Profesiones 154

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I EDITORIAL

Motivación para pertenecer a la organización profesional

L

as personas tienen una tendencia natural a agruparse para satisfacer o cubrir necesidades que son consustanciales a su condición de individuo inmerso en una sociedad. Cada persona responderá con mayor o menor intensidad a esa llamada al acercamiento entre pares o incluso entre dispares; porque por encima de la similitud o igualdad puede estar el grupo. Si recorremos los factores que concurren en el fenómeno del agrupamiento podremos, aunque sea con carácter básico, vislumbrar que están presentes la afinidad, el reconocimiento, las emociones y, desde luego, un cúmulo de intereses sean egoístas o altruistas. Pero estos elementos de signo positivo concurren con otros negativos como el rechazo, las obligaciones que comporta la pertenencia al grupo, o las limitaciones percibidas por el hecho de pertenecer al grupo; y también pueden estar presentes aspectos neutros como los producidos por la indiferencia, la falta de motivación o las percepciones inadecuadas, a veces producidas por la falta de información o el simple desconocimiento. Del cúmulo de elementos que concurren en las relaciones humanas observadas desde el fenómeno del agrupamiento, se puede realizar un análisis transaccional que nos llevará a una especie de balance que las personas confeccionan, a veces instantáneamente, para determinar su voluntad hacia la incorporación o no al grupo.

Pertenecer a un colegio profesional tiene una específica y peculiar consideración, porque al ser un requisito y, por esto, implicar una serie de obligaciones, introduce ese aspecto que cercena la libertad del individuo. Para conseguir el equilibrio ha de tener bien presente los otros factores que hacen superar la evaluación de la transacción, coste-beneficio. Gestionar bien los beneficios de la colegiación no es fácil pero sí posible, dependiendo quizá del tipo de colegio, la profesión, su entorno e incluso si es un profesional que ejerce por cuenta propia o ajena, para una entidad privada o pública. Estamos, por tanto, ante un esquema relacional que ha de proyectar el sentido de pertenencia al grupo profesional, la fidelización de las personas y la aparición de un vínculo con marcadas componentes emocionales que sitúe al colegio respecto al colegiado como una referencia necesaria, más allá de las imposiciones legales que pudieran aplicarse. Lo que podíamos decir que son obligaciones que conllevan una percepción de balance positivo respecto a los derechos que comporta, están situadas en la ordenación del interés público, siendo consustancial a la obligación de colegiarse o a la colegiación, la existencia de la función social de los profesionales como elemento motivador que es el que, quizá, debemos esforzarnos en cultivar, posiblemente con más información y transparencia.

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