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6.3 Seguimiento y evaluación
Los mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan deben ser definidos para poder comprobar que las implementaciones se desarrollan de acuerdo con las condiciones con las cuales se aprobó. Es importante que el monitoreo y la evaluación se realicen de manera sistemática y regular, y que los resultados sean utilizados para producir retroalimentación sobre cómo sostener el impacto del Plan y desarrollar intervenciones complementarias a favor de la prevención y reducción del MIUT. Como parte de los mecanismos de seguimiento y evaluación se deberá considerar. a Evaluar la eficacia de las medidas de M&E previstas en el Plan. b Identificar elementos de mejora. c dentificar durante el proceso de desarrollo del Plan nuevos impactos no previstos inicialmente. d Desarrollar mecanismos de monitoreo y evaluación de manera sistemática y regular. e Valoración de la matriz de riesgos con periodicidad semestral y anual: Para un adecuado monitoreo y evaluación del Plan MIUT se establecerán:. a Matrices con indicadores de resultados para el seguimiento en la implementación de las estrategias y el logro de los objetivos estratégicos, a través de un cuadro de mando integral (CMI). b Indicadores de impacto. c Línea de base y diagnóstico inicial (capacitación, evaluación de desempeño, implementación de guías y protocolos.) d Monitoreo y seguimiento continuo mediante un CMI. e Evaluación de medio término y final, acorde con fases de implementación (ciclo de administración gubernamental: 2024/2028) y evaluación de impacto (1er semestre 2030) con readecuaciones en función de los logros y evidencias. f Acompañamiento para la elaboración de los
POA interinstitucionales con asignación de recursos, responsables, plazos, indicadores de proceso, entre otros) alineados con Plan MIUT 2030 y PREA-RD 2019-2023.
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6.4 Rendición de cuentas
Hace referencia a la responsabilidad mutua, tanto de los titulares de obligación como de los titulares de responsabilidad, de rendir cuentas de los resultados del desarrollo del Plan MIUT, así como el principio imprescindible de establecer y facilitar sistemas de rendición de cuentas, considerando lo siguiente: a Garantizar la transparencia en la utilización de los recursos (rendición mutua). b Establecimiento del compromiso del Gobierno a rendir cuentas a sus instituciones y su ciudadanía, sobre los progresos en la implementación de los compromisos acordados en Plan MIUT y
PREA-RD. c Establecimiento de mecanismos estandarizados y de acceso público a los datos y a la inversión en MIUT. d Definición clara de roles y responsabilidades, procesos de decisión consensuados, acceso a la información, y mecanismos efectivos para poder demandar y reclamar el uso inadecuado o ineficiente de los recursos. e Establecimiento de estos sistemas en todas las fases de la implementación del
Plan MIUT. f Desarrollo de capacidades a través de procesos de capacitación de titulares de
derechos, de responsabilidad y obligación. g Análisis de capacidades de los titulares para conocer dónde están las brechas de capacidad. h Establecimiento de indicadores y sistemas de monitoreo y evaluación.
El Plan MIUT aspira a evidenciar transparencia, lo que significa que los titulares de derechos y de responsabilidad puedan conocer y participar en la forma en que se gestiona el Plan en tanto política pública, así como los presupuestos comprometidos y erogados. Estos principios exigen la incorporación de mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas de los resultados obtenidos, con el fin de asegurar a los titulares de derechos que existen vías para su exigibilidad, en el caso que se identifiquen derechos vulnerados. El Plan MIUT recoge prácticas que fomentan la transparencia, como la evaluación y la auditoría de sus intervenciones, la publicación sistemática de indicadores de gestión e impacto. Asimismo, la transparencia y la difusión de información a la ciudadanía sobre la situación del MIUT, y la manera de acceder a los programas e incentivos existentes para prevenir y reducir esta problemática.