MANUAL DE DERECHO CIVIL

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Los Procesos Civiles y su Tramitación

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5. Adjuntar personerías de resultar necesario (cuando alguna de las partes es una sociedad). 6. Adjuntar, en caso de ejecuciones de tránsito, certificación de propiedad de los vehículos involucrados (el actor o la actora debe acreditar que es el dueño o la dueña del vehículo dañado al momento del accidente, y se debe demostrar quién es la persona propietaria del vehículo causante del accidente). 7. La estimación124. Demanda defectuosa. La omisión de alguno de esos requisitos convierte la demanda de ejecución en defectuosa. Aplica el artículo 291 ibídem. En consecuencia, se debe prevenir a la parte actora para que subsane los defectos dentro del plazo de cinco días, con indicación de las omisiones detectadas en el escrito de demanda. Especial atención se debe poner a las formalidades de la ejecutoria, a fin de evitar darle curso con una certificación o un documento que no reúna los requisitos del artículo 159, según lo explicado. De igual manera, es importante la liquidación concreta y detallada de las partidas. En cuanto a la estimación, solo provoca inadmisibilidad cuando del todo se omite. Si se trata de un simple error, se puede corregir sumando los montos de las partidas. En el caso de las ejecuciones de tránsito, se previene bajo pena de inadmisibilidad, la falta de certificación de propiedad de los vehículos. Pero una vez aportadas, si el automotor dañado no pertenece a la parte actora al momento de la colisión, aunque se acredite que lo conducía al momento del accidente, la ejecución se debe rechazar de plano. Por razones de economía procesal, se ha resuelto de esa forma por existir una evidente falta de legitimación activa. Traslado. En forma la demanda o subsanados los defectos prevenidos dentro del plazo improrrogable concedido, se procede al traslado correspondiente. Esa resolución debe tener las siguientes características: a) Tener por establecida la ejecución de sentencia. b) Conceder a la parte ejecutada un plazo de diez días hábiles, para que se refiera a los diversos extremos de la demanda, bajo el apercibimiento de tener por aprobado de la liquidación de guardar silencio. (Párrafo 2º del numeral 693 ibídem). c) Si lo liquidado incluye intereses, además, se debe conceder otro plazo de tres días. Por supuesto, este plazo corre dentro del primero, es decir, la parte ejecutada tendría diez días para oponerse a la liquidación y los tres primeros días para los réditos. (Párrafo 2º del ordinal 693 ibídem).

124 La estimación de la ejecución solo define la competencia en ejecuciones que no se tramitan en el proceso principal. Conforme al artículo 21 del Código Procesal Civil, cualquiera que sea la cuantía, el juzgado competente de la ejecución es el mismo del principal. Únicamente cuando se tramita por separado importa la estimación para determinar si es de menor o mayor cuantía.


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