Convenio de Cajas de Ahorro

Page 58

Convenio Colectivo de las cajas y entidades financieras de ahorro. 2019-2023

Artículo 74. Seguro de vida

Las Entidades, salvo aquellas que tengan otros sistemas establecidos iguales o superiores, concertarán seguros colectivos de vida para el personal que voluntariamente lo desee, por un capital asegurado que, a partir del 1 de enero de 2021, será de 15.000 euros sin distinción de Niveles y siendo la cuota de los mismos un 50% con cargo a la Institución, y el otro 50% a cargo de la persona asegurada.

57


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.