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Edición 21 de Agosto 2013

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CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 21 DE AGOSTO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

JP-02177 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

LCDO. JUAN A. HERNÁNDEZ RIVERA Demandante VS.

FULANO Y SUTANO DE TAL, ASÍ DENOMINADOS POR DESCONOCER SUS VERDADEROS NOMBRES Demandados CIVIL NUM.: DCP2013-0135 (503) SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. EL Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: Fulano y Sutano De Tal; parte demandada del caso de epígrafe. POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la Demanda incoada dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su Contestación a la Demanda ante el Tribunal correspondiente y notificando copia de la misma a: Dr. Juan A, Hernández Rivera, Law Offices, CSP, PO BOX 367059, San Juan, PR 00936-7059, abogado de la parte demandante. En este caso, se solicita que se declare condenar a las partes demandadas al pago de la suma por los daños y perjuicios sufridos por la parte demandante, más costas, gastos, intereses y honorarios de abogados y dicte cualquier otro pronunciamiento que en derecho corresponda. EXPEDIDO BAJO FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL, hoy AUG 12, 2013. RUTH APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL. LEE B. ROBLES SEVILLA, Secretaria Auxiliar del Tribunal.

JP-02179 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ESTADO SAN JUAN, PUERTO RICO MARCA PARA REGISTRAR AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: Conforme a la Ley Núm. 63 del 14 de agosto de 1991, según enmendada, y al Reglamento Núm. 8075 de 19 de septiembre de 2011, la siguiente marca ha sido presentada ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico para su registro y archivo.

Número de Presentación: 69064. Solicitante: LEYKAMARIE ALMA-BONILLA. Dirección Postal: #1099 Calle 1 Villa Nevarez, San Juan, P.R. 00927. Descripción: “El diseño consiste de las palabras “LEY” estilizadad en letras minusculas y en color purpura. Al lado derecho la palabra “KALMA” en letras estilizadas, en un tamaño más grande de letra y en color azul con diferentes gradientes más claro hasta llegar a la parte inferior en color blanco, Al lado derecho la palabras “HATHA YOGA” en letras estilizadas, tamaño pequeño, minuscula y en color purpura y rosa, donde la palabra “HATHA” se encuentra arriba y la palabra “YOGA” debajo.” Renuncia de elementos no susceptibles de uso exclusivo: “HATHA” & “YOGA”. Clase Internacional: 041. NOTIFICACIÓN: Conforme al Articulo 8 de la Ley Núm. 63 del 14 de agosto de 1991, según enmendada, cualquier persona que se considere perjudicada por el registro de esta marca puede oponerse al mismo presentando ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales un Escrito de Oposición debidamente fundamentado dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. No obstante lo anterior, antes de vencido el termino y por justa causa, el Registro podrá conceder una prorroga de hasta veinte (20) días para presentar dicha oposición. El oponente deberá notificar al solicitante copia del Escrito de Oposición mediante correo certificado con acuse de recibo, no más tarde de dos (2) días laborables a partir de la fecha de presentación del Escrito de Oposición.

CB-2948 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL PRIMERA INSTANCIA SALA DE CABO ROJO

ración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de Raúl Lladó Soto t/c/c Raúl Lladó. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los aboDEMANDANTE gados de la parte demandante V. son: García-Chamorro Law Group, P.S.C. 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. 787) 977-1932, DEMANDADO CIVIL NUM: ISRF201300926 Fax (787) 722-1932. Expido este SOBRE: DIVORCIO-SEPARA- edicto bajo mi firma y sello de CION EMPLAZAMIENTO ESTA- este Tribunal, hoy JUL 12 de DOS UNIDOS DE AMERICA EL 2013. Ruth Aponte Cotto, SecrePRESIDENTE DE LOS ESTA- taria (o) Regional II. María D. DOS UNIDOS S.S. EL ESTADO Medina, Secretaria (o) Auxiliar. LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: JORGE LUIS RAMOS ED-9535 ESTADO LIBRE ASOCRUZ 2709 CEMENTERY RD CIADO DE PUERTO RICO. TRISANDFORD, NC 27332-8107 o BUNAL GENERAL DE JUSTIsea, la parte demandada arriba CIA. TRIBUNAL DE PRIMERA mencionada POR LA PRESEN- INSTANCIA, SALA SUPERIOR TE se le emplaza y requiere para DE BAYAMON. que notifique al abogado del demandante CARLOS LUIS SEGARRA MATOS, PO Box 582, Boquerón, Puerto Rico 00622 con teléfono y fax 787 851-3582 con Demandante copia de su contestación a la dev. manda, copia de la cual, le es servida en este acto. Se le requiere que conteste dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el día del Diligenciamiento apercibiéndose que en caso de no hacerlo así podrá dictarse Sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la Demanda. EXTENDIDO BAJO Demandado(a) MI FIRMA, y el Sello del Tribu- CIVIL: D CD2012-3222. SALA nal, hoy día 5 de agosto de 504. SOBRE: COBRO DE DINE2013. LIC. NORMA G. SANTA- RO Y EJECUCION DE HIPOTENA IRIZARRY, Secretaria Regio- CA POR LA VIA ORDINARIA. nal. Secretario. Por: Firmado, NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: MYRNA ESTSub-Secretario. HER SANTIAGO PADILLA. FULANO DE TAL Y MENGANO DE CB-3043 ESTADO LIBRE ASO- TAL, como posibles herederos CIADO DE PUERTO RICO TRI- desconocidos con interés en BUNAL DE PRIMERA INSTAN- la SUCESION DE VICTOR MACIA CENTRO JUDICIAL DE BA- NUEL ROSARIO RIVERA. EL SECRETARIO(A) que suscribe YAMON, SALA SUPERIOR. le notifica a usted que 8 de agosto de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia ParDemandante cial o Resolución en este caso, V. que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de agosto de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 15 de agosto de 2013. RUTH APONTE COTTO-SEC. REGIONAL II. CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

ABDY ILEN PADILLA RODRIGUEZ JORGE LUIS RAMOS CRUZ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

SUCESION DE VICTOR MANUEL ROSARIO RIVERA compuesta por FULANO DE TAL y OTROS

DORAL BANK

SUCESION DE RAUL LLADO SOTO T/C/C RAUL LLADO COMPUESTA POR NEDJIBIA MARTINEZ CORDERO T/C/C NEDJIBIA MARTINEZ EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANA DE TAL, SUTANO DE TAL, A, B Y C POR SER HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION, HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

Demandados CIVIL NUM.: D CD2013-0616 (701). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos S.S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: NEDJIBIA MARTINEZ CORDERO T/C/C N EDJIBIA MARTINEZ; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C POR SER HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE RAUL LLADO SOTO T/C/C RAUL LLADO Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. El Tribunal, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 DPR 689, le ordena que en el término de treinta (30) días, haga decla-

CB-3013 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON

RUTH NOEMI LOPEZ VELEZ Demandante vs.

JULIO CESAR MIRANDA RAMIREZ JAN CARLOS MIRANDA RAMIREZ Demandados CIVIL NUM. DAC2012-1764 SOBRE PARTICION, LIQUIDACION Y ADJUDICACION DE BIENES HEREDITARIOS EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA S.S. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Julio César Miranda Ramírez DIRECCION DESCONOCIDA Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal, Demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio de Partición, Liquidación y Adjudicación de Bienes Hereditarios. POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que notifique a: MIGDALIA TORRES DIAZ PO Box 4308 Bayamón Gardens Station Bayamón, Puerto Rico 00958 Teléfonos (787) 780-0121; 269-0000 Fax (787) 2 8 8 0 0 0 0 licmtorresdiaz@yahoo.com Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del último Edicto, podrá dictarse Sentencia en rebeldía en su con-

tra concediendo el remedio solicitado en la demanda. En Bayamón, Puerto Rico, a 16 de abril de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Xiomara Ferrer Vargas, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sub Secretaria. ED-9529 #BP-1130799 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

RUBEN NIEVES CINTRON ELSIE MATIAS GARCIA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: DCD2007-0365 (406). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 28 de marzo de 2007, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. SE ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 18 de septiembre de 2013, a las 9:00 de la a.m. en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMON. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $55,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 25 de septiembre de 2013, a las 1:00 de la p.m. en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $36,666.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMON. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 2 de octubre de 2013, a las 1:00 de la p.m. en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar marcado con el número 31 del bloque B de la Urbanización Toa Alta Heights, localizados en los barrios Piñas y Mucarabones del término municipal de Toa Alta de Puerto Rico, con un área de 189.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 7.00 metros con calle número 15; por el Sur, en 7.00 metros con el solar número 21 del bloque B y solar 20 del bloque B; por el Este, en 27.00 metros con el solar número 30 del bloque B; y por el Oeste, en 27.00 metros con solar número 32 del bloque B. Enclava casa de concreto armado y bloques para fines residenciales.” Inscrita al folio 103 del tomo 152 de Toa Alta, finca #8,388, inscripción 14ta., del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. DIRECCION: URB. TOA ALTA HEIGHTS B-31 CALLE 15 TOA ALTA, PUERTO RICO. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando

Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) A: LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o al tenedor de un pagaré a la orden de éste, por la suma principal de $15,000.00, sin intereses, vence el 5 de septiembre de 2010, según consta de la escritura #565 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 5 de septiembre de 2002, ante la Notario Público Milagros Mejías Pérez, inscrita al folio 103 del tomo 152 de Toa Alta, finca #8388, inscripción 15ta., del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección 3ra. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $52,107.34 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.000% anual, desde el día 1 de septiembre de 2006, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $5,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en BAYAMON, Puerto Rico, hoy día JUL 09 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO. CB-2949 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO COMISION DE SERVICIO PUBLICO PO BOX 190870 SAN JUAN, P.R. 00919-0870 AVISO CASO NUM. TCAMB-700 AMBULANCIAS PRIVADAS INC., es concesionaria de este Organismo bajo la franquicia TCAMB-700, autorizada a operar dos (2) unidades Tipo II, en la transportación de pasajeros al servicio de ambulancia (TCAMB) mediante paga desde el Municipio de San Juan a través de la Isla de Puerto Rico. Solicita autorización para adicionar una (1) unidad Tipo II a su franquicia. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: PMB 118 4960, CAGUAS PUERTO RICO 00726. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. En Hato Rey, Puerto Rico, hoy AUG 12 2013. RAMON A. VERA MONTALVO COMISIONADO. PAULA RODRIGUEZ HOMS COMISIONADA. RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ SECRETARIA. JESSICA FIGUEROA RIVERA SUB-SECRETARIA

dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del último Edicto, podrá dictarse Sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda. En Bayamón, Puerto Rico, a 16 de abril de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Xiomara Ferrer Vargas, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sub Secretaria. CB-3016 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL COAMO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

GERARDO TORRES SANTIAGO y su esposa MILYSEN ALVARADO RODRIGUEZ y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM. B2CI2013-538 Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: GERARDO TORRES SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Por la presente queda notificado que Doral Bank presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Carlos G. Batista Jiménez al PO Box 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono (787) 8433404, Abogado de la parte demandante, copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) días antes mencionado, no han presentado su contestación a la demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, el Tribunal podrá anotar la rebeldía y se le dictará sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. En cumplimiento de una Orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Coamo, Puerto Rico, hoy día 5 de agosto de 2013. Jessica M. Ramos Olivieri, Secretario Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Coamo Eiset Negrón Resto, Secretaria Auxiliar.

CB-3017 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE YAUCO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CARIBE COOP Demandante vs.

ALBERTO DEL ROSARIO FIGUEROA

CB-3014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BADemandado YAMON CIVIL NUM.: J4CI201300051 SOBRE: COBRO DE DINERO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE Demandante LOS EE.UU. SS. EL ESTADO vs. LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: ALBERTO DEL ROSARIO FIGUEROA BO. CAIMITO CARR. 128 KM. 6.4 YAUCO, PR 00698 HC-01 BOX 6172 YAUCO, PR 00698 Por la presente se le notifica que la demandante Demandados ha presentado en la Secretaria CIVIL NUM. DAC2012-1764 SO- de este Honorable Tribunal, DeBRE PARTICION, LIQUIDA- manda contra usted, solicitando CION Y ADJUDICACION DE BIENES HEREDITARIOS EDIC- la concesión del siguiente remeTO ESTADOS UNIDOS DE dio: Cobro de Dinero, interesanAMERICA EL PRESIDENTE DE do del Tribunal conceda el remeLOS ESTADOS UNIDOS DE dio solicitado en la demanda. AMERICA S.S. EL ESTADO LI- Deberá usted radicar en la SeBRE ASOCIADO DE PUERTO cretaria del Tribunal de Distrito RICO A: Jan Carlos Miranda de Puerto Rico, Sala de Yauco y Ramírez DIRECCION DESCO- dentro del término de treinta (30) NOCIDA Por la presente se noti- días contados a partir de la fecha fica que la parte demandante ha de la publicación de este edicto, presentado ante este Tribunal, su contestación a la Demanda, Demanda contra usted, solicitan- notificando a su vez con copia de do la concesión del siguiente re- dicha contestación a la Demanmedio de Partición, Liquidación y da, al abogado de la parte deAdjudicación de Bienes Heredita- mandante, BUFETE JUAN DE rios. POR LA PRESENTE se le JESUS VELEZ, CALLE CESARI emplaza y requiere para que notifique a: MIGDALIA TORRES #4, YAUCO, PUERTO RICO, DIAZ PO Box 4308 Bayamón 00698, TEL. (787) 856-4544. Se Gardens Station Bayamón, Puer- le apercibe que de no contestar to Rico 00958 Teléfonos (787) la Demanda dentro del término 780-0121; 269-0000 Fax (787) antes indicado de treinta (30) 2 8 8 0 0 0 0 días, contados a partir de la pulicmtorresdiaz@yahoo.com Se le blicación de este edicto, o no apercibe que si no compareciere comparecer de forma alguna usted a contestar dicha demanda dentro del antedicho término, po-

RUTH NOEMI LOPEZ VELEZ

JULIO CESAR MIRANDA RAMIREZ JAN CARLOS MIRANDA RAMIREZ

drá dictarse Sentencia en Rebel- NORMA G. SANTANA IRIdía en su contra, concediendo el ZARRY, SECRETARIA. POR: remedio solicitado en la deman- MARIA DEL C. ALICEA PEREZ, da. Extendido bajo mi firma y se- SECRETARIA AUXILIAR. FIRllo del Tribunal, en Yauco, Puerto MA SECRETARIO(A) AUXILIAR. Rico, hoy 2 de agosto de 2013. Por: Damaris E. Soto Rodríguez, Secretaria del Tribunal II. Secretaria. Delia Aponte Velázquez, ED-9533 ESTADO LIBRE ASOSecretaria Auxiliar. CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA ED-9537 ESTADO LIBRE ASO- INSTANCIA, SALA SUPERIOR CIADO DE PUERTO RICO. TRI- DE BAYAMON. BUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.

JESUS MARIA RUIZ BRIGNONI BIENVENIDA COLON VARGAS Demandante v.

FUNDACION FACULTAD DE DERECHO EUGENIO MARIA DE HOSTOS INC. Demandado(a) CIVIL NUM. ISCI201300632 (307). SOBRE: DESAHUCIO Y COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FUNDACION FACULTAD DE DERECHO EUGENIO MARIA DE HOSTOS INC. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 12 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un p periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su publicación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la fecha de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 4 de octubre de 2013. LCDA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

ANDRES URBINA ROSA Demandado(a) CIVIL: D CD2013-0387. SALA 504. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ANDRES URBINA ROSA - Ciudad Interamericana D-10, Bayamón, PR 00957, Urb. Caparra Terrace, 1586 Calle 28 S O, San Juan, PR 00921, Urb. Ciudad Interamericana, Calle Bonito #D-10, Bayamón, PR 00957. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 8 de agosto de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de agosto de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 15 de agosto de 2013. RUTH APONTE COTTO-SEC. REGIONAL II. CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

Departamento de Recursos Naturales y Ambientales

AVISO PUBLICO SOLICITUD DE DESLINDE DEL LIMITE INTERIOR TIERRA ADENTRO DE LA ZONA MARITIMO TERRESTRE Este Aviso se publica a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, mejor conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y el Reglamento Núm. 4860 de 29 de diciembre de 2009, Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de la Aguas Territoriales, Terrenos Sumergidos Bajo Estas y la Zona Marítimo Terrestre. La siguiente Solicitud de Deslinde del Límite Interior Tierra Adentro de la Zona Marítimo Terrestre ha sido radicada ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). SOLICITUD NÚMERO:O-AG-CER02-SJ-00455-19062013 PETICIONARIO: Luis E. Torres Román DUEÑO Carlos Colón Rodríguez LUGAR: PR-102, Km. 10.6, Bo. Guanajibo Sector Punta Arenas, Cabo Rojo FECHA DE SOLICITUD: 19 de junio de 2013 PROPÓSITO DEL DESLINDE: Deslinde de la Zona Marítimo Terrestre Copia de esta Solicitud y otros documentos relacionados estarán disponibles al público de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 3:30 p.m., estos deberán ser solicitados mediante cita previa para su revisión en la Oficina de Secretaría, situada en el primer piso del DRNA, localizado en la Carretera 8838, Km. 6.3, Sector El Cinco, en Río Piedras, Puerto Rico. Además, podrán ser solicitados por correo a la siguiente dirección: DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES P.O. BOX 366147 SAN JUAN, PUERTO RICO 00936 Cualquier persona que desee una Vista Pública a la Solicitud antes mencionada, deberá presentar un escrito a tal efecto en el DRNAdentro de los treinta (30) días subsiguientes a la fecha de publicación de este Aviso. En el mismo, se hará constar en detalles los hechos en que funda sus derechos para intervenir. El Secretario del DRNA, a su discreción, podrá conceder la Vista Pública. 13 de agosto de 2013 Carmen R. Guerrero Pérez Secretaria PO Box 366147, San Juan, PR 00936 Tel. 787-999-2200 * Fax 787-999-2303


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