Edición 8 de Noviembre 2012

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LOCALES / JUEVES, 8 DE NOVIEMBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

tí y residente de Arecibo. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en Arecibo. Sepelio hoy a las 2:30 p.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo.

MANUELA MOLINA NIEVES, 79 años. Natural de Utuado y residente de Arecibo. Falleció el 1ro. de noviembre de 2012 en Chicago, Illinois. Sepelio hoy a las 11:00 a.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio La Santa Cruz de Arecibo. PAULA CARDONA SOTO, 97 años. Natural de Lares y residente de Hatillo. Falleció el 4 de noviembre de 2012 en Hatillo.Sepelio hoy a las 10:00 a.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Barrio Aibonito de Hatillo. SANTIAGO VELEZ SOTO, 87 años. Natural y residente de Hatillo. Falleció el 5 de noviembre de 2012 en Arecibo. Sepelio hoy a la 1:30 p.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo de Hatillo. MARIA NATAL ROSARIO, 90 años. Natural de Mana-

WILLIAM MOLINA BERRIOS, 85 años. Natural de Morovis y residente de Guaynabo. Falleció el 5 de noviembre de 2012 en San Juan. Sepelio hoy a las 8:30 a.m. hacia el Cementerio Nacional, Bayamón. JUAN PEREZ CRUZ, 70 años. Natural de Arecibo y residente de San Juan. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en San Juan. Sepelio hoy a las 10:30 a.m.

hacia el Cementerio Nacional, Bayamón. JESUS RAMIREZ RAMIREZ, 81 años. Natural de Las Piedras y residente de Guaynabo. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en Guaynabo. Sepelio hoy a las 11:30 a.m. hacia el Cementerio Nacional, Bayamón. ARGELIA VELEZ MIRANDA, 82 años. Natural de Ponce y residente de San Juan. Falleció el 5 de noviembre de 2012 en San Juan. Sepelio hoy a la 1:00 p.m. hacia el Cementerio El Señorial, Cupey, Río Piedras. ANGEL LUIS PEREZ BENITEZ GAVILLAN, 77 años. Natural de Río Piedras y residente de San Juan. Falleció el 5 de noviembre de 2012 en San Juan. Sepelio mañana viernes a las 10:00 a.m. hacia el Cementerio Municipal de Florida, P.R.

MARIA DE LOS ANGELES MORALES MARTES “MARIITA”, 32 años.

Natural de San Juan y residente de Juana Matos, Cataño. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en Cataño. Para información llamar al 788-0125. ANTONIO SIERRA VEGA “ E L C O N G L E ” , 82 años.Natural de Bayamón y residente de Las Palmas, Cataño. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en San Juan. Sepelio se efectuará mañana a las 9:15 a.m. hacia el Cementerio Nacional en Bayamón.

S I X TA Q U I Ñ O N E S ROMERO. Natural de San Juan. Falleció en Carolina. Recibió cristiana cremación. DAVID ROSARIO SANTOS. Natural de San Juan. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. CARMEN D. MADERA. Natural de Ponce. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

GLORIA VALLES MARTINEZ. Natural de San Juan. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

Sepelio hoy a las 10:30 a.m. en el Cementerio Nuevo Municipal. MARIO RAFAEL GONZALEZ MERCADO, 65 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 5 de noviembre de 2012 en Mayagüez. Será cremado.

LUZ V. MORALES MORALES, 84 años. Natural de Las Marías y residente de Urb. Sultana. Falleció el 2 de noviembre de 2012 en Mayagüez. Fue cremada. MARTIN NEGRON ACOSTA, 90 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Buena Vista. Falleció el 3 de noviembre de 2012 en Mayagüez. Sepelio hoy a las 2:00 p.m. hacia el Cementerio Vivaldi. BRIGIDA VARGAS FERNANDEZ, 87 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 6 de noviembre de 2012 en Mayagüez.

EDICTOS CB-311. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AGUADILLA

CB-291 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

OSCAR TORRES ACEVEDO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO RAFAEL CARRION, JR

Demandante Vs.

CRUZ MARIA RUIZ SOTO Demandada CIVIL: AIRF201200142 SOBRE: DIVORCIO (Ruptura Irreparable) EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A: SRA. CRUZ MARIA RUIZ SOTO, 4095 North Cambel, Detroit Michigan 48210 POR LA PRESENTE se emplaza y requiere para que dentro del término de treinta (30) días a partir de la última publicación de este edicto notifique al Lcdo. Joel A. López Borges, a su dirección en Betances 49, Aguadilla, Puerto Rico 00603, Tel. (787) 891-1359 con una contestación a la demanda de divorcio. De no haber alegación dentro del término, podrá dictarse sentencia en su contra. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 25 de septiembre de 2012. Ana M. Avilés González, Secretaria Regional. Secretario del Tribunal. Por: Luz M. Aponte Pérez, Sub-Secretario.

Demandantes VS

KISHIA GARCIA FIGUEROA, ET ALS Demandados CIVIL NUM.: KCD2012-1670 (901) SOBRE: COBRO DE DINERO. EDICTO. A: JUAN CARTAGENA GERENA por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta con Fulana de Tal Condominio Lomas Verdes Edificio K, Apto. 102 San Juan, Puerto Rico 00927. Se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Juan E. Santana Félix, con Oficinas en la Ave. Muñoz Rivera, Condominio Vick Center #867, Suite D-406, San Juan, Puerto Rico 00925 y teléfonos 787-7530256 / Fax: (787) 753-7612, abogado de la demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este

Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a 20 de septiembre de 2012. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Gloria E. Mejías Aguayo, Secretaria de Servicios a Sala. Subsecretaria.

CB-284. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE VEGA BAJA.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO EMPLEADOS DE PEPSI COLA (PEPSICOOP) Demandante v.

CARLOS R. LOPEZ MARTINEZ FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA

POR AMBOS Demandados Caso Núm.: CD 2012-255. Sobre: Cobro de dinero. Emplazamiento por edicto. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: SR. CARLOS R. LOPEZ MARTINEZ, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Villa Pinares 541 Paseo Concordia Vega Baja PR 00693-5921. 1 Calle Estación Ste 1 Vega Alta, PR 00692-6541. HC 91 Buzón 9491 Vega Alta, PR 00692-9365. POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal de Vega Baja y notificándole copia al abogado de la parte demandante, Lcdo. Raúl Norberto Carrero Crespo, RUA 16,319, del bufete de abogados Carrero Crespo Law Offices, P.S.C., cuya dirección es: 107 Calle I. Andreu De Aguilar, Suite 101, San Juan PR 00918-3348, teléfono 787-946-7621. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. Extendido bajo mi firma y el sello del Tribunal, en Ve-

ga Baja, Puerto Rico, hoy 3 de octubre de 2012. María Del C. Cancel Ríos, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretario (a) del Tribunal. Verónica Reyes Rosado, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Subsecretario.

CB-286 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL SALINAS. SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

MARITZA FERRER BURGOS Demandados Civil Núm. G4CI2012-00200. Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: MARITZA FERRER BURGOS Por la presente queda notificado que DORAL BANK presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al LCDA. DENNISSE DEDOS OCASIO PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, lcdodedos@frauyasoc.com, Abogada de la parte demandante,

copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) días antes mencionado, no han presentado su contestación a la demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, el Tribunal podrá anotar la rebeldía y se le dictará sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. En cumplimiento de una Orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Salinas, Puerto Rico, hoy día 19 de septiembre de 2012. Zaida M. Colón Santiago, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretario Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Salinas. Por: Yamilé Díaz Torres, Secretaria Auxiliar.

CB-350 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE VEGA BAJA

PRISCILLA SEGARRA GONZALEZ VS.

CAGUAS FEDERAL SAVINGS AND LOAN

ASSOCIATION OF PUERTO RICO FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL DEMANDADOS Civil Núm: CD 2012-560. Sobre: Cancelación de Pagaré Extraviado. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: 1. FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL y a todas las personas ignoradas que puedan ser tenedores o que en poder tengan un (1) pagaré hipotecario que se extravió. Por la presente se les emplaza y se les notifica que se ha presentado en la Secretaría de este Tribunal la Demanda del caso de epígrafe solicitando la cancelación de un pagaré suscrito a favor de Caguas Federal Savings and Loan Association of Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $26,400.00 con intereses al 9% anual, vencedero el día 1ro. de diciembre de 2037, según consta en la escritura número 53, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 2 de noviembre de 2007, ante el notario público José Guevara Fuentes, inscrita al folio “56” del tomo “174” de Vega Baja, finca “9854”, inscripción 1ra del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección IV, cuyo pagaré

fue saldado en su totalidad y no ha podido ser cancelado por haberse extraviado el mismo. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas que pueden ser tenedores o estar interesados en el pagaré extraviado, que de no hacer oposición y/o contestar la demanda radicando el original de la contestación ante la Secretaría de este Honorable Tribunal, y notificar copia de la contestación de ésta a la parte demandante por conducto de su abogado, dentro de los próximos treinta (30) días contados a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la Isla de Puerto Rico, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Que el nombre del abogado de la parte demandante y su dirección postal es la siguiente: BUFETE LCDO. HECTOR MOYANO NORIEGA Ext. Villa Rica I-28 Calle 8, Bayamón, Puerto Rico 00959-5003. Tel. (787) 780-2641. Extendido bajo mi firma y sello de este Tribunal, por Orden del Honorable Juez de esta Sala. En Vega Baja, Puerto Rico, a 12 de septiembre de 2012. María del C. Cancel Ríos, Secretaria Trib. Conf. II. Por: Evelyn Vega Trinidad, Secretaria Auxiliar.


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