Apéndice
Bloque 4
¿Qué son los derechos humanos? Concepción Chávez. Implicaciones de una formación desde la perspectiva de los derechos humanos. Ponencia presentada en el Ciclo de conferencias y mesas redondas "Los Derechos Humanos y la globalización". México: Comisión Nacional de Derechos Humanos/ Facultad de Derecho de la UNAM, 4 de julio de 2002.
A este concepto se le han
conferido muchos significados. En este caso, al hablar de los derechos humanos nos referimos a “un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”.1
Veamos la definición por partes: • un conjunto de facultades se refiere a prerrogativas y condiciones de dignidad que las personas tienen frente al Estado en cada momento histórico; • un conjunto de instituciones remite, en principio, a la fundación de organismos que garantizan el bienestar social y las exigencias de libertad e igualdad proclamadas en el discurso de los derechos humanos; pero también esta expresión connota la legitimación y el reconocimiento que gradualmente van adquiriendo los derechos humanos entre los pueblos.
En el concepto derechos humanos, también se identifican tres dimensiones:2 la histórica, la jurídica y la ética.
La dimensión histórica. Indica que las demandas de justicia, libertad e igualdad han variado, en sus implicaciones y
significados, en los distintos momentos y circunstancias de la humanidad, debido a las situaciones políticas y sociales concretas, así como al desarrollo tecnológico y científico de las sociedades a través del tiempo.
De acuerdo con su reconocimiento en el tiempo, los derechos humanos se clasifican en tres generaciones:3
• la primera incluye los derechos civiles y políticos y las libertades fundamentales (libertad, igualdad ante la ley, derecho al voto, entre muchos otros); • la segunda es la que incluye los derechos económicos, sociales y culturales (como: salario justo, derecho a sindicalizarse, seguridad social, educación); y • la tercera generación es la de los derechos de los pueblos (autodeterminación, medio ambiente sano, paz, etcétera).
Otro aspecto que debe rescatarse de la dimensión histórica es el principio de progresividad, que refiere a una trayectoria de mejores condiciones de vida y, por tanto, a la creciente amplitud de la esfera de los derechos humanos conforme se complejiza la sociedad. De ahí que, por ejemplo, se sigan incorporando derechos como los de las futuras generaciones y los derechos frente a la biotecnología, que algunos especialistas ubican en una cuarta generación.
1
Definición del jurista español Antonio Enrique Pérez Luño, Derechos humanos, estado de derecho y constitución, 1999, p. 48.
2
Cfr. Ma. de los Ángeles Alba Olvera (coord.), Manual para la aplicación del programa de educación en los valores de la paz y los derechos humanos, 1999, pp. 30-31.
3
Esta clasificación sólo se hace con fines didácticos; cabe recordar que el reconocimiento de los derechos humanos no se ha dado de manera lineal como supone este esquema.
156
Libro p a r a e l M a e s t ro
CIV B5 ZApe n-Biblio Mtro.indd 156
9/11/07 2:33:44 PM