La Constitución de Cádiz y su huella en América

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y por fin, que se declarase una amnistía a los encausados por cuestiones emancipadoras. Para cerrar el debate, Evaristo Pérez de Castro presentó un borrador de decreto reafirmando que los dominios ultramarinos son parte integrante de la Monarquía y, tratando de lograr el mayor consenso omitió de momento, cualquier alusión al comercio y a la representación. Se aceptó la propuesta. Tras largas sesiones, el día 14 se sometió a la consideración de la Cámara la definitiva propuesta de Decreto: «Las Cortes generales y extraordinarias confirman y sancionan el inconcuso concepto de que los dominios españoles en ambos hemisferios forman una misma y sola Monarquía, una misma y sola Nación, y una sola familia, y que por lo mismo los naturales que sean originarios de dichos dominios europeos o ultramarinos, son iguales en derechos a los de esta Península; quedando a cargo de las Cortes tratar con oportunidad y con un particular interés de todo cuanto pueda contribuir a la felicidad de los de Ultramar, como también sobre el número y forma que Escudo de la ciudad de San Fernando. Congreso de los Diputados. deba tener para lo sucesivo la representación nacional en ambos hemisferios. Ordenan asimismo las Cortes, que desde el momento en que los países de Ultramar, en donde se hayan manifestado conmociones, hagan el debido reconocimiento a la legítima autoridad soberana, que se halla establecida en la madre Patria, haya un general olvido de cuanto hubiese ocurrido indebidamente en ellos, dejando, sin embargo, a salvo el derecho de tercero». 27 Así se publicó el Decreto V, de 15 de octubre de 1810. Como puede advertirse, quedan aprobadas la igualdad de derechos de los españoles europeos y ultramarinos y una amnistía para quienes encontrándose procesados por apoyo a la insurgencia reconozcan la autoridad de las Cortes. Este decreto, pionero en el reconocimiento de la ciudadanía a los «naturales» de las colonias, reconoce los derechos de los indígenas. Por el contrario, relega a las castas que, además de cuantitativamente a efectos de la representatividad, generaba tensiones fundamentalmente económicas. 27. DSCGE. Sesión Secreta de la noche del 14 de octubre de 1810, fol. 19. Volvió a leerse, corregido, en la sesión secreta del 15 de octubre.

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