Discapacidad

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LEY DE DISCAPACIDAD

Estudiante jenibeth pineda


DISCAPACIDAD Es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad .La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la ONU en 2006, define de manera genérica a quien posee una o más discapacidades como persona

con

"discapacitados",

discapacidad.

"ciegos",

"sordos",

En

ciertos

etcétera,

ámbitos, aun

términos

siendo

como

correctamente

empleados, pueden ser considerados despectivos o peyorativos, ya que para algunas personas dichos términos «etiquetan» a quien padece la discapacidad, lo cual interpretan como una forma de discriminación. En esos casos, para evitar conflictos de tipo semántico, es preferible usar las formas «personas con discapacidad», «personas sordas», «personas con movilidad reducida» y otros por el estilo, pero siempre anteponiendo «personas» como un prefijo, a fin de hacer énfasis en sus derechos humanos y su derecho a ser tratados con igualdad. La persona con discapacidad es un sujeto de derecho.El ejercicio de los mismos se ve dificultado y vulnerado por su condición de inferioridad.

En la sociedad actual existe una tendencia a adaptar el entorno y los espacios públicos a las necesidades de las personas con discapacidad, a fin de evitar la exclusión social, pues una discapacidad se percibe como tal, en tanto que la persona es incapaz de interactuar por sí misma con su propio entorno.


Los tipos de discapacidad pueden ser: 

Motriz: Se refiere a la pérdida o limitación de alguna persona para moverse en forma definitiva.

Visual: La pérdida de la vista o dificultad al ver con alguno de los ojos.

Auditiva: Pérdida o limitación del oído para poder escuchar.

Verbal: Pérdida o limitación del habla.

Mental: la cual a su vez se divide en:

Intelectual: Abarca la limitación del aprendizaje para nuevas habilidades.

Psicosocial: Limitantes para establecer relaciones sociales y/o afectivas. Un ejemplo de ello lo constituyen los trastornos del espectro autista.

Algunas de las causas de la discapacidad pueden ser: 

Causas sociales y contextuales: Guerras y conflictos armados, accidentes aistaldos.

Causas sanitarias: Discapacidad causada por enfermedades infecciosas y parasitarias, deficiencias nutricionales, problemas de salud relativos al desarrollo del feto o al momento del parto, defectos congénitos, enfermedades crónicas y tumores malignos.

Causas ambientales: Estas causas comprenden problemas de contaminación ambiental y sus efectos en la salud, como por ejemplo el uso irracional de plaguicidas en los cultivos que aumentan los riesgos de padecer alguna enfermedad discapacitante

Accesibilidad y tecnologías de apoyo La accesibilidad es el grado en el que todas las personas pueden utilizar un objeto, visitar un lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas. A nivel internacional, el World Wide Web Consortium(W3C) ha preparado unas Directrices sobre la accesibilidad de los contenidos en la web. La Convención sobre los derechos de las personas con


discapacidad, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, también subraya que hay que garantizar a las personas con discapacidad la igualdad de acceso a las TIC y contribuirá a eliminar los obstáculos que impiden el acceso a la información, en particular por Internet. Las leyes y reglamentos nacionales pueden fomentar el cumplimiento de las normas de accesibilidad. Para muchas personas, las TIC, entre ellas Internet, son hoy en día indispensables para la economía, la educación y la vida social. Para que las personas con discapacidad tengan iguales posibilidades de acceso a la información que los demás, los sitios web deben poder ser consultados por todos.Consiste en la definición de productos y entornos para ser usados por todas las personas al máximo posible, sin adaptaciones o necesidad de un diseño especializado. Este concepto comprende una definición más amplia de lo que se conoce como accesibilidad para personas con discapacidad. Abarca que los entornos, productos y servicios que se ofrecen y usamos en nuestra vida diaria, sumando el acceso a las tecnologías de la información y comunicación; deben estar disponibles para todos en igualdad de condiciones como parte esencial para la adecuada integración de los diversos grupos de la sociedad. Este concepto busca que los entornos desde su diseño, incluyan uno o más de los siguientes principios: 

Uso equitativo: que los entornos puedan ser usados por personas con distintas capacidades físicas.

Uso flexible: que los entornos se acomoden a un amplio rango de referencias y habilidades individuales.

Uso simple e intuitivo: que los entornos sean fáciles de entender, sin importar la experiencia, conocimientos, habilidades del lenguaje o nivel de concentración del usuario.

Información perceptible: que los entornos transmitan la información necesaria al usuario para su desplazamiento de forma efectiva, sin importar las condiciones del medio ambiente o sus capacidades sensoriales.


Tolerancia al error: que los entornos minimicen riesgos y consecuencias adversas de acciones involuntarias o accidentales. Mínimo esfuerzo físico: que los entornos puedan ser usados cómoda y eficientemente minimizando la fatiga. Adecuado tamaño de aproximación y uso: que los componentes de las construcciones

proporcionen

un

tamaño

y

espacio

adecuado

para

el

acercamiento, alcance, manipulación y uso de los servicios independientemente del tamaño corporal, postura o movilidad del usuario.

Deporte Los diferentes deportes adaptados para personas con discapacidad motriz se

desarrollan

desde

los años

1950,

ejemplo

de

ello

son

los Juegos

Paralímpicos entre los que, por ejemplo, el atletismo, es la disciplina que ha logrado adaptar la mayor parte de su modalidades


LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.—Naturaleza jurídica y objeto. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia. Jenibeth pineda Debemos comprende que muchas persona no están conciende , no acepta a las persona con discapacidad y esto no tan solo ocurre en la sociedad si no también en la parte familiar por esta razón las persona debe tener terapia para poder comprender a las persona que contiene una discapacidad ya que ello son lo que mas sufren por no poder lograr ciertas cosa y por esa razón luchan cada día para lograr sus sueño por eso son persona de admirar


TÍTULO II DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CAPÍTULO I DE LA SALUD Artículo 10.—Atención integral a la salud de las personas con discapacidad. La atención integral a la salud de personas con discapacidad es responsabilidad del ministerio con competencia en materia de salud, que la prestará mediante el Sistema Público Nacional de Salud. El ministerio con competencia en materia de salud forma y acredita al personal técnico y especializado en clasificación, valoración y métodos para calificar la condición de discapacidad. Asimismo podrá emitir recomendaciones sobre organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad. Jenibeth pineda Para este articulo es interesante ya que hay centro de salud que no cumple con este articulo ya que tiene preferencia si darse cuenta que las persona con discapacidad debe tenr centro de revisión de salud para verificar sus condiciones por ejemplo a las persona que tiene accidente y pierde una parte ya se pierna o brazo entre otro debe tener terapias eh igual que las demás persona con discapacidad


CAPÍTULO III DEL TRABAJO Y LA CAPACITACIÓN Artículo 28.—Empleo para personas con discapacidad. Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, así como las empresas públicas, privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5%) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras. No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad. Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan. Jenibeth pineda Este articulo

es muy indispensable este articula ya que a las persona con

discapacidad los trata como enfermos, moustro y demás cuando en realidad son personas normales solo que tiene cierta dificultades en algo por el cual en el entorno de trabajo muchas veces los juzga y los trata mal cuando no debe hacerlo como al igual que tratarlo como a las persona sin discapacidad debe ha ver un equilibrio como también aceptarlo que puedan trabajar ya que es una motivación para ello poder lograr trabajar


CAPÍTULO VI DE ASPECTOS ECONÓMICOS Artículo 46.—Otorgamiento de permisos. Los municipios donde existan programas de asignación de espacios para el desarrollo de trabajo por cuenta propia que implica instalación de puestos, quioscos o explotación de pequeños comercios, conceden prioridad para el otorgamiento de permisos y asignaciones a personas con discapacidad que estén en condiciones de desempeñarse en tales actividades. JENIBETH PINEDA En estes articulo se refiere que toda persona con discapasidad tiene el derecho de tener su negocio ya seauna tienda, restauran y demás para que asi pueda generar su propio dinero asi como la persona que no tiene discapacidad tiene su negocio ello también tiene derecho ya que son persona como nosotros


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