Edición 2 de Enero 2013

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CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 2 DE ENERO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Consejeros CARTA ABIERTA SOBRE EL “PROFESOR CABALLERO” Abatido por una negra situación económica, le escribí al Profesor Caballero. Su contesta fue precisa. “Todos tus problemas serán resueltos”. Así me decía... Y así fue. Hoy me siento muy feliz gracias a este bendito señor. Si le escribes, te garantizo que todas tus angustias personales, te serán resueltas, y jamás te arrepentirás de haberle escrito al Prof. Caballero. Envíe $2 dólares para gastos de correo. Su dirección: Profesor Caballero P.O. Box 188 Bronx New York 10460-9998 U.S. Donicio Fco. Mayoral Monitier

CB-685 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

LILLYBETH MENDEZ PATRON

BARRIO LIRIOS JUNCOS, PUERTO RICO PETICIONARIA CIVIL NUMERO: EJV2012-1014 SALA: 507 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. POR LA PRESENTE se notifica que la parte peticionaria ha presentado una “Petición sobre Expediente de Dominio” para que se declare a su favor el dominio de los siguientes inmuebles: “RUSTICA A: Predio de terreno situado en el Barrio Lirios de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superficial de (1,181.755) metros cuadrados equivalentes a (0.3007) cuerdas y en lindes por el NORTE, antes Finca Principal, hoy Gregoria Pedraza; por el Sur con un camino privado de la Sucesión Agustín Hernández; por el ESTE con la Finca Principal, antes, hoy con un Camino Municipal, y por el OESTE con la Sucesión de Agustín Hernández. Enclava una casa en bloques y hormigón”. Codificación #226-070-001-95000 “RUSTICA B: Predio de teOBTENGA LICENCIA GUARDIA rreno situado en el Barrio Lirios DE SEGURIDAD O DETECTIVE del Término Municipal de Juncos, Puerto Rico, con una cabida 쎰 (787) 479-2886 superficial de (14,399.1557) metros cuadrados, equivalentes a (3.8953) cuerdas y en lindes por el NORTE; en dos (2) alineaciones que suman 98.805 metros con los terrenos de Sucesión Ramón Carrión Carrión y Juan Carrión Carrión, por el SUR en una distancia de (102.763) metros con el Lote 3B, propiedad de Mariano Cuevas, por el ESTE; en tres (3) alineaciones que suman (191.914) metros, con terrenos de Sucesión Ramón Carrión Carrión y Juana Patrón, antes, hoy; con (Lilibeth Méndez Patrón, Lote 3C), y por el OESTE; en cuatro alineaciones que suman (210.201) metros con terrenos de Sucesión Ramón Carrión Carrión, hoy; Juan Emilio Carrión y antes; Sucesión Antolina Hernández, hoy; con la Sucesión de Agustín Hernández Flores”. Codificación #226-070-338-03-000 Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por tres (3) veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general diaria, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción y en general, a todos los que desearan oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación del presente edicto. POR TANTO, libro la presente en Caguas, Puerto Rico, a NOV. 29 de 2012. Carmen I. García Pérez, Secretaria Regional II. Secretario del Tribunal. CB-902 ESTADO LIBRE ASO- María de Jesús Ortiz, Secretaria CIADO DE PUERTO RICO. TRI- Auxiliar del Tribunal I. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE CB-720 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIAGUADILLA. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AIBONITO SALA SUPERIOR

Detectives/ Investigadores

920 SERVICIOS SALUD

EDICTOS

LYDIA ESTHER SOTO MENDEZ PETICIONARIA

EX PARTE CIVIL NUM. AVJ2012-0183. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. E.U.A. PRESIDENTE DE LOS E.U. SS. E.L.A. DE P.R. Por la presente se notifica que la peticionaria de epígrafe ha presentado petición de dominio para que se declare a su favor el dominio de la siguiente finca: -RUSTICA: Radicado en el Bo. Naranjo de Aguada, PR, con cabida de 1,705.37 M.C. colinda al N y S con uso público; al E, con solar IV; y al O, con solares I y II. Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por 3 veces durante el término de 20 días en un periódico de circulación general, diaria, para que los que tengan derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, en general, a todos los que deseasen oponerse puedan efectuarlo dentro del término de 20 días a partir de la última publicación del presente edicto. El abogado de la promovente es José Rafael Ramos Hernández cuya dirección es: Avenida Victoria #548, Aguadilla, P.R. 00603 y cuyo teléfono es el (787) 997-4603. Por tanto, libro la presente en Aguadilla, P.R., hoy día 14 de Nov. del 2012. Ana M. Avilés González, Secretaria Regional. Secretario. Lilia Agront, Sub-Secretario.

ANGEL LUIS AYALA VAZQUEZ PETICIONARIO

EX-PARTE CIVIL NUM: B JV2012-0125 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTOS. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA: SALA SUPERIOR DE AIBONITO, ANGEL LUIS AYALA VAZQUEZ, PETICIONARIO, EX-PARTE, CIVIL NUMERO: B JV2012-0125 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. -EDICTO: A: Delfina Díaz, Germán Bonilla Soliván, Monserrate Rivera Rosario, también conocida por Jesusa Rivera y por Jesusa Bonilla; Sonia Bonilla Rivera, también conocida por Sonia Bonilla y por Sonia Bogin; Josephine Bonilla Rivera, también conocida por Josephine Bonilla y por Josephine Román; Blanca Rosa Bonilla Rivera, también conocida por Blanca R. Bonilla y por Blanca R. Santiago; Germán Bonilla Rivera, también conocido por Hermán Bonilla; Catherine Bonilla Rivera, también conocida por Catherine Bonilla y por Catherine Febus Bonilla; Héctor Luis Bonilla Rivera; sus herederos, causahabientes o derecho habiente y a todo aquel que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en esta petición de DOMINIO las personas ignoradas a quienes pueda

perjudicar la inscripción y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Tribunal dentro de los TREINTA (30) DIAS a partir de la última publicación de este Edicto, y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: Solar radicado en la Calle Baldorioty Número Cincuenta y Siete (57) del Municipio de Aibonito, Puerto Rico, con una cabida superficial de ciento setenta y nueve punto nueve nueve cuatro seis (179.9946) metros cuadrados, equivalentes a cero punto cero cuatro cinco ocho (0.0458) cuerda. En lindes por el NORTE, con Doña Rosa Dávila, hoy, Alejando Rivera; por el SUR, con Antonio Ginorio, hoy Emilio Ortiz; por el ESTE, co Brígido Jiménez, hoy Tomás Suárez y por el OESTE, con la Calle Baldorioty. Debe notificar con copia de las alegaciones a la representación legal de los promoventes, LCDO. IVAN L. MONTALVO BURGOS, en la Urbanización Reparto Montellano, D-1 Calle B, Cayey, Puerto Rico 00736, TELEFONO: (787) 738-5858. En Aibonito, Puerto Rico, hoy día 1 de Nov. de 2012. Elizabeth González Rivera, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Olga M. Avilés, Sec. Aux. CB-801 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR LIMITADO DE TOA ALTA

MONTECIELO QUARRY, LLC. DEMANDANTE VS.

JOSE A. MOJICA REYES, SOL M. LOPEZ RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ellos H/N/C TRANSPORTE EL DAMO, Et. Als DEMANDADOS CIVIL NUM. CD-2009-0486-A SOBRE: COBRO DE DINERO. EDICTO DE SUBASTA. YO, PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan al público hago saber: Que en cumplimiento de un mandamiento que he recibido de este Tribunal, venderé en pública subasta al mejor postor, en moneda del cuño legal y corriente de los Estados Unidos de América, el día 23 de enero de 2013 a las 2:00 de la tarde todo el derecho, título e interés que tenga la parte demandada sobre la siguiente propiedad: a. Camión de arrastre de doble eje, Marca Mack, color Rojo Oscuro de año 1984 con número de tablilla de arrastre H37037. El vehículo estará disponible para inspección del público en general de lunes a viernes durante horas laborables, previa cita con el Sr. José R. Marrero Ríos al (787) 692-0096 en la siguiente dirección: 1010 SE, CALLE 8 PUERTO NUEVO SAN JUAN, PR 00921 Dicha venta se llevará a cabo para con su producto servir a la parte demandante de la sentencia obtenida en este caso ascendente a la suma de $9,500.00 más los intereses legales sobre dicha cantidad desde la fecha en emitió la Sentencia en este caso hasta el saldo total y completo de la deuda, las costas y gastos del procedimiento. FECHADO: hoy día 14 de diciembre de 2012 en SAN JUAN, Puerto Rico. PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. MR-6330 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AGUADILLA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE JUAN RIOS VALENTIN compuesta por sus hijos RICARDO RIOS RIVERA, CARMEN YOLANDA RIOS RIVERA y MANUEL RIOS CHACON; SUCESION DE CARMEN RIVERA CORDERO compuesta

por sus hijos RICARDO RIOS RIVERA y CARMEN YOLANDA RIOS RIVERA; FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS EN TODAS LAS SUCESIONES; DEPARTAMENTO DE HACIENDA POR CONDUCTO DE LA DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) Demandados CIVIL NUM. A1CI2011-0611 (601) COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) EDICTO DE SUBASTA Yo, Carlos Rivera López Alguacil Regional, Alguacil de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 24 de septiembre de 2012, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Aguadilla, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, el cual está localizado en Urbanización Villa Marbella, Solar 202 Manzana "E", Aguadilla, Puerto Rico: "URBANA: Solar radicada en la Urbanización Villa Marbella, situada en el Barrio Borinquén de Aguadilla, marcado con el número doscientos dos (202) de la manzana "E" en el plano de inscripción de dicha Urbanización, compuesto de trescientos veinticinco punto cero cero (325.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar doscientos treinta y dos (232) en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros; por el SUR, con la Calle "E" en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros; por el ESTE, con el solar doscientos tres (203) en una distancia de veinticinco punto cero cero (25.00) metros; y por el OESTE, con el solar doscientos uno (201) en una distancia de veinticinco punto cero cero (25.00) metros. Contiene una casa de concreto reforzado diseñada para una Familia." Consta inscrito al folio 124 del tomo 169 de Aguadilla, finca 7322, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Aguadilla. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes, los cuales son objeto de ejecución en el presente caso: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor del Portador, o a su orden, por la suma principal de $30,000.00 con intereses a razón del 9.99% anual o al 1% anual sobre la tasa de interés preferencial, con vencimiento a la presentación, según consta en la escritura número 1033 otorgada el 21 de diciembre de 2000, ante el notario José A. Amador López, inscrita al folio 125 del tomo 169 de Aguadilla, inscripción 6ta. b. AVISO DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, caso civil número A1CI201100611, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, Banco Popular de Puerto Rico v. Juan Ríos Valentín; en la que se reclama el pago de la hipoteca de la inscripción 6ta; presentada al asiento 1248 del diario 846 el 1 de septiembre de 2011. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán sub-

sistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA Y HORA PRECIO MINIMO PRIMERA SUBASTA 29 DE ENERO DE 2013 A LAS 10:30 AM $30,000.00 SEGUNDA SUBASTA 5 DE FEBRERO DE 2013 A LAS 10:30 AM $20,000.00TERCERA SUBASTA 12 DE FEBRERO DE 2013 A LAS 10:30 AM $15,000.00. Conforme a la Sentencia dictada el día 14 de junio de 2012 y archivada en los autos el 15 de junio de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada y las siguientes sumas: NÚMERO DE PRÉSTAMO 871007-1 PRINCIPAL $19,069.05 INTERESES AL 9.99% CARGOS POR DEMORA $322.20 HONORARIOS $3,000.00 Los intereses y demás cargos continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal. En Aguadilla, Puerto Rico, hoy 18 de octubre de 2012. Carlos Rivera López Alguacil Regional ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE AGUADILLA CB-900 GOBIERNO DE PUERTO RICO. DEPARTAMENTO DE ESTADO, SAN JUAN, PUERTO RICO. MARCA PARA REGISTRAR. AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: Conforme a la Ley Núm. 169 del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, y al Reglamento Número 8075 del 19 de septiembre de 2011, la siguiente marca ha sido presentada ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico para su archivo y registro.

SILK-ÉPIL Número de Presentación: 60240. Solicitante: Braun GmbH Dirección Postal: Frankfurter Strasse 145 D-61476 Kronburg, Germany Renuncia de elementos no susceptibles de uso exclusivo: N/A Clase Internacional: 003. NOTIFICACION: Conforme al Artículo 8 de la Ley Núm. 169, del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, cualquier persona que se considere perjudicada por el registro de esta marca puede oponerse al mismo presentando ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales un Escrito de Oposición debidamente fundamentado dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. No obstante lo anterior, antes de vencido el término y por justa causa, el Registro podrá conceder una prórroga de hasta veinte (20) días para presentar dicha oposición. El oponente deberá notificar al solicitante copia del Escrito de Oposición mediante correo certificado con acuse de recibo, no más tarde de dos (2) días laborables a partir de la fecha de presentación del Escrito de Oposición.

CB-914 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA EN RIO GRANDE

CB-916 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

DORAL BANK

DORAL BANK

Parte Demandante VS.

Parte Demandante VS.

CB-784 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO

LYDIA ESTHER GERTRUDIS TORRES GONZALEZ VALDEZ BAEZ Peticionaria vs. E ISMAEL SAMUEL POR SI Y COMO TORRES GONZALEZ MIEMBRO DE LA DANIEL GONZALEZ AMBOS POR SI Y SUCESION DE QUIJANO, Y OTROS con Interés COMO MIEMBROS CIVIL Parte RAMON NUM.: KEF-07-0331 RODRIGUEZ MUÑOZ DE LA SUCESION DE (1003). SOBRE: EXPROPIAFORZOSA. EMPLAZAJOSEFINA GONZALEZ CION COMPUESTA MIENTO POR EDICTO. EstaNIEVES COMPUESTA dos Unidos de América. El PresiADEMAS POR dente de los E.E.U.U. EL ESTAADEMAS POR MICHELLE MARIE DO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A: IDA GONZALEZ ORTEGA JOHN DOE RODRIGUEZ RE: Adquisición de un derecho Y RICHARD ROE real y perpetuo de servidumbre VALDEZ, SHAKIRA 857.5232 m.c. a favor de la COMO POSIBLES de ARLENE RODRIGUEZ Autoridad de Energía Eléctrica de P.R. para la construcción de HEREDEROS VALDEZ, STEPHANIE Línea 230 KV, Sabana Llana DESCONOCIDOS laYabucoa, MARLIN RODRIGUEZ Trujillo Alto, P.R. RUSParte Demandada TICA: Faja de terreno localizada VALDEZ, OLGA CASO NUM. ECD2012-1436. en el Barrio Do Bocas, del térmiSALON NUM. 612 ACCION CI- no municipal de Trujillo Alto, SABRINA VIL DE COBRO DE DINERO Y Puerto Rico, con un área superfiRODRIGUEZ EJECUCION DE HIPOTECA cial de cero punto dos uno ocho POR LA VIA ORDINARIA. MAN- dos cuerdas (0.2182 c.), equivaTRUJILLO DAMIENTO ORDEN DE INTER- lentes a ochocientos cincuenta y PELACION. Estados Unidos de siete punto cinco dos tres dos JOHN DOE Y América. El Presidente de los metros cuadrados (857.5232 RICHARD ROE Estados Unidos. SS. Estado Li- m.c.), según mensura realizada Asociado de Puerto Rico. A: por la Autoridad de Energía ElécCOMO POSIBLES bre LYDIA ESTHER TORRES GON- trica de P.R., en lindes: por el HEREDEROS ZALEZ E ISMAEL SAMUEL TO- NORTE, con el lote 027-1A [a GONZALEZ AMBOS ser adquirido] en terrenos de la DESCONOCIDOS RRES POR SI Y COMO MIEMBROS

Parte Demandada CASO NÚM. FBCI2010-00754. SALÓN NÚM. 0004 ACCIÓN CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: OLGA SABRINA RODRIGUEZ TRUJILLO Quede emplazada y notificada que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $13,610.06 reducido a la suma de $13,431.99 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 8.95% anual desde el día 1ro. de septiembre de 2010, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $1,445.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente identificación y localización: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villas de Loíza, situado en el Barrio Canóvanas del municipio de Loíza, Puerto Rico, marcado con el número 14 del bloque KH, con un área superficial de 378.53 metros cuadrados. En lindes: por el Norte, en 41.97 metros, y según plano en 60.94 metros, con los solares número 10, 11 y 13; por el Este, en 10.00 metros con la calle 41; por el Sur, en 37.02 metros con el solar 15; y por el Oeste, en 10.26 metros con los solares número 6 y 7. Afecta a servidumbre de 1.5 metros por su colindancia Norte. Inscrita al folio 18 del tomo 233 de Canóvanas, Registro de la Propiedad de Carolina, sección Tercera, finca número 10,669. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDA. RAFAEL BRAS BENITEZ del Bufete Vázquez & Vizcarrondo LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 9995252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le (s) anotará la rebeldía y se le (s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle (s) ni oírle (s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En Carolina en Río Grande, Puerto Rico, hoy día 04 de diciembre de 2012. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Secretaria (o) General. Por: Maricruz Aponte Alicea, Secretaria Auxiliar. Sub-Secretaria (o).

DE LA SUCESION DE JOSEFINA GONZALEZ NIEVES COMPUESTA ADEMAS POR JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS. POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN” Examinada la moción presentada por la parte demandante y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación y en su virtud acepta interpelación judicial de la parte demandante a los herederos de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se ordena a los herederos de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES, a LYDIA ESTHER TORRES GONZALEZ E ISMAEL SAMUEL TORRES GONZALEZ; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES. Se le apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, la herencia se tendrá por aceptada. También se le apercibe a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ordena a la parte demandante a que, en vista de que la sucesión de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES incluye como herederos a John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, proceda a notificar la presente Orden mediante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. DADA en Caguas, Puerto Rico, a 20 de noviembre de 2012. LILIA M. ORTIZ PUIG, JUEZA SUPERIOR. Juez Superior. POR CUANTO: Se le (s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de JOSEFINA GONZALEZ NIEVES. POR ORDEN DEL HONORABLE, Juez de Primera Instancia de este Tribunal, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 4 de diciembre de 2012. Carmen Iris García Pérez, Secretaria Regional II. Secretaria General. Por: Glorivee Rivera Bruno, Secretaria Auxiliar. Sub-Secretaria

Sucesión Enrique Díaz Díaz; por el SUR, en un punto con terrenos de la finca principal propiedad de la Sucesión Gabriel González Couvertier; por el ESTE, con terrenos de la finca principal propiedad de la Sucesión Gabriel González Couvertier; por el OESTE, con terrenos de la finca principal propiedad de la Sucesión Gabriel González Couvertier. La servidumbre se constituye sobre la finca número 12,651 inscrita al folio 37 del tomo 252 de Trujillo Alto, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV. CODIFICACION: 145-033112-29-001. La Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico interesa adquirir dicha propiedad en concepto de servidumbre para el Proyecto Línea 230 KV Sabana Llana-Yabucoa y depositó la cantidad de $4,320.00 como estimado de justa compensación. No habiéndose podido emplazar personalmente a usted por estar domiciliado fuera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, este Tribunal ha ordenado que se emplace por edicto que se publicará una vez por semana durante tres (3) semanas consecutivas en un periódico de circulación general en Puerto Rico. POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días si fuese emplazado por edictos, notificando copia de la misma al (a la ) abogado (a) de la parte peticionaria o a ésta, de no tener representación legal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. MARIA A. MERCADO PADILLA Número RUA 14,225 Ave. Ponce de León #1605 Oficina 701 San Juan, Puerto Rico 00909 Tels: (787) 945-7455 / Fax: (787) 945-7145 / E m a i l : mercado.maria@gmail.com El Tribunal ha señalado el día 14 de marzo 2013, a las 9:00 AM en Sala 1003; para la vista del caso, en cuyo día se determinará el justo valor de la propiedad y las partes a ser compensadas y a cuya vista podrá usted comparecer y ofrecer prueba de valoración aunque no haya contestado la Petición. Se le advierte que si dentro del mencionado término no contesta la petición ni comparecen a la vista señalada, este Tribunal entenderá que no tiene interés en el caso y procederá a dictar sentencia conforme a las alegaciones de la Petición. Expedido por Orden del Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy 5 de septiembre de 2012. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. SECRETARIA. POR: LOYDA M. COUVERTIER REYES, SUB SECRETARIA SERVICIOS A SALA.


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Edición 2 de Enero 2013 by El Vocero de Puerto Rico - Issuu