El_ePaciente_y_las_redes_sociales_completo

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Retos legales del e-paciente En consecuencia, la Administración debe volver a abrir el expediente de jubilación anticipada y tramitarlo sin considerar los dos informes psiquiátricos en cuestión. La importancia de esta sentencia en el ámbito que nos ocupa es doble. Por un lado, para constatar la facilidad con la que, incluso en la Medicina 1.0, los datos clínicos salen del historial clínico para caer en manos de terceros. Por otro lado, parece que puede leerse entre líneas que un elemento fundamental para obtener en primer lugar los informes fue que la identidad del psiquiatra del profesor era conocida por miembros de la Inspección Médica, de tal modo que tenían identificado de dónde podían obtener la información clínica relevante. Tampoco debemos dejar de lado el hecho, ilustrado en la sentencia, de que la Administración o un juez podrían tener fundamento constitucional para pedir el historial clínico en determinados supuestos, bien a los profesionales o centros sanitarios relevantes pero también al propio paciente, o a las redes sociales donde el paciente haya subido sus datos clínicos.

5.2.

Redes sociales

La participación en las redes sociales, constituye uno de los elementos definitorios del ePaciente. Compartir experiencias e informaciones, tratamientos y resultados, permite al ePaciente gestionar de mejor modo su propia salud e, incluso, ayudar a los profesionales sanitarios a que le atiendan mejor su dolencia. Muchas de las cuestiones mencionadas más arriba son aplicables a las redes sociales. Sin embargo, dada su relevancia, no debemos de dejar mencionar las principales cuestiones que surgen en el ámbito de estas redes sociales. Una primera cuestión, vinculada con el análisis que hacíamos en el apartado referido a los diagnósticos es cual va a ser la legislación aplicable al funcionamiento de la red social. Normalmente, dicha legislación vendrá determinada por las condiciones de adhesión a la misma y por el país en el que se encuentre establecido el gestor de la red social. No obstante, como hemos señalado más arriba y conforme a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, si la red social está dirigida específicamente para su uso en España también le será de aplicación la legislación española. Igualmente hemos visto que el paciente tiene una responsabilidad en el tratamiento de su historial clínico, de tal modo, que no puede publicar sin más toda la información incluido en la misma sin tener en consideración la existencia del derecho a la intimidad y a la protección de datos de terceras personas. También hemos mencionado más arriba cuestiones relevantes respecto a la información generada por los propios pacientes sobre la salud en general. Otro problema común es el uso que se pueda dar de la información subida a la red social. Según el tipo de red social que se trate, tendríamos a tres tipos diferentes de destinatarios: el propietario de la red, los miembros de la red del paciente, otros destinatarios. La relación con el propietario de la red es sencilla de entender: está descrita en las condiciones de adhesión a la red. En dichas condiciones se indicarán los usos que puede hacer el propietario con la información disponible en la red, así como las condiciones de salida de la misma. Se puede estar de acuerdo con dichas condiciones, o no, en cuyo caso no se podrá acceder a la red. Por otro lado, tenemos los miembros de la red del paciente. En principio, ellos son los destinatarios de toda la información que publique en la red social. Esta información que se pone a disposición de los miembros de la red, una vez que éstos la reciben, tiene un tratamiento equivalente al de cualquier otra comunicación, una carta, un mensaje de correo electrónico u otro. La información se ha transmitido en el contexto de una relación con unas personas concretas y determinadas, de modo que no necesariamente se puede decir que la información se haya hecho pública. Ya hemos visto ejemplos de que no toda información accesible puede ser utilizada, lo que viene a marcar un límite importante a lo que se puede hacer con la información publicada en una red

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