Medellín modelo de transformación urbana pui proyecto urbano integral.

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y barrios, es información requerida para la consolidación del diagnóstico de las acciones demostrativas. Con base no solo en la información elaborada, sino la obtenida a partir de los convenios interadministrativos desarrollados en el área de intervención por otras entidades y la información obtenida desde el pot, se describen las características de la vivienda, su entorno y las familias en los sistemas natural y artificial identificados en el área de intervención. Finalmente, este análisis físico espacial logró determinar que las viviendas construidas en el polígono tenían una serie de carencias como: deficiencias en saneamiento básico, iluminación y ventilación, pisos en tierra o en materiales precarios. Otras características del territorio son: •

50% de las unidades habitacionales tenían acueducto en fraude, 35% energía en fraude, 100% de las viviendas tenían el alcantarillado de forma informal.

80% de las viviendas se encontraban con carencias estructurales y funcionales

Las familias vivían en hacinamiento crítico: 29m2/viv, 4,2 hab/viv.

1.3.2 Criterios de intervención Como se mencionó anteriormente, los criterios de intervención fueron construidos con la misma comunidad a través de diferentes talleres de sensibilización, asambleas comunitarias, recorridos para la identificación de la

problemática, y actividades socioculturales emprendidas en muchos casos por los mismos moradores de la zona, entre los que están: a) El ordenamiento del territorio se tenía que dar en forma participativa y concertada con la comunidad. Los grupos familiares y la comunidad beneficiaria se reconocieron como sujetos protagonistas activos de su propio desarrollo bajo un enfoque participativo y democrático basado en b) Pactos ciudadanos y acuerdos comunitarios que permiten reconocer y valorar la capacidad para transformar su realidad y promocionar la corresponsabilidad social y ambiental. c) La intervención tenía que ceñirse a la legislación actual y es así como se incorpora la normatividad vigente con respecto a la participación comunitaria, la ley 134 de 1994 de participación ciudadana y el acuerdo 2320 de 2005 que permite la protección a moradores por medio de pago de compensaciones económicas y otras disposiciones. Igualmente se establece como criterio del proyecto que d) El reordenamiento del suelo y reajuste de la tierra debía brindar un equilibrio a ese territorio ocupado de manera informal; si la intención era la de reasentar las viviendas en el mismo sitio, e) Este reasentamiento debe procurar en gran medida que se encuentre en suelo fiscal, es decir, de propiedad del municipio de Medellín; f) Se debe conservar la densidad habitacional como consecuencia del reasentamiento voluntario en el sitio, pero al mismo tiempo se debe reducir el índice de ocupación, para que éste se convierta en disfrute y goce de la población (espacio público); g) El polígono de intervención mismo debe generar soluciones frente a la problemática asociada a los asentamientos informales (Empresa de Desarrollo Urbano -EDU- 2004, p: 18)

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