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LLUVIAS EN NL / PÁG
Suspende PC búsqueda de desaparecido tras lluvias
Liliana Cavazos
lcavazos@epsilonmedia.mx
Protección Civil de Nuevo León suspendió anoche, después de casi 11 horas de labores, la búsqueda de Saúl Enrique, quien fue arrastrado por la corriente del arroyo Topo Chico en San Nicolás.
La búsqueda se realizó desde las 08:30 horas en el drenaje del cruce de las calles Marcelo Torcuato y Bartolomé Mitré en la colonia San Martín, donde ahí localizaron el vehículo del joven que fue arrastrado por la corriente el domingo.
Las labores de búsqueda continuarán este miércoles, mientras que protección Civil de Nuevo León informó de la muerte de una persona cuyo cuerpo fue arrastrado por la corriente de un arroyo en la colonia Praderas, en el municipio de Cadereyta, así como el deceso de un hombre en Montemorelos a consecuencia de un derrumbe.
A estos dos casos se suma la muerte de cuatro integrantes de una familia, quienes a bordo de su vehículo fueron arrastrados por la corriente en el ejido Barranquitos en Cadereyta durante la madrugada del pasado lunes.
Erick Cavazos, director estatal de Protección Civil, informó que desde el domingo se han realizado 18 rescates de personas arrastradas por la corriente, varadas en inundaciones o extraviadas en cerros. "A veces las medidas de protección las subestimamos, por eso es muy importante seguir enfatizando las medidas como no cruzar ríos, arroyo, vados por más sencilla que veamos la bajada de una corriente”, dijo Erick Cavazos.
Señaló que no se tienen identificadas afectaciones a infraestructura carretera, y llamó a la población a identificar las zonas de riesgo por donde regularmente transitan como medida preventiva ante la llegada de más lluvias.
Hombre muere junto a su perrito en Montemorelos
Protección Civil de Nuevo León informó que la tarde de ayer martes, un habitante de la comunidad José María Morelos murió junto a su mascota tras el deslave de una ladera.
La víctima se encontraba en el interior de su vivienda de bloque, lámina y madera, descansando en cama junto a sus dos mascotas cuando se registró el derrumbe a consecuencia del reblandecimiento de la tierra. Personal de Protección Civil logró rescatar a la segunda mascota. Liliana Cavazos
Una persona que habitaba en una ladera de Montemorelos falleció junto a su mascota cuando se deslavó el punto donde se encontraba. Con la entrada de agua, la presa pasó de almacenar en una semana 1 millón 800 mil metros cúbicos a 23 millones 400 mil.

Cerro Prieto sube nivel de 0.6 a 7.8%
Redacción
redaccion@epsilonmedia.mx
Las fuertes lluvias que se registraron los últimos días en Nuevo León, así como los escurrimientos en ríos y arroyos, han generado un incremento en el nivel de agua almacenada en las presas del estado, como es el caso de Cerro Prieto, ubicada en Linares.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la semana pasada este vaso de la localidad apenas registraba un 0.6 por ciento de los 300 millones de metros cúbicos de su máxima capacidad, pero ahora alcanzó un nivel de 7.8 por ciento.
Con la entrada de agua gracias a las lluvias, la presa pasó de almacenar en una semana 1 millón 800 mil metros cúbicos de agua a 23 millones 400 mil.
A través de un comunicado la Comisión Nacional del Agua (Conagua), indicó que la presa La Boca en el municipio de Santiago, registra el 60.9 por ciento de su nivel, mientras que la presa El Cuchillo, localizada en el municipio de China, suma 51.1 por ciento de almacenamiento.
Conagua indicó que en las últimas 24 horas Linares registró precipitaciones superiores a los 300 milímetros.
Abasto de agua
La presa Cerro Prieto tiene ahora un almacenamiento de 23 millones 400 mil metros cúbicos de agua. La Boca está al 60% de su nivel.
Pide PRI a Samuel plan emergente por lluvias
Diputados locales del PRI en el Congreso de Nuevo León exhortaron al gobernador Samuel García a implementar un plan emergente para los damnificados por las recientes lluvias.
La petición también es a los 51 municipios de la entidad, y buscan que durante septiembre se habiliten refugios temporales y un plan emergente para dar apoyo a los afectados por las precipitaciones. Jesús Vargas
Ceden municipios agua de riego
Al menos 8 municipios del área metropolitana de Monterrey cedieron sus pozos de agua de riego para que sea utilizada por Agua y Drenaje de Monterrey para consumo de la población.
El secretario de Medio Ambiente, Alfonso Martínez, dijo que buscan incrementar la capacidad hídrica.
“Nos hemos percatado, por ejemplo, que cuando cerramos los pozos clandestinos de la Huasteca se incrementó el agua en los pozos que tiene AyD en esa zona”.
El acuerdo permitirá que unos 800 pozos sean analizados para determinar si cuentan con la capacidad de extracción requerida. Jesús Vargas
Aprueban proyecto de albañilería y jardinería para el Congreso local
Nadia Vanegas
nvanegas@epsilonmedia.mx
Pese a que el Gobernador anunció que se realizaría una nueva sede para el Congreso del Estado, la Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Cocri) aprobó ayer martes por unanimidad un proyecto de albañilería y jardinería para la planta baja del recinto legislativo estatal que costaría más de 770 mil pesos.
Al mostrar el proyecto, Carlos de la Fuente, presidente de la Comisión, señaló que la entrada es “triste y tétrica”, por lo que se debería añadir un poco de color y detalló las seis partidas que tiene.
“He estado platicando con el tesorero y con la directora de Administración para ver una propuesta para toda el área de jardinería de la planta baja, donde prácticamente hay una cantidad de piedras volcánicas y se ve bastante complicado y bastante desagradable”, mencionó De la Fuente.
“Solamente tenemos un espacio verde en la entrada, que es solamente donde está el paso de la Sala Bicentenario, y es vegetación de la zona, no requiere mucha agua, entonces el objetivo es hacer ese tipo de jardineras en el resto de las jardineras que ya tiene la planta baja, para darle un poquito de color, porque si de por sí el edificio es gris y el piso gris, entonces se complica la entrada, como que falta más entusiasmo”.
Entre las partidas, se encuentra
Alan Elí Pérez
eperez@epsilonmedia.mx La Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Cocri) del Congreso de Nuevo León removió de las comisiones que presidían al expriista Héctor García y al expanista Roberto Farías, luego de que éstos renunciaron a su militancia y se unieran a Movimiento Ciudadano. Durante la novena sesión ordinaria de la Cocri, Eduardo Gaona, diputado emecista, quien funge como secretario de la Cocri, dio lectura a los movimientos acordados por la LXXVI Legislatura. En el documento, se detalló que la delimitación de obra y levanta- la diputada del PAN, Nancy Olguín, miento de trazo, que costaría 73 mil asumió la presidencia de la Comipesos; los trabajos de albañi- sión de Legislación, en sustitución lería –que incluye resa- de Roberto Farías; en tanto que la nes y retiro de escom- Comisión de Puntos Permanentes, bros- de otros 132 pasó del diputado Héctor García a mil. estar a cargo de Alihnna Vargas, del También un re- PRI. lleno de tierra, de Además de que Ivonne Álvarez, 85 mil pesos; la también del Revolucionario Instituadquisición de ve- cional, quedó al frente de la Comigetación –que in- sión de Hacienda. cluya árboles y plan- Tras la lectura, los cambios en las tas- de 202 mil pesos; citadas comisiones fueron aprobaasí como trabajos de aca- dos por mayoría en el Congreso, pebados, adoquines, pavimen- se a la abstención del propio diputatos y gravas; que tendrían un costo do Gaona, del partido Movimiento de 204 mil pesos. Ciudadano.
El diputado local, Carlos de la Fuente, dijo que esta sería una primera etapa para darle un mantenimiento al edificio y después podrían contemplarse otras. Foto: Especial De la Fuente añadió que el proyecto contempla la compra de mobiliario, que incluiría bancas y mesas, con un costo de 77 mil pesos. Ante el proyecto de una nueva Es algo que tendríamos que ver con el Ejecutivo que ya nos propuso un nuevo recinto" sede que mencionó el Gobernador Samuel García al participar en el inicio del periodo ordinario, D “Bueno es algo que tendríamos que ver con el Ejecutivo que ya nos propuso un nuevo recinto, pero bueCarlos de la Fuente no por lo pronto darle un poco de Diputado local alegría a la planta baja, al exterior de la planta baja”. Agregó que esta sería una primera etapa para darle un mantenimiento al edificio y después podrían contemplarse otras. Se aprobaron cambios en comisiones legislativas del Congreso


del Estado. Foto: Especial
Quitan de comisiones a diputados Héctor García y Roberto Farías
Anuncia movimiento
El diputado local, Carlos de la Fuente, dio lectura a seis oficios por parte de la Diputación Permanente sobre los cambios de grupos legislativos de los diputados Roberto Carlos Farías García, Héctor García García y María del Consuelo Gálvez Contreras.

Redacción
redaccion@epsilonmedia.mx
El diputado Raúl Lozano presentó ante la Oficialía de Partes una iniciativa para reformar el artículo 103 y hacer una adición al artículo 18 bis al Reglamento Interior del Legislativo, para permitir la presentación de iniciativas a través de una plataforma digital y reconocer el derecho de los diputados a contar con una firma electrónica avanzada.
Lozano señaló que hoy en día, pese a la tecnología, el Reglamento del Congreso impulsa el uso del papel, fomentando el uso innecesario del mismo, no aprovechar las herramientas de tecnología y contribuir a la tala de árboles.
“Debemos aceptar que hoy en día nuestro Reglamento Interior del Con-
Propone Partido Verde iniciativas ciudadanas a través de vía electrónica
greso del Estado contempla ciertas acciones que de forma indirecta impulsan el consumo innecesario de papel al obligar la impresión de hojas.
“Un claro ejemplo lo encontramos en el artículo 103 en donde forzosamente se requiere que todas las iniciativas sean presentadas por escrito ante la Oficialía de Partes, lo cual implica además que el promovente tenga que imprimir dos juegos pues uno lo entrega y el otro lo utiliza para que se le acuse de recibido”, señaló.
Para complementar la simplificación de los procesos el diputado ecologista señaló, la importancia de que los legisladores cuenten con firma electrónica, exclusiva para su función de diputados, tal y como ya se hace en otras entidades como Guanajuato, estado que ofreció en donación a Nuevo León software para la aplicación de este tipo de rubricado.
“Hoy, nuestro marco normativo vigente únicamente contempla la presentación de iniciativas en físico, por ello presento esta iniciativa, que ya se aplica en otros estados de la República como Guanajuato”, concluyó Lozano.
Según datos de Greenpace, el 40 por ciento de los árboles que son talados en el mundo, son destinados a elaborar hojas de papel.
A la ciudadana Perla Cecilia Rodríguez Leal, con domicilio ignorado, en el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, en fecha 15 quince de diciembre de 2021 dos mil veintiuno, se radicó el expediente judicial número 1571/2021, relativo al juicio ordinario civil promovido por Angélica Moalvar Sánchez Alonso, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Perla Cecilia Rodríguez Leal, y mediante proveído de fecha 3 tres de junio de 2022 dos mil veintidós, se ordenó emplazar a la ciudadana Perla Cecilia Rodríguez Leal por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en un periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último el hacer la publicación en el Diario el Porvenir, periódico El Norte o en el periódico Milenio Diario de Monterrey o el ABC de Monterrey, lo anterior para los efectos de que dentro del término de 9 nueve días ocurra a producir su contestación, en la inteligencia de que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10 diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, lo anterior con fundamento en el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, debiéndosele prevenir a la referida demandada para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, apercibida de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones de carácter personal se le harán en la forma prevista por el artículo 68 del Ordenamiento legal en cita. Así mismo quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado en la Secretaría de este Juzgado. - Monterrey, Nuevo León a junio de 2022 dos mil veintidós. - DOY FE. -
MARÍA TRINIDAD LOZANO MARTÍNEZ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
Enrique Huerta Pérez y Nora Araceli Salazar Salazar, domicilio ignorado. En fecha 03 tres de agosto de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite el expediente judicial número 908/2021, tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Juan Carlos Zapata Palomares, apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de ustedes, al haberse realizado la búsqueda de los demandados en cita, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha 25 veinticinco de mayo del año 2022 dos mil veintidós, se ordenó emplazar a los ciudadanos Enrique Huerta Pérez y Nora Araceli Salazar Salazar, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, por lo que quedan a su disposición las copias de traslado, debidamente selladas y rubricadas que lo sean por la secretaría de este juzgado. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a la demandada para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe. ISAAC TIJERINA ALVIZO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
PUBLICACÓN NOTARIAL
En los términos del artículo 882 (ochocientos ochenta y dos), del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, HAGO CONSTAR: La apertura en esta Notaría Pública a mi digno cargo, del Procedimiento Sucesorio de Intestado Extrajudicial a bienes de AMADA GONZÁLEZ ORTEGA y las declaraciones que ante mi hicieron los señores EDILBERTO TREJO RIVAS también conocido como HEDILBERTO TREJO RIVAS por sus propios derechos y en su calidad de cónyuge supertise y MARIO ALBERTO TREJO GONZÁLEZ, en su carácter de Únicos y Universales Herederos Legítimos, en el sentido de que reconocen sus derechos hereditarios y aceptan la herencia que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales aplicables. Asimismo, la señora EDILBERTO TREJO RIVAS también conocido como HEDILBERTO TREJO RIVAS, manifiesta que acepta el cargo de Albacea, protesta su fiel y legal desempeño y procederá a formular el inventario de los bienes que forman el acervo de la masa hereditaria.
General Escobedo, Nuevo León, a 02 de Septiembre del 2022
LICENCIADO OSCAR ANDRÉS HERNÁNDEZ HERRERA NOTARIO PÚBLICO TITULAR NÚMERO 132 HEHO840919EP3
NOTARÍA PÚBLICA No. 132 TITULAR LIC.OSCAR ANDRÉS HERNANDEZ HERRERA ESCOBEDO, NUEVO LEÓN, MÉXICO PRIMER DISTRITO
PUBLICACIÓN NOTARIAL
En fecha 18 de agosto de 2022, se inició en esta notaría a mi cargo, la Sucesión Legítima intestamentaria por la Vía Extrajudicial a bienes de OMAR JAVIER DE LA GARZA TOVAR, compareciendo para tal efecto LILIANA JUDITH DE LA GARZA GALLEGOS, VICTOR ALFONSO DE LA GARZA GALLEGOS, OMAR JAVIER DE LA GARZA GALLEGOS, YESENIA ALONDRA DE LA GARZA GALLEGOS y YAZMIN ALEJANDRA DE LA GARZA GALLEGOS, en su carácter de Únicos y Universales Herederos del autor de la sucesión, y la señora EVA GALLEGOS CASTRO, como parte interesada y albacea, quienes declararon que el autor de la herencia falleció el día 07 de abril de 2022; que son los únicos y universales herederos y que no existe controversia alguna; manifestando que procederán a formular el inventario de los bienes de la herencia; dándose a conocer dichas declaraciones por medio de ésta y una segunda publicación conforme a lo dispuesto por el artículo 882 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León en vigor.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
Edictos
Para más información y ventas comunicarse a los teléfonos: 811-000-8140
mherrera@epsilonmedia.mx
LIC. MARCELA IBARRA CAMPOS TITULAR DE LA NOTARIA PUBLICA 30
NOTARIO PÚBLICO No. 30 TITULAR LIC MARCELA IBARRA CAMPOS MONTERREY NUEVO LEÓN MEXICO PRIMER DISTRITO
PUBLICACIÓN NOTARIAL
En los términos del artículo 882 (ochocientos ochenta y dos), del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, HAGO CONSTAR: La apertura en esta Notaría Pública a mi digno cargo, del Procedimiento Sucesorio de Intestado Extrajudicial a bienes de JUAN MANUEL REYNA CORTES y las declaraciones que ante mí hicieron los señores URIEL
ELI REYNA ALMANZA y GABRIEL ADONAI
REYNA ALMANZA, en su carácter de Únicos y Universales Herederos Legítimos, en el sentido de que reconocen sus derechos hereditarios y aceptan la herencia que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales aplicables. Asimismo, el señor URIEL ELI REYNA ALMANZA, manifiesta que acepto el cargo de Albacea, protesta su fiel y legal desempeño y procederá a formular el inventario de los bienes que forman el acervo de la masa hereditaria.
General Escobedo, Nuevo León, a 02 de Septiembre del 2022.
LICENCIADO OSCAR ANDRÉS HERNÁNDEZ HERRERA NOTARIO PÚBLICO TITULAR NÚMERO 132 HEHO840919EP3
8047 4900 EXT. 2229
PUBLICACIÓN NOTARIAL
En los términos del artículo 882 (ochocientos ochenta y dos), del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, HAGO CONSTAR: La apertura en esta Notaría Pública a mi digno cargo, del Procedimiento Sucesorio de Intestado Extrajudicial a bienes de ELEUTERIO BATRES también conocido como ELEUTERIO BATRES GONZÁLEZ y las declaraciones que ante mí hizo el señor JESÚS BENITO BATRES ARRAMBIDE, en su carácter de Único y Universal Heredero Legítimo, en el sentido de que reconoce su derecho hereditario y acepta la herencia que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales aplicables. Asimismo, el señor JESÚS BENITO BATRES ARRAMBIDE, manifiesta que acepta el cargo de Albacea, protesto su fiel y legal desempeño y procederá a formular el inventario de los bienes que forman el acervo de la masa hereditaria.
General Escobedo, Nuevo León, a 05 de septiembre del 2022. Se señalan las 09:30 nueve horas con treinta minutos del día 29 veintinueve de septiembre del año 2022 dos mil veintidós, a fin de que tenga verificativo en el local de este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 835/2017, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Adrián Alejandro Verastegui Gómez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Ángel Navarro González y Nancy Aracely Sánchez Ibarra, la venta en Pública Subasta y Primera Almoneda de los derechos que le corresponden a la parte demandada del bien Inmueble otorgado en garantía hipotecaria dentro del contrato base de la acción, el cual se describe a continuación “Lote de terreno marcado con el número (43) cuarenta y tres de la manzana número (110) ciento diez, del Fraccionamiento Lomas de San Genaro, Tercer Sector, ubicado en el Municipio de Escobedo, Nuevo León, con una superficie total de (90.00 M2) noventa metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: al Oeste mide (15.00) quince metros a colindar con lote 44 cuarenta y cuatro; al Este mide (15.00) quince metros a colindar con lotes 42 cuarenta y dos, al Norte mide (6.00) seis metros a colindar con límite de fraccionamiento, al sur mide (6.00) seis metros a colindar con Paraíso. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al Oeste con límite de fraccionamiento; al Este con Tabaco; al Norte con límite de fraccionamiento; y al sur con Paraíso. El terreno antes descrito tiene como mejoras que le pertenecen y forman parte del mismo, la finca marcada con el número 166, de la calle Paraíso, del Fraccionamiento Lomas de San Genaro, Tercer Sector, en Escobedo, Nuevo León, y comprende todo cuanto le corresponda y se encuentre dentro de los linderos de dicho terreno, misma construcción que fue edificada por la parte vendedora de la construcción, con autorización de la parte vendedora del terreno, con dinero de su propio peculio”. En la inteligencia de que los datos de registro de dicho bien son: inscripción 70, volumen 82, libro 3, sección Propiedad, Unidad Escobedo, de fecha 15 de enero de 2007. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse dos veces, una cada tres días en cualquiera de los periódicos ABC, El Porvenir, el Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor; en el Boletín Judicial, en los estrados de este Juzgado. Siendo el valor del bien inmueble antes mencionado, la cantidad de $462,500.00 (cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo pericial que obra en autos, fijándose como postura legal para dicho bien la cantidad de $308,333.33 (trescientos ocho mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes del valor del bien inmueble a rematar, en términos del artículo 534 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, una cantidad igual por lo menos al 10% diez por ciento efectivo del valor a rematar del bien, que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, la cual se devolverá a sus respectivos dueños acto continuo al remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y en su caso, como parte del precio de la venta, lo anterior de conformidad con el artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 538 del ordenamiento legal antes invocado, esta autoridad pone a la vista de las partes el avalúo practicado en autos, a fin de que se impongan del mismo. En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la misma; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. Además, de conformidad con el artículo 8 del acuerdo general conjunto número 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor, para la reactivación total de las funciones y el servicio de impartición de justicia a cargo de este Poder Judicial Local, en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19), las partes o cualquier otro interviniente deberá confirmar a este órgano jurisdiccional, cuando menos tres días hábiles previos a la audiencia señalada, su asistencia presencial en sede judicial, ello a fin de poner en conocimiento del personal de seguridad oportunamente esa circunstancia, para efectos de control y registro de acceso a las instalaciones. Así mismo, al acudir a la sala asignada a este Juzgado ubicado en (Edificio Benavides, Mezzanine, calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en el Centro de Monterrey, Nuevo León) el día y hora señalado para la audiencia de remate, deberán salvaguardarse los lineamientos emitidos por el Consejo de Salubridad General, con el propósito de proteger la salud de los mexicanos, al expedir el Acuerdo por el que se declaró como emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARSCoV2 (COVID-19), las partes y en su caso postores, deberán someterse obligatoriamente a una revisión de su temperatura corporal, aplicarse gel antibacterial y usar cubrebocas, y cumplir con las demás medidas de sana distancia emitidas por las autoridades de salud. En caso de detectarse algún incumplimiento a cualquiera de estas medidas y recomendaciones, la persona responsable será desalojada de las instalaciones. Así mismo, al acudir a la sala asignada a este Juzgado ubicado en (Edificio Benavides, Mezzanine, calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en el Centro de Monterrey, Nuevo León) el día y hora señalado para la audiencia de remate, deberán salvaguardarse los lineamientos emitidos por el Consejo de Salubridad General, con el propósito de proteger la salud de los mexicanos, al expedir el Acuerdo por el que se declaró como emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), las partes y en su caso postores, deberán someterse obligatoriamente a una revisión de su temperatura corporal, aplicarse gel antibacterial y usar cubrebocas, y cumplir con las demás medidas de sana distancia emitidas por las autoridades de salud. En caso de detectarse algún incumplimiento a cualquiera de estas medidas y recomendaciones, la persona responsable será desalojada de las instalaciones. También, infórmese a las partes y/o interesados que deberán proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónico que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado: civil2@pjenl.gob.mx, donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20- 20-61-45 y 20-20-23-97, 8:30 ocho horas con treinta minutos a las 16:00 dieciséis horas, de lunes a viernes
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
ISAAC TIJERINA ALVIZO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
Número de Edicto 129859
En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial número 95/2019, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores –INFONAVIT-, por conducto de su representante legal, en contra de Ángel Eduardo Sánchez Banda, por auto dictado el 4 cuatro de agosto de 2022 dos mil veintidós, se ordenó sacar a la venta en pública subasta y primera almoneda, el siguiente bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria señalada en el contrato base de la acción, consistente en: DEPARTAMENTO 104 (ciento cuatro) se ubica en la planta baja del régimen en condominio denominado Las Haciendas, ubicado en el edificio “C” en la calle Paseo de las Haciendas, número oficial 261 (doscientos sesenta y uno) en el Fraccionamiento Las Haciendas, Municipio de Pesquería, Nuevo León, consta de sala, comedor, cocina, patio de servicio, baño completo, recamara 1 (uno), recamara 2 (dos), teniendo una superficie de 47.05 m2 (cuarenta y siete metros cinco centímetros cuadrados), jardín interior con una superficie de 4.64 m2 (cuatro metros sesenta y cuatro centímetros cuadrados), así como cajón de estacionamiento sin techar identificado como cajón 36 (treinta y seis) con una superficie total de 12.50 m2 (doce metros cincuenta centímetros cuadrados). El desarrollo se encuentra localizado en la porción de la manzana 24 (veinticuatro) lote 7 (siete) cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE, con calle Las Rosas y calle Los Tulipanes, AL SUR con calle Hacienda Vista Hermosa, AL ESTE con Límite de Fraccionamiento y AL OESTE con calle Los Tulipanes. Área privativa 104 (ciento cuatro) le corresponde el departamento 104 (ciento cuatro), se ubica en Planta Baja, con una superficie de 47.05 m2 (Cuarenta y siete metros cinco centímetros cuadrados) AL ESTE en 5 (cinco) tramos, del punto 1 (uno) al 2 (dos) mide 1.31 metros (un metro treinta y un centímetros), del punto 2 (dos) al punto 3 (tres), mide 0.39 centímetros (treinta centímetros), del punto 3 (tres) al 4 (cuatro) mide 2.91 metros (dos metros noventa y un centímetros) del punto 4 (cuatro) al 5 (cinco) mie 0.20 centímetros (veinte centímetros), del punto 5 (cinco) al 6 (seis) mide 2.81 metros (dos metros ochenta y u centímetros), a colindar estos con límite de propiedad, AL SUR en 3 (tres) tramos, del punto 6 (seis) al 7 (siete) mide 6.30 metros (seis metros treinta centímetros) a colindar con límite de propiedad, del punto 7 (siete) al 8(ocho), mide 2.81 metros (dos metros ochenta y un centímetros), del punto 8 (ocho) al 9 (nueve) mide 1.65 metros (un metro sesenta y cinco centímetros) a colindar estos con jardín del departamento, AL OESTE del punto 9 (nueve) al 10 (diez) mide 2.91 metros (dos metros noventa y un centímetros), a colindar con sala del departamento 103 (ciento tres), AL NORTE en tres tramos del punto 10 (diez) al 11 (once) mide 3.45 metros (tres metros cuarenta y cinco centímetros) del punto 11 (once) al 12 (doce) mide 1.31 metros (un metros treinta y un centímetros), y colindan en estos puntos con vestíbulo o área común exclusiva del edificio, del punto 12 (doce) al 1 (uno) mide 4.30 (cuatro metros treinta centímetros) a colindar este con patio de servicio y baño del departamento 101 (ciento uno) – Jardín interior, ubicado en la planta baja con una superficie total de 4.64 m2 (cuatro metros sesenta y cuatro centímetros cuadrados) AL ESTE del punto 8 (ocho) al punto 7 (siete) mide 2.81 metros (dos metros ochenta y un centímetros) colinda con recamara 2 (dos), AL SUR del puto 7 (siete)al punto 13 (trece) mide 1.65 metros (un metros sesenta y cinco centímetros) colinda con límite de propiedad, AL OESTE del punto 13 (rece) al punto 9 (nueve) mide 2.81 metros (dos metros ochenta y un centímetros) colinda con jardín del departamento 103 (ciento tres), AL NORTE del punto 9 (nueve) al punto 8 (ocho) mide 1.65 metros (un metro sesenta y cinco centímetros) colinda con sala del departamento.- Cajón de estacionamiento 36 (treinta y seis) ubicado en la Planta Baja con una superficie de 12.50 m2 (doce metros cincuenta centímetros cuadrados) AL NORTE mide 2.50 metros (dos metros cincuenta centímetros) a colindar con área de circulación vehicular; AL ESTE mide 5.00 metros (cinco metros) a colindar con cajón de estacionamiento 35 (treinta y cinco), AL SUR mide 2.50 metros (dos metros cincuenta centímetros) a colindar con área común, AL OESTE mide 5.00 metros (cinco metros) a colindar con cajón de estacionamiento 37 (treinta y siete). - A dicho inmueble le corresponde el expediente catastral: 22-024-128 (veintidós guion cero, veinticuatro, guion ciento veintiocho) y un proindiviso del 1.760184% (uno, punto, siete, seis, cero, uno, ocho, cuatro por ciento). Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo los siguientes datos: número 977, volumen 81, libro 40, sección Propiedad, unidad Pesquería, del 11 once de marzo de 2013 dos mil trece. Sirviendo como Postura Legal la cantidad de $186,546.66 (ciento ochenta y seis mil quinientos cuarenta y seis pesos 66/100 moneda nacional) que corresponde a las dos terceras partes del avalúo rendido por el perito de la parte actora, el cual asciende a la cantidad de $279,820.00 (doscientos setenta y nueve mil ochocientos veinte pesos 00/100 moneda nacional). Venta que deberá anunciarse 2 dos veces una cada tres días, fijándose edictos en la tabla de avisos de este juzgado, y tomando en consideración que el valor del citado inmueble pasa de las cincuenta cuotas, con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del ordenamiento procesal en consulta, publíquense edictos en el Boletín Judicial del Estado, y en un periódico de los de mayor circulación que se edita en la ciudad como lo son el Porvenir, Milenio Diario, el Norte o Periódico ABC. Al efecto, esta autoridad tiene a bien autorizar el desahogo de la audiencia de remate en comento, mediante audiencia a distancia, con la comparecencia personal de las partes y postores que deseen comparecer a través de videoconferencia, señalándose para ello las 12:00 doce horas del 20 veinte de septiembre de 2022 dos mil veintidós, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin, ello en términos de lo previsto en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del Acuerdo General Conjunto 8/2020-II y demás relativos, en relación con el acuerdo 13/2020-II, así como del ordinal 468 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, es importante hacer del conocimiento de las partes y postores, que, para intervenir en la audiencia de remate señalada a través de videoconferencia, deberán contar con un dispositivo electrónico que permita la trasmisión de audio y video vía internet. Asimismo, las partes deberán proporcionar a la secretaría del juzgado a mi cargo, una dirección de correo electrónico para crear el enlace respectivo. Esto último se deberá realizar con por lo menos 3 tres días antes de la celebración de la audiencia a través de esta vía. En caso de que alguna de las partes o postores no cuente con lo anterior, tiene la opción de comparecer, junto a su abogado, vía remota en la sala de audiencias de este juzgado, en donde se les proporcionará un equipo de cómputo para llevar la conexión con la otra parte y personal del juzgado que llevará a cabo la audiencia a distancia. Lugar ubicado en la calle Matamoros número 347, esquina con Pino Suárez, en la zona centro de Monterrey, Nuevo León; en donde se garantizará que se cumplan estrictamente las medidas y recomendaciones del sector salud relacionadas con el virus SARS-CoV2 (COVID-19); y se contará, además, con filtros sanitarios con toma de temperatura corporal y aplicación de gel antibacterial al ingreso, sanitización del lugar, cuidado de la sana distancia de uno punto cinco metros y uso de cubre bocas obligatorio. En el supuesto de que alguna de las partes o postores no cuente con el equipo tecnológico necesario para llevar a cabo la audiencia vía videoconferencia, deberá informarlo ante esta autoridad bajo protesta de decir la verdad, cuando menos 3 tres días hábiles previos a la fecha programada para el desahogo de la audiencia, para efecto de que se le proporcionarle el equipo necesario para llevarla a cabo, bajo el apercibiendo de que una vez transcurrido dicho plazo y no haber hecho manifestación alguna, quedaran obligados a incorporarse a la audiencia a distancia programada desde una sede virtual con sus propios medios, lo anterior en términos del artículo 8 del Acuerdo General Conjunto 10/2020-II y 13/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Judicatura del Estado. En la inteligencia, de que se recomienda a los postores por cuestiones de logística dada la situación que vivimos, que preferentemente cualquier documento que deseen o deban presentar en relación a la audiencia (tales como documento con el que justifiquen su personalidad, certificados de depósito o cualquiera otra constancia adecuada al caso en particular), sean allegados físicamente con 3 tres días de anticipación a la celebración de la fecha programada de la audiencia que ahora se señala; lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 540 del ordenamiento procesal civil en vigor. En el entendido de que dentro del escrito que en su caso presenten, deberán proporcionar a esta autoridad, correo electrónico para efecto de que les pueda ser enviado el enlace de dicha audiencia, así como también acompañar el original del certificado de depósito para participar en la subasta del inmueble antes mencionado, que ampare cuando menos el 10% (diez por ciento), del valor del avalúo que sirve de base para el remate, acorde a lo establecido en el artículo 535 del código de procedimientos civiles del Estado, en relación con el Acuerdo General Conjunto número 13/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor, para la reactivación total de las funciones y el servicio de impartición de justicia, en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus sars-cov2 (covid-19). Doy Fe. ROLANDO EDUARDO GUTIÉRREZ ROBLES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34 fracción I en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se informa a la comunidad sobre el establecimiento de un Fraccionamiento en un sitio que corresponde a un terreno de propiedad privada con un área neta desarrollar de 97,955.92 m2, en la cual se requiere del cambio de uso de suelo en terrenos forestales debido a que actualmente cuenta con vegetación de tipo matorral desértico micrófilo con vegetación secundaria. En este sitio se pretende establecer el “Fraccionamiento Reserva Lincoln Sector Cordilleras Polígono E5, Ubicado en el Municipio de García, N.L.” (el “Proyecto”). El Proyecto está integrado por lotes habitacionales, comerciales y áreas verdes. El proyecto es promovido por la empresa INMOBILIARIA PROEZA MONTERREY, S.A. DE C.V., representado en este acto a través de su apoderado legal el C. Roberto Carlos Reyes Castilleja.
El Proyecto se realizará en una zona con aptitud para el fraccionamiento habitacional, por lo cual cuenta con los servicios necesarios para su establecimiento y desarrollo. Como parte del proceso constructivo se utilizaron las mejores técnicas con la finalidad de prevenir daños ambientales, estableciendo para ello medidas de prevención de accidentes, derrames y efectos negativos al ambiente. Además, se mitigarán los efectos negativos que pudiera generar el Proyecto durante su establecimiento, como lo son; supresión de polvos, mantenimiento de maquinaria y equipo, un estricto manejo de residuos sólidos, un eficiente uso de planimetría para el manejo de las precipitaciones, lo anterior con la finalidad de coadyuvar a la preservación de las cualidades paisajísticas de la zona. Por lo que actualmente se están gestionando los permisos federales para el desarrollo eficiente del Proyecto.
Inserción Pagada
AVISO NOTARIAL
El 25 (veinticinco) de agosto de 2022 (dos mil veintidós), se presentó en esta Notaria Pública a mi cargo, la señora GLORIA ELENA HERNÁNDEZ IBARRA, a fin de dar inicio a la SUCESIÓN TESTAMENTARIA a bienes de ADALBERTO ELIZONDO GARZA, manifestando, que reconoce sus derechos hereditarios y acepta la herencia, y que acepta, además, el cargo de Albacea que le fue conferido, y que procederá a formar el inventario de los bienes de la Herencia. Lo anterior de conformidad por lo dispuesto por el Artículo 882 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a 25 (veinticinco) de agosto de 2022.
LIC. FERNANDO GONZÁLEZ VIEJO NOTARIO PÚBLICO NÚM. 93 GOVF-600222-AS6
NOTARÍA PÚBLICA No. 93 TITULAR LIC. FERNANDO GONZÁLEZ VIEJO SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN, MÉXICO PRIMER DISTRITO AL C. CESAR ACOSTA ESCOBEDO. CON DOMICILIO DESCONOCIDO. SE HACE SABER LO SIGUIENTE; QUE EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO; SE RADICÓ EL EXPEDIENTE 1479/2021, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN CONTRA DE AIDA MAYTE MARTÍNEZ SOTO Y CESAR ACOSTA ESCOBEDO, Y UNA VEZ REALIZADA UNA REVISIÓN MINUCIOSA DE LAS ACTUACIONES QUE INTEGRAN EL PRESENTE ASUNTO, ESPECÍFICAMENTE LOS INFORMES RENDIDOS POR LAS DIVERSAS DEPENDENCIAS QUE LLEVARON A CABO LA BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE LA PARTE DEMANDADA, SE ADVIERTE QUE SE OBTUVIERON RESULTADOS DESFAVORABLES Y POR AUTO DE FECHA 12 DE JULIO DEL 2022 DOS MIL VEINTIDÓS, ORDENA QUE LA CITADA DEMANDADA SEA EMPLAZADA POR MEDIO DE EDICTOS, MISMOS QUE DEBERÁN DE PUBLICARSE 3 VECES CONSECUTIVAS, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN (A ELECCIÓN DEL ACCIONANTE) SIENDO ESTOS, “EL NORTE”, “EL PORVENIR”, “MILENIO”, “ABC”, QUE SE EDITAN EN ESTA CIUDAD, ASÍ COMO EN EL BOLETÍN JUDICIAL, PARA EFECTO DE QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 09 NUEVE DÍAS PRODUZCAN SU CONTESTACIÓN A LA DEMANDA INTERPUESTA EN SU CONTRA, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO, LAS COPIAS DE TRASLADO RESPECTIVAS, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL EMPLAZAMIENTO HECHO DE ESTA MANERA SURTIRÁ SUS EFECTOS 10 DIEZ DÍAS DESPUÉS, CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN. FINALMENTE, PREVÉNGASE A LA PARTE DEMANDADA, POR EL CONDUCTO ANTES MENCIONADO, PARA QUE SEÑALE DOMICILIO EN CUALQUIERA DE LOS MUNICIPIOS DE APODACA, GENERAL ESCOBEDO, GUADALUPE, MONTERREY, SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, SAN PEDRO GARZA GARCÍA Y SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN, PARA LOS EFECTOS DE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES. BAJO EL APERCIBIMIENTO DE QUE, EN CASO DE NO HACERLO ASÍ, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, SE LE PRACTICARAN POR MEDIO DE INSTRUCTIVO QUE SE FIJE EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, ACORDE AL NUMERAL 68 DEL CÓDIGO ADJETIVO CIVIL. JENARO ABNER LUNA CERVANTES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
Número de Edicto 129909
A José Roberto Tristán Moreno. Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 919/2021, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores –INFONAVIT-, por conducto de su representante legal, en contra de José Roberto Tristán Moreno y Gabriela Contreras Díaz, tramitado ante el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 3 tres de agosto de 2021 dos mil veintiuno se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 9 nueve de agosto de 2022 dos mil veintidós, se ordenó el emplazamiento de la parte demandada José Roberto Tristán Moreno, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere; debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado. – Doy Fe.
ROLANDO EDUARDO GUTIÉRREZ ROBLES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.
AVISO NOTARIAL
El 18 (dieciocho) de agosto de 2022 (dos mil veintidós), se presentaron en esta Notaría Pública a mi cargo, los señores JUAN
MANUEL y ANA MARÍA, PECINA HER-
NÁNDEZ en su carácter de hijos del señor GENARO PECINA CARRILLO, a fin de dar inicio a la SUCESIÓN LEGITIMA a bienes de este último, manifestando, que reconocen sus derechos hereditarios, aceptan la herencia y la señora ANA MARÍA PECINA HERNÁNDEZ, que acepta, además, el cargo de Albacea, y en su momento procederá a formar el inventario de los bienes de la Herencia. Lo anterior de conformidad por lo dispuesto por el Artículo 882 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a 18 de dieciocho de 2022.
LIC. FERNANDO GONZÁLEZ VIEJO NOTARIO PÚBLICO NÚM. 93 GOVF-600222-AS6
NOTARÍA PÚBLICA No. 93 TITULAR LIC. FERNANDO GONZÁLEZ VIEJO SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN, MÉXICO PRIMER DISTRITO


Horacio Tijerina
Dirigente estatal de Movimiento Ciudadano
En ABC nos interesa tu opinión: redaccion@epsilonmedia.mx
Según la Real Academia de la Lengua Española, “epicentro” es el centro superficial del área de perturbación de un fenómeno sísmico y donde éste manifiesta su MÁXIMA INTENSIDAD.
Pues bien, Nuevo León se ha convertido en el epicentro de Movimiento Ciudadano de todo México, en el corazón de esta gran Revolución Pacífica que está transformando, para bien y para más, la vida nacional.
Es aquí donde, gracias al apoyo y confianza de toda la sociedad, se está terminando de consolidar el modelo de Buen Gobierno -eficaz, eficiente, humano, honrado y transparente- que nuestro Movimiento llevará en 2024 a la Presidencia de la República.
Y esto se hará no por mero triunfalismo, sino como mecanismo para realmente empezar a elevar sosteniblemente la calidad de vida de toda la población. De una vez por todas y contrastando con el fracaso de los partidos políticos tradicionales que son obsoletos, cerrados, egocéntricos y corruptos, como son las cúpulas del PRI y el PAN, y ese fallido experimento llamado Morena y su falsa y autodenominada Cuarta Transformación.
La historia de éxito de Movimiento Ciudadano, entendiéndose esto como el Modelo de Servicio Público que sí escucha y le cumple a la gente, inició en el municipio de Tlajomulco, Jalisco; después empezó a consolidarse al ganar la Gubernatura y otros importantes Ayuntamientos de esa misma entidad; y ahora adquiere escala nacional con los Gobiernos Naranjas de Nuevo León.
Esto debido en gran medida a los buenos gobiernos que están ejerciendo nuestros amigos, Samuel García en el Gobierno de Nuevo León, y Luis Donaldo Colosio, alcalde de Monterrey.
Por eso se llevó a cabo en Monterrey, los días 26 y 27 de agosto, el Encuentro Nacional de Diputadas y Diputados locales y la Plenaria Conjunta de Legisladores federales y locales de las Bancadas Naranjas en el Senado, en la Cámara de Diputados y en los Congresos locales.
Por el gran empuje, valor y visión de todas y todos los nuevoleoneses. Por eso nos eligieron para realizar estos eventos donde terminó de definirse la Agenda de Temas en los que trabajaremos en el Congreso de la Unión y los Congresos de los Estados.
Esto conlleva una gran responsabilidad. Nos obliga a toda la Ola Naranja de Nuevo León a seguir con pasos fuertes y firmes en la construcción de este gran Proyecto de Nación.
La organización hace diferentes convocatorias en el año, en las que se invita a las personas a ser parte del movimiento
Redacción
redaccion@epsilonmedia.mx
María Fernanda Gómez de la Garza, Directora de Somos el Cambio, invitó a los ciudadanos a participar en la organización Somos el Cambio con el objetivo de trabajar a favor de la comunidad a través del emprendimiento y participación social.
En entrevista con Carlos Campos para ABC Noticias señaló que a través de una metodología de cuatro pasos: Siente, Imagina, Haz y Comparte, las personas son capaces de poner sus ideas en acción y desarrollar proyectos de alto impacto en sus comunidades con los que pueden participar en las convocatorias que se ofrecen.
Cada año, Somos el Cambio organiza un evento de premiación para reconocer a los 30 equipos más emprendedores a nivel nacional, celebrarlos y compartir sus proyectos de cambio.
El concurso es promovido por la organización Somos el Cambio que desde hace 12 años promueve en México la participación y emprendimiento social en niños, jóvenes y adultos. ¿Cuál es el proceso para participar en Somos el Cambio?
Somos el Cambio lanza diferentes convocatorias durante el año, en las que se invita a las personas a ser parte del movimiento.
Las principales son: Todos Somos el Cambio, la cual se lanza al inicio del ciclo escolar y es una convocatoria que invita a las personas de todas las edades, pero principalmente a maestros de eduño) y va dirigida a jóvenes estudiantes de Preparatoria y Universidad.
Una vez que las convocatorias son lanzadas, los interesados forman equipos de máximo seis personas y se incriben en la plataforma www.somoselcambio.com y es así como se le da el seguimiento a cada equipo participante.
Después de eso se debe documentar el proyecto para ser evaluado y posteriormente premiado y reconocidos en los mejores proyectos en los que se presenta a nivel nacional.



María Fernanda Gómez de la Garza Directora de Somos el Cambio
cación básica a participar.
Somos el Cambio Joven es otra convocatoria que se lanza al inicio de cada semestre (Primavera y Oto-