El Vocero De Puerto RIco

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VOCERO / lunes, 18 de junio de 2012 38POUELRUIZ A, B Y C COMO MORALES BAUZA COMPUESTA POR JOSEFINA POU MORALES FULANO DE TAL FULANA DE TAL

HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION SUCESION DE JOSEFINA

COMPUESTA POR JOSEFINA POU MORALES FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Demandados CIVIL NUM. J CD2011-1127 (G028). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. S.S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B y C POR SER HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE JOSE ENRIQUE POU RUIZ; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C POR SER HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE JOSEFINA MORALES BAUZA. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. El Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 D.P.R. 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencias de las Sucesiones de José Enrique Pou Ruiz y Josefina Morales Bauzá. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 7641932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 7 de mayo de 2012. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Secretario General. Por: Firmado, Secretaria Auxiliar.

CIVIL NUM. K CD2012-0015 (901). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. s.s. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B y C como herederos desconocidos de la SUCESION DE MARISOL ENCARNACION PIMENTEL. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 D.P.R. 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de Marisol Encarnación Pimentel. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 7641932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 4 de mayo de 2012. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretario General. Por: Gloria E. Mejías Aguayo, Secretaria de Servicios a Sala. ED-4177 #4567377 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

RAUL ELLIOT LABOY RODRIGUEZ también conocido como RAUL E. LABOY RODRIGUEZ CARMEN MARITZA ITHIER SOTO también conocida como CARMEN M. ITHIER SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

CB-8996. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIDemandados BUNAL DE PRIMERA INSTAN- CIVIL NUM: K CD2011-1747 CIA, CENTRO JUDICIAL DE (807). SOBRE: EJECUCION DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR. HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El EsDemandante tado Libre Asociado de Puerto v. Rico. ss. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 28 de noviembre de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 2 de julio de 2012, a las 11:00 de la mañana, en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo ésta la primera subasta que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la primera subasta será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $150,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta primera subasta se celebrará una segunda subasta el día 10 de julio de 2012, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $100,000.00. Esta segunda subasta habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Demandados Sala de San Juan. De no haber

DORAL BANK

FRANCISCO RIVERA VIGO SUCESION DE MARISOL ENCARNACION PIMENTEL COMPUESTA POR FRANCISCO RIVERA VIGO EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DENOMINADOS COMO FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C Y JUAN CARLOS MENDEZ TORRES EN SU CARACTER OFICIAL COMO SECRETARIO DE HACIENDA

remate o adjudicación en esta Segunda Subasta se celebrará una tercera subasta el día 18 de julio de 2012, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea la suma de $75,000.00. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la Tercera Subasta y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: Solar número OCHENTA Y OCHO (88) de la Urbanización Dos Pinos radicada en el Barrio Sabana Llana del término municipal de Río Piedras, Puerto Rico, compuesto de quinientos (500.00) metros cuadrados: colindando por el NORTE, y por el SUR, en dieciséis punto sesenta y siete (16.67) metros, por cado lado respectivamente, con el solar número Ochenta (80) y con la calle número Cinco (5); y por el ESTE y OESTE, en treinta (30.00) metros, por cada lado respectivamente con los solares número Ochenta y Siete (87) y Ochenta y Nueve (89) de la misma Urbanización.” Inscrita al folio 216 vto. del tomo 984 de Sabana Llana, finca #2,201, inscripción 5ta., del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. DIRECCION: URB. DOS PINOS 415 CALLE MINERVA, SAN JUAN, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $74,347.35 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.250% anual, desde el día 1 de febrero de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $15,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 04 de junio de 2012. JUAN M. ORTIZ VAZQUEZ, ALGUACIL REGIONAL. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL SUPERVISOR. DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. ED-4323 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante V.

SUCESION DE PIO ROSENDO CORA CORA t/c/c PIO R. CORA CORA t/c/c PIO CORA CORA compuesta por RUTH CORA t/c/c RUTHY CORA FULANO DE TAL FULANA DE TAL A, B Y C SUCESION DE CARMEN LUZ RAMOS SOTO t/c/c CARMEN L. RAMOS SOTO compuesta por FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL A, B Y C RUTH CORA t/c/c RUTHY CORA HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Demandados CIVIL NUM. K CD2011-2218 (803). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA.

EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: RUTH CORA t/c/c RUTHY CORA como miembro de la SUCESION DE PIO ROSENDO CORA CORA t/c/c PIO R. CORA CORA t/c/c PIO CORA. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Además, por la presente el Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 2005 TSPR 50, Op. de 22 de abril de 2005, le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de Pío Rosendo Cora Cora t/c/c Pío R. Cora Cora t/c/c Pío Cora Cora. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada.. Los abogados de la parte demandante son: García Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 764-1932, Fax (787) 7662132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy JUN 5 2012. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: NITZA RIVERA REYES, SEC. SERV. A SALA. ED-4173 #1399794 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.

H.M. IMPORTS, INC. J.J. IMPORTS, INC. JULIO ABRAHAM MILNER BAROUTH también conocido como JULIO MILNER BAROUTH PERLA MAUSOVICIUS DINER también conocida como PERLA MAUSOVICIOUS DINER y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: KCD 2010-3200 (508). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 10 de diciembre de 2010, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se anuncia por medio de este Edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 17 de julio de 2012, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo ésta la primera subasta que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $476,250.00. De no haber remate o adjudicación en esta Primera Subasta se celebrará una Segunda Subasta el día 31 de julio de 2012, a las 10:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $317,500.00. Esta Segunda Su-

basta habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. De no haber remate o adjudicación en esta Segunda Subasta se celebrará una Tercera Subasta el día 07 de agosto de 2012, a las 11:00 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea la suma de $238,125.00. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: Solar con un área superficial de CUATROCIENTOS SETENTA y CINCO punto CERO CERO (475.00) metros cuadrados, más o menos, marcado con el número VEINTICINCO (25) A y B de la manzana AB de la Urbanización Caparra Terrace, que radica en el barrio Monacillos de Río Piedras, el cual colinda por el Norte, Sur, Este y Oeste, con terrenos de la Long Construction Company y da frente al Sur, con la calle denominada Central Avenue de la Urbanización. Enclava edificio de concreto reforzado con techo de azotea y pisos de losetas que mide en su frente CUARENTA y DOS (42) pies UNA (1) pulgada y en su fondo CUARENTA y SEIS (46) pies TRES (3) pulgadas, conteniendo DOS (2) viviendas independientes, cada vivienda consistiendo de TRES (3) dormitorios con closets, sala, comedor combinados, cocina con closet terraza y cuarto de baño enchapado con mosaicos.” Inscrita al folio 85 del tomo 924 de San Juan, finca #9,528, inscripción 9na., del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. DIRECCION: URB. CAPARRA TERRACE, 1415 AVE. PIÑEIRO, SAN JUAN, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $469,800.15 más intereses sobre dicha suma al tipo del 8.000% anual, desde el día 1 de marzo de 2009, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $47,625.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 05 de junio de 2012. JUAN M. ORTIZ VAZQUEZ, ALGUACIL REGIONAL. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL AUXILIAR. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL SUPERVISOR. DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIAS. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. CB-8998. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.

FANNIE MAE Demandante v.

SUCESION DE JOSEFINA GONZALEZ AMADOR COMPUESTA POR ROBERTO MELENDEZ GONZALEZ IGNACIO MELENDEZ GONZALEZ AMBOS POR SI Y COMO MIEMBROS DE LA SUCESION FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Demandados CIVIL NUM. DCD 2011-3110 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. S.S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: IGNACIO MELENDEZ GONZALEZ, POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE JOSEFINA GONZALEZ AMADOR. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. El Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 D.P.R. 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de Josefina González Amador. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 7641932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 8 de mayo de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Por: Nereida Quiles Santana, Sec. Aux. del Tribunal I. MR-5711 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

LEROY AUGUSTO JACKSON QUIROZ T/C/C LEROY JACKSON QUIROZ Y SU ESPOSA YANIRA ENID MELENDEZ BARRIOS T/C/C YANIRA E. MELENDEZ BARRIOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-0521 SALON NÚM.: 505 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: LEROY AUGUSTO JACKSON QUIROZ T/C/C LEROY JACKSON QUIROZ Y SU ESPOSA YANIRA ENID MELENDEZ BARRIOS T/C/C YANIRA E. MELENDEZ BARRIOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 30 de noviembre de 2011, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: E-1164 PASEO DERRISOL ST., LEVITTOWN DEV., TOA BAJA, PR 00949 URBANA: Solar número 1164 del bloque E en la Urbanización Levittown en el Barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, compuesta de 310.05 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar numero 1165 distancia de 23.00 metros; por el Sur, con el solar numero 1163, distancia de 23.00 metros; por el Este, con el paseo Demisol; en distancia de 13.50 metros; y por el Oeste, con paseo público, en distancia de 13.50 metros. /Enclava una casa. Inscrita al folio 116 del tomo 41 de Toa Baja, finca número 3,798, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $110,607.29 de principal, más intereses al 6.25% anual desde el día 1ro. de julio


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