Revista Universitaria N°141

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PUNTO DE QUIEBRE El proceso para crear una nueva Constitución se inició en septiembre de 2015 y fue abierto a la participación de todos los chilenos. Por ello se realizó una etapa formativa y luego se desarrollaron encuentros locales, cabildos provinciales y regionales (hasta agosto de este año). Ahora estamos en un punto de quiebre que abre una oportunidad a la sociedad chilena para responder a una necesidad que proviene de todo el territorio nacional. Tanto es así que, en los cabildos regionales, la descentralización fue el tercer valor más mencionado (después de la democracia y la igualdad). Lo mismo se verifica cuando se revisan los proyectos desde la doctrina constitucional y administrativa, así como en las fórmulas concretas de los distintos partidos políticos, centros de estudio u otras organizaciones que se han ocupado del tema. También ocurre si se examinan las medidas contenidas en los distintos programas de Gobierno presentadas a la ciudadanía en casi todas las elecciones de los últimos años. Por ello, la misión definida por la Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional, creada por la Presidenta de la República en 2014, establece: “Es una necesidad y demanda cada vez más visible, expresada por las diversas comunidades y organizaciones de regiones, lo que pone de manifiesto que si se quiere alcanzar un desarrollo económico y social equilibrado y sustentable; reactivar la economía potenciando los territorios; modernizar el Estado y profundizar nuestra democracia, debemos impulsar como Política de Estado un conjunto de transformaciones dirigidas a una efectiva descentralización y desarrollo local-regional”1. Sin embargo, hasta el momento el avance efectivo hacia una mayor desconcentración no se condice con el amplio nivel de acuerdo en torno a su necesidad, ventajas y consecuencias positivas. Esto se debe a la dificultad (en todo orden, incluso cultural) que implica para quienes ejercen cargos de autoridad en Santiago, desprenderse de poder.

Desde su origen y hasta hoy, la Constitución ha sido débil o renuente para impulsar –si de lo que se trata es de configurar directamente en su texto– principios o reglas que sean eficaces para la concreción de procesos de descentralización. UN TEMA DE EFICIENCIA En la actualidad y como muestra de la resistencia centralista, es asombroso que siga estando suspendida la aplicación de la norma contenida en el artículo 121 de la Constitución –incorporada a su texto en 1997–, que autoriza a las municipalidades a crear o suprimir empleos y fijar remuneraciones, y también a establecer los órganos o unidades que la ley orgánica constitucional respectiva permita. Pero ello queda supeditado, de acuerdo a la décima disposición transitoria de la misma Carta Fundamental, a que se regulen en la ley respectiva esas atribuciones, lo cual ni siquiera ha sido propuesto. Ese mismo año, también se agregó al artículo 3° de la Constitución, entre las bases de la institucionalidad, que los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional. Evaluando dicha normativa creo que, desde su origen y hasta hoy, la Constitución ha sido débil o renuente para impulsar –si de lo que se trata es de configurar directamente en su texto– principios o reglas que sean eficaces para la concreción de procesos de descentralización o regionalización2.

EL VALOR MÁS IMPORTANTE La relevancia de aumentar la voz de las regiones fue reafirmada por los cabildos regionales, al consignar la descentralización como el tercer valor más mencionado, después de la democracia y la igualdad. La siguiente tabla muestra la frecuencia de los atributos mencionados, a nivel país.

Ranking

Valores y Principios

Menciones Porcentaje *

Acuerdo

Nivel de acuerdo Parcial Desacuerdo

1 2 3

Democracia Igualdad Descentralización

487 477 473

99,2 97,1 96,3

88,5 81,8 78,9

11,3 17,2 18,8

0,2 1,0 2,3

4 5

Justicia Respeto / conservación de la naturaleza o medioambiente Respeto Bien común / comunidad Equidad de género Estado laico Derechos Humanos

473 470

96,3 95,7

89,6 86,4

10,2 13,6

0,2 0,0

412 389 276 243 202

83,9 79,2 56,2 49,5 41,1

75,2 86,1 79,7 80,2 87,6

19,4 12,4 18,5 18,6 12,4

5,4 1,5 1,8 1,2 0,0

6 7 8 9 10

* Porcentaje del total de mesas de los Cabildos Regionales donde este concepto fue mencionado. Fuente: Gobierno de Chile (unaconstitucionparachile.cl)

1. Informe Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Regional, creada en virtud del Decreto Supremo N° 926, de 2014 (Ministerio del Interior y Seguridad Pública), publicado en el Diario Oficial el 25 de abril de 2014, cuya “Propuesta de Política de Estado y Agenda para la Descentralización y el Desarrollo Territorial de Chile. Hacia un País Desarrollado y Justo”. 2. MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: “Recurriendo a la Fuerza Normativa de la Constitución para avanzar, más efectivamente, en la Descentralización y Regionalización de Chile”, HUMBERTO NOGUEIRA ALCALÁ (coordinador): Bases de la Institucionaliudad (Santiago, Ed. Librotecnia, 2014) pp. 9-28.

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