Diario Versión Final

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Maracaibo, viernes, 24 de mayo de 2013 SUCESOS VERSIÓN FINAL 21

GREMIO

Falleció el periodista Bernardo Medina

Bernardo Medina, junto sus colegas Clara Urdaneta y Yuli Pineda.

El presidente Nicolás Maduro lamentó la muerte de los oficiales

Murieron cinco PNB al caer helicóptero en Caracas Los efectivos perseguían a unos secuestradores. La nave impactó contra unos cables de alta tensión. Testigos dijeron que había mucha neblina cuando ocurrió el accidente.

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Bernardo Medina, conocido periodista de la región falleció ayer luego de perder la batalla contra una delicada enfermedad. El destacado comunicador social trabajó como corresponsal de RCTV en el Zulia y tenía un programa “La Esquina Caliente” en Radio Calendario y también laboró como Jefe de Prensa de Mundial Zulia El gremio periodístico se une al dolor que alberga a la familia Medina por el sensible fallecimiento de tan reconocido periodista de la región. Medina fue formador de muchos reporteros y deja al gremio un gran vacio. Se destacaba por su gran humor, modales campesinos y rurales como todo oriundo del estado Falcón. El pasado mes de abril necesitó una próteis Thompson por presentar una fractura en la parte izquierda la cadera, fue intervenido en el hospital “Central”.

W

ilay Mora Brito (primera mujer pilota de helicóptero de Venezuela), Rafael Guielo García (copiloto), Emis David Monge Lovera (técnico aéronautico), Jimmy Carrillo (agregado) y José Azuaje (oficial), fallecieron a las 7:30 de la mañana de ayer al precipitarse la aeronave de la Policía Nacional Bolivariana, en la carretera “MameraEl Junquito” de Caracas. Los cinco funcionarios estaban realizando una persecución, como parte del Plan Patria Segura, a unos delincuentes que habían secuestrado a dos ingenieros de Corpoelec en horas de la madrugada de ayer. Testigos de la zona donde ocurrió el accidente aseguraron que había mucha neblina en la mañana de ayer cuando el helicóptero chocó contra unos cables eléctricos de alta tensión. Carlos Oropeza, habitante de la zona y testigo del hecho, dijo “Estaba dando vueltas muy abajo cerca de los cables” . Se conoció que las personas que

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA RITA Acuerdo Nº 066-2013 En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 175º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , en concordancia con el Ordinal 5º del Artículo 4º, Ordinal 2º del Artículo 54, Artículo 92º y Ordinal 23º del Artículo 95º de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, dicta el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO Que la ciudadana: MONICA CAROLINA MARTINEZ URDANETA, Venezolana, mayor de edad, Divorciada, Titular de la Cédula de Identidad Número: V- 15.786.263 y domiciliada: en jurisdicción del Municipio Santa Rita, Estado Zulia, en fecha 25-04-2011, solicitó en comprar un lote de Terreno Ejido situado en la siguiente Dirección: Vía de Acceso a Vía a Calle 1 (Lara-Zulia), S/N, Sector Rafael Urdaneta, Punta Iguana Sur, Parroquia José Cenobio Urribarri, Municipio Santa Rita, Estado Zulia. Constante de un área de: 665.82 M2; cuyos linderos son los siguientes: Norte: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES DE MARCOS OCHOA Y/O PROPIEDAD ES O FUE DE MILEIDE URDANETA Y MIDE (17.00 Mts) MÁS (5.00Mts.) Sur: LINDA CON VIA DE ACCESO Y MIDE (22.50 Mts) Este: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DE LINO ATENCIO Y MIDE (30.70 Mts) Oeste: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DE MILEIDE URDANETA Y MIDE (28.80Mts) MÁS (1.00 Mts.) CONSIDERANDO Que la citada ciudadana, ha cumplido con los requisitos y condiciones previsto en la ordenanza y demás leyes. ACUERDA Artículo Primero: Aprobar la venta del descrito lote de terrenos a la ciudadana: MONICA CAROLINA MARTINEZ URDANETA, por lo que en atención al Ordinal 4to del Articulo 66 de la Vigente Ordenanza de Terrenos Ejidos y Terrenos Propios, se emite el presente ACUERDO DE DESAFECTACIÓN, para su publicación en Gaceta Municipal o en un diario de Circulación del Municipio. PARÁGRAFO ÚNICO: Se emplaza a quienes se crean con DERECHO a oponerse a la presente venta, para que lo hagan dentro de los Quince (15) días continuos, a partir de la fecha de su publicación. Dado sellado y firmado en la Ciudad de Santa Rita, a los cinco días del Mes de Marzo de 2013. Claudio Ortiz Edinson Gustavo Ávila Presidente Secretario Visto Bueno Abog. Williana Barrera Sindico Procurador Municipal

Murió niña de cinco años luego de agonizar por cuatro días Equipo de Sucesos

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SABANETA

Cinco funcionarios fallecieron la mañana de ayer al precipitarse el helicóptero, entre ellos Wilay Mora Brito (en el recuadro), la primera mujer en la historia en volar un helicóptero.

habían sido plagiadas fueron rescatadas y uno de los delincuentes cayeron abatidos por una comisión policial. El director de la Policia Nacional Bolivariana, Luis Karabin, a través de un contacto telefónico con Venezolana de Televisión (VTV): “Los sujetos se internaron en la zona boscosa en el kilómetro 16 de la carretera vía al Junquito y por la situación atmosférica la aeronave se precipitó a tierra”. La aeronave siniestrada es de fabricación alemana, modelo Messerschmitt-Blkow-Blohm Bo 105 de

color azul, identificada con las siglas CPNB-8302. Una de las aspas del helicóptero averió el techo de una casa cercana al lugar donde cayó la nave. El exministro de Interior y Justica Tareck EL Aissam, lamentó la muerte de la piloto al ser ella la primera mujer en comandar una aeronave en el cuerpo de seguridad. El presidente de la República, Nicolás Maduro, lamentó el hecho y envió palabras de condolencias a los familiares de las víctimas.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA RITA Acuerdo Nº 140-2013 En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 175º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , en concordancia con el Ordinal 5º del Artículo 4º, Ordinal 2º del Artículo 54, Artículo 92º y Ordinal 23º del Artículo 95º de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, dicta el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO Que el ciudadano: RONEL DAVID TORRES CASANOVA, Venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Número: V- 18.311.765 y domiciliado: en jurisdicción del Municipio Santa Rita, Estado Zulia, en fecha 15-02-2012, solicitó en comprar un lote de Terreno Ejido situado en la siguiente Dirección: Av. 3 (Camino Nuevo) entre Calle 16D (La Vega) y Calle 17 (San Ignacio), S/N, Sector Los Andes, Santa Rita, Parroquia Santa Rita, Municipio Santa Rita. Constante de un área de 347.15M2; cuyos linderos son los siguientes: Norte: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DE ANA BERMUDEZ Y MIDE (33.71Mts.) Sur: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DETOMAS BALLESTERO Y MIDE (33.70 Mts.) Este: LINDA CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DE ROSENDO TORRES Y MIDE (10.40Mts.) Oeste: LINDA CON AV. 3 (CAMINO NUEVO) Y MIDE (10.20 Mts.) CONSIDERANDO Que el citado ciudadano, ha cumplido con los requisitos y condiciones previsto en la ordenanza y demás leyes. ACUERDA Artículo Primero: Aprobar la venta del descrito lote de terrenos a el ciudadano: RONEL DAVID TORRES CASANOVA, por lo que en atención al Ordinal 4to del Articulo 66 de la Vigente Ordenanza de Terrenos Ejidos y Terrenos Propios, se emite el presente ACUERDO DE DESAFECTACIÓN, para su publicación en Gaceta Municipal o en un diario de Circulación del Municipio. PARÁGRAFO ÚNICO: Se emplaza a quienes se crean con DERECHO a oponerse a la presente venta, para que lo hagan dentro de los Quince (15) días continuos, a partir de la fecha de su publicación. Dado sellado y firmado en la Ciudad de Santa Rita, a los siete días del Mes de Mayo de 2013. Claudio Ortiz Edinson Gustavo Ávila Presidente Secretario Visto Bueno Abog. Williana Barrera Sindico Procurador Municipal

Osleidys Alezadra Machacón Celis, de cinco años murió ayer tras ser alcanzada en la cabeza por una bala perdida proveniente de la Cárcel Nacional de Sabaneta el pasado domingo. La niña se encontraba jugando en casa de una vecina y aproximadamente a las 11:30 de la mañana se escucharon tres detonaciones, aunque intentó resguardar su vida todo el esfuerzo fue en vano y cayó gravemente herida. Desde ese momento permaneció internada en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Maracaibo. Los médicos tomaron la decisión de operarla el día lunes a las 10 am y le fue extraída la bala sin ninguna complicación, pero por la gravedad de la herida fue recluida nuevamente en la UCI. A medida que pasaban los días el diagnóstico era reservado y la mañana del miñercoles su estado de salud empeoró. Según versiones de los familiares al momento de suscitarse el hecho la niña fue trasladada al CDI de la zona y los médicos disgnosticaron que sólo presentaba un golpe, al cabo de unas horas la niña vomitaba y convulsionaba y por ello fue recluida en el HUM, hasta la hora de su muerte. Familiares exigen justicia para el caso.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA MUNICIPIO JESÚS ENRIQUE LOSSADA CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO Nº246-VE-2013 El Concejo Municipal del municipio Jesús Enrique Losada del estado Zulia, en uso de atribuciones legales que le confiere el Artículo 95, numeral 10 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y lo establecido en la Reforma General de la Ordenanza sobre Terrenos de Condición Jurídica Ejidal y Terrenos Propiedad del Municipio Jesús Enrique Lossada, acuerda. CONSIDERANDO Que el ciudadano: HECTOR ALI FUENMAYOR URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-5.035.323 y domiciliado en jurisdicción del municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, en fecha 02 de noviembre de 2012, solicitó comprar una superficie de terreno de condición jurídica ejidal, ubicado en la siguiente dirección: sector Campo O´leary, Parroquia La Concepción de esta jurisdicción, constante de un área de terreno de 275,94M2; cuyos linderos y medidas son las siguientes: Norte: Posesión de Germán Villalobos y mide 12.00 Mts; Sur: con Vía Publica y mide 12.00 Mts.; Este: Posesión de Rony Urdaneta y mide 23.00 Mts. Y Oeste: Posesión de Mery Gómez y mide 23.00Mts. CONSIDERANDO Que el ciudadano HECTOR ALI FUENMAYOR URDANETA; antes identificado; ha cumplido con los requisitos y condiciones establecidas en la ordenanza respectiva y demás leyes. ACUERDA Artículo Primero: Aprobar la venta del descrito lote de terreno al ciudadano: HECTOR ALI FUENMAYOR URDANETA por lo que de acuerdo a lo establecido en los artículos 132 y 133 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, se emite el presente ACUERDO DE DESAFECTACIÓN, para su publicación en Gaceta Municipal y en un diario de circulación regional. Parágrafo Único: Se emplaza a quienes se crean con derecho a oponerse a la presente venta, para que lo hagan dentro de los diez (10) días siguientes a partir de la fecha de su publicación. Dado, firmado y sellado en el salón de sesiones del Concejo Municipal del municipio Jesús Enrique Lossada en La Concepción, a los veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación. Miriam Cova Concejal Avilio Troconiz Secretaria Municipal Presidente del Concejo Municipal Visto Bueno Abg. Marian Ferrer Sindico Procurador Municipal


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