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Edición 18 de Julio 2013

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EL VOCERO / CLASIFICADOS / JUEVES, 18 DE JULIO DE 2013 ED-9057 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante V.

SUCESION DE NITZA YOMARA OTERO LUGO t/c/c NITZA Y. OTERO LUGO t/c/c NITZA OTERO LUGO compuesta por SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL FULANO DE TAL FULANA DE TAL A, B y C como miembros desconocidos de la SUCESION y al HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA del ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandada CIVIL NUM. C CD2011-0645 (404). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, LUIS E. ROMAN CARRERO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 20 de noviembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad adeudada la cual asciende a $74,576.64 de principal, más los intereses, costas y gastos adeudados hasta el saldo total de la deuda, dictada en el caso el 19 de junio de 2012, notificada y archivada en autos el día 29 de junio de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados, en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Barceloneta, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --J-13, Estancias de Imberry, Barceloneta, Puerto Rico. ---URBANA: Solar identificado con el número Trece (13) del Bloque “J” en el plano de inscripción de la Urbanización ESTANCIAS DE IMBERY, localizada en el barrio Florida Afuera del término municipal de Barceloneta, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos uno punto nueve ocho metros cuadrados (401.98). En lindes por el NORTE, en una distancia de diecinueve punto cero nueve metros (19.09 m) con el solar identificado con el número Doce (12) del bloque “J” del proyecto; por el SUR, en una distancia de treinta y uno punto cuatro seis metros (31.46 m.) con la Carretera Estatal número 22 (PR-22); por el ESTE, en una distancia de diecisiete punto siete metros (17.76 m) con el solar identificado con el número Catorce (14) del bloque “J” del proyecto; por el Oeste, en una distancia de diecinueve punto tres tres metros (19.33 m.) con la Calle Número Doce (12) del proyecto y con el solar identificado con el número Trece (13) del bloque “K” del proyecto. ---Enclava una estructura de hormigón para fines residenciales. ---Se segrega de una finca de mayor cabida presentada para su inscripción al asiento ciento noventa y dos (192) del diario doscientos treinta y siete (237) de Barceloneta, Registro de la Propiedad de Manatí. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de ARECIBO. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $82,225.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a

una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 31 de julio de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 7 de agosto de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 14 de agosto de 2013, a las 9:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen preferente el cual podrá ser asumido: ---CONDICIONES: Restrictivas de uso y limitaciones de construcción, según consta de la escritura #118, otorgada en San Juan, el 22 de junio de 2004 ante la Notario Gildren S. Caro Pérez, inscrito al folio 187 del tomo 253 móvil de Barceloneta, finca #13,250, inscripción 1ra. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: ---HIPOTECA: Constituida por Nitza Yomara Otero Lugo, en garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $20,557.00, intereses al 6.50% anual y a vencer el 1 de julio del año 2034, según consta de la escritura #120, otorgada en San Juan, el 2 de julio de 2004, ante la Notario Gildren S. Caro Pérez, inscrito al folio 187 del tomo 253 móvil de Barceloneta, finca #13,250, inscripción 3ra. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Arecibo, Puerto Rico, a 10 de mayo de 2013. EDGAR SANTANA MATTA, ALG. REGIONAL INT. POR: LUIS E. ROMAN CARRERO, ALGUACIL SUP. ED-9061 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

SILVERIA CRESPO CLAUDIO NIXA IRIS UMPIERRE CRESPO JOSE UMPIERRE CRESPO Peticionarios

EX - PARTE CIVIL NUM. EJV2013-0520. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Los Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: LAS PERSONAS IGNORADAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR EL DOMINIO SOLICITADO Y/O PUDIERAN TENER ALGUN DERECHO REAL SOBRE EL INMUEBLE DESCRITO Y EN GENERAL A TODO EL QUE DESEE OPONERSE A COMPARECER O ALEGAR CUALQUIER DERECHO. POR CUANTO: Los pe-

ticionarios por conducto de la Lcda. Madeline Vélez de Roldán han radicado en este Tribunal una solicitud para que se declare a su favor el dominio de una finca cuya descripción según su título es: RUSTICA: Finca compuesta de seis cuerdas con veinte y un centavos de otra, iguales a dos hectáreas, cuarenta y tres áreas, ochenta y siete centiáreas y setenta y ocho miliáreas, sita en el barrio Quebrada Arenas de San Lorenzo en lindes por el NORTE con Dolores Vázquez por el SUR con Patricio Capeles; por el ESTE, con Carmen Figueroa y por el OESTE, con la Puerto Rico Reconstruction Administration. POR CUANTO: La descripción de la finca luego de rectificada su cabida es como sigue: RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Quebrada Arenas del término Municipal de San Lorenzo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 25,429.6882 metros cuadrados; equivalentes a 6.4700 cuerdas. En lindes por el Norte en 13 alineaciones que suman 325.774 metros, con terrenos de Dolores Vázquez antes, hoy con caja de agua de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), con Silveria Crespo antes hoy Angel Reinaldo Umpierre Crespo y Camino Municipal (Asfaltado); por el Sur; antes con Patricio Capeles, hoy en 11 alineaciones que suman 301.501 metros, con terrenos de Silveria Crespo antes hoy Nydia Nelly Umpierre Crespo, Aníbal Vázquez Vázquez; por el Este en 5 alineaciones que suman 95.122 metros, antes con Carmen Figueroa, hoy con Camino Municipal (asfaltado); y por el Oeste, antes con PR Reconstruction Administration, hoy en 2 distancias que suman (173.700) metros, con terrenos propiedad de Silveria Crespo antes hoy Nydia Nelly Umpierre Crespo. Los actuales colindantes de dicho predio son: por el NORTE con Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, Municipio de San Lorenzo y Angel Reinaldo Umpierre Crespo; por el SUR con Aníbal Vázquez Vázquez y Nydia Nelly Umpierre Crespo; por el ESTE con Municipio de San Lorenzo; y por el OESTE con Nydia Nelly Umpierre Crespo. De la finca antes descrita se realizaron varias segregaciones según se detallan en la petición, se constituyó servidumbre de paso a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica, se cedió y destinó predio para uso público, previa autorización de la Administración de Reglamentos y Permisos en el caso 03LS5-0000000533, y se adjudicaron los predios segregados y el remanente a los aquí peticionarios. POR TANTO: Habiéndose dictado ORDEN en el Honorable Tribunal para que la pretensión de los promoventes sea publicada por tres (3) veces en el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, para que las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la pretensión de los promoventes y/o a quienes pudieran tener algún derecho real sobre el inmueble descrito, y en general a todo el que desee oponerse o alegar cualquier derecho, si tienen alguna reclamación u objeción al mismo puedan ejercitarlo en este Tribunal y alegar lo que a su derecho convenga o entiendan pertinente, dentro del término de veinte (20) días naturales a partir de la última publicación de este EDICTO, y notifiquen a la LCDA. MADELINE VELEZ DE ROLDAN, con oficina en la Calle Muñoz Rivera No. 5 Sur-Bajos, San Lorenzo, Puerto Rico 00754 y dirección postal; PO Box 379, SAN LORENZO, PR 00754, teléfono (787) 7152396, lcdavelez@gmail.com. Líbrese el presente en Caguas, Puerto Rico, que firmo y sello con el sello de este Tribunal hoy 1ro de julio de 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A). MARTA E. DONATE RESTO, SECRETARIA AUXILIAR. JP-02140 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

DORAL BANK DEMANDANTE V.

MARIA GARCIA GONZALEZ T/C/C MARIA ILLIANA GARCIA GONZALEZ DEMANDADO CIVIL NUM. NSCI2011-00513 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, YOMARIS SENQUIZ CRUZ, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, a los demandados y al público en general les

notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 21 de febrero de 2013, y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $99,065.47 de principal, dictada en el caso el 11 de junio de 2012, notificada y archivada en autos el día 19 de junio de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, titulo e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el Municipio de Fajardo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: Apt. #6-E, Torre I, Isleta Marica Cond., Fajardo, Puerto Rico. URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: APARTAMENTO NUMERO 6-E. APARTAMENTO INDIVIDUALIZADO DE CONCRETO ARMADO, BLOQUE DE HORMIGÓN Y DIVISIONES DE YESO, DE USO RESIDENCIAL IDENTIFICADO CON EL NUMERO 6-E Y LOCALIZADO EN LA PARTE SUR CENTRAL DEL SEXTO PISO DE LA TORRE 1 DEL CONDOMINIO ISLETA MARINA, UBICADO EN EL ISLOTE CAYO OBISPO, PLAYA DE FAJARDO, FAJARDO, PUERTO RICO. TIENE UNA CABIDA SUPERFICIAL DE 57.88 METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, Y CONSTA DE UNA SALA, COMEDOR, UNA COCINA, UN DORMITORIO, UN BAÑO Y UN BALCÓN. LA PUERTA PRINCIPAL ESTA LOCALIZADA EN LA PARTE NORTE DEL INMUEBLE LA CUAL LO COMUNICA CON EL PASILLO QUE CONDUCE A LOS ELEVADORES DEL EDIFICIO Y A LA PRIMERA PLANTA. COLINDA POR EL NORTE, EN 24 PIES 6 PULGADAS (7.47 METROS), CON EL PASILLO QUE CONDUCE A LOS ELEVADORES; POR EL SUR, EN 24 PIES 6 PULGADAS (7.47 METROS) CON ELEMENTOS EXTERIORES DEL EDIFICIO; POR EL ESTE, EN 25 PIES 5 PULGADAS (7.75 METROS), CON EL APARTAMENTO 6-F; Y POR EL OESTE, EN 19 PIES 3 PULGADAS (5.87 METROS) CON ELEMENTOS COMUNES DEL EDIFICIO Y 6 PIES 2 PULGADAS (1.88 METROS), CON ELEMENTOS EXTERIORES DEL EDIFICIO. CORRESPONDE A ESTE APARTAMENTO DE LOS ELEMENTOS COMUNES DE LA TORRE 1 UNA PARTICIPACIÓN DE 0.4327% Y EN LA TOTALIDAD DEL CONDOMINIO ISLETA MARINA UNA PARTICIPACIÓN DE 0.2152%. CONSTA INSCRITO AL FOLIO 235 DEL TOMO 246 DE FAJARDO, FINCA NUMERO 9,774 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FAJARDO.” Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. El tipo mínimo para la subasta sera la suma de tasación pactada, la cual es $110,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo sera de 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 8 de agosto de 2013, a las 9:15 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 15 de agosto de 2013, a las 9:15 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 22 de agosto de 2013, a las 9:15 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevaran a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo. De Estudio de Titulo realizado surge el siguiente gravamen preferente el cual podrá ser asumido: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de RG Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma $22,000.00, intereses al 10 1/2% anual, vencedero a la presentación, según consta de la escritura número 467, otorgada en Fajardo, el 18 de noviembre de 1997, ante el notario José Enrique Amadeo, inscrito al folio 238 vuelto del tomo 246 de Fajardo, Finca 9774, inscripción 6ta. De Estudio de Titulo realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $33,000.00, intereses al 6.95 anual, vencedero el 1ro de agosto de 2020, según consta de la escritura número 216, otorgada en San Juan, el 15 de julio de

2004, ante el notario Pedro M. Ortiz Bey, inscrito al folio 184 del tomo 424 de Fajardo, finca 9774, inscripción 10ma. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se esta ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el publico en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el termino de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará ademas a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaria del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuaran subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares correspondientes. Librado en Fajardo, Puerto Rico, a JUL 10, 2013. Yomaris Senquiz Cruz, Alguacil #089. ALGUACIL JP-02139 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA

IVONNE GONZÁLEZ MEDRANO FRANCISCO VILLANUEVA CONCEPCIÓN Y ESPOSA BRUNILDA ALDAHONDO HERNÁNDEZ DEMANDANTE VS.

MANUEL RUIZ VEGA FULANO DE TAL DEMANDADA CIVIL NUM.: A1CI201200575 SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN ENMENDADA DE SENTENCIA POR EDICTO. A: MANUEL RUIZ VEGA Y FULANO DE TA, DIRECCIÓN DESCONOCIDA. EL SECRETARIO QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE E 15 DE ENERO DE 2013, ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRÁ USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TÉRMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACIÓN SE PUBLICARÁ UNA SOLA VEZ EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DÍAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TÉRMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISIÓN O APELACIÓN DENTRO DEL TERMINO DE 30 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACIÓN, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACIÓN QUE SE CONSIDERARÁ HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACIÓN HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 13 DE JUNIO DE 2013. EN AGUADILLA, PUERTO RICO, EL 13 DE JUNIO DE 2013. ANA M. AVILEZ GONZÁLEZ, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. Por: ELIZABETH FELICIANO LÓPEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

ED-8916 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE AGUADILLA.

DORAL BANK Demandante Vs.

WILFREDO SANTANA ROBLES ANA TORO BIRCH y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM. ACD2012-0061 (404). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A LOS DEMANDADOS, WILFREDO SANTANA ROBLES, ANA TORO BIRCH y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y al Público en general: YO, CARLOS RIVERA LOPEZ, ALGUACIL REGIONAL, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de AGUADILLA, a los demandados y al público en general les notifica que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha liberado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 23 de enero de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos la cual se notificó y archivó en autos el día 4 de octubre de 2012, en donde se condena a la parte de satisfacer la suma ascendiente a $139,549.19 de principal más intereses al 5.75% anual desde el día primero de AGOSTO de 2011, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, más la suma de $15,135.20 para costas, gastos y honorarios de abogado procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido, tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad bien inmueble ubicado en Lot. 139 (Bzn. 231) José Cheito Corchado St. Mantilla Comm., Isabela, Puerto Rico 00662 que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcado con el número 139 del plano de parcelación de la comunidad rural Mantilla del Barrio Arenales Bajos del término municipal de Isabela, Puerto Rico, con una cabida superficial de 961.49 metros cuadrados, equivalente a 0.2446 cuerdas. En lindes por el NORTE, con parcela número 149 de la comunidad; por el SUR, con parcela número 138 de la comunidad; por el ESTE, con parcelas número 150 y 140 de la comunidad; por el OESTE, con carretera municipal. Inscrita dicha hipoteca al folio 76 del tomo 368 de Isabela, finca número 13,458, del Registro de la Propiedad, Sección de Aguadilla. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE AGUADILLA, cuyos autos están disponibles para su inspección en dicho Tribunal. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $151,352.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para la propiedad descrita, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 8 de agosto de 2013, a las 11:00 am. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día el 15 de agosto de 2013, a las 11:00 am. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 22 de agosto de 2013, a las 11:00 am. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE AGUADILLA. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tenga(n) interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circu-

lación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO EN AGUADILLA, Puerto Rico, a 14 de mayo de 2013. POR: CARLOS RIVERA LOPEZ, ALGUACIL REGIONAL. ALGUACIL DEL TRIBUNAL. MR-6803 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

JOSE LUIS BERCEDONI LICCIER T/C/C JOSE LUIS BERCEDONI LICIER T/C/C JOSE L. BERCEDONI LICIER POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE CARMEN MILAGROS CRUZ PACHECO T/C/C CARMEN CRUZ PACHECO; JOHN DOE 1, JOHN DOE 2, JOHN DOE 3 Y RICHARD ROE 1 Y RICHARD ROE 2 COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CIVIL NUM.: FCD2010-1557 SALON NÚM.: 402 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA A: JOSE LUIS BERCEDONI LICCIER T/C/C JOSE LUIS BERCEDONI LICIER T/C/C JOSE L. BERCEDONI LICIER POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE CARMEN MILAGROS CRUZ PACHECO T/C/C CARMEN CRUZ PACHECO; JOHN DOE 1, JOHN DOE 2, JOHN DOE 3 Y RICHARD ROE 1 Y RICHARD ROE 2 COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 13 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 2704. Apartamento residencial del segundo piso del Condominio Alturas del Parque, Edificio G, localizado en el Bulevar de la Media Luna del Barrio San Antón del municipio de Carolina, Puerto Rico. Compuesto de sala-comedor, cocina, medio baño, balcón y un pasillo de acceso a las otras dependencias del apartamento, que incluyen un área de lavandería, un cuarto dormitorio principal con vestidor y baño, dos cuartos dormitorios adicionales con sus closets y otro baño, con un área superficial de 1,304.5099 pies cuadrados, equivalentes a 121.1929 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en tres distancias que suman 44’1" con el espacio exterior aéreo del condominio; por el Sur, en tres distancias que suman 40’2" con espacio exterior aéreo del condominio y otra de 4’6" con área del pasillo de la escalera que da acceso al edificio;

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por el Este, en cuatro distancias, una de 5’4" con espacio exterior aéreo del condominio, otra de 24’ con espacio exterior aéreo del condominio y otra de 4’2" con espacio exterior aéreo del condominio; y por el Oeste, en tres distancias, una de 27’11" con el apartamento 2703, otra de 1’10" con espacio exterior aéreo del condominio y en otra distancia de 3’9" con el área del pasillo de la escalera, por donde tiene la puerta de acceso al exterior del condominio. Le corresponde en los elementos comunes generales 0.4871219%. Le corresponde de forma exclusiva, permanente e inseparables los estacionamientos número 272 y 273 debidamente demarcados y numerados de conformidad al plano de estacionamiento. Inscrita al tomo móvil 1286 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, finca número 54,883. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $128,759.00 reducida mediante pagos hechos a la Corte de Quiebra en la suma de $126,873.90 de principal, más intereses al 7% anual desde el día 1ro. de agosto de 2010, más la suma de $14,365.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 15 de octubre de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 12 DE AGOSTO DE 2013 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $143,650.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE AGOSTO DE 2013 A LAS 4:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $95,776.67 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 26 DE AGOSTO DE 2013 A LAS 3:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $71,825.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 10 de mayo de 2013. Samuel González Isaac. Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina


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