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Informe de negociación con la FLA

1. Todos los trabajadores quedaron con contrato de trabajo a término indenido y será inoperante el plazo presuntivo. 2. La vigencia de la Convención colectiva será de 2 años. 3. La jornada laboral será de 44 horas semanales.
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“4. El incremento salarial para el primer año de vigencia será del 3.5 por ciento, retroactivo al 1° de enero del año en curso. Para el segundo año será igual al IPC más el 1.3 puntos, pero si el salario mínimo del gobierno es más alto se aplicará este 5. Bonicación por servicio anual será equivalente al 50 por ciento del salario del trabajador para los que ganen hasta dos salarios mínimos, los que ganen más de este tope se les reconocerá el 35 por ciento del salario. 6. Prima de Servicio ,20 días de salario. 7. Prima de navidad 30 días de salario. 8. Prima de vacaciones 15 días salario, más 2 días de recreación. 9. Prima de antigüedad: 2 días por cada quinquenio. 10. Auxilio muerte de familiares 650.000 11. Auxilio matrimonio 250.000. 12.. Auxilio de educación preescolar, primaria y secundaria 415.000, 485.0000, 540.0000 y 620.000 anual, Universidad 958.000, por semestre. 13. auxilio de anteojos para el trabajador 280.0000 anual. 14. viáticos para la actividad sindical. 15. Auxilio sindical 5,000.000, anual. 16. Permiso sindicales muy amplios. 17. Servicio de restaurante para los turnos. 18. Bono por rma de la convención para todos los trabajadores de $ 500 mil pesos.
Nota: todo lo que traían de bienestar y vivienda y el licor se seguirá reconociendo a los trabajadores.
En representación de la CUT actuó como Asesor Néstor Darío Monsalve Castaño
58 años sufriendo el IVA
Por: Diana Franco, OBEA.
Fue mediante el Decreto 3288 de 1963 que el presidente Guillermo León Valencia (abuelo la actual senadora Paloma Valencia) introdujo en Colombia el Impuesto de Valor Agregado (IVA) y desde entonces y hasta el día de hoy es un tema en constante debate. En aquel entonces se estableció la obligación del impuesto con carácter monofásico (que recae sobre una de las fases del proceso de producción o distribución) del 10, 8, 3% a los productos y servicios de la manufactura e importación, exceptuando los artículos de consumo popular, los útiles escolares y los fármacos. De ahí en adelante, los colombianos hemos visto cada vez más la ampliación de la base tributaria y el aumento en su valor. En 1975 Alfonso López gravó a productores e importadores con una tarifa general de 10% lo que le permitió incrementar los ingresos tributarios en 36% en solo un año. El pago del IVA empieza a sentirse en el bolsillo de las personas a partir de 1983, cuando Belisario B e t a n c u r, a m p l i a n d o e l u n i v e r s o d e contribuyentes, extendió el impuesto al comercio minorista o detal, es decir, al consumidor nal. En ese entonces el IVA se estableció en 10%. Con la llegada de la apertura y las crisis económicas que ha enfrentado el país, el IVA se ha convertido en un medio recurrente para tapar huecos scales y solventar políticas públicas. Durante la presidencia de Cesar Gaviria, se extendió la base a otros servicios y el IVA aumentó a 12% en el comienzo de su mandato; posteriormente lo estableció en 14%. El IVA del 16% que nos acompañó por 10 años se estableció en la presidencia de Ernesto Samper. En 2016, pese a las críticas e intensas protestas ciudadanas, el Congreso aprobó la reforma tributaria presentada por el gobierno de Juan Manuel Santos, la cual incrementaba 3 puntos porcentuales el IVA. Así, 60% de los productos de la canasta básica pasaron de tener un IVA de 16% a uno de 19%. En estas circunstancias se encuentra el país en el 2021 ante una nueva reforma tributaria presentada por el Ministro Alberto Carrasquilla, que pretende, entre otras cosas ampliar más la base de productos gravados con el impuesto y subir al 19% el gravamen de otros productos que en el momento tienen una tarifa diferencial. Todo esto en medio de la crisis económica pos pandemia que ha debilitado aún más el bolsillo de las familias colombianas.