Presentación Comercial TDP

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P R E S E N T A C I Ó N

C O M E R C I A L


En Chile existen múltiples casos de accidentes producidos por deslizamientos y personas que llegan a centros asistenciales producto de una caída. Si bien no existen estadísticas específicas producto de esta causa, actualmente existe una creciente preocupación por parte de entidades gubernamentales, empresas, prevencionistas y profesionales en seguridad por aumentar la seguridad de sus empleados, clientes y personas en general, a través de un adecuado tratamiento del piso, evitando accidentes. Por accidente en mall de La Serena: Justicia condenó a Falabella a pagar cerca de 11 millones de pesos a consumidora que sufrió caída...

Diario El Mercurio 22 | 06 | 2013


“Esto quiere decir que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus locales de ventas. Por ejemplo, deben preocuparse de que las instalaciones no presenten riesgos para quienes circulan. Contar con pisos antideslizantes, y que estén secos, que existan salidas de emergencias e instrucciones claras de seguridad”. Enfatizó la autoridad. Fuente: Web SERNAC 04 | 04 | 2016


“La Barquera del casino

viñamarino. Poco antes que terminara su jornada, pasó por una rampa sosteniendo una pila de platos. No obstante, ésta no tenía la goma antideslizante, por lo que resbaló y cayó fuertemente, según consignó La Estrella de Valparaíso.

Fuente: Web BÍO BÍO 29 | 01 | 2020


“Sin embargo el éxito de

estas últimas acabó en incidentes, debido a que numerosos niños terminaron heridos al jugar en ellos, sin estar previstos para el uso por público infantil. “Tenemos a 22 niños lesionados, 3 ó 4 de ellos que debieron ser llevados al Cesfam. Reiteramos la solicitud a los padres para que sus hijos no jueguen en esta área, ya que se trata de piletas ornamentales”, anunció por alto parlante el Fuente: Web BÍO BÍO 18 | 11 | 2018 funcionario municipal, Marcelo Sánchez. Fuente: TVN.CL 18 | 11 | 2018


Diario Sur de Concepciรณn 20 | 07 | 2017

Portal de Noticicias Emol 14 | 05 | 2017


InfografĂ­a. Portal de Noticicias Emol 14 | 05 | 2017


Decreto MINVU N°50 del 04 de Marzo de 2016. Modifica Decreto Supremo nº47, de vivienda y urbanismo, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en el sentido de actualizar sus normas a las disposiciones de la ley Nº 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. En el Artículo 1.1 define lo siguiente: "Ruta Accesible: Parte de una vereda o de una circulación peatonal, de ancho continuo, apta para cualquier persona, con pavimento estable, sin elementos sueltos, de superficie homogénea, ANTIDESLIZANTE EN SECO Y EN MOJADO, libre de obstáculos, gradas o cualquier barrera que dificulte el desplazamiento y percepción de su recorrido. Se entiende por Ruta Accesible cualquier lugar de un edificio público o privado donde se atienda público por el cual podría transitar una persona desde la vereda hacia el interior del edificio.


DDU 351- 5.1.3 D RUTA ACCESIBLE EN EDIFICIOS INDUSTRIALES

DDU 351 C RUTA ACCESIBLE EN OFICINAS :

Para el caso de establecimientos industriales y en general

Todos los pasillos que sean parte de la ruta accesible y conduzcan a

aquellos

cuyo

uso

este

asociado

a

actividades

productivas a que se refiere el articulo 2.1.28. de la OGUC,

unidades o recintos que contemplen atención de publico, tendrán un ancho mínimo de 1,50 M, es aplicable a todo tipo de edificio, incluso en aquellos que, contando con oficinas, su destino mayor sea otro. En

se consulta si el requisito establecido en el segundo 4.14.12,

consecuencia, la exigencia se considera valida para todo tipo de

el cual dispone que “Se deberá considerar así mismo,

edificio que cuente con oficinas.

espacios e instalaciones para personas con discapacidad en los accesos, rutas accesibles, estacionamientos, circulaciones, vías de evacuación y servicios higiénicos; incluidos el o los recintos de atención de publico, si el

OGUC ARTÍCULO 4.14.12. INDUSTRIALES ESTABLECIMIENTOS Se deberá considerar asimismo, espacios e instalaciones para personas con discapacidad en los accesos, rutas accesibles, estacionamientos,

circulaciones,

vías de

evacuación

y servicios

proyecto lo considerare” Implica que la ruta accesible

higiénicos; incluidos el o los recintos de atención de público si el

exigida deberá ser proyectada a todos los recintos de la

proyecto lo considerare.

industria

de

complementarias

la

industria,

como

casinos,

incluyendo oficinas,

áreas sala

primeros auxilios, además de las áreas de trabajo.

de


De acuerdo a lo establecido, las adecuaciones de accesibilidad deberán efectuarse en un plazo máximo de 3 años contados desde su publicación en el Diario Oficial. Considerando que se publicó el 4 de Marzo de 2016, el plazo vence el 4 de Marzo de 2019. La ejecución de obras de ampliación y/o alteración, el correspondiente permiso deberá solicitarse a la Dirección de Obras Municipales, a lo menos, 180 días antes de que se cumpla el plazo máximo, periodo que se cumplió el 5 de Septiembre de 2018. ¿CUÁLES

SON

LAS

EXIGENCIAS

DE ACCESIBILIDAD

UNIVERSAL? Se deberán efectuar las adecuaciones de accesibilidad que les permitan

ser accesibles y utilizables en forma

autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida.


EDIFICIOS NUEVOS Cada dirección de Obras Municipales debe revisar el Plano y Memoria de Accesibilidad para otorgar el permiso de edificación conforme al Decreto 50 del Minvu y en base a la Circular DDU 351. Una vez

otorgado el permiso de edificación, la recepción final

requiere visita a terreno por parte de D.O.M. De acuerdo con la O.G.U.C.

“El

Director

de

Obras

Municipales

otorgará

la

recepción, previa verificación que las obras ejecutadas sean concordantes con el permiso otorgado y sus modificaciones, si las hubiere, salvo que cuente con informe favorable de Revisor Independiente, en cuyo caso revisará sólo los aspectos urbanísticos”. Fuente: Oficio 240.


Según Decreto Nº 201 de 1998 (D.O. 02.02.1999) Establece: A. Que las construcciones sobre las que aplica este régimen son las destinadas a un uso que implique la concurrencia de público, en especial aquellos que prestan atención de Salud o cuyo objeto es desarrollar un proceso de enseñanza-aprendizaje. Esto significa que esta exigencia se aplica a las edificaciones destinadas a un equipamiento – en todas sus clases conforme define la ordenanza General de Urbanismo y Construcciones – especialmente a establecimiento de salud y escolares. También se encuentran incluidos en este tipo de edificios aquellos destinados a estaciones ferroviarias, terminales de transporte terrestre, recintos marítimos o portuarios, instalaciones o recintos Aeroportuarios.


NUEVAS NORMAS PARA CIUDADES ACCESIBLES

FUENTE: ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES MODIFICACION EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL NUEVAS NORMAS PARA CIUDADES ACCESIBLES (2016).


Ruta Accesible Artículo 1.1.2 de la OGUC, se aclara la correcta interpretación que debe atribuirse a

“Antideslizante en seco y en

mojado” considerando que no existe ninguna norma Chilena u otra disposición reglamentaria que defina las características técnicas para este tipo de pavimentos. Cabe precisar que la locución consultada corresponde a una característica en particular, o bien a un atributo, de la terminación de la superficie de un pavimento que forma parte de la Ruta Accesible. Esta terminación no debe permitir el deslizamiento o pérdida de equilibrio involuntario de una persona, sin perjuicio de que esté o no en contacto con agua. Esta determinación puede corresponder a una MATERIALIDAD DE LA RUTA ACCESIBLE

superficie con una textura rugosa, dada por algún tipo de terminación en particular como sería el caso de pequeñas estrías, asperezas u otra especificación determinada para el fin consultado. Respecto de esta característica o atributo, cabe hacer presente que es el arquitecto, en las respectivas especificaciones técnicas de los pavimentos de la ruta accesible, quien debe determinar cuáles materiales y/o soluciones constructivas especificará, usando para ello la información que los proveedores de pavimentos señalan de los mismos. Y en la que se describa si poseen o no, dicha característica o atributo.


FUENTE: ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES MODIFICACION EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL NUEVAS NORMAS PARA CIUDADES ACCESIBLES (2016).


LEY 19284 Artículo 21- Las nuevas construcciones, ampliaciones, instalaciones, sean éstas telefónicas, eléctricas u otras y reformas de edificios de propiedad pública o privada, destinados a un uso que implique la concurrencia de público, así como también las vías públicas y de acceso a medios de transporte público, parques, jardines y plazas, deberán efectuarse de manera que resulten accesibles y utilizables sin dificultad por personas que se desplacen en sillas de ruedas. Si contaren con ascensores, éstos deberán tener capacidad suficiente para transportarlas. Los organismos competentes modificarán las normas de urbanismo y construcción vigentes de manera que ellas contengan las condiciones a que deberán ajustarse gradualmente los proyectos; el procedimiento de autorización y de fiscalización; las sanciones que procedieren por su incumplimiento y el plazo y prioridades para que las edificaciones ya existentes se adecuen a las exigencias previstas en el inciso precedente.


LEY 20.422, Artículo 28. Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo, corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo establecer las normas a las que deberán sujetarse las nuevas obras y edificaciones, así como las normas y condiciones para que las obras

y

edificaciones

existentes

se

ajusten

gradualmente

a

las

nuevas

exigencias

de

accesibilidad.

La fiscalización del cumplimiento de la normativa establecida en los incisos precedentes, tanto en el momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones, será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumplimiento ante el juzgado de Policía Local, aplicándose al efecto las disposiciones del Título VI de esta Ley.


CÓMO SE MIDE EL COEFICIENTE DE FRICCIÓN En TDP entregamos datos exactos de coeficiente de fricción de acuerdo al cumplimiento establecido en Normativa Americana medida con Slip Meter (Medidor de deslizamiento utilizado para determinar si un piso es seguro de acuerdo con ASTM y ADA y otros estándares) y posterior a ello, emitimos certificado de Garantía del producto aplicado por 3 años. Dado que en Chile no existen parámetros de dicho coeficiente, en TDP nos regimos por parámetros Internacionales. La Comunidad Europea opera con las normas impuestas por el OSHA (Occupatioal Safety and Health Administration) y el ADA (Americans with Disabilities).

Medidor fricción Slip Meter


INFORME ÁREA DE RESISTENCIA DE MATERIALES. COEFICIENTE DE FRICCIÓN ESTÁTICA EN BALDOSAS CERÁMICAS. PRODUCTO ANTIDES LÍQUIDO.

ENSAYO DICTUC Nº 1536535, FECHA 22-01-2020


ENSAYO DICTUC Nº 1507538, FECHA 06-02-2019 INFORME ÁREA DE RESISTENCIA DE MATERIALES. COEFICIENTE DE FRICCIÓN ESTÁTICA EN BALDOSAS CERÁMICAS. PRODUCTO ELASTÓMERO.


CÓDIGO SANITARIO ALIMENTOS ARTÍCULO 25, En las zonas de preparación de Alimentos: De acuerdo Ministerio de Salud, en su reglamento Sanitario de los Alimentos Nª 977/96 en su articulo Nª25 : En la zona de preparación de alimentos: A) Los pisos se construirán de materiales impermeables, no absorbentes, Antideslizantes y atóxicos; no tendrán grietas y serán fáciles de limpiar. H) Los materiales de revestimiento aplicados a las superficies de trabajos y a los equipos que puedan entrar en contacto directo con los alimentos, no deberán ceder sustancias tóxicas o contaminantes a los alimentos.


Situados en la vanguardia de la tecnología, calidad y servicio, nuestros productos están presentes en más de 56 países, siendo líderes indiscutibles en el mercado de productos antideslizantes.

EI titanio es un material fantástico de color gris oscuro más liviano que el acero, pero más resistente. Tiene mayor duración en condiciones extremas . Estamos ante el material más biocompatible y de menor peso específico con las ventajas que esto implica. La tecnología moderna se ve atraída por sus propiedades, por ello no es de extrañar que sea una de las más cotizadas materias primas. TDP confía en la tecnología ANTIDES, cuya calidad y eficacia garantizada permite ofrecer la mejor solución según se requiera en cada superficie.





TDP es una empresa que nace con el objeto de trabajar por la seguridad de nuestros clientes, disminuyendo el riesgo de accidentes por caídas a causa de superficies resbalosas, para ello ofrecemos soluciones antideslizantes en cualquier tipo de superficie, como en cerámicos, baños, platos de ducha, escaleras metálicas. Es por ello que Antides Antideslizantes compañía Multinacional, líder en tecnología y calidad con más de 15 años de experiencia en el mercado internacional, nombra a TRATAMIENTOS DE PISOS TDP SPA como la empresa distribuidora exclusiva para Chile.


Trabajamos para apoyar a las empresas que requieren una enorme responsabilidad social, en el cuidado de sus colaboradores, clientes y público en general, aplicando ANTIDES en accesos, camarines, baños, cabinas de duchas y muchos otros lugares riesgosos de caídas, poniendo con ello fin a los accidentes, lesiones, bajas laborales, juicios, indemnizaciones, etc. TDP

está

orientada

antideslizantes

a

a

otorgar

empresas,

servicios

plantas

de

tratamiento

industriales,

hoteles,

de

pisos

colegios,

aeropuertos, jardines infantiles, polideportivos, centros comerciales, casinos, supermercados, parques, estacionamientos, clínicas, hospitales, centros médicos, bancos y en general cualquier superficie que provoque caídas quedará antideslizante y segura cumpliendo las normativas de seguridad exigidas.


Situados en la vanguardia de la tecnología, calidad y servicio, nuestros productos están presentes en más de 56 países, siendo líderes indiscutibles en el mercado de productos antideslizantes.

EI titanio es un material fantástico de color gris oscuro más liviano que el acero, pero más resistente. Tiene mayor duración en condiciones extremas. Estamos ante el material más biocompatible y de menor peso específico con las ventajas que esto implica. La tecnología moderna se ve atraída por sus propiedades, por ello no es de extrañar que sea una de las más cotizadas materias primas. TDP confía en la tecnología ANTIDES, cuya calidad y eficacia garantizada permite ofrecer la mejor solución según se requiera en cada superficie.


Nuestra empresa aporta varias soluciones para evitar los accidentes por deslizamiento. ANTIDES ofrece productos no abrasivos que se inyectan en la superficie propensa

a

los

deslizamientos,

efectuando

sus

propiedades antideslizantes en la zona, el producto se aplica evitando las caídas tanto en seco como en mojado, dejando el pavimento tratado adaptado a las Normativas y Leyes vigentes. La aplicación del Antideslizante ANTIDES, no altera las características de las superficies y no modifica el aspecto, color o brillo del pavimento. Antideslizante ANTIDES, está técnicamente testado y es un producto no residual que no crea ningún riesgo al medio ambiente.


En todo tipo de pisos como cerámicas, baldosas, porcelanatos, escaleras metálicas, mármol, concretos tratados, pavimentos pulidos, etc.

ACCESOS INTERIORES

PABELLONES QUIRÚRGICOS

BAÑOS Y DUCHAS

PISCINAS

ESCALERAS METÁLICAS

CASINOS


Nuestro servicio está orientado a hacer sus pisos más SEGUROS Para ello ofrecemos una solución integral en la que realizamos: • Análisis previo de la superficie a tratar • Aplicación del antideslizante por parte de técnicos especialistas • Medición de coeficiente de fricción del piso tratado • Emisión de certificado correspondiente y monitoreo

“Permanezca tranquilo con nuestros tratamientos antideslizantes”


WWW.TRATAMIENTODEPISOS.CL contacto@tdp.cl TELÉFONO: 56 41 2730743 CELULAR: +569 9799 0308


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