Manual Elemental de Derecho Administrativo - Armando Rizo Oyanguren

Page 214

de los empleados han llegado a obtener una jurisdiccionalización, en mayor o menor grado, del procedimiento para imponer la pena disciplinaria, que se disminuya la discreción de la autoridad mediante la creación de jurados especiales, y que la misma ley designe las faltas y las penas correspondientes. A pesar de lo sustentado en la opinión anterior, parece que no hay una perfecta identidad entre el Poder Penal y el Poder Disciplinario, pues éste supone una relación de dependencia especial que sólo existe mientras dura el servicio, la cual no es necesaria para el ejercicio del Poder Penal. Además, y como ya se dijo anteriormente, la responsabilidad disciplinaria puede coexistir con la responsabilidad penal, lo cual no podría concebirse si fueren idénticos ambos poderes, en virtud del principio "non bis in idem". Derechos de los Funcionarios Públicos. Siendo la relación de servicio una relación jurídica, ella implica no sólo obligaciones, sino también derechos a favor de los funcionarios y empleados.

Para precisar la naturaleza de esos derechos, debemos tomar en consideración los siguientes elementos: 1.- El funcionario o empleado, en su carácter de titular de un cargo público, tiene facultades respecto de los particulares. Tales facultades constituyen la esfera de competencia que forma el caro pilblico, y P-q, por lo tanto, competencia del Estado. De manera que, cuando está ejercitándose dicha competencia, no puede decirse que haya ejercicio de derechos del empleado o funcionario. Sólo se tratará de ellos cuando se le considere en calidad de particular frente al Estado.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.