Reloca

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Avifauna de la laguna del río Reloca

Entre las herbáceas más comunes se encuentran: Ammophila arenaria, Margyricarpus pinnatus y Ambrosia chamissonis, y en menor medida Carpobrotus aequilaterus, Calystegia soldanella y Distichlis spicata. Estos son elementos comunes en muchas de las dunas de Chile central y presentan adaptaciones morfológicas que les permiten mantenerse en estos ambientes. (San Martín et al. 1992). La ribera poniente, por su parte, se caracteriza por la dominancia de un importante cordón de Ammophila arenaria que se ubica longitudinalmente en la mayor parte de su extensión, y que ha permitido, el control y sujeción de los granos de arena arrastrados por los intensos vientos provenientes del Sur Oeste. 2.6 Status de protección El humedal de la desembocadura del río Reloca, fue declarado “Zona Prohibida de Caza” mediante Decreto Exento N°36 del Ministerio de Agricultura en 1999, prohibiendo la caza en el área circundante a la desembocadura del río Reloca en 7.136 hectáreas aproximadamente desde su desembocadura en el Océano Pacífico hasta su inserción con el camino ConstituciónChanco, terminando en el área sur de las Dunas de Chanco (SAG, 2006). Fig. 2. Ubicación de Zona Prohibida de caza (SAG 2006).

Los antecedentes que llevaron a declararlo Zona Prohibida de Caza, se basan en que el humedal representa un núcleo de descanso y de reproducción de especies clasificadas como de supervivencia amenazada, como es el caso de los cisnes coscoroba y de cuello negro, cuervos de pantano, flamenco chileno, becacinas, gaviota garuma y garzas, entre otras especies (SAG, 2006). A esta figura de protección oficial, se adiciona en el año 2005 la creación del Santuario de la Naturaleza Humedal de Reloca, según Decreto exento N° 1613 del 28/10/05 del Consejo Nacional de Monumentos Nacionales, con una superficie de 394 ha. aproximadas. Este Santuario involucra parte del Estero Reloca y un área de amortiguación en torno al espejo de agua, que protege además sitios arqueológicos y la franja de playa ubicada al poniente del humedal. Fig. 3. Delimitación del Santuario de la Naturaleza río Reloca.

Según el expediente técnico del Consejo Nacional de Monumentos Nacionales, (CNMN, 2004), los antecedentes para declarar al humedal bajo protección oficial se fundamentan en: Programa Biodiversidad CODEFF Región del Maule

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