EL VOCERO / CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 9 DE OCTUBRE DE 2013 tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Bayamón, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --23 St., Blq. 36, 5 Urb. Santa Rosa, Bayamón, Puerto Rico. ---URBANA: Solar marcado con el número cinco (5) del bloque treinta y seis (36), Urbanización Santa Rosa, radicada en el barrio Juan Sánchez de la municipalidad de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos quince (315.00) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar número cuatro, en una distancia de veintiún metros; por el Sur, con el solar número seis en una distancia de veintiún metros, por el Este, con la calle número veintiocho en una distancia de quince metros y por el Oeste, con el solar número veintinueve en una distancia de quince metros. --Enclava una casa. --Inscrito al folio veintidós del tomo mil doscientos sesenta y uno de Bayamón Sur, finca veintiún mil dieciocho. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $139,500.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 23 de octubre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 30 de octubre de 2013, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 6 de noviembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO EN BAYAMON, Puerto Rico, a SEP. 17 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO.
ED-12013 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA.. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO EL VIGIA y la ASOCIACION DE CONDOMINIO EL VIGIA Demandante VS
SUCESION DE LA SRA. CARMEN ISABEL NAVARRO CHRISTIANSEN compuesta por JOSE ROSALES ROBERTO ROSALES
ED-12010 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-12018 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR.
LUIS ANTONIO REYES NIEVES y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos
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Peticionario v.
EX-PARTE
CIVIL NUM.: D JV2012-0345 (603). EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. PERSONAS CON INTERES DESCONOCIDAS. COLINDANTES DESCONOCIDOS. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. Por la presente se notifica que los peticionarios LUIS ANTONIO REYES NIEVES LULY HERNANDEZ PEREZ y la SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES compuesta por ambos han presentado una petición para que se declare a su favor el dominio de la siguiente finca: “-RUSTICA”: Parcela marcada con el número Diecisiete “17a” del plano de parcelación de la comunidad de Hato Tejas, del Barrio Pájaros del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de 0.0268 cuerdas, equivalentes a 105.3174 metros cuadrados, en lindes por el Norte con el callejón de acceso en una distancia de 3.6066 metros; por el SUR con terrenos de Leandro Marrero y Eva González con una distancia de 9.6545 metros; por el ESTE con terrenos de Frederick Cruz Collazo con una distancia de 8.565 metros y por el Oeste con terrenos de la Sucesión Marrero Collazo con dos alineaciones que suman 8.3852. Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión tres (3) veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general diario. Se exime de remitir copia mediante correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida por ser las personas desconocidos. EXPEDIDA bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 9 de septiembre de 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIO. IDA SEDA PAGAN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
Demandado(a) CIVIL NUM.: K CD2012-2008. SALA 508. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.. A: JOSE ROSALES. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 18 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 DE SEPTIEMBRE de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). CELICITTE GUZMAN RODRIGUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) SERVIESTADO LIBRE CIOS A SALA. FIRMA SECRE- ED-12005 ASOCIADO DE PUERTO RICO. TARIO(A) SERVICIOS A SALA. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA ED-12012 ESTADO LIBRE INSTANCIA, SALA SUPERIOR ASOCIADO DE PUERTO RICO. DE BAYAMON. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA.. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR Demandante DE BAYAMON. v.
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LORENZO VERONA JAVIER h/n/c
Demandado(a) CIVIL NUM. D CD2012-2390. SALA 506. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JAVIER LORENZO VARONA; SYLVIA ENID LOPEZ GONZALEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 24 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 2 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 2 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
SONIA LOPEZ BURGOS
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1539. SALA 703. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SONIA LOPEZ BURGOS a su última dirección conocida física: URBANIZACION MANSIONES DEL LAGO, 13 CALLE A, TOA BAJA, PR 00949 POSTAL: MANSIONES DEL LAGO, 313 VIA LA MANSION, TOA BAJA, PR 00949. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 27 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 2 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 2 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
LUIS ANDRES CARRASQUILLO MARTINEZ
Demandado CIVIL NUM.: GCD2013-0249 (307). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: LUIS ANDRES CARRASQUILLO MARTINEZ a su última dirección conocida FISICA: Guayama Valley, H-23, Guayama, PR 00784 POSTAL 4815 W. Drummond PL 2, Chicago, IL 60639. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $59,475.36 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.625% anual desde el 1 de noviembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,024.10 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 364, otorgada ante el Notario José Raúl Quiros Ortiz, el día 20 de julio de 2000, sobre la finca número inscrita al folio del Tomo del Registro de la Propiedad de Guayama. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. Nathalia M. Rivera Florez P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 009192938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 30 de septiembre de 2013, en Guayama, Puerto Rico. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ, SECRETARIA REGIONAL I. YAMILE DIAZ TORRES, SECRETARIA AUXILIAR. ED-10063 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SALINAS.
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LORNA MILAGROS PADILLA CARTAGENA t/c/c LORNA PADILLA CARTAGENA y como LORNA M. PADILLA CARTAGENA
Demandada CIVIL NUM. G4CI2012-00234. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: LORNA MILAGROS PADILLA CARTAGENA t/c/c LORNA PADILLA CARTAGENA y como LORNA M PADIALL CARTAGENA y al público en general: CERTIFICO Y
HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribuna de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas, el día 23 de octubre de 2013 a las 11:30 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: ---URBANA: Predio de terreno denominado como solar número diez (10) del bloque “M” (M-10) en el plano de parcelación de la Urbanización Estancias de Evelymar, sita en el Barrio Pueblo del término municipal de Salinas, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA PUNTO CERO OCHENTA Y TRES (350.083) METROS CUADRADOS, equivalentes a cero punto cero ochocientos ochenta y nueve (0.0889) cuerda, y en lindes por el Norte, en dieciséis punto cero noventa y tres (16.093) metros lineales con la calle número diez (10) de la urbanización; por el Sur, en trece punto quinientos treinta y seis (13.536) metros lineales con Camino Municipal; por el Este, en veintitrés punto setecientos sesenta (23.760) metros lineales con terrenos identificados como Lote Diecisiete (17) en el Plano de Inscripción; y por el Oeste, en veintitrés punto seiscientos treinta y un (23.631) metros lineales con el solar número nueve del bloque “M” (M-9) de la urbanización. Enclava en dicha propiedad una casa propia para vivienda de una planta construida totalmente de hormigón. La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, sección de Guayama, al folio 87 del tomo 279 de Salinas, finca número 11492. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $84,333.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas, el día 30 de octubre de 2013 a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $42,166.50 equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $77,436.66, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 6% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro de junio de 2012, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $8,433.30 para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación gene-
ral en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Salinas, Puerto Rico, expedido el mismo en Salinas, Puerto Rico, hoy día 25 de junio de 2013. FELIX REYES ROSARIO, ALGUACIL AUXILIAR. ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SALINAS. ED-12019 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE MAYAGUEZ, SALA SUPERIOR.
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VICTOR MANUEL MOJICA LUGO t/c/c VICTOR M. MOJICA LUGO LUZ EVELYN MAYO ECHEVARRIA t/c/c LUZ E. MAYO ECHEVARRIA t/c/c EVELYN MAYO ECHEVARRIA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM.: ISCI2013-00977 (306). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. E; Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: VICTOR MANUEL MOJICA LUGO t/c/c VICTOR M. MOJICA LUGO, LUZ EVELYN MAYO ECHEVARRIA t/c/c LUZ E. MAYO ECHEVARRIA t/c/c EVELYN MAYO ECHEVARRIA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida FISICA Bo. Susúa, Carr. 121 Km. 6.1, Sabana Grande, PR 00637 POSTAL 1704 Judie Ln, Apt. D, Lancaster, PA 17603; PO Box 1282, Sabana Grande, PR 00637. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $151,832.36 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.625% anual desde el 1 de diciembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000$ de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a un $18,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 87, otorgada ante el Notario José Rafael Ramírez Ramos, el día 31 de julio de 2002, sobre la finca número 12,394 inscrita al folio móvil del Tomo 250 del Registro de la Propiedad de San Germán. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. atención José David Hernández Dávila, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 27 de septiembre de 2013, en MAYAGUEZ, Puerto Rico. LIC. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL. REBECCA MEDINA FIGUEROA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
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ED-12021 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
ED-12009 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA.. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
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Demandante v.
CARLOS DAVID VAZQUEZ VEGA t/c/c CARLOS D. VAZQUEZ VEGA MARIA LUISA GONZALEZ LISBOA t/c/c MARIA L. GONZALEZ LISBOA t/c/c MARIA L. VAZQUEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM.: D CD2013-1717 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: CARLOS DAVID VAZQUEZ VEGA t/c/c CARLOS D. VAZQUEZ VEGA, MARIA LUISA GONZALEZ LISBOA t/c/c MARIA L. GONZALEZ LISBOA t/c/c MARIA L. VAZQUEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida FISICA: URBANIZACION Santa Rosa, 38-14 Calle 22, Bayamón, PR 00959. POSTAL Urb. Santa Rosa, 38-14 Calle 22, Bayamón, PR 00959. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $45,320.97 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 9.000% anual desde el 1 de noviembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $5,706.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 1154, otorgada ante el Notario Eric Hernández Batalla, el día 16 de diciembre de 1997, sobre la finca número 21,572 inscrita al folio 173 del Tomo 475 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy SEP 27 2013, en Bayamón, Puerto Rico. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL II. SANDRA BAEZ HERNANDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
Demandante v.
CARMEN VIRGINIA SANABRIA CASTILLO t/c/c CARMEN SANABRIA CASTILLO
Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2013-1052. SALA 505.. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CARMEN VIRGINIA SANABRIA CASTILLO t/c/c CARMEN SANABRIA CASTILLO. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 24 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 1 de octubre de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 1 de octubre de 2013. LIC. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). MARIA ELENA GORDILLO CRUZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-12014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO.
OTERO ROBLES MIGUEL A. Demandante VS.
ROSE CATHERINE LEE ANN
Demandado CASO: C DI2012-1062. SALON: 0102. DIVORCIOS. RUPTURA IRREPARABLE. CAUSAL/DELITO. LIC. AVILES LOPEZ ORLANDO. PO BOX 1636, MOROVIS, PR 00687. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 13 de agosto de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días di contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 26 DE AGOSTO de 2013. DEPARTAMENTO DE SALUD. REGISTRO DEMOGRAFICO. PO BOX 11854 SAN JUAN PR 00910. ROSE, CATHERINE LEE ANN. 2802 BEAUDRY RD 54-B YAKIMA WASHINGTON 98901. ARECIBO, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIO. POR: MIGDALIA LICIAGA PEREZ, SECRETARIO AUXILIAR.