La generación de acuerdos en procesos de participación

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decisiones que permitan gobernar el territorio (de la ciudad) y proyectarlo de manera sostenible, es decir, previendo las consecuencias de las decisiones. Las decisiones públicas obligatorias, de responsabilidad de las autoridades (so pena de alguna forma de sanción), deben ser objeto de deliberación y consulta a través de los llamados mecanismos de participación establecidos por la ley para tal efecto. Para el caso del ordenamiento territorial, por ejemplo, las leyes nacionales, en especial la Ley 388 de 1997, fijan un marco general dentro del cual se pueden tomar decisiones. En síntesis, las decisiones combinan la responsabilidad de las autoridades, quienes actúan en el marco de lo que la ley les ordena, con la participación de los ciudadanos (producto de un complejo sistema de interacciones), quienes actúan en el marco del ejercicio de sus libertades. Del qué, el quiénes y el cómo para la participación en la toma de decisiones colectivas. Las decisiones colectivas requieren claridad alrededor de tres aspectos: • sobre qué se invita a participar • quiénes participan, y • cómo desarrollar el proceso para que éste sea legítimo. Adicionalmente, es importante revisar cómo hacer control seguimiento y evaluación al proceso para dar cuenta de su legitimidad. El protocolo para la participación en la toma de decisiones colectivas es una herramienta para abordar de manera sistemática los procesos de participación buscando que las decisiones tengan cada vez mayores grados de asertividad y legitimidad. Del qué Hace referencia a aquello sobre lo cual usted va a desarrollar procesos de participación. Esta precisión es una de las claves para el éxito del proceso. Para tal efecto se hace necesario tener en cuenta dos aspectos: Primero: Qué definen las normas en relación con el asunto objeto del proceso de participación. Por ejemplo, qué define la norma superior en relación al instrumento de ordenamiento que se va a reglamentar, el consejo o instancia que se va a constituir, o el tema que se va a tratar. Segundo: Sobre qué aspectos, temas o problemas los actores pueden deliberar y llegar a acuerdos y cual es el límite o el alcance de la decisión. El ¿qué? es determinante para definir el ¿quiénes? participan y el ¿cómo? lo hacen. Es la cuota inicial que puede asegurar el éxito del proceso. Amerita toda la atención y la claridad política, jurídica y técnica para descartar lo que no procede o no es pertinente.

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