.- DECRETO DEL ARZOBISPADO DE CARACAS, 19 DE MAYO DE 1856. Pbro. Dr. Manuel Antonio Briceño, Secretario del Ilmo. Sr. Dr. Silvestre Guevara Dignísimo Arzobispo de Caracas y Venezuela. Certifico que en expediente respectivo ha recaído el decreto que sigue: Caracas, Mayo diez y nueve de mil ochocientos cincuenta y seis. En virtud de la precedente exposición acerca de lo ocurrido en la Cofradía del santísimo Cristo de la Salud establecida en la Iglesia Matriz de la ciudad de valencia, en donde se reunió el cuatro de los corrientes con el objeto de nombrar nuevos funcionarios, presidida por el Venerable Cura Manuel Arbide, que día fue autorizado al efecto por el Vicario del partido, habiéndosele lo principal el desagrado que tuvo lugar respecto de la reelección del mayordomo actual por haber faltado en ella un voto de la totalidad absoluta de los hermanos que exige las Constituciones de dicha cofradía, por lo cual el presidente accidental tomó el partido de nombrar un tercero de mayordomo interino, creyendo restablecer el orden turbado mientras recaía nuestra resolución, y fundándose por otra parte en los inconvenientes que a su juicio presentan las relecciones. Considerada todo lo expuesto, como también que las Constituciones nada disponen en cuanto al modo de rendirla la cuenta anual el Mayordomo que fuere reelecto, que las cofradías aunque nombren sus mayordomos, no por eso se desprenden de la vigilancia que las compete por su propia naturaleza, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 22 de aquellas; y sobre todo, teniendo presente lo prevenido en las Constituciones Sinodales de este Arzobispado (Libro 2°, artículo 6°) declaramos nulo y de ningún valor así la reelección del Mayordomo por no haber obtenido todos los sufragios de los hermanos que concurrieron, como el nombramiento del interino hecho por el que presidió el acto, porque presidiendo por ahora, como prescindimos de decidir si … el Vicario autorizado para hacer sus veces en la Cofradía, es evidente que las Constituciones de esta no dan facultades para tales nombramientos; y mandamos que continúe el Mayordomo que existía hasta que tome posesión el que haya de elegirse en otra junta la que será presidida por el Vicario, o resolvamos cualquier duda que ocurra si resultase nuevamente nombrado el actual, en cuya reelección no deberá comportarse su propio voto como necesario para la unanimidad por no poder sufragar en sí mismo. Declaramos también que cuando haya reelección, el Mayordomo que sea reelegido debe rendir la cuenta ante el Vicario del Partido en conformidad con lo que previene el artículo 145 de


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las citadas Constituciones Sinodales. Y por cuando hemos visto informados con profundo dolor y amargura de nuestro corazón, por el mismo Cura que precedió la elección de Mayordomo, del hecho escandaloso y abominable que cometió uno de los miembros de la cofradía, por el cual se profanó y fue violada la Iglesia Matriz sin ningún temor de Dios ni respeto a su santa Templo, prohibimos absolutamente para lo sucesivo que las cofradías de Valencia se reúna para hacer elecciones en dicha Iglesia, ni en su sacristía, ni en ningún otro lugar sagrado, pues que al permitirlo nuestros dignísimos predecesores que en aquellos tiempos animaba a los hermanos demás asociaciones puramente religiosas que no deben tener en mira sino el esplendor del culto, la edificación de los fieles y su propia santificación, contando desde luego con que se guardería el respecto y veneración que merece el lugar santo en que se celebran los augustos misterios de la religión. Comuníquese este decreto al Vicario Forano de Valencia para que lo haga saber a quienes corresponda, y se le dé puntual cumplimiento. Silvestre, Arzobispo de Caracas. Por mandado de Su Sria. Ilma. Manuel A. Briceño, Secretario.

7.- LISTA DE MAYORDOMOS DE LA COFRADÌA SANTÍSIMO CRISTO DE LA SALUD Juan José López (1814), José Silva (1814), Víctor Rodríguez (1815), Pedro Juan Montesinos (1816), Antonio Cortes de la Puerta (1817), Gabriel Ríos (1818), Francisco Casares (1819), Gabriel Ríos (1820-1821), Trinidad Morales (1822), Juan Antonio Silva (1823), Agustín Moyetones (1824), Apolinar Gomes (1825), Ambrosio Salinas (18261827), José de los Santos García (1828-1829), Fermín Lamas (1830-1831), Simón Alvarado (1832), Juan Blas Villalba (1833-1838), Ambrosio Salinas (1839), Miguel Acevedo (1840), Calixto Landaeta (1841), José de los Santos García (1841), Juan Blas Villalba (1842-1843), Pablo Peraza (1844-1845), José de los Santos García (18461847), Gumersindo Villarruel (1848-1849), José Antonio Díaz (1850), José Dolores Linares (1851), Juan Blas Villalba (1851-1852), Francisco Páez (1853-1855), Juan José Lamas (1855), Laureano Moyetones (1856), Raymundo Rojas (1856-1858), Juan Blas Villalba (1859-1860), Gerónimo Solórzano (1860-1865), Juan José Lamas (1872-1876).

8.- LISTA DE LA AUTORIDAD CIVIL Alcalde Ordinario, Miguel Ignacio Malpica (1816); Alcalde Ordinario, Rafael Perdomo (1817); Alcalde Ordinario, Dr. Gerónimo Windevoxhel (1818); Teniente de Justicia Mayor, Dr. José Antonio Felipe Borges (1819); Regidor, Ramón de Ybarrolaburu (1820); Alcalde, Dr. Gerónimo Windevoxhel (1821); Juez Político del Estado de la República, don Salvador (1822); Señor Gobernador Político de esta plaza del Gobierno de la República, no se menciona el nombre (1823); No se menciona (1824); Juez Político del Estado de la República, Miguel Salazar (1825); Juez Político, José Jacinto Malpica (1826); Juez Político, Francisco Antonio Malpica (1827); Señor Gobernador de esta Provincia de Carabobo, Coronel José Hilario Cirtiago (1828-1829); Señor


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Gobernador, Coronel Manuel Cala (1830); Gobernador Político interino, Miguel Martínez (1831); Jefe Político, Luis Cazorla (1832); Jefe Político, Manuel de Agreda (1833); No existen las actas (1834-1836), Jefe Político de este Cantón, Coronel Manuel Cala (1837); Jefe Político, Bartolomé Valder (1838) Jefe Político, Carlos Calva (1839); Alcalde, Pablo Caballero (1840); Jefe Político, Eligio Cazorla (1841); Jefe Político, Carlos Calvo (1842); Jefe Político, Juan José Maya (1843), Jefe Político interino, Francisco Goicochea (1844); Alcalde, Fernando Páez Lovera (1845); Jefe Político, Carlos Salom (1846); Jefe Político, José Anselmo Camejo (1847); Acalde de la primera parroquia, José Abdón Pérez (1848); Jefe Político, Miguel Osío (1849); Jefe Político, León Malpica (1850); Jefe Político, Alejandro Landaeta (1851); Juez Político, Santiago Sandoval (1852); Juez Político, Ramón Durandequí (1853); Juez Político, José Dolores Landaeta (1854); Jefe Político, Juan Liendo (1855); Jefe Político, León Malpica (1856).


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BIBLIOGRAFÍA GENERAL FUENTES DOCUMENTALES A.- Archivo General de Indias, Sevilla: Audiencia de Caracas, legajo 4. B.- Archivo Histórico Arquidiocesano de Valencia “Mons. Gregorio Adam”: Libro de Gobierno de la Iglesia parroquial de Valencia Nº 3. Años 1814-1824. Libro de Gobierno de la Iglesia parroquial de Valencia Nº 4. Años 1826-1890. Libro de Entierros de la Iglesia parroquial de Valencia Nº 25-C, folio 73 Libro de Actas de Cabildo de la Cofradía Santísimo Cristo de la Salud (1815-1856) Expedientes de rendición de cuentas de los mayordomos: Trinidad Morales (1822), Juan Antonio Silva (1823), Agustín Moyetones (1824), Apolinar Gomes (1825), Ambrosio Salinas (1826-1827), José de los Santos García (1828-1829) y (1846-1847), Gumersindo Villarruel (1847-1848), Francisco Páez (1853-1854) y (1854-1855), Juan Villalba (1859-1860). BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA BIBLIA DE AMERICA, (1999), 7° Edición. La Casa de la Biblia. Ppc., Sígueme, Verbo Divino. CONTRERAS, J., (2011), El Cabildo de la Nueva Valencia del Rey 1700-1812, Universidad de Carabobo, Valencia. COLL Y PRAT, N., (1960), Memoriales sobre la Independencia de Venezuela, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia (23), Caracas. COLOMBET, M., (1992), Carabobo Histórico y Pintoresco, Secretaria de Cultura Gobierno de Carabobo, 2da. Edición, Valencia. DIAZ, L., (2002), Notas para la historia de la Arquidiócesis, Alcaldía de Valencia. DICCIONARIO DE HISTORIA DE VENEZUELA, Fundación Polar, segunda edición 1997. GARCÍA PONCE, A., (2010), Conocer Venezuela Colonial, Universidad Católica Andrés Bello, Caracas.


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