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CLASIFICADOS / LUNES, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
ED-9754 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
SISITA MARIA SUÑEZ MORALES Peticionaria
EX-PARTE CIVIL NUM: ISCI201301123. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de Norte América. El Presidente e los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A LAS PERSONAS DESCONOCIDAS E IGNORADAS A QUIENES PUDIERAN PERJUDICAR LA INSCRIPCION SOLICITADA Y EN GENERAL A TODAS LAS PERSONAS QUE DEBEN OPONERSE A LA MISMA. Por el presente se notifica que Sisita María Suñez Morales, ha radicado en este Tribunal a través de su abogado Santiago Mari Roca, con oficina en 101 Calle Méndez Vigo Oeste, Oficina 502, Mayagüez, Puerto Rico, teléfono (787) 831-2200, una Solicitud para que declare a su favor el dominio e inscribir a su nombre en el Registro de la Propiedad, Sección de Mayagüez la siguiente propiedad: -RUSTICA: Porción de terrenos de ochenta céntimos de cuerda (0.80 cdas) de extensión superficial, equivalentes a treinta y dos miliáreas, radicada en el barrio Boquerón, término municipal de Cabo Rojo, y colinda por el Norte, con el resto de la finca principal de que se segrega esta parcela que se describe; por el OESTE, con terrenos del señor Julio Ramírez Segarra y tierras de Doña Emilia Vázquez García y al OESTE, con tierras de la citada Doña Emilia Vázquez García. Que conforme al plano de mensura y segregación preparado por el Agrimensor Oscar Troche Torres, con licencia número 7,529, y habiendo certificado el agrimensor los colindantes de la finca objeto de la presente acción, la propiedad debe ser descrita de la siguiente manera: --RUSTICA: Porción de terreno en el Barrio Boquerón del término municipal de Cabo Rojo de setecientos veintidós milésimas de cuerda (0.722 cdas) equivalentes a dos mil ochocientos treinta y siete metros cuadrados con siete mil seiscientas cuarenta y dos diesmilésimas de otro (2,837.7642 M.C.) con lindes al: --NORTE: con terrenos de Andrea Lucena; SUR: con terrenos pertenecientes a Juan Rosa Figueroa; ESTE: con camino vecinal que da acceso a la carretera estatal ciento tres (103); OESTE: con terrenos pertenecientes a Juan Rosa Figueroa. El Tribunal ordenó que se publique la petición por tres veces durante el término de veinte días en un periódico de circulación general diario de los que se editan en Puerto Rico convocando a los anteriores dueños y a toda persona interesada en la finca descrita en este edicto y a los que deseen oponerse a inscripción solicitada personas ignoradas a quienes puedan perjudicar la inscripción a lo que tengan algún derecho sobre el mismo y en general, a todos los que desearen oponerse en el expediente de dominio radicado por la peticionaria de la propiedad descrita, pueden efectuarlo dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación del presente edicto. advirtiéndoles que si no lo hicieren, se declarará justificado el dominio sobre la finca y se ordenará su inscripción en el Registro de la Propiedad. POR TANTO: Libro la presente bajo mi firma y el sello del Tribunal en Mayagüez, Puerto Rico, hoy día AUG 27 2013. LIC. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL II. POR: SILVIA HERNANDEZ LOPEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. CB-3129 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
ANTONIO HERNANDEZ FALCON Demandante Vs.
RAMON A. CRUZ CRUZ, et als Demandados CASO NUM.: DCD95-0173 SALON NUM: 505 SOBRE: ACCION CIVIL COBRO DE DINERO EDICTO DE SUBASTA Estado Unidos de América El Presi-
dente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A: El Demandado, al Secretario de Hacienda de Puerto Rico y al público en general: Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina citada en el cuarto piso del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, el 20 de septiembre del 2013 a las 10:00 AM, todo derecho, título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en los inmuebles que se describen a continuación localizados en: PARCELA A: RUSTICA: Radicada en el Barrio Dajaos de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de OCHOCIENTOS DIEZ PUNTO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y CINCO METROS CUADRADOS (810.1225 m.c.). En lindes por el Norte, catorce punto dieciocho metros (14.18 m.), con un talud que la separa de la Carretera Estatal número ciento sesenta y siete (167); por el Sur, en treinta y dos punto veintitrés metros (32.23 m.) con Parcela B segregada de la finca principal; por el Este, en treinta y ocho punto treinta y cuatro metros (38.34 m.), con el remanente de la finca principal; y por el Oeste, en treinta y siete punto cincuenta y tres metros (37.53 m.), faja de terreno D dedicada a uso público que la separa de la Carretera Estatal número ciento setenta y siete (177). Enclava una estructura en concreto para uso comercial dedicada a estación de gasolina. Consta inscrita al folio número ciento trece (113), del tomo número mil cero noventa y cuatro (1094) de Bayamón, Finca número cuarenta y ocho mil novecientos ochenta (48,980) Sección Primera de Bayamón, del Registro de la propiedad. PARCELA B: RUSTICA: Radicada en el Barrio Dajaos del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con un área superficial de uno punto setecientos veintiocho cuerdas (1.728 c.), equivalentes a seis mil setecientos noventa y cinco punto seis mil trescientos catorce metros cuadrados (6,795.6314 m.c.), y en lindes por el Norte, con el Río La Plata y Autoridad de Acueductos y Alcantarillados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; por el Sur, con Olga S. Rivera, Jacob Rivera y la Carretera Número ciento sesenta y siete (167); por el Este, con quebradas que la separa de la finca principal de la cual se segrego; y por el Oeste, con Olga Selenia Rivera, Lilliam Rivera y la Sucesión Juan M. Rivera. Enclava una (1) casa de dos (2) plantas con concreto dedicada a vivienda, una (1) estructura en concreto de una (1) sola planta dedicada a oficina y una (1) sola planta en concreto dedicada a vivienda. Dicha parcela consta inscrita al folio ciento veintiséis (126) del tomo setecientos treinta y tres (733) de Bayamón, Finca número treinta y tres mil quinientos cincuenta (33,550). Las propiedades no tienen gravámenes preferentes ni posteriores. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $286,137.00 a dividirse en partes iguales por cada inmueble. Dicha subasta se llevará a cabo con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $286,137.00 de principal del referido pagaré, más los intereses que al tipo convenido del 9.25% se han devengado sobre dicha cantidad hasta el día 31 de diciembre del 2012 ascendentes a $423,482.92, más los devengados hasta la fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaria del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas por los interesados. Y para su publicación en un diario de circulación general en la Isla de Puerto Rico, por espacio de una semana consecutiva con un intervalo de por lo menos dos (2) días entre ambas publicaciones, así como para publicación en los sitios públicos de Puerto Rico, expedido en Bayamón de Puerto Rico, el 27 de agosto de 2013. Eliezer Marquez Febres, Nombre Alguacil Regional. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Nombre Alguacil. Firmado Número de Placa 352.
ED-9756 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO RAFAEL BOSCH BELARDO t/c/c ALBERTO R. BOSCH BELARDO t/c/c ALBERTO BOSCH BELARDO, JESSICA SOLERO SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesDemandante ta por ambos a su última direcv. ción conocida FISICA: COSTA DEL ATLANTICO, 9-D CALLE DUNAS, ARECIBO, PR 00612 POSTAL URB. BAIROA PARK, 2CE CALLE PABLO ERETER, CAGUAS, PR 00727. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $55,029.19 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.375% anual desde el 1 de marzo de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $6,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritur a número 131, otorgada ante el Notario Myrtelena Díaz Pedrosa, el día 25 de junio de 2005, sobre ED-9755 ESTADO LIBRE ASO- la finca número 43,516 inscrita al CIADO DE PUERTO RICO. TRI- folio 36 del Tomo 993 del RegisBUNAL DE PRIMERA INSTAN- tro de la Propiedad de Arecibo, CIA, CENTRO JUDICIAL DE Sección Primera. Este Tribunal ARECIBO, SALA SUPERIOR. ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un perióDemandante dico de circulación general. Se v. le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. Demandados ATENCION al Lcdo. José David CIVIL NUM. D CD2013-0565. Hernández Dávila, P.O. Box SOBRE: COBRO DE DINERO Y 192938, San Juan, Puerto Rico EJECUCION DE HIPOTECA 00919-2938; Tel (787) 767-8244, POR LA VIA ORDINARIA. EMFax (787) 767-1183, Abogado de PLAZAMIENTO POR EDICTO. la Parte Demandante. Se le(s) Estados Unidos de América. El advierte que si dejare(n) de conPresidente de los EE.UU. El Estestar la Demanda en el período tado Libre Asociado de P.R. SS. de tiempo antes mencionado, A: BLANCA ROSA VELAZpodrá dictarse contra usted(es) QUEZ BONILLA y WILSON ROSentencia en Rebeldía, conceSA PEREZ. Por la presente se le diéndose el remedio solicitado Demandados notifica que la parte demandante sin más citarle(s) ni oírle(s). EXBanco Popular de Puerto Rico, CIVIL NUM.: CCD2013-0298 PEDIDO bajo mi firma y con el ha presentado ante este Tribunal (401). SOBRE: EJECUCION DE Sello del Tribunal. DADA hoy una Demanda contra usted, soli- HIPOTECA POR LA VIA ORDI- AUG 28 2013, en Arecibo, Puercitando la concesión del siguien- NARIA IN REM. EMPLAZA- to Rico. MARILUZ DIAZ RODRIte remedio: Cobro de Dinero y MIENTO POR EDICTO. Esta- GUEZ, SECRETARIA REGIOejecución de hipoteca por las su- dos Unidos de América. El Presi- NAL. YADIRA L. CUEVAS COmas de: (a) Préstamo Núm. dente de los Estados Unidos. El RREA, SECRETARIA AUXI-
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
SUCESION DE BLANCA IRIS BONILLA FORTIS t/c/c BLANCA IRIS BONILLA FORTES compuesta por BLANCA ROSA VELAZQUEZ BONILLA FULANO Y MENGANO DE TAL como posibles herederos desconocidos DEPARTAMENTO DE HACIENDA por conducto de la DIVISION DE CAUDALES RELICTOS CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM); WILSON ROSA PEREZ ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
0198938, $18,395.47 de principal; intereses a razón de 8.50% anual, los cuales se acumulan diariamente hasta el saldo total de la deuda; $488.20 por concepto de cargos por mora, más la suma de $5,430.00 por concepto de honorarios de abogado; La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. La abogada de la parte demandante lo es el LCDA. IRMARIE RIVERA MIRANDA, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 00918-1009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax (787) 765-2973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico a AUG 26 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL II. POR: NEREIDA QUILES SANTANA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
DORAL BANK
ALBERTO RAFAEL BOSCH BELARDO t/c/c ALBERTO R. BOSCH BELARDO t/c/c ALBERTO BOSCH BELARDO JESSICA SOLERO SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
AV I S O PETICION DE ENMIENDA A MAPA DE CALIFICACION EN URB. SANTIAGO IGLESIAS, SAN JUAN METODO ALTERNO DE NOTIFICACION
OC ENGINERING GROUP, PSC., por conducto del Ing. Carlos J. Ortega, presidente, presentó ante la Oficina de Planificación y Ordenación Territorial del Municipio Autónomo de San Juan la petición 13POT-00108ZO-MU mediante la cual solicita enmienda al Mapa de Calificación del Municipio de San Juan, hoja # 9B de un Distrito R-3 a un Distrito C-1. La propiedad del propuesto cambio de calificación se identifica con el número de catastro 086-065-246-03 y ubica en la calle Esteban Ortiz, Urb. Santiago Iglesias de San Juan. Para las siguientes propiedades, que ubican dentro del radio de notificación reglamentario, cuyo titular y dirección postal se desconocen y/o para las cuales el correo ha devuelto las notificaciones enviadas por el peticionario notificando su intención de cambio de calificación, la Oficina de Planificación autorizó a la partepeticionaria, la publicación del presente edicto con el propósito de notificarle la celebración de la vista pública. Nombre Petra Domínguez Josefina Ocasio Yolanda Colón
Num. Catastro 086-065-229-24-001 086-065-229-22-001 086-064-246-48-001
Dirección 1351 Calle Esteban Ortiz, Urb. Stgo. Iglesias 1355 Calle Esteban Ortiz, Urb. Stgo. Iglesias 1379 C/ Ferrer y Ferrer, Urb. Stgo. Iglesias
Por este medio se notifica e invita a los titulares aquí identificados, y los del área en general, a la vista pública que se celebrará el 17 de septiembre de 2013 a las 9:00 am en la Oficina de Planificación del Municipio de San Juan en la Ave. Roosevelt # 185, Piso 2, Hato Rey. AVISO PAGADO POR EL PETICIONARIO
MR-6912 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE MAYAGUEZ
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
EMILIO FUENTES SANTIAGO, su esposa JAZBETH MARIE ALVAREZ LUCIANO, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos Demandados CIVIL NUM. ISCI2012-1305 (307) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) EDICTO DE SUBASTA. Yo, NESTOR MORALES SANABRIA , Alguacil de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 3 de junio de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Mayagüez, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Mayagüez, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, el cual está localizado en la Urbanización Mansiones, C-38, Cabo Rojo, Puerto Rico 00623: "RÚSTICA: Solar número 38 del bloque "C" sito en el Proyecto de viviendas conocido co-
mo Mansiones, en el Barrio Guanajibo del término municipal de Cabo Rojo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 910.79 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con terrenos de Raúl Toro; por el SUR, con la Calle número 5 de la Urbanización; por el ESTE, con el solar número 39 del bloque C; y por el OESTE, con el solar número 37 del bloque C. Sobre dicho solar enclava una estructura dedicada a vivienda. Este solar se encuentra afecto por su colindancia Sur con Servidumbre a favor de Puerto Rico Telephone Company." Inscrito al folio 19 del tomo 983 de Cabo Rojo, finca 33,692, Registro de la Propiedad, Sección de San Germán. El inmueble antes descrito se encuentra afecto al siguiente gravamen, objeto de ejecución: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Westernbank Puerto Rico, por la suma principal de $208,500.00 con intereses al 7% anual, con vencimiento en 30 años, según consta en la escritura número 291, otorgada en Mayagüez el 17 de diciembre de 2008, ante la notario Esther Rebeca Luzón, inscrita al folio 19 del tomo 983 de Cabo Rojo, inscripción 2da. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA Y HORA PRECIO MINIMO PRIMERA SUBASTA 8 de octubre de 103 a las 10:30 am $208,500.00. SEGUNDA SU-
BASTA 15 de octubre de 2013 a las 10:00 am $139,000.00. TERCERA SUBASTA 22 de octubre de 2013 a las 10:00 am $104,250.00. Conforme a la Sentencia dictada el día 30 de enero de 2013, archivada en los autos el día 6 de febrero de 2013, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada y las siguientes sumas: $201,165.99 de principal; $7,021.57 por concepto de intereses devengados hasta el 31 de agosto de 2012 y aquellos que continúen devengándose a razón de 7% anual hasta su total y completo pago; más la suma de $20,850.00 para honorarios de abogado. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal. En Mayagüez, Puerto Rico, hoy 26 de junio de 2013. ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE MAYAGUEZ
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
AVISO VISTA PÚBLICA Para conocimiento del público en general y de conformidad con las disposiciones del Artículo 8.6 de la Ley Núm. 161 del 1 de diciembre de 2009, según enmendada, conocida como "Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico", el Reglamento Conjunto de Permisos Para Obras de Construcción y Usos de Terrenos, vigente al 29 de noviembre de 2010, conocido como Reglamento Conjunto y cualquier otra disposición de la ley aplicable, se informa que la Oficina de Gerencia de Permisos celebrará vista pública para el caso que se describe a continuación: Peticionario: Rosa M. Andaluz Santiago Lugar: Salón de Vistas OGPe Ponce Dueño de la Propiedad: Jorge L. Rivera 2440 Ave. Las Américas Fecha: 27 de septiembre de 2013 Tercer Piso, Suite 303 Hora: 9:00 a.m. Ponce, Puerto Rico Caso Núm.: 2013-189500-PUS-39301 Calificación: Distrito No Calificativo (NC) Se interesa discutir, pero sin limitarse a los siguientes asuntos: Solicitud de Permiso para operar un uso comercial dedicado a Salón de Actividades (Organza Salón), a localizarse en un edificio existente en la Carretera PR-510, Km. 0.7, del Barrio Amuelas Sector Aguas Saladas del Municipio de Juana Díaz. La propiedad en cuestión ubica en un Distrito No Calificado (NC), según los mapas de calificación para el Municipio de Juana Díaz. La solicitud se evaluará a tenor con, pero sin limitarse, el Capítulo 27, Regla 27.2.2 (Distrito NC) y el Capítulo 7 (Vistas Públicas) del Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos. Se invita a vecinos del proyecto y a los propietarios de terrenos que radiquen dentro de los límites territoriales circundantes, a las agencias gubernamentales y al público en general a comparecer y participar en dicha venta. Es mandatorio que el proponente y/o dueño de la propiedad o su representante autorizado asista a la vista pública, de no asistir se procederá con el archivo de la solicitud. Se advierte que las partes podrán comparecer asistidas por abogados, pero no estarán obligadas a estar así representadas incluyendo corporaciones y sociedades. El Oficial Examinador que presida la vista no podrá suspenderla una vez señalada, salvo que se solicite por escrito con expresión de las causas sometidas, con no menos de cinco (5) días de antelación a la fecha de celebración de la vista, expresando las razones que justifican la suspensión o posposición, acompañado por un giro postal y/o cheque de gerente por la cantidad de $50.00 a nombre del Secretario de Hacienda. La petición de suspensión o transferencia deberá ser radicada ante la OGPE. El peticionario notificará copia de la solicitud a las otras partes e interventores en el procedimiento dentro de los cinco (5) días señalados. Si la suspensión no fue motivada por el incumplimiento de un requisito legal, el solicitante se comprometerá a pagar los costos que conlleve la notificación de la suspensión y anunciar el nuevo señalamiento mediante la publicación de un aviso de prensa. El expediente de vista está disponible para inspección de las partes de la Oficina de la OGPE, ubicada en el 2440 Ave. Las Américas, Tercer Piso, Suite 303, Ponce, Puerto Rico. En San Juan, Puerto Rico hoy 14 de agosto de 2013.
Arq. Alberto Lastra Power Director Ejecutivo