Clásicos del pensamiento pedagógico mexicano
a los estudiantes por faltas cometidas en el hogar, con el peligro de no poder distinguir entre acusado y acusador. Se recomendó evitar castigar en clase a los alumnos por faltas en que hubieren incurrido en el hogar, a no ser rara vez y por razones poderosas. El castigo de las faltas en la escuela suscitó otra pregunta. Si se usaba de castigo corporal, ¿debía administrarlo el maestro o un oficial que no fuera miembro de la Compañía? San Ignacio había prohibido enfáticamente a los maestros de la Compañía infligir el castigo corporal y había ordenado sustituirlo con una persona confiable como corrector. Algunas provincias, entre ellas las de Alemania, consiguieron dispensa de esta cláusula: aseguraron que los alumnos preferían ser castigados por sus maestros. El castigo solía consistir en seis golpes administrados por el maestro en la mano extendida del culpable. En otras partes se conservó al corrector. La Ratio de 1586 recomendó también propagar en todos los colegios la Congregación de la Virgen María, según el modelo establecido en el Colegio Romano, donde el jesuita belga Juan Leunis, maestro de gramática, la había fundado. Otro problema importante atendido por la Ratio de 1586 fue el de la enseñanza de la historia. En las Constituciones (iv Parte, Cap. 2°, A) las humanidades aparecían definidas como la disciplina, que fuera de la gramática, incluía la retórica, poética e historia. La Ratio de 1586 comentaba que, pues la gramática tenía su propio curso y la retórica el suyo, la poesía y la historia debían pertenecer a la clase de humanidades y a ella sola. Esta fue la división usada en los primeros colegios de Messina, Palermo y Roma. La clase de retórica se reservaba el cultivo del estilo oratorio.
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