Política de Salvaguardia a Niñas, Niños, Adolescentes y Adultos Beneficiarios

Page 1

Política Administrativa de Salvaguardia a Niñas, Niños, Adolescentes y Adultos Beneficiarios Aprobado por: Área: Operaciones Responsable: Directora Ejecutiva Protección de la (i) Niñez Jessica Ferreñan A. Elizabeth Bedoya R. Versión: No 01

Fecha de aprobación: 30 de Setiembre del 2019

PREAMBULO World Vision Perú hace los esfuerzos posibles para ser una “organización segura para la niñez y los adultos beneficiarios”. Con tal fin, ha establecido estándares y protocolos que protegen a las niñas, niños, adolescentes1 y los adultos beneficiarios2, los cuales evitan ponerlos en riesgo de sufrir algún daño durante el desarrollo de nuestros programas o intervenciones, respetando sus derechos y su interés superior, en todas las decisiones y acciones que realiza nuestra organización. World Vision desaprueba y censura el uso indebido del poder, estado, o posición de confianza, para establecer cualquier tipo de violencia3 hacia las niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios. Demuestra tolerancia cero a situaciones que vulneran la dignidad de todo ser humano. Realiza acciones necesarias para responder a los incidentes de salvaguardia, centrando sus esfuerzos en la prevención y el principio del Interés Superior del Niño. ALCANCE Esta política aplica a todas aquellas personas naturales4 y jurídicas5 vinculadas a World Vision Perú; así como a niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios; a Programas de ayuda en Emergencia y Desarrollo de World Vision Perú. Esta política se enfoca en proteger a todas las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, contra el daño causado por los colaboradores6, Consejo Directivo,

1El

Código del Niño y Adolescente considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad, y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad. 2"Beneficiario", incluye a toda niña, niño, adolescente, o adulto que viva en el ámbito del PA de World Vision Perú. 3World Vision define violencia hacia la niña, niño y adolescente como toda forma de acción o acto físico, sexual y psicológico, negligencia o trato negligente, maltrato, explotación, daño o abuso incluyendo explotación sexual con fines comerciales, trata de personas. Estos son considerados como delitos de acuerdo al Código Penal y Leyes Nacionales, tales como: Delitos contra la Mujer e integrantes del grupo familiar. (Art. 108 -B, 121, 141 y 142 del Código Penal y Ley N° 30819). Delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexuales. (Art. 15, 46-B, 46-C, 69, 92, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176-A, 177, 178-A, y 183-B del Código Penal y Ley N° 30838). Añádase, delitos sobre proposiciones a niñas, niños y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos, Ley de Delitos Informáticos N° 30096. Delitos contra la Trata de Personas (Art. 153 del Código Penal y Ley N° 28950) y Ley Contra el Castigo Físico y Humillante contra los Niños, Niñas y Adolescentes Nº 30403. 4El Código Civil denomina como persona natural a los individuos capaces de adquirir derechos, deberes y obligaciones. 5La persona jurídica, es referida a las organizaciones, asociaciones con existencia legal, está representada por una o más personas naturales. Estas son: ONG, Iglesia, Municipalidades, empresas, instituciones, etc. 6World Vision Perú denomina colaborador a: Director Ejecutivo, Directores, Gerentes, Coordinadores, Especialistas, Analistas, Asistentes, Facilitadores, Monitores, entre otros, vinculados a nuestra organización, bajo la modalidad de trabajo, con un contrato fijo.

1


voluntarios, practicantes, prestadores de servicio externo7, patrocinadores, visitantes, socios8 y otros afiliados9 de World Vision Perú, como parte de la presencia de nuestros programas en las zonas de intervención. IMPLEMENTACIÓN La Dirección Ejecutiva, Direcciones, Gerencias, Coordinaciones, Especialistas, Facilitadores, Consejo Directivo y demás posiciones, aseguran que la política, estándares y protocolos de salvaguardia se comprendan e implementan10 por las personas vinculadas a World Vision Perú. 1 POLÍTICA Y RESPONSABILIDADES DE SALVAGUARDIA 1.1. La Oficina Nacional es responsable de garantizar la contextualización,

desarrollo, implementación y revisión periódica11 de la Política de Salvaguardia.12

1.2. La organización da facilidades y recursos a sus colaboradores, Consejo

Directivo, voluntarios, practicantes para comprender y cumplir con sus responsabilidades, obligaciones de salvaguardia. Asimismo, aplica estándares apropiados a prestadores de servicio externo, visitantes, socios, entre otros, para abordar los riesgos de salvaguardia; en relación con la intervención de World Vision Perú. 1.3. Concientización:

Todo colaborador, Consejo Directivo, practicante, voluntario, firman un acta de conocer, entender y cumplir la Política de Salvaguardia.13 Además de los visitantes, personal de servicio externo y sus empleados, socios y sus empleados, entre otras personas externas.14

1.4. Acuerdos con contratistas: A los prestadores de servicio externo y sus

empleados, que accedan a los datos personales, o interactúan con niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios; se les debe adjuntar en sus contratos, una copia de los Protocolos de Comportamiento de Salvaguardia e insertar, en sus contratos, las siguientes cláusulas: a. Reconocer y cumplir con el Protocolo de Comportamiento de Salvaguardia o cualquier otra medida que World Vision Perú pueda especificar. b. Cualquier incidente de riesgo de daño, o vulneración de derechos de las 7Son

personas que realizan servicios de terceros para World Vision Perú, bajo la modalidad de contrato temporal, estos son: consultores, contratistas, sub-contratistas, entre otros. 8Socio es una organización con personería jurídica, no gubernamental, de base comunitaria, empresa con fines de lucro u otra entidad que implementa un Programa en colaboración con World Vision Perú, bajo un acuerdo escrito. 9World Vision Perú denominada Afiliado a las personas externas vinculadas a la organización, tales como: socios, visitantes, contratistas, personal de servicio externo y otros empleados de socios o contratistas. 10Ver el documento actualizado (2019) de Roles y funciones de los colaboradores de World Vision Perú, en relación a la implementación de la Política de Salvaguardia. 11Esta Política será revisada cada 3 años, con participación directa de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. 12La Oficina Nacional puede establecer reglas más estrictas en su política de salvaguardia, de acuerdo a la legislación nacional. 13Las actas firmadas por los colaboradores y practicantes serán archivas en Gente y Cultura (G&C), las del Consejo Directivo, las archiva la asistente de la Dirección Ejecutiva. Los de prestadores de servicio externo, logística, voluntarios, es archivado por cada Programa de Área. 14Los socios del Estado, no están obligados a firmar la Política de Salvaguardia, pero si deben conocer el Protocolo de Comportamiento.

2


niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, debe ser informado inmediatamente a World Vision Perú. c. Cualquier individuo que accede a datos personales o interactúa con las niñas, niños, adolescentes y/o adultos beneficiarios, presentará certificado de antecedentes policiales y penales, sin registro de delito15 contra las niñas, niños, adolescentes y adultos. 1.5. Acuerdos con organizaciones Socias: Al iniciar una interacción con un

socio para una actividad, o un programa con World Vision Perú, en el acuerdo16 se especifica que; antes que el socio inicie acciones en el proyecto o programa, la Política de Salvaguardia del socio, será proporcionada y aprobada por World Vision Perú, según corresponda al programa en cuestión. Procurar que el socio acepte y cumpla la Política de Salvaguardia de World Vision Perú, al realizar las actividades del Programa. En el acuerdo, se debe solicitar y garantizar que el personal que trabaje para cualquier socio, en un proyecto o programa de World Vision Perú, deberá presentar sus antecedentes policiales y penales vigentes, sin registro de delito contra las niñas, niños, adolescentes y adultos. 1.6. Capacitación17: Todo los colaboradores, Consejo Directivo, voluntarios,

practicantes, y socios, sus empleados o voluntarios del socio, que trabajan en un proyecto o programa de World Vision Perú, deben recibir capacitación sobre la Política de Salvaguardia al inicio de su relación laboral. Posteriormente, un repaso periódico u otro entrenamiento sobre la Política de Salvaguardia, al menos una vez cada dos años.18 1.7. Líder de Salvaguardia: La Oficina Nacional designa a un Líder de

Salvaguardia, para proporcionar liderazgo en la implementación de esta Política19. Asimismo, las respuestas a emergencias, que sean declaradas respuestas globales, designan su propio Líder de Salvaguardia. El Líder de Salvaguardia tiene el mandato de acceso directo a la Dirección Ejecutiva, al Líder de Salvaguardia de la región, Gerencia de Respuesta a Desastres y a la Dirección de Salvaguardia de World Vision Internacional; si considera que no se están abordando las cuestiones de salvaguardia adecuadamente.

2 PROTOCOLOS DE COMPORTAMIENTO 2.1 Protocolos de Comportamiento de Salvaguardia: Los colaboradores, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, prestadores de servicio externo, 15Delito

es un comportamiento que por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a lo establecido por la Ley. El delito, implica una violación de las normas vigentes, lo que hace que merezca un castigo o pena. En concordancia, esta Política de Salvaguardia hace referencia específica a delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexuales, delitos hacia la mujer e integrantes del grupo familiar, entre otros. 16 Denominado Acuerdo a: “Acuerdo”, “Donación Secundaria”, “Memorando de Entendimiento”, o cualquier otro término. 17 La capacitación incluye toda la Política de Salvaguardia, con énfasis en los Protocolos de Comportamiento, definiciones, reportes y de cómo denunciar incidentes de salvaguardia. 18 La frecuencia mínima de capacitación para colaboradores de World Vision Perú, es una vez cada (02) dos años. Sin embargo, algunos colaboradores necesitarán capacitaciones con mayor frecuencia para cumplir con sus responsabilidades de salvaguardia. 19 El Líder de Salvaguardia país; presenta informes anuales y periódicos de actualización y de incidentes de salvaguardia a la Unidad de Salvaguardia y a la Gestión Integrada de Incidentes de World Vision Internacional; es el enlace entre el equipo global de Gestión de Incidentes de Salvaguardia y el equipo de Gestión de Incidentes de Salvaguardia de World Vision Perú; colabora en la actualización de Registro de Riesgos para la protección y la salvaguardia de la niñez de World Vision Perú y colabora con el Líder Regional de Salvaguardia para garantizar la mejora continua y el aprendizaje.

3


visitantes, socios y otras personas vinculadas a World Vision Perú, deben comportarse de manera tal, que protejan a niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios; previniendo todo tipo de violencia, delito, daño intencional, o no intencional, ocasionado por las personas, que prestan servicio o trabajan con World Vision Perú. Las reglas de comportamiento de salvaguardia, se basan en interacciones que sean local y culturalmente apropiadas20 para con las niñas, niños, adolescentes y adultos. Los colaboradores, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, prestadores de servicio externo, visitantes, socios y otras personas vinculadas a la organización, cumplen estos protocolos, en sus actividades o programas con World Vision Perú y en todo lugar. 2.1.1 Protocolo de comportamiento aceptable dentro y fuera de World Vision a. Crear y mantener un entorno que evite la violencia21 u otro daño contra niñas, niños, adolescentes y adultos. b. Usar vestimenta y lenguaje "adecuado"22 en la relación presencial o virtual,23 que muestre respeto a los derechos de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. c. Todo contacto físico y virtual con las niñas, niños, adolescentes y adultos; son respetuosos y apropiados a la cultura local; sin trasgredir esta Política de Salvaguardia. d. Utilizar métodos respetuosos, amables, positivos, de buen trato, para proponer modificaciones o el cambio de comportamiento de las niñas, niños, adolescentes y adultos. e. Aceptar ser responsable de su conducta frente a las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios; incluso si estos se comportan de modo seductor o sexualmente inapropiado; o de sus acciones como representante de la organización. f. Es imprescindible la presencia física de por lo menos “dos adultos”24 en todas las actividades que involucra a las niñas, niños y adolescentes. Los adultos deben estar visibles en todo momento de la actividad de World Vision Perú.

Siempre y cuando no trasgredan la Política de Salvaguardia. World Vision define violencia contra la niña, niño y adolescente como toda forma de acción o acto físico, sexual y psicológico, negligencia o trato negligente, maltrato, explotación, daño o abuso incluyendo explotación sexual con fines comerciales, trata de personas. Estos son considerados como delitos de acuerdo al Código Penal y Leyes Nacionales. Delitos contra la Mujer e integrantes del grupo familiar. (Art. 108 -B, 121, 141 y 142 del Código Penal y de acuerdo a la Ley N° 30819). Delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexuales. (Art. 15, 46-B, 46-C, 69, 92, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176-A, 177, 178-A, y 183-B Código Penal, Bajo la Ley N° 30838). Añádase, delitos sobre proposiciones a niñas, niños y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos, modificado en la Ley de Delitos Informáticos N° 30096. Delitos contra la Trata de Personas (Art. 153 del Código Penal) Ley N° 28950 y Ley Contra el Castigo Físico y Humillante contra los Niños, Niñas y Adolescentes Nº 30403. 22 La vestimenta y forma de hablar del colaborador de World Vision Perú deberá tener en consideración la imagen que debe proyectar como representante de la organización. 23 Hace referencia al uso de las redes sociales, virtuales, digitales, entre otros. 24 De no ser posible la presencia física de 2 Colaboradores en actividades o programas de World Vision Perú, se recomienda, convocar a adultos, líder o voluntarios comunitarios confiables de la comunidad. 20 21

4


g. En caso de un incidente de salvaguardia, deben cumplir con el reporte y el proceso de investigación (interno y externo); y poner a disposición cualquier documento o información necesaria que contribuya a su esclarecimiento. h. Cumplir con la ley de privacidad de datos25 tanto al recopilar y manejar la información personal de niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios; los que deben limitarse al mínimo necesario; así como a mantenerlos y transferirlos de manera segura y confidencial. i.

Informar inmediatamente, a través de los mecanismos de reporte26, cualquier incidente de salvaguardia conocido, sospechado o de incumplimiento de esta política, por un colaborador, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, personal de servicio externo, visitante, socio, entre otras personas vinculadas a World Vision Perú, o por un trabajador de ayuda humanitaria27 de otra organización.

j.

Reconocer su responsabilidad por el cuidado y protección de su familia.28

k. Escuchar y tratar con respeto a todas las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, sin discriminarlos; especialmente a quienes han sido víctimas de violencia, delito u otro daño; evitando su re-victimización29. 2.1.2 Protocolo de comportamiento inaceptable dentro y fuera de World Vision a. Comportarse, consentir o condonar comportamientos de manera física inapropiada,30 o desarrollar una relación sexual, o matrimonio con una niña, niño y adolescente. b. Desarrollar o buscar una relación sexual, explotar sexualmente a niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios31 c. Esta estrictamente prohibido intercambiar dinero, empleo, bienes, servicios o ayuda que se da a los beneficiarios por sexo, (tales como: favores sexuales, explotación o formas de comportamiento humillante, contratar trabajadoras/es sexuales, etc.), en zonas de intervención u otro espacio territorial. Tales situaciones son moral y éticamente inaceptables para World Vision Perú.

La Constitución Política del Perú, establece como derecho fundamental, el derecho a la intimidad personal y familiar. (Art. 2. Numeral 6). La Ley de Protección de Datos Personales Nº 29733, garantiza la protección de los datos personales en el aspecto privado. 26Los Programas de Área recaban las quejas a través de: a) reuniones anuales con la comunidad; b) las campañas masivas; c) los buzones de sugerencias. Para el reporte de incidentes se cuenta con: a) línea telefónica móvil, o WhatsApp, (952686902) b) dirección de e-mail, proteccion_peru@wvi.org y c) las Redes de voluntariado comunitario. 27“Trabajador de ayuda humanitaria” incluye a todos los colaboradores, voluntarios, contratistas y otros asociados de organizaciones que brinden ayuda de emergencia o de desarrollo. 28 Referido al colaborador de World Vision Perú. 29Se evita la re-victimización de la niña, niño, adolescente o adulto vulnerable, cuando World Vision Perú otorga las condiciones para que las víctimas de violencia declaren o presten su testimonio por única vez durante el proceso de investigación sobre el incidente de salvaguardia. 30 Situaciones o acciones que colocan en riesgo o posible daño a las niñas, niños y adolescentes y que contravienen las leyes del país. 31Estas relaciones son ilegales y están basadas en el uso del poder desigual, socavan la credibilidad e integridad de la ayuda humanitaria o el trabajo de desarrollo de World Vision Perú. 25

5


d. Acariciar, alzar, besar, abrazar o tocar a las niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios de manera que los hagan sentir incómodos o que afecte su dignidad. Se recomienda responder el saludo de la misma forma expresada por ellas y ellos; siempre y cuando no sea contraria a la Política de Salvaguardia. e. Mostrar actitudes, conductas o usar lenguaje que avergüence, humille, menosprecien o degraden a las niñas, niños, adolescentes y adultos. f. Permanecer a solas con una niña, niño, adolescente o adulto beneficiario, por un lapso excesivo o innecesario, a puertas cerradas o en un área retirada. g. Aprobar, participar o ser condescendiente de prácticas culturales nocivas, de abuso espiritual o ritualista32 que son ilegales, dañinas o inseguras para las niñas, niños y adolescentes o adultos beneficiarios. h. Contratar a niñas y niños para cualquier tipo de trabajo o para tareas de servicio doméstico o recurrir a prácticas sociales y culturales, cuya finalidad sea la realización de éstas; a menos que sea por el Interés Superior del Niño, y que están alineadas con la Ley local y norma internacional. 33 i.

Utilizar cualquier tipo de violencia hacia las niñas, niños o adolescentes (maltrato físico y psicológico, etc.) mientras están bajo el cuidado de World Vision Perú o de un socio.34

j.

Trasladar a una niña, niño, adolescente, solo en un vehículo de World Vision Perú, sin autorización, ni la compañía de su madre, padre o cuidador, o de un voluntario de World Vision Perú. Los traslados imprescindibles serán comunicados al Facilitador de Patrocinio y Coordinador de Clúster.

k. Mal uso o el descuido35 de los datos personales de las niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios. l.

Comunicarse con una niña, niño, adolescente o adulto beneficiario, a través de plataformas digitales de tipo social (facebook, twitter, instagran, snapchat y tinder u otros) de tecnología móvil (mensajes de texto, Whatsapp o Skype), o en línea, sin el consentimiento y conocimiento de su madre, padre, o cuidador.

32Estas

son prácticas ritualistas, espiritistas (conjunto de prácticas realizadas para comunicarse con los espíritus de los muertos siguiendo algunos rituales o ceremonias) perpetrados a niñas, niños y adolescentes. Por ejemplo, el año 2016, en algunas comunidades de Londres, se reportó, abusos cometidos contra niñas, niños y adolescentes, para "liberarlo de los malos espíritus", durante los rituales de exorcismo. 33 El Código del Niño y Adolescente, (Art. 48 al Art. 73) establece el Régimen para el adolescente trabajador. En el Art. 51. refiere que la edad mínima para trabajar del adolescente es de catorce años, con excepción autorizada (padres o tutores) a partir de los doce años, siempre que estas labores no perjudiquen su salud, desarrollo, ni educación. La Ley establece la edad mínimas requerida, 15 años, para actividades como: agrícolas, industriales, comerciales, y otros. De otro lado, la Organización Internacional del Trabajo, emite el Convenios 138, referida a la edad mínima para trabajar (15 y 14 años de edad, condicionado a la situación del país, y los tipos de trabajos), y el Convenio 182 refiere sobre las peores formas de trabajo infantil. 34 Los colaboradores de World Vision Perú están familiarizados con los enfoques de: crianza con ternura, positiva, buen trato, entre otros temas. Se espera que estos sean aplicados dentro y fuera de World Vision Perú. 35La Ley de Protección de Datos Personales Nº 29733, refiere a: transferencia internacional de datos, sin información previa y consentimiento del titular; los adolescentes, entre los 14 y 18 años de edad, solicitan su consentimiento para el uso de sus datos. Los menores de 14 años, otorgan consentimiento sus representantes legales. El mal uso y descuido, incluye el comercializar los datos personales; y no adoptar medidas técnicas, organizativas y legales para su seguridad y alteración, o pérdida, entre otros.

6


m. Mantenerse en silencio, encubrir o habilitar cualquier incidente de salvaguardia que incluye el incumplimiento de la Política de Salvaguardia por colaboradores, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, prestadores de servicio externo, visitantes, socios y otras personas vinculadas a la organización. n. Estar vinculados a situaciones de violencia36 y delitos contra la libertad e indemnidad sexual37, proxenetismo, explotación sexual comercial infantil y adolescente en el ámbito del turismo; y de ofensas al pudor público38, trata de personas39, entre otros delitos a las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. 2.1.1 Cualquier socio, visitante u otra persona vinculada a World Vision Perú, que no están obligados40 a firmar la Política de Salvaguardia, dejarán constancia escrita de haber recibido información y comprendido los Protocolos de Comportamiento de la Política de Salvaguardia. 2.2 Acción disciplinaria: El incumplimiento de los Protocolos de Comportamiento apropiado o de cualquier otra parte de la Política de Salvaguardia, o no reportar un incidente de salvaguardia conocido o sospechado que ha sido cometido por un colaborador o afiliado, es una falta muy grave, motivo de acción disciplinaria41, y como tal ameritará una drástica sanción que podría ir hasta el proceso de desvinculación laboral inmediata. Y, si hubiera cometido delito contra las niñas, niños, adolescentes o adulto beneficiario, será reportado a las autoridades competentes, en el marco del Interés Superior del Niño. 3 RECLUTAMIENTO World Vision Perú adopta medidas rigurosas para revisar los antecedentes de las personas vinculadas con World Vision Perú. Estas medidas incluyen abordar los asuntos concernientes a la salvaguardia, en anuncios de trabajo, entrevistas, referencias, entre otros aspectos. 3.1 Chequeo. El proceso de reclutamiento, considera una entrevista a candidatos

a ser colaborador, Consejo Directivo, voluntario, practicante, prestador de servicio externo42, acerca de experiencia laboral previa con niñas, niños y adolescentes o adultos beneficiarios; y con organizaciones centradas en la niñez y la adolescencia; esta información debe ser consignada en el formato de entrevista.

36Delitos

contra la Mujer e integrantes del grupo familiar. (Art. 108 -B, 121, 141 y 142 del Código Penal. Bajo Ley N° 30819). Además de la Ley Contra el Castigo Físico y Humillante contra los Niños, Niñas y Adolescentes Nº 30403. 37Delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexuales. (Art. 15, 46-B, 46-C, 69, 92, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176-A, 177, 178-A, y 183-B Código Penal, Bajo la Ley N° 30838). 38Delitos de proxenetismo, explotación sexual comercial infantil y adolescente en ámbito del turismo, ofensas al pudor público. Código Penal (Art. Del 179 al 184). 39Tipificado como delito en el Art. 153 del Código Penal, y en el marco de la Ley N° 28950. 40 No están obligados a firmar la Política de Salvaguardia, los representantes del Estado. 41 El incumplimiento o quebrantamiento de la Política de Salvaguardia, conlleva a: "...una suspensión de labores sin goce haber por quince días a un mes o el proceso de desvinculación laboral (...) El incumplimiento de la Política de Protección a la Niñez. World Vision Perú". Código de Conducta y Ética. 2011. pg 29 y 37, u otra desvinculación con Word Vision Perú. 42La información recabada en este proceso se conserva en el archivo personal de cada uno de los reclutados y por el área contratante, además de los datos consignados por el anterior empleador en relación a su idoneidad para trabajar con las niñas, niños y adultos.

7


3.2 Verificación de identidad y antecedentes: Todo candidato a ser

contratado como colaborador, Consejo Directivo, practicantes, prestadores de servicio externo; además de voluntarios y socios de World Vision Perú, será sometido a una verificación de identidad y de antecedentes policiales y penales43. Las personas con una condena previa por cualquier delito, explotación sexual o abuso o violencia contra niñas, niños, adolescentes o adultos, no serán contratados44, ni deben formar parte de ninguno de sus programas, ni actividades de World Vision Pérú. 3.2.1. Los solicitantes y colaboradores otorgarán permiso previo para obtener los certificados de antecedentes policiales y penales. 3.3 Los certificados de antecedentes policiales y penales de los colaboradores con

contrato de trabajo a plazo fijo, serán renovados cada (02) dos años;45 estos documentos deberán ser entregados a World Vision Perú, dentro de la fecha requerida46. El incumplimiento de lo solicitado y su presentación en la fecha indicada, conllevará a la sanción pertinente, emitida por el Área de Gente & Cultura. Quedan exceptuadas las renovaciones de dichos certificados cuando el término del vínculo laboral coincida con el mes de renovación y/o caducidad de los documentos.

3.4 El colaborador con cambio de modalidad de contratación, promovido a otra

posición47 o reingreso, deberá actualizar sus antecedentes policiales y penales, vigentes, los primeros 7 días hábiles, a partir de la fecha de inicio del nuevo puesto; siempre y cuando, dichos documentos tuvieran una antigüedad igual o mayor a seis meses. 3.5 Bajo ninguna circunstancia, World Vision Perú contratará o renovará contratos a personas con procesos o sentencias penales, por: juicio de alimentos, abandono, negligencia, u otro tipo de violencia hacia las niñas, niños, adolescentes y adultos.48 3.6 Todo prestador de un servicio externo de World Vision Perú, que accediera a

información personal, que se relaciona con niñas, niños, adolescentes, o adultos beneficiarios, y/o visité las comunidades; deberá presentar antecedentes

El responsable de esta verificación es el área de G&C para el caso de colaboradores y practicantes. La Junta Directa por la Dirección Ejecutiva, los prestadores de servicio externo por administración y logística y de voluntarios comunitarios por Patrocinio. 44 Si la Ley lo permitiera podrían ser colocados en una posición que no le permita acceder a niños, niñas o adultos beneficiarios, o a sus datos personales. 45El reembolso lo realizará la Unidad de G&C para colaboradores de la Oficina Nacional y región Lima; y para las regiones de Ancash, Ayacucho, Cusco, Huancavelica y La Libertad el reembolso lo efectuará Administración y Finanzas de cada una de las regiones. Se aplicarán excepciones para la renovación y el reembolso sólo en las siguientes situaciones: licencia por maternidad, licencia extendida por maternidad, enfermedad, accidente, vacaciones, licencia sin goce de haber de duración igual o mayor a 30 días. La gestión y presentación de sus certificados de antecedentes policiales y penales no debe ser mayor a los primeros 7 días hábiles contados a partir del día de su reincorporación. 46Entiéndase que los colaboradores que no cumplan con entregar los documentos en mención, en la fecha requerida, no les serán reembolsados los gastos de gestión de los documentos solicitados. "Los colaboradores pueden ser sancionados por el Área de Recursos Humanos en virtud del incumplimiento de las obligaciones laborales, por su comisión voluntaria o su conducta negligente (...) amerita una amonestación verbal y/o escrita, suspensión o descuento de la jornada laboral de hasta dos días..." World Vision Perú. Código de conducta y ética. pg. 26, 27, 28 y 29. Octubre del 2011. 47 Se entenderá como promovido a otra posición, cuando implique el cambio a otro nivel dentro de la estructura de World Vision Perú. 48Ver, pié de página 3. 43

8


policiales y penales; cualquiera fuera el tiempo de duración del contrato de trabajo; los cuales caducaran a los 90 días de la fecha de expedición.49 3.7 World Vision Perú condiciona la admisión de Voluntarios Comunitarios,50 a la

presentación de: a) Carta firmada por la autoridad comunal (por única vez). b) Una referencia escrita que incluye organizaciones de base comunitarias e instituciones que trabajan con las niñas, niños y adolescentes; (por única vez), c) Declaración jurada; (por única vez), d) Acta de conocimiento y compromiso de la Política de Salvaguardia (anual). e) Capacitación o repaso de la Política de Salvaguardia (anual) y f) Acuerdo de Voluntariado (anual). 3.8 World Vision Perú condiciona la admisión de voluntarios51, sean corporativos,

universitarios, de iglesias, etc. a un proceso previo de revisión del certificado de antecedentes policiales y penales; siempre y cuando se interrelacionen o manejen información personal de niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios y también si visitan las comunidades de intervención de World Vision Perú.52 4 VISITAS SEGURAS 4.1 Visitantes: Los patrocinadores, donantes y otros visitantes53 que se reúnen

con niñas, niños y adolescentes beneficiarios de World Vision Perú, están sujetos a esta política. Los funcionarios gubernamentales o donantes institucionales (gubernamentales, multilaterales) no requieren una autorización de salvaguardia, pero deben estar acompañados por un colaborador de World Vision Perú en todo momento. 4.2 Preparación: Las visitas anunciadas de patrocinadores, donantes, personal o

invitados, y otros visitantes internacionales, deben ser pre aprobadas por la Oficina de Soporte54 y aprobadas por la Oficina Nacional de World Vision Perú. Las visitas no anunciadas55 o de acompañantes no anunciados para la visita a las niñas, niños y adolescentes registrados, o a las comunidades, a los proyectos, no están permitidas. En caso suceda, se reprograma, o se suspende la visita y se reporta el incidente56 al responsable de Patrocinio de la región; quien comunicará a la Oficina de Soporte y al Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional.

49Quedan

exceptuadas las renovaciones, si estos caducaran el mes de término del contrato. El prestador de servicio externo iniciará labores cuando haya firmado el contrato, y presentado los antecedentes solicitados y de haber recibo de la Política de Salvaguardia. Estos documentos solicitados están bajo responsabilidad del Área de la Región que realiza la contratación. 50A este proceso se denomina “verificación estándar alternativa de antecedentes”. 51Para empresas, organizaciones e instituciones que realizarán jornadas corporativas de un solo día en ámbitos del Programa de Área, se prescindirá de la solicitud de antecedentes policiales y penales; en razón que siempre las empresas requieren en los procesos de contratación uno o los dos documentos mencionados; no obstante siempre deben estar acompañados de colaboradores de World Vision Perú. 52Estos documentos serán renovados cada dos años, y el costo será cubierto por la organización, bajo la condición de no tener ningún antecedente acreditado con tales documentos. 53 Bloggers, (cibernautas manejan su propio blog) celebridades, periodistas invitados por World Vision Internacional. 54 Las Oficinas de Soporte realizan la revisión y verificación de antecedentes a los patrocinadores o donantes que harán una visita a una niña, niño o adolescente registrado de World Vision Perú. 55 La oficina nacional no está obligada a organizar una visita si llega un patrocinador y solicita o insiste en una visita a una niña, niño o adolescente registrado. Se acepta la visita de acuerdo a los recursos y al protocolo de salvaguardia. 56Las visitas no anunciadas se constituyen en incidentes de salvaguardia de la niñez de nivel II, y debería ser reportado en el Sistema de informes de incidentes - Ethics Point; en un plazo de 24 horas de tomado conocimiento del incidente.

9


4.3 Orientación

del visitante sobre la salvaguardia: Las visitas de colaboradores, miembros del Consejo Directivo o de otras oficinas de World Vision International, reciben orientación breve sobre protocolos de comportamiento de salvaguardia, además de las costumbres locales de interacción de adultos con las niñas, niños, adolescentes. Para las visitas que no son colaboradores o miembros del Consejo Directivo, reciben una breve orientación oral o por escrito y firman la recepción de los Protocolos de Comportamiento que son archivados por la oficina o Programa de Área que recibe la visita. Además siempre deben estar acompañado por un Colaborador de World Vision Perú.

5 COMUNICACIONES, MEDIOS SOCIALES Y TECNOLOGÍA DIGITAL 5.1 Dignidad: World Vision Perú asegura que se respeten las tradiciones o

restricciones locales, al fotografiar o filmar a una persona. Estas deben ser representaciones honestas del contexto y de los hechos. Cuando sean fotografiados o filmados las niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios, deben estar adecuadamente vestidos y tratados con dignidad. Se debe evitar que, por su ropa, postura o gestos puedan interpretarse como sexualmente insinuantes. 5.1.1 Todas las fotos, historias, videos y otras actividades y materiales de comunicación deben considerar los mejores intereses de las niñas, niños, adolescentes y los adultos beneficiarios; y deben cumplir lo siguiente: a. Ante una situación de vulnerabilidad de las niñas, niños, adolescentes y de los adultos beneficiarios; siempre se examina y evalúa cómo las comunicaciones podrían impactar en su dignidad, seguridad, bienestar y sus derechos. b. Ante un incidente de salvaguardia,57 se evita, su difusión en la prensa de la imagen e identidad de las niñas, niños y adolescentes.58 c. Las visitas y entrevistas a las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, de los medios de comunicación o la prensa; siempre se realizan con la compañía de un colaborador de World Vision Perú. 5.2 Consentimiento y Autorización Informada: Las niñas, niños, adolescentes y

adultos beneficiarios que sean sujetos principales en la recopilación de información de

Ver el numeral 6 Incidentes de Salvaguardia y Protocolos de Respuesta. Decreto Legislativo N°1377, fortalece la protección integral de niñas, niños y adolescentes; en su Art. 4, refiere a la modificación del Art. 6 del Código de los Niños y el Adolescentes, numeral 6.1. "Cuando un niño, niña o adolescente se encuentren involucrados como autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito o sean víctimas de los mismos, no se publicará su identidad, ni su imagen a través de los medios de comunicación. La prohibición se extiende al padre, madre, tutor/a o a las personas que vivan con él o ella. Los medios de comunicación tienen la obligación de garantizar la reserva de los datos personales y cualquier información que permita identificarlos, salvo que, en el caso de las niñas, niños y adolescentes, exista una autorización escrita de los padres o representantes legales, y siempre que no se atente contra su interés superior." 57 58

10


texto, foto y/o video por parte de los colaboradores de World Vision Perú, deben otorgar su consentimiento informado.59 5.2.1 Cuando niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios puede ser identificados en la foto o video, se requiere su consentimiento informado de forma escrita. Además; se requiere una autorización escrita de la madre, padre, tutor o alguna entidad legalmente responsable del cuidado y protección de la niña, niño o adolescente; lo cual es posterior a la información que se le brinde sobre los fines y usos de las fotos, videos o reportes y de su aceptación. 60 5.2.2 Cuando la madre, padre o tutor de una niña, niño o adolescente otorga su autorización general para el uso de imágenes, e historias como parte del proceso de inscripción para el patrocinio, no se requiere el consentimiento adicional, a menos que el uso vaya más allá de los términos del consentimiento original. Con la autorización escrita se evita incurrir en difamación y problemas de derechos de autor. 5.3. Concientización digital: World Visión Perú, empodera a las niñas, niños, adolescentes registrados y a sus madres, padres o cuidadores para que comprendan cómo utilizar de forma segura y responsable, los medios sociales y digitales; para evitar los riesgos o incidentes.61 5.4. Prevención del daño en las comunicaciones: World Vision Perú, sigue los siguientes pasos para evitar la vulneración de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios en las redes sociales y tecnología digital62: a. La información personal de la niña, niño, adolescente y adulto beneficiario, que es capturada, almacenada o enviada por medio de algún aparato electrónico, en línea o móvil, debe estar protegida con una contraseña.63 b. En lo posible, evitar la copia electrónica de las fotografías64 de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, sin el permiso de World Vision Perú. Las fotos no pueden ser compartidas en las redes sociales o tecnología digital por ninguna persona vinculada a World Vision Perú. c. Las publicaciones en medios sociales o en tecnología digital, no debe contener el nombre de la familia, ni la ubicación o dirección personal de la niña, niño y adolescente, ni el número de identificación del patrocinador.

El consentimiento informado significa que la niña, niño, adolescente, adulto beneficiario, entiende de manera general, el propósito del reporte, fotografía, video u otro tipo de información; frente a ello, otorgan su permiso verbal o escrito para el uso de los mismos. El consentimiento informado no prevalece sobre los estándares de salvaguardia de la niñez de World Vision Perú. 60Ser identificado, posibilita revelar su situación personal, esto podría causar daño a su privacidad, dignidad, seguridad o reputación. El consentimiento informado no invalida las normas World Vision Perú para la protección de las niñas, niños y adolescentes. 61El empoderamiento de la familia permitirá identificar conductas y comunicaciones apropiadas e inapropiadas en los medios sociales y tecnología digital, evitando que las niñas, niños, adolescentes o adultos beneficiarios sean víctimas de algún tipo de violencia. 62fotografías, videos, clips de audio, historias, artículos o cualquier otro material de comunicación. 63 Y manejada de acuerdo a los estándares de seguridad de la información. 64Utilizando la marca de agua digital, función de deshabilitación de click derecho, etc de acuerdo con los estándares mínimos de la confraternidad para presencia en internet. 59

11


d. El material que incluya fotografías, videos, historias y datos de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, se re-etiqueta con su nombre de pila y la ubicación de la oficina del Programa de área, a fin de evitar la identificación exacta de su vivienda y comunidad. e. Todas trasgresiones de las normas antes señaladas deben ser informadas o reportadas, por cualquier persona que se sienta incómoda o amenazada, a través de los mecanismos establecidos.65 f. Evitar la comunicación a través de plataformas digitales (facebook, twitter, etc.) o a través de tecnología móvil (mensajes de texto, Whatsapp, Skype, etc.), entre el Colaborador, Consejo Directivo, Voluntario, Practicante, Patrocinador, Donantes u otra persona vinculada a World Vision Perú y las niñas, niños, adolescentes, sin el conocimiento y consentimiento de su madre o padre o cuidador; y con el adulto beneficiario. 5.4.1. Las publicaciones en medios sociales o en tecnología digital (fotos, videos, clips) pueden contener sólo el nombre de la niña, niño o adolescentes, ubicación del país, y el nombre del Programa de Área. 5.5. Ante un incidente de salvaguardia,66 en las comunicaciones ocurrido en el ámbito de intervención de World Vision Perú, se informará al Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional y la Coordinación Nacional de Comunicaciones para que tome las acciones pertinentes. y se evite la difusión en la prensa de la imagen e identidad de las niñas, niños, adolescentes,67 sus madres, padres, cuidadores y de adultos beneficiarios afectados. 6 INCIDENTES DE SALVAGUARDIA Y PROTOCOLOS DE RESPUESTA 6.1 Respuesta a Incidentes de Salvaguardia: Los incidentes de salvaguardia son acciones de violencia o daño ejercidas contra niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. Incluye cualquier trasgresión a la Política de Salvaguardia, y situaciones que los coloca en potencial riesgo directo de algún daño a su dignidad, integridad y a sus derechos. Y frente a estas situaciones, investiga los reportes de incidentes de las áreas de intervención y responde acorde a la política institucional y normatividad nacional; asegurando que las victimas reciban atención en salud, psicológica y orientación legal. Los tres niveles de incidentes de salvaguardia y su respuesta se determinan de acuerdo al riesgo y a su potencial responsabilidad. 6.2. Incidentes de Salvaguardia de Nivel 1: Incidente relacionado a cualquier acto de violencia, daños graves que amenaza la supervivencia, seguridad y desarrollo de

65Los

Programas de Área recaban las quejas a través de: a) reuniones anuales con la comunidad; b) las campañas masivas; c) los buzones de sugerencias. Para el reporte de incidentes se cuenta con: a) Línea telefónica móvil, o WhatsApp, (952686902) b) dirección de e-mail, proteccion_peru@wvi.org y c) las Redes de Voluntariado Comunitario. 66 Ver el numeral 6.5.1 67 Ver Decreto Legislativo N°1377, que fortalece la protección integral de niñas, niños y adolescentes.

12


las niñas, niños y adolescentes, que ha sido ejecutado por alguna persona que vive en la comunidad o fuera de ella; y que no está vinculada a World Vision Perú. Dentro de las 72 horas que se ha tomado conocimiento del incidente, se reportará en el Sistema de Informes de Incidentes de World Vision InternationalEthics Point. El Programa de Área implementa la respuesta de acuerdo al “Protocolo de Respuesta a Incidentes de Salvaguardia de Nivel I”; con el acompañamiento del responsable de protección del Programa de área y la asesoría de la Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional. 6.3 Incidentes de Salvaguardia de Nivel II: Incidente relacionado a cualquier trasgresión de la Política de Salvaguardia68, que coloca en riesgo directo de un potencial daño, pero donde no se cree que haya ocurrido daño real aún, a las niñas, niños, adolescentes y adulto beneficiario, y es efectuado por un Colaborador, Consejo Directivo, Practicantes, Voluntarios, Prestadores de Servicio Externo, Visitante, Socio, u otra persona vinculada a World Visión Perú. Dentro de las 24 horas de haberse conocido el incidente, se reportará en el Sistema de Informes de Incidentes de World Vision International - Ethics Point. La respuesta se implementa desde la Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional; quien elaborara un plan de trabajo y considerando la magnitud del incidente se contará con el soporte del Líder de Salvaguardia de la Región. 6.4 Incidentes de Salvaguardia de Nivel III: Incidente relacionado a cualquier tipo de acusación de violencia, o delito, incluyendo incidentes de muerte o lesión grave de una niña, niño, adolescente o adulto beneficiario, o accidente de tránsito,69 mientras participa en una actividad que involucra a World Vision Perú, y es causado por un Colaborador, Consejo Directivo, Practicantes, Voluntarios, Prestadores de Servicio Externo, Visitante, Socio, o persona vinculada a World Vision Perú. Dentro de las 24 horas de haberse conocido el incidente, la Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional, lo reportará en el Sistema de Informes de Incidentes Ethics Point. La respuesta se implementa desde la Líder de Salvaguardia de la Oficina Nacional a través de un Plan de trabajo y cuenta con el soporte del Líder Regional de Salvaguardia y del Asesor de Organización Segura para la niñez de World Vision International. 6.5 Reporte de los Incidentes de Salvaguardia: Todos los colaboradores, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, prestadores de servicio externo, 68Vinculado

al Protocolo de comportamiento, reclutamiento, robo o extravío de información de las poblaciones beneficiarias, intento o visita sin anuncio de un patrocinador, entre otros. 69Vehículo y conductor de World Vision Perú o socio de la organización.

13


socios, visitantes, las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios,70 y personas vinculadas a World Vision Perú, son responsables y están en la obligación de reportar71 cualquier presunción de violencia, sospecha de abuso contra las niñas, niños, adolescentes o adulto beneficiario o incumplimiento de la Política de Salvaguardia. 6.5.1

Los colaboradores, Consejo Directivo, practicantes, voluntarios, prestadores de servicio externo, visitantes y socios de World Vision Perú pueden hacer las denuncias utilizando los siguientes mecanismos:

a. Formulario confidencial de denuncia de incidentes que se encuentra en el Sistema de Informes de Incidentes World Vision Internacional en el link: https://worldvision.ethicspointvp.com/custom/worldvision/irf b. Contactar al Líder Nacional de Salvaguardia o al Líder Regional de Salvaguardia (quien luego lo notificará en el Ethics Point). c. Si se requiere o prefiere conservar la confidencialidad, o si las opciones anteriores no están disponibles, se debe utilizar la Línea Directa de Integridad y Protección de World Vision International, (también conocida como la Línea Directa para Denuncias): 0-800-50-000 0-800-50-288 (Operador en español). 6.5.2. Los miembros de la comunidad, las niñas, niños, adolescentes y adulto beneficiarios, tienen formas accesibles y seguras de denunciar.72 Además, se debe reportar cualquier preocupación o sospecha de violencia, abuso o explotación sexual por parte de un trabajador humanitario de World Vision Perú. 6.6 Divulgación. World Vision Perú puede compartir información sobre los incidentes sólo a quienes necesitan estar informados (ejm. denuncia ante las autoridades competentes; entre otros); no obstante los incidentes se mantienen con la confidencialidad que se requiere de acuerdo a Ley. 6.7 Informe a las Autoridades. World Vision Perú reportará a las autoridades competentes si identifica faltas y delitos contra niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios, que han sido cometidos por cualquier persona vinculada a la organización. 73 7 PROGRAMACIÓN PARA LA SALVAGUARDIA 7.1 Salvaguardia en la Programación: World Vision Perú, busca la protección

integral y el Interés Superior del Niño y adultos beneficiarios; como parte de sus 70Los

Programas de Área recaban las quejas a través de: a) reuniones anuales con la comunidad; b) las campañas masivas; c) los buzones de sugerencias. Para el reporte de incidentes se cuenta con: a) línea telefónica móvil, o WhatsApp, (952686902) b) dirección de e-mail, proteccion_peru@wvi.org. y c) las Redes de voluntariado comunitario. 71 Los reportes incluye a situaciones vinculadas con el colaborador humanitario. 72Los Programas de Área recaban las quejas a través de: a) reuniones anuales con la comunidad; b) las campañas masivas; c) los buzones de sugerencias. Para el reporte de incidentes se cuenta con: a) línea telefónica móvil, o WhatsApp, (952686902) b) dirección de e-mail, proteccion_peru@wvi.org. y c) las Redes de voluntariado comunitario. 73 De acuerdo a como se estipula en los Planes Nacionales de Preparación de Incidentes de Salvaguardia y de conformidad con la Ley local.

14


actividades, promueve espacios seguros en sus familias y comunidades. Esto implica, que, en el diseño y evaluación de nuestros programas, consideramos las amenazas y problemas locales de protección de la niñez, así de cómo influir en los actores locales, para que las comunidades sean espacios seguros para las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. 74 7.2 Mecanismos de denuncia: La programación de las actividades de World Vision

Perú, incluye, brindar información a niñas, niños, adolescentes, madres, padres, cuidadores y adultos beneficiarios, para que reconozcan conductas inapropiadas o infracciones del Protocolo de Conducta, y lo establecido en la Ley local, de colaboradores, Consejo Directivo, voluntarios, practicantes, personal de servicio externo y sus empleados, visitante, socios y otras personas externas; además de cómo usar los mecanismos75 de quejas y reporte implementados. 7.3 Institucionalización y adopción: World Vision Perú no facilita la adopción de

las niñas, niños o adolescentes, ni apoya la programación dentro de instituciones que los albergan a largo plazo. 8 PATROCINIO 8.1 Prevención de daños en el Patrocinio: Patrocinio se implementa para mantener la seguridad de las niñas, niños y adolescentes. Esto incluye la revisión de toda la correspondencia del patrocinador, capacitación de colaboradores para reconocer y responder incidentes de salvaguardia, en interacción constructiva con madres, padres, cuidadores e hijas e hijos. 8.1.1 La Oficina Nacional y los Programas de Área implementan prácticas preventivas y de protección de niñas, niños y adolescentes, en todos los aspectos de patrocinio, incluye actividades de programación, mercadeo, comunicaciones, correspondencia, participación digital y sobre visitas de patrocinadores. 8.1.2 Los programas financiados por Patrocinio, en interacción con niñas, niños, adolescentes, y sus familias, analizan sus derechos de protección, la crianza con ternura, disciplina no violenta, entre otros temas. 8.1.3 Los Programas de Áreas analizan, comprenden el contexto e implementan intervenciones con socios locales, para profundizar la comprensión de las causas de los problemas de protección y fortalecer los mecanismos de reporte y referencia y fortalecer las capacidades de las niñas, niños, adolescentes, con habilidades para la vida y su protección integral. 8.1.4 Los colaboradores de Patrocinio, que se relacionan directamente con los patrocinadores y/o con las niñas, niños y adolescentes registrados, se Incluir la evaluación de los riesgos varios y violencia de género para otros adultos vulnerables, o con personas que viven con el VIH o discapacidad, o grupos en situación de emergencia. 75 Los Programas de Área recaban las quejas a través de: a) reuniones anuales con la comunidad; b) las campañas masivas; c) los buzones de sugerencias. Para el reporte de incidentes se cuenta con: a) línea telefónica móvil, o WhatsApp, (952686902) b) dirección de e-mail, proteccion_peru@wvi.org. y c) las Redes de voluntariado comunitario. 74

15


sensibilizan y capacitan sobre identificación y respuesta sobre incidentes de salvaguardia vinculadas con el patrocinio. 8.1.5 Revisar y analizar toda correspondencia entre un patrocinador y las niñas, niños y adolescentes registrados para asegurar su salvaguardia. Verificar si el contenido es apropiado, y detectar comentarios indecorosos o sugestivos, solicitudes, propuestas indebidas, obscenidades o información de contacto del patrocinador. 8.1.6 La información personal, archivos fotográficos,76 fotografías, videos, entre otros documentos, de las niñas, niños, adolescentes, y adultos beneficiarios registrados, deben estar protegidas y guardadas en instalaciones seguras y bajo llave o con contraseña, a las cuales tendrá acceso un número limitado y controlado de colaboradores de la organización. 8.1.7 El colaborador de Patrocinio, bajo ninguna circunstancia entregará al Patrocinador la dirección77, teléfono, correo electrónico, redes sociales u otra información o dato de las niñas, niños, adolescentes, adulto beneficiario, de sus familias, las cuales posibilitan comunicación o visita posterior sin intermediación de World Vision Perú. 8.1.8 Los Patrocinadores son sensibilizados para mantener la confidencialidad de las fotografías, video, e información personal enviada o registrada durante su visita. Así mismo, se les solicita no compartirlos en sus redes sociales, tecnológicas u otros medios masivos; por razones de seguridad personal de las niñas, niños, adolescentes y adultos beneficiarios. 8.2 Respuesta a incidentes: Los Colaboradores de área de Patrocinio deben promover acciones de reporte y seguimiento apropiadas, si identifican, observan necesidades de salvaguardia de niñas, niños, adolescentes.78 Y en caso que un Patrocinador trasgreda, los Protocolos de Comportamiento, de Comunicación en el uso de medios sociales, u otro, de la Política de Salvaguardia, se emite un reporte del incidente,79 y se comunica a la Oficina de Soporte para su sanción respectiva. 9 PARTICIPACIÓN ADOLESCENTES

SEGURA

DE

LAS

NIÑAS,

NIÑOS,

Y

9.1 Prevención de daños en la participación de la niñez: World Vision Perú

trabaja para empoderar a niñas, niños y adolescentes, como ciudadanos partícipes de su propio bienestar, para minimizar cualquier riesgo de daño resultante de su participación en las actividades promovidas en asocio y/o por World Vision Perú.

76Se

refiere tanto a las versiones impresas como digitales. en algunas excepciones, puede acompañar el patrocinador a la casa de la niña, niño, adolescentes y adulto beneficiado, siempre y cuando la Oficina de Soporte lo solicite de forma escrita por una razón relevante y por los canales correspondientes. 78De acuerdo a como se estipula en los Planes Nacionales de Preparación de Incidentes de Salvaguardia y de conformidad con la Ley local. 79Está transgresión se considera incidente de salvaguardia de nivel II. World Vision International se reserva el derecho de cancelar la relación de Patrocinio y de emprender acciones legales, con respecto a la conducta del patrocinador. 77Solo

16


Los programas y actividades de participación niñas, niños y adolescentes están basados en el análisis del contexto, sus necesidades y resultados esperados. 9.1.1 Evaluación de riesgos y participación de la niñez: con el fin de mitigar los riesgos, en las oficinas: a.

Realizar una valoración de riesgos asociadas a la participación de las niñas, niños y adolescentes antes de promover su participación en el Programa y la comunidad, con la Herramienta de Evaluación de Riesgo para la Participación de la Niñez80; la que debe aplicar Logística cada vez que contratará un servicio externo y el Programa de Área la aplicará anualmente en los locales del ámbito de intervención.

b.

En áreas de alto riesgo, se evaluará, junto a las niñas, niños y adolescentes, los posibles riesgos y consecuencias asociadas con su participación, en todo momento o cuando el contexto cambie.

9.2 Ética: Las actividades de participación de la niñez se diseña, planifica e implementa

en base a la Convención sobre los Derechos del Niño, el Interés Superior del Niño y conforme a los principios éticos de World Vison Perú. 9.3 Consentimiento informado en la participación: La participación de las niñas,

niños y adolescentes en las actividades son voluntarias e inclusivas, de los más vulnerables, y dan su consentimiento informado81 por escrito. Cuando la actividad se ejecute fuera de la comunidad, las madres, padres o cuidadores toman decisiones informadas para autorizar por escrito82 su participación. Si la actividad se realiza en el Programa de Área se informará a ambas partes; pero no se requiere de consentimiento por escrito. 9.3.1 La participación de niñas, niños y adolescentes son voluntarias en las investigaciones y estudios realizados por World Vision Perú. Además, debe informárseles acerca de los métodos, temas y uso de la información, previo a su consentimiento por escrito. 9.3.2 De acuerdo al contexto se requiere el consentimiento verbal. Cuando se abordan temas "delicados", el consentimiento incluye información sobre lo que se podría hacer si una niña, niño o adolescente revela información sobre abuso continuo o potencial. 9.4

Viajes de niñas, niños y adolescentes 9.4.1 Cuando World Vision Perú apoya a las niñas, niños y adolescentes, para que viajen dentro y fuera del país y participen de eventos u otras

La herramienta de Evaluación de Riesgo para la Participación de la Niñez; evalúa riesgos asociados a la participación de la niñez y adolescencia en actividades programadas. Esta evaluación se lleva a cabo antes de que las niñas, niños y adolescentes se involucren en el desarrollo de los programas. 81El consentimiento informado refiere a que las personas, explícitamente, están de acuerdo en participar; después de conocer el propósito y los beneficios de la actividad; los riesgos y consecuencias potenciales del proceso; el compromiso de tiempo; y que pueden negarse a participar o retirarse de la actividad en cualquier momento. 82Utilizar el Formulario de Autorización Informada de Participación. 80

17


actividades de índole formativa; las madres, los padres o tutores deben dar su autorización informada por escrito ante la autoridad competente83 para la realización del viaje. World Vision Perú no facilita que niñas, niños y adolescentes viajen fuera del país para visitar a su patrocinador. 9.4.2 Todos los formularios de viaje internacional están bajo responsabilidad del Especialista de Participación de la Oficina Nacional, una con copia la archiva el Programa de Área. En caso de viajes nacionales, el Facilitador de Participación deberá custodiar la documentación de las niñas, niños y adolescentes.84 World Vision Perú, escucha a las niñas, niños y adolescentes, quienes participan en la toma de decisiones sobre su viaje, incluida la selección de los adultos acompañantes apropiados, y de aspectos vinculados a su protección integral.

10 ASUNTOS HUMANITARIOS Y EMERGENCIAS 10.1 Provee asistencia humanitaria de emergencia a niñas, niños, adolescentes,

adultos vulnerables y sus familias, sin consideración de etnia, género o credo. 10.2 Deriva los incidentes de salvaguardia identificados, a los servicios del sistema

local de protección, con los cuales se ha establecido relación y coordinación previa. 10.3 Promueve la protección de niñas, niños, adolescentes de toda forma de

violencia.85

10.4 Fomenta la importancia de la unidad familiar con el propósito de mantener

unidas a niñas, niños, adolescentes y adultos vulnerables con sus familias, ya que tienen la responsabilidad de su cuidado y protección. 10.5 Implementa espacios para la protección de las niñas, niños, adolescentes

vulnerables, previa evaluación de la situación de la zona de emergencia.

83Autoridad 84Los 85Art.

competente es un Notario Público, Consulado (en caso la madre o el padre se encuentre fuera del país) o un Juez. documentos son confidenciales, protegidos, almacenados y administrados (física y electrónicamente). 19, Convención sobre los Derechos del Niño.

18


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.