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CLASIFICADOS / MARTES, 2 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico
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CB-9507. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.
ED-5679-1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
DIONISIO RAMOS AROCHO TAMBIEN CONOCIDO POR DEONISIO RAMOS AROCHO
WILMER ESPADA SANCHEZ MELISSA MARIE ORTIZ OLIVO
DIRECCION: HC-2 BOX 20954 SAN SEBASTIAN, PUERTO RICO 00685 PETICIONARIO
EX PARTE
EX-PARTE CIVIL NUMERO: AJV2012-0127. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: Sucesión de Don Sergio Valentín Santiago, la cual está compuesta por: Benedicta Valentín Pérez, Annabelle Valentín Pérez, Sylvia Valentín Pérez. A todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en esta petición de DOMINIO, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte días a partir de la última publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: RUSTICA: Sita en el Barrio Saltos de San Sebastián, Puerto Rico, con una cabida superficial de 708.9447 m.c. equivalentes a 01804 cuerdas de terreno, en lindes al NORTE, con Dionisio Ramos Arocho y entrada en concreto, al SUR, con camino en tierra existente propiedad de José Arocho, al ESTE, con Dionisio Ramos Arocho y OESTE, con Dionisio Ramos Arocho y carretera municipal. La propiedad antes descrita no consta inscrita al Registro de la Propiedad y se encuentra libre de cargas y gravámenes. Debe notificar con copia de sus alegaciones al representante legal de la parte peticionaria Licenciado Luis Javier Hernández Pérez, Calle Pavía Fernández 102, San Sebastián, Puerto Rico 00685, teléfonos 896-3251 ó 280-5243. En Aguadilla, Puerto Rico, a 21 de agosto de 2012. Ana M. Avilés González, Secretaria Regional. Secretario Firmado, Sec. Aux.
CB-9512. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.
EDINELSON Y GLADYS MILAGROS de apellidos MEJIAS GARCIA PETICIONARIOS
EX PARTE
EDICTOS CB-9617. Notice is hereby given that Horace Mann Insurance Company, an Illinois corporation with a principal business office at 1 Horace Mann Plaza, Springfield, Illinois 62715, has withdrawn its license to do business in Puerto Rico effective May 28, 2012. Correspondence should be directed to Linea Michael, Assistant Corporate Secretary, telephone number (217) 788-5710. Por este medio se notifica que Horace Mann Insurance Company, una corporación de Illinois con una oficina principal de administración en 1 Horace Mann Plaza, Springfield, Illinois 62715, ha retirado su licencia para hacer negocios en Puerto Rico a partir del 28 de mayo de 2012. Toda correspondencia debe ser dirigida a Línea Michael, Secretaria Corporativa Auxiliar, en el número de teléfono (217) 788-5710.
CIVIL NUM. AVJ 2012-0116. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Por la presente se le notifica que los peticionarios de epígrafe han presentado petición de dominio para que se declare a su favor el dominio de la siguiente finca: -RUSTICA: Sita en la carr. PR 414, Km. 3.4 int. del Bo. Cruces de Aguada, PR, con cabida de 4,087.10 M.C. en lindes al N, Jorge L. Cruz Carrero y Mercedes Carrero Mejías; al S, Serafín Mejías López y Enrique Muñiz Mejías; al E, Angélica González Valentín; y al O, carr. municipal. El abogado del promovente es José Rafael Ramos Hernández, cuya dirección es Avenida Victoria #548, Aguadilla, P.R. 00603 y cuyo teléfono es el (787) 9974603. Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por 3 veces durante el término de 20 días en un periódico de circulación general, diaria, para que los que tengan derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, en general, a todos los que deseasen oponerse puedan efectuarlo dentro del término de 20 días a partir de la última publicación del presente edicto. Por tanto, libro la presente en Aguadilla, P.R., hoy día 8 de agosto de 2012. ANA M. AVILES GONZALEZ, Secretaria Regional. Secretario. Firmado, SubSecretario.
Peticionarios
CIVIL NUM: ISCI201200965. EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LAS PERSONAS DESCONOCIDAS Y/O IGNORADAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO DEL INMUEBLE QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA: “RUSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Miradero, Sector Cuba, del término municipal de Mayagüez, Puerto Rico, identificado en el plano de inscripción como SOLAR A, con una cabida superficial de 1983.4526 metros cuadrados, equivalentes a 0.5046 cuerdas, y en lindes por el NORTE, con carretera municipal; por el SUR, con terrenos propiedad de Petra Ruiz Vda. de Vélez, hoy José M. Caro Segarra; por el ESTE, con terrenos propiedad de Isabel Sánchez Cabán; y por el OESTE, con terrenos propiedad de Petra Ruiz Vda. de Vélez, hoy María H. Sánchez Vélez.” Por este medio se les convoca para que comparezcan ante este Honorable Tribunal dentro del plazo improrrogable de veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto, a alegar lo que en derecho proceda en defensa de sus intereses. Deberán presentar el original de su escrito al quince y enviar copia del mismo al representante legal de la parte peticionaria, Lcdo. Angel Iván Del Toro Matos, dirección Apartado 244, Mayagüez, Puerto Rico, 00681. Se le advierte que de no hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la Peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad, Sección de Mayagüez. DADA en Mayagüez, Puerto Rico a AUG 31 2012. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL. POR: WANDA I. BRACERO CINTRON, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. CB-9533. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN
BANCO SANTANDERPUERTO RICO Demandante v.
HIRAM ACEVEDO CAMACHO Demandado CIVIL NUM. K CD2011-1807(908 SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. EDICTO DE SUBASTA. Yo, PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 27 de agosto de 2012, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de San Juan, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación: "URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial de un solo nivel identificado con el número veintidós cero cinco (2205), situado en el segundo piso del Edificio número dos (2) del Condominio Capitolio Plaza, a su vez localizado en la calle del Muelle, esquina Fernández Juncos, Barrio La Marina del término municipal de San Juan, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial el área cerrada de mil quinientos cuarenta y cinco punto cincuenta y dos pies cuadrados (1545.52 p.c.),
equivalentes a ciento cuarenta y tres punto cincuenta y nueve metros cuadrados (143.59 m.c.) y una terraza abierta de ciento cuarenta y ocho punto cero siete pies cuadrados (143.07 p.c.) (así surge en el Registro de la Propiedad), equivalentes a trece punto cuadrados (13.76 m.c.), para un total de mil seiscientos noventa y tres punto cincuenta nueve pies cuadrados (1693.59 p.c.), equivalentes a ciento cincuenta y siete punto treinta y cinco metros cuadrados (157.35 m.c.) Colinda por el NORTE, en una distancia de cuarenta y tres pies dos pulgadas (43’2"), equivalentes a trece punto dieciséis metros (13.16 m.), con el apartamento número treintidós cero ocho (3208) y elementos comunes; por el SUR, en una distancia de treinta y ocho pies seis pulgadas (38’6"), equivalentes once punto setentitrés metros (11.73 m.), con el apartamento número veintidós cero seis (2206) y elementos exteriores; por el ESTE, en una distancia de sesenta y un pies diez pulgadas (61’10"), equivalentes a dieciocho punto ochenta y cinco metros (18.85 m.), con elementos comunes y área de escaleras, y por el OESTE, en una distancia de cincuenta y siete pies diez pulgadas (57’10"), equivalentes a diecisiete punto sesenta y tres metros (17.63 m.), con elementos exteriores. Contiene sala-comedor, cocina, tres (3) dormitorios, dos y medio (2-1/2) baños, dos (2) closets, un (1) walk-incloset, laundry y terraza abierta. La puerta principal de acceso de este apartamento se encuentra en su colindancia Este. Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes generales una participación de cero punto treinta y siete por ciento (0.37%) y en los elementos comunes limitados le corresponde doce punto setenta y cuatro por ciento (12.74%) Le pertenece además el uso y disfrute de dos (2) área para estacionamientos identificados con los números quinientos ochenta y siete (587) y número quinientos ochenta y ocho (588) localizados en el nivel nueve (9). Le pertenece además el uso y disfrute de un área para "storage" como anejo identificada con el número "SB" guión veintidós (SB-22)." Inscrita al folio 218, del tomo 191 de san Juan, finca #5,069, Sección I de San Juan, del Registro de la Propiedad. DIRECCION PROPIEDAD: CONDOMINIO CAPITOL PLAZA, APT. 2205, SAN JUAN, PUERTO RICO. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Santander Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $495,018.00 con intereses al 6 5/8% anual y vencimiento el 1 de mayo de 2037. Constituida por la escritura 150 otorgada en San Juan el 24 de abril de 2007, ante la Notario Myrtelina Díaz Pedrosa. Inscrita al folio 218 del tomo 191 (ágora) de San Juan. b. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Banco Popular de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $46,000.00 con intereses a razón de la tasa de interés preferencial y vencimiento a la presentación. Constituida por la escritura número 261 otorgada en San Juan el 29 de junio de 2007, ante el Notario Orlando Maldonado Rivera. Inscrita al folio 218 del tomo 191(ágora) de San Juan. c. AVISO DEMANDA radicada el 29 de septiembre de 2010 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número 2010-3510 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Banco Popular de Puerto Rico, demandante v Hiram Acevedo Camacho, demandado. Por la misma se reclama el pago del préstamo Hipotecario garantizado con la Hipoteca por $46,000.00. Inscrita al folio 218 del tomo 191 de San Juan. d. AVISO DEMANDA radicada el 12 de agosto de 2011, copia certificada de Demanda radicada el 12 de agosto de 2012 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número 2011-1807 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Banco Santander de Puerto Rico, demandante v. Hiram Acevedo Camacho, demandado. Presentada al Asiento 825 del Diario 1097. El gravamen objeto de ejecución en el presente caso es el mencionado en el inciso a. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la respon-
sabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA. PRIMERA SUBASTA 30 DE OCTUBRE DE 2012 A las 11:00 AM. PRECIO MINIMO $495,018.00. SEGUNDA SUBASTA 7 DE NOVIEMBRE DE 2012 A las 11:00 AM PRECIO MINIMO $330,012.00. TERCERA SUBASTA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 A las 11:00 AM PRECIO MINIMO $247,509.00. Conforme a la sentencia dictada el día 16 de diciembre de 2011 y archivada en los autos el 20 de diciembre de 2011, siendo la misma enmendada nunc pro tunc el día 18 de abril de 2012, siendo notificada el día 20 de abril de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto de los préstamos hipotecarios garantizados por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: Numero de Préstamo 9736476. Principal $484,730.38 Intereses al 6 5/8%. Cargos por Demora $4,437.44. Honorarios $49,501.80. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, al igual que en la Colecturía del lugar de residencia y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 14 de septiembre de 2012. Por: Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN. CB-9534. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN
ORIENTAL BANK AND TRUST (BANCO POPULAR DE PUERTO RICO AGENTE DE SERVICIO) Demandante v.
CARLOS JOSE DE SANCTIS FRANCISCO SU ESPOSA MARIA IVETTE PAGAN REYES POR SI Y COMO COADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NUM.: KCD2007-0674 (508) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. EDICTO DE SUBASTA. Yo, PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 7 de agosto de 2012, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San
Juan, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de San Juan, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble ubicado en la Urb. Hyde Park, 204 Calle Flamboyán, Río Piedras, Puerto Rico, el cual se describe a continuación: "URBANA: Solar marcado con el número ciento cuarenta y cuatro (144) en el plano de solares de la Urbanización Hyde Park, de Río Piedras, Puerto Rico, con una cabida de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (450.00 m.c.) En lindes por el NORTE, en quince metros (15.00 m.), con la calle número cuatro (4); por el SUR, en quince metros (15.00 m.), con la Hyde Park Corporation; por el ESTE, en treinta metros (30.00 m.), con solar de Emérito Landrau, y por el OESTE, en treinta metros (30.00 m.), con el solar de Juan Valldejuli Rodríguez. Enclava una casa de concreto reforzado de una (1) planta, con sótano, consta de balcón, salacomedor, cocina, tres (3) dormitorios, baño y terraza." Consta inscrita al folio 167 del tomo 235 de Río Piedras Norte, finca número 7,850, Registro de la Propiedad, Sección II de San Juan. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $208,000.00, intereses al 6 7/8% anual y vencedero el 1 de abril de 2033, según consta de la escritura número 96, otorgada en San Juan el 31 de marzo de 2003, ante el Notario César A. Vélez Miranda, inscrita al folio de hoja móvil del tomo 1447 de Río Piedras Norte. b. AVISO DEMANDA seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número KCD2007-0674 de fecha 21 de junio de 207, por Doral Financial Corporation versus los esposos De Sanctis-Pagan, por la suma de $199,058.93 más costas y gastos, anotado al folio 40 del tomo 1583 de Río Piedras Norte. Los gravámenes objeto de ejecución son los antes mencionados. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 30 de octubre de 2012 a las 11:30 am. PRECIO MINIMO $208,000.00. SEGUNDA SUBASTA 7 de noviembre de 2012 a las 11:30 am PRECIO MINIMO $69,334.40. TERCERA SUBASTA 15 de noviembre de 2012 a las 11:30 am PRECIO MINIMO $104,000.00. Conforme a la Sentencia dictada el día 13 de octubre de 2011 y archivada en los autos el 24 de octubre de 2011, la cual fue enmendada Nunc Pro Tunc el 30 de abril de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto de los préstamos hipotecarios garantizados por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: NÚMERO DE PRÉSTAMO 30055714 (ahora 0008535) PRINCIPAL $199,058.93. INTERESES AL 6 7/8%. CARGOS POR MORA $614.88. CARGOS POR MORA OTROS GASTOS $150.00. HONORARIOS $20,800.00. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, al igual que en la Colecturía del lugar de residencia y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 14 de septiembre de 2012. Por: Mylene Meléndez Cotto, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN. CB-9511. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE AGUADILLA.
SUCESION CARMELO SOTO LAMBOY compuesta por MARTA, ANGEL CARMELO, OLGA, ALBERTO, IVAN EVANGELISTA todos de apellidos SOTO JIMENEZ y DOÑA RAMONA JIMENEZ RIOS Parte Peticionaria
EX PARTE CIVIL NUM: AJV2012-0119. SOBRE: EXPEDIENTE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Por el presente se notifica que la Sucesión de Don Carmelo Soto Lamboy, han presentado una petición para que se declare a su favor el dominio de la siguiente propiedad: RUSTICA: Predio de terreno en el Bo. Guatemala de San Sebastián, PR, compuesto de 3,598.6220 m/c; En lindes al N. con carr. municipal y Suc. Severiano Borrero López; al S., con Arelis Nieves y Antonio Torres Ramos; al E. con Suc. Lorenzo Soto Rivera y O. con Suc. Carril Cortés y Osvaldo Rodríguez Rodríguez. Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por tres veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general diaria, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, y en general, a todos los que desearen oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación del presente edicto. POR TANTO, libro la presente, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy 8 de agosto de 2012. ANA M. AVILES GONZALEZ, Secretaria. Secretaria General. Firmado, Secretaria Auxiliar. ED-5776 #195309-48697034 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
SANTANDER FINANCIAL SERVICES, INC. Demandante v.
SANTA ESQUILIN RODRIGUEZ
Demandada CIVIL NUM: D CD2011-2895 (505). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA Y SEGUNDA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 18 de enero de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 23 de octubre de 2012,
a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $103,838.57. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 30 de octubre de 2012, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $69,225.71. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMON. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA; Solar radicado en la Urbanización Sierra Bayamón, situada en el barrio Hato Tejas de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar número DOCE (12) de la manzana número CUATRO (4), área del solar trescientos treinta y seis (336) metros cuadrados con veinticinco (25) centímetros. En lindes por el Norte, con el solar número ONCE (11), distancia de veinticinco (25.00) metros; por el Sur, con el solar número TRECE (13), distancia de veinticinco (25.00) metros; por el Este, con un camino sobreado en trece (13) metros con cuarenta y cinco centímetros (45); y por el Oeste, con la calle número CUATRO (4), distancia de trece (13) metros con cuarenta y cinco (45) centímetros. Contiene una casa de concreto para una familia.” DIRECCION: URB. SIERRA BAYAMON, 4-12 CALLE 4 BAYAMON, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $90,932.55 más intereses sobre dicha suma al tipo del 11.880% anual, desde el día 13 de abril de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $10,383.86 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en BAYAMON, Puerto Rico, hoy día APR. 26 2012. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL. ED-5777 #8799638 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
JUDITH ESPINOZA GUTIERREZ RAUL VAZQUEZ VAZQUEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM: DCD2011-2569 (401). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA Y SEGUNDA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 8 de febrero de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRI-