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Reglamento para uso de Edificios Escolares
CONTRATO DE SERVICIOS
Es el contrato por medio del cual una persona, comúnmente un profesional en cualquier área, se impone con en relación a otra a hacer una secuencia de servicios a cambio de un costo. Es fundamental señalar que el pago del contrato es dirigido al cumplimiento de metas, horas, fines, proyectos; etcétera.
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El contrato de prestación de servicios expertos es: el contrato en ventaja del cual una sección, llamada profesionista, se impone a realizar un trabajo que necesita para su ejecución, preparación técnica, artística y algunas veces título profesional a favor de otra persona llamada comprador, a cambio de una remuneración llamada honorarios.
Obligaciones del profesionista: Prestar el servicio en la época sitio y forma convenidos, avisar al comprador una vez que no logre avanzar prestando sus servicios, contestar por su negligencia o dolo, guardar el secreto profesional.
Obligaciones del comprador: Costear los honorarios al profesionista
Contrato de prestación de servicios
Los contratos de prestación de servicios son documentos legales que se usan para plasmar el consenso en medio de las 2 piezas que intervienen, en el cual una sección realizará unos servicios determinados a cambio de una retribución pactada. Este contrato es bastante usado por trabajadores autónomos para hacer sus trabajos.
Hay unas propiedades definidas para los contratos de prestación de servicios expertos que los diferencian de los otros. Como ya hemos dicho, se tienen que consensuar en medio de las 2 piezas unos servicios hechos por un profesional cualificado, en el cual, por obligación, debería existir un pago por aquellos servicios.
¿Qué debería integrar el contrato?
Los contratos de prestación de servicios expertos poseen recursos importantes como:
o Datos identificativos de ambas piezas que intervienen en el contrato
o Explicación descriptiva de los servicios que tienen que hacer
o La retribución de los servicios y las condiciones de pago
o La era o la duración de la ejecución de los servicios pactados
o Secuelas del incumplimiento del contrato por ambas piezas
o Firmas de los competidores en el contrato
MODELO DE CONTRATO DE SERVICIOS
DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN
JALAPA, JALAPA
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN
EN EL RENGLON 185
CONTRATO No. DIDEDUC-JAL-001-185-2022
En la Ciudad de Jalapa, a los quince días de enero del dos mil veintiuno. Por una parte, en representación de la Dirección Departamental de Educación de Jalapa, Departamento de Jalapa Claudia Graciela Coronado de treinta y ocho años de edad, soltera, Licenciada en Pedagogía y Administración Educativa, guatemalteca de residencia en Calle Tránsito Rojas entre 4ª. Y 5ª. Avenida Zona 1, Barrio San Francisco, Jalapa, actúa en calidad de Directora Departamental de Educación del departamento de Jalapa; y por otra parte la señorita Carmen Lucrecia Sandoval Morales, de treinta años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Pedagogía y Administración Educativa, colegiado activo diez mil ochocientos treinta (10830), quienes conviene en celebrar un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Capacitación, contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA: MARCO LEGAL
En virtud de la naturaleza civil del presente contrato de servicios, la contratista no será considerada dependiente de la Dirección Departamental de Educación de Jalapa, rigiéndose a las estipulaciones contenidas en el Código Civil Decreto Ley 106 y la Ley de Contrataciones del Estado, en consecuencia la contratista Carmen Lucrecia Sandoval Morales, no se considera empleada de la DIDEDUC . Declara la contratista que su desempeño es independiente y autónomo, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su exclusiva cuenta, así como cualquier obligación derivada de la legislación de la República de Guatemala.
SEGUNDA: DE LOS SERVICIOS
a). La Contratista prestará sus servicios de Capacitación, donde dictará capacitaciones en sus distintas modalidades (congresos, seminarios, talleres, círculos de calidad, modalidad presencial y a distancia. Incluye además gastos de realización de seminarios, talleres y la logística correspondiente a los eventos que se realicen. Debiendo para el efecto asistir tres veces a la semana en el horario de 08:00 a 17:00 horas para la prestación del servicio contratado; presentará informes y avances de trabajo personalmente ante el Jefe
Administrativo Financiero de la Entidad de forma mensual, además que la contratista deberá de prestar en cualquier momento que se sea requerido sus servicios para lo cual podrá ser de manera personal o consultas telefónicas sobre los procesos de capacitación. b). La contratista prestará sus servicios en coordinación con la Directora Departamental de Educación, o con el Jefe Administrativo Financiero o quien sea encargado de la Dependencia, a quienes mantendrá continuamente informados del desarrollo de las actividades a su cargo y a quienes presentara los informes que le sean requeridos.
TERCERA: EL PLAZO DEL CONTRATO
a). El plazo es desde el 04 de enero del año dos mil veintidos (04/01/2022) y finalizará el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidos (31/12/2022). b). El plazo concluirá sin responsabilidad de las partes al cumplimiento de los términos en referencia y/o finalización de los servicios objeto del presente contrato, a menos que se emita referencia y /o finalización de los servicios objeto del presente contrato.
CUARTA: DEL PRECIO Y PAGO DE LOS SERVICIOS
a). Se pagará en concepto de precio y como valor de los servicios prestados bajo los términos del presente contrato, la cantidad de Doce Mil Quetzales exactos (Q.12,000.00), mensuales, durante el plazo antes estipulado en el inciso anterior, bajo el renglón 185. b). El pago que recibirá la contratista se hará efectivo previa presentación de la factura contable correspondiente a la prestación de servicios, en la Jefatura Administrativa Financiera.
QUINTA: OBLIGACIONES FISCALES
a). Es de exclusiva responsabilidad de la contratista, el realizar las declaraciones que correspondan, así como el pago de los impuestos que se graven, las sumas recibidas como precio de sus servicios en virtud del presente contrato.
b. La contratista libera expresamente a la Dirección Departamental de Educación de todas las obligaciones fiscales y/o cualquier otra obligación fiscal a crearse en la República de Guatemala, según corresponda, derivadas del presente contrato, asumiendo la responsabilidad total de las mismas.
SEXTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones nacidos del presente contrato serán exclusivamente los previstos en el presente instrumento. Por consiguiente, la contratista, no tendrá derecho a recibir de la entidad contratante ningún pago, subsidio o compensación fuera de lo estipulado en este contrato.
SEPTIMA: RESCISIÓN
El contrato podrá darse por terminado en cualquier momento, por la voluntad de cualquiera de las partes, previa notificación escrita de la otra parte. Asimismo, el contrato podrá rescindirse sin responsabilidad de la Dirección Departamental de Educación, en cualquier momento en virtud de: a). Incumplimiento de la contratista de cualquiera de las obligaciones adquiridas en el presente contrato, en la forma y tiempo previstos. b). Por conducta incorrecta de la contratista
OCTAVA: DECLARACIÓN
La contratista pondrá en conocimiento de la Dirección Departamental de Educación toda ocupación, empleo, servicios o actividad profesional o técnica que haya ejercido o ejerza, aun encontrándose en licencias de cualquier tipo, con el Estado de Guatemala y sus dependencias, organismos descentralizados y autónomos y/o organismos internacionales o entidades de la iniciativa privada. Declaración que tendrá los efectos de una declaración jurada.
NOVENA: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las partes expresamente se obligan a someter cualquier conflicto, diferencia, reclamación o controversia que surja de la interpretación, aplicación o ejecución del presente contrato que no puedan arreglarse amigablemente a un arbitraje obligatorio. Para constancia, aprobación y ratificación, firman las partes, comprometiéndose a reconocer las firmas y rubrica ante un Notario.
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Claudia Graciela Coronado Carmen Lucrecia Sandoval Morales
Directora Departamental de Educación Profesional Contratada
f._______________________________ Lic. Carlos Romeo Salazar López Abogado y Notario
