48 EL VOCERO / jueves, 19 de abril de 2012
ED-3217 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
DORAL BANK Demandante v.
ELLIOT RAMON RIVERA VALENTIN VIVIAN JEANNETTE OLIVIERI RODRIGUEZ t/c/c VIVIAN JEANETTE OLIVIERI RODRIGUEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos JUAN ENRIQUE OLIVIERI RODRIGUEZ Demandado(a) CIVIL: ISCI201101873. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ELLIOT RAMON RIVERA VALENTIN, VIVIAN JEANNETTE OLIVIERI RODRIGUEZ, t/c/c VIVIAN JEANETTE OLIVIERI RODRIGUEZ, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, JUAN ENRIQUE OLIVIERI RODRIGUEZ. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 29 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 9 de abril de 2012. En Mayagüez, Puerto Rico, el 9 de abril de 2012. GUILLERMINA TORRES PAGAN. NOMBRE SECRETARIO(A) INTERINA. REBECA MEDINA FIGUEROA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-3202 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
JAYRA RIVERA CORCINO en representación de ANDRE DOUGLAS RIVERA Parte Demandante VS.
JASON A. DOUGLAS Parte Demandada CIVIL NUM. K CU2011-0432. SALA 708. SOBRE: CUSTODIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. ss. A: JASON A. DOUGLAS. 53 Washington St. Apt. 3, Meridian, CT 06457 o sea, la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que notifique al licenciado: ANGEL A. TOLEDO LOPEZ. Calle Peñuelas Núm. 65-C, San Juan, PR 00918. Tel. (787) 767-6630 abogado de la parte demandante, cuya dirección es la que se deja indicada, con copia de su contestación a la demanda, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, si la citación se hiciere en otra parte fuera de Puerto Rico, excluyéndose el día del diligenciamiento, apercibiéndose que en caso de no hacerlo así podrá dictarse Sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la Demanda. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y sello del Tribunal hoy día 16 de 3 de 2012. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: NORMA ROCHE R., SUBSECRETARIO SERV. SALA.
ED-3167 #21783-07239857 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYNABO.
SANTANDER FINANCIAL SERVICES, INC. Demandante v.
La sucesión de la finada NORMA LUZ RIVERA VEGA compuesta por LUIS ANGEL FLORES MONTALVO por sí y en la cuota viudal usufructuaria CARMEN FLORES RIVERA WANDA I. FLORES RIVERA LUIS A. FLORES RIVERA JANE DOE JOHN DOE RICHARD DOE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM
Demandados CIVIL NUM: D2CD2011-0319 (201). SOBRE: EJECUCION DE PRENTA Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. ss. A: WANDA I. FLORES RIVERA, JANE DOE, JOHN DOE, RICHARD DOE. Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $15,682.00, la cual está reducida a la cantidad de $7,128.04, al 17.000% de interés anual, adeudando intereses desde el día 29 de julio de 2010, sobre la propiedad que se describe a continuación: “URBANA: Urbanización Jardínes de Cataño Y54 Calle 1, Cataño, Puerto Rico (con una cabida de 230.80 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYNABO, PUERTO RICO y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 00936-1508; Teléfono: 7530619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en SUBSECCION DE DISTRITO SALA DE GUAYNABO, Puerto Rico, hoy día 15 MAR 2012. LOURDES RODRIGUEZ ORTEGA, SECRETARIA GENERAL. POR: NANCY SANTIAGO SANTIAGO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
CB-8116. IN THE SUPERIOR COURT OF THE VIRGIN ISLAND DIVISION OF ST. THOMAS AND ST. JOHN. SUMMONS TO: Wilfredo P. Torres, Barrio Santa Rosa Guaynabo, PR
LUCIA RODRIGUEZ vs.
WILFREDO P. TORRES Family No. D 234/2011. Action for Divorce. WITHIN THE TIME, limited by law, thirty (30) days from the last date of service by publication, you are required to appear at the above Court to answer a Petition for Divorce filed against you in this action. If you fail to appear or answer, judgment by default will be granted against you as prayed for in the petition. VENETIA H. VELAZQUEZ, ESQ. Acting Clerk of the Court. Rene’D. Crawford, Esq., Legal Services of the Virgin Islands, Inc. The Community Law Center No 1832 Kongens Gade St. Thomas, VI 00802. Tel: (340) 774-6720. Fax: (340) 777-8686.
ED-3212 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL SUPREMO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL BANK Demandante v.
SUCN. DE DAVID DIAZ MARTINEZ compuesta por YARI DIAZ JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos Demandado(a) CIVIL NUM. D CD2011-0700. SALA 505. SOBRE: COBRO DE DINERO. EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCN. DE DAVID DIAZ MARTINEZ compuesta por YARI DIAZ; JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 29 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de abril de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 11 de abril de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON, SEC. REGIONAL. MARIA D. MEDINA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-3220 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL BANK Demandante v.
JAVIER RODRIGUEZ DOMINGUEZ ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandado(a) CIVIL: D CD2011-1898. SALA 504. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JAVIER RODRIGUEZ DOMINGUEZ. Valles de Torrimar, Apt. E-207, Guaynabo, PR 00969 y dirección postal PMB 137 B-5 Tabonuco St. Suite 216, Guaynabo, PR 00968. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA p/c U.S. ALTORNEY, Edificio Federal Degetau, Avenida Carlos Chardón, Hato Rey, PR/Edificio Federal Torre Chardón Suite 1201, 350 Carlos Chardón St., San Juan, PR. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 9 de abril de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de abril de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 11 de abril de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-3222 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.
COOP. AHORRO Y CREDITO BARRANQUITAS Demandante VS.
ALGARIN ORTIZ CARIDAD Demandado CASO: J CD2011-1198. SALON: 0605. COBRO DE DINERO. COBRO DE DINERO. (CAUSAL/DELITO). LIC. SANTINI BONILLA JOSE A. PO Box 552, Aibonito, PR 00705. NOTIFICACION ENMENDADA DE SENTENCIA POR EDICTOS. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 23 de enero de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días di contados a partir de la publicación de este edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este Edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de abril de 2012. ALGARIN ORTIZ CARIDAD. PO Box 335092, Ponce, PR 00733. CARIDAD ALGARIN ORTIZ, JOE OTERO IZQUIERDO y SLG compuesta por ellos. Para not. por edicto p/c Lic. José Santini, Aibonito, PR 00705. OTERO IZQUIERDO, JOE. PO Box 335092, Ponce, PR 00733. Ponce, Puerto Rico, a 10 de abril de 2012. EVELYN CASASNOVAS MALDONAD, SECRETARIO. POR: MARICELL ORTIZ MUÑIZ, SECRETARIO AUXILIAR.
ED-3219 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.
ELA DE PR Demandante VS.
DE JESUS MERCADO HECTOR Demandado CASO: J PE2012-0127. SALON: 0603. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES. DESAHUCIO (CAUSAL/DELITO). LIC. MARTINEZ RABASSA ADA A. PO BOX 7635, Ponce, PR 00732-7635. NOTIFICACION ENMENDADA DE SENTENCIA POR EDICTOS. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 28 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 05 días di contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de abril de 2012. DE JESUS MERCADO, HECTOR. Para ser notificado por Edicto. P/C LCDA. ADA MARTINEZ RABASSA. Ponce, PR 00732-7635. DE JESUS MERCADO, HECTOR. Res. Santiago Iglesias, Edif. 11 Apto. 88, Ponce PR 00731. DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA. PO Box 44, Mercedita, PR 00715-0044. DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA. PO Box 149, Ponce, PR 00733. Ponce, Puerto Rico, a 10 de abril de 2012. EVELYN CASASNOVAS MALDONAD, SECRETARIO. POR: ZULIMAR TOMEY VARGAS, SECRETARIO AUXILIAR.
CB-8216. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE LARES.
FANNIE MAE Demandante v.
MIGUEL ANTONIO LUGO RODRIGUEZ Demandado Civil Núm. L3CI2011-00216. Sobre: Cobro de dinero y Ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. Emplazamiento por edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A la parte demandada: Miguel Antonio Lugo Rodríguez a su última dirección conocida Física: Carr. 111 Km. 24.8, Bo. Lares, Lares, PR 00669. Postal P.O. Box 6621, Bayamón, PR 00960-5621; 7627 Clovely Park Place, Apollo Beach, Fl 33572. Por la presente se le (s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $99,792.12 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.950% anual desde el 1 de abril de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $11,200.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 532, otorgada ante el notario Gloria B. Aquino Aponte, el día 31 de diciembre de 2003, sobre la finca número 5893 inscrita al folio 203 del Tomo 127 del Registro de la Propiedad de Utuado. Este Tribunal ha ordenado que se le (s) cite a usted (es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le (s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste (n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación de la demanda a las oficinas de Martínez & Torres Law Offices, P.S.C. Atención al Lcdo. Marysol López González, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel. (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le (s) advierte que si dejare (n) de contestar la demanda en el periodo de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted (es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle (s) ni oírle (s). Expedido bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. Dada hoy 31 de enero de 2012, en Lares, Puerto Rico. Iris M. Miranda, Secretario (a). ED-3075 #4832250 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
MARIA MILAGROS FIGUEROA ROMAN también conocida como MARIA FIGUEROA ROMAN ROSARIO MILIAN SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM: A CD2011-0165 (404). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. ss. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA Y SEGUNDA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 14 de septiembre de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se anuncia por medio de este Edic-
to que la primera subasta habrá de celebrarse el día 8 de mayo de 2012, a las 10:30 de la AM en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla. Siendo ésta la primera subasta que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la primera subasta será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $165,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta primera subasta se celebrará una segunda subasta el día 15 de mayo de 2012, a las 10:30 de la AM en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $110,000.00. Esta segunda subasta habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AGUADILLA. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela de terreno radicado en el barrio Jobos de Isabela, Puerto Rico, identificado en el plano de segregación para inscripción como el solar número CINCO (5), con una cabida superficial de MIL metros cuadrados con DIEZ centímetros cuadrados de otro (1,000.10). En lindes por el Norte, en treinta y dos metros con cuarenta y cinco centímetros (32.45), con calle de uso público; por el Sur, en treinta y dos metros con cuarenta y cinco centímetros (32.45), con Federido Román; por el Este, en treinta metros con ochenta y dos centímetros (30.82) con el solar número SEIS (6) a segregarse; y por el Oeste, en treinta metros con ochenta y dos centímetros (30.82) con solares previamente segregados.” Inscrita al folio 90 del tomo 481 de Isabela, finca #20,992, inscripción 6ta., del Registro de la Propiedad de Aguadilla. DIRECCION: BARRIO JOBOS, 706 CALLE OLAS, ISABELA, PUERTO RICO. La antes descrita hipoteca fue modificada mediante la escritura número 267 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de agosto de 2010, ante la Notario Público Denise Marie Ocasio Rivera, la cual se modifica la hipoteca expresándose que el principal será ahora de $166,743.63, intereses al 4.375% y su vencimiento será ahora el primero de agosto de 2036. Presentado para su inscripción el 3 de diciembre de 2010 al asiento 1512 del diario 843 del Registro de la Propiedad de Aguadilla. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $164,797.45 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.500% anual, desde el día 1 de diciembre de 2010, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $16,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta. En testimonio de lo cual, expido el presente, que firmo y sello, en AGUADILLA, Puerto Rico, hoy día 27 de enero de 2012. W. R. Pérez Gerena, Alguacil. ED-3074- #9261836 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
ZAIDA M. NIEVES REYES también conocida como ZAIDA MARIA NIEVES REYES Demandada CIVIL NUM: KCD2010-2216 (506). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. ss. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA Y SEGUNDA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 24 de enero de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se anuncia por medio
de este Edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 08 de mayo de 2012, a las 10:30 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo ésta la primera subasta que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la primera subasta será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $192,600.00. De no haber remate o adjudicación en esta primera subasta se celebrará una segunda subasta el día 15 de mayo de 2012, a las 10:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $128,400.00. Esta Segunda Subasta habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento número B guión Cero Seis Cero Uno (B-0601). Apartamento residencial ubicado en el Sexto (6to) piso de la Torre B del Condominio College Park, el cual está localizado en la Carretera número OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO (841) kilómetro DOS punto TRES (2.3) del barrio Monacillos del término municipal de San Juan, Puerto Rico. El área aproximada del apartamento es de CIENTO SEIS punto OCHENTA y DOS (106.82) metros cuadrados, equivalentes a MIL CIENTO CUARENTA y NUEVE punto SETENTA Y TRES (1149.73) pies cuadrados. Son sus linderos, por el Norte, en una distancia de siete punto cuarenta y tres (7.43) metros, equivalentes a veinticuatro (24) pies con cuatro punto cinco (4.5) pulgadas, con elementos comunes; por el Sur, en una distancia de siete punto sesenta y tres (7.63) metros, equivalentes a veinticinco (25) pies y media (1/2) pulgada, con elementos comunes; por el Este, en una distancia de catorce punto trece (14.13) metros, equivalentes a cuarenta y seis (46) pies con cuatro punto cinco (4.5), con el apartamento B guión CERO SEIS CERO DOS (B-602); y por el Oeste, en una distancia de catorce punto treinta (14.30) metros, equivalentes a cuarenta y seis (46) pies once (11) pulgadas, con elementos comunes. Su entrada principal está localizada en el lindero Sur, a través del vestíbulo, los elevadores y las escaleras del Condominio. Consta de una sala-comedor, cocina, lavandería, un pasillo principal, en el cual están localizados un baño y un closet, DOS (2) cuartos con sus respectivos closets y un dormitorio principal con baño y ‘walk-in-closet’. Le corresponde a este apartamento espacios de estacionamiento para DOS (2) vehículos de motor los cuales están identificados con el mismo número del apartamento. Este apartamento tiene una participación de CERO punto SIETE SEIS NUEVE DOS SEIS CERO SIETE (0.7692607%) por ciento en los elementos comunes del Condominio.” Inscrita al folio 46 del tomo 1085 de Monacillos, finca #26,930, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. DIRECCION: COND. COLLEGE PART, APARTAMENTO B-601, SAN JUAN, PUERTO RICO. Además, se notifica de esta Subasta a la Junta de Directores del Condominio COLLEGE PARK, para que comparezcan a la Subasta a licitar, a fin de proteger los cargos de mantenimiento atrasados y no pagados. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $186,263.79 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.625% anual, desde el día 1 de septiembre de 2009, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $19,260.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta. En testimonio de lo cual, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 07 de febrero de 2012. JUAN M. ORTIZ VAZQUEZ, ALGUACIL REGIONAL. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL AUXILIAR. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL SUPERVISOR. DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIAS. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
ED-3209 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL SUPREMO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL BANK Demandante v.
SOFTWARE SYSTEMS CONSULTORS, INC. Demandado(a) CIVIL NUM. D CD2011-2465. SALA: 506. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SOFTWARE SYSTEMS CONSULTORS, INC.; ANGEL MODESTO SANTANA GARCIA t/c/c ANGEL SANTANA GARCIA; RAQUEL ANGELA ALMANSA DOMINGUEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 27 de MARZO de 2012, Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de abril de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 11 de abril de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.