Prensa 2009

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LA TRIBUNA DEL DERECHO

Enero 2009

ABOGADOS DÍAZ BASTIEN & TRUAN ABOGADOS

La Junta de Socios acuerda la entrada de un nuevo miembro La Junta de Socios de Díaz Bastién & Truan ha ratificado la incorporación de Jiménez García como nuevo socio de la firma. T.D.

Licenciado en Derecho en 1992 por la Universidad Autónoma de Madrid y Master en Derecho Privado por el Instituto de Estudios Superiores de la Fundación Universitaria San Pablo C.E.U con el número uno de su promoción, Daniel Jiménez se incorporó como abogado asociado a la firma en el año 1998. Su área de especialización son los litigios de naturaleza compleja en los campos del Derecho civil, mercantil y penal económico en materias diversas como competencia desleal, marcas, propiedad intelectual, contratos de agencia y distribución, compraventa de empresas, delitos económicos, entre otras. Durante sus más de quince años de expe-

riencia profesional, ha impartido diversos seminarios y charlas en Congresos Internacionales (International Bar Association -IBA-, Unión Internacional de Abogados –UIA-, American Bar Association –ABA-) y es miembro de la International Law Section de la American Bar Association. Asimismo, ha publicado

HISPAJURIS

dente de Hispajuris) y Rubio (presidente de la FEHR), la Federación,

a través de Hispajuris, pone a disposición de sus entidades y empresas asociadas, una atención legal multidisciplinar y de proximidad, a través de los 45 despachos, repartidos por toda España. o

Fernando Escura.

José María Rubio

Prestará servicios Jurídicos a hosteleros de toda España T.D.

La red de despachos, Hispajuris, pondrá un servicio integral de asesoramiento jurídico en toda España a disposición de las 75 asociaciones que agrupa la Federación Española de Hostelería (FEHR) repartidas por toda España, así como a los órganos de gestión de la propia Federación, en virtud del convenio suscrito por ambas organizaciones. Con el acuerdo suscrito por Escura (presi-

numerosos artículos sobre propiedad intelectual y arbitraje en España. Según Rafael Truan, socio director del Grupo de Desarrollo de Negocio del despacho, “Daniel se encuentra entre la elite de los abogados españoles en su especialidad, su promoción como socio del despacho es otro paso significativo hacia nuestros objetivos de liderazgo, manteniendo la consolidación y referencia que la firma ha venido sosteniendo durante estos últimos treinta años” Con esta incorporación, el máximo órgano rector de Díaz-Bastien & Truan queda integrado por siete socios y más de cuarenta profesionales en sus oficinas de Madrid, Marbella y Londres. o

n OPINIÓN

Cuando viene el lobo ABRAHAM NÁJERA PASCUAL Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

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s curioso cómo de rápido puede envejecer un artículo. En el anterior me refería de pasada a los 20.000 euros que en el momento de escribirlo todavía cubría el fondo de garantía de depósitos. Antes de que llegase siquiera a ver la luz, los acontecimientos se precipitaron y, en una tardía respuesta a la crisis, ese límite se vio incrementado hasta 100.000 euros. Pero no fue esa la única reacción que el desembarco de la crisis financiera en Europa trajo consigo. Acompañando a las nacionalizaciones, compras, inyecciones de recursos y desesperadas maniobras de otros países, el Consejo de Ministros en sus reuniones de 10 y 13 de octubre destiló a modo de urgente y concentrado remedio dos Reales Decretos-Leyes, a cuál más breve, que ya han sido convenientemente convalidados por el Congreso. El segundo, el 7/2008, desarrollado por la Orden EHA/3364/2008, permite apoyar las emisiones de deuda de las entidades de crédito que cumplan ciertos requisitos, a través de la concesión de avales por el Estado. Junto a ello, sienta someramente las bases para su recapitalización, confiriendo al Ministro de Economía y Hacienda la facultad de adquirir títulos emitidos para reforzar sus recursos propios, medida al hilo de la cual el Banco Central Europeo, en su dictamen de 17 de octubre, ha insistido en la “necesidad de garantizar que los accionistas y la dirección soporten debidamente las consecuencias de la intervención”, sugiriendo que se fijen condiciones específicas que permitan maximizar en este escenario los beneficios potenciales para los contribuyentes. Al lado de estas medidas, más directamente encaminadas a resolver los acuciantes problemas de bancos y cajas, el Real Decreto-Ley 6/2008 persigue, aunque siempre a través de este tipo de entidades, volver a encauzar el crédito bancario hacia las familias y las empresas, tratando de que el efecto de la crisis financiera no continúe haciendo mella en la economía real. Y ese es uno de los retos que tiene ante sí esta norma, junto al de lograr tener éxito en su planteamiento sin provocar, como efecto colateral, la alarma entre los depositantes de las entidades que se acojan a su ayuda. Sin embargo, una y otra meta dependen totalmente de un desarrollo

normativo que, a través de la Orden EHA/3118/2008 y las directrices de inversión acordadas por el Consejo Rector del fondo, aún deja mucho por atar. A través de la adquisición de cédulas hipotecarias y bonos de titulización emitidos por entidades de crédito y fondos de titulización con el respaldo de créditos concedidos a particulares, empresas y entidades no financieras, en subastas que son poco más que un remedo de las del Banco Central Europeo, se ofrece una fuente, necesariamente temporal, para que obtengan liquidez. Los mecanismos de control de estas subastas, esbozados en el Real Decreto-Ley y apenas desarrollados en la Orden, contrastan con los debates políticos que parecen abocar su aplicación a una opacidad justificada en el mantenimiento de la confianza y la credibilidad del sistema. ¡Qué poquito hace que se estaba hablando de la transparencia y de la importancia de que las entidades de crédito se sometieran a la disciplina del mercado! Ahora se trata de que las que acudan al fondo, con toda seguridad por necesidad, para vender sus mejores activos, puedan hacerlo sin dar la cara. Si así fuera, ¿cuánto tardaría en filtrarse a los medios que tal o cual banco o caja ha llamado embozado a la puerta del Estado para mendigar ayuda? Y en ese caso, estará por ver si el escudo de los 100.000 euros del fondo de garantía de depósitos se presenta suficiente para detener la estampida de sus ahorradores. Será cuestión de buscar ese difícil equilibrio que el plan alemán no ha sido capaz de encontrar, entre el necesario control y transparencia, especialmente teniendo en cuenta que hablamos de la friolera de 150.000 millones de euros, si atendemos tan solo a las cifras explícitas iniciales, y la conveniencia de evitar que quien solicite el auxilio del fondo resulte estigmatizado. Los dos primeros intentos, con lamentable participación en la subasta inaugural, han dejado claro cuán rápido los rumores, ciertos o no, llegan a la prensa. Queda por comprobar cuáles serán los efectos para quienes han concurrido o concurran a las sucesivas subastas y ver, en definitiva, de qué están hechas las casas de nuestros bancos. ¿Serán ciertamente de ladrillo, ahora que tanto nos quejamos de él, de madera o simplemente de volátil paja? o


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EXPANSIร N Finanzas & Mercados Pรกgina 23 Viernes, 30 de enero de 2009


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EXPANSIÓN.COM Inversión Medio online Viernes, 30 de enero de 2009

Los concursos de acreedores de inmobiliarias se multiplican y muchos proyectos tienen dificultades para llegar a término o hacerlo en plazo, con el consiguiente perjuicio para las promotoras y sus clientes, pero también para las entidades financieras. La precaria situación que atraviesan muchas inmobiliarias está incrementando las solicitudes para que bancos y cajas respondan de determinados incumplimientos de contrato por parte de promotoras a las que han prestado respaldo. En las operaciones de compraventa de vivienda y para salvaguardar los intereses de los compradores, la legislación establece que la inmobiliaria debe transferir al particular un aval bancario. Este respaldo garantiza que, en caso de que la vivienda no se construya o se entregue fuera de plazo, la entidad financiera devolverá al comprador del piso las cantidades que éste anticipó al promotor, más un interés equivalente al precio oficial del dinero. Estos avales, casi un trámite en los años de bonanza, presentan hoy más riesgo de ejecución. El aumento de los concursos de acreedores en el sector promotor (se han incrementado un 150% en el último año) está retrasando la entrega de muchas viviendas, situación en la también está incidiendo la falta de crédito. “Hay compañías que no han suspendido pagos, pero que no pueden pagar a sus proveedores. Es normal que al final no construyan las promociones o que esperen un tiempo para hacerlo”, indica Abraham Nájera, abogado del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo. Clientes sin fondos Con todo, el incremento de las solicitudes de ejecución de estos avales no sólo se debe a la compleja situación de las inmobiliarias, sino también al deterioro de las condiciones económicas de los compradores de pisos. “Los plazos de entrega [de las viviendas] nunca se han respetado. Pero antes el comprador quería recibir la casa y estaba dispuesto a esperar; hoy, la gente está rezando para que no le terminen el piso y poder ir rápidamente al banco a reclamar el aval”, subraya Nájera. Un reflejo de este escenario es el incremento de las consultas y quejas contra entidades financieras que se ha observado en los últimos meses por esta causa, según el último Informe de Reclamaciones del Banco de España.

En el regulador apuntan que desde la segunda parte de 2008 se ha producido un aumento “gradual, aunque no espectacular” de las reclamaciones sobre ejecuciones de este tipo de avales. En éstas no se aprecia una postura generalizada de la banca, que en algunas ocasiones está alegando la existencia de una situación concursal y la conveniencia de alcanzar previamente un acuerdo entre los acreedores, a la hora de demorar la tramitación de la ejecución de la garantía. Las suspensiones de pagos son, efectivamente, las que presentan más cabos sueltos para las entidades. Los avales que la banca concede a particulares y empresas cuentan casi siempre con la garantía de un depósito u otros bienes que las entidades reciben en caso de que finalmente tengan que aportar su respaldo. “El aval siempre se analiza como una operación de riesgo y al concederlo tiene que existir un contra-aval”, dicen en un banco. En el aire Pero cuando una inmobiliaria suspende pagos, la recuperación del contra-aval se complica. En estos casos y siempre que se cumplan los requisitos establecidos, el particular puede ir directamente al banco a reclamar el dinero que le anticipó a la promotora, pero la entidad puede tardar meses o años en recuperar ese importe.


“Si la banca paga diligentemente el aval, después puede tener dificultades para recuperar el importe. Es lógico que busque subterfugios para retrasarlo”, dicen fuentes jurídicas. Cuando una empresa entra en situación concursal, las recuperaciones de deuda que cuentan con garantía real se paralizan un año. Y si no existe garantía real, la entidad tiene que esperar a cobrar junto al resto de acreedores ordinarios al final del proceso. Las entidades, por su parte, subrayan que no están poniendo trabas a estas ejecuciones. “Si hay un aval, no hay opción. Se paga y punto”, indican en un banco. “No ha existido ningún problema para ejecutar los avales”, afirman en una inmobiliaria. En otra no lo tienen tan claro: “Cuando vence el plazo de entrega, el cliente va al banco. Le van a poner todas las trabas que puedan, pero al final le tienen que pagar. Si la compañía colabora, mejor. A veces, el banco le dice al cliente que necesita un papel de la promotora”, explican en la empresa. Con todo, en el sector inmobiliario admiten que se están dando casos de clientes que, sin existir incumplimientos de la promotora, están acudiendo a los bancos para intentar recuperar los fondos que anticiparon, al no poder hacer frente ahora al pago completo de la vivienda. No existe un registro público de estas garantías, pero deberían existir tantos avales como viviendas pendientes de entrega. En los últimos dos años, se han cerrado en España entre 20.000 y 34.400 operaciones de compraventas de viviendas nuevas al mes. La cantidades adelantadas, en cuentas bancarias separadas La ley establece que las cantidades que los compradores de viviendas anticipan a las inmobiliarias deben inmovilizarse en cuentas bancarias especiales, separadas del resto de fondos de la compañía. La promotora sólo puede emplear el dinero que recibe de un cliente en la construcción de su propia vivienda. En algunas ocasiones, estos depósitos bancarios son la garantía que las entidades obtienen de las inmobiliarias a la hora de prestarles su aval. El sector financiero, por tanto, tendría las espaldas cubiertas. Existe el riesgo, sin embargo, de que la promotora ya haya empleado estos fondos para iniciar una promoción que ahora ésta parada por falta de crédito. Este escenario sólo se produciría en los casos en los que la compañía haya iniciado el proyecto sin haber cerrado previamente su financiación, los menos, según fuentes inmobiliarias.


LA TRIBUNA DEL DERECHO

1 al 15 de septiembre de 2007

El sector de la construcción ha pedido al Gobierno que la vía penal sólo se aplique en los accidentes laborales graves / PÁGINA 14

la realizada por el gobierno, han resultado claves fundamentales para lograr la disminución considerable del número de víctimas por armas. A partir de junio de 2004, se implantó un Plan Nacional de Desarme Civil por el cual, el Gobierno de Brasil ofrecía entre 100 y 300 reales (unos 40 a 120 euros aproximadamente) por la entrega voluntaria de las armas, sin necesidad de realizar ninguna declaración al respecto. El éxito indiscutible de esta campaña se evidencia en la incautación de más de medio millón de armas de fuego en solamente unos meses.

Austria Las personas que deseen adquirir, tener, importar y utilizar pistolas necesitan una autorización oficial. Se prohíbe la adquisi-

ción, tenencia y uso de material de guerra. Todas las armas deben inscribirse en una lista oficial de armas que todas las armerías autorizadas deben tener. No obstante, no existe un mecanismo de registro central.

Alemania La persona que proyecte comprar o tener armas de fuego debe obtener una licencia de las autoridades competentes, que sólo puede emitirse si el solicitante demuestra ser persona digna de confianza, capacitada y apta físicamente, y debe acreditar la necesidad de esa adquisición o tenencia de armas de fuego. Se necesita otra licencia para llevar consigo un arma cargada en la vía pública. Esta licencia se emite por un período limitado, sólo si se determina que el solici-

En Argentina, poseer un arma no es un delito sino una infracción administrativa.

tante puede quedar expuesto a un peligro considerable y que el arma de fuego resulta más idónea de reducir ese peligro.

cencia expedida por la policía local tras un minucioso examen o comprobación. No se acepta la defensa propia como motivo para portar un arma de fuego.

Suecia Para la tenencia, importación o comercio de armas de fuego, se exige autorización mediante li-

Eric Holder

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Vía penal en la construcción

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Argentina La Ley que regula las armas de guerra y de uso civil, la Ley Na-

Holder se ha convertido en el primer afroamericano en ser nombrado Secretario de Justicia norteamericano / PÁGINA 15

cional de Armas y de Explosivos, prohíbe la transmisión de todas las armas de fuego. El Código Penal no tipifica como delito que una persona posea armas, sino que lo considera únicamente como una infracción administrativa. Aunque sí regula varios tipos de delito en relación a las mismas, como el abuso de armas, el disparo contra una persona sin causarle heridas, la simple tenencia de armas de guerra o explosivos sin la debida autorización y el acopio de armas.

Japón Prohíbe la tenencia de armas de fuego al público en general. Sólo oficiales de la policía y de las fuerzas de seguridad, así como atletas que participan en deportes de tiro, pueden poseer pistolas. o

n OPINIÓN

Pasamos al Plan E: el ICO, las PYMEs y el INEM ABRAHAM NÁJERA PASCUAL. Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

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an pronto como he tenido conocimiento de su existencia, he entrado en la flamante página web del Plan E (aunque debería haberse llamado Plan E4), el Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo, en www.plane.gob.es. Debo reconocer que no he podido por menos que sentirme abrumado ante la cantidad de medidas que, entre muñecos de Lego y dramatizaciones en vídeo, parecen ofrecerse. Esa sensación de pensar: «Seguro que hay varias docenas de ayudas a las que puedo acceder y de las no tenía noticia». Entre ellas, algunas viejas conocidas, como el incremento de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos, el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros y los avales del Estado para determinadas emisiones de deuda de las entidades de crédito. Y también otras más recientes como la moratoria temporal parcial de las cuotas hipotecarias o la nueva línea de me-

diación del ICO destinada a financiar a las pequeñas y medianas empresas. Si el enfoque fundamental de las primeras se centraba en dotar de liquidez a las entidades de crédito estableciendo determinados mecanismos con la esperanza de que esta fluyera hasta los hogares y empresas, el estancamiento de esos fondos en bancos y cajas que tienen bastante con atender a sus propios problemas ha llevado al Gobierno a perfilar nuevas medidas para tratar de aliviar la situación económica de quienes a pie de calle encuentran cerrada a cal y canto la ventanilla del crédito. Si nos sirve de consuelo, este fracaso anunciado, que el propio preámbulo del Real Decreto-Ley 10/2008 permitía vislumbrar en su introducción, curiosamente inspirada en la del 6/2008, está siendo el destino común de las ayudas estatales en todo el mundo. El Real Decreto 1975/2008, primero, se encamina a regular la posibilidad de que desempleados y autónomos gravemente afectados por la crisis en sus in-

gresos gocen de una moratoria temporal y parcial en el pago de sus préstamos hipotecarios, consistente en la reducción de las cuotas de 2009 y 2010 en hasta un 50%, con un límite de 500 euros mensuales. Una medida restringida en cuanto a su ámbito de aplicación –entre cuyos requisitos, objetivos, subjetivos y formales, se cuentan el que el préstamo se haya destinado a adquirir la vivienda habitual, sea anterior al 1 de septiembre de 2008 y por importe inicial inferior a 170.000 euros y que el deudor no se encuentre en mora-, y que obviamente precisa el consentimiento de la entidad de crédito. Posteriormente, las cuantías reducidas deberán ser reembolsadas durante, como máximo, los diez años siguientes, contando el repago de esas cantidades con el aval del ICO, devengando un tipo de interés establecido al efecto y sin garantías adicionales ni penalizaciones

por cancelación anticipada. Por su parte, el Real DecretoLey 10/2008 ha creado una nueva línea de mediación del ICO para cubrir las necesidades de financiación de las pequeñas y medianas empresas, y al parecer, también autónomos, afectados por las restricciones crediticias, siempre que sean solventes y viables, lo que supone que no pueden hallarse en mora en operaciones con entidades de crédito. Esta línea ICO-Liquidez, dotada de 10.000 millones de euros, de los que la mitad son aportados por el ICO, financiados con deuda pública, y el resto por bancos y cajas, se dirige a financiar el capital circulante de sus destinatarios, y no la inversión, apartándose así de lo habitual en estas líneas. Ambas medidas, que indudablemente no van dirigidas a reactivar el consumo, tienen en común la participación del ICO, pero también la necesidad de te-

«Lo realmente preocupante es que las cifras del Plan E descansan en última instancia sobre la confianza de los mercados en nuestro país»

ner que seguir contando con las entidades de crédito, que han de aceptar la moratoria o aprobar la formalización en las operaciones de la línea de mediación del ICO. Pero lo verdaderamente preocupante es que las grandes cifras del Plan E descansan en última instancia sobre la confianza de los mercados en nuestro país. Una confianza que se ha visto mermada por momentos, algo de lo que la rebaja de la calificación crediticia por S&P es sólo un signo visible, y que habría de materializarse en emisiones de deuda pública por importes que se antojan cada vez más difíciles de colocar en un entorno en el que deben competir con los montantes monstruosos que otros Estados están poniendo en circulación, y en el aval público para valores emitidos por las entidades de crédito que igualmente sufrirán las consecuencias del empeoramiento de la percepción del riesgo de invertir en nuestro país. ¿Será España la siguiente en necesitar ayuda? Yo, por si acaso, voy ahorrando. o


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LEGALTODAY.COM Artículo de opinión Medio online Lunes, 2 de febrero de 2009

Rompiendo con la creencia errónea de que las entidades de crédito son las únicas que pueden dar financiación, el proyecto viene a atender la exigencia de dotar de un sustrato normativo a dos realidades en auge: la ingente cantidad de préstamos y créditos hipotecarios otorgados por entidades distintas de las de crédito y la actividad de las empresas de reunificación - término inadecuado, que al menos el proyecto, con buen criterio, ha sustituido por el de agrupación- de deudas, que de no ser por el enrarecimiento del mercado del crédito estarían haciendo su agosto en este gélido comienzo del año. En la actualidad, cualquiera con fondos suficientes podría dedicarse a proporcionar financiación sin necesidad de ser una entidad de crédito y sin verse por tanto constreñido ni por la regulación que disciplina su actividad y las sujeta a una estrecha supervisión, ni por aquella que, superpuesta en muchos aspectos tan sólo directamente a las normas civiles o mercantiles, establece los criterios de transparencia y protección de su clientela que han de inspirar su contratación. Lo sorprendente es que no se hubiera reparado antes en la urgencia de que operaciones como las de financiación hipotecaria -que en la gran mayoría de los casos comprometen casi de por vida buena parte de las rentas de una familia y sujetan su bien más valioso, tanto desde el punto de vista meramente económico como desde el puramente vital, a la amenaza de la ejecución-, contasen con unas garantías mínimas independientemente de quién fuera el financiador. El proyecto -que por su propia existencia supone la confirmación definitiva de que el régimen de los establecimientos financieros de crédito es voluntario y de que sus actividades típicas no están reservadas-, aborda esta necesidad trasladando a las empresas que profesionalmente se dediquen a la concesión de préstamos y créditos hipotecarios, o a la intermediación para el otorgamiento de crédito, parte de los principios del sector financiero, pero desde la mera perspectiva de la tutela a los consumidores y usuarios, con el consiguiente caos competencial.


De un lado, basa esa protección en el establecimiento de un registro, no único, claro está, sino creado por cada comunidad autónoma, en el que deberán inscribirse estas empresas y al que notificarán -aunque se desconoce aún qué tipo de control o publicidad recibirán- datos como los precios, tarifas de comisiones o tipos de interés máximos que apliquen, así como en la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil o un aval bancario que cubra posibles responsabilidades. De otro, les traslada, con una técnica legislativa criticable, determinadas normas específicas (en materia de información previa, comunicaciones comerciales y publicidad, folleto de tarifas de comisiones, tablón de anuncios, etc.) aplicables a entidades de crédito y financieras, como la Circular 8/1990, del Banco de España, o la Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, a la que tan pronto se remite como transcribe. El resultado, al parecer inevitable, es que la transparencia que se pretende introducir en este sector brillará por su ausencia, con una regulación diversa, e incluso regímenes sancionadores dispares, dependiendo de quién sea el concedente, y cuyas diferencias se verán sin duda acentuadas por efecto de las competencias autonómicas de desarrollo en la materia. Con divergencias de partida como, por ejemplo, la falta de previsión del derecho del cliente -recogido en el artículo 40 del Real Decreto-Ley 6/2000 únicamente frente a las entidades financieras-, a proponer y elegir de mutuo acuerdo con el prestamista al tasador del inmueble objeto de la, al gestor administrativo de la operación o a la compañía aseguradora. Con paradojas como el hecho de que puedan merecer mayor protección determinadas operaciones contratadas con estas empresas y cubiertas por esta futura ley que las concertadas con entidades de crédito, al no ser aplicable la inspiradora Orden de 5 de mayo de 1994 si el bien hipotecado no es una vivienda, o si el prestatario es una persona jurídica, o sencillamente si se trata de un crédito y no de un préstamo. Y en esas estamos. Mientras el sistema financiero, como sostén de la economía mundial, centra todas las ayudas y planes de rescate, aprovechamos para regular, seguramente tarde, a las empresas que, libres de las trabas que las entidades de crédito tienen impuestas, han estado cumpliendo en parte la función de estas, y a las que muchos se han encomendado cual corsé para afinar su talle sin darse cuenta de que, antes o después, estas cosas aprietan.


Marzo 2009

LA TRIBUNA DEL DERECHO

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AL DÍA SUSTITUYE AL POLÉMICO BERMEJO

Caamaño, nombrado nuevo ministro de Justicia

ría Teresa Fernández de la Vega, desde 2004 es secretario de Estado de Relaciones con las Cortes y llevó buena parte del peso de la negociación del Estatuto catalán cuando este fue remitido en 2005 a las Cortes para su tramitación.

El nuevo ministro de Justicia, Francisco Caamaño, prometió el 24 de febrero "cumplir fielmente" su cargo ante el Rey en un acto en el Palacio de la Zarzuela, un día después de ser designado por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para sustituir a Mariano Fernández Bermejo, que ayer anunció públicamente su dimisión. MARCOS BLANCO

El anuncio de que Caamaño sustituiría a Bermejo al frente de Justicia se conoció pocos minutos después de que el hasta entonces ministro anunciara en una rueda de prensa su salida del Gobierno, porque, explicó, en los últimos días se le ha estado "utilizando, en contra del proyecto" de su partido por su participación en una cacería junto al juez Baltasar Garzón. Nacido en 1963 en la villa co-

ruñesa de Cée, Caamaño se licenció en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela y desde entonces, su trayectoria profesional ha estado vinculada al Derecho Constitucional, materia de la que fue profesor titular en la citada Universidad. En 1993 fue designado letrado del Tribunal Constitucional y en 2002 obtuvo la plaza de catedrático en la Universidad de Valencia. Ha sido también director

Nueva estructura

Francisco Caamaño, nuevo ministro de Justicia.

de la Fundación Democracia y Gobierno local y codirector de la Revista Cuadernos de Derecho Local. Hombre de confianza de Ma-

El Consejo de Ministros aprobó el día 27 el nombramiento de cinco cargos del Ministerio de Justicia que formarán parte del equipo del nuevo ministro. Fue elegido como secretario de Estado de Justicia un magistrado, Juan Carlos Campo Moreno, que sustituye a Julio Pérez. Nacido el 17 de octubre de 1961 en Osuna (Sevilla), es Doctor en Derecho por la Universidad de Cádiz e ingresó en 1987 en la Carrera Judicial. Ha ejercido como Juez en Sanlúcar de Barrameda y Cádiz y como Magistrado, en Jerez y Cádiz. Fue Director General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Junta de Andalucía y Vocal del

Consejo General del Poder Judicial, organismo en el que también fue Coordinador Territorial en Andalucía de sus planes de formación. Caamaño también ha renovado la subsecretaría de Justicia, cargo para el que ha elegido a Purificación Morandeira Carreira. Como subsecretario general técnico de Justicia ha sido nombrado Santiago Hurtado Iglesias y como secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia ha nombrado al aragonés Íñigo Sánchez Guiu. El quinto nombramiento aprobado por el Gobierno es el de quien será el nuevo director del gabinete del ministro, José Luis Rodríguez Álvarez, quien trabajó en este mismo puesto para Caamaño en la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, desde 2004 hasta abril del año pasado, cuando pasó a ser director general de Coordinación Jurídica del Ministerio de la Presidencia. o

n OPINIÓN

Lo penúltimo que los españoles dejan de pagar ABRAHAM NÁJERA PASCUAL. Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

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iento cierta necesidad de escribir al menos un artículo que no gire en torno a la crisis. Primero no la vimos venir, cual bólido adelantando sin el más mínimo respeto por los límites de velocidad, porque nos gusta conducir y disfrutar del paisaje, y ahora la tenemos a la mesa a todas horas, hasta el hastío, dándonos la comida, la cena y hasta el desayuno, al menos a los que aún pueden llevarse algo a la boca. Es verdad que las novedades legales en el ámbito del derecho bancario y financiero se siguen centrando casi sin excepciones en tratar de dar a luz a sucesivos mesías que nos saquen del negro pozo en un abrir y cerrar de ojos, y seguirán haciéndolo aún durante un tiempo, pero este mes querría darme un descanso. Tenía puestas mis esperanzas en comentar la anunciada reforma de la ley concursal, pero se ha hecho de rogar. Así que, apartada cualquier tentación de abandonarme a un ejercicio de clarividencia jurídica, he escogido

aguardar y echar la vista atrás a aquellos tiempos en que se podía escribir sin más sobre hipotecas y la alegría de constituirlas. Como excusa ha de servirme la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2008, fruto de uno de tantos recursos de casación interpuestos contra las condiciones que, tachadas a menudo de abusivas y desproporcionadas, pueblan los clausulados de los contratos bancarios. En este caso se hallaba en discusión la validez y eficacia de establecer como causa de vencimiento anticipado de un préstamo hipotecario el incumplimiento por el deudor de la obligación de satisfacer los recibos de contribución o impuesto que grave la finca hipotecada o la prima del seguro de incendios o de todo riesgo a la construcción. La parte recurrente pretendía incluso que los artículos 127 y 135 de la Ley Hipotecaria, este último en su redacción anterior a la actual Ley de Enjuiciamiento Civil, suponían la necesidad de que el acreedor hipotecario espe-

rase en todo caso hasta el vencimiento pactado del préstamo para poder ejecutar la hipoteca, lo que sería tanto como entender que el artículo 1255 del Código Civil no ampara la posibilidad de que las partes pacten libremente condiciones que conlleven el vencimiento anticipado de sus obligaciones. Para ello se apoyaba también en la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 1999, pronunciamiento aislado y difícilmente extrapolable a otros supuestos que llegó a considerar abusivas y nulas las causas de vencimiento anticipado si la deuda se encontraba suficientemente garantizada. También argumentaba que el plazo de un préstamo se encuentra establecido en provecho únicamente del deudor y que no cabrían más supuestos de decaimiento del mismo que los previstos en el artícu-

lo 1129 del Código Civil. Sin embargo, en un momento en el que los bancos, conscientes de que no se encuentran tan protegidos ante la morosidad y los concursos como podría parecer tras los escudos de sus condicionados generales y las ineludibles garantías, están endureciendo los clausulados de sus contratos, sembrando las semillas de las sentencias del futuro, esta viene a confirmar la admisibilidad de los pactos que permiten el vencimiento anticipado de los contratos, estipulaciones que a la postre simplemente tratan de adelantarse a una situación de incumplimiento detectando antes de que se produzca las señales objetivas y subjetivas que lo preceden. Pero lo hace limitándose prácticamente a consagrar la validez general de este tipo de cláusulas, sin entrar a examinar si la concu-

«Las novedades legales en el ámbito del derecho bancario y financiero se siguen centrando casi sin excepciones en tratar de dar a luz a sucesivos mesías que nos saquen del negro pozo»

rrencia de una de esas causas acordadas por las partes dará lugar en todo caso a la resolución anticipada del contrato, sea de préstamo hipotecario o cualquier otro. En definitiva, las causas de vencimiento anticipado en general, y las examinadas por el Tribunal en particular, podrán seguir campando a sus anchas por los contratos, sin más límites que el debido respeto a las leyes, a la moral y al orden público, pero aún nos quedará la incertidumbre de si olvidarnos de pagar el seguro de incendios puede ponernos en la calle o no. Entre tanto, quizás debamos reordenar nuestras prioridades. Hemos oído hasta la saciedad que lo último que dejamos de pagar los españoles es la hipoteca. Pero, ¿y lo penúltimo? ¿El coche? ¿El colegio de los hijos? ¿La comunidad? A la vista de sentencias como esta, tan importante como cumplir religiosamente con las cuotas del préstamo hipotecario podría llegar a ser atender el pago del impuesto sobre bienes inmuebles. o


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LAS PROVINCIAS Dinero y Empleo Pรกginas 2, 3 y 4 Domingo, 22 de marzo 2009



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LAS PROVINCIAS Dinero y Empleo Versión online Domingo, 22 de marzo de 2009

En busca de la financiación perdida Las empresas no hallan alternativas al posible cierre del grifo por bancos y cajas 22.03.09 - J. LABIANO/J. A. BRAVO

«Se compran empresas con deudas, da igual el importe debido. Mándenos ya el último modelo 201 (declaración anual del impuesto de sociedades), un informe de los activos de la sociedad y una copia de las escrituras de la sociedad. Damos solución a sus problemas en pocos días». Este tipo de anuncios han proliferado en los últimos meses tanto a través de internet como de las secciones de clasificados de los periódicos. Es un síntoma claro de cómo la crisis económica se ha agarrado con fuerza al tejido empresarial español hasta estrangular casi todas sus vías de financiación. Tanto es así que los más emprendedores, casi emulando a un conocido héroe cinematográfico, se han lanzado a la busqueda de los fondos perdidos con la recesión y la caída de la demanda, y que otrora brillaban en los balances de muchas compañías españolas y, lo que es más importante, en sus arcas. Bancos y cajas de ahorros han endurecido sus condiciones hasta límites insospechados y, entre líneas, también apuntan una clara tendencia a su disminución. Así lo reconocía hace pocas semanas el propio Emilio Botín, presidente del Santander, al afirmar que «es difícil, yo diría que imposible, que el crédito aumente». Su advertencia ya se ha hecho realidad, pero no sólo en las tasas de concesión, sino más aún en los plazos que se tardan para lograr 'luz verde' de las oficinas bancarias, y, sobre todo, de sus sedes centrales, donde los días se han convertido en semanas y, en algunos casos, incluso meses. Según los datos más recientes publicados por el Banco de España, correspondientes a enero, los préstamos conseguidos por las empresas disminuyeron un 7,4% en el último año, si bien en este caso cada crédito perdido puede suponer el cierre de una compañía y la perdida de un buen número de puestos de trabajo. La peor carta le ha tocado a las pequeñas empresas, pues los préstamos concedidos inferiores al millón de euros bajaron un 27,8% en el mismo período. Son ellas las que más sufren las trabas para conceder o renovar las líneas de crédito, obstáculos que han aumentado de forma sustancial, lo que está reduciendo el circulante y aumentando la morosidad de los negocios, donde el plazo medio de pago se alarga ya hasta los 124 días. Mientras tanto, las empresas -sobre todo esas pymes, pequeñas y medianas, pues las grandes han recurrido de forma generalizada a la emisión de deuda privada- no tienen más remedio que agudizar su imaginación para conseguir la financiación necesaria que les permita mantener su negocio y seguir abriéndolo cada día. La clave es no quedarse parado, sobre todo tras constatar que las líneas de ayudas públicas abiertas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) son limitadas en su cuantía y aún demasiado severas en sus condiciones. Muchas empresas ya están intentando negociar con el banco algunas contrapartidas a cambio de que éste les conceda el crédito, según apuntan desde las propias entidades sin querer entrar en más detalles. Cuando esto tampoco da resultado, acuden a otras entidades financieras de menor tamaño o solvencia. Pedir a los propios acreedores que intercedan ante el banco, o que lleguen a acuerdos entre ellos mismos, es una opción más a la que se ven sometidos. Otros, sin embargo, parecen resignados ya a apretarse el cinturón para financiarse únicamente con los ingresos que genera el propio negocio, mientras que los hay incluso que se han planteado convertirlo en una franquicia, uno de los pocos segmentos que espera crecer en 2009, eso sí, «de forma leve»; en 2008 lo hizo un 5% y llegó a los 70.000 establecimientos. También queda la posibilidad de acudir al capital-riesgo, si bien la actividad de este tipo de fondos de inversión cayó un 20% en 2008, en línea con la propia caída de la economía y la incertidumbre de los mercados financieros. Restricción al crédito La restricción de acceso al crédito por parte de las pymes es un hecho evidente. Desde la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) advierten que ante este hecho, y dada su elevada dependencia de los fondos externos procedentes de bancos y cajas, un buen número de emprendedores ha tenido que endeudarse con sus propios ahorros y ya no es raro que el dinero que hubiera sido dedicado no hace mucho a comprar una vivienda vaya ahora destinado al negocio propio.


Ante ya las criticas recurrente al posible cierre del grifo de la financiación por parte de las entidades privadas, la respuesta de éstas es casi general: «el verdadero problema es que la demanda es menos solvente», a lo que se ha unido el hecho innegable de que se exigen más condiciones y, sobre todo, avales, un término que quita el sueño a muchos empresarios, y no sólo modestos. A este respecto, algunos expertos como Abraham Nájera, abogado del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo, confirma que los bancos «también te piden ahora más garantías que antes». Además, el 'endurecimiento' no solo afecta al ámbito económico, sino a las cláusulas y «la forma de redactar el contrato». Sin duda, el aumento de la morosidad está influyendo decisivamente. El volumen de créditos morosos de bancos y cajas alcanzó en enero los 72.048 millones de euros, casi el doble de la cifra que se registraba en julio de 2008, según el Banco de España. Al mismo tiempo, la tasa de mora se elevaba al 3,80%, nivel que casi multiplica por cuatro el 0,95% registrado a comienzos del ejercicio anterior y que era desconocido desde mayo de 1997, si bien entonces la suma prestada por las entidades financieras cuyo cobro era dudoso 'sólo' alcanzaba los 11.500 millones de euros, unas seis veces menos de lo que soportan ahora. Pues bien, ante esta situación, la primera opción suele ser intensificar las negociaciones con el banco. Raúl Jiménez Frías, asesor de la Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (AJE Confederación), señala que «ahora es cuando muchos están aprendiendo a negociar y a usar para ello determinadas técnicas más agresivas y eficaces». Entre otras posibilidades, «se puede convencer al banco con nuevos contratos de clientes o domiciliando el cobro de futuras facturas, por ejemplo, y en último caso ir a la competencia». Sin embargo, en algunos casos, la situación puede ser desesperada. «Recientemente, al propietario de un pequeño negocio no le renovaron la línea de crédito. Éste se presentó en las oficinas del banco llevándoles las llaves de su tienda para que se la quedara, debido a la imposibilidad de seguir con ella -explica Jiménez Frías-. El banco terminó negociando y concendiéndole el crédito porque su negocio no consiste en acumular inmuebles». Sin embargo antes de llegar a esa situación, es preferible intentar convencer con cifras, aunque cada vez es más difícil. Por ejemplo, Unitronics, líder en el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación, se vio inmersa en un largo proceso para probar la viabilidad de la compra de su competidor Davinci y conseguir finalmente financiación bancaria. Su directora financiera, Cristina Berenguer, afirma que «actualmente el nivel de riesgo que aprueban los bancos es muy bajo, por lo que tenemos que demostrar la solidez de la empresa, además de unos objetivos estratégicos sólidos y coherentes con la realidad económica y financiera.


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DIARIO SUR Dinero y Empleo Pรกginas 2, 3 y 4 Domingo, 22 de marzo 2009



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SUR Dinero y Empleo Versión online Domingo, 22 de marzo de 2009

En busca de la financiación perdida Las empresas no hallan alternativas al posible cierre del grifo por bancos y cajas 22.03.09 - J. LABIANO/J. A. BRAVO

«Se compran empresas con deudas, da igual el importe debido. Mándenos ya el último modelo 201 (declaración anual del impuesto de sociedades), un informe de los activos de la sociedad y una copia de las escrituras de la sociedad. Damos solución a sus problemas en pocos días». Este tipo de anuncios han proliferado en los últimos meses tanto a través de internet como de las secciones de clasificados de los periódicos. Es un síntoma claro de cómo la crisis económica se ha agarrado con fuerza al tejido empresarial español hasta estrangular casi todas sus vías de financiación. Tanto es así que los más emprendedores, casi emulando a un conocido héroe cinematográfico, se han lanzado a la busqueda de los fondos perdidos con la recesión y la caída de la demanda, y que otrora brillaban en los balances de muchas compañías españolas y, lo que es más importante, en sus arcas. Bancos y cajas de ahorros han endurecido sus condiciones hasta límites insospechados y, entre líneas, también apuntan una clara tendencia a su disminución. Así lo reconocía hace pocas semanas el propio Emilio Botín, presidente del Santander, al afirmar que «es difícil, yo diría que imposible, que el crédito aumente». Su advertencia ya se ha hecho realidad, pero no sólo en las tasas de concesión, sino más aún en los plazos que se tardan para lograr 'luz verde' de las oficinas bancarias, y, sobre todo, de sus sedes centrales, donde los días se han convertido en semanas y, en algunos casos, incluso meses. Según los datos más recientes publicados por el Banco de España, correspondientes a enero, los préstamos conseguidos por las empresas disminuyeron un 7,4% en el último año, si bien en este caso cada crédito perdido puede suponer el cierre de una compañía y la perdida de un buen número de puestos de trabajo. La peor carta le ha tocado a las pequeñas empresas, pues los préstamos concedidos inferiores al millón de euros bajaron un 27,8% en el mismo período. Son ellas las que más sufren las trabas para conceder o renovar las líneas de crédito, obstáculos que han aumentado de forma sustancial, lo que está reduciendo el circulante y aumentando la morosidad de los negocios, donde el plazo medio de pago se alarga ya hasta los 124 días. Mientras tanto, las empresas -sobre todo esas pymes, pequeñas y medianas, pues las grandes han recurrido de forma generalizada a la emisión de deuda privada- no tienen más remedio que agudizar su imaginación para conseguir la financiación necesaria que les permita mantener su negocio y seguir abriéndolo cada día. La clave es no quedarse parado, sobre todo tras constatar que las líneas de ayudas públicas abiertas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) son limitadas en su cuantía y aún demasiado severas en sus condiciones. Muchas empresas ya están intentando negociar con el banco algunas contrapartidas a cambio de que éste les conceda el crédito, según apuntan desde las propias entidades sin querer entrar en más detalles. Cuando esto tampoco da resultado, acuden a otras entidades financieras de menor tamaño o solvencia. Pedir a los propios acreedores que intercedan ante el banco, o que lleguen a acuerdos entre ellos mismos, es una opción más a la que se ven sometidos. Otros, sin embargo, parecen resignados ya a apretarse el cinturón para financiarse únicamente con los ingresos que genera el propio negocio, mientras que los hay incluso que se han planteado convertirlo en una franquicia, uno de los pocos segmentos que espera crecer en 2009, eso sí, «de forma leve»; en 2008 lo hizo un 5% y llegó a los 70.000 establecimientos. También queda la posibilidad de acudir al capital-riesgo, si bien la actividad de este tipo de fondos de inversión cayó un 20% en 2008, en línea con la propia caída de la economía y la incertidumbre de los mercados financieros. Restricción al crédito La restricción de acceso al crédito por parte de las pymes es un hecho evidente. Desde la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) advierten que ante este hecho, y dada su elevada dependencia de los fondos externos procedentes de bancos y cajas, un buen número de emprendedores ha tenido que endeudarse con sus propios ahorros y ya no es raro que el dinero que hubiera sido dedicado no hace mucho a comprar una vivienda vaya ahora destinado al negocio propio. Ante ya las criticas recurrente al posible cierre del grifo de la financiación por parte de las entidades privadas, la respuesta de éstas es casi general: «el verdadero problema es que la demanda es menos solvente», a lo que se ha unido el hecho innegable de que se exigen más condiciones y, sobre todo, avales, un término que quita el sueño a muchos empresarios, y no sólo modestos. A este respecto, algunos expertos como Abraham Nájera, abogado del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo, confirma que los bancos «también te piden ahora más garantías que antes». Además, el 'endurecimiento' no solo afecta al ámbito económico, sino a las cláusulas y «la forma de redactar el contrato». Sin duda, el aumento de la morosidad está influyendo decisivamente. El volumen de créditos morosos de bancos y cajas alcanzó en enero los 72.048 millones de euros, casi el doble de la cifra que se registraba en julio de 2008, según el Banco de España. Al mismo tiempo, la tasa de mora se elevaba al 3,80%, nivel que casi multiplica por cuatro el 0,95% registrado a comienzos del ejercicio anterior y que era desconocido desde mayo de 1997, si bien entonces la suma prestada por las entidades financieras


cuyo cobro era dudoso 'sólo' alcanzaba los 11.500 millones de euros, unas seis veces menos de lo que soportan ahora. Pues bien, ante esta situación, la primera opción suele ser intensificar las negociaciones con el banco. Raúl Jiménez Frías, asesor de la Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (AJE Confederación), señala que «ahora es cuando muchos están aprendiendo a negociar y a usar para ello determinadas técnicas más agresivas y eficaces». Entre otras posibilidades, «se puede convencer al banco con nuevos contratos de clientes o domiciliando el cobro de futuras facturas, por ejemplo, y en último caso ir a la competencia». Sin embargo, en algunos casos, la situación puede ser desesperada. «Recientemente, al propietario de un pequeño negocio no le renovaron la línea de crédito. Éste se presentó en las oficinas del banco llevándoles las llaves de su tienda para que se la quedara, debido a la imposibilidad de seguir con ella -explica Jiménez Frías-. El banco terminó negociando y concendiéndole el crédito porque su negocio no consiste en acumular inmuebles». Sin embargo antes de llegar a esa situación, es preferible intentar convencer con cifras, aunque cada vez es más difícil. Por ejemplo, Unitronics, líder en el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación, se vio inmersa en un largo proceso para probar la viabilidad de la compra de su competidor Davinci y conseguir finalmente financiación bancaria. Su directora financiera, Cristina Berenguer, afirma que «actualmente el nivel de riesgo que aprueban los bancos es muy bajo, por lo que tenemos que demostrar la solidez de la empresa, además de unos objetivos estratégicos sólidos y coherentes con la realidad económica y financiera.


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FINANZAS.COM Empresas Medio online Viernes, 20 de marzo de 2009

ESTRANGULAMIENTO DEL CRÉDITO

En busca de la financiación perdida Las empresas no hallan solución al posible cierre del grifo de bancos y cajas 20/03/2009 - 23:30 - - J.LABIANO/J.A.BRAVO

«Se compran empresas con deudas, da igual el importe debido. Mándenos ya el último modelo 201 (declaración anual del impuesto de sociedades), un informe de los activos de la sociedad y una copia de las escrituras de la sociedad. Damos solución a sus problemas en pocos días». Este tipo de anuncios han proliferado en los últimos meses tanto a través de internet como de las secciones de clasificados de los periódicos.

Es un síntoma claro de cómo la crisis económica se ha agarrado con fuerza al tejido empresarial español hasta estrangular casi todas sus vías de financiación. Tanto es así que los más emprendedores, casi emulando a un conocido héroe cinematográfico, se han lanzado a la búsqueda de los fondos perdidos con la recesión y la caída de la demanda, y que otrora brillaban en los balances de muchas compañías españolas y, lo que es más importante, en sus cajas. Bancos y cajas de ahorros han endurecido sus condiciones hasta límites insospechados y, entre líneas, también apuntan una clara tendencia a su disminución. Así lo reconocía hace pocas semanas el propio Emilio Botín, presidente del Santander, al afirmar que «es difícil, yo diría que imposible, que el crédito aumente». Su advertencia ya se ha hecho realidad, pero no sólo en las tasas de concesión, sino más aún en los plazos que se tardan para lograr 'luz verde' de las oficinas bancarias, y, sobre todo, de sus sedes centrales, donde los días se han convertido en semanas y, en algunos casos, incluso meses. Según los datos más recientes publicados por el Banco de España, correspondientes a enero, los créditos conseguidos por las familias en el último año cayeron un 38%. Algo menos dramática parece la situación de las empresas, pues para ellas los fondos recibidos por la misma vía disminuyeron un 7,4% en ese mismo período, si bien en este caso cada crédito perdido puede suponer el cierre de una compañía y la perdida de un buen número de puestos de trabajo. La peor carta le ha tocado a las pequeñas empresas, pues los créditos concedidos inferiores al millón de euros bajaron un 27,8% en el mismo período. Son precisamente ellas las que más sufren las trabas para conceder o renovar las líneas de crédito, obstáculos que han aumentado de forma sustancial, lo que está reduciendo el circulante y aumentando la morosidad de los negocios. Agudizar la imaginación Mientras tanto, las empresas (sobre todo esas pymes, pequeñas y medianas) no tienen más remedio que agudizar su imaginación para conseguir la financiación necesaria que les permita mantener su negocio y seguir abriéndolo cada día. La clave es no quedarse parado. Muchas están intentando negociar con el banco algunas contrapartidas a cambio de que éste les conceda el crédito, según apuntan desde las propias entidades pero sin querer entrar en más detalles. Cuando esto tampoco da resultado, acuden a otras entidades financieras de menor tamaño o solvencia. Pedir a los propios acreedores que intercedan ante el banco, o que lleguen a acuerdos entre ellos mismos, es una opción más a la que se ven sometidos. Otros, sin embargo, parecen resignados ya a apretarse el cinturón para financiarse únicamente con los ingresos que genera el propio negocio, mientras que los hay incluso que se han planteado convertirlo en una franquicia, uno de los pocos segmentos que espera crecer en 2009, eso sí, «de forma leve»; en 2008 lo hizo un 5% y llegó a los 70.000 establecimientos. También queda la posibilidad de acudir al capital-riesgo, si bien la actividad de este tipo de fondos de inversión cayó un 20% en 2008, en línea con la propia caída de la economía y la incertidumbre de los mercados financieros. La restricción de acceso al crédito por parte de las pymes es un hecho evidente. Desde la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) advierten que ante este hecho, y dada su elevada dependencia de los fondos externos


procedentes de bancos y cajas, un buen número de emprendedores ha tenido que endeudarse con sus propios ahorros y ya no es raro que el dinero que hubiera sido dedicado no hace mucho a comprar una vivienda vaya ahora destinado al negocio propio. Ante ya las criticas recurrente al posible cierre del grifo de la financiación por parte de las entidades privadas, la respuesta de éstas es casi general: «el verdadero problema es que la demanda es menos solvente», a lo que se ha unido el hecho innegable de que se exigen más condiciones y, sobre todo, avales, un término que quita el sueño a muchos empresarios, y no sólo modestos. A este respecto, algunos expertos como Abraham Nájera, abogado del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo, confirma que los bancos «también te piden ahora más garantías que antes». Además, el 'endurecimiento' no solo afecta al ámbito económico, sino a las cláusulas y «la forma de redactar el contrato». Sin duda, el aumento de la morosidad está influyendo decisivamente. El volumen de créditos morosos de bancos y cajas alcanzó en enero los 72.048 millones de euros, casi el doble de la cifra que se registraba en julio de 2008, según el Banco de España. Al mismo tiempo, la tasa de mora se elevaba al 3,80%, nivel que casi multiplica por cuatro el 0,95% registrado a comienzos del ejercicio anterior y que era desconocido desde mayo de 1997, si bien entonces la suma prestada por las entidades financieras cuyo cobro era dudoso 'sólo' alcanzaba los 11.500 millones de euros, unas seis veces menos de lo que soportan ahora. Pues bien, ante esta situación, la primera opción suele ser intensificar las negociaciones con el banco. Raúl Jiménez Frías, asesor de la Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (AJE Confederación), señala que «ahora es cuando muchos están aprendiendo a negociar y a usar para ello determinadas técnicas más agresivas y eficaces». Entre otras posibilidades, «se puede convencer al banco con nuevos contratos de clientes o domiciliando el cobro de futuras facturas, por ejemplo». A la desesperada Sin embargo, en algunos casos, la situación puede ser desesperada. «Recientemente, al propietario de un pequeño negocio no le renovaron la línea de crédito. Éste se presentó en las oficinas del banco llevándoles las llaves de su tienda para que se la quedara, debido a la imposibilidad de seguir con ella -explica Jiménez Frías-. El banco terminó negociando y concendiéndole el crédito porque su negocio no consiste en acumular inmuebles». Sin embargo antes de llegar a esa situación, es preferible intentar convencer con cifras, aunque cada vez es más difícil. Por ejemplo, Unitronics, líder en el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación, se vio inmersa en un largo proceso para probar la viabilidad de la compra de su competidor Davinci y conseguir finalmente financiación bancaria. Su directora financiera, Cristina Berenguer, afirma que «actualmente el nivel de riesgo que aprueban los bancos es muy bajo, por lo que tenemos que demostrar la solidez de la empresa, además de unos objetivos estratégicos sólidos y coherentes con la realidad económica y financiera». Si el banco habitual no concede el aval necesario, es recomendable ir a la competencia, ya que, como apunta Jiménez Frías, «algunas pequeñas cajas están apoyando mucho a las pymes».


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LA GACETA DE LOS NEGOCIOS Negocios Pรกgina 14 Viernes, 27 de marzo 2009


LA GACETA DE LOS NEGOCIOS Internacional Versión online Viernes, 27 de marzo 2009

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El gasto sin fin frente al miedo a los altos déficits El paquete de estímulos de Obama, que elevará el déficit presupuestario de EEUU hasta el 10% del PIB o más preocupa a muchos mandatarios europeos, entre ellos el primer ministro checo Topolanek. P. C. / R. M. R.

Barack Obama.

El primer ministro checo Topolanek no es el único que se preocupa por que el paquete de estímulos de Obama, que elevará el déficit presupuestario estadounidense este año hasta el 10% del PIB o más, ejerza una gran presión sobre los mercados y las finanzas públicas. Funcionarios alemanes también lo han criticado y otros países europeos han rechazado crear programas de estímulo fiscal argumentando que demasiado dinero extra llevaría rápidamente a la inflación.

Por motivos históricos, esta contención tiene un amplio apoyo en naciones como Alemania. Desde la hiperinflación de los años 20, que acabaría llevando al triunfo del nazismo, la política económica germana ha intentado asegurar la estabilidad, aunque suponga menor crecimiento o mayor desempleo.

Mejor esperar El propio Jean-Claude Juncker, presidente del Eurogrupo (ministros de Economía de la zona euro), ha afirmado que "hay que esperar a ver los efectos de los planes actuales. No podemos seguir añadiendo déficit al déficit y deuda a la deuda". Pablo García, de Oddo Securities, distingue dos grupos dentro del Viejo Continente. Por un lado, países más activos como Reino Unido, Suiza o los Países Bajos, donde la banca está muy expuesta a los activos tóxicos que han resquebrajado el sistema financiero estadounidense y, por otro, los más conservadores a la hora de aumentar el gasto, como España, Francia y, sobre todo, Alemania. La postura contrasta con la americana, cuya prioridad es la recuperación de la economía mediante un impulso al consumo y la inversión. "EEUU va a la solución rápida, lo que conlleva una deuda pública exageradísima", explica Abraham Nájera, asociado principal del despacho de abogados CMS Albiñana & Suárez de Lezo, que concluye que "están hipotecando el futuro de la gente sin pensarlo". Hay estudios que apuntan a que el plan de rescate estadounidense debería llegar a los cinco billones de dólares para que surta efecto. Ese dinero puede proceder de mayores impuestos —algo impensable en plena crisis— o de la emisión de deuda pública, que es por donde están yendo todos los planes.


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LA TRIBUNA DEL DERECHO

Abril 2009

FORO IGUALDAD EN LA JUSTICIA

BREVES

Paridad entre hombres y mujeres en la Judicatura El último 'Informe sobre la estructura demográfica de la Carrera Judicial', elaborado por la Sección de Estadística del CGPJ, revela una situación cercana a la paridad de hombres y mujeres entre los jueces y magistrados que se encuentran en activo. TRIBUNA DEL DERECHO

El documento indica que el total de representantes femeninas de la judicatura alcanza actualmente las 2.094 frente a los 2.345 hombres, según datos recabados a 1 de enero de 2009. En el rango de edad de los 31 a los 40 años las mujeres superan en número a los hombres con un 64,86 por ciento de jueces féminas frente a un 35,14 por ciento de hombres. No obstante, en la franja de los 61 a los 70 años, los hombres representan una apa-

bullante mayoría, que alcanza el 92,79 por ciento de los representantes de la judicatura. En cuanto a la solicitud de excedencias voluntarias por cuidado de hijos, las mujeres de entre 31 y 49 años abarcan el cien por cien del total de las peticiones. En la franja de los 20 a los 30 los jueces varones parecen haber iniciado una tímida incorporación a la conciliación familiar con más de un 5 por ciento de hombres que reclaman permisos para atender a sus vástagos.

La presencia de mujeres en los distintos órganos judiciales alcanza la práctica paridad en lugares como el Registro Civil Central o los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, con un 50 por ciento de magistradas en activo. En casos como los Juzgados de lo Penal (55,52 por ciento), de Primera Instancia (54,83 por ciento) o Instrucción (55,04 por ciento) las representantes femeninas de la judicatura superan a los varones. No obstante, las cifran rompen su igualdad en el Tribunal Supremo, donde solo desempeñan su labor un 8,11 por ciento de mujeres. En la Audiencia Nacional trabajan un 36,51 por ciento de magistradas y en los Tribunales Superiores de Justicia el porcentaje es de un 29 por ciento. La única categoría donde no se da la presencia de mujeres jueces es en el de juez decano exclusivo. ❏

El Supremo reconoce el derecho de un jugador a cobrar los 30.000 euros de un cupón de la ONCE premiado que había perdido

El TS ha reconocido el derecho de Manuel M.G. a cobrar los 30.000 euros con los que resultó premiado un cupón que había adquirido en 2002 y que extravió, no pudiendo presentarlo al cobro. La resolución anula una sentencia dictada en julio de 2006 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid que consideró que la ONCE tenía razón en no pagar porque, al dorso de cada billete, se dispone que el cupón premiado es pagadero al portador, "no pudiendo sustituirse por ningún otro documento o testimonio".

Condenan a Lauren Films a pagar 312.800 euros por distribuir películas de Miramax sin permiso

Lauren Films distribuyó películas de Miramax en España y Andorra entre 1993 y 2003, pero la primera no pudo hacer frente al pago de las deudas que contrajo con Miramax y llegaron a un pacto transaccional. Establecían un plan de pagos y tras hacer efectivo el primero de ellos, de 14,5 millones de dólares, Lauren Films recuperó la licencia de distribución. Para comercializar otras películas, debía pagar 7,23 millones de dólares, pero no pudo afrontar ese segundo pago y no recuperó la totalidad de la licencia. Lauren Films reconoció que distribuyó las películas alegando que los contratos de licencia carecían de eficacia.

■ OPINIÓN

Cajas: fuertes, de música, de cambios, destempladas, negras, de Pandora… ABRAHAM NÁJERA PASCUAL. Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

ejos han quedado aquellos tiempos en que uno depositaba su real de plata en una cajita de ánimas. Las cajas de ahorros de hoy en día, reforma de Fuentes Quintana mediante, son poco menos que bancos politizados que sufren los rigores de la crisis como el que más, sofocadas entre el ladrillo y una morosidad galopante; también a ellas les bajan la calificación crediticia, también quiebran sus clientes. Y ante la adversidad, acuden en primera línea al Fondo para la Adquisición de Activos Financieros, revisten, solas o en grupo, sus emisiones del barniz del aval estatal, ponen en el mercado cuotas participativas, asisten a las reuniones de banqueros y políticos. Todos los remedios conocidos y por conocer en estos tiempos difíciles, porque ya quedan pocas dudas de que en cualquier otro país la mitad de ellas no habría sobrevivido en estas circunstancias. Así que, mientras se enfrentan a los bancos a cuenta del muy

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gráficamente llamado “manguerazo” de capital, sólo les quedaba empezar a fusionarse, en un baile que comienza lento pero que ha de bullir en los próximos meses. O así debería ser si se movieran animadas únicamente por la consecución de sinergias, por el interés puramente empresarial en incrementar su competitividad, en diversificar su presencia geográfica para arrostrar la severidad de la crisis. Sin embargo, se hallan presas en la telaraña de regulaciones autonómicas en la que la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de regulación de las normas básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros, la LORCA, sólo ejerce de testigo mudo que desde su disposición adicional quinta, introducida por la Ley Financiera, exige la autorización conjunta de los gobiernos autonómicos implicados cuando se produzca la fusión entre cajas de ahorros con sedes sociales en diferentes Comunidades Autónomas. Obstáculo imprevisto en la necesaria búsqueda de aliados que en algunos casos las conduce inevitablemente

allende sus fronteras naturales, hijas únicas cautivas en territorios menores. Insalvable en muchos casos cuando los colores políticos y el reparto de poder en la entidad resultante se interponen y nublan cualquier buen juicio estrictamente económico o financiero. Porque aunque se identifica no pocas veces esta previsión con un derecho de veto de las Comunidades Autónomas, lo cierto es que se trata de algo más: se precisa no sólo que den su visto bueno a la fusión, sino que alcancen un acuerdo sobre “la proporción que corresponderá a las administraciones públicas y entidades y corporaciones de derecho público de cada Comunidad en los órganos de gobierno de la caja de ahorros resultante”. Y este es el verdadero problema, el quid de la cuestión que parece olvidarse cuando se ha-

bla de la necesaria reforma de la LORCA para facilitar este tipo de operaciones. No es suficiente con prescindir del rol de los gobiernos autonómicos en esta decisión, o con otorgar una mayor relevancia al papel del Banco de España como supervisor de las cajas. Puestos a pedir, lo que se impone, quizás una mera utopía, sería ir más allá de estos paños calientes y afrontar decididamente una despolitización de las cajas de ahorros, antes de que sea demasiado tarde y queden cuatro, devoradas por los niños de la crisis. Dejando al margen el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, deslindadas por la sentencia 49/1988, de 22 de marzo, del Tribunal Constitucional, ¿ha perdido su sentido la presencia de los diferentes estamentos y administraciones públicas al mando de estas entida-

« Puestos a pedir, quizás una mera utopía, sería ir más allá de estos paños calientes y afrontar decididamente una despolitización de las cajas de ahorros, antes de que sea demasiado tarde»

des? Acaso lo tenía cuando la importancia de su obra social era mayor, pero su secular faceta benéfica se ha visto gradualmente oscurecida hasta casi desaparecer engullida por su actualmente indiscutible condición de entidades de crédito. Es cierto que, tras ensayos fallidos incluso de fusiones virtuales, una primera concentración transfronteriza, que no internacional, parece estar en marcha, auspiciada por la coincidencia política de los respectivos gobiernos autonómicos, aderezada por posibles ayudas del Fondo de Garantía de Depósitos para engalanar a la absorbida antes de llegar al altar. Pero la reforma normativa sigue siendo urgente. Tal vez lo que necesitemos no sea el abandono de la obra social, más bancos en el panorama, sino, por el contrario, un regreso a los principios benéficos inspiradores de los montes de piedad. Qué mejor obra social, hoy en día –qué mejor manera, en fin, de ser piadosos-, que facilitar la concesión de crédito a quien se encuentra en los bancos con la ventanilla cerrada. ❏


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EXPANSIร N Finanzas & Mercados Pรกgina 18 Martes, 7 de abril de 2009


SOITU.ES Actualidad Medio online Miércoles, 22 de abril de 2009

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Cuando la hipoteca te obliga a retornar a tu país de origen • Muchos extranjeros optan por volver a su tierra cuando no pueden hacer frente al pago • Creen que basta con devolver las llaves del piso • Dejan deudas pendientes por las que responden amigos y familiares Por GEMA FERNÁNDEZ (SOITU.ES) Actualizado 22-04-2009 10:24 CET

MADRID.- Están en paro, en muchos casos sin ingresos, y ahogados por las deudas en un país que no es el suyo. El desconocimiento y el exceso de confianza llevó a decenas de inmigrantes a firmar hipotecas y abultados créditos empleando como avales a familiares, amigos y hasta desconocidos en la época del boom. Ahora, ante la imposibilidad de pagar, algunos optan por entregar las llaves de su casa al banco y retornar a sus países de origen como única vía de escape. Lo que desconocen es que, en la mayoría de las ocasiones, el valor del piso no sirve para saldar la deuda, lo que les condena a una lista de morosos. Eso les complicará la vida si quieren volver a España, y encadena al pago de esa deuda a todos aquellos que en su momento se convirtieron en avales. G.F.

Acuden a estas charlas en busca de soluciones.

"Muchos no saben que cuando entregan las llaves de su piso, su valor es inferior al de la deuda. Se están dando diferencias de hasta 50.000 euros entre la tasación en escritura y las nuevas tasaciones que se realizan en estos casos. Y, aunque se marchan pensando que está todo solucionado, dejan una deuda pendiente en España. El problema surge cuando regresan y domicilian la nómina o solicitan un crédito, porque su nombre salta de una lista de morosos", explica Diana Castillo, asesora de la Fundación Vallecas Todo Cultura y experta en extranjería. Ella ofrece charlas con el apoyo del Senami (Secretaría Nacional del Migrante ecuatoriano) para evitar que esto ocurra.

La duda Entre los interesados en estas charlas se encuentra Carlos, un joven ecuatoriano con esposa y dos hijos que lleva en paro desde diciembre. Le quedan seis meses de desempleo y ningún otro ingreso a la vista, aunque tiene que hacer frente a una hipoteca de 214.000 euros. "No sabemos qué hacer, si es mejor marcharnos o quedarnos", comenta. Sólo tiene una certeza: no puede hacer frente al pago de la casa. Lo ha intentado todo. "Arrastraba problemas desde junio, porque mi empresa me pagaba con retraso, hasta que en octubre dejó de hacerlo. Para poder respirar un poco, pedí una carencia de 8 meses,


que se terminó en febrero, y desde entonces dejé de abonar las mensualidades. Fue entonces cuando la entidad me ofreció reducir la cuota, que estaba en 1.300 euros, a casi 800 alargando el plazo de 30 a 40 años, pero sólo podíamos hacer frente a un pago de 500 euros al mes", relata Carlos. Su idea ahora es "entregar la vivienda al banco y negociar con él para que con esto cubramos la totalidad de la deuda, y poder regresar sin preocupaciones a Ecuador", explica Carlos. Es lo que se conoce como dación en pago, la última alternativa que les queda a los que ya lo han intentado todo.

La vía de escape En el momento en que se propone la dación, el banco manda a un tasador. "Lo ideal es que la cantidad adeudada coincida con el valor de la tasación", aconseja Castillo. Sin embargo, apunta que "las tasaciones ahora son más bajas que hace unos años", por eso ella intenta que "se respete la que aparece en las escrituras, para que la deuda quede saldada al entregar las llaves de la vivienda".

"Intentamos que la gente entienda que no se puede dejar el piso al banco alegremente y marcharse, que tener una deuda pendiente en este país tiene sus consecuencias", afirma Castillo. Y es que, explica, "las deudas en España se heredan, y si el día de mañana los hijos quieren retornar a este país, se pueden encontrar con una sorpresa muy desagradable".

La dación se realiza mediante escritura pública, y la cantidad por la que se entrega el piso al banco debe aparecer especificada, "por lo que es fácil comprobar si existe un monto diferencial o no", explica Castillo. De darse esa 'baile' de cifras, esta experta recomienda acudir a juicio por esa diferencia, o negociarla con la entidad financiera. De todos modos, el interesado siempre puede solicitar un tasador independiente. Sin embargo, Castillo comenta que "no todos los bancos están aceptando la dación en pago", pero que son más receptivos "con los extranjeros que retornan a sus países de origen". Caja Madrid, Popular, Santander, Caixa Catalunya y Bancaja son las entidades con las que más hipotecas han firmado los inmigrantes, y, según esta experta, se están comportando de manera muy diferente en estos casos extremos. "Hay bancos con los que no se puede negociar porque se cierran en banda", apunta Castillo, pero sobre todo depende de los directores de las sucursales implicadas. "Llevo el caso de un joven con dos hijos que acaba de perder a su esposa y tenía fecha para la subasta de su piso esta misma semana. Ante este panorama, el banco la ha cancelado", pone como ejemplo. En su opinión, "es una cuestión de personas, más que de bancos".

De abusos, desconocimiento y mala praxis empresarial La raíz del problema, común a la mayoría de los inmigrantes que hoy se encuentran en situaciones tan extremas, es "la ignorancia", apunta Isabel, otra de las interesadas en el tema hipotecario. Ella se siente "engañada y estafada por pertenecer a otra cultura", y echa la culpa a las inmobiliarias y la banca. "Ha habido muchos abusos —comenta Castillo—. Llevo casos de personas que son avalistas de dos y hasta tres personas porque creían que bastaba con presentar la nómina para hacer un favor a un familiar o amigo, y ahora se encuentran con la papeleta de tener que responder por las deudas de otros. También estoy encontrando entidades financieras que esperan hasta ocho meses para llevar a cabo la ejecución de la hipoteca (cuando lo habitual son tres), porque así aumenta la deuda (por los intereses de demora) y van a juicio por una mayor cantidad". Por eso, recomienda leer toda la documentación antes de firmarla, consultar las dudas, personarse en los juicios y no dar poderes a un tercero para que actúe por ellos.


Es la misma recomendación que hace el abogado Abraham Nájera, de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, quien califica este tipo de actuaciones de "abusos manifiestos", contra los que es difícil luchar. En su opinión, "firmar un poder es un grave error, porque con ello se autoriza a un tercero a negociar con total impunidad, puesto que no es ilegal". Luis es el ejemplo viviente de esta situación. Llegó de Ecuador hace 11 años, pero no se decidió a comprar casa hasta 2005, cuando se había desatado la fiebre inmobiliaria. "No teníamos nadie que nos asesorara, así que acudimos a la agencia con la que otros conocidos habían comprado las suyas. Pero nos ha engañado desde el principio y de diferentes maneras", asegura. Alfonso y Ofelia temen que el banco vaya a por ellos.

"Me dijeron que me habían gestionado una hipoteca por la que tendría que abonar 760 euros al mes. Pero cuando fui a firmarla, me enteré de que ésta no cubría todos los gastos, así que me aconsejaron solicitar dos créditos personales para poder llegar al 100% del valor de tasación de la casa y cubrir la notaría, el registro...", nos explica. Su deuda total ascendía entonces a 195.000 euros, y apenas se ha reducido en cuatro años. "Cuando me di cuenta de que, pese a que llevaba varios meses pagando, el principal de mi deuda no descendía, fui a la inmobiliaria a preguntar y me dijeron que tenía una carencia de 4 años, por lo que hasta el momento sólo he pagado intereses", relata. Y el culebrón continúa. "Una amiga, que ya había avalado a otros compatriotas, me avaló con su piso. Pero cuando fuimos a firmar las escrituras de compraventa ella aparecía como copropietaria de la casa. Le dijimos al notario que sólo era un aval, y la sacó del título de propiedad, pero sigue apareciendo como titular de la hipoteca. Es decir, que, pese a no tener nada que ver con la casa, posee el 50% de la deuda, y si yo dejo de pagar, ella tendrá que responder por el 100%", se lamenta Luis. Actualmente paga una mensualidad de 1.400 euros —desconocía que firmaba una hipoteca a tipo variable y que ésta podía subir—, lleva un año y tres meses en el paro, y en su casa sólo entran los 700 euros que gana su mujer y que "tenemos que estirar para mantener a nuestros tres hijos", dice Luis. Así que ha dejado de pagar la hipoteca. "Intenté solicitar la moratoria hipotecaria parcial del Gobierno, pero la financiera con la que firmé la hipoteca no está en el listado de entidades que se han acogido a este plan estatal", explica Luis. Ahora "les he propuesto la dación en pago por 180.000 euros, pero me han dicho que no quieren quedarse con el piso, y que tirarán de la persona que es copropietaria de mi deuda o de los avalistas, que son mis hermanos", dice preocupado. "Yo quiero llegar a una solución, pero si no me dan ninguna opción, no me queda otra que marcharme", asegura este ecuatoriano, al que sólo detiene "el problema que puedo causar a mis hermanos y a mi amiga".

Un 'regalo' envenenado Y es que no es plato de buen gusto encontrarte que, de un día para otro, te han embargado el 60% de tu nómina por las deudas impagadas de alguien que regresó a su país. Esto es, precisamente, lo que atemoriza a Ofelia y Alfonso. Ellos firmaron como avalistas del 30% de la hipoteca de un familiar que ha regresado a Ecuador sin cancelar la totalidad de la deuda. "Yo pensé que la persona a la que avalaba iba a poder responder de sus deudas, jamás imaginé que iba a pasar esto. Ahora, él se ha marchado y nos ha dejado con el problema", se lamenta Alfonso.


De momento, el banco no les ha reclamado nada, aunque son conscientes de que la persona a la que avalaron ha dejado una deuda pendiente de 25.000 euros, que es la diferencia entre el valor del piso cuando lo compró y el de la nueva tasación tras la dación. "Sabemos que intentó pagar esa cantidad en dos partes llegando a un acuerdo con el banco. En un primer momento le dijeron que sí, pero luego se echaron atrás, así que no le quedó más remedio que marcharse", explica Ofelia. Les han llegado noticias de amigos a los que les han embargado parte de la nómina, incluso el piso, porque aquéllos a los que avalaron se marcharon dejando deudas pendientes, y tienen mucho miedo y muchas dudas. Diana Castillo les ofrece la certeza de que tienen motivos, porque el banco puede ir contra ellos: "el aval está vivo hasta que se cancela la deuda", asegura. En estos casos, lo que aconseja es "que no domicilien la nómina antes de llegar a juicio —hecha la ley, hecha la trampa, dice esta experta—, porque cuando hay una orden judicial de embargo, ya no hay nada que hacer", explica. Nájera apunta otra posibilidad, y es la de acudir en grupo a alguna asociación de consumidores para hacer una denuncia colectiva, "alegando que no sabían lo que estaban firmando". En su opinión, "podría funcionar".


SOITU.ES Actualidad Medio Online Jueves 23 de abril 2009

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Préstamos de tú a tú: ¿una amenaza para la banca? • Unos optan por las comunidades autofinanciadas y se prestan entre conocidos • Otros, por las plataformas de P2P a través de Internet • Ambos ofrecen intereses más bajos que los de la banca tradicional Por GEMA FERNÁNDEZ (SOITU.ES) Actualizado 23-04-2009 19:18 CET

MADRID.- Ahora que los bancos y cajas de ahorro han cerrado el grifo del crédito, muchas personas optan por los préstamos de tú a tú. Los hay que se unen para dar vida a un fondo común que palie sus necesidades inmediatas de financiación, mientras que otros optan por invertir su dinero a través de una web P2P para solventar los problemas económicos de terceros a la vez que obtienen una interesante rentabilidad. Son fórmulas muy distintas, pero tienen algo en común: prescinden de la intermediación de la banca.

Como en familia Pagar una mensualidad del alquiler, comprar una lavadora, o enviar dinero al extranjero, son algunas de las cosas que han podido financiar los miembros de las llamadas comunidades autofinanciadas (CAF) por el simple hecho de pertenecer a ellas. Son grupos de personas afines —lo habitual es que les unan lazos familiares o de amistad—, que crean un fondo común con aportaciones de entre 20 y 30 euros para resolver ellos mismos los aprietos que la crisis les presenta mediante microcréditos (en torno a los 300 euros). Hay unas normas y una metodología claras, como que sólo puedes pedir un máximo de cuatro veces lo invertido, "con lo que cuanto más dinero pones más puedes pedir o, lo que es lo mismo, cuanto más confías en la comunidad más confía ésta en ti", afirma Jean-Claude Rodríguez, 'padre' de este movimiento en España, que ha recibido varios premios. "Entre los miembros del grupo nombran un tesorero, que se encarga de guardar el fondo común, y un contable, que va tomando nota de lo que entra y sale de la caja", explica José Fernando García, portavoz de Transformando, la ONG encargada de poner en marcha las CAF en Madrid. "Cuando alguno de ellos necesita dinero —explica—, presenta una solicitud y se estudia el caso. De ser aceptada la petición, el beneficiario pagará posteriormente un pequeño interés (generalmente del 1%), que pasará a engrosar la cuenta común de la que se benefician todos los miembros para futuros créditos".


La ventaja es clara: dinero para quien no puede conseguirlo por otros medios. Pero también existen algunos riesgos, como el impago. "Es cierto que no hay garantías tangibles, por lo que debe haber mucha confianza entre los componentes de cada CAF", reconoce Rodríguez. No obstante, tanto él como García se refieren a las CAF como "grupos de apoyo mutuo más que de servicios financieros". "Es un espacio donde compartir necesidades, preocupaciones, problemas y recursos. Un espacio de socialización, para crear lazos, añadiendo la utilidad del dinero que se aporta, de ahí que sean los inmigrantes los que más participan en esta iniciativa", dice García. De hecho, según Rodríguez, "el 60% de las personas que forman parte de un grupo afirman que la CAF es su única red social". Las comunidades autogestionadas llevan cinco años funcionando en este país, pero son una práctica popular en Latinoamérica, donde reciben distintos nombres, como "el pasanato" (Bolivia); "la junta" (Perú); "la natillera" (Colombia); o "la cadena" (Ecuador). De allí extrajo la fórmula Jean-Claude Rodríguez para aplicarla en España, "mejorándola para evitar sus carencias y fallos", afirma. Actualmente, existen cerca de una treintena, la mayoría de ellas en Cataluña, pero también en Madrid. En el resto del mundo, "con algún matiz", se puede hablar de que hay unas mil CAF, repartidas por 12 países, incluido Senegal, a donde han llegado partiendo de las comunidades de senegaleses afincadas en Cataluña. Y es que los préstamos entre amigos y familiares suponen ya un mercado paralelo enorme, que, según estudios que cita FriendsClear, sólo en Estados Unidos supone más de 100 millones de dólares, y en los países en vías de desarrollo es incluso superior al mercado bancario ortodoxo.

Banca 2.0 En este mercado de los préstamos de tú a tú también se han hecho un hueco las plataformas P2P de Internet, donde con un solo 'click' puedes solicitar un préstamo y esperar a que otros usuarios pujen por la oferta. La fórmula es sencilla: se une en un mismo sitio web a personas que necesitan dinero con otras que desean invertirlo a un tipo de interés superior al que ofrecen los depósitos tradicionales. Unos piden y otros dan...

Comunitae es la pionera en España de este tipo de experiencias, que funcionan con éxito en otros países, como Reino Unido, donde destaca Zopa, o Estados Unidos, con Lending Club como una de las empresas más populares. Hoy ha abierto el proceso para que la gente que quiera prestar o que le presten dinero comience a apuntarse. Esta plataforma quiere que sus clientes se sientan "banqueros" y les ofrece la posibilidad de prestar su propio dinero (a partir de 25 €) a través de un sistema de subasta. Su negocio está en cobrar una comisión al prestador y otra al prestatario a cambio de emplear la plataforma. Al primero le exige un 1% anual por el saldo prestado, y al segundo le cobra un 1,5% del capital solicitado a la hora de aperturar el crédito, con un mínimo de 60 €. "Está pensado para que los usuarios pidan préstamos personales de entre 3.000 y 15.000 euros, a un plazo de dos a cuatro años, que serán financiados por otros usuarios a cambio de un tipo de interés que se fijará mediante subasta", explica José Miguel Rotaeche, uno de los fundadores de Comunitae. A favor del P2P crediticio juegan unos intereses menores (o, en el peor de los casos, iguales) a los de la banca tradicional —entre el 8% y el 13%—, y una rentabilidad que en general supera a la de un


depósito —la media de los portales ya en funcionamiento está "en torno al 6%", según Cervera—. El problema, como en el caso anterior, es que, como no se trata de un banco ni una caja de ahorros (ni capta depósitos ni concede préstamos, simplemente los intermedia) este tipo de actividad no está sometido a la regulación vigente para las entidades financieras, ni a la supervisión del Banco de España, sino al marco de la legislación general de protección de los consumidores. Esto significa que, si alguien incumple los pagos, al portal "no se le puede responsabilizar de nada", explica Abraham Nájera, abogado de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, y, como puntualiza su colega Pedro Merry, "intentar una demanda civil para recuperar tu dinero no te compensaría, porque seguramente el coste superaría la inversión perdida". Eso sí, pueden ayudarte a reclamar el cobro, un servicio que ofrece Comunitae a través de Intrum Justitia . Además, para diversificar los riesgos, el dinero del que presta se divide entre varios prestatarios. Y ante el miedo a la morosidad y la desconfianza que han despertado en los inversores los casos de Lehman Brothers, Madoff, Fórum Filatélico o Banif Inmobiliario, los directivos del proyecto aseguran que "es más seguro prestar ahora que antes de la crisis, porque hay más información". Su fórmula para evitar riesgos: "primero se pasa a los solicitantes por un filtrado de impagados a través de Equifax; después se realiza un scoring predictivo en función de variables sociodemográficas a través de Experian; y, una vez pasado el corte, se otorga una clasificación de riesgo a cada prestatario, en función de la cual recomendamos al prestador aplicar un tipo de interés de entre el 8% y el 13%", aclara Arturo Cervera, el otro socio fundador de la plataforma española.

¿Una ventana abierta a los defraudadores? Hay que tener en cuenta que los beneficios obtenidos por prestar tu dinero a través de una plataforma P2P tributan como ingresos de capital mobiliario, por lo que están grabados con un 18%, comenta Cervera. Eso sí, "es responsabilidad del prestador declarar los intereses conseguidos a Hacienda, porque esa información nosotros sólo se la facilitamos a él", puntualiza. Algo muy similar ocurre con las comunidades autofinanciadas donde, según Lidia Bazán, de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, también "deberían declararse los intereses conseguidos dividiéndolos a partes iguales entre los integrantes de la CAF", aunque reconoce que "con préstamos tan pequeños seguramente no tributará nadie". En plena crisis financiera internacional, cuando pymes y particulares tienen dificultades para acceder al crédito, ¿podrían convertirse este tipo de iniciativas en una alternativa a la banca tradicional? En opinión de Rotaeche, "en cierta manera es volver a los orígenes de la financiación, donde personas que confían en otras les prestan dinero a cambio de un tipo de interés".


LEGALTODAY.COM Opinión Medio online Miércoles, 29 de abril de 2009

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29 de Abril de 2009

Interviniendo cajas en fin de semana El autor sostiene que las ayudas a las Cajas de Ahorros, debido a la actual coyuntura, no son suficientes y señala los riesgos de la politización en la gestión de la crisis. Abraham Nájera Pascual es Abogado de CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero) Todo ha sucedido conforme al guión que iba escribiéndose desde hace ya un tiempo. La intervención de Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha tras sus intentos fallidos de fusión ha sido el último y esperado episodio de una larga agonía que ha terminado, de momento, con la sustitución provisional de sus administradores por el Banco de España. Junto a ello, la previsión de que el propio supervisor otorgue a la caja la financiación necesaria para superar sus dificultades transitorias de liquidez y posibilitar el mantenimiento de su operativa y sobre todo el cumplimiento de sus obligaciones frente a los ahorradores y acreedores en general. Una financiación que estará asegurada por el aval del Estado, contando a su vez en parte con la contragarantía del Fondo de Garantía de Depósitos, lo que sienta un precedente sobre el que las autoridades europeas han de opinar. Uno podría pensar que la relativa tranquilidad que se respiraba entre los ahorradores después de la noticia es debida a la adecuada elección del momento y a la contundencia de la garantía total de su dinero, más allá de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos, pero seguramente tenga más que ver con que la mayoría de los clientes ya se habían afanado en poner a buen recaudo sus ahorros en los últimos meses y el resto apenas se han inquietado, anestesiados hasta el hastío después de tantos rumores y avisos y de que Pedro se haya pasado el tiempo metiéndoles el miedo en el cuerpo. No ha sorprendido tampoco que la primera entidad intervenida en España víctima de esta crisis sea una caja de ahorros y de pequeño tamaño, y no un gran banco como ha ocurrido en tantos otros países. El demonio de los activos tóxicos, con su aparente lejanía y halo de misterio, ha dejado aquí paso decididamente al desempleo descarnado y cercano, que ha traído consigo un incremento de la morosidad al que también contribuyen las grandes cifras que desaparecen engullidas por los concursos que asolan especialmente el mercado inmobiliario. Antes de llegar a la intervención, de la que no hay muchas más salidas para Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha que ser saneada lo más rápidamente posible para terminar siendo


absorbida por otra entidad o liquidada y traspasado su negocio al mejor postor, las cajas han tenido a su disposición todos los remedios puestos a su alcance: el recurso al Fondo para la Adquisición de Activos Financieros para colocar algunas de sus emisiones de deuda y el aval estatal para otras, como el resto de entidades de crédito, o la siempre presente posibilidad de poner en el mercado cuotas participativas. Sin embargo, en esta coyuntura ni siquiera esas ayudas parecer ser bastantes para las cajas de ahorros que, salvo honrosas excepciones, tienen las de perder debido a su carácter claramente territorial, que encierra su negocio en unos límites insuficientes para una correcta diversificación, a lo que hay que unir, casi siempre, una exposición evidente e insostenible al sector que se halla en el ojo del huracán. La raíz de estos males puede buscarse más profundamente en esa "gestión inadecuada" que no es exclusiva de Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha. De las cajas de ahorros originarias apenas queda rastro, transustanciadas en verdaderos bancos, si no fuera por la obra social y por la presencia de los distintos poderes en sus órganos directivos. Una politización que es precisamente lo que ha marcado no sólo su devenir en los buenos tiempos, su exposición a determinados negocios ahora ruinosos, su territorialidad que las lastra y las arrastra en muchos casos hacia la desaparición en las fauces de entidades mejor preparadas, sino que, nublando su juicio, está dificultando que en situaciones complicadas como la actual puedan tomar decisiones adecuadas y necesarias desde una óptica meramente empresarial y económicamente lógica. Que la disposición adicional quinta de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de regulación de las normas básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros, requiera la autorización conjunta de los gobiernos autonómicos implicados cuando se produzca la fusión entre cajas de ahorros con sedes sociales en diferentes Comunidades Autónomas no es más que una consecuencia lógica de esa situación, una piedra más en el camino hacia una mayor flexibilidad en los necesarios movimientos de concentración entre cajas que podrían ofrecerles una oportunidad de sobrevivir ampliando sus horizontes y complementando sus negocios. Se dice que se está preparando una reforma, urgente como todo en estos tiempos, de esta Ley, que reduciría drásticamente la presencia política en los órganos de gobierno de las cajas, que buscaría una profesionalización que sin duda beneficiaría a estas entidades, si aún no es demasiado tarde. Personalmente, no sé qué me preocupa más, si que quienes gobiernan las cajas de ahorros sean políticos, o que sean los mismos que al frente de las diversas Administraciones han de gestionar el resto de nuestro dinero.


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LA TRIBUNA DEL DERECHO

Mayo 2009

AL DÍA A PROPUESTA DEL MINISTRO DE JUSTICIA

TOMA DE POSESIÓN

El Gobierno concede 16 indultos especiales con motivo de la Semana Santa

María Lourdes Rodríguez Rey, nueva directora del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ)

A propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, el Consejo de Ministros aprobó el 3 de abril un Real Decreto por el que se conceden 16 indultos especiales con motivo de la festividad de Semana Santa. TRIBUNA DEL DERECHO

Tradicionalmente, las cofradías de penitentes solicitan esta medida de gracia para aquellos reos del ámbito de su provincia que cumplen los requisitos de cualquier indulto ordinario, como son: que esté cumpliendo condena en la actualidad y que concurran razones de justicia, equidad o utilidad pública. Los penados, que verán formalizado su indulto este año son: J. J. B. T., solicitado por la Cofradía del Santísimo Cristo del Perdón de Elche (Alicante); J. A. B. F., solicitado por la Her-

Francisco Caamaño.

mandad de Cofradías Penitenciales de Semana Santa de Palencia; A. R. C. B., solicitado por la Real, Antigüa y Excelentísima Hermandad y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo del Amor, María Santísima de la Caridad y San Juan Evangelista de Marbella (Málaga); M. F. G., solicitado por la Cofradía de Nuestro Padre Jesús El Rico de Málaga; L. J. I. S., solicitado por la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad de Valladolid; E. J. V., solicitado por la Cofradía de las Siete Palabras y del Silencio de Logroño. ❏

T.D.

María Lourdes Rodríguez Rey tomó posesión de su nuevo cargo, como directora del Centro de Estudios Jurídicos, en un acto presidido por el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, y que se ha celebrado hoy en la sede central de su Departamento. La nueva directora del CEJ nació en León. Es licenciada en Derecho por la Universidad de Salamanca (1980) y desde el año 1983 pertenece a la Carrera Judicial, así como a la Carrera Fiscal. Hasta ahora, ocupa-

ba el cargo de Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de León, encontrándose en situación de excedencia voluntaria en la Carrera Judicial. El CEJ es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Justicia, a través de la Secretaría de Estado de Justicia, que tiene entre sus fines la formación continuada y especialización de los miembros de la carrera fiscal y de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Médicos Forenses, Abogados del Estado y demás personal al servicio de la Administración. ❏

■ OPINIÓN

Cómo perder el miedo al concurso a la hora de refinanciar ABRAHAM NÁJERA PASCUAL. Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

Y

o de mayor quiero ser como el Legislador. Así, con mayúsculas, como Dios. Ese hombre, seguramente de amplios mostachos, que desde las profundidades de los osarios bajo el Congreso se afana tejiendo las normas con una caligrafía redonda y perfecta a la luz de una trémula vela, vestido sin duda al estilo decimonónico, padre de constituciones, leyes, decretos y ordenanzas. El Legislador, que de vez en cuando recibe la ayuda del Gobierno, que le alivia de la pesada losa de tanto normar con un golpe de muñeca, sembrando el B.O.E. de rápidos Reales Decretos-leyes. Como el Real Decreto-ley 3/2009, que entre otras cuestiones aborda una primera gran reforma de la Ley Concursal fruto de la experiencia intensa que en los últimos meses está poniendo a prueba no sólo dicha regulación, sino a los propios Juzgados de lo Mercantil, absolutamente desbordados. Así, de una parte, y siempre

con el objetivo primordial de agilizar el procedimiento, reduciendo sus costes, se llevan a cabo modificaciones que pretenden incentivar que se alcancen con los acreedores convenios anticipados que eviten la liquidación de la empresa concursada, pero también, cuando la situación económica haga evidente su inviabilidad, se facilita la tramitación de dicha liquidación para evitar que entre tanto se produzca una mayor degradación de sus activos, algo que también se persigue ampliando el ámbito del procedimiento abreviado a mayor número de concursos y a través de otras reformas de carácter procesal. También se introducen cambios en los medios de publicidad de la declaración de concurso y de sus trámites y resoluciones, en el sistema retributivo de la administración concursal y en cuanto al reconocimiento y clasificación de créditos. Pero sin duda la más relevante y esperada novedad es la relativa al tratamiento de las refinanciaciones en el marco del concurso, y especialmente fren-

te a las acciones de reintegración previstas en el artículo 71 de la Ley Concursal, a la vista del papel clave que estas operaciones, lleguen a buen puerto o no, tienen en la situación financiera de las empresas en dificultades, como se está revelando de forma particularmente grave en los grandes procedimientos. Si la regla general es que los actos perjudiciales para la masa activa que tengan lugar dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso pueden ser rescindidos, el Real Decreto-ley, no por la vía de la modificación del mencionado precepto, sino introduciendo una nueva disposición adicional cuarta, excluye dicha posibilidad para las refinanciaciones que respondan a un plan de viabilidad, junto con sus actos y garantías relacionados, aunque pudieran ser perjudiciales para la masa activa, de manera que

únicamente puedan ser objeto de impugnación por la administración concursal. Para ello, se requiere que el acuerdo englobe a acreedores que representen no menos de las tres quintas partes de su pasivo, que se formalice en documento público y que un experto independiente nombrado por el registrador mercantil emita un informe sobre la suficiencia de la información que le sea facilitada, acerca del carácter razonable y realizable del plan y de la proporcionalidad de las garantías conforme a las condiciones normales de mercado. Sin embargo, ¿no habrá de estar sujeta a algún tipo de verificación la propia calificación de un acuerdo como de refinanciación, el cumplimiento de los requisitos previstos –que al menos se amplíe significativamente el crédito disponible o se modifiquen las obligaciones del deudor prorro-

«Este Real Decreto-ley abre algunos interrogantes que tendrán que despejarse con la misma urgencia con la que se aprobó. Una urgencia lógica cuando hace mese se venía anunciando esta reforma»

gando su vencimiento o sustituyéndolas por otras-? ¿No podrá ser cuestionada? Cuesta creer que el informe del experto independiente constituya un mero requisito formal no sometido tampoco a discusión en cuanto a su contenido, que puede en sí mismo arrojar dudas sobre determinados aspectos de acuerdos que en la mayor parte de los casos revisten una importante complejidad y cuyas cláusulas y pactos pueden exceder de lo razonable en una situación ordinaria, más allá de la proporcionalidad –o más correctamente “normalidad”- de las garantías otorgadas. Son tan solo algunos de los importantes interrogantes que se abren y tendrán que despejarse con la misma urgencia con la que se ha aprobado este Real Decreto-ley. Una urgencia lógica cuando hace meses que se venía anunciando esta reforma, y años que se demandaban determinadas modificaciones de la Ley Concursal, extraña cuando se predica cierta retroactividad de buena parte de los nuevos artículos para su aplicación a los procedimientos en curso. ❏


SOITU.ES Actualidad Medio online Viernes 8 de mayo 2009

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¿Puedo estar 'fichado' como moroso y no saberlo? Antes ser moroso equivalía a ser un 'jeta', hoy son muchos los que no pueden pagar Por GEMA FERNÁNDEZ (SOITU.ES) Actualizado 08-05-2009 18:27 CET

Imposibilitado para obtener un crédito, o pagar una lavadora a plazos, para conseguir el alquiler de una vivienda, o incluso para pedir que te aplacen la hipoteca. Éstas son algunas de las consecuencias de aparecer en un listado de morosos. Pero no todos los ciudadanos conocen qué son, qué puede causar tu entrada en ellos, cómo se puede salir y qué consecuencias acarrea estar en estos ficheros. Nosotros te lo contamos. Daquella manera (Flickr)

¿Seré yo?

¿Cómo se entra en una lista de morosos? El abogado Abraham Nájera, de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, nos explica que "para entrar en una lista de morosos, tiene que existir una deuda cierta, vencida e impagada —no importa la cantidad—, cuyo pago se haya reclamado al deudor y éste no lo haya realizado". Además, "sólo se podrá registrar en estos ficheros a las personas o entidades que cuenten con impagos a sus espaldas en los últimos seis años", puntualiza su colega José Manuel Rodríguez. Pero si hasta hace poco tildábamos a los morosos de 'jetas' —existen profesionales del tema— e irresponsables, ahora el concepto está cambiando. La subida de los tipos de interés y el incremento del desempleo han provocado que muchas familias españolas estén pasando por este trago, que consideran "humillante", porque cada vez tienen más dificultades para pagar sus préstamos, e incluso son incapaces de hacer frente a sus recibos habituales de la luz, el agua, el teléfono o el gas, lo que, automáticamente, les hace pasar a formar parte de estas 'listas negras'. En nuestro país existen actualmente más de 2,7 millones de morosos 'fichados', que suman una deuda no cobrada que asciende a 36.148 millones de euros, según la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef). Sin embargo, no todos ellos son conscientes de pertenecer a estas 'listas negras', nos advierten desde la Cecu (Confederación de Consumidores y Usuarios). Y esto no debería ser así. Por ley, "el responsable del fichero tiene la obligación de notificar al afectado su inclusión en el mismo antes de hacerlo", explica Rodríguez. Es más, añade este abogado, "el acreedor también debe comunicar esta posibilidad al deudor si no existe cláusula alguna que lo especifique en el contrato de prestación de servicios o del crédito".


Errores fatales No obstante, y pese a la ley, a veces, estas 'listas negras' incluyen a ciudadanos ejemplares que nunca han incumplido sus obligaciones dinerarias. Compañías telefónicas y empresas que domicilian recibos, entre otros, tienen sistemas automáticos que dan de alta en estos ficheros cuando ha fallado el pago de una cuota, muchas veces sin que el cliente tenga la culpa, y sin que se entere. "Es algo muy habitual cuando te das de baja en el servicio de una operadora de telefonía y ésta sigue pasándote los recibos y tú dejas de abonarlos", explican desde la Cecu.

Las empresas que domicilian recibos tienen sistemas automáticos que dan de alta en estos ficheros cuando ha fallado el pago de una cuota, aunque el cliente no tenga la culpa En estos casos, la Cecu aconseja "seguir pagando los recibos, para evitar que te incluyan en la lista de morosos, y presentar la denuncia oportuna ante la Agencia de Protección de Datos" para posteriormente recuperar el dinero que se te ha cobrado de más. Una recomendación más. Para evitar problemas como estos, esta organización dice que lo mejor es darse de baja por escrito, presentando la documentación pertinente en una oficina de la empresa en cuestión, o vía burofax, siempre guardando copia de todo. Ya se han dado casos de multas a entidades y compañías por incluir sin razón en estos listados a personas que no lo merecían. Si quieres comprobar si estás o no en uno de ellos, te interesará saber que, acogiéndote a la Ley de Protección de Datos, puedes ejercitar el "derecho de acceso" y solicitar a estos registros que te indiquen si apareces en sus ficheros de morosos, quién te ha colocado allí y por qué cantidad, nos explican los abogados. Eso sí, sólo puedes ejercitar este derecho una vez al año. Aquí puedes encontrar un modelo para ejercer este derecho. Recuerda que no te conviene aparecer en uno de estos listados de 'malos pagadores'. Ten en cuenta que las entidades financieras, antes de conceder un crédito a cualquier persona o empresa, revisan este fichero para asegurarse que no dan el dinero a un moroso. Y lo mismo ocurre con muchas compañías de servicios, por lo que también es posible que intentes cambiar de operadora y ésta no te acepte como cliente por haber dejado una deuda pendiente con una competidora.

¿Se puede salir? Pero aparecer en una lista de morosos no tiene por qué convertirse en una lacra para toda la vida, eso sí, siempre que saldes tu deuda. "La ley establece que la desaparición de estos ficheros sea inmediata una vez se cancela la deuda", explica Rodríguez, aunque advierte que puede que tu nombre no sea borrado hasta pasados 10-15 días de la cancelación de la deuda, porque éste es el tiempo que tardan los organismos que las realizan en renovar sus datos. De todos modos, la Cecu recomienda "obtener siempre un certificado de que el pago se ha efectuado, y solicitar por escrito la retirada de la lista de morosos, enviando la documentación pertinente —la carta, fotocopia del DNI y fotocopia del certificado de deuda saldada— al registro de morosos correspondiente". No obstante, si en un periodo de 10 días no te han notificado tu desaparición del fichero, puedes reclamar en la Agencia de Protección de Datos


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EL ECONOMISTA Bolsa & Inversi贸n P谩gina 23 Martes, 26 de mayo de 2009


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EL ECONOMISTA Bolsa & Inversión Versión online Martes, 26 de mayo de 2009

Para ser inversor estratégico de un banco habrá que superar el 10% Hoy se puede dar un paso clave en el mundo de la banca. A las 10 de la mañana podría aprobarse en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley que va a cambiar el concepto de participación significativa en las entidades de crédito, seguros y servicios de inversión. Anteriormente se consideraba participación significativa cualquier porcentaje que alcanzase el 5% en este sector, por lo que era necesario contar con la autorización del regulador si se quería alcanzar ese nivel. Sin embargo, con esta ley el límite se amplía hasta el 10% del capital o de los derechos de voto en cualquiera de estas sociedades. Al ser un sector determinante para la economía, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o la Dirección General de Seguros tienen 60 días hábiles para aprobar esta operación en las empresas que les compete, frente a los tres meses de la anterior ley. Si pasado ese tiempo estos organismos no comunican ningún documento en el que se oponga a la participación, se considerará idónea y el inversor podrá tenerla. Y es que los reguladores sólo se podrán oponer si no cumple con los criterios de honorabilidad de los administradores, de solvencia del comprador, si la entidad no es capaz de cumplir con sus obligaciones normativas o si existen indicios racionales de la realización de operaciones de blanqueo o financiación del terrorismo, según recoge el proyecto de ley. De esta forma, cualquier inversor puede adquirir hasta el 9,99% de un banco o una compañía de seguros sin contar con el beneplácito del regulador. Además, se simplifican los umbrales de notificación a las entidades sobre el incremento o reducciones de las participaciones. Ahora será necesario comunicar si se supera el 20, el 30 ó el 50%, frente a los porcentajes del 10, 15, 20, 25, 33, 40, 55, 65 y 75%, que era necesario comunicar anteriormente. "La idea de esta ley es transponer una directiva europea, con la que se pretende dejar más claro qué es una participación significativa. Además, deja de ser tan burocrático el tema de las comunicaciones, porque los umbrales se amplían y sólo se comunican en casos concretos", comenta Abraham Nájera, abogado del bufete CMS Albiñana & Suárez de Lezo.


Si este proyecto de ley consigue ver la luz en el Congreso hoy, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, este cambio en la normativa no solapa la ley de transparencia en la que es necesario anunciar a la CNMV cualquier porcentaje que supere el 3% de una compañía cotizada para que los inversores tengan igualdad de información todos los accionistas de la compañía.

Más movimientos Algunos analistas apuntan a que la aplicación de la directiva puede permitir un mayor baile de movimientos corporativos en el sector en los próximos meses, sobre todo, a raíz de la crisis crediticia que ha debilitado los resultados y la solvencia de algunas entidades, por lo que será necesario una reestructuración del mapa bancario español. Un claro ejemplo se puede ver en la actualidad en Bankinterdonde tanto Jaime Botín como Credit Agricole viven una lucha accionarial, que han permitido que la entidad suba un 44,56% en lo que va de año y se coloque como el cuarto mejor valor del principal índice español, el Ibex 35. Tal ha sido la subida que ha experimentado la compañía, que ya se ha comido todo el potencial de revalorización que tiene en el parqué, según los analistas. El consenso de mercado, que recoge la consultora FactSet, establece un precio objetivo para la entidad de 4,88 euros, mientras que ayer cerró a 8,58 euros. Si se analiza el sector bancario que cotiza en el Ibex 35, se puede ver, por ejemplo, que Santandersería el accionista significativo de Banesto, ya que posee más del 88% del capital del banco presidido por Ana Patricia Botín. Sin embargo, en el caso de Banco Populartan sólo existirían dos accionistas relevantes: Sociedad General Financiera y el sindicato de accionistas de la entidad, ya que cada uno posee en torno al 14% del capital. De esta forma, Casa Kishoo -el brazo inversor de Ram Bhavnani-, que tiene en la actualidad un 5% del banco presidido por Ángel Ron dejaría de tener una participación relevante, al igual que le ocurre a Dresdner o a Allianz. Tal es el cambio normativo, que en el caso de Banco Sabadell no existiría ningún accionista de referencia en el parqué, ya que el mayor inversor posee un 5%de la entidad, mientras que el 42% del capital está cotizando libremente en el mercado -conocido como free float-. Esta situación se repite en Santander y BBVA, en las que más de un 88%de su capital cotiza libremente, por lo que no existe ninguna cabeza visible en el accionariado que posea el 10% del capital.


SOITU.ES Actualidad Medio online Miércoles, 27 de mayo 2009

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¿Hipotecas made in Spain o made in USA? • • •

Británicos y americanos entregan las llaves de su casa al banco y se olvidan de todo En España, si el valor del piso no cubre la deuda se responde con el resto del patrimonio La Asamblea de Madrid propone al Gobierno que adopte el modelo anglosajón

¿Modelo anglosajón o made in Spain? Nuestras entendidas en moda y tendencias aseguran que en diseño gana por goleada lo que nos llega de fuera, pero no ocurre lo mismo si hablamos del modelo hipotecario. La opinión es unánime entre los expertos: el español es mucho "más sólido". Sin embargo, hay quien opina que es mejor importar, y por eso la Asamblea de Madrid va a proponer al Gobierno que cambie la legislación para que, si alguien no puede hacer frente a su hipoteca, pueda entregar las llaves del piso al banco y dar por cancelada la deuda pendiente, tal y como se hace en Estados Unidos y Reino Unido. (EFE) Británicos y norteamericanos entregan las llaves y se olvidan de todo.

Efecto sonajero En el mundo anglosajón (y también en Latinoamérica) existe un fenómeno llamado rattle, o "efecto sonajero", que consiste en llegar al banco y soltar las llaves de la casa cuya hipoteca se está pagando cuando ya no se puede hacer frente a ella. Con este acto, uno queda libre de toda carga, porque en la tradición anglosajona la garantía de la hipoteca es la propia vivienda, nada más. En España no es así. El hipotecado no sólo responde con la vivienda, también lo hace con sus otros bienes actuales... y futuros, nos explica el abogado Abraham Nájera, de CMS Albiñana y Suárez de Lezo. Así, en el artículo 105 de la Ley Hipotecaria se estipula que "la hipoteca podrá constituirse en garantía de toda clase de obligaciones y no alterará la responsabilidad personal ilimitada del deudor que establece el artículo 1.911 del Código Civil, que dice que "del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros". A voz de pronto, a todos aquellos que están con el agua al cuello en estos momentos les parecería estupendo poder soltar las llaves en su caja o banco y olvidarse de la hipoteca, pero a la larga esta medida puede tener "consecuencias nefastas", según los expertos: •

Se restringiría aún más la concesión de créditos.


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Se endurecerían las condiciones de acceso a las hipotecas. Los plazos se acortarían, los porcentajes de financiación serían más pequeños y los tipos de interés más altos. Aumentaría la morosidad. Provocaría una espantada general de los inversores extranjeros, por la falta de garantías. Las entidades financieras españolas "quedarían expulsadas de los mercados internacionales de refinanciación, con el consiguiente desplome nacional de las posibilidades de financiarse para la adquisición de vivienda y el resto de actividades inmobiliarias", advierte la Asociación Hipotecaria Española (AHE). Y es que no podemos olvidar que nuestra banca tiene una parte significativa de su cartera hipotecaria movilizada en los mercados de capitales —más del 40% del saldo hipotecario gestionado está financiado vía emisión de cédulas, bonos o activos titulizados— y respaldadas por este derecho, "por lo que un cambio en la responsabilidad en el crédito sería penalizado duramente", advierten desde la AHE. De ahí también se deriva la imposiblidad de dar carácter retroactivo a la reforma, como pretende la Asamblea de Madrid para beneficiar a los actuales propietarios en apuros.

Aprender de los errores ajenos Pero aún existe otro efecto colateral más. Según la AHE, nuestra economía se quedaría "sin recursos suficientes para soportar el aluvión de viviendas entregadas", como ocurrió en lo 90 en Reino Unido y actualmente en EEUU, advierten. Por todo ello, Nájera considera que el anglosajón "no es el modelo más adecuado". "La crisis ha venido de un país con este modelo, y está siendo más virulenta en los países que lo tienen implantado, tanto en EEUU como en Reino Unido", afirma este abogado. Muy similar es la opinión de Fernando Encinar, directivo de idealista.com, quien se pregunta "¿por qué vamos a copiar un modelo que ha fallado en EEUU?" . Él opina que sería "un disparate", ya que, explica, precisamente "la inexistencia de garantías hipotecarias ha provocado la caída en picado del mercado estadounidense y un aumento de la especulación". Y refuerza su teoría contándonos que en este país "nos ponen como ejemplo a seguir. Piensan que si hubieran tenido un modelo como el español, la situación no se hubiera desmadrado tanto". Ambos expertos coinciden en que, "si los hipotecados no tienen incentivos para cumplir con la banca porque no se les exigen otras garantías, dejarán de pagar cuando les parezca"; y no hace falta que sea porque se han quedado sin ingresos. Según Encinar, es habitual que en el mundo anglosajón la gente entregue las llaves no sólo cuando no puede seguir pagando la hipoteca, sino cuando descubre que ésta vale más que la vivienda, porque los precios han bajado, así que "dejan la casa y se compran otra", lo que da pie a un aumento de la especulación e incrementa la morosidad, provocando una importante "inseguridad jurídica y financiera, y acelerando la caída de los mercados, como ahora estamos viendo en el mundo anglosajón", argumenta.

Las imprudencias... se pagan En definitiva, que, según todos los expertos consultados, un cambio de modelo 'a lo british' supondría "mayores restricciones del crédito y un aumento de la morosidad", por no hablar de la pérdida de la confianza internacional, ya de por sí mermada desde hace meses, algo que no beneficiaría en absoluto a España y que supondría el efecto contrario al deseado,


Para Nájera, el mensaje que hay que lanzar a la sociedad es que "no se puede comprar alegremente", hay que pensárselo mucho y echar muchos números. Porque comprar una casa es como un matrimonio con tu entidad financiera, donde el divorcio es complicado, al menos en España... Y muchos los están comprobando en sus propias carnes...


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ELCONFIDENCIAL.COM En exclusiva Medio online Jueves, 28 de mayo 2009

EN EXCLUSIVA

La proposición de Aguirre sobre las hipotecas sería retroactiva y hundiría a la banca Eduardo Segovia – 28.05.09

La presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre. Efe

La propuesta de la Comunidad de Madrid para suprimir la obligación legal de responder con todos los bienes en caso de embargo hipotecario ha provocado un auténtico terremoto social y político, puesto que, de aceptarse, supondría el derribo de uno de los pilares básicos de nuestro sistema y provocaría un enorme agujero en las cuentas de la banca. Lo más relevante es que este cambio se aplicaría no sólo a las hipotecas que se concedan a partir de ahora, sino también a todas las hipotecas vivas en la actualidad, aunque seguramente plantearía cuestiones sobre su constitucionalidad.

Según varios expertos jurídicos consultados, la supresión propuesta por Esperanza Aguirre no requeriría un cambio del Código Civil, lo que evitaría un auténtico terremoto jurídico porque se trata de uno de los principios más arraigados en nuestro ordenamiento, el de responsabilidad patrimonial universal: "Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros". Al contrario, bastaría con modificar la Ley Hipotecaria, que en su artículo 140 abre la puerta a que el hipotecado responda solamente con el piso en caso de impago si así se pacta entre las partes. Evidentemente, aquí no se trataría de un pacto, sino que tendría que establecerse una obligación en este sentido cuando se trate de la primera vivienda. En segundo lugar, el fin de esta obligación podría aplicarse perfectamente a las hipotecas actuales y no sólo a las de nueva concesión, según las citadas fuentes. En principio, el artículo 9 de la Constitución prohíbe la retroactividad de "las disposiciones sancionadoras no favorables", y esta modificación no podría entenderse por sancionadora. Lo cierto es que esta modificación sólo tiene sentido si se aplica a las hipotecas vivas en la actualidad, no sólo a las de nueva concesión: la proposición de la Asamblea de Madrid persigue evitar que las personas que son embargadas por no poder pagar la hipoteca, además de quedarse sin casa, sigan teniendo una deuda de la que tienen que responder con su sueldo. Ahora bien, la cosa no es tan sencilla. Este mismo artículo de la Carta Magna habla de garantizar la seguridad jurídica y evitar la arbitrariedad, cosas que están mucho menos claras. Por otro lado, también puede interpretarse que tendría un efecto expropiatorio para la banca, que podría reclamar una indemnización, lo cual sería absurdo. En todo caso, una modificación de la ley en este sentido


provocaría con toda seguridad una reacción de la banca ante los tribunales que terminaría en el Tribunal Constitucional, porque se juega mucho en el envite. La banca tiembla En efecto, en el sector se considera que este cambio sería un auténtico terremoto puesto que supondría la instauración del sistema norteamericano por el que, cuando el precio de la vivienda baja por debajo del importe del crédito, basta con devolver las llaves del piso para dejar de pagar la hipoteca. Algo que ya están sufriendo de facto las entidades cuando el titular del préstamo es un extranjero. Eso dispararía la morosidad y, en consecuencia, las provisiones y las pérdidas de bancos y cajas en un momento en que ya hay algunas entidades que luchan por sobrevivir. Aparte de disparar hasta la estratosfera el volumen de inmuebles que tendrían que 'comerse' las entidades. Y como siempre, esa catástrofe para la banca se trasladaría a los clientes: "Los bancos darían mucho menos crédito, por un importe inferior, a un tipo más alto y con un plazo menor, y además acabaría del todo con la riqueza creada en los últimos años ya que hundiría definitivamente el precio de la vivienda", opina Abraham Nájera, asociado principal de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, quien califica la idea de "pésima en este momento". Otro efecto colateral sería que, como muchas de las hipotecas actuales se han titulizado y vendido a inversores extranjeros, estos bonos incurrirían en impagos masivos, se hundiría su precio y se deterioraría muy seriamente la imagen de España como destino inversor. La medida desataría la purga Ahora bien, otros no ven con malos ojos estos efectos, porque por fin se produciría el desplome del precio de los pisos que numerosos expertos consideran imprescindible para salir de la crisis. Asimismo, esta norma obligaría a la banca a abandonar las prácticas irresponsables de concesión de crédito de los últimos años: tasaciones estratosféricas, préstamos por más del 100% del valor del piso, letras que suponen un enorme porcentaje de los ingresos del hipotecado, plazos irracionales de amortización, etc. El martes, la vicepresidenta Elena Salgado se mostró en contra de esta modificación por considerar que es una cuestión que compete en exclusiva a las entidades financieras. Sin embargo, el PP se ha enganchado a esta bandera izada inicialmente por Izquierda Unida y que cuenta con gran predicamento entre los sectores más progresistas. Si los 'populares' consiguen apoyos suficientes en el Congreso por parte de los grupos nacionalistas, podrían sacarla adelante.


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EL PLURAL.COM Política Medio online Jueves 28 de mayo de 2009

La presidenta regional defiende la desgravación por compra y las hipotecas americanas La ministra Corredor afea a Aguirre las “recetas conservadoras” en vivienda y le reclama “lealtad” institucional La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, y la presidenta regional Esperanza Aguirre, escenificaron ayer sus diferencias durante la inauguración del Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA) 2009. Corredor reclamó a Aguirre “lealtad” y colaboración ya que la presidenta regional no sólo se opone al proyecto del Gobierno socialista de eliminar la desgravación por vivienda para las rentas superiores a 24.000 euros, sino que ha anunciado que en Madrid aumentará ese incentivo fiscal. La ministra advirtió de que no se incida en “recetas conservadoras” en vivienda y expuso a la presidenta que las desgravaciones sólo ha servido para “elevar artificialmente el precio”. Aguirre tiene otras propuestas polémicas en esta materia, como las hipotecas a la americana en la que la entrega de la casa es suficiente para cancelar la deuda, un modelo contra el que ya están advirtiendo expertos inmobiliarios. La ministra y la presidenta regional aprovecharon la inauguración del SIMA para defender sus diferentes modelos en materia de vivienda, y en algunos momentos se cruzaron reproches, como cuando Corredor espetó: “Querida Aguirre, yo defiendo la lealtad institucional. Deseo que trabajemos juntas en un nuevo modelo económico más justo. Así lo exigen los ciudadanos y no podemos permitirnos que sean los perjudicados por inaceptables enfrentamientos”. Aguirre replicó, según recoge El País, que Madrid ha recibido “cero” millones de los 1.300 millones asignados a Madrid en el Plan de Vivienda. Discrepancias sobre la deducción El trasfondo del desencuentro fue la defensa de Corredor de la eliminación de la deducción fiscal por compra de vivienda en las rentas superiores a 24.000 euros, ya que considera que sólo ha servido para “elevar artificialmente el precio de la vivienda”. Sin embargo, Aguirre insiste en su mantenimiento porque ante la crisis del sector de la construcción necesita estímulos a la demanda, y por eso el Gobierno de Madrid ha incrementado en un 20% esa desgravación. “Viejas recetas conservadoras” Corredor recordó que las “viejas recetas conservadoras” no han servido para facilitar el acceso a la vivienda de los colectivos más desfavorecidos, como recoge EFE, y tras reclamar lealtad institucional, Aguirre se ha mostrado dispuesta a colaborar con el Gobierno central pero ha


insistido en que se opondrá a las iniciativas que no comparta, como ha hecho. Así, además de mantener la defensa de la desgravación, la CAM ha planteado un recurso al Tribunal Constitucional por la ampliación a 30 años del periodo en el que no se pueden vender una vivienda protegida. Aguirre también quiere hipotecas anglosajonas El camino propio elegido por Aguirre en materia de vivienda incluye una propuesta de la Comunidad de Madrid para que España adopte el modelo de hipotecas anglosajón por el cual, si alguien no puede seguir pagando con entregar la vivienda al banco se da por cancelada la deuda pendiente, como se hace en Estados Unidos y Reino Unido. Sin embargo, esta posibilidad ha provocado la alerta de una serie de expertos consultados por soitu.es sobre posibles “consecuencias nefastas”, ya que una cosa es el alivio inmediato del hipotecado con problemas que cancela su deuda con la casa y otra cosa el sistema de garantías del que ahora depende el sistema financiero. Así, Abraham Nájera, de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, advierte de que el anglosajón “no es el modelo más adecuado” y recuerda que “la crisis ha venido de un país con este modelo, y está siendo más virulenta en los países que lo tienen implantado, tanto en EEUU como en Reino Unido”. Inquietud en la banca Mientras, la Asociación Hipotecaria Española (AHE) advierte de que en la actualidad gran parte de la cartera hipotecaria de los bancas está integrada en los mercados de capitales, “por lo que un cambio en la responsabilidad en el crédito” –y más con carácter retroactivo como pretende la Asamblea de Madrid- conllevaría la pérdida de valor de esos títulos así como descrédito y desconfianza en las entidades españolas. La AHE también advierte de que la economía española se quedaría “sin recursos suficientes para soportar el aluvión de viviendas entregadas”, como ocurrió en lo 90 en Reino Unido y actualmente en EEUU.


Junio 2009

LA TRIBUNA DEL DERECHO

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ABOGADOS ■ OPINIÓN

Ser o no ser… un establecimiento financiero de crédito ABRAHAM NÁJERA PASCUAL. Asociado Principal CMS Albiñana & Suárez de Lezo (Derecho Bancario y Financiero)

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o está de más recordar que conceder financiación no precisa el toque mágico de la varita del Banco de España. Hasta hace poco, cualquiera con dinero podía dedicarse a ello, aun de forma profesional. Ser o no ser un establecimiento financiero de crédito. Esa podía ser la cuestión, a lo sumo, pero en definitiva dependía sólo de la voluntad de la propia entidad, de su interés por ofrecer a sus clientes la mayor seguridad de una regulación y supervisión a la postre autoimpuesta. Ahora, la Ley 2/2009, de 31 de marzo, viene a confirmar esta afirmación, en ocasiones polémica, en cuanto a la voluntariedad del régimen de los establecimientos financieros de crédito, regulando de una parte el otorgamiento de forma profesional de préstamos y créditos con garantía hipotecaria por entidades distintas de las de crédito y de otra la

intermediación en la concesión de financiación, la asistencia en la búsqueda de las mejores condiciones mediante la comparación de distintas ofertas presentes en el mercado. Ambas actividades, por sorprendente que pueda parecer, se encontraban huérfanas de una normativa apropiada, pese a que este sector, además de una alternativa a las entidades de crédito, ha sido un caldo de cultivo para todo tipo de abusos. Para ambas, la ley persigue incrementar la transparencia y la información que han de recibir los consumidores, a través en gran medida de la adopción de la ordenación propia de las entidades de crédito en esta esfera. De esta forma, se establece la obligatoriedad de recoger en un folleto accesible a los consumidores los precios, tarifas y gastos repercutibles relativos a sus operaciones, debiendo estar también disponibles sus condiciones generales de la contratación, se limita la compensación por amortización anticipada mediante la remisión

a las normas del mercado hipotecario, se regula el contenido de su publicidad y comunicaciones comerciales y se dispone la existencia de un tablón de anuncios permanente para la debida información a los consumidores. Se recogen también las normas de la Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, en cuanto al folleto informativo, la información previa al contrato, la oferta vinculante y el propio contenido del contrato. Junto a ello, se establece la necesidad de que este tipo de empresas cuenten con un seguro de responsabilidad civil o un aval bancario que cubra adecuadamente sus posibles responsabilidades frente a los consumidores, así como de que se inscriban en el registro autonómico que les corresponda por razón de su domicilio y que otorgará publicidad, de forma aún por determinar, a sus precios y condiciones generales de la contratación. Te-

niendo en cuenta que el desarrollo de esta ley en muchos aspectos corresponde a las Comunidades Autónomas, las diferencias normativas entre ellas pueden condicionar indudablemente el establecimiento de estas empresas, atraídas hacia aquellas cuya regulación les sea más beneficiosa. Y estas competencias autonómicas, especialmente el control, que no supervisión, que deberán ejercer las Comunidades Autónomas sobre la actividad de estas empresas, han marcado la polémica sobre si realmente se está dotando a los consumidores de una mayor protección o si simplemente se está desviando la responsabilidad hacia aquellas, a través de sus órganos de consumo, quizás faltas incluso de medios adecuados para estos menesteres. Si es innegable que, pese a los defectos y evidentes oportunidades perdidas, el amparo a los consumidores se ve claramente reforzado en este ámbito, un yer-

mo donde sólo el Código Civil y la normativa general en materia de consumo trataban de imponer su ley de forma insuficiente, no lo es menos que el enfoque que se ha dado a esta nueva regulación fomenta las divergencias en su desarrollo y aplicación al corresponder estos a las Comunidades Autónomas, lo que puede comprometer su eficacia. Y resulta incomprensible que no se haya visto impregnada por esa urgencia que últimamente parece más la regla que la excepción a la hora de legislar. Meses de tramitación han traído consigo una norma tardía que ha dejado atrás los verdaderos momentos de necesidad, con afirmaciones trasnochadas en su exposición de motivos, que justifica su promulgación en el “vertiginoso crecimiento del crédito hipotecario, vinculado al incremento de la demanda en el mercado hipotecario”. ¿Dejaremos de ver en el teletexto esos cautivadores anuncios que prometen dinero fácil en 24 horas? ❏


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LA TRIBUNA DEL DERECHO Opini贸n P谩gina 42 Julio 2009


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EXPANSIร N Empresas Pรกgina 15 Martes, 28 de julio de 2009


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EXPANSIÓN Empresas Versión online Martes, 28 de julio de 2009

POR 40.000 MILLONES

La banca limita la morosidad con renegociación y canje de deuda Publicado el 28-07-09 , por M. Martínez / M. Romani

Los canjes de deuda por inmuebles y las renegociaciones han limado la morosidad inmobiliaria. Si los importes reestructurados hubieran acabado en impago, la mora alcanzaría el 19,9%. La banca no esconde que prefiere poner la venda antes que la herida. La tasa de morosidad se ha disparado del 0,75% al 4,54% en los dos últimos años y con ella, los esfuerzos de las entidades para contener los impagos. El empeño es especialmente significativo en el ámbito del negocio promotor, donde los concursos de acreedores han aumentado un 890% desde 2006, cuando el sector tocó su pico más alto.

La caída de ventas de las inmobiliarias, la iliquidez de sus activos (dificulta que puedan obtener fondos a través de desinversiones) y las restricciones financieras han desplomado la tesorería de estas compañías y su capacidad para atender su actividad y el pago de sus préstamos. La mora de los promotores, que cargan con una deuda de 323.000 millones, alcanzó en marzo el 7,57%, frente al 0,28% de 2006. Para evitar una escalada aún mayor, bancos y cajas han recurrido en el último año y medio a una doble estrategia: la refinanciación de préstamos y los canjes de deuda por activos (inmuebles y acciones). Doble vía Gracias a estas dos vías, las entidades han cancelado o prorrogado en este periodo créditos por al menos 40.000 millones de euros. Esta revisión, realizada, en la mayoría de los casos, antes de que el crédito fuera declarado dudoso, ha prevenido futuros impagos y ha contenido el alza de la morosidad y las necesidades de provisiones. Aunque la banca está realizando dotaciones por la cartera de inmuebles que está adquiriendo (en torno al 10% de su valor), éstas son inferiores a las exigidas en caso de impago de un crédito. Los 40.000 millones de estas operaciones equivalen, por ejemplo, a prácticamente la mitad del total de activos dudosos de las entidades (86.300 millones). Las entidades están financiando el pago de los intereses de los préstamos renegociados Y duplican los préstamos morosos del sector promotor, por lo que en el hipotético caso de que ese saldo hubiera acabado en impago, la deuda dudosa de las inmobiliarias escalaría de 24.462 millones a 64.462 millones, con lo que la morosidad del sector alcanzaría el 19,9%.


Desde que hace ahora justo un año Santander diera a conocer el inicio de los canjes de deuda por activos, las principales entidades financieras han declarado compras de inmuebles por unos 10.000 millones. A su vez, la banca ha cancelado deuda adquiriendo acciones de Metrovacesa y Colonial. El importe de estas operaciones ascendería a unos 3.000 millones, teniendo en cuenta el precio de canje fijado para los títulos. A ello habría que sumar el importe suscrito de la emisión de bonos convertibles en acciones de la inmobiliaria catalana. Un crédito moroso refinanciado puede reclasificarse con riesgo normal si está al día en intereses Por otra parte, sólo una decena de compañías (Realia, Afirma, Renta Corporación, Reyal Urbis, Aisa, San José, Colonial, Metrovacesa, Obinesa y Nozar) ha refinanciado o mantiene conversaciones para reestructurar casi 27.000 millones de deuda. En algunos de los nuevos contratos renegociados se estipula, además, que la banca financiará durante los próximos años el pago de los intereses de los créditos. El impago de estos intereses puede provocar que un préstamo entre en mora y al revés, impedir que un saldo moroso sea reclasificado con riesgo normal. La tasa de impagos de los promotores ha escalado hasta el 7,57% desde el 0,28% de 2006 Según la normativa, un crédito impagado que se refinancia seguirá siendo moroso a no ser que se den dos circunstancias. La primera, que exista una razonable certeza de que el cliente puede hacer frente a su pago o se aporten nuevas garantías eficaces. Y la segunda, que la banca perciba, al menos, los intereses pendientes de cobro. Vencimiento anticipado «La incorporación de líneas de liquidez que garanticen el pago de los intereses se pacta, en primer lugar, por la compañía. Se intenta evitar una situación de incumplimiento de las condiciones que fuerce el vencimiento anticipado de de la deuda. Pero no se están tomando ninguna medida si ésta no beneficia también a los bancos», indican en una inmobiliaria. Los expertos coinciden en que estas estrategias favorecen a ambas partes. Abraham Nájera, del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo, recuerda que las refinanciaciones permiten «ganar tiempo» a los promotores y a las entidades financieras en momentos de deterioro económico y tensiones de liquidez.


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LA TRIBUNA DEL DERECHO Al día Página 26 Septiembre de 2009


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NEGOCIO AL DÍA Legislación y jurisprudencia Página 16 y 17 Septiembre/octubre de 2009



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EL ECONOMISTA Suplemento Cajas de Ahorros Pรกginas 2 y 3 Martes, 29 de septiembre de 2009



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LA TRIBUNA DEL DERECHO Al día Página 16 Octubre de 2009


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LA TRIBUNA DEL DERECHO Al día Página 37 Diciembre de 2009


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