KV-470 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
28< CLASIFICADOS FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante v.
FELIPE SANTIAGO MELENDEZ, LUZ ELIZABETH BAERGA ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ELLOS
Demandados CIVIL NUM. DCD2014-1472 (703) SOBRE: ACCION IN REM - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA Yo, Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 12 de agosto de 2015, por la Secretaria de este Tribunal, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Haciendas del Caribe, en el Barrio Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias se relacionan a continuación: solar número 9 del bloque M, con una cabida superficial de 944.395 metros cuadrados, equivalentes a 0.2403 cuerdas. En lindes por el Norte, en una distancia de 25.001 metros, con un área dedicada a uso público; por el Sur, en una distancia de 16.480 metros y dos alineaciones con los solares número 4 y 5; por el Este, en una distancia de 40.156 metros, con el solar número 8 y por el Oeste, en una distancia de 40.276 metros, con el solar número 10 Consta inscrita al folio 121 del tomo 331 de Toa Alta, finca 16,367, inscripción novena; Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera Dirección física: M-9 CalleYukiyú, Hacienda del Caribe, Toa Alta, PR 00954. La finca 16,367 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: AL ASIENTO 503 DEL DIARIO 483, se presentó el día 7 de diciembre de 2006, la escritura número 354, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 26 de octubre de 2006, ante el notario Wilfredo R. Picorelli Osorio, mediante la cual se constituye hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Master Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma principal de $195,000.00, con intereses al 6.75% anual, vencedero el día 1 de noviembre de 2036.A este documento le aplica las disposiciones de la Ley Número 216 del 27 de diciembre de 2010 por lo que el mismo se da por inscrito. AL ASIENTO 1,113 DEL DIARIO 505, se presentó el día 10 de septiembre de 2010, la escritura número 375, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el día 27 de julio de 2010, ante la notario Alexandra M. Serracante Cadilla, mediante la cual se modifica la hipoteca por la suma de $195,000.00, la cual se reduce a la suma de $191,520.26, con intereses al 5.50% durante los primeros 24 meses y luego al 6.75% anual, vencedero el día 1 de julio de 2050. Este documento se encuentra presentado y pendiente de despacho La propiedad se encuentra afecta a: AL ASIENTO 829 DEL DIARIO 528, se presentó el día 29 de septiembre de 2014, Demanda Certificada del 23 de mayo de 2014, dictada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el Caso Civil número DCD14-1472, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Firstbank Puerto Rico, contra Felipe Santiago Meléndez y su esposa Luz Elizabeth Baerga Ortiz, por la suma de $195,000.00. Este documento se encuentra presentado y pendiente de despacho. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a FirstBank Puerto Rico el importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $187,685.39 de principal, más $13,713.37 en concepto de atrasos y cargos hasta el 7 de abril de 2014, más los atrasos y cargos que se continúen acumulando de esa fecha en adelante hasta el total y completo pago de la deuda. Se reclama, además, una suma equivalente al 10% de la suma original del principal del pagaré, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactado. En adición, se reclama una cantidad adicional igual al
ente a las siguientes cantidades: $187,685.39 de principal, más $13,713.37 en concepto de atrasos y cargos hasta el 7 de abril de 2014, más los atrasos y cargos que se continúen acumulando de esa fecha en adelante hasta el total y completo pago de la deuda. Se reclama, además, una suma equivalente al 10% de la suma original del principal del pagaré, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactado. En adición, se reclama una cantidad adicional igual al 10% de la suma original del principal del Pagaré, para cubrir cualquier otro adelanto que pueda ser hecho bajo la Hipoteca; y una cantidad adicional igual al 10% de la suma original del principal del Pagaré, para cubrir intereses por encima de los asegurados por, y hasta el máximo permitido por, la ley aplicable. El tipo mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 10 de febrero de 2016, a las 11:00 de la mañana.Tipo mínimo: $195,000.00 Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se proederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo 2/3 partes del valor de la transacción. Segunda Subasta: Se celebrará el día 17 de febrero de 2016, a las 3:00 de la tarde. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se proederá a una tercera subasta, en esta el tipo mínimo será la ½ del valor de tasación. Tercera Subasta: Se celebrará el día 24 de febrero de 2016, a las 3:00 de la tarde. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Bayamón, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del e j e c u t a n t e , s i l o s h u b i e r e, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Si se declara desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al demandante la finca dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si esta fuere igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si esta fuese mayor. Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, 30 L.P.R.A. §2721. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponi b l e s e n l a S e c r e t a r í a d el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones. Se fijará además, por espacio de dos (2) semanas mediante avisos por escrito visiblemente colocados en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En Bayamón, Puerto Rico, a de JAN 07 2016. Por: Edgardo E. Vargas Santana ALGUACIL SUPERIOR KV-497 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO
Reverse Mortgage Solutions, Inc. DEMANDANTE Vs.
MIGUEL ANGEL DANZOT COLLAZO T/C/C MIGUEL A. DANZOT COLLAZO T/C/C MIGUEL DANZOT COLLAZO T/C/C MIGUEL ANGEL DANZOT T/C/C MIGUEL A. DANZOT T/C/C
ZOT COLLAZO T/C/C MIGUEL A. DANZOT COLLAZO T/C/C MIGUEL DANZOT COLLAZO T/C/C
KV-519 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
MIGUEL ANGEL DANMOTTA VELEZ, ZOT T/C/C MIGUEL A. MARIA FERNANDA Demandante DANZOT T/C/C VS. MIGUEL DANZOT; HIDALGO GUTIEJUANITA BAEZ MED- RREZ, JOSE MARIA Demandado INA T/C/C JUANITA CIVIL NÚMERO: D DI2015-1648 BAEZ T/C/C JUANITA (4001) SOBRE: DIVORCIO RUPTURA IRREPARABLE EMDANZOT; LA SOPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERCIEDAD LEGAL DE ICA ) EL PRESIDENTE DE LOS BIENES GANANESTADOS UNIDOS ) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE CIALES COMPUESTA P U ER T O RI CO ) A: JO SÉ HIDALGO GUTIERREZ POR AMBOS ; ESTA- OMARÍA sea, la parte demandada arDOS UNIDOS DE riba mencionada. POR LA PRESENTE se le emplaza y reAMERICA quiere para que conteste la de-
DEMANDADO CIVIL NÚM. RSCI201501017 SALON NÚM. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIO?N DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ) S.S. PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) A: MIGUEL ANGEL DANZOT COLLAZO, JUANITA BAEZ MEDINA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Por la presente se le notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda en su contra sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. Se le requiere que notifique al abogado de la Parte Demandante: Nohelia Z. Vilches Malave RUA #18,989 Abogada(o) de la parte demandante Popular Center, 208 Avenida Juan Ponce de León, Suite 1809 San Juan, PR 00918 Tel: (787) 756-3000 Fax. (787) 7563010 Correo electrónico: service-pr@millenniumpartners.net copia de su contestación a la demanda. Si no contesta la demanda, presentando el original de la contestación ante este Tribunal, dentro de los treinta (30) días de haberse publicado este edicto, y notificando copia de ella a la parte demandante, se le anotará la rebeldía en su contra, e inclusive se dictará sentencia en rebeldía concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más oírle ni citarle. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 12 de enero de 2016 en Humacao, Puerto Rico. Dominga Gómez Fuster, SECRETARIA (A) POR: Firmado, SUB- SECRETARIA (O) KV-517 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA
PEDRO RÍOS ROSADO Y SU ESPOSA VIRGINIA LÓPEZ ROLDÁN
Peticionarios EX - PARTE CIVIL NÜM.: AJV2015-0187 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO COD.: 005-086-59601-000 - EDICTO - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS) SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) POR CUANTO: PEDRO RÍOS ROSADO y VIRGINIA LÓPEZ ROLDÁN, ha(n) presentado una solicitud para que se declare a su favor el dominio del (los) siguiente(s) inmueble(s): SOLAR NUMERO TRES URBANO: Solar radicado en el Bo. Camaseyes de Aguadilla, PR, con una cabida de 407.489 METROS CUADRADOS, en lindes: al NORTE, con carretera municipal y Reinaldo Rodríguez; al SUR, con la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda; al ESTE, con Ramón Cortés; y al OESTE, Ramón Cortés. El Tribunal orenó que se publique la pretensión de la parte peticiona r ia por tres ve ce s e n u n periódico de circulación general y diaria de los que se editan en la Isla de Puerto Rico, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, y en general, a todos los que desearen oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de 20 días. POR TANTO: Libro el presente en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2015. ROSA B. SANCHEZ ACEVEDO SECRETARIA REGIONAL, SECRETARIO(A). Por: Zuheily González Avilés SAT. KV-519 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
MOTTA VELEZ, MARIA FERNANDA Demandante VS.
manda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, presentando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Lcdo. Felipe Sanabria Quiñones, Calle Mayaguez 134, San Juan, Puerto Rico 00917; teléfono (787) 7639393. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediéndole a la parte demandante el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oirle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 15 de enero de 2016. Ruth Aponte Cotto, SECRETARIO(A) DEL TRIBUNAL POR : SANDRA RAMOS TORRES, Secretaria Auxiliar.SUBSECRETARIO(A)
KV-522 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante v.
RICHARD PEREZ RAMOS, SU ESPOSA MARIA MARZAN DAVILA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandado(a) Civil: DCD2014-2193 402 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJEUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: RICHARD PEREZ RAMOS, SU ESPOSA MARIA MARZAN DAVILA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que el 4 de diciembre 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de enero de 2016. En Bayamón, Puerto Rico, el 14 de enero de 2016. RUTH APONTE COTTO SEC-REGIONAL II, Nombre Secretario (a), LUZ AMADOR, Nombre Secretario (a) Auxiliar.
DEMANDADO(A) CIVIL: NSCI2012000528 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: AGUSTINA RAMOS RAMOS, SUCESION DE LUIS ALFREDO VEGA RAMOS COMPUESTA POR LUIS ALFREDO VEGA RAMOS Y SUZANE VEGA RAMOS PR 983 KM 4.2 SABANA WARD LUQUILLO, PR 00773 300 W PARK AVE. VINELAND, NJ 08360-3528 EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que el 12 de noviembre de 2015 , este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de enero de 2016. En FAJARDO , Puerto Rico, el 14 de enero de 2016. WANDA I. SEGUI REYES, SEC. REGIONAL SUE L. SOTO ACEVEDO Nombre Secretario (a) Nombre Secretario(a) Auxiliar Firma Secretario(a) Auxiliar SS-045 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA SALA DE PONCE
GLORIA MARIE LOPEZ MARTINEZ PARTE DEMANDANTE VS.
RAFAEL SANTILLAN
PARTE DEMANDADA CIVIL NUMERO: JDI2015-0808 SOBRE: DIVORCIO (POR RUPTURA IRREPARABLE DEL VINCULO MATRIMONIAL) EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: RAFAEL SANTILLAN 5110 PALM RD KISSIMMEE, FL 24741 POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que presente al Tribunal su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, notificando copia de la misma al (a la) abogado(a) de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Si usted no contesta la demanda presentando el original de la contestación ante el tribunal correspondiente con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia para conceder el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. L Lcda. Clarissa Julia Martínez Arce RUA Núm. 18,626 PO BOX 10517 PONCE, PR 00732-0517 TEL: (787)4251062 CEL: (787)479-2045 Email: lcdamartinezarce@gmail.com Extendido bajo mi firma y Sello del Tribunal, hoy día 8 de enero de 2016. Carmen G. Tira Quiñones Nombre Secretario(a) Firma Secretario(a) Fecha 8 enero 2016 Aimely Asencio Caraballo Nombre Sub-Secretario(a) Firma Sub-Secretario(a) Fecha 8 enero 2016 SS-051 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO
CARMEN MARIA ARENAS FIGUEROA Y JUAN CRUZ RAMOS Peticionarios
EX PARTE
CIVIL NUM- NSCI201500764 SOBRE INFORMACION DE DOMINIO (150-002-546-03-000) EDICTO
KV-522 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR y Todo aquel que tenga algún DE FAJARDO derecho real sobre el inmueble descrito en la petición de dominDEMANDANTE io, las personas desconocidas a VS. quienes pueda perjudicar la inscripción y en general a toda persona que desee oponerse. POR LA PRESENTE se les notifica que comparezcan, si creyerDEMANDADO(A) C I V I L : N S C I 2 0 1 2 0 0 0 5 2 8 en que les conviene, ante este SOBRE: COBRO DE DINERO Y Honorable Tribunal dentro de EJECUCIÓN DE HIPOTECA veinte días a partir de la última P O R L A V I A O R D I N A R I A publicación de este Edicto y exNOTIFICACIÓN DE SENTEN- poner lo que a su derecho conCIA POR EDICTO (Nombre de venga en el expediente prolas partes a las que se le notific- movido por la parte peticionaria an la sentencia por edicto) A: para adquirir su dominio sobre la AGUSTINA RAMOS RAMOS, siguiente finca: RUSTICA: PreS U C E S I O N D E L U I S A L - dio de terreno radicado en el FREDO VEGA RAMOS COM- Barrio Quebrada de Fajardo del PUESTA POR LUIS ALFREDO término municipal de Fajardo, V E G A R A M O S Y S U Z A N E con una cabida superficial de VEGA RAMOS PR 983 KM 4.2 dos (2) cuerdas y en lindes por SABANA WARD LUQUILLO, PR el Norte en sesenta y ocho
A: María Teresa Rivera e Hipólito Robles Suárez
MIDFIRST BANK
AGUSTINA RAMOS RAMOS, ET. ALS.
fica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de veinte días a partir de la última publicación de este Edicto y exponer lo que a su derecho convenga en el expediente promovido por laEL parte peticionaria VOCERO DE PUERTO RICO > VIERNES, 22 DE ENERO DE 2016 para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Quebrada de Fajardo del término municipal de Fajardo, con una cabida superficial de dos (2) cuerdas y en lindes por el Norte en sesenta y ocho punto cincuenta metros (68.50 m) con terrenos propiedad de la Doña Alma Janice Vélez Vds de Rivera, por el Sur en sesenta y cuatro punto ciento sesenta y siete metros (64.37 m) con un camino municipal; por el Este en ciento veinticinco punto seiscientos setenta y dos metros (125.672 m) con terrenos Demandado(a) propiedad del Sr. Ismael Rivera Civil: K CD2014-2309 SALA 908 y Efraín Sostre y por el Oeste en Sobre: COBRO DE DINERO Y noventa y siete punto setenta y EJECUCION DE HIPOTECA cuatro (90.74m) Gladys García POR LA VIA ORDINARIA NOCarrasquillo. Debe notificar con TIFICACION DE SENTENCIA copia de sus alegaciones a la POR EDICTO A: LAS SUCErepresentación legal de los pro- SIONES DE CESAR SANTImoventes, Bufete Lic. Israel Del- AGO GUZMAN Y FRANCISCA gado Ramos, Apartado 9220, RAMOS LOPEZ COMPUESTA Humacao, Puerto Rico 00792. P O R S U S H E R E D E R O S Dada en Fajardo, Puerto Rico, a DESCONOCIDOS SUTANO DE 08 diciembre 2015 AMARILIS TAL Y MEGANO DE TAL EL MARQUEZ MARQUEZ SEC- SECRETARIO (A) que suscribe R E T A R I A R E G I O N A L I N - le notifica a usted que el 11 de TERNA SECRETARIO POR: enero 2016, este Tribunal ha JENIFFER CARRASQUILLO dictado Sentencia, Sentencia SECRETARIA AUXILIAR I Sec- Parcial o Resolución en este retario Auxiliar caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos SS-058 ESTADO LIBRE ASO- donde podrá usted enterarse deC IADO DE PUERTO RIC O talladamente de los términos de TRIBUNAL DE PRIMERA IN- la misma. Esta notificación se STANCIA SALA SUPERIOR DE publicará una sola vez en un CAROLINA periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el Demandante procedimiento sujeta a los Vs. términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha Demandados sido archivada en los autos de CIVIL NÚM.: FCD2015-1136 este caso, con fecha de 14 de (408) SOBRE: COBRO DE enero de 2016. En SAN JUAN, DINERO EMPLAZAMIENTO Puerto Rico, el 14 de enero de P O R E D I C T O E S T A D O S 2016. GRISELDA RODRIGUEZ UNIDOS DE AMÉRICA, EL COLLADO Nombre Secretario PRESIDENTE DE LOS ESTA- ( a ) , V A N E S S A R O S A R I O DOS UNIDOS, SS. EL ES- ALICEA Nombre Secretario (a) TADO LIBRE ASOCIADO DE Auxiliar Firma Secretario (a) PUERTO RICO A: MANUEL Auxiliar TORRES MARRERO, AIDA L. CLASS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. Por la presente se les notifica SS-065 ESTADO LIBRE ASOque ha sido presentada en este C IADO DE PUERTO RIC O Tribunal una Demanda En- TRIBUNAL GENERAL DE JUSmendada en su contra en el TICIA TRIBUNAL DE PRIMERA pleito de epígrafe. El abogado INSTANCIA SALA MUNICIPAL de la parte demandante es el de Mayagüez Lcdo. Jean Paul Juliá Díaz, Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C.; P.O. Box 364908, San Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 6222323 / Fax (787) 622-2320. Se les advierte que este edicto Demandante se publicará en un (1) periódico v. de circulación general una (1) sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda Enmendada radicando el original de la misma en el Tribunal Superior, Sala de Carolina, con ORACIÓN AL copia al abogado de la parte deESPÍRITU SANTO mandante, dentro del término de Espíritu Santo, Tu que me treinta (30) días contados a partir de la publicación del aclaras todo, que iluminas edicto, se les anotará la todos los caminos para que Demandado(a) Rebeldía y se dictará Sentencia yo alcance mi ideal. Tu que en su contra concediendo el Civil: IACI201400490 Sobre: remedio solicitado en la De- COBRO DE DINERO REGLA 60 me das el don Divino de perdonar y olvidar el mal que manda Enmendada sin más NOTIFICACION DE SENTENcitarles ni oírles, disponiéndose CIA POR EDICTO (Nombre de me hacen y que en todos los además, que en los diez (10) las partes a las que se le notific- instantes de mi vida estas días siguientes a la publicación an la sentencia por edicto) A: conmigo. Quiero en este de este edicto se les dirigirá por MARIA I. TORRES LUCIANO, corto diálogo agradecerte correo certificado con acuse de FULANO DE TAL Y LA SOrecibo una copia del Emplazami- CIEDAD LEGAL DE GANAN- por todo y confirmar que ento por Edicto y de la De- CIALES COMPUESTA POR nunca quiero separarme de manda Enmendada presentada AMBOS EL SECRETARIO (A) Ti, por mayor que sea la a su última dirección postal que suscribe le notifica a usted ilusión material. Deseo estar conocida en 1357 Ave. Ashford que el 21 de octubre 2014, este contigo y todos mis seres Ste. 2, PMB 372, San Juan, PR Tribunal ha dictado Sentencia, queridos en la gloria per00907-1403. EXPEDIDO bajo mi Sentencia Parcial o Resolución petua. Gracias por tu miserifirma y sello de este Tribunal, en en este caso, que ha sido debiCarolina, Puerto Rico, hoy día damente registrada y archivada cordia para conmigo y los en autos donde podrá usted enmios. Gracias Dios mio. 14 de enero de 2016. MIRIAM ROSA MALDONADO SECRET- terarse detalladamente de los (J.L.B.R) ARIA REGIONAL Secretario términos de la misma. Esta Damaris Torres Ruiz Secretaria notificación se publicará una sola vez en un periódico de Auxiliar Sub-Secretario circulación general en la Isla de SS-064 ESTADO LIBRE ASO- Puerto Rico, dentro de los 10 C IADO DE PUERTO RIC O días siguientes a su notificación. TRIBUNAL GENERAL DE JUS- Y, siendo o representando usTICIA SALA SUPERIOR SAN ted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la JUAN Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta Demandante notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. ORACION AL Copia de esta notificación ha DIVINO NIÑO sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de Rece siete Padrenuestros, enero de 2016. En Mayagüez, 7 Avemarías y 7 Credos Puerto Rico, el 14 de enero de durante 7 días. Pida un 2016. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY Nombre imposible y será favorecido, Secretario (a), Diana Mendoza aún sin tener fe. Mande a Rodríguez Nombre Secretario publicar al séptimo día. (a) Auxiliar Firma Secretario (a) Auxiliar
CA RAMOS LOPEZ COMPUESTA POR SUS HEREDEROS DESCONOCIDOS SUTANO DE TAL Y
MEGANA DE TAL, CENTRO DE RECAUDACIONES SOBRE INGRESOS MUNICIPALES, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, DEPARTAMENTO DE HACIENDA
>ESQUELAS
SCOTIABANK DE PUERTO RICO
MANUEL TORRES MARRERO, AIDA L. CLASS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
OPERATING PARTNERS, CO. LC., (COMO AGENTE DE MID LAND FUNDING LLC)
MARIA I. TORRES LUCIANO, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
ORACION AL DIVINO NIO
FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION (FANNIE MAE)
LAS SUCESIONES DE CESAR SANTIAGO GUZMAN Y FRANCISCA RAMOS LOPEZ COMPUESTA POR SUS HEREDEROS DESCONOCIDOS SUTANO DE TAL Y MEGANA DE TAL, CENTRO DE RECAUDACIONES SOBRE
Rece 7 Padrenuestros y 7 Avemarías y 7 Cre dos du ante 7 días. Pida un impos ible y será favore cido, aú sin tener fe. Mande a publ car al 7mo. día.