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COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Jorge A. Cerdio Herrán

Angelika Nussberger

José Ramón Cossío Díaz

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

José Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


LA RESIDENCIA DE LOS GERONTOINMIGRANTES Derechos y obligaciones de los jubilados extranjeros en los lugares europeos de retiro

MAYTE ECHEZARRETA FERRER Profesora Titular de Derecho Internacional Privado. Universidad de Málaga. ELSA MARINA ÁLVAREZ GONZÁLEZ Profesora Contratada Doctora (acreditada a Titular) de Derecho Administrativo. Universidad de Málaga. RAFAEL DURÁN MUÑOZ Profesor Titular de Ciencia Política y de la Administración. Universidad de Málaga. YOLANDA GARCÍA CALVENTE Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Málaga. ÁNGEL RODRÍGUEZ Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Málaga. BLANCA SILLERO CROVETTO Profesora titular de Derecho Civil. Universidad de Málaga.

FRANCISCO LOZANO LARES Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad de Málaga. ROCÍO CARO GÁNDARA Profesora Titular de Derecho Internacional Privado. Universidad de Málaga. CAROLINA JIMÉNEZ SÁNCHEZ Profesora Ayudante-Doctora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Universidad de Málaga. MAGDALENA MARTÍN MARTÍNEZ Profesora Titular acreditada a Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Universidad de Málaga. PABLO SÁNCHEZ-MOLINA Personal Investigador en Formación (programa de becas de doctorado de “la Caixa”) en la Universidad de Sevilla.

Valencia, 2016


Copyright ® 2016 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Mayte Echezarreta Ferrer y otros

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-9086-918-5 MAQUETA: Tink Factoría de Color

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Abreviaturas AAP AELC AN ATS BOCG CC CDFUE CDI CE CEDH CJI CTI DGT DIPr DOUE DRAE EASO EEE EEMM EEUU EFTA ELSJ GI GIU IDI INE INSS

Auto de la Audiencia Provincial. Asociación Europea de Libre Comercio. Audiencia Nacional. Auto del Tribunal Supremo. Boletín Oficial de las Cortes Generales. Código Civil. Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Convenio de Doble Imposición. Constitución Española. Convenio Europeo de Derechos Humanos. Competencia Judicial Internacional. Competencia Territorial Interna. Dirección General de Tributos. Derecho Internacional Privado. Diario Oficial de la Unión Europea. Diccionario de la Real Academia Española. European Asylum Support Office. Espacio Económico Europeo. Estados Miembros. Estados Unidos. European Free Trade Association. Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. Gerontoinmigrantes. Gerontoinmigrantes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza. Instituto de Derecho Internacional. Instituto Nacional de Estadística. Instituto Nacional de Seguridad Social.


Abreviaturas

IRPF ISyD JCT LBRL LCCSNS

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Justicia Civil Transfronteriza. Ley de Bases de Régimen Local. Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. LEC Ley de Enjuiciamiento Civil. LER Lugar Europeo de Retiro. LGS Ley General de Sanidad. LGSS Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. LGT Ley General Tributaria. LIRNR Ley del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes. LIRPF Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. LISyD Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. LOPJ Ley Orgánica del Poder Judicial. LOREG Ley Orgánica de Régimen Electoral General. MIRES3i Migración Internacional de Retirados en España: Impactos, identidades e integración. MCOCDE Modelo de Convenio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos. OCDE Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos. OEG Observatorio Europeo de Gerontomigraciones. RC Registro Civil. RD Real Decreto. RRDGRN Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado. SAN Sentencia de la Audiencia Nacional. SAP Sentencia de la Audiencia Provincial. SECA Sistema Europeo Común de Asilo.


Abreviaturas

SNS STC STS STSJ TC TEAC TFUE TIE TJUE TS TSE UE

Sistema Nacional de Salud. Sentencia del Tribunal Constitucional. Sentencia del Tribunal Supremo. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Tribunal Constitucional. Tribunal Econ贸mico-Administrativo Central. Tratado de Funcionamiento de la Uni贸n Europea. Tarjeta de Identidad de Extranjero. Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea. Tribunal Supremo. Tarjeta Sanitaria Europea. Uni贸n Europea.


Introduccción

LA RESIDENCIA DE LOS GERONTOINMIGRANTES: ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN1 “Si encuentro a alguien que sea capaz de ver la realidad en su diversidad y, al mismo tiempo, en su unidad, ese es el hombre al que yo busco como a un dios”.

Platón. Fedro, 266 b)

MAYTE ECHEZARRETA FERRER2

Sumario: 1 De dónde venimos. 2 Qué método utilizamos. 3 Qué hemos avanzado. 4 Qué nos hemos preguntado ahora. 5. Referencias bibliográficas.

1. DE DÓNDE VENIMOS Han pasado poco más de diez años desde que el grupo de investigación multidisciplinar Inmigración y Envejecimiento en Europa (EURIE)3, en coordinación con miembros de otros equipos4, defini-

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La publicación de la presente monografía ha sido posible gracias a la ayuda concedida por la Consejería de Presidencia: Subv. UE-CJ. Expte. A-18/14 (201415). Gracias también al Proyecto-Puente para el desarrollo de proyectos de investigación (Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las universidades 2014-2015, cofinanciado por el FEDER), hemos contado con la inestimable ayuda de Mª del Mar Soto Moya en el proceso final de edición del texto. Profesora Titular de Derecho Internacional Privado. Directora del Observatorio Europeo de Gerontomigraciones (http://www.gerontomigracion.uma.es). Inmigración y Envejecimiento en Europa (EURIE, SEJ-267), desde 19/12/2001. Grupo de investigación interdisciplinar consolidado del Plan Andaluz de Investigación (PAI). Acción Coordinada LJC/GGM de la Junta de Andalucía, 2002. Grupos participantes: SEJ-171, SEJ-309, SEJ-347 y SEJ-267.


Mayte Echezarreta Ferrer

mos la gerontomigración como el fenómeno complejo5 de la movilidad transfronteriza de jubilados (Echezarreta, 2005). Entre sus colectivos, el más relevante es el de jubilados extranjeros, particularmente de la Unión Europea (UE) y de algunos países asociados del EEE como Noruega o Suiza. Existen también aquellos otros colectivos de inmigrantes, menos visibles de momento, que una vez jubilados no han vuelto a su país de origen y siguen residiendo en España, como son los colectivos de ascendientes reagrupados de inmigrantes laborales. Y, finalmente, están los colectivos de retornados, emigrantes españoles que adquirieron o no la nacionalidad del país de acogida; situación ésta que se podría volver a plantear dentro de unas décadas, con el retorno de los españoles que hoy están abandonando el país en busca de trabajo6. De todos ellos, solo nos hemos ocupado de momento del primer colectivo de gerontoinmigrantes (en adelante, GI o GIU si nos referimos en el segundo supuesto a los nacionales de la UE y, eventualmente, de países asociados). Durante estos años, hemos desarrollado actividades de investigación básica y aplicada, innovación y divulgación del conocimiento7, con un decidido objetivo de contribución al desarrollo del entorno cultural, social y económico de los lugares europeos de retiro, un número significativo de los cuales se localizan en España, y en particular en el litoral mediterráneo. 5

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Seguimos en esto el paradigma de Morin (1990). Para Serrano (2005), el paradigma de la complejidad es la superioridad del pluralismo sobre el monismo, de la diversidad sobre la unidad, del sistema sobre el elemento, de la relación sobre la sustancia, etc. (vide item Roger, 1997; Da Concienciao, 2006, y Soto, 1999). A 1 de enero de 2014 se superó por primera vez la barrera de los dos millones de españoles viviendo en otros países, y, con la última actualización del INE, la cifra sigue creciendo: 174.571 españoles más se registraron en el extranjero durante el año pasado, empujando el PERE un 6,1 por ciento. Atendiendo exclusivamente a estos 174.571 inscritos durante 2014, se trata en su mayoría de personas en edad de trabajar (64,1%) que se dieron de alta como residentes en países de América Latina (61,6%) y que habían nacido en el país en el que estaban viviendo (56%). Tales cifras no recogen cabalmente el fenómeno, al ser voluntaria la inscripción en los consulados españoles en el extranjero, no suponer beneficios para el particular y, por el contrario, conllevar la baja en el padrón municipal (“Las nuevas nacionalidades disparan un 48% los españoles en el exterior”, El País, 18 de marzo, 2015; disponible en http://politica.elpais.com/politica/2015/03/18/actualidad/1426677318_354050.html). En consonancia con los parámetros de la ley 14/2011 de la Ciencia.


Introducción

Con este empeño se creó en 2007 el Observatorio Europeo de Gerontomigraciones (OEG)8, en el que se aborda la arquitectura política, socio-antropológica y jurídica en que se inserta y a la que afecta la gerontomigración. Y lo viene haciendo con atención a los fenómenos de los que a su vez depende: envejecimiento de la población, movimientos migratorios internacionales y variante residencial del turismo. Su objetivo es describir y analizar, de forma multi e interdisciplinar, los desafíos y las oportunidades que la gerontomigración plantea en relación con el ejercicio de los derechos de las personas mayores desplazadas de forma más o menos estable, con su impacto en los destinos de asentamiento, y, en general, con la construcción de la ciudadanía europea.

2. QUÉ MÉTODO UTILIZAMOS En nuestra investigación trabajamos con la “parte” o la “especialización” y a la vez, con la “totalidad” y la “unificación” del conocimiento. Para ello, partimos de las estructuras disciplinares que aporta cada investigador del grupo, lo que nos permite acceder al conocimiento especializado, aunque siempre con la vista puesta en la totalidad del fenómeno que analizamos. Solo así creemos posible que la investigación devenga en innovación y, por ende, en la construcción de propuestas eficaces y equilibradas para el desarrollo social, científico y cultural y/o para la creación o mejora de productos, procesos o servicios. Esta tarea supone el esfuerzo de transmitir el conocimiento disciplinar con intención de ser utilizado por otros especialistas9; de

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El OEG (http://www.gerontomigracion.uma.es/) fue financiado inicialmente como Proyecto de Excelencia (2007-2010) por la Dirección General de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía (P06 –SEJ-01861). Actualmente se mantiene básicamente gracias a la financiación de EURIE. Con ese afán hemos trabajado juntos demógrafos, geógrafos, politólogos, médicos-geriatras y juristas, del entorno local más inmediato y en colaboración con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas en los proyectos dirigidos por Vicente Rodríguez Rodríguez, Profesor de Investigación del IEG/CSIC: “Migración de Retirados Europeos en España (MIRES)”. Proyecto de Investigación SEJ2005-24704-E/ECON, Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, Dirección General de Investigación, Ministerio de Educación y Ciencia. Noviembre de 2006 a Noviembre de 2007. “Los Extranjeros Retirados


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atender y dialogar para llegar a acuerdos; de renunciar a conceptos preconcebidos o al menos de cuestionarlos y repensarlos, tras el ejercicio de humildad necesario que supone reconocer los retos y desafíos del conocimiento especializado, y poder estar así en disposición de contrastarlo con otras disciplinas en una clara apuesta de apertura al aprendizaje (Casas, 2008)10. De ahí que en EURIE sigamos trabajando en la consolidación de un método propio que permita valorar los resultados bajo un mismo esquema conceptual y dentro de una misma arquitectura teórica que permita crear conocimiento nuevo a partir de investigaciones disciplinarias. Y todo ello con el objetivo de diseñar conjuntamente una oferta de acogida de gerontoinmigrantes atractiva, equilibrada, sostenida y sostenible. Como alerta Tamayo, no se trata de construir un esperanto interdisciplinar ni tampoco de establecer una convergencia de las especialidades a través de su punto de partida y de las palabras, sino a partir de sus resultados (2004: 93). En esta tarea, ningún especialista debe perder su competencia, “sino que debe desarrollarla lo suficiente como para articularla con otras competencias, las cuales, encadenadas, formarían un bucle completo y dinámico, el bucle del conocimiento del conocimiento” (Morin, 2005: 52). Finalmente, tratamos de conseguir que el método por parte del orden disciplinar se desordene, interaccione y se vuelva a organizar, como también propone Morin (1984: 360). Para ello, los resultados de la investigación se contrastan en seminarios anuales de objetivo transdisciplinar según definición de Martínez (2007), en los que se abre el conocimiento a operadores jurídicos, agentes sociales, repre-

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en Andalucía: Análisis y propuestas de actuación”. Acuerdo de colaboración entre el Instituto de Economía y Geografía (IEG) del Consejo Superior de Investigaciones científicas (CSIC) y EURIE. 2006/07. “Migración Internacional de Retirados en España: Impactos, identidades e integración (Proyecto MIRES3i), Proyecto del Plan Nacional de I+D+i, Ministerio de Ciencia e Innovación (código: CSO2008-06458-C02-01/GEOG). 2008/10. Prorrogado a 2012. Asimismo, hemos trabajado con universidades extranjeras en la Red “International Migration in Europe: Welfare Policy and Practice Implications for Older People. Scientific Network of the European Science Foundation (ESF)”, Coordinador: Anthony M. Warnes (University of Sheffield, Reino Unido). 2003. Piaget concibe la interdisciplinariedad como una forma de cooperación y de intercambio recíproco entre dos o más ciencias, que necesariamente conlleva un enriquecimiento mutuo (1981), en Saldivia (2008: 158 y ss).


Introducción

sentantes políticos y técnicos de la Administración cuyas conclusiones son publicadas en un boletín de investigación del Observatorio11.

3. QUÉ HEMOS AVANZADO Una vez definido y conceptualizado el fenómeno de la gerontomigración, nos preguntamos si podría convertirse en una propuesta sostenida y equilibrada de promoción de determinados destinos del litoral mediterráneo (Echezarreta, 2013: 357 y ss.). Respondimos a dicha pregunta desde diferentes disciplinas diseñando una serie de parámetros que propusimos en nuestra primera monografía (Echezarreta, 2005) como base para la elaboración de unos indicadores que midieran la excelencia de los destinos europeos de la gerontomigración y que giraran en torno a las políticas de envejecimiento, extranjería y sostenibilidad12. De su adecuación dependería la acreditación de “Municipio LER”, que conseguirían aquellos destinos que reunieran los requisitos de bienestar necesarios para convertirse en lugares europeos de retiro. Dichos parámetros, que medirían mediante indicadores la excelencia de los Municipios LER, no han sufrido desde entonces grandes modificaciones; a lo sumo, ligeros retoques de sistematización. Son los siguientes: 1. Socio-demográfico, relativo a la cuantificación del número de residentes registrados en el municipio y al trazado y análisis de 11

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Este trabajo se basa en las ponencias presentadas por los autores en el VII Seminario Interdisciplinar Universidad-Sociedad del Observatorio Europeo de Gerontomigraciones (OEG), De turistas inversores a extranjeros retirados en España: residencia y problemas jurídicos transfronterizos, celebrado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga el 11 de diciembre de 2014. En 2006 la OMS lanzó un interesante proyecto internacional de Ciudades Amigables con las Personas Mayores para ayudar a las ciudades a prepararse para dos tendencias demográficas mundiales: el envejecimiento rápido de la población y la urbanización creciente. El programa está dirigido a los factores medioambientales, sociales y económicos que influyen en la salud y el bienestar de las personas mayores, recogidos en “Una Guía de Ciudades Amigables con las Personas Mayores” de la OMS, denominada Protocolo de Vancouver. En España ya se cuentan con diferentes municipios acreditados por la OMS http://www. ciudadesamigables.imserso.es.


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su perfil según grupos etáreos entre españoles y extranjeros, y según lugar de procedencia de estos últimos. De movilidad geográfica y comunicación interpersonal, encaminado a evaluar las posibilidades de acceso a centros de interés cultural, asistencial, administrativo o de transporte adaptados a la diversidad funcional, lingüística y cultural. De participación, que permita evaluar el compromiso político de los gerontoinmigrantes con la res publica local y europea, y las políticas municipales de promoción y fomento de participación y representación. Sociosanitario, que permita evaluar el número y la calidad de los servicios sanitarios de salud, públicos y privados, y sociosanitarios de mantenimiento de la autonomía personal y del envejecimiento activo de los gerontoinmigrantes, sin menoscabo del equilibrio económico entre los países de afiliación y los de atención. Tecnológico, que permita ampliar servicios y garantizar derechos de atención social y sanitaria, como la telemedicina. Intergeneracional, que mida el equilibrio etario de los LER y promueve la transferencia de experiencias y culturas a las generaciones más jóvenes y el socorro mutuo familiar. Medioambiental, que evalúe el compromiso del municipio con el entorno natural y su incidencia en la salud de los ciudadanos. Institucional, que mida el compromiso del municipio con instituciones de los países de origen para facilitar las comunicaciones en aras a la protección del sujeto, al tiempo que mida la calidad y transparencia de las instituciones públicas y privadas. Formativo, que evalúe el compromiso municipal con el aprendizaje de las diferentes lenguas más habladas en el municipio, con el concepto y alcance de la ciudadanía europea y con los derechos y obligaciones de los gerontonmigrantes tanto desde la perspectiva europea como de los Estados de origen y de destino.


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10. De seguridad jurídica, que atiende al grado de confianza en el Derecho, en la justicia y en la solidaridad de las instituciones, profesionales y ciudadanos del entorno. A partir de dichos parámetros elaboramos un decálogo, a modo de test de investigación por el que deben ser filtrados los resultados disciplinares: 1. Promoción del envejecimiento activo. 2. Promoción y realización de los derechos de ciudadanía europea y, en particular, de la libertad de circulación de personas. 3. Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia. 4. Promoción de la igualdad. 5. Promoción de la seguridad jurídica. 6. Promoción del mercado laboral y empresarial destinado a estos colectivos. 7. Equilibrio en la gestión de la diversidad cultural y jurídica. 8. Equilibrio financiero, público y privado. 9. Equilibrio medioambiental. 10. Corresponsabilidad institucional y ciudadana. Cada uno de los diez puntos incluye en su análisis la variante de la plurivinculación cultural, social, económica, estatal y jurídica de los sujetos afectados.

4. QUÉ NOS HEMOS PREGUNTADO AHORA Sabemos que la movilidad humana, lejos de disminuir en importancia a causa de la Gran Recesión, sigue constituyendo un fenómeno social de primera magnitud (Blanco, 2014). Las últimas reformas legislativas en materia de inmigración en España y en los países del entorno, nos llevan a pensar que hoy la visión predominante de la inmigración no está asociada solo al mundo laboral, sino que es también un elemento de competitividad que utilizan los Estados a través de un marco jurídico favorable a la atracción de determinados flujos migratorios por motivos económicos (Vela, 2014). Cada día más, las personas no se resignan a las ofertas de sus países de origen; buscan la


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satisfacción de sus intereses allí donde puedan (o crean) conseguirla. Abstracción hecha de la diversidad intrínseca al fenómeno migratorio, no solo se busca en el extranjero empleo y protección social que permitan una vida más digna, sino también el consumo de bienes y servicios de todo tipo: salud, estética, técnicas de reproducción humana asistida, formación, etc. Y no solo ello, la reducción de impuestos, la rentabilidad de las pensiones, seguras inversiones, mejores condiciones gerontológicas para disfrutar de un envejecimiento saludable e incluso la invisibilidad (para eludir obligaciones legales u olvidar el pasado) también están en la base de la movilidad de las personas. Por uno o por varios motivos, las personas se desplazan de sus lugares de origen. En ocasiones con objetivos puntuales que requieren corta estancia, aunque las repeticiones se convierten en el germen de confianza para proyectos de estancia futuros más estables en los Estados de acogida; en otras ocasiones, el traslado se inicia como proyecto duradero aunque sin intención de perder los vínculos de origen conseguidos tras una larga biografía de acontecimientos vitales, y, en otras, las menos, el traslado se convierte en un nuevo asentamiento definitivo y con ruptura de todo tipo de vínculos anteriores. De resultas de lo cual, empiezan a difuminarse los límites del “centro de vida” o “centro de intereses personales y patrimoniales de las personas”; en otros términos, se desestabiliza la seguridad jurídica respecto del Estado deudor o acreedor de derechos y obligaciones. La opción legal más extendida como localizador jurídico del sujeto y generador de estos derechos y obligaciones, es la “residencia” o la más precisa “residencia habitual” dejando atrás el criterio de la nacionalidad o el domicilio, pero su definición, concreción, acreditación y gestión ante el caso concreto y en los supuestos de duplicidad o ausencia de residencia, exige una carga hermenéutica disciplinar, en esta ocasión de alcance jurídico y sociopolítico, que es la que nos proponemos con esta monografía. Para, en un segundo momento, elaborar el mapa interdisciplinar que nos permita realizar propuestas de alcance mayor y más global. La primera pregunta que nos hemos hecho está relacionada con los rasgos que caracterizan a los colectivos de GI, su vinculación temporal, social y cultural con España (Durán, capítulo I) y sobre la influencia del centro de intereses personales y patrimoniales como referente para la determinación de su residencia habitual (STJUE 1/12/2011, C-250/08). Para ello, nos hemos valido de datos del Instituto Na-


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cional de Estadística (INE) y de la encuesta realizada en el marco del proyecto del Plan Nacional de I+D+i Migración Internacional de Retirados en España: Impactos, identidades e integración (MIRES3i). La encuesta que realizamos entre abril de 2010 y febrero de 2011 de forma presencial mediante cuestionario en alemán, español, francés e inglés, se ha dirigido a 720 ciudadanos extranjeros de 50 o más años de edad y de la UE15, además de a noruegos y suizos, que, jubilados, viven en las regiones españolas de retiro: Andalucía, Cataluña, islas Baleares y Canarias, Murcia y Valencia. Se trata de la primera encuesta de ámbito nacional dirigida a esta población en Europa. Seguidamente nos hemos preguntado sobre las políticas de fomento13 o contención14 del fenómeno migratorio, con la mirada siempre cercana a los jubilados extranjeros. Pretendemos comprobar si la gerontomigración de jubilados seguirá siendo, como hasta ahora, un fenómeno principalmente europeo y sostenido por la libertad de circulación y residencia de sus nacionales, o si estará basado en la relación coste-beneficio que suponga para el Estado la presencia de estos turistas permanentes o inmigrantes ocasionales independientemente de su nacionalidad. Para ello se ha estudiado el derecho de circulación y residencia, en particular referido a los ciudadanos de la UE y de países asociados; su promoción o limitación según la normativa aplicable e interpretación del TJUE, así como la incidencia de una futura gerontoinmigración de nacionales de terceros Estados como nueva propuesta jurídica de competitividad económica (Martín y Jiménez, capítulo II).

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Explicitados en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aunque con poco éxito de momento según el Ministerio de Comercio http://www.inmodiario.com/199/20818/facilidadespara-adquirir-permiso-residencia-comprando-vivienda-espana.htmlhttps:/. Claramente explicado en la Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. De otro lado, vide el asunto Dano en la STJUE de 11 de noviembre de 2014, que justifica la limitación estatal de la libertad de circulación y residencia a aquellos ciudadanos de la Unión que no ejerzan una actividad económica y que pretendan utilizar el sistema asistencial del Estado miembro de acogida para garantizar su subsistencia.


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El resto de nuestro trabajo ha partido de la constancia de la plurivinculación, más o menos estrecha, que genera la movilidad de personas con diversos Estados. Plurivinculación que corresponde al Derecho a gestionar de forma equilibrada, sostenida y dentro de los límites que impongan los compromisos internacionales de los que cada Estado forme parte. No olvidemos que la principal relación entre residencia y movilidad se constituye a partir de la paradoja, es decir, la aparente contradicción, entre los elementos de fijeza que procura la residencia y los elementos de fluidez representados por la movilidad que Del Pino (2014: 200) investiga a través de la relación entre fijeza y fluidez en tres niveles; desde el más general al más particular: el espacio social, la residencia y la segunda residencia. En este sentido, el mapa biográfico de los GI, como el de cualquier otro extranjero asentado en España, está conectado, de una u otra forma, con más de un Estado y, por ende, con más de un sistema jurídico. La nacionalidad de estos sujetos, principalmente ingleses y alemanes (Durán, 2012: 154), la adquisición de bienes y de servicios, la celebración del matrimonio, el lugar de fallecimiento, el cobro de sus pensiones, la residencia familiar, la laboral cuando estaban en activo, o la de retiro, etc., son acontecimientos que han podido coincidir con más de un Estado, por lo que son relaciones que demandan una equilibrada y justa gestión que nos permita articular una correcta relación jurídica del individuo con el poder público. Ello exige “una mirada cosmopolita que gestione la interdependencia, observe los nuevos paisajes de la identidad de las personas” (Elósegui, 2008: 121), tome en consideración la pluralidad de vinculaciones con cada sistema jurídico (Eshtiagh, 2014) y sepa además ponderarlas frente al ejercicio de cada uno de los derechos, tanto públicos como privados. En este panorama de movilidad de las personas, de pluriconexión cultural, familiar, social, económica o jurídica, y de confrontación de intereses públicos y privados, ocupa un lugar destacado el estudio de las conexiones del sujeto con el Estado como localizadores jurídicos generadores de la titularidad y ejercicio de los derechos y de obligaciones jurídicas con respecto al Estado. Y todo ello en un mundo globalizado en el que la condición de nacional ha cedido su protagonismo en favor de conexiones fácticas, más expresivas del “centro de vida de las personas”, como son la residencia habitual. Conexión más material que formal, más real y próxima, pero también más incierta


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e insegura, susceptible de un amplio margen de discrecionalidad para las autoridades y de manipulación por parte del sujeto. Nada extraño ni ajeno al mundo cambiante y líquido en el que vivimos, que observa Bauman (2007) presidido por la incertidumbre, la imprevisión y la falta de compromiso, un mundo que impone a su vez el uso de instrumentos flexibles que no exijan tanto compromiso o lealtad (como la nacionalidad)15 sino un estudio de coste-beneficio para y por las partes. Con este tipo de conexiones se abre un margen de oportunismo para el Estado a la hora de conceder residencias o no dependiendo del coste económico, político o social que ello conlleve, por lo que, intuimos que, a mayor expectativa de derechos, mayor riesgo de negar las residencias. Y viceversa: a menor contenido en derechos, mayor facilidad para el reconocimiento de residencias a los extranjeros. Asimismo, el sujeto podrá maniobrar también a su antojo con la residencia dependiendo de que le suponga el disfrute de derechos o el cumplimiento de obligaciones, por lo que podemos hablar de residencias de conveniencia o estratégicas. Relacionado con los márgenes legales del concepto “residencia habitual” y su aplicación práctica, se han formulado el resto de nuestras preguntas. En primer lugar, hemos querido comprobar la relevancia del recurso a dicha conexión personal de naturaleza territorial, como vínculo localizador de derechos de los ciudadanos respecto del Estado. Comprobado el grado de relevancia, nos hemos preguntado seguidamente por la existencia o no de definición legal según cada normativa específica y respecto a cada uno de los derechos y obligaciones analizadas, para comprobar si existen o no unos límites legales armonizados, así como sobre los medios de acreditación ad casu frente a la autoridad judicial o extrajudicial. Finalmente, nos hemos preguntado también sobre los supuestos de ausencia de residencia o de dobles residencias en más de un Estado, pues no es un supuesto de laboratorio la vida itinerante de los GI según la época del año y en

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Sobre la lealtad y sometimiento al Monarca como base de la moderna nacionalidad, Vid. Costa y Aláez, 2009:51-52. Se analiza también la diferente funcionalidad de la nacionalidad (excluyente) y la ciudadanía (incluyente) en un sistema jurídico moderno, y cómo el principio democrático ha hecho que de la nacionalización de la ciudadanía se tenga que pasar a una recíproca civilización de la nacionalidad, pág. 73.


Mayte Echezarreta Ferrer

función de preferencias o compromisos personales, familiares o de cualquier otra índole (Durán, capítulo I). Son situaciones claramente descritas en la metáfora de la elipse de Van Hoogstraten: ”Como una elipse una vida puede tener dos centros, uno para los aspectos de la vida familiar y el otro para los negocios. El término residencia habitual tiene en cuenta esta complicación” (1967: 364)16. Para contestar a estas preguntas hemos seguido el mismo método interdisciplinar utilizado en otras investigaciones y detallado más arriba. Se ha partido de la selección de determinados derechos considerados de especial trascendencia para vivir un retiro activo, inclusivo social y políticamente, y protegido jurídicamente, teniendo en consideración paralelamente, las obligaciones fiscales que el Derecho impone según el grado de vinculación con el Estado. Además del derecho de circulación y residencia (capítulo II) referido ya, hemos estudiado los derechos sociosanitarios y el cobro de pensiones, así como la exportabilidad de los mismos en función del cambio o alternatividad de las residencias (Álvarez y Lozano, capítulos III y IV). El capítulo V (Rodríguez y Sánchez-Molina) estará dedicado a los derechos de participación política y sus límites en función de la nacionalidad y la residencia de los sujetos. Cerraremos finalmente los aspectos de Derecho público, con el capítulo VI (García Calvente) dedicado al estudio de la condición de residentes o no residentes a efectos tributarios como criterio discriminador de las cargas fiscales en España. Los tres últimos capítulos se centrarán en los derechos privados de especial significación para nuestro colectivo en estudio; es decir, aquellos derechos que nacen de las relaciones entre los particulares, protagonizadas por extranjeros y, por ende, con repercusión transfronteriza. La investigación la hemos centrado en tres aspectos que, aunque relacionados, difieren en sus intereses de política legislativa: la residencia a) como criterio de conexión para determinar la competencia de los tribunales españoles (Echezarreta, capítulo VII); b) como 16

Al respecto, Sloterdijk (estudiado por Vásquez, 2007) escribe sobre el carácter multifocal de la vida moderna, de los movimientos de expansión de los sujetos que se trasladan y aglomeran hasta formar espumas donde se establecen complejas y frágiles interrelaciones carentes de centro y en constante movilidad expansiva o decreciente.


Introducción

criterio de conexión para determinar la ley aplicable (Caro, capítulo IX), y c) como criterio relevante para seleccionar la ley aplicable entre las diferentes leyes vigentes en un Estado plurilegislativo como España, sobre todo teniendo en cuenta la distribución de los colectivos de GI entre CCAA como Valencia, Cataluña, Mallorca y Andalucía, con importantes particularismos jurídicos y con normas de selección estatales y europeas, no siempre coordinadas (Sillero, capítulo X). Aunque quizás lo más coherente hubiera sido elegir las mismas materias para estos tres problemas, hemos optado por la libertad en la selección por parte de cada autora. Y ello, porque en definitiva nuestras preguntas de investigación solo buscan respuestas respecto al mapa comparado del criterio de la residencia en el ámbito de los derechos y obligaciones del sujeto, y no pretenden un tratamiento disciplinar y en profundidad de cada una de las materias. Sin embargo, no por ello deja de existir cierta armonía. En el capítulo de la competencia judicial internacional se han tratado asuntos tales como la declaración de ausencia y fallecimiento, la protección de adultos y el derecho de alimentos, por ser aspectos directamente relaciones con la fragilidad y la vulnerabilidad a la que podrían llegar ciudadanos que, además de extranjeros, son de edad avanzada y disponen de escasos o de ningún apoyo familiar (vide Hall)17. Se han abordado también las relaciones económicas del matrimonio, el divorcio, los alimentos y los derechos sucesorios, dado que los problemas familiares y su implicación patrimonial son temas que acompañan al ciudadano a lo largo de su vida y que afectan incluso después de la muerte, de estas materias también se ha dado cuenta en materia de ley aplicable, además del régimen de obligaciones contractuales y extracontractuales. Y respecto a la selección del derecho de entre los vigentes en España en las CCAA, nos hemos detenido en el régimen de efectos personales y patrimoniales del matrimonio, y los derechos sucesorios, por constituir dos de los ámbitos donde existen mayores particularismos entre los derechos forales y el derecho común. Con esta división temática por capítulos tratamos de visualizar mejor los problemas principales

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Recientemente, la asociación Age Concern, con sede en Calvia, constata que la crisis ha aumentado el número de residentes extranjeros de edad avanzada con pocos recursos (disponible en http://www.diariodemallorca.es/part-forana/2015/03/14/rescate-jubilado-europeo/1006849.html).


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