EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 18 DE ENERO DE 2013 CB-1143 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE
ANTONIO CAJIGAS CUASCUT Peticionario
Ex parte CIVIL NUM.: JJV2012-1142 SALA: SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: José Rafael Torres Olvino y Lidia Franceschi Giovanetti inmediatos anteriores dueños y partes con interés A: Otros dueños anteriores: Empresas Murati, Inc., Ponce Real Estate Corporation y José Angel Rivera Cancel A todos ustedes se les cita, notifica que el peticionario Antonio Cajigas Cuascut ha radicado bajo el presente caso un proceso de expediente de dominio y para inscribir a su nombre el inmueble que se describe, por ser su dueño legítimo. -SOLAR marcado con el número once (11) en el plano de mensura actualizado por el Agrimensor Benigno Rodríguez Burgos, Licencia número 8569, dicho colinda por el NORTE, que es su frente, con Calle municipal del Municipio de Peñuelas, que le da entrada y salida a dicho inmueble; por el SURESTE, con la Zona Marítimo Terrestre, bajo la jurisdicción y administración del Departamento de Justicia y del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico; por el OESTE, con parcela número diez (10) de Don Luis Inocencio Franceschi Cordero; y por el ESTE, con parcela número doce (12) de Minerva Noemí Cajigas Ferrer. Dicho solar tiene una cabida superficial de QUINIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO TREINTA Y NUEVE SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (531.3972 m/c) equivalente a 0.1352 cdas. Enclava en este solar una casa residencial de dos (2) plantas, construida de madera y cemento. La planta alta es de madera techada de zinc, tiene sala, cocina, baño, tres (3) cuartos dormitorios y un mirador. La planta baja es de cemento, contiene marquesina y almacén, existe escalera exterior que le da acceso a la segunda planta. Quedan ustedes notificados y citados, si es su decisión intervenir en este proceso. Se les advierte que de no comparecer en el término de treinta (30) días a partir de la última publicación de este edicto, este Tribunal procederá a conceder lo solicitado por el peticionario que es inscribir el solar a su favor. Por orden del Honorable Juez Jaime José Benero García expido bajo mi firma y sello de este Tribunal el presente edicto a ser publicado en un periódico de general circulación en esta Isla por el término de ley. Ponce, Puerto Rico, a 11 de diciembre de 2012. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Secretaria Tribunal. Ereina Agront León, Secretaria Aux. del Tribunal I.
MR-6426 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYAMA SALA SUPERIOR
FANNIE MAE Demandante v.
DIVINE MUSIC CORP; IAN FRATICELLI SANYET; ARLENE ORUÑA GONZÁLEZ Y AIDA ORUÑA GONZÁLEZ T/C/C AIDA MARÍA ORUÑA GONZÁLEZ Demandados CIVIL NÚM: GCD2010-0405 (306) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYAMA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 7 de febrero de 2013, a las 9:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYAMA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 3 KM 114.8 Bo. Guardarraya, Patillas, PR 00723 y que se describe a continuación: RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Guardarraya del término municipal de Patillas, Puerto Rico, con un área superficial de ochocientos cincuenta punto quinientos setenta y dos (850.572) metros cuadrados, equivalentes a cero punto dos uno seis cuatro uno 0.21641 cuerdas. En lindes por el NORTE, con la servidumbre de la Carretera Estatal número PR tres (PR-3), con veinticuatro punto ciento veintisiete (24.127) metros lineales; por el SUR, con la zona marítimo terrestre con veintitrés punto ciento cuarenta y ocho (23.148) metros lineales; por el ESTE, con el solar número uno (1), con treinta y seis punto cuatrocientos treinta (36.430) metros lineales; y por el OESTE, con treinta y cinco punto quinientos noventa y cinco (35.595) metros lineales, con el solar número tres (3). En esta finca enclavan las siguientes edificaciones: casa quinta: casa de maderas extranjeras y del país techada de zinc, en forma de chalet que mide 50' de fondo por 35' de frente, teniendo 10' de altitud, la cual se dedica a vivienda, teniendo esa casa los siguientes anexos: garaje, también construido de maderas con techo de zinc que tiene 23 1/2' de fondo por 9 1/2' de frente y 8' de altitud; casa de servicio que tiene 14 1/2' de fondo y 10 1/2' de frente y 9' de luz, cisterna para agua construida de concreto que tiene 11 1/2' de largo 9 1/2' de de largo y 1/2' de ancho y 8' más o menos de altitud, teniendo además un cuarto debajo, independiente de la casa que mide 7' y medio de largo por 7' y medio de ancho y 6' de largo. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 66 del Tomo 99 de Patillas, finca número 4,480, en el Registro de la Propiedad de Guayama. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $320,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de febrero de 2013, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $213,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de febrero de 2013, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $160,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 343, otorgada el día 28 de abril de 2005, ante el Notario Edgardo del Valle Galarza y consta inscrita en el Folio 23 del Tomo 227 de Patillas, finca número 4,480, en el Registro de la Propiedad de Guayama, inscripción novena. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $298,678.82 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.250% anual desde el día 1 de mayo de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $32,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $32,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $32,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYAMA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titula-
ción del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por Nasreen Ajmal Karin (soltera), en garantía de un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, por la suma de $40,000.00, sus intereses al 6.25% anual y vencedero el 1 de septiembre de 2035, según escritura número 349, otorgada en San Juan, el 30 de agosto de 2005, ante el notario Miguel A. Hernández Agosto. Inscrita al folio 186 del tomo 1046 de Monacillos. Inscripción décima séptima. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Guayama, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2012. FDO. MYRIAM ÑECO ALGUACIL PLACA 107
ED-6683 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
CRUZ CORTES MIGDALIA Demandante v.
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO
Demandado(a) CIVIL NUM. D CP2012-0178. SALA 505. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. RICHARD ROE y JOHN DOE. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. El Secretario que suscribe notifica a usted que el 8 de enero de 2013 este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de enero de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 10 de enero de 2013. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-6684-1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL BANK Demandante v.
ISMAEL BERRIOS SILVA VANESSA IVETTE ROSA FIGUEROA t/c/c VANESSA ROSA FIGUEROA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos y ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
CB-1076 GOBIERNO DE PUERTO RICO. DEPARTAMENTO DE ESTADO, SAN JUAN, PUERTO RICO. MARCA PARA REGISTRAR. AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: Conforme a la Ley Núm. 169 del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, y al Reglamento Número 8075 del 19 de septiembre de 2011, la siguiente marca ha sido presenDemandado(a) tada ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puer- CIVIL NUM. D CD2012-1573. to Rico para su archivo y regis- SALA 702. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HItro. POTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El Secretario(a) que suscribe le Número de Presentación: notifica a usted que el 17 de di67,022. Solicitante: O’Neill & ciembre de 2012, este Tribunal Borges III Dirección Postal: Ame- ha dictado Sentencia, Sentencia rican International Plaza 250 Mu- Parcial o Resolución en este cañoz Rivera Avenue, St. 800 San so, que ha sido debidamente reJuan, P.R. 00918-1813 Descrip- gistrada y archivada en autos ción: La marca consiste en las donde podrá usted enterarse depalabras “O’NEILL & BORGES” talladamente de los términos de estilizadas en color blanco y ne- la misma. Esta notificación se gro. Renuncia de elementos no susceptibles de uso exclusivo: publicará una sola vez en un peN/A. Clase Internacional: 045. riódico de circulación general en NOTIFICACION: Conforme al Ar- la Isla de Puerto Rico, dentro de tículo 8 de la Ley Núm. 169 del los 10 días siguientes a su notifi16 de diciembre de 2009, según cación. Y, siendo o representanenmendada, cualquier persona do usted una parte en el procedique se considere perjudicada por miento sujeta a los términos de el registro de esta marca puede la Sentencia, Sentencia Parcial o oponerse al mismo presentando Resolución, de la cual puede esante el Registro de Marcas y tablecerse recurso de revisión o Nombres Comerciales un Escrito apelación dentro del término de de Oposición debidamente fun- 30 días contados a partir de la damentado dentro de los treinta publicación por edicto de esta (30) días siguientes a la publica- notificación, dirijo a usted esta ción de este edicto. No obstante notificación que se considerará lo anterior, antes de vencido el hecha en la fecha de la publicatérmino y por justa causa, el Re- ción de este edicto. Copia de esgistro podrá conceder una pró- ta notificación ha sido archivada rroga de hasta veinte (20) días en los autos de este caso, con para presentar dicha oposición. fecha de 10 de enero de 2013. El oponente deberá notificar al En BAYAMON, Puerto Rico, el solicitante copia del Escrito de Oposición mediante correo certi- 10 de enero de 2013. MIGDALIA ficado con acuse de recibo, no RIVERA COLON. NOMBRE SEmás tarde de dos (2) días labora- CRETARIO(A). SANDRA I. DE bles a partir de la fecha de pre- JESUS COLON. NOMBRE SEsentación del Escrito de Oposi- CRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ción.
ED-6689 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO.
DORAL BANK Demandante VS.
BATISTA RIOS MARIA DEL C.
Demandado CASO: C CD2012-0178. SALON: 0302. SOBRE: COBRO DE DINERO. EJECUCION DE HIPOTECA (CAUSAL/DELITO). A: MARIA DEL CARMEN BATISTA RIOS t/c/c MARIA CARMEN BATISTA RIOS t/c/c MARIA BATISTA RIOS t/c/c MARIA DEL CARMEN BATISTA, por sí y como miembro de BENJAMIN HERNANDEZ ALVARADO compuesta por BENJAMIN HERNANDEZ RAMOS, CYNTHIA HERNANDEZ RAMOS, DENISE HERNANDEZ RAMOS, MARIBEN HERNANDEZ LLADO, MARICARMEN HERNANDEZ LLADO, ROBERTO HERNANDEZ LLADO, ODET HERNANDEZ, JOHN DOE Y RICHARD ROE como posibles herederos. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 08 de enero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días di contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de enero de 2013. BRAS BENITEZ RAFAEL. PO BOX 195389 SAN JUAN, PR 00919-5389. MALDONADO RIVERA VALERIE. PO BOX 9024140 SAN JUAN, PR 00902-4140. BATISTA RIOS, MARIA DEL C. HC 2 BOX 6866, BAJADERO PR 00616. HERNANDEZ ALVARADO, BENJAMIN. HC 2 BOX 6866 BAJADERO PR 00619. HERNANDEZ ALVARADO, BENJAMIN (SUCN.). HC 2 BOX 6866, BAJADERO PR 00616. HERNANDEZ-BATISTA, SOC. LEGAL GANANCIALE. HC 2 BOX 6866, BAJADERO, PR 00616. ARECIBO, PUERTO RICO, a 11 de enero de 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIO. POR: YESSICA M. SOTO DELGADO, SECRETARIO AUXILIAR. CB-1208 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO
Doral Bank Demandante v.
José Angel Llanos Bultón, Verónica Pagán González y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: E2CI2005-00020 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 8 de febrero de 2013, a las 10:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO , todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Ceiba Norte 82, Calle 2, Juncos, P.R. 00777 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el #82 en el plano de parcelación de la
comunidad rural Piñas del Barrio Gurabo Abajo del término municipal de Juncos, con una cabida superficial de 548.30 metros cuadrados, en lindes por el Norte, con la parcela #81, por el Sur, con la parcela 83 y 84, por el Este, con la calle #3 y por el Oeste, con la parcela #87. Enclava una casa de concreto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 196 del Tomo 200 de Juncos, finca número 7801, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $84,900.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 de febrero de 2013, a las 1:15 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $56,600.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 22 de febrero de 2013, a las 1:15 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $42,450.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 703, otorgada el día 19 de julio de 1998, ante el Notario Angel L. Rolán Prado y consta inscrita en el Folio 89 del Tomo móvil 322 de Juncos, finca número 7801, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $79,960.77 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el día 1 de diciembre de 2003. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,490.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,490.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,490.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 14 de diciembre de 2012. Fdo. IOMARYS MORALES ORTIZ ALGUACIL AUXILIAR PLACA 831 ALGUACIL
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ED-6691 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-6690 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.
DORAL BANK
DORAL BANK
Demandante v.
LUIS FELIPE PEREZ MOLINA t/c/c LUIS F. PEREZ MOLINA LINDA GIL DE LA MADRID ALBINO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandado CIVIL NUM. DCD2012-2125. SALA 702. SOBRE: COBRO DE DINERO. COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUIS FELIPE PEREZ MOLINA t/c/c LUIS F. PEREZ MOLINA, LINDA GIL DE LA MADRID ALBINO y la SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES compuesta por ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 17 de diciembre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 8 de enero de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 8 de enero de 2013. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). SANDRA I. DE JESUS COLON. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
ALBERTO FONSECA PEREZ SYLVIA ROBLES MORALES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Demandado(a) CIVIL: E2CI2012-618. SOBRE: COBRO DE DINERO. COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ALBERTO FONSECA PEREZ, SYLVIA ROBLES MORALES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 8 de enero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de enero de 2013. En SAN LORENZO, Puerto Rico, el 10 de enero de 2013. MARIBEL BARREIRO MAYMI. NOMBRE SECRETARIO(A). MIGNORYS CUADRADO LOPEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6696-1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.
DORAL BANK ED-6687 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
DORAL BANK Demandante VS.
RAFAEL ANIBAL MARQUEZ FONSECA
Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2012-0623. SALA: 603. SOBRE: COBRO DE DINERO. COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: RAFAEL ANIBAL MARQUEZ FONSECA. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 2 de enero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de ENE. de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el 10 de enero de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). YARISMAR GONZALEZ SANTIAGO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
IRIS ROSARIO DIAZ t/c/c IRIS YALIZA ROSARIO DIAZ t/c/c IRIS Y ROSARIO y como IRIS Y ROSARIO
Demandado(a) CIVIL NUM. G CD2011-0406. SOBRE: COBRO DE DINERO. EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO ENMENDADA. A: IRIS ROSARIO DIAZ t/c/c IRIS YALIZA ROSARIO DIAZ t/c/c IRIS Y ROSARIO Y COMO IRIS Y ROSARIO. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 26 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 9 de enero de 2013. En Guayama, Puerto Rico, el 9 de enero de 2013. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. DINA GARCIA GARCIA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.