TIJUANA EN LA NOTICIA No. 55

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EN LA NOTICIA

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Tijuana, Baja California. 02 de agosto de 2012

PLANTEA DIPUTADO SÁNCHEZ CORONA REFORZAR LA PERSECUCIÓN DEL DELITO DE LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS Mexicali, B. C., Informa Tijuana en la noticia….- Con el objetivo de reforzar la persecución del delito de la desaparición forzada de personas, el Diputado perredista, Francisco Javier Sánchez Corona, presentó una iniciativa para reformar el artículo 167 Bis, del Código Penal para el Estado donde se tipifica la desaparición forzada de persona, atendiendo las recomendaciones derivadas del informe del grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias, mejores prácticas de la legislación penal nacional en la materia del 28 de diciembre de 2010. El legislador recordó que desde el 2010 en Baja California, la desaparición forzada de personas fue incorporada al Código Penal del Estado y actualmente las víctimas de este delito se acrecientan ante la innegable ola de violencia que se vive el país, “resultado de la política de seguridad implementada por el actual titular del Poder Ejecutivo, que al optar por utilizar a los militares en actividades inherentes a la seguridad pública, provocó se incrementaran las violaciones a los derechos humanos y, más grave aún, el aumento en la desaparición de personas”. “Cabe señalar que algunos de los grupos más vulnerables a esta situación son las defensoras y defensores de derechos humanos, particularmente las y los que se ocupan de casos de personas desaparecidas, periodistas, mujeres y personas que viven en zonas mayormente afectadas por la llamada 'guerra contra la delincuencia organizada'” añadió. El diputado ensenadense explicó que este delito sigue un patrón de conducta donde las víctimas son detenidas en forma arbitraria por policías o por miembros del ejército, detenciones que nunca son registradas por quienes las llevan a cabo y donde las personas no son puestas inmediatamente a disposición del ministerio público, conforme lo marca el procedimiento penal. En nuestro Estado, reveló que de acuerdo a registros periodísticos, las desapariciones datan desde la década de los noventas, ya desde entonces los familiares recorrían todas las instancias gubernamentales solicitando se diera seguimiento a las denuncias sobre desaparición, sin encontrar en los funcionarios el menor interés para atender sus demandas. “En enero de este mismo año, en una de sus reuniones semanales, la señora Irma Leyva, de la Asociación Unidos por los Desaparecidos, organización de la sociedad civil, exigió a los gobiernos federal y de Baja California que entreguen resultados sobre la desaparición forzada de más de 2 mil 500 bajacalifornianos cuyo destino se desconoce, casos que ellos

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tienen documentados desde el año 2001 a la fecha, pues según los familiares, en nueve de cada 10 casos ocurridos han participado policías o soldados. En cuanto a datos oficiales, estos varían notablemente de las cifras que dan las diversas organizaciones de la sociedad civil”, aseguró. Es en este contexto, dijo el Diputado Sánchez Corona, que se propone esta iniciativa a efecto de reforzar esta figura, incluyendo como elementos del delito, la privación de la libertad en cualquier forma, porque toda desaparición forzada inicia con la privación de la libertad de la víctima, es decir, comienza con la detención, arresto o traslado contra su voluntad, es decir, que puede iniciar con un arresto o detención inicialmente legal, por consiguiente la figura penal debe abarcar todas las situaciones posibles comprendidas en el concepto general de privación de la libertad. Así como incluir como elementos constitutivos del delito la sustracción de la persona de la protección de la Ley. Se considera la necesidad de fortalecer esta figura jurídica, incluyendo entre los elementos del tipo a la negativa a reconocer la privación de la libertad, ocultando información sobre la suerte o paradero de la persona desaparecida, ya que bien sabemos, en estos casos es práctica común de los servidores públicos, intimidar, amedrentar y hasta amenazar a familiares de las víctimas, en su afán de desalentar las denuncias y la exigencia de que se indaguen las desapariciones y se haga justicia, dejando en total estado de indefensión a la víctima de este delito, ya que aunado a ello, en esta situación se dificulta la interposición de recursos legales, pues al negarse la autoridad a brindar información sobre el lugar donde se encuentra el agraviado y la autoridad o agente que ejecuta o trata de ejecutar el acto, obstaculiza la interposición del recurso de amparo, medio idóneo por excelencia para tutelar la libertad personal y la integridad de las personas; proceso en el que también se exige la ratificación de la demanda, lo que hace más que difícil el auxilio y defensa de las víctimas de este delito, puesto que se desconoce su paradero”, detalló. “La denegación de la información y el encubrimiento representan la falta de voluntad del Estado de atender a las víctimas y sus familias, significa un obstáculo para alcanzar el derecho a la verdad, lo que constituye finalmente, una más de las muestra de impunidad, que hacen se profundice la desconfianza de la población hacia las diferentes instituciones del Estado y sus agentes que lo representan”, concluyó.


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