Sistemas Judiciales Nº6

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JUAN ENRIQUE VARGAS VIANCOS Pese a que no tenemos información homologable para el caso de El Salvador 31, en el caso de Chile, el único de los países de la muestra que estableció que toda intervención judicial debía efectuarse a través de audiencias orales, incluyendo las intervenciones judiciales durante la etapa de instrucción, refleja índices de duración sustancialmente más bajos que los restantes. En todo caso, y sea cual sea el contenido de las reformas procesales que se hayan introducido, un problema común en todas ellas fue desatender generalmente en forma absoluta- la implementación que ellas requerían32. Las reformas fueron hechas sin prever los cambios organizacionales necesarios para su funcionamiento, sus requerimientos de personal, las nuevas condiciones de infraestructura necesarias y, sobre todo, careciendo de una estrategia de implementación que permitiera monitorear el proceso y hacer los ajustes pertinentes. Tratándose de los cambios más sustantivos -como es el caso de

las reformas procesales penales- resultó especialmente relevante la desatención del cambio cultural que estas reformas entrañaban, siendo así que los cambios culturales son los más difíciles de efectuar. El fenómeno que se encuentra es el del fetichismo normativista antes mencionado: pensar que la sola aprobación de una ley tiene la virtualidad de transformar la realidad. Realmente, las leyes de suyo no cambian nada; son un instrumento más que debe integrar una estrategia compleja de cambios, donde la gestión y la capacitación33, por ejemplo, son factores claves para el éxito. De hecho, son las deficiencias en materia de gestión las que explican muchos de los problemas que existen en la región para que los nuevos procedimientos por audiencias funcionen adecuadamente. En el cuadro 3 es posible apreciar la gran cantidad de audiencias de juicio que, en el nuevo proceso penal, fracasan en la región.

Cuadro 3 Juicios agendados y juicios realizados

Córdoba Costa Rica Chile34 Ecuador El Salvador Guatemala Paraguay Venezuela3 5

Juicios agendados 117 179 65 222 170 50 17 (867)

Juicios realizados 97 54 64 59 69 38 13 (144)

% 83 30 98 27 41 76 76 (17)

Fuente: Riego y Vargas, 2003

Este alto índice de fracasos se debe a que no existe una organización judicial adecuada para enfrentar los desafíos de gestión que importa un sistema oral. Como se decía, en la mayoría de los países los cambios procesales no vinieron aparejados de cambios en el modelo de gestión. Se pretendió que un sistema de gestión establecido para las necesidades de un procedimiento escrito -y que mal cumplía con esas necesidades- podía ser utilizado sin cambio alguno para satisfacer las necesidades de un procedimiento por audiencias, en circunstancias que el producto de uno y otro sistema es muy diferente.

En el sistema escrito, la organización gira en torno a la tarea de “completar” el expediente; esto es, realizar las tareas que burocráticamente se ha definido que deben integrar una tramitación judicial: proveer los escritos, emitir las órdenes pertinentes, dictar las resoluciones judiciales que procedan. Se trata de la realización de funciones rutinarias, generalmente encomendadas a funcionarios no jueces, en donde el acento está puesto más en el cumplimiento de las formas que en el resultado mismo. Así, por ejemplo, lo relevante en el procedimiento escrito es que las notificaciones se hagan conforme al procedimiento legal, no que las personas efectivamente tomen conocimiento de aquello que se les quiere transmitir.

31 Información de El Salvador indica que aproximadamente 69% de los casos observados se encuentra entre los 6 y los 18 meses, y 24% entre 15 y 18 meses. 32 Nuevamente la experiencia de Chile es una excepción a este respecto, lo que no implica que no se hayan presentado problemas en la puesta en marcha de estos cambios. Véase al res pecto Baytelman y Duce, 2003. 33 En la región es común que la capacitación sea vista como un bien en sí mismo, desvinculado de los procesos de transformación del sector justicia. Los programas de capacitación de las escuelas judiciales se han diseñado prescindiendo de las políticas a las que deberían apoyar (Marensi, 2001) 34 Cifras correspondientes a las estadísticas del tribunal de juicio oral de Antofagasta. De acuerdo a las cifras de la Observación de Juicios del Primer informe de Chile, de un total de 35 juicios se realizaron efectivamente 28, lo cual corresponde a 80%. 35 La información de Venezuela consta en términos del total de juicios agendados en el Circuito Penal de Caracas.

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