manual para la elaboración de E.EF

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GLOSARIO Acciones de emisión condicionada.- Acciones que se emiten a cambio de un desembolso de efectivo pequeño o nulo o de otra aportación, siempre que se satisfagan las condiciones predeterminadas en un acuerdo. Actividades ordinarias.- Actividades que realiza la empresa de acuerdo la actividad principal del negocio, y aquellas en las que participa por ampliación de las mismas o a consecuencia de ellas, o de modo eventual. Actividad agrícola.- Es la gestión, por parte de una empresa, de las transformaciones de carácter biológico realizadas con los activos biológicos, ya sea para destinarlos a la venta, para dar lugar a productos agrícolas o para convertirlos en otros activos biológicos diferentes. Activo.- Representa los recursos controlados por la empresa como resultado de transacciones y otros eventos pasados, de cuya utilización se espera beneficios económicos futuros que fluirán a la empresa. Activo biológico.- Puede ser un animal vivo o una planta. Activos depreciables.- Son aquellos que se espera sean utilizados durante más de un período contable, tienen una vida útil limitada y son mantenidos por la empresa para utilizarlos en la producción o suministros de bienes y servicios, para arrendarlos o para usos administrativos. Activos disponibles para la venta.- Aquellos activos financieros no derivados que: 1. Son designados específicamente como disponibles para la venta; o 2. No son clasificados como: a) cuentas por cobrar; b) activos financieros mantenidos a vencimiento o c) activos financieros llevados a valor razonable con cambios en ganancias y pérdidas. Activo financiero.- Es considerado como activo financiero: 1. El activo que sea efectivo; 2. Un derecho contractual para recibir efectivo u otro activo financiero de otra empresa; 3. Un derecho contractual que permita intercambiar instrumentos financieros con otra empresa bajo condiciones que son potencialmente favorables para la empresa; o, 4. El instrumento de patrimonio de otra empresa. Activos financieros a valor razonable con cambios en ganancias y pérdidas.- Aquellos que cumplan alguna de las siguientes condiciones: 1. Es clasificado como mantenido para negociar si: a) se adquiere con el objetivo de venderlo en un futuro inmediato; b) es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados, gestionados conjuntamente y para la cual existe evidencia de un patrón reciente de beneficios a corto plazo; o c) es un instrumento financiero derivado. 2. En su reconocimiento inicial, es designado para ser contabilizado a valor razonable con cambios en ganancias y pérdidas. Activos financieros mantenidos a vencimiento.- Aquellos activos no derivados con una fecha de vencimiento fijada, cuyos pagos son de cuantía fija o determinable y respecto a los cuales la empresa tiene la intención efectiva y la capacidad para conservarlos hasta su vencimiento; distintos de:

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