Moción de orden
De varios Señores y señoras Diputadas
r Hacen la siguiente Moción
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17D1C18 4:31:C-1
Etilici e Para que de conformidad con lo establecido en el artículo 208 Bis del Reglamento ce la Asamblea Legislativa, se aplique el procedimiento especial que se determina en la prese.me moción al expediente número 21.049, cuyo texto servirá como base de discusión para lograr alcanzar un texto integral, que permita dar respuesta idónea a los graves problemas que plantea la legislación actual en relación con el derecho a Huelga y sus Drowdimientps
I. CONSIDERANDOS
I- La continuidad en la prestación de los servicios públicos es un principio fi.ndamental de la Administración Pública y un derecho del ciudadano. Por ello, el Estado ccstar -icense eEtá obligado a garantizar esa continuidad, especialmente en aquellos servicios esenciales para la población, puesto que de ellos dependen la vida, la salud, la seguridad de las personas, tales como: servicios hospitalarios, suministro de electricidad, agua y comb Astitles, fuerzas de policía, controladores aéreos y marítimos, comedores escolares y servicios para la atención de emergencias, entre otros.
II- Además, cuando se trata de servicios públicos en los que está permitida la huelí_.a. nuestra legislación actual tiene serias deficiencias en cuanto al procedimiento para a declaratoria de legalidad o ilegalidad. Esta situación genera dudas, vacíos, interpretaciones, especialmente en cuanto a los plazos, que provocan enorme incertidumbre entre la población afectada y hasta en los propios servidores públicos que se unen a la huelga.
III- Las propuestas de reforma que se plantean a través de varias iniciativas planteadas, surgen alrededor de los recientes movimientos huelguísticos y con vista en las groseras afectaciones que la paralización de servicios esenciales le han ocasionado a la vida, a a 1