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4 El directorio eligió a Pedro Calzadilla como presidente y a Enrique Márquez, vicepresidente 4 Maduro dijo que su conformación es “un gran paso” para fortalecer la democracia. 4 La Unión Europea afirmó que es “un primer paso” para allanar el camino electoral

Pedro Calzadilla asume la presidencia del CNE

Indira Alfonzo entregó el testigo a la nueva junta elegida por la AN

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Caracas. La nueva junta directiva del Consejo Nacional Electoral efectúo ayer su sesión de instalación quedando designado Pedro Calzadilla como presidente del Poder Electoral.

Tras la designación de las autoridades electorales por parte de la Asamblea Nacional, los rectores principales y suplentes acudieron a la sede del ente comicial, en Caracas, para asumir sus respectivos cargos y fueron recibidos por la hasta ayer presidenta del CNE, Indira Alfonzo, quien fue nombrada por el Tribunal Supremo de Justicia.

En la sesión de instalación los rectores nombraron como vicepresidente al opositor Enrique Márquez. La presidencia de la Junta Nacional Electoral fue asumida por Tania D’ Amelio y junto a ella estarán Roberto Picón y Carlos Quintero.

Entretanto, la Comisión de Registro Civil y Electoral estará presidida por el rector Alexis Corredor, Tania D’ Amelio y Conrado Pérez. Mientras que la Comisión de Participación Política y Financiamiento estará a cargo de Enrique Márquez, Pedro Calzadilla y Leonel Paríca.

En rueda de prensa, el presidente del CNE, Pedro Calzadilla, apuntó que la designación del nuevo Poder Electoral por parte del Parlamento venezolano es el resultado de un indira Alfonzo a su salida del cnE tras la instalación de la junta directiva.

acuerdo nacional de las fuerzas políticas y sociales para seguir garantizando la estabilidad democrática en Venezuela.

Calzadilla señaló que como junta directiva “escucharán las propuestas y el sentir político del país para cumplir con el mecanismo constitucional que consiguió la selección de los 15 venezolanos escogidos para asumir las riendas del CNE bajo el estricto apego de las leyes y la Constitución.

“Luego de haber sido designados por la Asamblea Nacional, acabamos de realizar la sesión de instalación del CNE en la que decidimos la asignación de nuestras responsabilidades. Es válido destacar que este cuerpo de directivos es el resultado de un acuerdo nacional e histórico por parte de las fuerzas sociales y políticas para reencauzar a Venezuela en estricto apego a la dinámica de la democracia, participativa y protagónica y que tiene a la vía electoral como principal herramienta de las instituciones del Estado”, manifestó el presidente del CNE en rueda de prensa a medios nacionales.

Entrega. Tras la designación de cargos de la junta directiva del CNE, la presidenta saliente Indira Alfonzo entregó el acta de la gestión de la directiva del Poder Electoral que cumplió funciones durante 2020 organizando las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre.

Dando cumplimiento a los artículos 294 y 295 de la Constitución y a la Ley Orgánica del Poder Electoral, Alfonzo dio cuenta de los actos celebrados por el ente comicial durante su gestión como rectora principal.

“Nueva directiva del Consejo Nacional Electoral encabezada por Pedro Calzadilla inició sus funciones una vez recibida el acta de entrega de manos de la presidenta designada por la Sala Constitucional del TSJ, Indira Alfonzo”, publicó el CNE en twitter. l

Es positivo para la UE y el Alba

Caracas. La comunidad internacional también reaccionó ante la designación de los nuevos rectores del Poder Electoral.

La Unión Europea (UE) destacó que la designación del nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE) es “un primer paso” en el camino hacia un proceso electoral “creíble, inclusivo y transparente” en el país latinoamericano, que seguirá “evaluando”.

Así lo dijo el portavoz principal del Servicio Europeo de Acción Exterior, Peter Stano, a EFE.

Mientras, los países del Alba-TCP, a travé de un comunicado, desearon éxito en sus funciones a las nuevas autoridades del CNE, y ratifican la solidaridad y el apoyo al Gobierno y al pueblo venezolanos.

Por su parte, Arancha González Laya, ministra de Asuntos Exteriores y Cooperación de España, expresó: “Es un primer paso, al que aún deberían seguir otras medidas necesarias para garantizar la celebración de elecciones justas, creíbles y transparentes”.

España manifiesta su disposición a seguir apoyando los esfuerzos para lograr una salida pacífica en el país. l Ea

Con buenos ojos ven la designación de rectores

Voceros coinciden en que es un paso para fortalecer la democracia y el voto

ENdry alvarado

Caracas. Diferentes personalidades del acontecer nacional mostraron su beneplácito por la designación y juramentación del nuevo Consejo Nacional Electoral por parte de la Asamblea Nacional.

Una de las primeras en reaccionar fue Delcy Rodríguez, vicepresidenta de la República, al saludar a las nuevas autoridades del ente. “Celebramos la designación del nuevo CNE por la Asamblea Nacional como un paso más en la consolidación de las instituciones democráticas y apertura de espacios políticos de entendimiento mediante el diálogo efectivo”, dijo en twitter. Por su parte, Jorge Arreaza, canciller de la República, dijo: “Una derrota definitiva para los que quisieron llevarnos por la senda de la violencia y la dependencia. Felicitamos a los nuevos rectores del CNE”.

Elvis Amoroso, presidente del Consejo Moral Republicano, felicitó al nuevo CNE. “El pueblo puede tener garantía de que en Venezuela se continuará garantizando el ejercicio del sufragio y el fortalecimiento de las instituciones”.

Remigio Ceballos, comandante del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, dijo que siente profundo honor y alegría de contar con una AN que en pleno ejercicio soberano eligió a los rectores. “Abriendo el camino a la paz y al desarrollo integral de la nación”.

Tibisay Lucena, ex presidenta del CNE, expresó: “Felicitaciones a las nuevas autoridades electorales. Tengo plena confianza en la capacidad y compromiso que tienen por el país”.

Opositores complacidos. Dirigentes de la oposición no se hicieron esperar para expresar su opinión tras el nombramiento. Henrique Capriles, ex gobernador de Miranda, en un comunicado, consideró la confirmación del nuevo CNE como “un primer paso indispensable para abrir caminos en la reconstrucción constitucional y democrática” del país.

Henri Falcón, ex candidato presidencial y líder del partido Avanzada Progresista, señaló: “Vemos de forma positiva la designación de un nuevo CNE equilibrado como primer paso para la reinstitucionalización del Estado y el rescate de la confianza hacia el voto”.

En esa misma onda se suma las expresiones de Stalin González, dirigente de Un Nuevo Tiempo, quien apuntó: “Este nombramiento del CNE es un primer paso hacia el rescate de la democracia. Aplaudo el esfuerzo y la pelea que ha dado la sociedad civil por la defensa y la reivindicación del voto”.

Vicente Díaz, ex rector del CNE, indicó que este nuevo Poder Electoral ha sido integrado de forma equilibrada por representantes del oficialismo y por la oposición, logrando, a su juicio, “la mejor representación opositora en su historia”. Por el gremio empresarial, Jorge Roig dijo que hay un largo camino por delante. “Pero el primer paso era tener un CNE potable . Este lo es”. l

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y TIERRAS INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS OFICINA REGIONAL DE TIERRAS APURE

SAN FERNANDO DE APURE, 28 DE ABRIL DEL 2021.-

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana: CARMEN LEONIDES MALPICA, titular de la cédula de identidad número V.-13.805.535, que esta Oficina Regional de Tierras, mediante auto de fecha 16 de Abril del 2021, conforme a lo estipulado en los artículos 67,117, numeral 4 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia a lo señalado en los artículos 48, 51, siguientes y 82 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, inició el Procedimiento Administrativo de REVOCATORIA DE TITULO DE ADJUDICACION DE TIERRAS SOCIALISTA AGRARIO Y CARTA DE REGISTRO, otorgados en reunión ORD N° 438-12 del Directorio Nacional del Instituto Nacional de Tierras en fecha 25 de Abril del 2012, sobre el predio denominado LOS MANGOS ubicado en el Sector El Brazo, Parroquia Biruaca, Municipio Biruaca, en San Fernando del Estado Apure, constante de una superficie aproximada de TRES HECTAREAS CON OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (03 Has con 8.188 M2), con los linderos particulares siguientes: NORTE: Terrenos Ocupados por Santana Rondón Y Pepe Rondón, SUR: Terrenos Ocupados por Santana Rondón; ESTE: Laguna Brava; y OESTE: Terreno ocupado por Carlos Rondón; ordenándose por auto de esta misma fecha, librar y publicar en un diario de circulación regional y/o nacional el presente Cartel, entendiéndose notificado al término de quince (15) días hábiles después de efectuada dicha publicación, a fin de que comparezca y exponga las razones que le asistan en la defensa de sus derechos e intereses, tal como se señala en los artículos 73 y 76 ejusdem, aplicados supletoriamente según lo estatuido en el Artículo 96 de la mencionada Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

LICDO. LUIS LUGO Coordinador de la ORT-Apure Providencia Administrativa N° 142, de Fecha de 15 de Marzo de 2018.

CONVOCATORIA

AGROSERVICIOS EL PLAYON. A.S.E.R.P.L.A C.A.

Se hace saber a todos los accionistas de la Sociedad Mercantil AGROSERVICIOS EL PLAYON C.A. (ASERPLA C.A.) debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Portuguesa, en fecha 19 de Agosto de 1998, bajo el Nº 45, Tomo 64, empresa situada en la galpón N° 1, carretera O, de la ciudad el playón, Municipio Santa Rosalía del Estado Portuguesa. expediente Nº 1113, RIF Nª J-30555051-4; de conformidad con lo establecido con la cláusula 11 de los estatutos sociales de la compañía, convoca la junta directiva, a la celebración de una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, la cual tendrá lugar el día Viernes 14 de mayo del 2021 a las 10:00 AM en la sede de la empresa, Para deliberar y resolver sobre los siguientes puntos de la convocatoria, los siguientes: PRIMERO: Aprobar o improbar el balance general y estado de resultados correspondientes al ejercicio económico de la compañía desde 01/01/2020 a 31/12/2020 con informe del comisario. SEGUNDO: Nombramiento de Comisario. TERCERO: Nombramiento de junta directiva. CUARTO: Aumento del capital social de la empresa. QUINTO: Modificación de las clausulas alteradas. De conformidad en lo establecido en la cláusula décima cuarta, se aplica lo establecido en el artículo 281 del Código de comercio de Venezuela vigente: La Junta Directiva

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL UNIDAD DE REGISTRO CIVIL PARROQUIA EL VALLE ONRC-U-001

NOTIFICACION

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 67 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de Registro Civil se le notifica a la ciudadana Elys Karina Rivas, titular de la cédula de identidad N° V-16.682.190, de nacionalidad venezolana, que en fecha 04-05-2021, que el ciudadano Luigi José Serrano Rivas, se presentó ante esta oficina de registro Civil de la Parroquia El Valle, municipio bolivariano Libertador del Distrito Capital, para declarara la disolución de la Unión Estable de Hecho inscrita en esta Parroquia, Libro de Unión, Tomo I, Acta N° 388, de fecha 01-10-2013. La declaración de la disolución quedó inscrita bajo el número de Acta___, de fecha___, del Libro de Unión Estable de Hecho de esta Oficina. NOTIFICACIÓN

En virtud de haberse agotados los medios para la notificación personal según establece el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Inspectoría Regional Zulia del CICPC procede a publicar el siguiente Cartel a tenor de lo dispuesto en el artículo 76 ejusdem: “Al ciudadano LUIS MIGUEL MACACHO LAMUS, titular de la cédula de identidad N° V-20.275.135, se le NOTIFICA que deberá comparecer por la

Avenida Don Manuel Belloso, vía Aeropuerto Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Región Zulia, Inspectoría Estadal Zulia, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, municipio Maracaibo,

Estado Zulia, a fin de imponerse de los hechos por los cuales está siendo investigado en la Averiguación Disciplinaria N°47.674-21, por presuntamente incurrir en las faltas previstas en el artículo 91, numeral 3 y 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Notificación que se le hacede conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 96, 103, 105, 106 y 107 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

Transcurridos quince (15) días después de la presente publicación, su persona se entenderá notificada y a derecho para todas las fases del procedimiento.”

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACAIPURO Y CARRIZAL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA Carrizal, 18 de marzo de 2.021 Años: 210° y 162° CARTEL DE CITACIÓN SE HACE SABER:

Al ciudadano ADOLFO MARQUEZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.152.343, en su carácter de parte demandada que con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

DE ARRENDAMIENTO (VENCIMIENTO DE

PRORROGA LEGAL) siguen en su contra los ciudadanos ANGELO PAPA CENSULLO y RENATO PAPA CARPENITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de cédula de identidad Nros. V-6.969.875 y V-13.910.982, respectivamente, deberá comparecer ante este Juzgado, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación en prensa del presente cartel, consignación en el expediente, su fijación en la morada, oficina o negocio de la parte codemandada, y constancia en autos de haberse cumplido con dichas formalidades, a cualquiera de las horas de Despacho fijadas por este Tribunal, se le informa que la sede de éste Juzgado se encuentra ubicada en la Calle Urquía, diagonal a la Plaza Las Américas, Edificio Mantequilla, Piso 1, Carrizal, estado Bolivariano de Miranda, a los fines que se dé por citado para el acto de contestación de la demanda en el presente proceso. Se le advierte al demandado que de no comparecer en el lapso señalado, se le designará Defensor Judicial con quien se entenderá su citación y demás trámites del juicio. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZA, CARMEN LUISA SALAZAR BRAVO

CLSB/VG yp/N° 3157-20

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Caracas, diecinueve de marzo de dos mil veintiuno 210° y 162°

ASUNTO: AP31-S-2020-001301

CARTEL DE CITACIÓN SE HACE SABER:

Al ciudadano LUIS MANUEL OYARVES PAYARES, titular de la cédula de identidad N° V-16.658.989, que con motivo de la solicitud de Divorcio fundamentado en el Artículo 185 de conformidad con las sentencias N° 446 y 1070, de fechas 15/05/2014 y 09/12/2016, emanadas de la Sala Constitucional y Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente, presentada por la ciudadana LUISA FERNANDA CANACHE RIVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.961.634, que este Tribunal por auto de esta misma fecha ordenó su citación mediante el procedimiento de carteles, el cual será publicado en los diarios “EL UNIVERSAL” Y “ULTIMAS NOTICIAS”, en un intervalo de tres (03) días entre una y otra publicación, a los fines de informarle que deberá comparecer ante este Tribunal, ubicado en el Edificio Centro Los Cortijos, piso 3, situado en la Avenida Principal de los Cortijos de Lourdes, con calle Bernardette, a darse por citado dentro de los quince (15) días de despacho siguientes a la constancia dejada en autos de la consignación y publicación del presente cartel. Se le advierte que el término antes concedido comenzará a transcurrir, tal como se ha señalado al día siguiente de la constancia en autos dejada por el Secretario del tribunal de haberse cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil y que vencido el mismo sin que se hubiere dado por citado, se le designará Defensor Judicial con quien se entenderá la citación para los trámites del juicio. CONVOCATORIA

EN LA CUIDAD DE VALENCIA, A LOS (6) DIAS DEL MES de MAYO DE 2021.

SE CONVOCA A LOS SUSCRIPTORES DE ACCIONES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL FONDO AGROINDUSTRIAL VENEZOLANO, C.A., a:

LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA. FECHA: 20 de mayo de 2021 HORA: 7:00 a.m.

EN PRIMERA CONVOCATORIA, SI HUBIESE EL QUORUM ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 21 DEL PROYECTO DE ESTATUS SOCIALES Y, DE NO HABERLO, SE CITA EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL DIA JUEVES 20 DE MAYO A LAS 9:00 AM, Y SE CONSIDERARÁ LEGALMENTE VÁLIDA CON EL NUMERO DE SUSCRIPTORES PRESENTES SEGÚN EL ARTÍCULO PRECITADO.

ORDEN DEL DÍA: PUNTO UNICO: CELEBRACION DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL FONDO AGROINDUSTRIAL VENEZOLANO, C.A.

AGREDECEMOS A LOS SUSCRIPTORES DE ACCIONES SU PUNTUAL ASISTENCIA, PUDIENDOSE HACER REPRESENTAR POR MEDIO DE APODERADOS CON CARTA PODER.

FIRMA PROMOTORES.

NOTIFICACIÓN

En virtud de haberse agotados los medios para la notificación personal según establece el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Inspectoría Regional Zulia del CICPC procede a publicar el siguiente Cartel a tenor de lo dispuesto en el artículo 76 ejusdem: “Al ciudadano OMAR ENRIQUE PARRA VILLASMIL, titular de la cédula de identidad N° V-24.413.312, se le NOTIFICA que deberá comparecer por la

Avenida Don Manuel Belloso, vía Aeropuerto Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Región Zulia, Inspectoría Estadal Zulia, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, municipio Maracaibo,

Estado Zulia, a fin de imponerse de los hechos por los cuales está siendo investigado en la Averiguación Disciplinaria N°47.674-21, por presuntamente incurrir en las faltas previstas en el artículo 91, numeral 3 y 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 96, 103, 105, 106 y 107 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

Transcurridos quince (15) días después de la presente publicación, su persona se entenderá notificada y a derecho para todas las fases del procedimiento.”

JOSE GREGORIO LUZARDO COMISARIO GENERAL JEFE DE LA INSPECTORIA REGIONAL ZULIA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS NOTIFICACIÓN

En virtud de haberse agotados los medios para la notificación personal según establece el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Inspectoría Regional Zulia del CICPC procede a publicar el siguiente Cartel a tenor de lo dispuesto en el artículo 76 ejusdem: “Al ciudadano JONATHAN COSME, titular de la cédula de identidad N° V-20.277.749,se le NOTIFICA que deberá comparecer por la Avenida

Don Manuel Belloso, vía Aeropuerto Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Región Zulia, Inspectoría Estadal Zulia, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, municipio Maracaibo, Estado

Zulia, a fin de imponerse de los hechos por los cuales está siendo investigado en la Averiguación Disciplinaria N°46.910-19, por presuntamente incurrir en las faltas previstas en el artículo 91, numeral 3 y 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 96, 103, 105, 106 y 107 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

Transcurridos quince (15) días después de la presente publicación, su persona se entenderá notificada y a derecho para todas las fases del procedimiento.”

JOSE GREGORIO LUZARDO COMISARIO GENERAL JEFE DE LA INSPECTORIA REGIONAL ZULIA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS

NOTIFICACIÓN

En virtud de haberse agotados los medios para la notificación personal según establece el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Inspectoría Regional Zulia del CICPC procede a publicar el siguiente Cartel a tenor de lo dispuesto en el artículo 76 ejusdem: “Al ciudadano HECTOR EVELIO TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-20.370.965, se le NOTIFICA que deberá comparecer por la Avenida

Don Manuel Belloso, vía Aeropuerto Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Región Zulia, Inspectoría

Estadal Zulia, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, municipio Maracaibo, Estado Zulia, a fin de imponerse de los hechos por los cuales está siendo investigado en la Averiguación Disciplinaria N°46.868-19, por presuntamente incurrir en las faltas previstas en el artículo 91, numeral 3 y 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 96, 103, 105, 106 y 107 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Transcurridos quince

(15) días después de la presente publicación, su persona se entenderá notificada y a derecho para todas las fases del procedimiento.”

JOSE GREGORIO LUZARDO COMISARIO GENERAL JEFE DE LA INSPECTORIA REGIONAL ZULIA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS NOTIFICACIÓN

En virtud de haberse agotados los medios para la notificación personal según establece el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Inspectoría Regional Zulia del CICPC procede a publicar el siguiente Cartel a tenor de lo dispuesto en el artículo 76 ejusdem: “Al ciudadano DANNY LEWIS MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-20.381.427, se le NOTIFICA que deberá comparecer por la Avenida

Don Manuel Belloso, vía Aeropuerto Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Región Zulia, Inspectoría Estadal Zulia, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante,

municipio Maracaibo, Estado Zulia, a fin de imponerse de los hechos por los cuales está siendo investigado en la Averiguación Disciplinaria N°47.674-21, por presuntamente incurrir en las faltas previstas en el artículo 91, numeral 3 y 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 96, 103, 105, 106 y 107 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación. Transcurridos quince (15) días

después de la presente publicación, su persona se entenderá notificada y a derecho para todas las fases del procedimiento.”

JOSE GREGORIO LUZARDO COMISARIO GENERAL JEFE DE LA INSPECTORIA REGIONAL ZULIA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS

PODER JUDICIAL Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui. Barcelona, veintitrés (23) de Febrero de Dos Mil Veintiuno 210º y 161º

ASUNTO: T-3-INST-V-2018-001019

CARTEL DE CITACION: SE HACE SABER: A la ciudadana SUSANA BAHJAT CHAABAN TARABAY, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.507.499, que este Tribunal en el juicio por NULIDAD DE DOCUMENTO, propuesto por el ciudadano WISSAN JAOUHARI CHABAAN, venezolano,mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.294.482, en su contra, ordenó su citación por medio de Carteles, de conformidad con el Artículo 224 del Código de Procedimiento Civil, cuya publicación se hará en los diarios “EL TIEMPO” Y “ULTIMAS NOTICIAS”, durante 30 días continuos una vez por semana y se le advierte que transcurrido como fueren CUARENTA Y CINCO (45) días de Despacho, contados a partir de la publicación, fijación y consignación que del Cartel se haga a los autos sin haber comparecido, ni por si ni por medio de Apoderados, a darse por citado en el presente causa, se le designará un Defensor Judicial con quien se entenderá la citación y demás actos del proceso.

La Juez, Yuly Mar Amaricua El Secretario, Erwin Corrales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil veintiuno 210° y 162°

ASUNTO: KP02-V-2019-000460

CARTEL DE NOTIFICACION Se hace saber:

A los ciudadanos, DUBRASKA CAROLINA HIDALGO

TOVAR y ANA COROMOTO TOVAR LESACA

venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.129.625, V-13.510.743, que mediante auto dictado en esta misma fecha, el Tribunal ordenó notificarle para que comparezca dentro del lapso de treinta (30) días hábiles siguientes a que conste en autos la consignación, publicación que del presente cartel se haga y la certificación del Secretario de haber cumplido con la última de las formalidades, para que se dé por notificada en la demanda que por Régimen de Convivencia Familiar, sigue en su contra la ciudadana KYSBEL VANESSA COLLADO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.306.172. Se la adivierte que en caso de no asistir en el lapso indicado, el Tribunal le designará Defensor Ad-Litem con quien se entenderán todas las instancias del proceso, de conformidad con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo previsto en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil.

La Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Abg. Andreína Margarita Marrelli Palencia

ASUNTO: KP02-V-2019-000460 Régimen de Convivencia Familiar Elivap*

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y TIERRAS INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS OFICINA REGIONAL DE TIERRAS APURE

SAN FERNANDO DE APURE, 28 DE ABRIL DEL 2021.

CARTEL DE NOTIFICACION

SE HACE SABER:

A la ciudadana: LUCENITH CACERES GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número V-28.637.541, que esta Oficina Regional de Tierras, mediante auto de fecha 22 de Abril del 2021, conforme a lo estipulado en los artículos 67, 117, numeral 4 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia a lo señalado en los artículos 48, 51, siguientes y 82 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, inició el Procedimiento Administrativo de

REVOCATORIA DE TITULO DE ADJUDICACIÓN DE TIERRAS SOCIALISTA AGRARIO Y CARTA DE

REGISTRO, otorgados en Reunión ORD N° 986-18

del Directorio Nacional del Instituto Nacional de

Tierras en fecha 10 de Agosto del 2018, sobre el predio denominado “BUENOS AIRES”, ubicado en el Sector Mata de Piña, Asentamiento Hato La Victoria, Parroquia Aramendi, Municipio José Antonio Páez, en el estado Apure, constante de una superficie aproximada de DOSCIENTOS DOCE

HECTAREAS CON CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (212 Has., con

464 M2), con los linderos particulares siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Terrenos Vía Agrícola, SUR: Terrenos Ocupados por Hernando Carrero; ESTE: Terrenos ocupados por David Bianchi; y OESTE: terreno ocupado por Carlos Villanueva y Aberlardo Ramírez; ordenándose por auto de esta misma fecha, librar y publicar en un diario de circulación regional y/o nacional el presente Cartel, entendiéndose notificado al término de quince (15) días hábiles después de efectuada dicha publicación, a fin de que comparezca y exponga las razones que le asistan en la defensa de sus derechos e intereses, tal como se señala en los artículos 73 y 76 ejusdem, aplicados supletoriamente según lo estatuido en el Artículo 96 de la mencionada Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

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