Ley de Vías Generales de Comunicación Publicada en el DOF el 19 de febrero de 1940. La última reforma de la misma se publicó en el DOF el 14 de julio de 2014. En el capítulo II, Jurisdicción, se lee: Artículo 3. Las vías generales de comunicación y los modos de transporte que operan en ellas quedan sujetos exclusivamente a los Poderes Federales. El Ejecutivo ejercitará sus facultades por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los siguientes casos y sin perjuicio de las facultades expresas que otros ordenamientos legales concedan a otras Dependencias del Ejecutivo Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAFP) Publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1976. La última reforma fue publicada en el DOF el 11 de agosto del 2014. En el Capítulo Único de la Administración Pública Federal, dice: “Artículo 1º. La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas (LAECP) El texto de esta ley, aún vigente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de junio de 2012. En el Capítulo Primero, Disposiciones Generales, se lee: Artículo 1º. La presente Ley es de orden público y de interés general y tiene por objeto: Establecer las responsabilidades y sanciones que deban imponerse a las personas físicas y morales, de nacionalidad mexicana y extranjeras, por las infracciones en que incurran con motivo de su participación en las contrataciones públicas de carácter federal previstas en esta Ley, así como aquéllas que deban imponerse a las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana, por las infracciones en que incurran en las transacciones comerciales internacionales previstas en esta Ley. Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares Este reglamento fue publicado en el DOF el 22 de noviembre de 1994. La última reforma fue publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2000. En el Capítulo Primero, Disposiciones Generales, dice: “Artículo 1º. El presente ordenamiento tiene por objeto regular los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga y servicios auxiliares, y compete a la Secretaría, para efectos administrativos, la aplicación e interpretación del mismo. Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos Publicada en el DOF el 20 de enero de 1986. La última reforma fue publicada en el DOF el 10 de enero de 2014. En su Capítulo Primero, de la Sociedad, Denominación, Objeto y Domicilio, expresa: Artículo 3. El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, como institución de banca de desarrollo, tendrá por objeto financiar o refinanciar proyectos relacionados directa o indirectamente con inversión pública o privada en infraestructura y servicios públicos, así como con las mismas operaciones coadyuvar al fortalecimiento institucional de los gobiernos Federal, estatales y municipales, con el propósito de contribuir al desarrollo sustentable del país.
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